(Microsoft Word - Manual de funciones y competencias
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
DECRETO # 011
(Marzo 14 de 2006)
Por el cual se ajusta el manual específico de funciones y de competencias laborales de los diferentes
empleos de la planta de personal de la Alcaldía Municipal de Soatá y se dictan otras disposiciones.
LA ALCALDÍA DE SOATÁ
En uso de sus facultades legales Constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de
2004, el decreto 785 de 2005, decreto 2539 de 2005, y
CONSIDERANDO
• Que la Alcaldía municipal cuenta con una estructura orgánica básica bajo la cual se debe supeditar
la denominación, nomenclatura y clasificación de los cargos de la Alcaldía municipal de Soatá y sus
dependencias.
• Que mediante Acuerdo No 001 de 2006 el concejo municipal homologó la denominación,
nomenclatura y grados de los cargos de la administración municipal.
• Que conforme la Ley 909 de 2004 y el decreto 2539 de 2005, la Alcaldía Municipal debe adoptar el
manual de funciones y de competencias laborales.
• Por lo anterior,
ACUERDA:
ARTICULO 1o. Ajustar el Manual Específico de Funciones y de competencias laborales de los empleos
integrantes de la planta de personal de la Alcaldía Municipal, cuyas funciones deben ser cumplidas con
criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones, así:
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Alcalde Municipal
CODIGO 005
GRADO NE
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Despacho del Alcalde
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Ejecutar el plan de desarrollo municipal
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
- Cumplir y hacer cumplir la constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas y los
acuerdos del Concejo.
- Conservar el orden público en el municipio de conformidad con la ley y las instituciones y órdenes
que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la primera
autoridad de policía del municipio.
- Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la
prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; nombrar y remover
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a los funcionarios bajo su dependencia y a los Gerentes y Directores de los establecimientos
públicos y las empresas industriales o comerciales de caráctrer local, de acuerdo con las
disposiciones pertinentes.
- Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos
respectivos.
- Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de
desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás
que estime convenientes para la buena marcha del municipio.
- Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
- Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar
sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
- Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales
sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se ocupará de los
temas y materias para los cuales fue citado.
- Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.
- Las demás que la Constitución y la ley la señalen.
- El Alcalde ejercerá funciones que le asignan las ordenanzas, los acuerdos y las que fueren
delegadas por el presidente de la República o Gobernador respectivo.
- EN RELACION CON EL CONCEJO MUNICIPAL
- Presentar los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para lograr la buena marcha del
municipio.
- Presentar oportunamente los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo
económico y social y de obras públicas teniendo en cuenta el componente ambiental en cada uno de
ellos para que coordine con los planes Departamentales y Nacionales.
- Presentar dentro del término legal el proyecto de acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y
gastos.
- Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere
inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
- Reglamentar los acuerdos municipales.
- Enviar al Gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición, los
acuerdos del Concejo, los decretos de carácter general, los actos mediante los cuales se reconozca
y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que le solicite el
Gobernador.
- Aceptar la renuncia, conceder licencia a los concejales, cuando el Concejo se encuentre en receso.
- EN RELACION CON EL ORDEN PUBLICO
- Conservar el orden público en el municipio de conformidad con la ley, las instrucciones del
Presidente de la República y del Gobernador. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia
las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo comandante.
- Dictar para el mantenimiento y/o restablecimiento del orden público de conformidad con la ley,
medidas tales como:
- Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos.
- Decretar el toque de queda.
- Restringir y/o prohibir el porte de armas de fuego.
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- Restringir y/o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes.
- Requerir el auxilio de la fuerza Armada, según lo permitido por la Constitución y la ley.
- Dictar los reglamentos de policía local para el cumplimiento de las normas superiores, conforme al
artículo 9º del decreto 1355 de 1970 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.
- En cumplimiento a lo dispuesto por la ley 52 de 1990, los Alcaldes están obligados a informar al
Ministerio del Interior, los hechos o circunstancias que amenacen con alterar o subvertir el orden
público y la paz de la comunidad, especificando las medidas que se hayan tomado para mantenerlo
o restablecerlo.
EN RELACION CON LA NACION, EL DEPARTAMENTO Y LAS DEMAS AUTORIDADES
JURISDICCIONALES
- Posesionar, conceder permisos y aceptar renuncias a los empleados pertenecientes a la planta de
personal existente en el Municipio y los empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el
municipio, siempre y cuando no existan disposiciones que determinen qué autoridad debe hacerlo, en
casos de fuerza mayor, fortuitos o cuando reciba tal delegación.
- Coordinar y supervisar los servicios que se preste el municipio por parte de entidades Nacionales o
Departamentales. Informar a los superiores de las mismas sobre su marcha y cumplimiento de los
deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planes y programas de
desarrollo del municipio.
- Visitar, controlar y supervisar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas
que se desarrollen dentro del territorio de su jurisdicción.
- Ejercer las funciones que le sean delegadas por el Gobernador.
- Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando estas requieran de su apoyo e intervención.
D. EN RELACION CON LA ADMINISTRACION MUNICIPAL
- Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurar el cumplimiento de los fines y funciones y de
la prestación de los servicios a su cargo, representarlo judicial y extrajudicialmente.
- Nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia, a los gerentes y directores de los
establecimientos públicos, de las empresas industriales y comerciales locales, de acuerdo con las
disposiciones pertinentes.
- Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalar las funciones especiales y
fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones
que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente
aprobado.
- Suprimir o fusionar entidades o dependencias municipales, en concordancia con los acuerdos
respectivos.
- Velar por el cumplimiento de las funciones de los empleados oficiales y municipales y dictar los
actos necesarios para su administración.
- Ejercer el poder disciplinario respecto de los empleados oficiales y servidores públicos bajo su
dependencia.
- Conceder permisos a los servidores públicos municipales de carrera administrativa para aceptar con
carácter temporal cargos a nivel nacional o departamental.
- Conceder licencias y aceptar renuncias a los funcionarios y miembros de las juntas, Concejos y
demás organismos cuyo nombramiento corresponda al Concejo Municipal, cuando éste no se
encuentre reunido y nombrar interinamente a quien deba reemplazarlo, excepto en los casos en que
la ley 136 de 1994 disponga otra cosa.
- Apoyar con recursos humanos y materiales el buen funcionamiento de las Juntas Administradoras
Locales.
- Ordenar los gastos, celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el cumplimiento
del programa de gobierno, el plan de desarrollo económico y social y con el presupuesto, de
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conformidad con lo reglamentado en la ley 80 de 1993 y demás normas aplicables. Si excede el
presupuesto, incurrirá en causal de mala conducta.
- Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio.
Esta función puede ser delegada a la tesorería municipal y se deberá ejercer conforme a lo
establecido en la normatividad contencioso administrativo y de procedimiento civil.
- Planear, organizar, ejecutar, coordinar, evaluar y controlar los recursos humanos, financieros y
materiales del municipio en miras de cumplir sus metas y objetivos fijados.
- Coordinar las actividades, dentro del marco de la descentralización administrativa la prestación de
los servicios públicos.
- Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento de la calidad de vida económica de
los habitantes del municipio.
- Desarrollar y ejecutar acciones encaminadas a promover la participación ciudadana en el manejo de
los asuntos públicos de carácter local.
- Ejecutar acciones tendientes a adelantar una gestión ambiental, la creación de una cultura de
desarrollo para obtener un desarrollo humano sostenible de conformidad con lo establecido por la
ley 99 de 1993.
- Coordinar actividades encaminadas a la protección de las personas y al mejoramiento de la calidad
de vida de las clases menos favorecidas del municipio.
- Señalar el día o los días en que deber tener lugar el mercado público.
- EN RELACION CON LA CONTRATACION ADMINISTRATIVA
- Cumplir fiel y cabalmente con el estatuto de contratación administrativa, mencionado en la ley 80 de
1993 observando todos los decretos reglamentarios.
- Celebrar todo tipo de contratos, teniendo siempre en cuenta los principios constitucionales de
transparencia, economía, celeridad, moralidad, imparcialidad igualdad y eficacia, del deber de
selección objetiva, de los procedimientos de selección y de la publicación de los actos y sentencias
sancionatorias.
- Autorizar, suscribir y adelantar la adjudicación de contratos mediante el sistema de contratación
directa, garantizando el principio de publicidad o transparencia y de acuerdo a las cuantías de
contratación directa, según el presupuesto anual del municipio.
- Cumplir con las reglas y normas de contratación administrativa, ejercer control y vigilancia respecto
del régimen de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.
- Dar cumplimiento a la selección objetiva, a la celeridad, a los requerimientos presupuestales, a la
garantía única, a la austeridad en tiempos, medios y gastos, para de esta forma dar cumplimiento
con el principio constitucional de economía.
- Celebrar, liquidar, vigilar y controlar la ejecución de los diferentes tipos de contrato estatal.
- Aplicar las disposiciones contractuales de perfeccionamiento de contratos, nulidad contractual,
responsabilidad contractual, urgencia manifiesta y la exigencia del registro de proponentes.
- EN RELACION CON LA CIUDADANIA Y LA PARTICIPACION CIUDADANA
- Dar a conocer a las organizaciones sociales, comerciantes, agricultores, ganaderos, gremios y a la
comunidad en general el Plan de Desarrollo Municipal.
- Impulsar y convocar la participación ciudadana para la elaboración del Plan de Desarrollo y los
Programas y proyectos relacionados con la salud local.
- Presentar informes sobre la evolución y ejecución de su gestión administrativa a través de los
medios de comunicación de que disponga.
- Crear e impulsar mecanismos que incentiven la participación ciudadana.
- Convocar a reuniones a las organizaciones sociales, a los ediles, a los veedores para informarles
sobre el desarrollo de su gestión y la planeación de los más importantes proyectos a realizar por la
administración.
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- Con el objeto de apoyar la participación ciudadana, la Alcaldía Municipal está obligada a publicar en
cartelera en lugar visible y en lenguaje sencillo una vez al mes, un listado de los bienes adquiridos y
servicios contratados, especificando su objeto, valor, destino, adjudicatario y aquellas licitaciones
que hayan sido declaradas desiertas.
- Garantizar el acceso de cualquier persona natural o jurídica, pública o privada para que intervengan
en las actuaciones administrativas en lo relacionado con la expedición, modificación o cancelación
de licencias ambientales. Observando el procedimiento mencionado en la ley 99 de 1993 y decreto
reglamentario No. 1753 del 3 de agosto de 1994, expedido por el Ministerio del Medio Ambiente.
- Colaborar, apoyar e informar a las personas y/o asociaciones que ejerzan control y vigilancia de la
gestión administrativa contractual, ya que todo contrato que celebre el Municipio estará sujeto a la
vigilancia y control ciudadano.
- Garantizar y facilitar que la Oficina de Control Interno verifique y evalúe los mecanismos de
participación ciudadana.
- Llevar a cabo la realización de consultas populares para poder decidir asuntos de competencia del
Municipio, de conformidad con lo señalado en la Ley 134 de 1994.
- De acuerdo con la Constitución Nacional (art. 103), se debe garantizar el ejercicio de las formas de
participación democrática a saber: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo
abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. El plan de desarrollo se ejecuta de tal manera que los índices de calidad de vida de la población,
medidos sectorialmente, mejoran constantemente.
2. Los recursos, tanto financieros, humanos, físicos, tecnológicos, son aprovechados con
eficiencia, economía, racionalidad y eficacia.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Planeación y dirección
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
Ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o haber sido residente en el respectivo municipio
durante el año anterior a la fecha de inscripción, o durante un periodo mínimo de tres años consecutivos
en cualquier época.
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Secretario de despacho
CODIGO 020
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaria de Gobierno
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Garantizar el apoyo logístico de las tareas propias de las dependencias de la administración municipal y
el mejoramiento continuo de las dependencias de la administración.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Coordinar el manejo del personal de la administración central, planificando su desempeño,
estableciendo objetivos y evaluando anual o periódicamente sus logros, tendiente a mejorar su
desempeño en aras del cumplimiento misional municipal.
2. Coordinar la prestación de los servicios generales de aseo, mantenimiento, reparaciones locativas,
de comunicaciones para garantizando el desarrollo permanente y fluido de las actividades de la
administración.
4. Proyectar todos los proyectos de Decreto y/o Resolución para el nombramiento de los empleados,
sus respectivas actas de posesión y demás novedades.
5. Proyectar los diversos trabajos de oficina relacionados con el área administrativa de modo que el
Despacho del Alcalde cumpla a cabalidad y en lo pertinente con la ley 734 de 2000.
6. Conocer las normas disciplinarias, sanciones y exhortaciones que se apliquen a los funcionarios de
la administración.
7. Coordinar la actualización del manual de procedimientos de todas las dependencias, adelantando al
menos un evento anual para su sensibilización y ajustes.
8. Promover mecanismos de participación y veedurías ciudadanas en los programas, proyectos y
procesos contractuales municipales, presentando informes periódicos sobre su efectividad.
9. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
El recurso humano se adapta a la ley 909 de 2004 y los recursos físicos son manejados de manera
óptima.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
1. Administración de personal
2. Archivística
3. Administración de recursos físicos
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título de tecnólogo en cualquier modalidad.
EXPERIENCIA: Un año de experiencia relacionada o específica.
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Auxiliar Administrativo
CODIGO 407
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de Gobierno
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Secretario de Gobierno
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Prestar el apoyo logístico de la dependencia.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Proyectar en términos de prontitud y calidad las actas de presentación, posesión y copias de las
mismas de los servidores públicos.
2. Proyectar con prontitud oficios, actas y actos administrativos ordenados por el Despacho del Alcalde
y Secretaría del Despacho.
3. Diligenciar, evitando la mora, las cuentas de autoliquidación de salud, pensiones y parafiscales que
la administración deba tramitar ante las diferentes entidades beneficiarias.
4. Proyectar dentro de cada mes la nómina y los pagos prestacionales de la planta de personal
municipal.
5. Operar el conmutador atendiendo diligentemente al usuario y tramitando las comunicaciones
correspondientes.
6. Orientar al público que demande los servicios de la administración con esmero y exactitud.
7. Adelantar con prontitud la citación de personas que del sector urbano requiera la Inspección de
Policía y demás dependencias municipales, garantizando la asistencia creciente a las citas
programadas.
8. Recibir la correspondencia tramitarla a las demás dependencias siguiendo la hoja de ruta por el
mismo diseñada y evaluando periódicamente las respuestas que se requieran.
9. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
La dependencia dispone de los instrumentos a su cargo con calidad
El personal citado asiste a los compromisos programados.
Los documentos proyectados se presentan con prontitud y calidad.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas en sistemas
Archivo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Diploma de bachiller en cualquier modalidad
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Auxiliar de servicios generales
CODIGO 470
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 2
DEPENDENCIA Secretaría de gobierno
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Secretario de Gobierno
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Mantener en buenas condiciones de aseo las instalaciones así como la prestación de servicios de
cafetería a los funcionarios del municipio
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Limpiar y mantener en orden permanente el edificio municipal
2. Clasificar, almacenar y disponer los residuos sólidos, entregándolos técnicamente al organismo
responsable.
3. Barrer diariamente y encerar los pisos y retirar las basuras conforme la clasificación establecida.
4. Prestar el servicio de cafetería a los empleados de las oficinas con esmero y calidad.
5. Operar la fotocopiadora de acuerdo con el volumen entregado de trabajo para fotocopiar.
6. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Las instalaciones permanecen en buen estado de aseo y orden.
2. El servicio de cafetería se presta con calidad, oportunidad y aseo.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
1. Manejo de residuos sólidos
2. Manejo de documentos
3. Preparación de alimentos
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Terminación y aprobación de 3 anos de educación básica primaria
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Secretario de Despacho
CODIGO 020
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de Planeación
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Formular y evaluar los instrumentos de planeación local, la ejecución de programas, subprogramas y proyectos, y el
ordenamiento físico municipal.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Coordinar la formulación de los planes de desarrollo generales y sectoriales, presentando avances anuales en
términos de productos y resultados.
2. Coordinar la formulación y ajustes del esquema de ordenamiento territorial.
3. Formulación anual del plan de acción y del plan indicativo, con la participación activa de los sectores involucrados
y presentando informes sobre sus resultados e impactos.
4. Coordinar el cumplimiento del esquema de ordenamiento urbano expidiendo licencias y evaluando su ejecución.
5. Coordinar procesos participativos en planeación y presupuestación formulando y ejecutando programas anuales
con la actividad del órgano de asesoría y consulta en el tema.
6. Adelantar la planeación y ejecución de los instrumentos y actos de todos los procesos pre contractuales previa
remisión a la dependencia responsable para efectos de su contratación.
7. Presentar al menos anualmente a la dependencia responsable procedimientos que mejoren el desempeño de la
dependencia.
8. Presentar anualmente un informe de gestión y resultados y coordinar el respectivo informe para toda la
administración.
9. Coordinar el diseño, implantación y actualización periódica de un sistema de información ambiental.
10. Dirigir la ejecución de obras públicas a cargo de la administración municipal.
11. Llevar a cabo la interventoría de programas, subprogramas y proyectos que le sean asignados por el ejecutivo
presentando informes y recomendaciones.
12. Planear y coordinar el uso y mantenimiento de la maquinaria y equipo así como la de implementos de obras del
municipio.
13. Coordinar el banco de Programas y Proyectos Municipal mediante la formulación y ajustes permanentes de
fichas EBI, e incrementando el número de proyectos formulados y viabilizados para financiación municipal y de otra
instancias.
14. Coordinar el sistema de Control Interno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 parágrafo 3 de la Ley
87 de 1993, y el decreto 1599 de 2005, aplicando ajustes periódicos a los componentes de control estratégico,
control de gestión y su evaluación, y presentando resultados al menos anualmente.
15. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas por autoridad
competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
El plan de desarrollo se formula, se ejecuta y se mide técnicamente
El municipio ejecuta sus programas y proyectos bajo la supervisión de la dependencia.
Los residuos se tratan técnicamente
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas de planeación, formulación de proyectos e Indicadores, normatividad contractual, gerencia y programación
de obras
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título de ingeniero civil, ingeniero de vías y transportes, arquitecto, economista o administrador.
EXPERIENCIA: Experiencia relacionada o específica de dos años
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NIT: 891.855.016-1
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Inspector
CODIGO 416
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de planeación
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Secretario de planeación
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Optimizar las obras que adelante la administración municipal.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
- Coordinar la ejecución de proyectos y obras físicas que adelante la administración municipal,
controlando el uso de los recursos y presentando informes periódicos sobre sus resultados.
- Controlar el uso de la maquinaria a cargo de la administración, identificando e informando sus usos y
necesidades de mantenimiento preventivo.
- Formulación de las fichas BPIN y EBI para los Bancos de Proyectos Nacional, Departamental y
Municipal.
- Proyectar las actas de iniciación, de suspensión, reiniciación, modificación de precios, de
cantidades, recibidos de obra o de cantidades conforme la designación que haga autoridad
competente.
- Coordinar y estimular la operación y funcionamiento de organismos de asesoría y consulta para los
proyectos de vivienda, obras físicas y maquinaria, garantizando reuniones de las mismas con al
menos periodicidad anual.
- Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Las obras desarrolladas por el municipio se ejecutan plenamente
La maquinaria se usa óptimamente.
El Banco de programas y proyectos municipal se alimenta con proyectos formulados por su titular
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Obras Civiles
Urbanismo
Sistemas
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Titulo en tecnólogo en obras civiles
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Secretario de Despacho
CODIGO 020
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de hacienda
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Organización de los recursos financieros y físicos del municipio tendientes a consolidar un instrumento
de información para las decisiones gerenciales y de los órganos de control
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Adelantar las acciones y actividades de la programación financiera y presupuestal, a través del
presupuesto de la entidad de modo que los índices sean convenientes para la misma.
2. Consolidar la información financiera y presupuestal del municipio, diseñar el MFMP, presentar
informes financieros anuales a la Alcaldía, Concejo y periódicamente a los entes de control.
3. Presentar un plan anual de manejo de recursos físicos y sus resultados para garantizar su
optimización.
4. Entregar oportunamente la información requerida para la contabilidad.
5. Liquidar las nóminas, planillas, y pagar los contratos adquiridos por el municipio.
6. Efectuar análisis financieros y presupuestales periódicos y dar recomendaciones que orienten la
gestión económica financiera del municipio.
7. Ejercer por delegación del Alcalde el control de deudores morosos y el cobro persuasivo y coactivo
para reducir constantemente el nivel de cartera del Municipio.
8. Responder por la ejecución del presupuesto a través del manejo de los valores y documentos
negociables consignados en bancos, corporaciones y caja.
9. Diligenciar las cuentas de pago ordenadas por la Alcaldía oportunamente, garantizando el
cumplimiento de requisitos.
10. Coordinar el sistema de control interno de su dependencia, presentando anualmente procedimientos
y hallazgos que mejoren su desempeño.
11. Revisar los balances contables y verificar que reflejen la actividad contable presentando los
respectivos informes a Concejo, Alcaldía y organismos de control.
12. Coordinar la vigencia de las tablas de retención documental del Municipio.
13. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Los informes financieros y presupuestales se rinden técnicamente y sirven de soporte para la toma de
decisiones gerenciales.
2. La tesorería se maneja bajo sistemas técnicos y expeditos.
3. Los procedimientos y técnicas presupuestales y de tesorería son mejorados permanentemente.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
1. Técnicas de sistemas
2. Técnicas presupuestales
3. Sistema de gestión de archivo y procedimientos
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título profesional en economía, contaduría, administración pública o finanzas.
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada.
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Almacenista general
CODIGO 215
GRADO 01
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Despacho del Alcalde
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Alcalde Municipal
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Almacén
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Tramitar las cuentas de suministro ordenadas por el despacho del Alcalde, siguiendo la hoja de
ruta, verificando los requisitos legales y descuentos de ley.
2. Administrar el almacén del Municipio recibiendo y entregando los bienes controlando su
movimiento a través del kárdex.
3. Diseñar anualmente y ajustar mensualmente el plan de compras de la administración en el
CISE.
4. Adelantar la distribución de bienes a sus destinatarios dentro de los plazos y términos ordenados
por la dependencia.
5. Adelantar, a más tardar en noviembre de cada año, un inventario de bienes muebles e
inmuebles del municipio, bajo los estándares de la Contraloría General.
6. Archivar mensualmente los documentos pertinentes y semestralmente tabular los archivos de su
dependencia para la consolidación de las tablas de retención documental conforme los
parámetros de la Secretaría de Gobierno.
7. Tramitar inmediatamente la correspondencia que le sea asignada por el jefe de la Dependencia.
8. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean
asignadas por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del
cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los pagos que se tramitan se adelantan con diligencia y exactitud.
El municipio conoce certeramente de sus bienes muebles e inmuebles.
El kardex se maneja técnicamente y acorde con las necesidades contables.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
1. Técnicas en sistemas
2. Contabilidad
3. Archivística
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título profesional en cualquier modalidad
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Secretario de Despacho
CODIGO 020
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de salud
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Mejorar los índices de salud en el municipio.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Formular estudios y ajustes anuales tendientes a la identificación del perfil epidemiológico municipal, que
se constituyan en el soporte de los programas, proyectos y acciones de salud el municipio.
2. Actualizar la base de datos del Sisbén al menos una vez semestral, con base en encuestas que aplica
permanentemente, y cuyos resultados son validados por el Departamento Nacional de Planeación.
3. Ingresar y egresar mensualmente el 100% de la población vinculada, que solicita conforme el archivo de
novedades, a la Secretaría de Salud.
4. Coordinar la formulación, ejecución y evaluación del plan de atención básica PAB, tendiente a cumplir con
los productos y resultados plasmados en el plan de desarrollo.
5. Promover las audiencias públicas tendientes a la libre elección de ARS cada vez que se produzca la
ampliación de cobertura y cada vez que el contrato lo amerite para los traslados que el afiliado lo solicite.
6. Diseñar los informes de flujo de recursos y de Interventoría en los términos de la superintendencia y
Secretaría de Salud.
7. Tramitar dentro del término legal y con sus requerimientos legales los contratos hasta su legalización y
liquidación con las ARS, Secretaría de Salud y Municipio, presentando los informes anuales de ejecución y
liquidación.
8. Rendir los informes que le sean solicitados por parte de las ARS, SECRETARIA DE SALUD y demás
entidades competentes.
9. Programas y ejecutar charlas y acciones de prevención de la enfermedad y promoción de la salud.
10. Presentar informes de gestión y resultados al menos con periodicidad anual.
11. Coordinar el sistema de control interno de la dependencia, adelantando acciones periódicas para el ajuste
de procedimientos y la identificación de hallazgos y recomendaciones.
12. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas por
autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los índices de las principales causas de morbilidad mejoran constantemente.
La calidad del servicio de los afiliados mejora, medido bajo estándares diseñados por la dependencia.
Los recursos del régimen subsidiado son ejecutados exactamente conforme las directrices
departamentales y nacionales.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas de sistemas
Normatividad en salud
Procedimientos de régimen subsidiado
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título profesional en medicina, odontología, jefe de enfermería, o administrador en salud.
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada.
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Técnico Operativo
CODIGO 314
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Secretaría de Salud
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Secretario de Salud
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Prestar el apoyo logístico y administrativo de la dependencia.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Adelantar el diligenciamiento y actualización de los programas y formatos relacionados con el Sisbén
garantizando su validación en la Secretaría de Salud.
2. Recibir la correspondencia tramitarla a las demás dependencias siguiendo la hoja de ruta por el
mismo diseñada y evaluando periódicamente las respuestas que se requieran.
3. Proyectar con prontitud oficios, actas y actos administrativos ordenados por el Despacho del Alcalde y
Secretaría del Despacho.
4. Orientar al público que demande los servicios de la dependencia con esmero y exactitud y tramitar sus
solicitudes.
5. Archivar mensualmente los documentos pertinentes y semestralmente tabular los archivos de su
dependencia para la consolidación de las tablas de retención documental conforme los parámetros de la
Secretaría de Gobierno.
6. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas por
autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
La dependencia dispone de los instrumentos a su cargo con calidad
Los formatos e instrumentos de régimen subsidiado son diligenciados técnicamente
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas en sistemas
Archivo
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título de tecnólogo en cualquier modalidad
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Inspector de Policía
CODIGO 303
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Inspección de Policía
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Propender por el mejoramiento de la convivencia ciudadana, el cumplimiento de los derechos humanos,
libertades públicas y la disminución de los índices de violencia intrafamiliar.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Promover la solución de conflictos de la ciudadanía a través de procesos de conciliaciones y actas
de caución, mejorando permanentemente su grado de cumplimiento.
2. Promover el conocimiento de los derechos humanos y libertades públicas, mediante la coordinación
y ejecución permanente de actividades de promoción, sensibilización y evaluación.
3. Propender por la disminución de los índices de violencia intrafamiliar en coordinación con la
Personería Municipal, diagnosticando su problemática, adelantando acciones de prevención y
corrección de medidas.
4. Presentar informe mínimo con periodicidad anual acerca de sus acciones y cumplimiento de sus
funciones.
5. Aplicar el reglamento de convivencia ciudadana para el departamento de Boyacá presentando el
avance y resultados de su gestión.
6. Tramitar los asuntos civiles de policía, disminuyendo constantemente el grado de contravenciones
que son remitidas a otras instancias.
7. Tramitar los amparos administrativos de su competencia, lanzamiento ocupación de hecho, Invasión
de tierras en el sector rural, protección de animales, amparo para las ESP, protección hotelera,
restitución de bienes de uso público, amparo al domicilio, amparo a la posesión y mera tenencia, al
uso y goce de la servidumbre, protección, vigilancia y control de aguas, asegurando que los la
totalidad de los procesos se atiendan efectivamente con sentencia.
8. Cumplir con todas las providencias de la Alcaldía municipal y de los funcionarios de otras instancias
a quienes se les atribuye competencia en asuntos de policía, remitiendo el respectivo informe.
9. Practicar las diligencias de inspección de cadáveres enviando el respectivo informe dentro del
término legal.
10. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Las relaciones interpersonales de la ciudadanía mejoran conforme lo demuestran las estadísticas
respectivas.
2. Los conflictos por aguas y servidumbres disminuyen.
3. Los informes presentados periódicamente muestran cuantitativamente los avances de la gestión de la
Inspección de Policía.
4. La ciudadanía conoce con mayor profundidad sus derechos y obligaciones.
5. Los asuntos de policía son tramitados en primera instancia evitando que se congestiones las
instancias superiores.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas de sistemas, Derechos humanos, Procedimiento policivo y civil, Conocimiento de dactiloscopia.
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Terminación y aprobación del pénsum académico de educación superior en derecho
EXPERIENCIA: Un (1) año de experiencia en cargos afines
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Técnico administrativo
CODIGO 367
GRADO 01
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA Casa de la Cultura
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Secretario de Gobierno
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Promover la lectura y actividad cultural mejorando la calidad del uso del tiempo libre y los valores
culturales y artísticos.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Organizar y desarrollar al menos 12 eventos culturales y artísticos cada año, aumentando
permanentemente el número de ciudadanos participantes activos y pasivos.
2. Organizar el sistema del archivo municipal aplicando a cabalidad la ley 594 de 1999,
especialmente las tablas de retención documental, su almacenaje y disposición técnica así como
su disposición para la población demandante de archivos municipales en términos de calidad y
eficiencia.
3. Promover la lectura en la población municipal, aumentando permanentemente el número de
consultantes y orientando la realización de tareas a los estudiantes quienes mejoran los índices
de asistencia a la biblioteca y el uso del internet.
4. Apoyar todas las actividades lúdicas organizadas por la casa de la cultura, y participar en al
menos 12 eventos dentro y fuera del municipio.
5. Garantizar la institucionalización de un festival musical anual representativo en el municipio.
6. Formular y validar al menos 1 proyecto anual al banco de programas y proyectos municipal o a
instancias departamentales o nacionales.
7. Presentar informes anuales de gestión y resultados sobre los programas, proyectos y
actividades desarrolladas.
8. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean
asignadas por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del
cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
El número de participantes en actividades culturales, artísticas y lúdicas crecen anualmente.
El número de usuarios a la biblioteca crecen anualmente.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Manejo de Bases de Datos.
Archivística
Normatividad de cultura
Manejos de grupos
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Titulo en formación tecnológica en cualquier modalidad.
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Profesional Universitario
CODIGO 219
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA UMATA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Alcalde Municipal
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Es un cargo del nivel profesional que busca el fomento de actividades tendientes al desarrollo agrícola y
pecuario del Municipio en concordancia con los planes y programas nacionales, departamentales y el
plan de desarrollo Municipal.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Coordinar la planeación y ejecución de los servicios de asistencia Técnica Agropecuaria y del Medio
Ambiente y la aplicación de nuevas Tecnologías, presentando planes operativos y evaluando sus
resultados anualmente.
2. Programar y ejecutar proyectos de conservación y manejo de los recursos naturales y de protección
del Medio Ambiente.
3. Capacitar constantemente a la comunidad sobre sistemas técnicos convenientes para lograr el
mejoramiento de la producción, calidad y utilización de los productos agropecuarios en el Municipio.
4. Adelantar y presentar anualmente estudios y proyectos en las comunidades e instancias superiores,
para determinar nuevas potencialidades de desarrollo agro-Industrial y minero, dentro de los esquemas y
principios de protección del medio ambiente.
5. Coordinar con entidades del estado que operan en el Municipio, la planeación, programación,
ejecución y evaluación de proyectos y programas agropecuarios.
6. Difundir cada uno de los lineamientos que dicte el ICA en materia de asistencia técnica agropecuaria
y velar por la aplicación de los resultados de las investigaciones realizadas por este.
7. Diseñar campañas y dirigirlas para el fomento de cultivos promisorios, crianza y levante de ganado
propios de la región.
8. Construir los programas de desarrollo rural para las zonas de reserva agrícola y proponerlos
bianualmente para ser integrados al plan de desarrollo Municipal.
9. Ejecutar las medidas necesarias cuando se presenten plagas o enfermedades en el sector.
10. Garantizar las asociaciones de pequeños productores y apoyar la sobre vivencia y el mejoramiento
institucional de cada una de ellas.
12. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Los índices de productividad agropecuaria y minera mejoran constantemente.
2. Las agremiaciones productivas municipales se fortalecen
3. El plan de desarrollo agropecuario y el plan de desarrollo municipal en lo pertinente se ejecuta
plenamente.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título de agrónomo, veterinario
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
19
MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL CENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Técnico Operativo
CODIGO 314
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA UMATA
CARGO DEL JEFE INMEDIATO Profesional Universitario UMATA
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Transferir tecnología agropecuaria al pequeño productor campesino.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Programar, organizar y ejecutar charlas diarias en fincas, con grupos de campesinos mensualmente, y
con grupos multiplicadores semanalmente, en nutrición animal, preparación de abonos orgánicos,
manejo agroecológico de suelos, y control integrado de plagas, garantizando el empoderamiento de las
herramientas tecnológicas expuestas.
2. Presentar informes de resultados mensual y anualmente sobre los productores y grupos
multiplicadores con capacidad tecnológica adquirida.
3. Promover constante y crecientemente el mejoramiento institucional y de la infraestructura de fincas,
evaluando periódicamente los productos y resultados de la asistencia.
4. Apoyar el uso óptimo del agua mediante el diseño e instalación de pequeños sistemas de riego,
promoviendo la planificación y validación de al menos 4 proyectos anuales.
5. Ejecutar los programas de vacunación diseñadas por las autoridades departamentales y nacionales
del sector, en cuantías y metodología establecida por el profesional universitario.
6. Programar y ejecutar los programas de prevención de la peste porcina clásica, garantizando su no
presencia en la jurisdicción municipal.
7. Diagnosticar y tratar enfermedades epidemiológicas de todos los semovientes requeridos por los
usuarios.
8. Adelantar campañas de desparasitación y vitaminización animal, hasta cubrir el 100% cada año, la
población ganadera asignada por el profesional universitario.
9. Formular al menos un proyecto anual del sector agropecuario garantizando su validación en el banco
de programas y proyectos municipal e instancias departamentales y nacionales.
10. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas
por autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los campesinos objeto de asistencia técnica mejoran el nivel de ingreso.
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Nutrición y sanidad animal
Manejo de suelos
Agricultura orgánica
Técnicas de comunicación
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Tecnólogo en producción agrícola y pecuaria.
EXPERIENCIA: Un año de experiencia específica o relacionada
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ALCALDIA
MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACION
NIVEL DECENTRALIZADO
DENOMINACION DEL EMPLEO Gerente
CODIGO 039
GRADO 02
NUMERO DE CARGOS 1
DEPENDENCIA E.S.P.
CARGO DEL JEFE INMEDIATO ALCALDE MUNICIPAL
II. PROPOSITO PRINCIPAL
Garantizar la prestación técnica de los SPD en el municipio.
III. DESCRIPCION DE FUNCIONES
1. Coordinar la operatividad de la Unidad de Servicios Públicos Domiciliarios, garantizando aumentos
permanentes en materia de cobertura y calidad.
2. Presentar anualmente un informe de gestión y resultados.
3. Llevar a cabo la interventoría de programas, subprogramas y proyectos que le sean asignados por el
ejecutivo presentando informes y recomendaciones.
4. Planear y coordinar el uso y mantenimiento de la maquinaria y equipo así como la de implementos de
obras de la ESP.
5. Adelantar la facturación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo de la U.S.P.
6. Tramitar la legalización de nuevas acometidas y de eliminación de usuarios, manteniendo actualizado
su registro.
7. Ejercer las demás funciones que establecidas en leyes o reglamentos y las que le sean asignadas por
autoridad competente, de acuerdo con la naturaleza y el área del desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Los servicios públicos mejoran cobertura y calidad bajo los estándares de la Superintendencia de S.P.
Los residuos se tratan técnicamente
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
Técnicas de planeación
Formulación de proyectos
Indicadores
Normatividad contractual
Gerencia y programación de obras
VI. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS: Título de ingeniero civil, ingeniero de vías y transportes, arquitecto, economista o
administrador.
EXPERIENCIA: Experiencia relacionada o específica de dos años
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ALCALDIA
ARTICULO 2. Competencias comunes. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que
se refiere el manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes:
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Orientación a resultados Realizar las funciones y • Cumple con oportunidad en
cumplir los compromisos función de estándares,
organizacionales con eficacia y objetivos y metas establecidas
calidad. por la entidad, las funciones
que le son asignadas.
• Asume la responsabilidad por
sus resultados.
• Compromete recursos y
tiempos para mejorar la
productividad tomando las
medidas necesarias para
minimizar los riesgos.
• Realiza todas las acciones
necesarias para alcanzar los
objetivos propuestos
enfrentando los obstáculos
que se presentan.
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Orientación al usuario y al Dirigir las decisiones y • Atiende y valora las
ciudadano acciones a la satisfacción de necesidades y peticiones de
las necesidades e intereses de los usuarios y de ciudadanos
los usuarios internos y en general.
externos, de conformidad con • Considera las necesidades de
las responsabilidades públicas los usuarios al diseñar
asignadas a la entidad. proyectos o servicios.
• Da respuesta oportuna a las
necesidades de los usuarios de
conformidad con el servicio que
ofrece la entidad.
• Establece diferentes canales
de comunicación con el usuario
para conocer sus necesidades
y propuestas y responde a las
mismas.
• Reconoce la
interdependencia entre su
trabajo y el de otros.
Transparencia Hacer uso responsable y claro • Proporciona información
de los recursos públicos, veraz, objetiva y basada en
eliminando cualquier hechos.
discrecionalidad indebida en • Facilita el acceso a la
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ALCALDIA
su utilización y garantizar el información relacionada con
acceso a la información sus responsabilidades y con el
gubernamental. servicio a cargo de la entidad
en que labora.
• Demuestra imparcialidad en
sus decisiones.
• Ejecuta sus funciones con
base en las normas y criterios
aplicables.
• Utiliza los recursos de la
entidad para el desarrollo de
las labores y la prestación del
servicio.
Compromiso con la Alinear el propio • Promueve las metas de la
Organización comportamiento a las organización y respeta sus
necesidades, prioridades y normas.
metas organizacionales. • Antepone las necesidades de
la organización a sus propias
necesidades.
• Apoya a la organización en
situaciones difíciles.
• Demuestra sentido de
pertenencia en todas sus
actuaciones.
ARTICULO 3. Competencias comportamentales por nivel jerárquico de empleos. Las competencias
comportamentales que como mínimo se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el
presente manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes:
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Orientación a resultados Realizar las funciones y • Cumple con oportunidad en
cumplir los compromisos función de estándares,
organizacionales con eficacia y objetivos y metas establecidas
calidad. por la entidad, las funciones
que le son asignadas.
• Asume la responsabilidad por
sus resultados.
• Compromete recursos y
tiempos para mejorar la
productividad tomando las
medidas necesarias para
minimizar los riesgos.
• Realiza todas las acciones
necesarias para alcanzar los
objetivos propuestos
enfrentando los obstáculos
que se presentan.
23
MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Orientación al usuario y al Dirigir las decisiones y • Atiende y valora las
ciudadano acciones a la satisfacción de necesidades y peticiones de
las necesidades e intereses de los usuarios y de ciudadanos
los usuarios internos y en general.
externos, de conformidad con • Considera las necesidades de
las responsabilidades públicas los usuarios al diseñar
asignadas a la entidad. proyectos o servicios.
• Da respuesta oportuna a las
necesidades de los usuarios de
conformidad con el servicio que
ofrece la entidad.
• Establece diferentes canales
de comunicación con el usuario
para conocer sus necesidades
y propuestas y responde a las
mismas.
• Reconoce la
interdependencia entre su
trabajo y el de otros.
Transparencia Hacer uso responsable y claro • Proporciona información
de los recursos públicos, veraz, objetiva y basada en
eliminando cualquier hechos.
discrecionalidad indebida en • Facilita el acceso a la
su utilización y garantizar el información relacionada con
acceso a la información sus responsabilidades y con el
gubernamental. servicio a cargo de la entidad
en que labora.
• Demuestra imparcialidad en
sus decisiones.
• Ejecuta sus funciones con
base en las normas y criterios
aplicables.
• Utiliza los recursos de la
entidad para el desarrollo de
las labores y la prestación del
servicio.
Compromiso con la Alinear el propio • Promueve las metas de la
Organización comportamiento a las organización y respeta sus
necesidades, prioridades y normas.
metas organizacionales. • Antepone las necesidades de
la organización a sus propias
necesidades.
• Apoya a la organización en
situaciones difíciles.
• Demuestra sentido de
pertenencia en todas sus
actuaciones.
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
ARTÍCULO 4º. Competencias Comportamentales por nivel jerárquico. Las siguientes son las
competencias comportamentales que, como mínimo, deben establecer las entidades para cada nivel
jerárquico de empleos:
4.1 NIVEL DIRECTIVO.
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Liderazgo Guiar y dirigir grupos y • Mantiene a sus
establecer y mantener la colaboradores motivados.
cohesión de grupo necesaria • Fomenta la comunicación
para alcanzar los objetivos clara, directa y concreta.
organizacionales. • Constituye y mantiene grupos
de trabajo con un desempeño
conforme a los estándares.
• Promueve la eficacia del
equipo.
• Genera un clima positivo y de
seguridad en sus
colaboradores.
• Fomenta la participación de
todos en los procesos de
reflexión y de toma de
decisiones.
• Unifica esfuerzos hacia
objetivos y metas
institucionales.
Planeación Determinar eficazmente las • Anticipa situaciones y
metas y prioridades escenarios futuros con acierto.
institucionales, identificando • Establece objetivos claros y
las acciones, los responsables, concisos, estructurados y
los plazos y los recursos coherentes con las metas
requeridos para alcanzarlas. organizacionales.
• Traduce los objetivos
estratégicos en planes
prácticos y factibles.
• Busca soluciones a los
problemas.
• Distribuye el tiempo con
eficiencia.
• Establece planes alternativos
de acción.
Toma de decisiones Elegir entre una o varias • Elige con oportunidad, entre
alternativas para solucionar un muchas alternativas, los
problema o atender una proyectos a realizar.
situación, comprometiéndose • Efectúa cambios complejos y
con acciones concretas y comprometidos en sus
consecuentes con la decisión. actividades o en las funciones
que tiene asignadas cuando
detecta problemas o
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ALCALDIA
dificultades para su
realización.
• Decide bajo presión.
• Decide en situaciones de alta
complejidad e incertidumbre.
Dirección y Desarrollo de Favorecer el aprendizaje y • Identifica necesidades de
Personal desarrollo de sus formación y capacitación y
colaboradores, articulando las propone acciones para
potencialidades y necesidades satisfacerlas.
individuales con las de la • Permite niveles de autonomía
organización para optimizar la con el fin de estimular el
calidad de las contribuciones desarrollo integral del
de los equipos de trabajo y de empleado.
las personas, en el • Delega de manera efectiva
cumplimiento de los objetivos y sabiendo cuándo intervenir y
metas organizacionales cuándo no hacerlo.
presentes y futuras. • Hace uso de las habilidades
y recurso de su grupo de
trabajo para alcanzar las
metas y los estándares de
productividad.
• Establece espacios regulares
de retroalimentación y
reconocimiento del
desempeño y sabe manejar
hábilmente el bajo
desempeño.
• Tiene en cuenta las
opiniones de sus
colaboradores.
• Mantiene con sus
colaboradores relaciones de
respeto.
Conocimiento del entorno Estar al tanto de las • Es consciente de las
circunstancias y las relaciones condiciones específicas del
de poder que influyen en el entorno organizacional.
entorno organizacional. • Está al día en los
acontecimientos claves del
sector y del Estado.
• Conoce y hace seguimiento a
las políticas gubernamentales.
• Identifica las fuerzas políticas
que afectan la organización y
las posibles alianzas para
cumplir con los propósitos
organizacionales.
4.2. NIVEL PROFESIONAL
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ALCALDIA
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Aprendizaje Continuo Adquirir y desarrollar • Aprende de la experiencia de
permanentemente otros y de la propia.
conocimientos, destrezas y • Se adapta y aplica nuevas
habilidades, con el fin de tecnologías que se implanten
mantener altos estándares de en la organización.
eficacia organizacional. • Aplica los conocimientos
adquiridos a los desafíos que
se presentan en el desarrollo
del trabajo.
• Investiga, indaga y
profundiza en los temas de su
entorno o área de desempeño.
• Reconoce las propias
limitaciones y las necesidades
de mejorar su preparación.
• Asimila nueva información y
la aplica correctamente.
Experticia profesional Aplicar el conocimiento • Analiza de un modo
profesional en la resolución de sistemático y racional los
problemas y transferirlo a aspectos del trabajo,
su entorno laboral. basándose en la información
relevante.
• Aplica reglas básicas y
conceptos complejos
aprendidos.
• Identifica y reconoce con
facilidad las causas de los
problemas y sus posibles
soluciones.
• Clarifica datos o situaciones
complejas.
• Planea, organiza y ejecuta
múltiples tareas tendientes a
alcanzar resultados
institucionales.
Trabajo en Equipo y Trabajar con otros de forma • Coopera en distintas
Colaboración conjunta y de manera situaciones y comparte
participativa, integrando información.
esfuerzos para la consecución • Aporta sugerencias, ideas y
de metas institucionales opiniones.
comunes. • Expresa expectativas
positivas del equipo o de los
miembros del mismo.
• Planifica las propias acciones
teniendo en cuenta la
repercusión de las mismas
para la consecución de los
objetivos grupales.
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MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
• Establece diálogo directo con
los miembros del equipo que
permita compartir información
e ideas en condiciones de
respeto y cordialidad.
• Respeta criterios dispares y
distintas opiniones del equipo.
Creatividad e Innovación Generar y desarrollar nuevas • Ofrece respuestas
ideas, conceptos, métodos y alternativas.
soluciones. • Aprovecha las oportunidades
y problemas para dar
soluciones novedosas.
• Desarrolla nuevas formas de
hacer y tecnologías.
• Busca nuevas alternativas de
solución y se arriesga a
romper esquemas
tradicionales.
• Inicia acciones para superar
los obstáculos y alcanzar
metas específicas.
Se agregan porque tienen personal a cargo:
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE CONDUCTAS ASOCIADAS
LACOMPETENCIA
Liderazgo de Grupos de Asumir el rol de orientador y • Establece los objetivos del
Trabajo guía de un grupo o equipo de grupo de forma clara y
trabajo, utilizando la autoridad equilibrada.
con arreglo a las normas y • Asegura que los integrantes
promoviendo la efectividad en del grupo compartan planes,
la consecución de objetivos y programas y proyectos
metas institucionales. institucionales.
• Orienta y coordina el trabajo
del grupo para la identificación
de planes y actividades a
seguir.
• Facilita la colaboración con
otras áreas y dependencias.
• Escucha y tiene en cuenta
las opiniones de los
integrantes del grupo.
• Gestiona los recursos
necesarios para poder cumplir
con las metas propuestas.
• Garantiza que el grupo tenga
la información necesaria.
• Explica las razones de las
decisiones.
Toma de decisiones Elegir entre una o varias • Elige alternativas de solución
alternativas para solucionar un efectivas y suficientes para
28
MUNICIPIO DE SOATA
NIT: 891.855.016-1
ALCALDIA
problema y tomar las acciones atender los asuntos
concretas y consecuentes con encomendados.
la elección realizada. • Decide y establece
prioridades para el trabajo del
grupo.
• Asume posiciones concretas
para el manejo de temas o
situaciones que demandan su
atención.
• Efectúa cambios en las
actividades o en la manera de
desarrollar sus
responsabilidades cuando
detecta dificultades para su
realización o mejores prácticas
que pueden optimizar el
desempeño.
• Asume las consecuencias de
las decisiones adoptadas.
• Fomenta la participación en
la toma de decisiones.
4.3. NIVEL TECNICO
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Experticia Técnica Entender y aplicar los
conocimientos técnicos del • Capta y asimila con facilidad
área de desempeño y conceptos e información.
mantenerlos actualizados. • Aplica el conocimiento
técnico a las actividades
cotidianas.
• Analiza la información de
acuerdo con las necesidades
de la organización.
• Comprende los aspectos
técnicos y los aplica al
desarrollo de procesos y
procedimientos en los que está
involucrado.
• Resuelve problemas
utilizando sus conocimientos
técnicos de su especialidad y
garantizando indicadores y
estándares establecidos.
Trabajo en equipo Trabajar con otros para • Identifica claramente los
conseguir metas comunes. objetivos del grupo y orienta su
trabajo a la consecución de los
mismos.
• Colabora con otros para la
realización de actividades y
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metas grupales.
Creatividad e innovación Presentar ideas y métodos • Propone y encuentra formas
novedosos y concretarlos en nuevas y eficaces de hacer las
acciones. cosas.
• Es recursivo.
• Es práctico.
• Busca nuevas alternativas de
solución.
• Revisa permanentemente los
procesos y procedimientos
para optimizar los resultados.
4.4. NIVEL ASISTENCIAL
COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA CONDUCTAS ASOCIADAS
COMPETENCIA
Manejo de la Información Manejar con respeto las • Evade temas que indagan
informaciones personales e sobre información confidencial.
institucionales de que dispone. • Recoge sólo información
imprescindible para el
desarrollo de la tarea.
• Organiza y guarda de forma
adecuada la información a su
cuidado, teniendo en
cuenta las normas legales y de
la organización.
• No hace pública información
laboral o de las personas que
pueda afectar la organización
o las personas.
• Es capaz de discernir qué se
puede hacer público y qué no.
• Transmite información
oportuna y objetiva.
Adaptación al cambio Enfrentarse con flexibilidad y • Acepta y se adapta
versatilidad a situaciones fácilmente a los cambios •
nuevas para aceptar los Responde al cambio con
cambios positiva y flexibilidad.
constructivamente. • Promueve el cambio.
Disciplina Adaptarse a las políticas • Acepta instrucciones aunque
institucionales y buscar se difiera de ellas.
información de los cambios en • Realiza los cometidos y
la autoridad competente. tareas del puesto de trabajo.
• Acepta la supervisión
constante.
• Realiza funciones orientadas
a apoyar la acción de otros
miembros de la organización.
Relaciones Interpersonales Establecer y mantener • Escucha con interés a las
relaciones de trabajo personas y capta las
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amistosas y positivas, basadas preocupaciones, intereses y
en la comunicación abierta y necesidades de los demás.
fluida y en el respeto por los • Transmite eficazmente las
demás. ideas, sentimientos e
información impidiendo con
ello malos entendidos o
situaciones confusas que
puedan generar conflictos.
Colaboración Cooperar con los demás con el • Ayuda al logro de los
fin de alcanzar los objetivos objetivos articulando sus
institucionales. actuaciones con los demás.
• Cumple los compromisos que
adquiere.
• Facilita la labor de sus
superiores y compañeros de
trabajo.
ARTICULO 5. El Alcalde municipal entregará al funcionario copia de las funciones y competencias
determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando se
ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o
modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos.
ARTICULO 6. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente
reglamentado, la posesión de grados títulos, licencias o matrículas o autorizaciones previstas en las leyes
o en sus reglamentos no podrán ser compensados por experiencias u otras calidades, salvo cuando las
mismas leyes así lo establezcan.
ARTICULO 7. Este acuerdo rige a partir de la fecha y deroga las normas que le sean contrarias.
Dado en Soatá a los 14 de marzo de 2006.
BEATRIZ GONGORA BONILLA
Alcaldesa Municipal
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