biodiversidad, biotecnología y patentes en el marco de los tratados de libre comercio.
Alejandro Chaparro Giraldo Ph.D. Grupo de Ingeniería Genética de plantas - Departamento de Biología Universidad Nacional de Colombia
Biodiversidad
Genes
Especies
Ecosistemas
Diversidad de la estructura y las funciones
País
Mamíferos
Aves
Anfibios y Reptiles 403
Plantas Superio res 17.000
Brasil
300
1.000
Colombia 467
1850
1169
27168
Perúc
Ecuador
263
191
1.705
486
400
349
7.372
4.857
Patrimonio genético vegetal = 16,5 mil millones de genes 1 gen = 1 mil millones US$ (Quintao, 2002).
Cultivos transgénicos = 90 millones há / 5.25 mil millones US$ (James, 2005). Beneficios (1996 – 2004) : 27 mil millones US$ (Brookes & Barfoot, 2005)
Hace referencia al conjunto de ARN’s que son expresados en determinado Trascriptómica momento en una célula, tejido, órgano u organismo. Proteómica Corresponde al estudio del conjunto de proteínas producto de la trascripción presentes en un momento determinado en un organismo. Estudia los metabolitos presentes en un organismo a través de la identificación de sus estructuras y el entendimiento de sus interrelaciones y papeles en las vías metabólicas. Se refiere al análisis a gran escala de la diversidad biológica con respecto a la morfología o fenotipo.
Metabolómica
Fenómica
“se consideran patentables las invenciones de productos o procedimientos, que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial” (www.inpi.gov.ar)
Estados Unidos: considera que el gene que codifica para una proteína de una secuencia conocida no es una invención, pero que dado que es una parte minúscula del genoma la responsable por la producción de proteínas económicamente relevante, el proceso de selección de estos genes y proteínas, es una innovación tecnológica y es por lo tanto una invención patentable.
(Lakshimikuraman y Phillips, 2005).
(Lakshimikuraman y Phillips, 2005).
La directiva 98/44/EC de la Oficina de Patentes Europea, afirma que las secuencias de DNA son patentables si se consideran como moléculas sintéticas aisladas de un organismo, son caracterizadas y producidas como molécula recombinante, y no existe, por lo tanto en esa forma en la naturaleza
Genes o secuencias parciales de DNA (cDNAS, ESTs, SNPS). Elementos regulatorios (promotores, enhancers y silencers). Proteínas y sus funciones. Vectores de transferencia de genes. OGM´s (microbios, plantas, animales) y sus líneas celulares.
Procesos para desarrollar organismos transgénicos. Usos de secuencias de genes y proteínas (Pruebas clínicas). Fármacos derivados de proteínas específicas y su actividad biológica. Aplicaciones industriales de funciones de las proteínas.
Patentes sobre herramientas de diagnostico:
Gene nativo o sus formas mutadas, Primers para la amplificación por PCR de esas secuencias, Métodos para deducir de secuencias nativas o mutadas, kits para las pruebas de diagnóstico
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Capitulo Dieciséis - Derechos de Propiedad Intelectual
Artículo 16.1: Disposiciones Generales 1. Cada Parte, como mínimo, aplicará las disposiciones de este Capitulo.
Acuerdos Internacionales
2. Cada Parte ratificará o se adherirá a los siguientes acuerdos, a la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo: ……… (b) el Tratado de Budapest sobre el reconocimiento internacional del depósito de microorganismos para los fines del procedimiento en materia de patentes (1977), y enmendado en (1980); ……
3. Cada Parte ratificará o accederá a los siguientes acuerdos antes del 1 de enero de 2008, o a la entrada en vigor de este Acuerdo, cualquiera que sea más tarde: (a) el Tratado de Cooperación en materia de patentes (PCT) (1970), y enmendado en 1979; ……… (c) el Convenio internacional para la protección de las obtenciones vegetales (Convención UPOV) (1991). 4. Excepto como se disponga en el Anexo 16.1, cada Parte hará todos los esfuerzos razonables para ratificar o adherirse a los siguientes acuerdos:
(a) el Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT)(2000); ………….
Artículo 16.9: Patentes
1. Cada parte otorgará patentes para cualquier invención, sea de producto o de procedimiento, en todos los campos de la tecnología, siempre que sea nueva, entrañe una actividad inventiva y sea susceptible de aplicación industrial. A los efectos del presente Artículo, una Parte podrá considerar las expresiones "actividad inventiva" y "susceptible de aplicación industrial" como sinónimos de las expresiones "no evidentes" y "útiles”, respectivamente.
2. Nada en este Capítulo se entenderá como que impide a una Parte excluir de la patentabilidad invenciones según se establece en los Artículos 27.2 y 27.3 del Acuerdo de los ADPIC. No obstante lo anterior, una Parte que no otorgue protección mediante patentes a plantas a la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, realizará todos los esfuerzos razonables para otorgar dicha protección de conformidad con el párrafo 1. Cualquier Parte que otorgue protección mediante patentes a plantas o animales en o después de la fecha de entrada en vigor de este Acuerdo, deberá mantener dicha protección.
Borrador de texto sujeto a autenticación de las Partes de las versiones en español y en inglés y a revisión legal para exactitud, claridad y consistencia.
ENTENDIMIENTO RESPECTO A BIODIVERSIDAD Y CONOCIMIENTOS TRADICIONALES Los Gobiernos de la República de Colombia y de los Estados Unidos de América han alcanzado los siguientes entendimientos respecto a biodiversidad y conocimientos tradicionales con relación al Acuerdo de Promoción Comercial Colombia – Estados Unidos, suscrito en la fecha de hoy: Las Partes reconocen la importancia de los conocimientos tradicionales y la biodiversidad, así como la potencial contribución de los conocimientos tradicionales y la biodiversidad al desarrollo cultural, económico y social.
Las Partes reconocen la importancia de lo siguiente: (1) la obtención del consentimiento informado de la autoridad pertinente previamente al acceso a los recursos genéticos bajo el control de dicha autoridad; (2) la distribución equitativa de los beneficios que se deriven del uso de los conocimientos tradicionales y los recursos genéticos; y (3) la promoción de la calidad del examen de las patentes para asegurar que las condiciones de patentabilidad sean satisfechas. Las Partes reconocen que el acceso a los recursos genéticos o conocimientos tradicionales, así como la distribución equitativa de los beneficios que se puedan derivar del uso de esos recursos o conocimientos, pueden ser adecuadamente atendidos a través de contratos que reflejen términos mutuamente acordados entre usuarios y proveedores.
Cada Parte procurará encontrar medios para compartir información que pueda tener relevancia en la patentabilidad de las invenciones basadas en conocimientos tradicionales o recursos genéticos, mediante el suministro de:
(a)bases de datos públicamente accesibles que contengan informaciónrelevante; y
(b) la oportunidad de referir, por escrito, a la autoridad examinadora pertinente sobre el estado de la técnica que pueda tener relevancia en la patentabilidad.
POR EL GOBIERNO DE LA POR EL GOBIERNO DE LOS REPUBLICA DE COLOMBIA ESTADOS UNIDOS
Países
E.U. Brasil Colombia Venezuela Perú Ecuador Bolivia
Patentes Gastos I+D Investigador por 106 como % PIB es por 106 habitantes (1997-2002) habitantes (1990-2003) 302 2,7 4.526 4 1,0 324 0 0,1 81 ND 0,4 222 ND 0,1 225 0 0,1 84 ND 0,3 118
Fuente: Informe sobre Desarrollo Humano, 2005. PNUD. Disponible en www.undp.org
!!! La biotecnología molecular le da valor POTENCIAL a todos los genes ( y estructuras genéticas) independientemente de su origen biológico !!!
Biodiversidad + Conocimiento = Poder
Acceso a los recursos genéticos
Conocimiento tradicional Bioprospección Transferencia de tecnología
Distribución justa y equitativa de beneficios
Derechos de propiedad intelectual