¿QUÉ ES EL MERCADO DE CAPITALES? Es el conjunto de mecanismos a disposición de una economía para cumplir la función básica de asignación y distribución, en el tiempo y en el espacio, de los recursos de capital, los riesgos, el control y la información asociados con el proceso de transferencia del ahorro a la inversión.1 ¿QUIENES PARTICIPAN EN EL MERCADO DE VALORES?
Bolsa de Valores
Emisores
Inversionistas
Supervalores
Deceval
Comisionistas de Bolsa
Calificadores de Riesgo
Emisores Pueden ser emisores las empresas del sector real, del sector financiero y el gobierno. Dentro de las ventajas que obtienen tenemos: capitalización de su compañía, obtención de recursos a menor costo, aprovechar la capacidad de ahorro presente en el mercado, lograr composición accionaria sin perder el control, ventajas tributarias. Inversionistas Los inversionistas pueden ser personas naturales o jurídicas, los cuales pueden contar con ventajas como: acceso a un mercado regulado y transparente, liquidez
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Bolsa de Valores de Occidente
secundaria, adquisición de parte de una compañía, participación de las utilidades, ventajas tributarias.
Sociedades Comisionistas de Bolsa Estas entidades son sociedades anónimas, miembros accionistas de la Bolsa de Valores vigilados por la superintendencia de valores, las cuales tienen la función de intermediar la compra y venta de títulos valores, colocar emisiones primarias y asesorar a los inversionistas. Bolsas de Valores Entidades privadas que prestan el sistema, el lugar y la regulación para desarrollar el mercado de valores. Estas son vigiladas por la superintendencia de valores. Superintendencia de Valores Entidad de servicios que tiene como fin especial, organizar, regular y promover las actividades realizadas a través del Mercado Público de Valores. Así mismo, es la encargada de efectuar el seguimiento y supervisión de los agentes que actúan en dicho mercado, con el fin de proteger los intereses de los inversionistas y velar por la transparencia del mercado.
¿QUÉ PASOS SE DEBEN SEGUIR PARA EMITIR? Determinar las necesidades de recursos endeudamiento, corto o largo plazo.
es
decir
para
capitalización,
Definir la clase de título que le interesa y estructurar la emisión, determinando las condiciones básicas como monto, plazo y tasa. Obtener autorizaciones internas de acuerdo con los estatutos de la compañía.
Obtener autorización de la entidad que vigila la empresa. Si es el caso, tramitar ante Supervalores la inscripción en el Registro Nacional de Valores e intermediarios. Inscribir los títulos en la Bolsa de Valores. Realizar la oferta pública. Mantener actualizada la información de su empresa mientras los títulos se encuentren inscritos. LA TITULARIZACIÓN La titularización, es un mecanismo de financiamiento que consiste en transformar activos o bienes, actuales o futuros, en valores negociables en el mercado de valores, con el objetivo de obtener liquidez y reducir los costos financieros. Los bienes o activos deben contar con características comunes y constituir un Patrimonio Autónomo, independiente del patrimonio del originador. El esquema básico de un proceso de titularización consiste en transferir un bien a una Sociedad Fiduciaria para constituir con él un patrimonio autónomo que será el emisor de los valores. Esta situación se puede ver esquematizada en la siguiente figura:
Originador
Transferencia
Agente de Manejo
Inversionistas
Emisión
Patrimonio Autónomo (Bien o Flujo)
MECANISMOS PARA ESTRUCTURAR UNA TITULARIZACIÓN Patrimonio Autónomo: mediante la celebración de un contrato de fiducia mercantil con una fiduciaria se constituye un patrimonio autónomo con los bienes que vayan a ser titularizados o con los dineros destinados a la adquisición de tales bienes. Después de esto, la fiduciaria (actuando como representante del patrimonio autónomo) solicita ante las autoridades competentes los permisos para la emisión, con lo que posteriormente emite títulos y recauda los dineros provenientes de su colocación. Es importante mencionar que los bienes que conforman el patrimonio autónomo respaldan los pasivos que se adquieren con los tenedores de los títulos. En el caso de que los títulos emitidos, incorporen la obligación de pagar a su vencimiento una suma de dinero, la fiduciaria debe adoptar las medidas necesarias para el recaudo de los dineros destinados al oportuno cumplimiento de estas obligaciones. Fondo Común Especial: Consiste en la constitución de un fondo común especial en una fiduciaria, con el fin de ofrecer en el mercado de valores las constancias o certificados de participación en éste. La fiduciaria también puede ofrecer en el mercado de valores las constancias de participación en un fondo común especial ya existente, con el objeto de otorgarle liquidez en el mercado secundario.2
CARACTERÍSTICAS DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO. El patrimonio Autónomo, constituido para procesos de titularización, debe estar separado del patrimonio del originador y del de la Sociedad de Titularización, lo cual
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http://www.fiducorfinsura.com/InfoFiduciaTitularizacion.asp
indica que no forma parte de los bienes ni del originador ni de la Sociedad de Titularización. Esta última está obligada a contabilizar por separado cada Patrimonio Autónomo que administre. Los patrimonios autónomos respaldan y responden únicamente por las obligaciones derivadas de la emisión de valores efectuada dentro del proceso de titularización, es decir que no responden por las obligaciones del originador ni de la sociedad de titularización.
BIENES O ACTIVOS QUE PUEDEN TITULARIZARSE.
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La cartera de crédito. Los activos inmobiliarios. Las rentas o flujos de caja cuyo comportamiento futuro pueda predecirse con base en estadísticas de los últimos 3 años, o en proyecciones de por lo menos 3 años continuos (estas titularizaciones sólo pueden efectuarse para ciertos fines específicos previstos en la ley, como la construcción de obras públicas) Los títulos de deuda pública. Los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores e intermediarios. Los demás bienes o activos cuya titularización autorice la Superintendencia de Valores.
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DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TITULARIZACIÓN Vías de estructuración Los procesos de titularización pueden conformarse mediante la transferencia de bienes o activos para constituir con ellos un patrimonio autónomo, mediante un
contrato de fiducia mercantil irrevocable, la cual ha sido una de las prácticas más utilizada en nuestro país. De igual forma un proceso de titularización se puede iniciar a partir de la constitución de fondos o patrimonios con sumas de dinero destinadas a la adquisición del bien o activo objeto de la titularización. La normatividad actual contempla también la posibilidad de generar nuevos títulos valores, emitidos por fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de bolsa, o por fondos comunes administrados por sociedades fiduciarias.
PARTES QUE INTERVIENEN EN EL PROCESO Originador: Es la persona natural o jurídica en interés de la cual se conforman un Patrimonio Autónomo y quien transfiere los bienes o activos base del proceso de titularización. Puede ser cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera. En el caso de titularizaciones estructuradas a partir de fondos no se requiere de esta parte. Estructurador: Es la entidad encargada de realizar las proyecciones financieras de la emisión, sus análisis de riesgos, el diseño de títulos y su estudio en el mercado, además señala las características financieras de la emisión. Esta actividad puede ser realizada por el originador, por la fiduciaria o por otra entidad especializada contratada para tal efecto. Su participación no es indispensable en el proceso. Agente de Manejo: Es la sociedad fiduciaria vocera del patrimonio autónomo, encargado emitir los nuevos valores y recaudar los recursos provenientes de la emisión y de relacionarse con los inversionistas en virtud de tal vocería, de acuerdo con los derechos incorporados en los títulos. El agente de manejo debe velar por el manejo seguro y eficiente de los recursos que ingresen al patrimonio. Las sociedades fiduciarias y las demás entidades financieras que cuenten con el permiso para celebrar contratos de fiducia están facultadas para actuar como
agente de manejo, al igual que las sociedades comisionistas de bolsa a través de fondos de valores administrados por ellas. En el caso en el que el originador tenga alguna vinculación con el agente de manejo, es necesario nombrar a una persona independiente para que actúe como representante de los tenedores de los títulos, evitando de esta manera un posible conflicto de intereses. Administrador: entidad encargada de la administración, custodia y conservación de los activos o bienes objeto de la titularización, así como del recaudo y transferencia al agente de manejo de los flujos provenientes de dichos activos o bienes. El originador, el agente de manejo o una persona diferente, puede actuar como administrador de la titularización, pero la actuación del administrador no exonera al agente de manejo de su responsabilidad en la realización diligente de los actos necesarios para la consecución de la finalidad perseguida en el proceso de titularización. Colocador: entidad facultada por su objeto social para actuar como suscriptor profesional o underwriter de una emisión. Aunque la existencia de esta entidad no es indispensable en un proceso de titularización, puesto que el mismo agente de manejo puede efectuar directamente la colocación de los títulos en el mercado, se considera que la actuación de un underwriter puede asegurar el éxito del proceso.
TITULOS QUE SE PUEDEN EMITIR Naturaleza: Los títulos emitidos en desarrollo de procesos de titularización, deben mencionar el derecho que incorporan, la firma de quien los crea y deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, además de ser
susceptibles de ser colocados mediante oferta pública. En cuanto a la ley de circulación, estos valores pueden ser nominativos o a la orden.
CLASES DE TÍTULOS Títulos corporativos o de participación: son los que representan derechos de participación sobre el patrimonio autónomo o fondo y participa de las utilidades o pérdidas que éste genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se encuentran normalmente referenciados en unidades de participación. Pueden ser redimidos antes de la extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a la liquidación de parte de sus activos o bienes.
Títulos de contenido crediticio: Incorporan derechos a percibir la cancelación del capital y de los intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el título. Se asimilan a los títulos de renta fija y los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan el pasivo con los inversionistas.
Títulos mixtos: Es la mezcla de los dos anteriores. Esto es, que pueden contemplar una rentabilidad mínima o una máxima o las dos. También pueden incorporar derechos de participación y ser amortizables.
VENTAJAS DE LA TITULARIZACIÓN Profundización del mercado La estructuración de procesos de titularización permite ampliar la gama de posibilidades de emisión de valores en el mercado, facilitando el acceso a nuevos participantes en el mercado que encuentran beneficios al actuar como originadores de procesos, sin verse obligados a cumplir con las exigencias que tendrían como emisores de valores. Optimización de la estructura financiera empresarial Los procesos de titularización son una fuente de recursos que generan liquidez a muy bajo costo, puesto que los recursos financieros provienen directamente del público inversionista. De igual forma la titularización, permite adecuar la estructura financiera del originador a sus propias necesidad, ya sea disminuyendo su nivel de endeudamiento o reduciendo sus niveles de activos fijos o improductivos para asignar su valor al capital de trabajo o para invertir en nuevos proyectos.
TITULARIZACIÓN VS CRÉDITO FINANCIERO Existen diferentes fuentes de financiación entre las que se pueden mencionar: Obtención de un crédito con una entidad financiera y la titularización.
CREDITO
TITULARIZACIÓN VÍA PATRIMONIO AUTÓNOMO
Ventajas Se califica el P.A. y la capacidad de la fuente de pago (La 14 S.A.). Largo Plazo mínimo 10 años. Actualmente se consiguen buenas tasas al emitir papeles en el mercado de capitales. El IPC es la base de Tendencia al alza. la emisión y de los ingresos de La 14 S.A., que a su vez presenta menos oscilaciones que la DTF. Desventajas
Calificación Plazo
Tasa
Se accede a nuevo mercado Puede tomar como mínimo 6 que permite diversificar las Tiempo de Estructuración, meses. Depende en gran fuentes de financiación con Aprobación y Colocación parte del originador (La 14 tasas competitivas y largo S.A.) plazo, incrementando el C.T.
Garantia
Gastos Notariales
Desventajas Dependiendo del análisis del Solamente los inmuebles calificador y con el fin de traspasados al patrimonio mejorar el rating crediticio se autonomo, contrato de requerirá una garanttía arrendamiento. alternativa. Como máximo el 1 por mil del valor del inmueble transferido al P.A. Regulado juridicamente por el proceso de estructuración que se acuerda previamente entre el originador, calificador y el estructurador, teniendo en cuenta las necesidades del mercado. Tiene la obligación de Solamente se endeuda el P.A. conservar el contrato de arrendamiento durante la Emisor y no La 14 S.A. vigencia de la emisión. Se puede estructurar de una manera eficiente según la dinámica del negocio.
Ventajas
Exigibilidad de la Obligación
Nivel de Endeudamiento
Flujo de Caja