Dpto. de Vivienda y Asuntos Sociales
Breve Comparativa de los Aspectos Clave del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Estatal y el Plan Director de Vivienda 20062009 del Gobierno Vasco
Documento Final
(Abril de 2009)
BREVE COMPARATIVA DE LOS ASPECTOS CLAVE DEL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN Y EL PLAN DIRECTOR DE VIVIENDA 2006-2009 DEL GOBIERNO VASCO SOBRE POLÍTICAS DE VIVIENDA 2008
iINDICEi
1. 2. 3. 4. HORIZONTE TEMPORAL ................................................................................................................................................... 4 MISIÓN, OBJETIVOS Y PRESUPUESTO ............................................................................................................................. 6 LÍNEAS DE INTERVENCIÓN Y EJES ESTRATÉGICOS.......................................................................................................... 8 CONDICIONES GENERALES ............................................................................................................................................ 10
4.1. 4.2. 4.3. 4.4. 4.5. 4.6. ACTUACIONES PROTEGIBLES .................................................................................................................... 10 INGRESOS MÁXIMOS DEL COLECTIVO DE DEMANDANTES ................................................................................ 11 COLECTIVOS PREFERENTES ..................................................................................................................... 12 LÍMITES REPERCUSIÓN SUELO ................................................................................................................. 13 AYUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................ 13 DURACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN .................................................................................................. 14
5.
PRINCIPALES PROGRAMAS............................................................................................................................................ 16
5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 5.5. 5.6. 5.7. 5.8. 5.9. 5.10. 5.11. 5.12. PROMOCIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA PARA ALQUILER .................................................................................. 16 ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PARA SU PUESTA EN ARRENDAMIENTO PROTEGIDO .................................................. 18 PROMOCIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA PARA VENTA ...................................................................................... 19 AYUDAS A ADQUIRIENTES ....................................................................................................................... 20 AYUDAS A INQUILINOS ........................................................................................................................... 21 PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS PARA COLECTIVOS ESPECIALES ...................................................................... 21 REHABILITACIÓN Y PUESTA EN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PÚBLICA EN MEDIOS RURALES ....... 22 VIVIENDA VACÍA ................................................................................................................................... 22 REHABILITACIÓN EN AREAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL (ARIS) Y RENOVACIÓN URBANA (ARUS) ....................... 22 ERRADICACIÓN DEL CHABOLISMO ............................................................................................................. 23 AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA, ACCESIBIILIDAD Y EFICIENCIA ENERGÉTICA ................................... 23 SUELO ................................................................................................................................................ 24
6. 7.
MEDIDAS ANTICRISIS ................................................................................................................................................... 26 CONFLUENCIAS Y ESPECIFICIDADES MÁS RELEVANTES DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA ESTATAL Y DE LA CAPV........... 28
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HORIZONTE TEMPORAL
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1.
HORIZONTE TEMPORAL
A la hora de analizar la comparativa de los distintos aspectos claves de ambos Planes, debe tenerse en cuenta que los plazos de ejecución de los objetivos planteados son distintos, siendo el período 2006-2009 el propio para el Plan Director de Vivienda y el 2009-2012 el previsto en el Plan Estatal de Vivienda. Por ello, existen determinadas actuaciones que ya han sido medidas y ejecutadas en la Comunidad Autónoma Vasca (ver documentos sobre grado de ejecución del Plan Director publicados en el Observatorio de la Vivienda), mientras que las medidas establecidas en el Plan Estatal se encuentran pendientes de implantación y evaluación.
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco 2006-2009
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MISIÓN, OBJETIVOS Y PRESUPUESTO
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2.
MISIÓN, OBJETIVOS Y PRESUPUESTO
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Misión: ■ El Plan estatal nace con la doble voluntad de facilitar el acceso a una vivienda de los ciudadanos con más dificultades, pero también de rentas medias, al tiempo que busca aprovechar la producción sobrante de vivienda libre para ampliar el parque público al servicio de la población. Principales objetivos establecidos: ■ Total actuaciones previstas: 996.000
■
Misión: La Misión definida explícitamente en el Plan Director es la de “Atender de forma integral las necesidades de vivienda de la ciudadanía, especialmente de las personas más necesitadas, mediante medidas apropiadas a las diferentes situaciones de necesidad y con la participación de todos los agentes con responsabilidad en materia de vivienda”. Principales objetivos establecidos:
■ ■
Total actuaciones previstas: 98.750 Promoción de Viviendas: 27.000 Para alquiler: 8.500 Para venta: 18.500
(1)
Lograr que el esfuerzo de las familias para acceder a una vivienda no supere la tercera parte de sus ingresos. Conseguir que del total de actuaciones relacionadas con la oferta de vivienda protegida –de nueva producción, o de reconversión del parque existente– no menos del 40 por ciento sea destinada al alquiler. Previsión de Promoción de viviendas nuevas protegidas para arrendamiento: 100.000 Previsión de Viviendas para arrendamiento provenientes de la rehabilitación: 70.000
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(1)
Alquiler de vivienda vacía-inquilinos/as viviendo en parque Bizigune: 5.000 Locales calificados como vivienda protegida: 750 Adquisición de viviendas usadas en áreas rurales: 500 Rehabilitación y renovación urbana: 41.500 Obtención de suelo: 24.000
(2) (1)
■
Actuaciones de rehabilitación: 470.000
Se ponderan estos objetivos: actuaciones de rehabilitación integrada, ponderación 1,25; actuaciones de rehabilitación ordinaria, ponderación 1.
(2)
Se ponderan estos objetivos: suelo urbano con realojos de personas, ponderación de 2; suelo urbano industrial que pasa a residencia, ponderación 1,5; suelo urbano sin esas cargas anteriores o urbanizable, ponderación 1; adquisición de suelo no urbanizable o suelo para Patrimonios Públicos de Suelo, ponderación 0,75.
Presupuesto ■ 10.188 millones de euros en el periodo 2009-2012
Presupuesto ■ 2.815 millones de euros en el periodo 2006-20099.-10.-
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LÍNEAS DE INTERVENCIÓN Y EJES ESTRATÉGICOS
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3.
LÍNEAS DE INTERVENCIÓN Y EJES ESTRATÉGICOS
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación PROMOCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS ■ Programa 1: Promoción de vivienda protegida para alquiler. ■ Programa 2: Promoción de vivienda protegida para venta. ■ Programa 3:Promoción de alojamientos protegidos para colectivos especialmente vulnerables y otros colectivos específicos. AYUDAS A LOS DEMANDANTES DE VIVIENDA ■ Programa 4: Ayudas a los inquilinos ■ Programa 5: Ayudas a adquirentes de viviendas protegidas de nueva construcción y de viviendas usadas. AREAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL Y RENOVACIÓN URBANA ■ Programa 6: Áreas de rehabilitación integral de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales (ARIS). ■ Programa 7: Áreas de renovación urbana (ARUS) ■ Programa 8: Ayudas para la erradicación del chabolismo AYUDAS RENOVE A LA REHABILITACIÓN Y EFICIENCIA ENERGÉTICA ■ Programa 9: Ayudas RENOVE a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas existentes ■ Programa 10: Ayudas a la eficiencia energética en la promoción de nuevas viviendas protegidas AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN Y URBANIZACIÓN DE SUELO PARA VIVIENDA PROTEGIDA ■ Programa 11: Ayudas para adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida. AYUDAS A INSTRUMENTOS DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DEL PLAN ■ Programa 12: Ayudas a instrumentos de información y gestión del Plan.
Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco DESARROLLO SOCIAL Y MEDIOAMBIENTALMENTE SOSTENIBLE DE LA CIUDAD NUEVA ■ Eje 1: Impulso decidido a la extensión de la vivienda protegida, tanto en volumen como en variedad de tipologías. ■ Eje 2: Presencia preferente del alquiler en la promoción de nueva vivienda protegida. ■ Eje 3: Corresponsabilidad y cooperación entre todos los agentes promotores de vivienda protegida. ■ Eje 4: Calidad, sostenibilidad, seguridad e innovación en la edificación. PUESTA EN VALOR DE LA CIUDAD CONSTRUIDA ■ Eje 5: Rehabilitación y regeneración urbana ■ Eje 6: Movilización de la vivienda vacía hacia el alquiler protegido ATENCIÓN CERCANA Y PERSONALIZADA A LOS DEMANDANTES Y USUARIOS DE VIVIENDA ■ Eje 7: Atención de calidad a las personas usuarias de Etxebide ■ Eje 8: Garantía de función social del parque de vivienda protegida ■ Eje 9: Tratamiento específico de los colectivos con especial necesidad ■ Eje 10: Participación ciudadana en la toma de decisiones OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS ■ Eje 11: Competencias de otras Administraciones conexas con la competencia de vivienda
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CONDICIONES GENERALES
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4. 4.1.
CONDICIONES GENERALES ACTUACIONES PROTEGIBLES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación La promoción de viviendas protegidas de nueva construcción, o procedentes de la rehabilitación, destinadas a la venta, el uso propio o el arrendamiento, incluidas, en este último supuesto, las promovidas en régimen de derecho de superficie o de concesión administrativa, así como la promoción de alojamientos protegidos para grupos especialmente vulnerables y otros grupos específicos. El alquiler de viviendas nuevas o usadas, libres o protegidas, así como la adquisición de viviendas protegidas de nueva construcción para venta, y la de viviendas usadas, para su utilización como vivienda habitual del adquirente. La rehabilitación de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales; la renovación de áreas urbanas y la erradicación de la infravivienda y del chabolismo. La mejora de la eficiencia energética y de la accesibilidad y la utilización de energías renovables, ya sea en la promoción, en la rehabilitación o en la renovación de viviendas y edificios. La adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida. Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Promoción para cesión en arrendamiento, venta o uso propio de viviendas de nueva construcción calificadas como viviendas de protección pública (incluyendo también viviendas tasadas autonómicas, las viviendas tasadas municipales y los alojamientos dotacionales). Promoción de vivienda libre para su puesta en arrendamiento protegido. Adquisición de vivienda de protección pública y de viviendas libres usadas con destino a residencia habitual y permanente del adquirente. Alquiler de vivienda usada (ayudas al arrendatario) El arrendamiento protegido de vivienda La compra de viviendas con destino a su arrendamiento protegido y la cesión de vivienda para su puesta en arrendamiento protegido La rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado, y las actuaciones de rehabilitación cuyo objetivo sea la promoción de viviendas para su posterior cesión en propiedad o en arrendamiento. Puesta en alquiler de viviendas vacías. La promoción y construcción de alojamientos dotacionales. Ejecución de proyectos piloto para rehabilitación y puesta en arrendamiento de viviendas en zonas rurales que sirvan de soporte a programas públicos de fomento del medio rural. Adquisición onerosa de suelo para formación de patrimonios públicos con destino preferente a la promoción de vivienda de protección oficial.
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4.2.
INGRESOS MÁXIMOS DEL COLECTIVO DE DEMANDANTES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco Los ingresos anuales ponderados deben situarse entre las siguientes cuantías mínimas y máximas:
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Ingresos familiares máximos de adquirentes e inquilinos/as (en número de veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM):
■ ■ ■
Régimen especial: 2,5 x IPREM (17.472,00 euros) Régimen general: 4,5 x IPREM (31.449,60 euros) Régimen concertado: 6,5 x IPREM (45.427,20 euros)
para alquiler de viviendas de protección oficial de régimen especial: desde 3.000 a 22.000 euros para compra de viviendas de protección oficial de régimen especial: desde 9.000 a 22.000 euros para alquiler de viviendas de protección oficial de régimen general y alojamientos dotacionales: desde 3.000 a 35.000 euros para compra de viviendas de protección oficial de régimen general: desde 9.000 a 35.000 euros para compra y alquiler de viviendas tasadas autonómicas: desde 12.000 a 45.500 euros
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4.3.
COLECTIVOS PREFERENTES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco a) En las viviendas en régimen de arrendamiento y compra:
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a) Unidades familiares con ingresos que no excedan de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (en adelante, IPREM), a efectos del acceso en alquiler a la vivienda, y de 2,5 veces el mismo indicador, a efectos del acceso en propiedad a la vivienda. b) Personas que acceden por primera vez a la vivienda. c) Jóvenes, menores de 35 años. d) Personas mayores de 65 años. e) Mujeres víctimas de la violencia de género. f) Víctimas del terrorismo.
personas con movilidad reducida de carácter permanente familias monoparentales con hijos/as a su cargo mujeres víctimas de violencia de género personas con antigüedad de la inscripción superior a 4 años jóvenes de entre 25 y 35 años unidades convivenciales de 5 o más miembros (familias numerosas)
g) Afectados por situaciones catastróficas. h) Familias numerosas. i) j) Familias monoparentales con hijos. Personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida, y las familias que las tengan a su cargo. k) Personas separadas o divorciadas, al corriente del pago de pensiones alimenticias y compensatorias, en su caso. l) Personas sin hogar o procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo. m) Otros colectivos en situación o riesgo de exclusión social determinados por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
b) Viviendas en régimen de arrendamiento:
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personas mayores de 70 años personas que acrediten la condición de discapacidad psíquica personas menores de 25 años personas separadas y divorciadas
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4.4.
LÍMITES REPERCUSIÓN SUELO
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Límites valor repercusión de suelo: no figuran
Límites valor repercusión de suelo: a) 15% del precio máximo de venta de las viviendas y demás edificaciones protegidas en el caso de viviendas de protección oficial de régimen especial. 20% del precio máximo de venta de las viviendas y demás edificaciones protegidas en el caso de viviendas de protección oficial de régimen general. 25% de dicho precio cuando se trata de viviendas de protección oficial de régimen tasado de regulación autonómica entre 15% (régimen especial) y 25% tasadas autonómicas)
b)
c)
4.5.
AYUDAS FINANCIERAS
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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■ ■ ■ ■
Préstamos convenidos1 Subsidios de préstamos convenidos Ayuda estatal directa a la entrada (AEDE) Subvenciones
Préstamos cualificados2 (promoción viviendas, compra VPO, promoción alojamientos dotacionales ) Subsidiación total o parcial por la Administración de la CAPV del tipo de interés de los préstamos cualificados y de las operaciones de descuento de certificaciones de obra (promoción arrendamiento protegido, adquisición vivienda para arrendamiento protegido) Descuentos bancarios de la certificaciones de Establecimientos de Crédito Subvenciones (para promoción concertada o convenida, compra vivienda libre usada, promoción arrendamiento protegido)
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■ ■
1 Es la terminología utilizada en el Estado para denominar a los préstamos concedidos en condiciones más ventajosas que las habituales, pactadas entre el Ministerio de Vivienda y entidades de crédito.
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4.6.
DURACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Duración régimen de protección de viviendas y alojamientos protegidos y limitación del precio de las viviendas usadas a) Permanente mientras subsista el régimen del suelo, si las viviendas y alojamientos hubieran sido promovidos en suelo destinado por el planeamiento a vivienda protegida, o en suelo dotacional público, y, en todo caso, durante un plazo no inferior a 30 años. De 30 años, al menos, si las viviendas y alojamientos hubieran sido promovidos en otros suelos.
Duración régimen de protección de viviendas: Permanente Sólo se contempla la descalificación en el supuesto de viviendas destinadas a realojos (expropiaciones), que podrán ser descalificadas a petición de las personas realojadas o sus causahabientes, una vez transcurridos 20 años a contar desde la fecha de su calificación.
b)
■
La ayuda para la adquisición protegida de las viviendas usadas conllevará la limitación de sus precios máximos de venta en las sucesivas transmisiones, durante el período que establezcan las CCAA, que no podrá ser inferior a 15 años desde la fecha de adquisición, o a la duración del préstamo convenido, si fuera superior.
2 Es la terminología utilizada en la CAPV para denominar a los préstamos concedidos en condiciones más ventajosas que las habituales, pactadas entre el Gobierno Vasco y las entidades de crédito que operan en Euskadi.
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PRINCIPALES PROGRAMAS
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5. 5.1.
PRINCIPALES PROGRAMAS PROMOCIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA PARA ALQUILER
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco Préstamo cualificados
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Préstamos cualificado o convenidos
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Plazo amortización mínimo de 10 ó 25 años Periodo de carencia máximo: 4 años prorrogable a 10 en determinadas condiciones.
El plazo de amortización del préstamo cualificado será de 20 años, con 3 años adicionales de carencia opcional, en operaciones de promoción para arrendamiento protegido de 15 años como mínimo. El plazo de amortización del préstamo cualificado será de 30 años, con 3 años adicionales de carencia opcional, en operaciones de promoción para arrendamiento protegido de 50 años como mínimo. Descuento bancario de las certificaciones de obra (plazo máximo duración 4 años)
■
Subsidiación
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Cuantía de euros/año por cada 10.000€ de préstamo: 100 € si régimen concertado, 250€ si régimen general y 350 € si régimen especial.
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Subvenciones
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entre 200€ y 350€ por m2 útil según régimen de la vivienda e incrementables según ubicación de la vivienda
Subsidiación
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Anticipo subvenciones
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Promoción de vivienda social para su enajenación a terceros que destinen a arrendamiento protegido con renta de Régimen Especial: tipo de interés subsidiado 0% durante máximo 20 años. Promoción de vivienda para arrendamiento 15 años mínimo con rentas de viviendas sociales o que no superen el 75% de las rentas de las VPO de Régimen General: tipo de interés subsidiado 1% durante máximo de 20 años.
es posible
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Renta máxima anual por m2 útil
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4,5% ó 5,5% del precio máximo de referencia según la duración del contrato de arrendamiento.
Subvenciones
■ ■
Costes de urbanización: Hasta el 100% de los costes. Costes de asistencia técnica: Hasta el 100% del coste total (redacción del proyecto de edificación, de urbanización, dirección e inspección de obra). Ambos conceptos con límite de 3.000 euros máximo por vivienda (5.500 euros por vivienda en ARIs)
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Incentivos al arrendamiento
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Promoción de vivienda para arrendamiento protegido. Rentas de VPO Régimen General. Plazo mínimo 15 años, ayuda de 10.000 euros por vivienda. Plazo mínimo de 50 años, ayuda de 20.000 euros por vivienda. Promoción de vivienda para arrendamiento protegido. Rentas de VPO de Régimen Especial o no mayores al 75% de VPO de Régimen General. Plazo mínimo 15 años, ayuda de 18.000 euros por vivienda. Plazo mínimo de 50 años, ayuda de 40.000 euros por vivienda. Promoción de viviendas sociales para su posterior enajenación a tercero que las destine a arrendamiento protegido con rentas de VPO de Régimen Especial por un plazo mínimo de 15 años: ayuda de 24.000 euros por vivienda al arrendamiento: desde 10.000€/vivienda hasta 24.000 €/viviendas según el régimen de la vivienda.
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Rentas máximas
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en función de los ingresos computables y del régimen de la vivienda (general, tasado o social)
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5.2.
ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PARA SU PUESTA EN ARRENDAMIENTO PROTEGIDO
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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No se contempla.
Préstamo cualificado: Plazo de amortización: 20 años con 4 años adicionales de carencia opcional. Subsidiación del tipo de interés: Rentas de VPO de Régimen Especial o no mayores al 75% de VPO de Régimen General. Plazo mínimo 15 años, tipo de interés subsidiado 0% durante máximo 20 años. Subvenciones: Adquisición de vivienda social para arrendamiento protegido. Renta de VPO de Régimen Especial. Plazo mínimo 15 años, ayuda de 18.000 euros por vivienda. Plazo mínimo 50 años, ayuda de 20.000 euros por vivienda. Adquisición de vivienda para arrendamiento protegido (no social):
Rentas de VPO de Régimen General. Plazo mínimo 15 años, ayuda de 10.000 euros por vivienda. Plazo mínimo 50 años, ayuda de 20.000 euros por vivienda. Rentas de VPO de Régimen Especial o no mayores al 75% de VPO de Régimen General: Plazo mínimo de 15 años, ayuda de 18.000 euros por vivienda. Plazo mínimo de 50 años, ayuda de 40.000 euros por vivienda.
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5.3.
PROMOCIÓN DE VIVIENDA PROTEGIDA PARA VENTA
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco Ingresos máximos
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Ingresos máximos
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Régimen especial: <=2,5 IPREM y precio máximo limitado Régimen general: <=4,5 IPREM y precio máximo limitado Régimen concertado: <= 6,5 IPREM y precio máximo limitado
para compra de viviendas de protección oficial de régimen especial: desde 9.000 a 22.000 euros y precio máximo limitado para compra de viviendas de protección oficial de régimen general: desde 9.000 a 35.000 euros y precio máximo limitado.
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Promoción de viviendas protegidas para venta
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Promoción de VPO de régimen general para venta
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Préstamos convenidos: plazo amortización mínimo de 25 años
Préstamo convenidos o cualificados->plazo amortización: 20 años con 3 adicionales de carencia opcional. Descuento bancario de las certificaciones de obra Misma cuantía máxima que préstamo y plazo máximo de duración de 4 años. Formalización de préstamo hipotecario a la finalización de la obra de edificación.
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5.4.
AYUDAS A ADQUIRIENTES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Ayudas a adquirentes de viviendas protegidas nuevas y viviendas usadas Préstamos convenidos si ingresos <= 6,5 IPREM Subsidios (que oscilan entre 60€ y 100€ por 10.000 euros de préstamo según nivel de ingresos) si ingresos <=4,5 IPREM. Ayuda directa a la entrada (primer acceso) si ingresos <=4,5 IPREM , variando entre 5000€ y 12.000€ en función de las características de las unidades adquirentes. Se contempla una cuantía adicional según la ubicación.
Adquisición de vivienda de PO: Préstamo convenidos (o cualificados) Podrá concederse directamente al adquirente o por subrogación en el pago de la carga hipotecaria del préstamo cualificado al promotor. Cuantía máxima: precio de venta de la vivienda y de los anejos vinculados (y 30% del precio de anejos no vinculados). Plazo amortización: 20, 25, 30 o 35 años (incluidos 3 años de carencia opcional). 5% sobre valor de tasación salvo que precio de venta sea menor. 6% en ARIs o unidades convivenciales cuyos integrantes tengan menos de 35 años. 6% para familias numerosas, más 600€ por cada hijo a partir del tercero, incluido éste. Cuantías Máximas: + Ingresos hasta 21.000 €: 7.935€ (9.015€ ARIs y menores 35; 10.098€ familias numerosas). + Ingresos desde 21.000 hasta 33.000€: 3.606€ (4.329€ ARIs y menores 35; 4.684€ familias numerosas)
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Adquisición vivienda libre usada: Subvención -
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5.5.
AYUDAS A INQUILINOS
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Si ingresos familiares <= 2,5 IPREM, subvención máxima anual del 40% de la renta anual con un límite de 3.200 euros por vivienda durante un máximo de 2 años.
No se contemplan
5.6.
PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS PARA COLECTIVOS ESPECIALES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Subvenciones: 320 € por m2 útil si colectivos específico y 500€ por m2 útil si colectivos vulnerables
Promoción de Alojamientos dotacionales: A los efectos de las medidas financieras se distinguen dos tipos de actuaciones: alojamientos en los que solicita una aportación económica anticipada con derecho a devolución a la cesación del uso (Alojamientos tipo A) y alojamientos en los que no se solicita esta aportación (Alojamientos tipo B). No se considera aportación económica anticipada los pagos anticipados de mensualidades vinculados al aseguramiento del pago del arrendamiento.
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Préstamo cualificado: Cuantía máxima: 100% del coste de construcción de los alojamientos y de los gastos de honorarios técnicos (máximo de 75.000 euros por alojamiento). Plazo de amortización: 30 años con 4 años adicionales de carencia opcional.
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Subsidiación del tipo de interés: Alojamientos tipo B: interés del 0% anual durante los diez primeros años y del 1% durante los años 11 al 20. Subvenciones: Alojamientos tipo A: 3.000 euros por alojamiento. Alojamientos tipo B: 40.000 euros por alojamiento.
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5.7.
REHABILITACIÓN Y PUESTA EN ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS DE TITULARIDAD PÚBLICA EN MEDIOS RURALES
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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No se contempla
Subvenciones previstas
Ejecución de obras de rehabilitación del inmueble: hasta 600 euros/m2 construido. Gastos de asistencia técnica y honorarios: 3.000 euros por vivienda.
5.8.
VIVIENDA VACÍA
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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No se contempla en el Plan Estatal
El Programa Bizigune tiene como objetivo la movilización de las viviendas vacías existentes en Euskadi. Consiste en que el Gobierno Vasco –a través de VISESA– asegura a la persona propietaria de estas viviendas el pago puntual de la renta y la conservación y devolución de la vivienda en buen estado, y al inquilino, el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler a precios asequibles. El Gobierno Vasco aporta la diferencia entre lo que paga el inquilino y lo que cobra el propietario.
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5.9.
REHABILITACIÓN EN AREAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL (ARIS) Y RENOVACIÓN URBANA (ARUS)
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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ARIs: Préstamos convenidos y subvenciones ARUs (Áreas de Renovación Urbana): préstamos convenidos, sin subsidiación, y subvenciones, destinadas a los promotores de estas actuaciones.
Subvenciones a Ayuntamientos: hasta un 90% del coste de redacción de los documentos, hasta un 100% del coste de levantamientos topográficos y hasta un 75% del presupuesto de ejecución de las obras.
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5.10. ERRADICACIÓN DEL CHABOLISMO
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
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Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Subvenciones: Realojo de cada unidad familiar: cuantía máxima del 50% por ciento de la renta anual que se vaya a satisfacer, con un máximo de 3.000 euros anuales por vivienda. Una subvención para la financiación parcial del coste de los equipos de gestión y de acompañamiento social.
No se contempla
de
5.11. AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDA, ACCESIBIILIDAD Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
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Ayudas RENOVE para la mejora de la eficiencia energética, seguridad de los edificios y mejora de la accesibilidad Préstamos convenidos a la rehabilitación de edificios Subsidios de préstamos convenidos a la rehabilitación de edificios: si ingresos <= 6,5 IPREM, 140 €/año por 10.000 de préstamo convenido; si titular cuenta con contrato arrendamiento sujeto a prórroga forzosa no se exige requisito de ingresos y subsidio de 175 €/año por 10.000 de préstamo convenido. Subvenciones a la rehabilitación de edificios: incompatible con subsidiación préstamo. Cuantía máxima de 1.100 €/viv (salvo excepciones en que puede llegar hasta los 2.700 €) Subvenciones a la rehabilitación de viviendas: si ingresos <= 6,5 IPREM, subvención del 25% de presupuesto protegido con límite de 2.500 € (excepcionalmente límite puede alcanzar los 3.400 €)
Rehabilitación de Vivienda Préstamos cualificados: La cuantía podrá alcanzar el presupuesto protegible deduciéndose en su caso las subvenciones a fondo perdido. Subvención según ingresos ponderados, el número de miembros y tipo de obra (rehabilitación integral o aislada).
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Eficiencia energética: La LEY 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo establece la obligación de inspección periódica del estado de conservación de los edificios. Aunque hasta la fecha no ha habido un desarrollo reglamentario concreto, el Plan Director plantea “Discriminar positivamente la rehabilitación de elementos comunes recomendadas en las ITEs (Inspecciones Técnicas de Edificios) y la rehabilitación con criterios de sostenibilidad y ahorro energético.
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Eficiencia energética: Subvenciones que oscilan entre 2000 € y 3500 €/viv según nivel de calificación energética
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Mejora de la accesibilidad: Subvenciones a Aytos. y Entidades Locales: Podrán alcanzar hasta un 80% del presupuesto de ejecución de los trabajos de redacción del programa y hasta un 50% del presupuesto de ejecución de las obras o de adquisición de los equipamientos. Subvenciones a Entes privados sin ánimo de lucro y de utilidad pública: Podrán alcanzar hasta un 50% del presupuesto de ejecución de las obras o de adquisición de los equipamientos.
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5.12. SUELO
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación
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Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida: Préstamos convenidos Subvenciones
Adquisición onerosa de suelo para formación de patrimonios públicos: Préstamos cualificados subsidiados: Cuantía Máxima: coste total presupuestado de la actuación protegible. Plazo: la suma de los periodos de amortización y, en su caso, de carencia, no podrá superar los 12 años. Tipo de interés: 0% durante toda la vida del préstamo.
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Subvenciones: Se podrá subvencionar al promotor por una cuantía máxima del 25% del coste previsto.
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MEDIDAS ANTICRISIS
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6.
MEDIDAS ANTICRISIS
Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación Plan Director del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
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Hasta el 31 de diciembre de 2009:
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Los promotores de viviendas libres que hubieran obtenido una licencia de obras previa al 1 de septiembre de 2008, podrán solicitar su calificación como viviendas protegidas, para venta o alquiler. Si son calificadas por las CCAA como viviendas protegidas en alquiler, a 10 ó a 25 años, podrán obtener las subvenciones correspondientes a la promoción de vivienda protegida de nueva construcción. Si obtuvieran préstamo convenido, será subsidiado en las mismas condiciones. Podrán adquirir viviendas protegidas calificadas como de régimen concertado aquellos adquirentes con ingresos familiares que no excedan de 7 veces el IPREM. No será aplicable el período mínimo de un año a partir de la expedición de la licencia de primera ocupación, el certificado final de obras o la cédula de habitabilidad, según corresponda, para considerar como vivienda usada una vivienda libre, a efectos de las ayudas al adquiriente. Las viviendas a que se refiere la letra anterior podrán ser adquiridas mediante una forma de acceso diferido a la propiedad, en un plazo máximo de 5 años, durante el cual el vendedor de la vivienda podrá cobrar una renta del 5,5 por ciento del precio máximo de una vivienda protegida de precio concertado, calificada como tal en la misma ubicación y el mismo día en que se vise el contrato de compraventa. El precio máximo de venta de la vivienda, transcurrido el período de 5 años, será de 1,18 veces el citado precio máximo tomado como referencia para el cálculo de la renta máxima. Al menos el 30 por ciento de los alquileres satisfechos se descontarán, sin actualizaciones, del precio a hacer efectivo en el momento de la compra de la vivienda.
Medidas de apoyo dirigidas a las personas que, habiendo accedido a una vivienda, caen en situación de desempleo y no pueden hacer frente al esfuerzo que le supone acceder a una vivienda en el mercado libre, garantizándole el acceso a la misma en condiciones o precios bajo protección pública. Se trata, fundamentalmente, de tres nuevas medidas con las que, sobre todo, se pretende evitar los procesos de ejecución hipotecaria y los desahucios por situaciones sobrevenidas de desempleo y pérdida, por tanto, de capacidad adquisitiva En consecuencia, para poder acogerse a estas líneas de ayudas, la persona propietaria afectada deberá acumulativamente: Encontrarse en situación de desempleo sobrevenido por efecto de la crisis durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud Ocupar la vivienda sobre la que se solicita actuar como destinada a vivienda habitual Carecer de otra vivienda en propiedad Contar con unos ingresos inferiores a 22.000 euros durante los últimos doce meses Que el banco haya reclamado formalmente la deuda hipotecaria
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Las principales medidas implementadas son3: 1. Recompra de vivienda libre, transformación en vivienda protegida y mantenimiento de los ex-propietarios como inquilinos con opción de compra. 2. Recompra de la vivienda de protección oficial y mantenimiento de los expropietarios como inquilinos 3. Adjudicación de vivienda del programa Bizigune a personas que pierden su vivienda por ejecución hipotecaria 4. Permitir alquiler temporal de la vivienda protegida cuando los propietarios se desplazan a otra residencia con menor coste (viviendas de familiares…)
3 Se encuentran en tramitación dos nuevas medidas:1) Reducción de renta en alquiler de vivienda libre y gestión del alquiler similar al programa Bizigune y 2) Medida dirigida a promotores con stock de viviendas sin vender para su puesta en el mercado de alquiler (subvención de 27.000 euros por vivienda y período de cinco años de puesta en alquiler).
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CONFLUENCIAS Y ESPECIFICIDADES MÁS RELEVANTES DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA ESTATAL Y DE LA CAPV
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7.
CONFLUENCIAS Y ESPECIFICIDADES MÁS RELEVANTES DE LA POLÍTICA DE VIVIENDA ESTATAL Y DE LA CAPV
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Objetivo general compartido: acceso a una vivienda digna y adecuada, orientando las actuaciones hacia la cobertura de las necesidades de las rentas medias y bajas., pero focalizando la atención en las personas más necesitadas. Apuesta clara conjunta por reforzar el parque en alquiler. Apuesta común por un mayor control del destino de las ayudas públicas. Pretensión común de implicar más a los ayuntamientos en la política de vivienda. La venta y adjudicación de viviendas se efectúa a demandantes inscritos en registros públicos de vivienda Los límites protegibles en la CAPV son superiores en consonancia con los mayores niveles de ingresos de la población y los mayores precios de la vivienda libre. Algunas especificidades de la política de vivienda de la CAPV: apuesta firme por el control del fraude mayor exigencia en cuanto al periodo de calificación de vivienda protegida apuesta rotunda por la intervención en el parque de viviendas vacías y su orientación al alquiler apuesta firme por optimizar el parque de vivienda existente concentra las ayudas al arrendamiento en la promoción y en el colectivo de personas arrendatarias entre los colectivos de atención preferente incluye a: mayores de 70 años, jóvenes de edad acotada entre 25 y 35 años subvenciones previstas a la rehabilitación y puesta en arrendamiento de viviendas de titularidad pública en medios rurales
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Algunas especificidades de la política de vivienda estatal: contempla ayudas a la entrada, en las operaciones de compra, en función de los ingresos y de las circunstancias personales. Fomenta el acceso en propiedad a la vivienda protegida. mantiene ayudas a la personas inquilinas en sus políticas de alquiler. incluye como colectivos de atención preferente a: personas sin hogar o procedentes de operaciones de erradicación del chabolismo y otros colectivos en riesgo de exclusión social
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