Derecho Procesal Penal Introducción

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							Derecho Procesal Penal
       Introducción

     Prof. Ángela E. Ledesma.
            Derecho procesal

• Función material
  – Realización del derecho sustantivo
  – Protección personal
  – Recomposición de la paz y seguridad jurídica

• Función formal
  – Estructura de las reglas procesales – normas
    potestativas

• Caracteres
  –   Publicismo
  –   Instrumentalidad
  –   Autonomía
  –   Unidad
           Axiomas del sistema penal

                              Principio de retributividad o
• Nulla poena sine crimine
                              de la sucesividad de la pena
                              respecto del delito
• Nullum crimen sine lege     Principio de legalidad,      en
                              sentido lato o estricto

• Nulla lex (poenalis) sine   Principio de necesidad        o
  necessitate                 economía del derecho penal

• Nulla necessitas sine       Principio de lesividad o de la
  iniuria                     ofensividad del acto

• Nulla iniuria sine          Principio de materialidad o de
  actione                      la exterioridad de la acción
          Axiomas del sistema penal

• Nulla actio sine culpa     Principio de culpablididad o de
                             responsabilidad personal
                             Principio de
• Nulla culpa sine iudicio   jurisdiccionalidad, en sentido
                             lato o estricto
• Nullum iudicium sine       Principio acusatorio o de la
  accusatione                separación    entre  juez  y
                             acusación
• Nulla accusatio sine       Principio de la carga de la
  probatione                 prueba o de verificación

• Nulla probatio sine        Principio del contradictorio o
  defensione
                             de la defensa

                                   Luigi Ferrajoli, Derecho y Razón, pág. 93
      Características del proceso
         acusatorio ( Carrara )
• El método acusatorio tiene por base el principio de
  que nadie puede ser llevado a juicio sin que otro
  sostenga contra él una acusación ante las
  autoridades competentes.
• Nada se opone a que este método se adapte
  también a reconocer la acusación como ejercicio
  de la una función pública, que se le confiere a
  alguno temporalmente. Aun en así domina el
  concepto de la acusación conferida al injuriado,
  pues ese funcionario público la ejerce como
  representante de la sociedad que se estima
  ofendida por el delito.
       Características del proceso
           acusatorio (Carrara)
• La publicidad plena de todo el procedimiento.
• La libertad personal del acusado, hasta la condena
  definitiva.
• La paridad absoluta de derechos y de poderes
  entre el acusador y el acusado.
• La pasividad del juez al recoger las pruebas, sean
  de cargo o de descargo.
• La continuidad del contexto.
• La síntesis en todo el procedimiento.
     Método inquisitivo (Carrara)
• Presupone funcionarios públicos que, bajo
  el nombre de fiscales, u otra denominación
  análoga, tengan el encargo y poder
  especiales de investigar y perseguir los
  delitos.
• El método de juicio no presenta ninguna
  garantía especial, fuera de la conciencia y
  escrupulosidad de los jueces.
    Método inquisitivo caracteres (Carrara)

• Concurso de denunciantes secretos.
• Dirección de las pruebas al pleno arbitrio del juez.
• Instrucción y defensa escrita.
• Procedimiento siempre secreto, respecto de
  ciudadanos y procesado.
• Encarcelación preventiva del procesado,
  segregándolo de todo contacto.
• Interrupción de actos.
• Orden analítico.
                          Acusatorio                           Inquisitivo

Contexto político y       Democracia.Individualismo.Par-       Regímenes autoritarios. Estatismo centralista.
cultural                  ticipación,intervención y control
                          popular

Sentido del delito        Daño y/o infracción a las leyes      Desobediencia a la autoridad. Apartamiento del
                          comunitarias. Delito como            orden estatal. Expropiación monopólica del conflicto,
                          conflicto perteneciente a los        que es entre Estado e individuo.
                          involucrados. Posibilidades
                          Compositivas
Organización              Ausencia de aparatos oficiales       Órganos oficiales permanentes y especializados de
institucional             de persecución. Jueces               persecución y juzgamiento
                          accidentales

Poderes realizativos      Neto perfil y clara diferenciación   Confusión entre acción y jurisdicción. Carencia del
                          de acusación, defensa y              concepto de partes. Limitaciones de la defensa.
                          jurisdicción

Iniciación                Por acto formal de acusación         De oficio, por el propio tribunal, ante noticia de delito
                          (popular o privada)                  (denuncia, delación, clamor público)

Desarrollo (I)            Concentrado (audiencia de            Discontinuo. Actos que se documentan por escrito.
                          debate). Oral

Desarrollo (II)           Contradictorio. Discusión            Investigativo. Secreto o reservado
                          pública.

Prueba                    Libertad probatoria. Íntima          Regulación estricta. Pruebas legales.
                          convicción

Situación del imputado    Pleno sujeto de derechos. Parte      Objeto de la investigación. Limitadas posibilidades de
                          procesal. Ausencia o muy             actuación. Sometimiento a serios gravámenes
                          limitados constreñimientos

Características y papel   Jurados populares o mixtos.          Jueces técnicos permanentes. Protagonismo activo.
del tribunal              Actitud pasiva.
                 Sistemas Procesales
                                    Acusatorio                     Inquisitivo
      Organización           Ausencia de aparatos        Órganos oficiales
      institucional          oficiales de persecución.   permanentes y especializados
                             Jueces accidentales         de persecución y juzgamiento

   Poderes realizativos      Neto perfil y clara         Confusión entre acción y
                             diferenciación de           jurisdicción. Carencia del
                             acusación, defensa y        concepto de partes.
                             jurisdicción                Limitaciones de la defensa.
        Iniciación           Por acto formal de          De oficio, por el propio
                             acusación (popular o        tribunal, ante noticia de delito
                             privada)                    (denuncia, delación clamor
                                                         público)
Características y papel del Jurados populares o          Jueces técnicos permanentes.
         tribunal           mixtos. Actitud pasiva.      Protagonismo activo.
   Garantías generales del debido proceso

• Son debidas al justiciable y se integran en la noción debido
  proceso formal (o procesal)

• El proceso debido se manifiesta en el conjunto de
  exigencia procedimentales que deben garantizarse a
  cualquier persona que exige el cumplimiento de sus
  derechos y libertades.

• Derecho a la jurisdicción, integrado por:
   – Derecho de entrada al proceso: acción, pretensión y demanda
   – Derecho a ser oído
   – Garantía del juez predeterminado, independencia del órgano y su
     imparcialidad
Derecho al proceso con todas las garantías


  • Derecho a ser juzgado por tribunales previamente
    establecidos

  • Que se dé plena observancia a las formalidades
    esenciales del procedimiento

  • Que se asegure el derecho a tener un juez
    independiente e imparcial
La moderna configuración del Debido Proceso

        El proceso penal tiene una estrecha
       relación con la Constitución del Estado:
            el derecho procesal penal es el
           sismógrafo de la constitución del
                    Estado (Roxin).

          El reconocimiento de derechos
       fundamentales procesales por un Estado
         es un criterio para medir el carácter
         autoritario o liberal de una sociedad
                     (Bacigalupo)
                Sistema de Garantías

 “... El nivel de adecuación de un sistema procesal a
    los principios del Estado de Derecho no se mide
   solamente por la incorporación de esos principios
   al orden normativo, sino por el grado en que ellos
                    estén garantizados”

Formas procesales constituyen garantías de
  juzgamiento y establecen:
  Las condiciones bajo las cuales debe ser juzgado
• Fija los límites para la recolección y búsqueda de la información
          Garantías Penales
• Garantías Primarias
  – Límites y vínculos normativos – prohibiciones y
    obligaciones, formales y sustanciales- impuestos,
    en tutela de los derechos, al ejercicio de
    cualquier poder
• Garantías Secundarias
  – Diversas formas de reparación – la anulabilidad
    de los actos inválidos y la responsabilidad por
    los actos ilícitos- subsiguientes a las violaciones
    de las garantías primarias


     Poderes ilegales = resultado de la violación
  Poderes extralegales = falta de garantías primarias


                    Luigi Ferrajoli, El garantismo y la filosofía del derecho, pág. 132
          Opinión Consultiva 11/90 CIDH

• Los Estados Parte deben no solamente respetar los derechos y
  libertades reconocidos en la Convención, sino además garantizar su
  libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su jurisdicción.


• Garantizar implica la obligación del Estado de tomar todas las
  medidas necesarias para remover los obstáculos que puedan existir
  para que los individuos puedan disfrutar de los derechos que la
  convención reconoce.


• Garantizar entraña el deber de los Estados Parte de organizar todo
  el aparato gubernamental y, en general, todas las estructuras a
  través de las cuales se manifiesta el ejercicio del poder público, de
  manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno
  ejercicio de los derechos humanos.
PODERES DE REALIZACIÓN PENAL
                  (anteriores al proceso)
•  JURISDICCIÓN - (Potestad de actuar el derecho)
   -Imparcialidad del juez
   - Juez natural, anterior al hecho
• ACUSACIÓN
  -Poder de presentar y
  -Mantener una pretensión
• DEFENSA
  -Poder de resistir y refutar la imputación
  - Manifestación irrestricta

Conjunto de atribuciones y sujeciones que hacen al modo, forma y
       condiciones del ejercicio de cada uno de ellos. TRIPODE
    Equiparar posiciones en cada una de las etapas del proceso.
  Garantizar las mismas posibilidades (facultades) de influir en la
                                decisión
Si uno falta o no está suficientemente desarrollado el equilibrio
              se pierde y la justicia cae (Clariá Olmedo)
                Defensa – Poder sustancial
PODER
•   Impedir
          Cualquier restricción injusta a la libertad individual
•   Resistir
          Al pleno ejercicio de los derechos otorgados
•   Prevenir

DEFENSA TECNICA
•   Persigue equiparación
    Presupuesto de validez del procedimiento y de la sentencia.
•   Jurídica o razonada

DEFENSA MATERIAL
    Resistencia material o intuitiva
•    Manifestaciones Irrestrictas
·      Audiencia
·      Prueba:      Alegar - Producir - Discutir
·      Discusión Impugnar
•   Intimación (Util)
    Completa
    Hecha a tiempo
Nadie puede ser condenado sin ser oído -esencia del contradictorio
Derecho Procesal Penal Argentino
• Etapa de la independencia
• El Código Nacional: Proyecto González -
  De la Plaza (1871/73).
• El Proyecto Obarrio (1882)y el Código de
  1888.
• La necesidad de cambio y el proyecto del
  doctor Maier (1986).
• Moderna generación de códigos.

						
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