TRABAJO SOBRE FACTORING, TITULARIZACIÓN Y PAPELES COMERCIALES

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TRABAJO SOBRE FACTORING, TITULARIZACIÓN Y PAPELES COMERCIALES FACTORING (VENTA DE CARTERA) El factoring es una modalidad financiera que consiste en la cesión o venta de la cartera de cuentas por cobrar (facturas, recibos, letras u otros títulos por cobrar) de empresas de reconocida solvencia a una firma especializada, la cual otorga un anticipo importante de fondos y se encarga. Los usos que se le dan a esta modalidad son los siguientes: -Obtener liquidez y satisfacer sus necesidades de capital circulante, especialmente en los Estados miembros en los que el acceso a los préstamos bancarios es limitado. -El factoring es especialmente atractivo para las PYME que venden a grandes empresas con elevados niveles de solvencia crediticia; los usuarios naturales del factoring son las PYME de los sectores industrial y de la distribución. (No obstante, el factoring no es adecuado para empresas con modelos de pagos complejos o para las que cuentan con una clientela muy reducida). Las modalidades más comunes son: -Factoring al vencimiento -Factoring a la vista -Factoring con notificación al comprador Las ventajas de utilizar factoring son: -Ahorro de tiempo, ahorro de gastos, y precisión de la obtención de informes. -Permite la máxima movilización de la cartera de deudores y garantiza el cobro de todos ellos, simplificando la contabilidad, ya que mediante el contrato de factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al contado. -Saneamiento de la cartera de clientes y eliminación del Departamento de Cobros de la empresa. -Permite recibir anticipos de los créditos cedidos. -Las facturas proporcionan garantía para un préstamo que de otro modo la empresa no sería capaz de obtener. -Proporciona protección en procesos inflacionarios al contar con el dinero de manera anticipada, con los que no pierde poder adquisitivo. -En caso del Factoring Internacional, se incrementan las exportaciones al ofrecer una forma de pago más competitiva. -Asegura un patrón conocido de flujos de caja. La empresa que vende sus Cuentas por Cobrar sabe que recibe el importe de las cuentas menos la comisión de factorización en una fecha determinada, lo que da planeación del flujo de caja de la empresa. Las desventajas pueden ser: -Costo elevado. Concretamente el tipo de interés aplicado es mayor que el descuento comercial convencional. -El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente y queda sujeto al criterio de la sociedad factor para evaluar el riesgo de los distintos compradores. -Quedan excluidas las operaciones relativas a productos perecederos y las de a largo plazo (más de 180 días). -El Factor sólo comprará la Cuentas por Cobrar que quiera, por lo que la selección dependerá de la calidad de las mismas, es decir, de su plazo, monto y posibilidad de recuperación. -Una empresa que este en dificultades financieras temporales puede recibir muy poca ayuda. Los costos de esta modalidad: Los costos del factoring son diferentes de acuerdo a las características de cada factor y de cada operación. Sin embargo, se pueden generalizaren los siguientes tipos de costos: 1. Comisión es generalmente fija, por la prestación de los servicios de estudio y clasificación de la clientela. 2. Comisión sobre el nominal de las facturas cedidas. Esta comisión está formada por tres componentes: -Una parte que cubre los servicios de gestión de la cartera de clientes y de gestión de cobro. -La otra el servicio de aseguramiento del cobro en caso de insolvencia del deudor -La ultima el margen de beneficio que la empresa de factoring espera obtener. Los tipos de interés por la financiación anticipada están en función de la naturaleza de la operación, de los tipos de interés existentes en el mercado y de la negociación entre las partes. La liquidación de los intereses puede ser al descuento o mediante liquidaciones periódicas (mensuales o trimestrales). PAPELES COMERCIALES Son títulos valores que emiten las empresas con el fin de obtener financiaciones a corto plazo que presentan menores costos que financiaciones a largo plazo, estos son negociados en la bolsa de valores (BVC), por lo tanto gozan de alta liquidez en el mercado. Al ser operados por terceros la empresa que emite los títulos no tiene que revisar el flujo de caja de los inversionistas ni la capacidad de pago de estos, de esto se encarga la empresa comisionista lo que hace que la operación sea más fácil para la empresa. Para los inversionistas es una buena opción, pues al hacerse acreedor de un papel comercial se puede “asegurar” que este genera más intereses que muchas cuantas bancarias, si bien estos son algo riesgosos, son mucho más seguros que la inversión en acciones. Los papeles comerciales tienen las siguientes características: 1. Están emitidos al portador o en forma nominal a opción de la sociedad emisora. 2. Tienen un plazo fijo de vencimiento no inferior a quince (15) días ni superior a trescientos sesenta (360) días. 3. Ser colocados con prima a descuento o a valor par. 4. Estar inscritos en bolsa. Los títulos valores solo pueden ser emitidos por sociedades anónimas, estos son emitidos en masa, y con sus respectivos números de serie, pueden estar divididos en grupos dependiendo las condiciones del título, se pueden intercambiar entre sí porque todos otorgan los mismos derechos. Los papeles comerciales son colocados con prima a descuento o a valor par, normalmente, se colocan a valor nominal, es decir, el capital desembolsado por el suscriptor es igual al valor nominal del título. Sin embargo, como un medio para facilitar la colocación, se permite que el valor nominal sea superior al capital desembolsado (colocación a descuento) La diferencia constituye un beneficio que obtendrá el titular del papel comercial cuando éste sea reembolsad, o sea, se reconoce a favor del suscriptor un beneficio de ser amortizado a un precio mayor que el de suscripción. Adicionalmente, se permite que los papeles comerciales sean emitidos por encima de la par, o sea, con prima, en cuyo caso el dinero necesario para adquirir los papeles comerciales es superior a su valor nominal. Para facilitar el cobro de los intereses, los papeles comerciales pueden ( a opción del emisor) llevar adheridos cupones para el cobro de los intereses los cuales serán al portador, y serán también títulos valores. Nacido el derecho de cobrar los intereses, el cupón adquiere su propia autonomía, siendo negociable y transferible con prescindencia del papel comercial del que es separado. También pueden emitirse papeles comerciales cero cupón. El papel comercial cero cupón es un papel comercial sin intereses donde el emisor sólo se obliga a pagar el principal al vencimiento. El rendimiento de los títulos vendrá dado por el diferencial entre su precio de emisión y el de su pago. Esta circunstancia, de acuerdo con la ley, deberá especificarse en el prospecto y en el titulo. En el mercado secundario, los precios de compra y venta se determinara libremente en base a la tasa de descuento vigentes y los días a vencimiento de los papeles comerciales. TITULARIZACION Proceso financiero que permite vender activos en el mercado de valores, generando para el vendedor de los activos, negocios y financiamiento alternativos a los tradicionales. Lo anterior representa la posibilidad de obtener liquidez a muy bajo costo, puesto que los recursos financieros provienen directamente del público inversionista. Sobre el particular, es importante anotar que, según estudios de la Superintendencia de Valores basados en los procesos de titularización aprobados, los costos y gastos generados en estos procesos representan tan solo el 1.88% del valor de la emisión. Adicionalmente, la titularización permite adecuar la estructura financiera del originador a sus propias necesidades, bien sea disminuyendo su nivel de endeudamiento o reduciendo sus niveles de activos fijos o improductivos para asignar su valor al capital de trabajo o a invertir en nuevos proyectos. Otro aspecto importante, es facilitar a las empresas la obtención de beneficios adicionales producto de la aceleración de flujos de caja con la consecuente reducción del costo de capital e incremento de su capacidad de expansión o crecimiento. Lo anterior es altamente provechoso para los procesos de reconversión industrial y reestructuración de empresas. En el proceso de titularización intervienen 4 agentes: 1. El Originador: Es quien cede o vende los activos, para recibir a cambio efectivo 2. La Sociedad de Titularización: Es el intermediario entre las partes, recibe una comisión por el proceso, este debe velar por el manejo seguro y eficiente de los recursos que ingresan al patrimonio 3. El Administrador: Es la entidad encargada de la administración, custodia y conservación de los activos o bienes objeto de la titularización, así como del recaudo y transferencia al agente de manejo de los flujos provenientes de dichos activos o bienes. Puede actuar como administrador de una titularización el originador de la misma, el agente de manejo o una persona diferente. 4. El Inversionista: Es la persona que paga por el derecho de los valores En los procesos de titularización es factible emitir tres modalidades de títulos: 1. Títulos corporativos o de participación: En los que el inversionista adquiere una parte alícuota del patrimonio autónomo o fondo y participa de las utilidades o pérdidas que éste genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se encuentran normalmente referenciados en unidades de participación. Pueden ser redimidos antes de la extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a la liquidación de parte de sus activos o bienes. 2. Títulos de contenido crediticio: Incorporan derechos a percibir la cancelación del capital y de los intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el título. Se asimilan a los títulos de renta fija y los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan el pasivo con los inversionistas. 3. Títulos mixtos: Es la mezcla de los dos anteriores. Esto es, que pueden contemplar una rentabilidad mínima o una máxima o las dos. También pueden incorporar derechos de participación y ser amortizables. La normatividad existente en Colombia es muy amplia en cuanto a la gama de activos o bienes que son susceptibles de titularizarse. Ellos se pueden clasificar en las siguientes categorías: 1. Titularización de Créditos Incluye cualquier tipo de cartera. Hasta la fecha se han autorizado procesos de cartera hipotecaria, proveniente de corporaciones de ahorro y vivienda, y cartera comercial de empresas del sector real. 2. Titularización Inmobiliaria Dentro de este grupo se encuentra la posibilidad de conformar el patrimonio autónomo con inmuebles construidos, en los cuales se puede contemplar que los inversionistas que adquieran los títulos emitidos participen en la valorización del inmueble y/o en los ingresos generados por el arrendamiento del mismo. También se pueden definir variantes en cuanto al destino del inmueble una vez finalice la titularización, bien sea venderlo o aplicar una opción o compromiso de recompra por parte del originador. De otra parte, la titularización inmobiliaria incluye la posibilidad de estructurar procesos a partir de proyectos inmobiliarios. En este caso, el patrimonio autónomo está conformado por el lote en que se construirá el inmueble, los estudios técnicos y de factibilidad económica, y el presupuesto de costos del proyecto. 3. Titularización Obras de Infraestructura y Servicios Públicos Esta es una de las aplicaciones de la titularización en nuestro país que tiene mayor potencial de desarrollo, puesto que se constituye en una herramienta muy valiosa para la financiación de los altos volúmenes de recursos financieros necesarios para adelantar obras públicas. Estas titularizaciones pueden corresponder a obras específicas o a fondos de obras de infraestructura y de servicios públicos cuyos recursos se destinen a este tipo de proyectos. 4. Titularización de Valores Bajo esta categoría se encuentra la posibilidad de estructurar procesos de titularización sobre títulos valores inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios. Incluye la conformación de fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de bolsa y la estructuración de patrimonios autónomos con acciones y demás títulos valores inscritos en el mencionado Registro. 5. Otros bienes o activos titularizables Además de contemplar la titularización sobre documentos de crédito y contratos de leasing, la normatividad vigente deja las puertas abiertas al desarrollo de nuevos esquemas estructurados sobre otros activos o bienes, al estipular que la Superintendencia de Valores podrá autorizar estos nuevos procesos, previo concepto de su Sala General. Bajo esta premisa, se podría afirmar que las posibilidades para el desarrollo y diversificación de la titularización en Colombia están limitadas únicamente a la capacidad creativa del mercado.

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