Política Fiscal Política Fiscal Definición de Política La política del

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12/30/2008
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Política Fiscal Política Fiscal Definición de Política…La política (del griego πολιτικος (politikós), «ciudadano, civil, relativo al ordenamiento de la ciudad») es el proceso y actividad orientada, ideológicamente, a la toma de decisiones de un grupo para la consecución de unos objetivos. ¿ El empresario puede decidir sobre aspectos fiscales o está todo regulado por Ley y sólo tiene que cumplirla? A pesar de que las leyes fiscales son obligatorias para las empresas, el empresario puede conocer bien el sistema fiscal y cumpliendo la legislación, tomar decisiones que mejoren la aportación fiscal que la empresa tiene que entregar al Estado. Por eso sí se puede hablar de Política Fiscal y no sólo de obligaciones fiscales EL SISTEMA TRIBUTARIO Aportan RRHH Reciben Salarios Familias Consumen y pagan por los bienes y servicios Venden bienes y servicios Empresas Impuestos sobre las familias Impuestos sobre bienes y servicios Estado Gasto Público: sanidad, carreteras EL SISTEMA TRIBUTARIO El sistema tributario es el sistema de recaudación de ingresos (dinero) de las personas físicas y jurídicas que determina el Estado y que debe servir para reinvertir en modo de gasto público en obras y servicios. Los beneficiarios finales de la recaudación de impuestos deben ser los propios ciudadanos del país. Otra cuestión es si la gestión de impuestos se realiza bien, regular o mal por parte de quienes tienen competencias en ello (el ente público). La ley que determina anualmente el presupuesto de inversión del Estado en gasto público es la “Ley de Presupuestos Generales del Estado” que se aprueba por mayoría en el Congreso de los Diputados cada año a propuesta del Poder Ejecutivo del país, esto es el Gobierno de la nación. Tipos de ingresos para el Estado Tasas: Tributos que se pagan como contraprestación de un servicio prestado por un ente público: ej: tasas de basura o tasas matrícula. Contribuciones especiales Se pagan por la obtención de un beneficio o incremento de valor de bienes propios producido por obra o servicio público. Ej: asfalto de acera. Impuestos Son tributos sin contraprestación alguna por parte de las entidades públicas. ¿Qué es un impuesto? El impuesto es un tributo caracterizado por hacer surgir obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario regido por Derecho público. No requiere contraprestación directa por parte de la Administración, y surge exclusivamente como consecuencia de la capacidad económica del contribuyente. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible. ¿ Existe un solo impuesto o varios tipos de impuestos? ¿ Por qué hay diferentes tipos de impuestos? ¿Quién decide incluir o eliminar un impuesto? ¿Qué consecuencias tiene no pagar un impuesto? Finalidad de los impuestos Los Estados recaudan impuestos para: ë Mantener las operaciones del mismo Estado. ë Influir en el rendimiento macroeconómico de la economía (la estrategia gubernamental para hacer esto es conocida como su política fiscal). ë Para llevar a cabo funciones del Estado, tales como la defensa nacional, y proveer servicios del gobierno. ë Para redistribuir los recursos entre los individuos de diversas clases dentro de la población. Históricamente, la nobleza era mantenida por impuestos sobre los pobres. En sistemas de seguridad social modernos se intenta utilizar los impuestos en sentido inverso, manteniendo a las clases bajas con el exceso de las clases altas. ë Para modificar patrones de consumo o empleo dentro de la economía nacional, haciendo ciertos tipos de transacciones más o menos atractivas. Clasificación de los impuestos Impuestos directos: Tienen carácter personal y gravan la capacidad económica. Su tipo impositivo es progresivo. EJ: IS, IRPF, IAE Impuestos indirectos: Gravan la circulación de bienes y servicios. Su tipo impositivo es constante y no varía en función de la capacidad económica del contribuyente. EJ: IVA, ITPAJD. La estructura de un impuesto EJEMPLO Nombre o denominación legal Hecho Imponible Sujeto Pasivo del impuesto Sujeto Activo del impuesto Base Imponible Tipo Impositivo % Cuota IVA Impuesto sobre el valor añadido Operaciones de entrega de bienes y servicios por parte de empresas y profesionales El que recibe los bienes o la prestación de los servicios El Estado (Agencia Tributaria: Hacienda) El valor de mercado del bien o servicio 4% , 7% y el ordinario al 16% Aplicación Base x tipo % Sujetos activos de impuestos El sistema de delegación de competencias estatales (centrales) a las Comunidades Autónomas supone una gestión de autogobierno por parte de éstas últimas y en responsabilidad del gobierno autonómico de cada CCAA. Para permitir gestión pública de cada CCAA, el Estado ha permitido la delegación de competencias en recaudación de impuestos. ESTADO IVA % IRPF, IS, Impuesto vehículos (1ª matric), CCAA %IRPF (30%),% (IVA) (35%) Impuesto sobre compra venta vehículos 2ª mano, Ayuntamientos IBI, IAE, ITPAJD, Catastro, Vehículos tracción mecánica, Impuestos sobre construcciones, instalaciones u obras (licencias) Impuestos que deben pagar los diferentes tipos de empresas IVA Empresa individual IRPF IVA de la C.B. Comunidad de bienes IRPF de cada socio Impuestos municipales IVA Sociedades mercantiles IS (sociedades) IAE Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) El IRPF es un tributo personal y directo con tipo impositivo progresivo que grava la capacidad económica de los ciudadanos y de las empresas individuales. Su función es la de recaudación por parte del Estado y de las Comunidades Autónomas. Es un impuesto de devengo anual: se computa la renta obtenida durante el año y se paga el impuesto en junio del año siguiente. Legislación aplicable: Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ley 35/2006 de 28 de noviembre Tramos: Hasta 17.360 euros al año se nos aplicará una retención del 24%. Desde 17.360 hasta 32.360, la retención será del 28%. Desde 32.360, hasta los 52.360 euros anuales, pagaremos a Hacienda 37%. Con ingresos anuales superen estos 52.360 euros el porcentaje se sitúa en el 43%. Si se gana menos de 9.000 euros, directamente no se paga impuestos. Año Plazo de pago: Plazo de pago: JUNIO JUNIO Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) Hecho imponible Obtención de renta por parte del contribuyente: dinero, inmuebles, fondos de inversión, acciones, salarios, alquileres, plusvalías, cuentas bancarias, beneficios empresariales Personas físicas con residencia en España. Las empresas que no pagan IS: Empresas individuales (autónomos ) y CB La suma de renta durante el año anterior Impuesto progresivo (depende de la renta y de circunstancias personales): Desde el 2% al 43% Se pueden deducir: inversión a la vivienda habitual, donativos, aportaciones a fondos de pensiones… El empresario debe retener mensualmente el IRPF de sus trabajadores e ingresarlo en Hacienda Trimestrales: en los primeros 20 días de los meses de abril, julio, octubre y los primeros 30 días del mes de enero. El impuesto se paga en JUNIO de cada año Sujeto pasivo Base Imponible Tipo de gravamen Deducciones Retenciones Pagos fraccionados Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) Modelos de presentación El impuesto de la renta sobre las personas físicas se presenta una vez al año en el mes de junio. El modelo es el 100. Se puede encontrar en www.aeat. Los empresarios (autónomos y profesionales) deben presentar pagos fraccionados del impuesto cada 3 meses (Enero, abril, julio y octubre). El modelo es el 130 para ED y 131 para Modulos) Además el empresario debe presentar también cada 3 meses la retención del IRPF de los empleados (la retención que se les aplica en la nómina). El modelo es el 110). El empleado debe entregar al empresario un documento con datos personales y familiares para que le haga la retención fiscal en la nómina. (Es el modelo 145). El empresario individual debe pagar IRPF como empresa pero puede acogerse a 3 regímenes distintos Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). 3 Regímenes para el empresario Estimación Directa Régimen residual. Modelo 130 • •Régimen residual. Modelo 130 Cálculo: Ingresos-Gastos • •Cálculo: Ingresos-Gastos Posibilidad de deducir todos los • •Posibilidad de deducir todos los gastos gastos Cálculo similar al Impuesto • •Cálculo similar al Impuesto Sociedades Sociedades Se exige una contabilidad ajustada • •Se exige una contabilidad ajustada al Código de Comercio al Código de Comercio Estimación Directa Simplificada Estimación Objetiva por módulos Método voluntario. Modelo 131 • •Método voluntario. Modelo 131 Necesita requisitos: que la actividad del negocio • •Necesita requisitos: que la actividad del negocio esté entre la lista de Hacienda. Ej: restaurante, esté entre la lista de Hacienda. Ej: restaurante, bar, carnicería… bar, carnicería… El cálculo es objetivo sobre los módulos • •El cálculo es objetivo sobre los módulos designados por Hacienda para cada actividad designados por Hacienda para cada actividad mercantil, no se tienen en cuenta los beneficios mercantil, no se tienen en cuenta los beneficios oo pérdidas del negocio pérdidas del negocio Método voluntario. Modelo 130 • •Método voluntario. Modelo 130 Necesita requisitos: 601.012,10 • •Necesita requisitos: <<601.012,10 €€ La contabilidad no es tan rígida, es • •La contabilidad no es tan rígida, es más fácil. más fácil. No se pueden deducir todos los • •No se pueden deducir todos los gastos, es más perjudicial gastos, es más perjudicial fiscalmente fiscalmente Estimación Objetiva por módulos EJEMPLO RESTAURANTE CON UN TENEDOR INDICES A TENER EN CUENTA INDICES A TENER EN CUENTA PARA EL PAGO DEL IRPF POR PARA EL PAGO DEL IRPF POR MODULOS PARA ESTA MODULOS PARA ESTA ACTIVIDAD: ACTIVIDAD: Personal asalariado (x persona) • •Personal asalariado (x persona) Personal no asalariado (x • •Personal no asalariado (x persona) persona) Potencia eléctrica (Kw • •Potencia eléctrica (Kw contratados) contratados) Nº mesas • •Nº mesas Máquinas tipo A • •Máquinas tipo A Máquinas tipo B • •Máquinas tipo B INDICE corrector por INDICE corrector por dimensión dimensión Un solo local • •Un solo local Sin vehículos • •Sin vehículos Nº habitantes localidad • •Nº habitantes localidad (censados) (censados) OTROS INDICES OTROS INDICES correctores correctores Tipo de temporada • •Tipo de temporada Impuesto sobre Sociedades El IRPF es un tributo personal y directo con tipo impositivo que grava la capacidad económica de las empresas (sociedades). No se aplica al empresario individual (autónomo o profesionales liberales). Tiene su significado en la necesidad de que las empresas hagan aportaciones al Estado. Consiste en un impuesto que grava los beneficios de las sociedades. Las sociedades que más ingresan, más pagan. Los socios de estas sociedades, tienen que hacer igualmente su propia declaración del IRPF para aportar al Estado cantidades por su capacidad de renta personal. Se cumplimenta con el Modelo 200 y se paga en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses de terminar el período impositivo (julio). Determinación de la cantidad a pagar: Resultado contable: 35.000 Resultado contable: 35.000 €€ •+/- ajustes extracontables ej: multas, algunas tasas…) •+/- ajustes extracontables ( (ej: multas, algunas tasas…) Compensación de bases negativas de otros ejercicios anteriores • •Compensación de bases negativas de otros ejercicios anteriores Tipo de gravamen (35% general) • •Tipo de gravamen (35% general) Deducciones (Ej: creación empleo…) • •- -Deducciones (Ej: creación empleo…) Retenciones ingresos cuenta • •- -Retenciones eeingresos aacuenta Cuota ingresar devolver • •Cuota aaingresar oodevolver Pagos fraccionados • •- -Pagos fraccionados Cuota diferencial (ingresar devolver) • •Cuota diferencial (ingresar oodevolver) Impuesto sobre sociedades (IS) Hecho imponible Obtención de renta por parte de entidades (sociedades y otras entidades jurídicas) que tengan residencia en territorio español. Personas jurídicas con residencia en España. (SL, SLNE, SA, SLL, SAL, Coop.) Lo determina el resultado contable del ejercicio. La suma de los ingresos – gastos deducibles El tipo general es del 35%. Se reduce al 33% en algunos tipos de sociedades. Se pueden deducir: inversiones de medio ambiente 10%. Fomento de contratos discapacitados etc.. Se hacen retenciones a los socios cuando obtienen ingresos del capital mobiliario o inmobiliario: Ej. Rendimientos de la condición de socio, cesión de dº imagen, intereses de créditos.. Sujeto pasivo Base Imponible Tipo de gravamen Deducciones Retenciones Pagos fraccionados Trimestrales: en los primeros 20 días de los meses de abril, julio, octubre y los primeros 30 días del mes de enero. El impuesto se paga en JULIO de cada año (25 julio) Impuesto sobre el valor añadido El IVA ( impuesto sobre el valor añadido) es el impuesto indirecto por excelencia. Grava el consumo de bienes y servicios prestados por empresas o profesionales en territorio español y recae sobre el consumidor final. Los empresarios son intermediarios para Hacienda. Son los encargados de cobrar el IVA a sus clientes y la recaudación la presentan trimestralmente a HACIENDA, que es el sujeto activo del impuesto. Es un impuesto objetivo porque no tiene en cuenta las circunstancias personales o económicas del contribuyente. Se aplicó en España por primera vez el 1 de enero de 1986, cuando España entró en la CEE (actual UE). El modelo fiscal de presentación es el Mod. 300 para pagos fraccionados y el Modelo 390 para el pago del IVA anual ( en enero de cada año). Cada vez que alguien compra un producto o servicio, paga el precio al vendedor P.V.P ej: pantalón vaquero 100€ + el tipo impositivo del IVA (general del 16%)= 16 €. En total el cliente-consumidor abona 116 €, de los cuales 16 son impuesto fiscal para el Estado. Abril 1º TRI Julio 2º TRI Octubre 3º TRI 4º TRI Plazo de pago: Plazo de pago: ENERO ENERO Año Impuesto sobre el valor añadido Hecho imponible Entregas de bienes y prestación de servicios (en España o adquisiciones a otros países UE) e importaciones de bienes. (Comprar productos o servicios a empresas o profesionales) Los empresarios hacen de intermediarios y efectúan la repercusión del IVA a los clientes: el consumidor final es quien soporta el impuesto. El precio base del producto o servicio. Ej: entrada al cine, masaje o compra de libro o de otro producto. Tres tipos: 16% general. 7% (transporte de viajeros, circos, museos, hoteles, servicios funerarios). 4% (pan, leche, huevos, libros, revistas, periódicos, medicinas). Los empresarios y profesionales pueden deducir el IVA que pagan como consumidores (deben guardar las facturas y registrar contablemente los documentos) Agricultura, ganadería, pesca, minorista (recargo equivalencia) Trimestrales: en los primeros 20 días de los meses de abril, julio, octubre y los primeros 30 días del mes de enero (IVA ANUAL). El obligado a presentar es el empresario. Sujeto pasivo Base Imponible Tipo de gravamen Deducciones Regímenes especiales Pagos fraccionados

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