COMISIÓN EUROPEA
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Y CULTURA Educación Enseñanza superior: Sócrates, Erasmus y Jean Monnet
Bruselas, febrero de 2004
APOYO A LAS ACTIVIDADES RELATIVAS A LA INTEGRACION EUROPEA EN EL AMBITO DE LA EDUCACION SUPERIOR
LINEAS PRESUPUESTARIAS 15.02.01.01. ET 15.02.01.06.
ACCIÓN JEAN MONNET y antigua línea presupuestaria A-3022
CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
VADEMÉCUM 2004
Fecha límite para la presentación de las candidaturas: Dirección a la que deben enviarse: Comisión Europea DG Educación y Cultura - Unidad A2 Enseñanza superior: Sócrates, Erasmus y Jean Monnet Rue Belliard, 7 (B-7 8/06) B-1049 Bruselas
31 de marzo de 2004
Cláusula de reserva / Aviso importante para los solicitantes
La presente convocatoria de propuestas se publica sujeta a la condición de que la Autoridad Presupuestaria ponga a disposición los créditos necesarios y de que el legislador haya adoptado la decisión que permita financiar esta acción, o bien las disposiciones transitorias que permitan utilizar los créditos, a la espera de la adopción de la decisión definitiva, en condiciones que no contradigan las de la presente convocatoria. Debido a la adopción por el Consejo de un nuevo Reglamento financiero en 2002 y a la consiguiente introducción, prevista para 2004, de una nueva estructura del presupuesto general de la Unión Europea, la atribución de determinadas subvenciones comunitarias que anteriormente podían concederse con el único requisito de la inscripción de los créditos en el presupuesto exigirá, desde 2004, la existencia de un fundamento jurídico formal. Por ello, la Comisión ha presentado, junto con el anteproyecto de presupuesto para 2004, una propuesta de decisión del Consejo por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de la ciudadanía europea activa. Esta propuesta está siendo examinada en el Parlamento y en el Consejo; la Comisión ha subrayado la importancia de que se adopte este acto de base (o, en su defecto, medidas transitorias) a tiempo para que la ejecución de los créditos pueda realizarse en 2004, cumpliéndose así las disposiciones del Reglamento financiero. Sin embargo, para que los procedimientos de selección y concesión de las subvenciones puedan iniciarse rápidamente tras la adopción del acto de base (o de medidas transitorias), la presente convocatoria de propuestas se publica inmediatamente, sin que esto implique ningún compromiso para la Comisión de darle curso, en vista de la incertidumbre que sigue caracterizando, en esta fase, a la finalización del procedimiento de adopción del acto de base en los plazos requeridos. En particular, la Comisión no podrá asumir ningún compromiso jurídico ni financiero en virtud de la presente convocatoria de propuestas si no se adopta a tiempo el acto de base o las medidas transitorias, o si dicho acto o dichas medidas se alejan de la propuesta de decisión presentada por la Comisión tanto como para que la convocatoria de propuestas resulte incompatible con las disposiciones financieras finalmente adoptadas por el legislador.
APOYO A LAS ACTIVIDADES RELATIVAS A LA INTEGRACION EUROPEA EN EL AMBITO DE LA EDUCACION SUPERIOR
La Comisión Europea concede subvenciones a los medios universitarios con vistas a la puesta en práctica de acciones relacionadas con la integración europea mediante la creación de enseñanzas y el respaldo a los jóvenes investigadores y a la investigación. Hasta el año 2003, se han utilizado tradicionalmente dos instrumentos en apoyo a estas actividades: la Acción Jean Monnet y la línea presupuestaria A-3022. A partir de la entrada en vigor del nuevo Reglamento Financiero, toda decisión de financiación debe justificarse por la existencia de una base legal. Por ello, la Comisión adoptó el 27 de mayo de 2003 una propuesta de decisión del Parlamento europeo y del Consejo estableciendo un programa de acción comunitario para la promoción de organismos activos a escala europea y para el apoyo a actividades específicas en el ámbito de la educación y de la formación (COM (2003 273 final), que tiene por objetivo dotar de una base legal a las acciones concernidas por el presente vademécum, entre otras. Esta proposición se encuentra en proceso de adopción en el Consejo y en el Parlamento europeo y debería ser operativa en el 2004. Por consiguiente, esta nueva base legal, a través de su acción 3A, se convierte en el nuevo instrumento en el que se fundamenta el conjunto de actividades previamente financiadas a partir de las antiguas líneas presupuestarias B3-304 (Acción Jean Monnet) y A-3022. Esta propuesta tiende a asegurar una transición armoniosa y continua del antiguo sistema al nuevo. El texto recoge pues ampliamente las modalidades de puesta en práctica vigentes en 2003, con vistas a garantizar esa indispensable continuidad. La antigua línea presupuestaria B3-304 se convierte en la línea 15.02.01.01.con la nueva nomenclatura y la antigua A-3022 deviene 15.02.01.06. El presente
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vademécum es aplicable, por tanto, a las convocatorias de propuestas en el marco de la Acción Jean Monnet y de la antigua línea presupuestaria A-3022. La línea 15.02.01.01. (Acción Jean Monnet) y la línea 15.02.01.06. tienen como objetivo específico la mejora y la difusión de los conocimientos sobre asuntos europeos, por medio de la enseñanza, la reflexión, el debate, la investigación aplicada y la proyección exterior de las actividades de los centros de excelencia, los profesores Jean Monnet y los jóvenes investigadores. Se persigue asimismo la potenc iación de las asociaciones, a escala local y regional, con otras universidades y con la sociedad civil, especialmente en el marco de los polos europeos Jean Monnet y de las redes nacionales ECSA (siglas inglesas de European Community Studies Association - Asociación de Estudios sobre la Comunidad Europea). Estos dos instrumentos están abiertos al mundo. En los países candidatos a la adhesión, su objetivo es responder a la necesidad de disponer de conocimientos sobre la integración europea y a la demanda de apoyo formulada por las universidades de estos países para reforzar sus propios recursos académicos. Se trata de preparar a la nueva generación de especialistas en asuntos europeos de cara a la futura adhesión de estos países a la Unión Europea. En las universidades del resto del mundo, con estos instrumentos se pretende conferir mayor visibilidad, tanto a nivel internacional como nacional, a los recursos científicos y a las actividades académicas en el ámbito de la integración europea y de la evolución de la Unión Europea.
I.
OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA LINEA 15.02.01.01.: ACCIÓN JEAN MONNET
La Acción Jean Monnet prevé la concesión de subvenciones en forma de cofinanciaciones, tal como se especifica en la línea presupuestaria 15.02.01.01. del Presupuesto General de la Unión Europea. Este crédito se destina a cubrir los gastos de las actividades de integración europea en la universidad, tanto del interior como del exterior de la Unión Europea.
Por «enseñanzas sobre la integración europea» se entiende el estudio de la construcción de la Europa comunitaria y de su evolución desde el punto de vista institucional, jurídico, político, económico y social, es decir: «el estudio del proceso de integración europea iniciado en Europa occidental tras la Segunda Guerra Mundial, en particular, por medio de la Declaración de Robert Schuman, de 9 de mayo de 1950, y de los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas: el Tratado de París de 1951 y los Tratados de Roma de 25 de marzo de 1957». No se consideran estudios sobre la integración europea:
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las enseñanzas que adopten un enfoque comparativo entre varios Estados miembros; las enseñanzas que adopten un enfoque nacional de uno o varios Estados miembros.
La Acción Jean Monnet se centra, pues, en las disciplinas en el campo de las ciencias sociales en las que la realidad comunitaria y su evolución constituyen un componente cada vez más importante de la materia objeto de estudio, es decir: el Derecho comunitario, la Economía europea, la Política europea y la Histor ia de la construcción europea. Las subvenciones concedidas en el marco de la Acción Jean Monnet servirán para cofinanciar la implantación de nuevas enseñanzas sobre la integración europea en las universidades y se destinarán a sufragar la puesta en marcha de los proyectos. Desde 1990, año en que inició su andadura, hasta 2003, la Acción Jean Monnet ha contribuido a la puesta en marcha de 2.350 proyectos académicos relacionados con la integración europea: 90 Centros de excelencia o Polos europeos Jean Monnet; 600 cátedras Jean Monnet y 1 .660 cursos permanentes y módulos europeos.
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Cerca de 750 universidades ofrecen actualmente programas de enseñanza Jean Monnet en sus currículos. Participan en estos programas más de 1.800 profesores y su audiencia supera los 250. 000 estudiantes cada año. La Acción Jean Monnet fue ampliada en 2001 a todos los países candidatos a la adhesión, así como a universidades de todo el mundo. En la actualidad, la Acción Jean Monnet está presente en 48 países.
I. A.
ACCIÓN JEAN MONNET: ENSEÑANZAS
Acciones contempladas: • • • Polos europeos o Centros de excelencia Jean Monnet Cátedras Jean Monnet y cátedras Jean Monnet «ad personam» Módulos europeos
I. A. 1 POLOS EUROPEOS O CENTROS DE EXCELENCIA JEAN MONNET Un Polo europeo o Centro de excelencia Jean Monnet es un marco o una estructura especializada en el ámbito de la integración europea, provisto de un distintivo visible —el distintivo «Jean Monnet»—, que agrupa en una o varias universidades recursos científicos, humanos y documentales relacionados con el estudio y la investigación sobre la integración europea. Su objetivo consiste, pues, en agrupar en una universidad o región determinadas: a los profesores Jean Monnet y a otros profesores que impartan enseñanzas sobre la integración europea en su(s) universidad(es); el/los centro(s) de documentación europea existente(s); el/los programa(s) de tercer ciclo sobre la integración europea; los proyectos de investigación que versen sobre este tema; los institutos o centros especializados en la integración europea ya existentes en la universidad; los especialistas universitarios y los recursos locales en este ámbito; los expertos no académicos en asuntos comunitarios.
Objetivos: La puesta en marcha de un Polo europeo o Centro de excele ncia Jean Monnet debe responder a tres grandes objetivos: • conferir visibilidad a los recursos científicos y materiales sobre la integración europea disponibles en una región o universidad determinadas; • coordinar todos los recursos disponibles; • estimular un debate sobre la construcción europea abierto a la sociedad civil y con incidencia a escala local y regional. Posibles actividades de los Centros de excelencia Jean Monnet de cara a la consecución de los tres objetivos previstos: Visibilidad
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inventario/repertorio de todas las actividades docentes «europeas» de la universidad y de las investigaciones en los diferentes ámbitos de la integración europea; boletín de información sobre las actividades relacionadas con asuntos europeos que tengan lugar en la universidad. Coordinación: seminarios y encuentros orientados a los doctorandos sobre la problemática de la integración europea; actividades de investigación en las que participe un equipo de profesores, investigadores, asistentes, etc.; organización de uno o varios módulos de enseñanza sobre la integración europea destinado(s) a varias facultades de la universidad (o a todas ellas); creación de cursos de tercer ciclo, cursos de verano, masters, etc. Actividades orientadas a la sociedad civil: organización de iniciativas sobre la integración europea dirigidas al mundo extrauniversitario: profesionales y sociedad civil (p. ej. conferencias, seminarios, debates, coloquios sobre Europa, etc.); actividades de información y documentación a través de los medios de comunicación y de la utilización de las nuevas tecnologías.
Criterios de admisibilidad específicos Vinculación a una cátedra Jean Monnet:
La universidad designará como responsable académico del Centro de excelencia al titular de una cátedra Jean Monnet de su claustro. Se podrá dar prioridad a las candidaturas de universidades que cuenten con varias cátedras Jean Monnet, especialmente si son de disciplinas diversas. La candidatura será presentada por la universidad, con el apoyo activo de los profesores Jean Monnet que trabajen en la misma. En el caso de candidaturas presentadas conjuntamente por varias universidades de una misma región, se designará a una de ellas como coordinadora del proyecto e interlocutora principal de la Comisión. Criterios de atribución específicos: Pluridisciplinariedad
La universidad deberá acreditar que dispone de recursos científicos pluridisciplinares sobre la integración europea en los ámbitos del Derecho comunitario, la Economía europea, las Ciencias Políticas europeas y la Historia de la construcción europea. En el caso de que presenten una candidatura conjunta dos o más universidades, este criterio podrá acreditarse mediante la complementariedad de las disciplinas impartidas en las mismas. Apertura a la sociedad civil e incidencia a escala regional
Las actividades propuestas en el marco de un Centro de excelencia Jean Monnet deberán estar orientadas en parte a la sociedad civil, es decir al mundo extrauniversitario y, en particular, a los agentes locales y regionales. Condiciones de financiación:
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El límite máximo de la cofinanciación comunitaria para el periodo de tres años será de 60.000 € para los Estados miembros, 45.000 € para los países candidatos y 30.000 € para las universidades del resto del mundo. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total. La subvención se destinará a sufragar los costes de las actividades llevadas a cabo en el marco del Centro de excelencia Jean Monnet.
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I. A. 2 CÁTEDRAS JEAN MONNET Existen dos tipos de cátedras Jean Monnet, ambas atribuibles en 2004: a) Cátedra Jean Monnet clásica, b) Cátedra Jean Monnet «ad personam».
A partir de l año 2004, los titulares de Cátedras Jean Monnet seleccionadas entre 1990 y 1997 que deseen obtener en su universidad una nueva financiación para las actividades vinculadas a la Cátedra, tendrán la posibilidad de postular si se encuentran en una o ambas d las situaciones e siguientes: 1. La modificación importante del contenido de las enseñanzas: El titular de la Cátedra desea aportar cambios fundamentales en el contenido de las enseñanzas propuestas. 2. El cambio de titular de la Cátedra: El titular de la Cátedra ha retomado la docencia de una Cátedra Jean Monnet existente, después del periodo de financiación de la Comisión, por lo que nunca ha podido beneficiar de una subvención comunitaria para las actividades desarrolladas en el marco de esta Cátedra. Condiciones de mantenimiento del título “Jean Monnet”: Los titulares de Cátedras Jean Monnet cuya candidatura para una nueva financiación no sea seleccionada en 2004, pueden seguir utilizando el título a condición de presentar, al final de cada año académico, un informe de actividades. I. A. 2. a CÁTEDRA JEAN MONNET CLÁSICA Con este término simbólico se designa un puesto de profesor a tiempo completo con dedicación exclusiva a cursos y enseñanzas sobre la integración europea (entre 180 y 250 horas por año académico, según los sistemas universitarios). La cátedra incluirá, al menos en parte, enseñanzas de carácter obligatorio en las formaciones básicas. El titular de la cátedra consagrará la totalidad de su tiempo de docencia a la integración europea. Criterios de admisibilidad específicos: Los titulares de estas cátedras impartirán enseñanzas en el primer y segundo ciclos y asumirán la dirección de investigaciones de tercer ciclo. Deberán tener rango de profesor titular y estar especializados en asuntos europeos. La elección del titular dependerá de la autoridad universitaria.
Será titular de la cátedra un único profesor, el cual tendrá a su cargo todas las enseñanzas impartidas en el marco de la misma. No se admitirán aquellas candidaturas que prevean distribuir la docencia entre varios profesores. Además, el titular de una cátedra Jean Monnet no podrá ser un «profesor invitado» por la Universidad.
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Criterios de atribución específicos: Se dará prioridad a las candidaturas presentadas por centros que impartan los tres ciclos de enseñanza. Se dará prioridad a las candidaturas que propongan nuevas enseñanzas, en particular en los países candidatos y en el resto del mundo. Todos los cursos impartidos y todas las actividades académicas llevadas a cabo por el titular de una cátedra Jean Monnet versarán sobre la integración europea. El titular de la cátedra deberá renunciar, por tanto, a cualquier actividad que no esté relacionada con este tema.
Condiciones de financiación: El límite máximo de la cofinancia ción comunitaria para todo el periodo de tres años será de 36.000 € para los Estados miembros, de 30.000 € para los países candidatos, y de 18.000 € para las universidades del resto del mundo. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total. La cofinanciación solicitada corresponderá al coste real de las actividades docentes propuestas en cada país. La subvención se destinará a sufragar los gastos contraídos en la puesta en marcha de enseñanzas sobre la integración europea en el marco de la cátedra. No obstante, podrán tomarse en consideración gastos directamente relacionados con las actividades académicas de la cátedra. I. A. 2. b CÁTEDRA JEAN MONNET «AD PERSONAM» Para la atribución de este título, el Consejo Universitario examinará las candidaturas presentadas por profesores que acrediten un compromiso europeo reconocido por el medio académico, tanto a escala nacional como internacional. Criterios de admisibilidad específicos: La criterios de admisibilidad requeridos para una cátedra Jean Monnet «ad personam» son los mismos que para una cátedra Jean Monnet clásica.
Criterios de atribución específicos: El candidato a una cátedra Jean Monnet «ad personam» deberá acreditar, por medio de su currículum vítae y de la lista de sus p ublicaciones, una especialización de muy alto nivel sobre asuntos europeos, reconocida por el medio académico.
En caso de abandono de la universidad: La atribución de una cátedra Jean Monnet «ad personam» está supeditada a la firma de un acuerdo oficial entre la Comisión Europea y la universidad en cuestión; la cátedra se ostenta a título personal: si el titular abandona la universidad, no podrá ser sustituido por otro miembro del claustro. Para que el titular de una cátedra Jean Monnet «ad personam» pueda seguir ostentando este título después de abandonar la universidad de origen, deberá permanecer en el ámbito académico. La universidad que acoja al titular de una cátedra Jean Monnet «ad personam» deberá comprometerse a mantener el contenido europeo del programa de enseñanza y de las actividades de investigación de conformidad con las condiciones del presente vademécum.
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Condiciones de financiación: El límite máximo de la cofinanciación comunitaria para el periodo de tres años será de 21.000 € para los Estados Miembros y de 15 000 € para los países candidatos y las universidades del mundo. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total. La subvención se destinará a sufragar el coste de las actividades académicas llevadas a cabo por el titular de la cátedra en el marco de la misma, como seminarios, mesas redondas, conferencias o actividades de investigación en el ámbito de la integración europea.
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En el acta de candidatura deberán precisarse las actividades académicas. Se informará de ellas periódicamente cada año.
I. A. 3 MÓDULOS JEAN MONNET Con este nombre se designa un programa de enseñanza de corta duración consagrado a la integración europea en una de las cuatro disciplinas prioritarias de la Acción Jean Monnet, a saber, el Derecho comunitario, la Economía comunitaria, las Ciencias políticas europeas y la Historia de la construcción europea. Se dará prioridad a los módulos dirigidos a estudiantes que no cursen estas cuatro disciplinas «prioritarias», por ejemplo en las facultades de Medicina, Ciencias, Educación, Filología, etc. Les módulos deberán ser organizados por profesores especializados en asuntos europeos. Podrán tener un enfoque pluridisciplinar y ser impartidos por varios profesores. Sin embargo, la universidad deberá designar a un miembro del claustro como responsable de la coordinación del módulo y como persona de contacto con la Comisión Europea. Criterios de admisibilidad específicos: Los módulos tendrán una duración mínima de 30 horas y se centrarán en la integración europea. El mínimo de 30 horas requerido deberá impartirse a lo largo de al menos un trimestre del año académico. No se tendrán en cuenta, por tanto, los módulos que consistan en seminarios intensivos de corta duración (p. ej. una semana).
Condiciones de financiación: El límite máximo de la cofinanciación comunitaria para el periodo de tres años será de 15. 000 € para los Estados miembros y para los países candidatos, y de 12.000 € para las universidades del resto del mundo. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total. La subvención se destinará a sufragar los costes de enseñanza y los gastos de organización.
I. A. 4 CRITERIOS COMUNES APLICABLES A LAS ENSEÑANZAS. Criterios de admisibilidad: Las candidaturas deberán proceder de universidades y otros centros de enseñanza superior (reconocidos como tales por las autoridades nacionales pertinentes). Las actas de candidatura deberán ser presentadas y firmadas por los rectores o presidentes (es decir, la más alta instancia administrativa de la universidad).
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La universidad deberá comprometerse a mantener las actividades académicas financiadas (cátedras, módulos y polos Jean Monnet) durante al menos dos años después de concluido el periodo de cofinanciación comunitaria, es decir, durante un periodo total de cinco años.
Criterios de atribución: calidad científica y excelencia del proyecto propuesto; contenido centrado específica y totalmente en la integración europea; cumplimiento del número de horas requerido para cada tipo de actividad docente; las actividades propuestas deberán ofrecer plena garantía de visibilidad y hallarse inscritas, de manera explícita, como «enseñanzas Jean Monnet» en el programa de la universidad; además, en las actividades académicas que reciban ayuda deberá mencionarse explícitamente la Acción Jean Monnet.
Se dará prioridad a las enseñanzas de carácter obligatorio y a las que lleguen a una amplia audiencia.
I. B. ACCIÓN JEAN MONNET: APOYO A LA PUESTA EN MARCHA DE GRUPOS DE INVESTIGACION REGIONALES Y TRANSNACIONALES
La Acción Jean Monnet apoya la creación de grupos de investigación regionales, que serán organizados en cooperación por las asociaciones nacionales ECSA y/o los Centros de excelencia Jean Monnet. Los temas propuestos, que deberán estar relacionados con la actualidad comunitaria, tendrán una vocación regional (p. ej. el Mediterráneo, las fronteras orientales, América Latina, la ASEM, la ASEAN, etc.). El objetivo que se persigue es realizar en común trabajos de investigación y asociar a los jóvenes investigadores con vistas a alcanzar resultados que puedan contribuir al debate sobre la integración regional y la construcción europea. En concreto, se trata de crear consorcios entre un mínimo de tres asociaciones nacionales ECSA o Centros de excelencia Jean Monnet de al menos tres países diferentes. Uno de los socios actuará de responsable de la coordinación del proyecto y designará al presidente de una de las asociaciones nacionales ECSA nacional o al responsable de uno de los Centros de excelencia como coordinador de proyecto y persona de contacto con la Comisión Europea. Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por asociaciones nacionales ECSA y Centros de excelencia Jean Monnet. Entre las actividades que podrán llevarse a cabo en este marco, cabe destacar las siguientes: organización de coloquios, debates, encuentros, proyectos comunes de estudios, de reflexión o de investigación, así como proyectos destinados a hacer circular la información, publicaciones, difusión multimedia, difusión por Internet, etc. Condiciones de financiación: El límite máximo de la cofinanciación comunitaria será de 150.000 € para el periodo de dos años. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total. Las subvenciones se concederán con arreglo a una base estrictamente anual y no causarán ningún derecho para los años siguientes.
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Sólo serán admisibles las actividades posteriores al 1° de septiembre 2004. La acción o la serie de acciones deberán estar finalizadas, a más tardar, el 31 de julio de 2006. El ciclo presupuestario deberá quedar clausurado el 31 de diciembre 2006.
I. C. ACCIÓN JEAN MONNET: APOYO A LAS ACTIVIDADES DE LAS REDES UNIVERSITARIAS
A fin de garantizar la implantación del proyecto en cada país, la Acción Jean Monnet trabaja en colaboración con las asociaciones nacionales ECSA (European Community Studies Association). Las asociaciones nacionales ECSA son asociaciones universitarias de profesores e investigadores especializados en la integración europea. En todo el mundo, las 49 asociaciones nacionales que constituyen la red ECSA agrupan a más de 6000 profesores e investigadores y a otros tantos asociados universitarios independientes, todos especialistas en asuntos comunitarios. Las subvenciones Jean Monnet de apoyo a las actividades de la red nacional ECSA persiguen los siguientes objetivos: • • reunir, a escala nacional, a los profesores Jean Monnet, a otros profesores y a los investigadores que trabajan en el ámbito de la integración europea; promover, a escala nacional, iniciativas con un valor específico en la puesta en marcha de estudios sobre la integración europea en el marco de la Acción Jean Monnet.
No tienen por objetivo prestar ayuda financiera a actividades más amplias de red a escala internacional y mundial que ya reciban ayuda de otras fuentes de financiación. Las actividades específicamente contempladas por la subvención Jean Monnet comprenden: la organización de reuniones anuales Jean Monnet-ECSA como foro de encuentro entre los profesores Jean Monnet y ECSA a fin de debatir iniciativas de investigación sobre la integración europea y de facilitar la organización de actividades conjuntas sobre ese tema; la organización de iniciativas de comunicación dirigidas a fomentar las activ idades de las asociaciones a escala nacional, como, por ejemplo: la creación de un sitio internet como punto centralizado de información para las actividades Jean Monnet y ECSA en el ámbito de los estudios sobre la integración europea; la publicación de un boletín Jean Monnet-ECSA en la lengua del país en cuestión.
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Para ser admisible, la asociación nacional candidata deberá estar oficialmente registrada y poseer un estatuto jurídico propio en el momento de la presentación de la demanda. Condiciones de financiación: El límite máximo de la cofinanciación comunitaria para el periodo de tres años será de 24.000 € para los Estados miembros y de 12. 000 € para los países candidatos y las universidades del resto del mundo. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total.
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La subvención se destinará únicamente a sufragar las iniciativas nacionales que se ajusten específicamente a las actividades anteriormente descritas. No se concederá ninguna ayuda a las actividades de red a escala internacional. La financiación solicitada deberá corresponder al coste real de las actividades propuestas en cada país.
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II. OBJETIVOS Y ALCANCE DE LA LÍNEA 15.02.01.06 (Antigua A-3022)
La línea 15.02.01.06 del Presupuesto General de la Unión Europea prevé la concesión de subvenciones a proyectos e iniciativas organizados por medios universitarios (institutos, centros de estudios y de investigación, organizaciones o asociaciones, y redes universitarias de profesores, investigadores o estudiantes) que tengan por objeto fomentar el debate, la reflexión y los conocimientos sobre el proceso de integración europea. El objetivo principal de estas subvenciones consiste en fortalecer la ciudadanía europea y en reforzar la participación activa de los ciudadanos en el proceso de integración europea mediante la reflexión y el debate sobre los diferentes aspectos de este proceso. Estas subvenciones permitirán cofinanciar proyectos destinados directamente a promover la difusión de los conocimientos sobre la integración europea. La línea presupuestaria 15.02.01.06. representa la voluntad de la Comisión de apoyar los centros de estudio y de investigación europea tanto dentro como fuera de la Unión Europea y de promover actividades, organizadas por organismos que actúan de forma independiente o por medio de redes nacionales o transnacionales, con el fin de sensibilizar a la sociedad civil acerca de la integración europea. A través de esta línea presupuestaria se pretende asimismo: - consolidar las asociaciones que llevan a cabo su actividad en los medios universitarios y que persiguen el objetivo de reforzar la enseñanza o la investigación sobre la integración y la ciudadanía europeas, - reforzar la cooperación internacional entre las universidades, los centros de investigación y las asociaciones de profesores universitarios, en lo que respecta a los proyectos sobre la integración europea. A través del apoyo: - A los jóvenes investigadores que trabajan sobre la integración europea al inicio de su carrera, - A las acciones de investigación y de difusión sobre la Unión europea, llevadas a cabo por los sectores universitarios (Institutos, Centros de estudios y de investigación, organizaciones o asociaciones y redes universitarias de profesores, de investigadores o de estudiantes) teniendo por finalidad promover el debate, la reflexión y los conocimientos sobre el proceso de integración europea.
II. A LÍNEA 15.02.01.06. : APOYO A LOS JÓVENES INVESTIGADORES Y A LAS ACCIONES DE INFORMACIÓN E INVESTIGACIÓN SOBRE LA UNIÓN EUROPEA
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Se contemplan tres tipos de proyectos: 1 La concesión de becas a jóvenes investigadores (de 35 años de edad o menos) que deseen completar su investigación en otro país durante un cierto periodo de tiempo. Dichos jóvenes investigadores se encuentran en p osesión de un diploma de doctorado o un diploma que permite dar acceso a los estudios de doctorado. El importe de las becas se determinará en función de los siguientes criterios: Las becas tendrán carácter global y ascenderán a 1.000 € al mes durante un periodo máximo de seis meses. Podrá concederse una ayuda complementaria para los gastos de viaje, que cubrirá únicamente los gastos reales hasta un máximo de 1.000 €. Podrá concederse igualmente una contribución a tanto alzado de 1.000 € a la universidad de acogida 1 . Para las candidaturas presentadas por las asociaciones y redes universitarias de profesores, podrá concederse una ayuda suplementaria que cubriría los gastos reales de selección a tanto alzado de 2.000 €. Las candidaturas individuales no son admisibles. Con estas becas se trata de compensar los gastos extraordinarios de viaje y estancia ocasionados por la investigación en otro país. En este sentido, la percepción de estas becas será compatible con otras asignaciones nacionales para jóvenes investigadores (pero no con otra beca de la Unión Europea para actividades de investigación en el extranjero). Las candidaturas presentadas por una universidad deberán ir firmadas por el rector/presidente, por el profesor responsable de la investigación y por el joven investigador de que se trate, en caso que este ya haya sido identificado. Deberán mencionar la universidad de acogida e ir acompañadas de una carta de intenciones del profesor responsable en la universidad de acogida. Las candidaturas presentadas por asociaciones y redes universitarias de profesores deberán ir firmadas por el presidente de la asociación y mencionar las modalidades de funcionamiento y selección de las becas. 2 La organización de encuentros y seminarios de muy alto nivel dirigidos a los jóvenes investigadores universitarios (de 35 años o menos) que puedan acreditar resultados en el ámbito de la investigación sobre los temas prioritarios mencionados en el punto III.b. Se dará preferencia a los proyectos organizados a escala internacional con la colaboración de asociaciones de profesores y universidades de varios países. Estos seminarios podrán tomar la forma de cursos de verano, a condición de que hayan tenido lugar antes del 31 de julio 2005. La contribución financiera de la Unión Europea servirá para sufragar los gastos de viaje y estancia de los participantes, principalmente los de los jóvenes investigadores (35 años o menos).
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La organización de coloquios, seminarios, mesas redondas para tratar los resultados de las investigaciones universitarias sobre los temas prioritarios mencionados en el punto III.b.
1 Esta contribución servirá para cubrir los gastos que realice la universidad de acogida por la presencia de un
joven investigador en sus instalaciones, tal como la puesta a disposición de un despacho, los gastos de teléfono, fax, Internet, fotocopias así como los gastos de electricidad, de bienes de consumo y suministros. -12-
Estos encuentros estarán igualmente abiertos a la participación de los jóvenes investigadores (35 años o menos). Condiciones de financiación: Las subvenciones se concederán con arreglo a una base estrictamente anual y no causarán ningún derecho para los años siguientes. El importe máximo de las subvenciones será de 50.000 € por proyecto. Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 50 % del coste total. Solo serán admisibles las actividades posteriores al 1° de septiembre 2004. La acción o la serie de acciones deberá haber finalizado el 31 de julio 2005.
III.
CRITERIOS COMUNES APLICABLES A LAS LINEAS 15.02.01.01. Y 15.02.01.06. (ACCIÓN JEAN MONNET y antigua línea A-3022)
Criterios de admisibilidad específicos: a. Sólo se examinarán las propuestas procedentes de medios universitarios: institutos, centros de estudio y de investigación, organizaciones o asociaciones y redes universitarias de profesores, investigadores o estudiantes: - que posean un estatuto jurídico propio en el momento de la presentación de la solicitud; - que estén constituidos y funcionen como centros, asociaciones redes sin ánimo de lucro; - que tengan experiencia en la organización de las actividades propuestas; - que acrediten una capacidad de movilización y de comunicación con un efecto multiplicador; a este respecto, se valorará la constitución en redes nacionales o transnacionales. b. Se dará prioridad a los proyectos que versen sobre algunos de los temas siguientes: - el futuro de la Unión Europea: la evolución de los Tratados, la reforma de las Instituciones, la gobernanza europea; - la ampliación de la Unión europea; - la política económica en torno al euro; - la Unión Europea y el diálogo entre los pueblos y la s culturas y la política de vecindad; - el desarrollo sostenible y el medio ambiente; - los derechos humanos y la democracia; - la paz, las relaciones internacionales y la estabilidad; - el espacio de libertad, de seguridad y de justicia; - la ciencia, la sociedad y la integración europea; - la integración europea y los otros modelos de integración. c. Se dará prioridad a los proyectos que tengan un efecto de movilización, de visibilidad y de difusión, tales como coloquios, debates, encuentros, proyectos conjuntos de estudio, de reflexión o de investigación, proyectos destinados a hacer circular la información, publicaciones, difusión multimedia y difusión por internet. d. Las actas de candidatura deberán ser presentadas y firmadas por los rectores o presidentes (es decir, la más alta instancia administrativa de la universidad) y, en el caso de una solicitud de apoyo a las actividades ECSA, por el presidente de la asociación nacional ECSA. Criterios de selección específicos: La capacidad técnica y financiera se evaluará atendiendo a los siguientes criterios:
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- La capacidad técnica: los currículos vítae de los responsables del proyecto y su experiencia en materia de dirección, gestión, coordinación y organización de proyectos; el informe de actividad anual o un informe de evaluación del organismo solicitante y responsable del proyecto; la capacidad del solicitante para llevar a buen término el proyecto de enseñanza propuesto y las actividades académicas previstas.
- La capacidad financiera: la relación entre el importe solicitado y el importe del presupuesto provisional del solicitante; la capacidad para obtener cofinanciaciones; las cuentas del organismo solicitante correspondientes al ejercicio financiero anterior y, cuando proceda, otros documentos de carácter administrativo o contable facilitados por el solicitante; la viabilidad del proyecto a nivel de la universidad, la asociación nacional ECSA y el consorcio ECSA /polos europeos Jean Monnet.
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Criterios de adjudicación específicos: - La adjudicación de las subvenciones se realizará de acuerdo con los siguientes criterios: la calidad de los proyectos que desarrollan los temas prioritarios mencionados; el carácter transnacional y regional del proyecto; la calidad de la presentación del proyecto (detalle y precisión de las actividades previstas) y de su ejecución; la calidad de la presentación financiera del proyecto y la calidad y precisión del presupuesto general provisional y del presupuesto detallado; la calidad y el detalle de las explicaciones facilitadas en el presupuesto (y en el presupuesto detallado) en función del proyecto presentado en el marco de la convocatoria de propuestas; la capacidad técnica y financiera del solicitante; el efecto multiplicador que se puede esperar del conjunto y de las diferentes partes del proyecto, que deberá indicarse en el formulario de solicitud de subvención.
En el caso de las acciones contempladas en el punto I.B.2, se prestará especial atención a los proyectos que supongan una cooperación lo más estrecha posible entre asoc iaciones ECSA o polos Jean Monnet. También se dará prioridad a los proyectos que se organicen en torno a trabajos de investigación en los que participen jóvenes investigadores (35 años como máximo) sobre los temas mencionados en el punto III b. Cuando se trate de un programa general de actividades, las candidaturas deberán desglosar las actividades previstas en la solicitud de subvención. Las asociaciones, organizaciones y redes de asociaciones que presenten un programa general de actividades incluirán el presupuesto general provisional y los presupuestos parciales de cada una de las actividades previstas en el programa. El presupuesto general y los presupuestos parciales irán acompañados de un presupuesto detallado con la información solicitada en el formulario de presupuesto. La Comisión presta especial atención al respeto del principio de igualdad de oportunidades. Las solicitudes no podrán acumularse en ningún caso con otras solicitudes de financiación presentadas en el marco de otras líneas presupuestarias. El solicitante no podrá presentar (o haber presentado) el mismo proyecto a otras convocatorias de propuestas de las instituciones europeas. Criterios de exclusión:
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Quedarán excluidos de la atribución de una subvención aquellos candidatos que en el momento del procedimiento de selección: sean funcionarios o agentes de las instituciones europeas, incluidos los que posean un título universitario; estén incursos en un procedimiento de quiebra, liquidación, intervención judicial o concurso de acreedores, cese de actividad o en cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las legislaciones y normativas nacionales; hayan sido condenados mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada, por cualquier delito que afecte a su ética profesional; hayan cometido una falta profesional grave, debidamente constatada por el órgano adjudicador por cualquier medio a su alcance; se encuentren en una situación de conflicto de intereses; oculten o falseen gravemente la información requerida; no estén al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social o en el pago de impuestos de acuerdo con las disposiciones legales del país en que estén establecidos; hayan sido condenados mediante sentencia firme, con fuerza de cosa juzgada, por fraude, corrupción, participación en una organización criminal o cualquier otra actividad ilegal que suponga un perjuicio para los intereses financieros de las Comunidades; hayan sido declarados culpables, a raíz del procedimiento de adjudicación de otro contrato o del procedimiento de concesión de una subvención financiados con cargo al presupuesto comunitario, de falta grave de ejecución por incumplimiento de sus obligaciones contractuales.
Podrán imponerse sanciones administrativas y económicas a los candidatos que queden excluidos en aplicación de los criterios arriba indicados o que hayan incurrido en declaraciones falsas al presentar la información exigida en el marco de su participación en la convocatoria de propuestas.
IV.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA LINEA 15.02.01.01. ACCIÓN JEAN MONNET
El procedimiento de selección se realizará en tres fases: - 1ª fase: antes de iniciar el procedimiento de selección, se consultará a las asociaciones nacionales ECSA; los resultados de dicha consulta se presentarán en la reunión del Consejo Universitario. - 2ª fase: el Consejo Universitario 2 , cuyos miembros emiten un dictamen independiente desde el punto de vista académico sobre el contenido de las propuestas y formulan recomendaciones a la
2 El Consejo Universitario Europeo de la Acción Jean Monnet está compuesto por representantes de la Asociación
Europea de la Universidad y por representantes de la ECSA, que agrupa a las asociaciones nacionales de estudios sobre la integración europea, así como por una personalidad externa elegida por ambos socios. Se trata de un órgano académico independiente que presta asistencia a la Comisión Europea desde el inicio de la Acción Jean Monnet en 1990 en la puesta en marcha del proyecto, la selección de las candidaturas, el seguimiento académico de los proyectos seleccionados y la animación de las redes de profesores Jean Monnet. Presidente del Consejo Universitario Europeo: Sr. J. M. GIL-ROBLES Rectores/Presidentes: B. DE SCHUTTER, E. HODL, J. KOUBEK y S. MACHADO DOS SANTOS Profesores: J. GOWER, P.-C. MÜLLER-GRAFF, T. PALANKAI y D. VELO -15-
Comisión Europea atendiendo a los criterios de selección, llevará a cabo un examen preliminar de las candidaturas. El Consejo Universitario formulará sus recomendaciones hacia el mes de junio de 2004. Las fichas de evaluación del Consejo Universitario para cada proyecto examinado se adjuntarán a las cartas en las que se comunican a los rectores los resultados de la selección. - 3ª fase: un comité de selección interno, creado por la Comisión Europea, estudiará las recomendaciones del Consejo Universitario teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y las prioridades políticas, y presentará a la Comisión una propuesta final de selección. - La aprobación final corresponde a la Comisión Europea.
V.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PARA LA LÍNEA 15.02.01.06. (anteriormente A-3022)
El procedimiento de selección se realizará en dos fases: - 1ª fase: el Consejo Universitario, compuesto por profesores especializados en el proceso de integración europea, y cuyos miembros emiten un dictamen independiente desde el punto de vista académico sobre el contenido de las propuestas y formulan recomendaciones a la Comisión Europea atendiendo a los criterios de selección, llevará a cabo un examen preliminar de las candidaturas El Consejo Universitario formulará sus recomendaciones hacia el mes de junio de 2004. Las fichas de evaluación del Consejo Universitario para cada proyecto examinado se adjuntarán a las cartas en las que se comunican a los rectores los resultados de la selección. - 2ª fase: un comité de selección interno, creado por la Comisión Europea, estudiará las recomendaciones del Consejo Universitario teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y las prioridades políticas, y presentará a la Comisión una propuesta final de selección. - La aprobación final corresponde a la Comisión Europea.
VI.
CONDICIONES GENERALES DE FINANCIACIÓN
Las candidaturas de los países que se convertirán en miembros de la Unión europea el 1° de mayo de 2004 deberán presentarse de acuerdo con las condiciones aplicables a los Estados miembros. LÍNEA 15.02.01.06 (anteriormente A-3022): El presupuesto disponible para 2004 asciende a 1.500.000 €. El importe máximo de las subvenciones será de 50 000 € por proyecto y año. Las subvenciones concedidas no podrán exceder en ningún caso del 50 % del coste total. Sólo serán admisibles las actividades posteriores al 1° de septiembre de 2004. La acción o la serie de acciones deberán estar finalizadas, a más tardar, el 31 de julio de 2005. El ciclo presupuestario deberá quedar clausurado el 31 de diciembre de 2005.
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LINEA 15.02.01.01 (ACCIÓN JEAN MONNET): El presupuesto disponible para 2004 asciende a 3.800.000 €. El límite máximo de la cofinanciación comunitaria para la creación de grupos de investigaciones regionales y transnacionales será de 150.000 € para el periodo de dos años. Para las demás acciones, el límite máximo de cofinanciación se describe en el c uadro siguiente: Estados miembros 60.000 € 36.000 € 21.000 € 15.000 € 24.000 € Países candidatos 45.000 € 30.000 € 15.000 € 15.000 € 12.000 € Resto del mundo 30.000 € 18.000 € 15.000 € 12.000 € 12.000 €
Acción Polos europeos Cátedras Jean Monnet Cátedras ad personam Módulos europeos Apoyo a las redes ECSA -
Las subvenciones concedidas no podrán exceder del 75 % del coste total.
LÍNEAS 15.02.01.01. (ACCION JEAN MONNET) Y 15.02.01.06. La solicitud de subvención incluirá un presupuesto detallado. Este presupuesto provisional deberá ser equilibrada e ir expresada en euros. También deberá ser lo suficientemente detallada (gastos e ingresos) para permitir la determinación, el seguimiento y el control de las acciones propuestas. Gastos subvencionables: Serán subvencionables los siguientes gastos: a. b. c. d. e. f. g. h. i. costes de enseñanza; gastos de personal directamente relacionados con la realización del proyecto; gastos de viaje directamente relacionados con la realización del proyecto; costes de adquisición de bienes fungib les y suministros; costes de difusión de información; gastos de comunicación y gastos postales directamente vinculados al proyecto; costes derivados del acuerdo de subvención (auditorías, evaluaciones); sólo se financiará el 7 % como máximo de los costes indirectos (gastos generales) admisibles; gastos bancarios relacionados con las comisiones para les transacciones internacionales. No se considerarán subvencionables los siguientes gastos: los costes que no entrañen un gasto real y efectivo; los gastos suntuarios o considerados excesivos; los gastos destinados a la adquisición de bienes de equipo permanentes; las aportaciones en especie; sin embargo, estas aportaciones podrán tenerse en cuenta cuando se fije la cantidad máxima de la subvención; e. las provisiones para imprevistos. f. Gastos que no hayan sido realizados por el beneficiario Las reglas previstas para la admisibilidad de los tipos de gastos figuran en las «Condiciones generales aplicables a los acuerdos de subvención de las Comunidades Europeas», que se enviarán a
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a. b. c. d.
los candidatos que lo soliciten junto al formulario de solicitud de subvención. Estos documentos están también disponibles en el sitio web de la acción Jean Monnet: http://europa.eu.int/comm/education/programmes/ajm/index_es.html Los beneficiarios deberán mencionar claramente la ayuda de la Comisión Europea. La selección de un beneficiario no compromete a la Comisión a conceder una subvención por el importe solicitado. El importe concedido no podrá ser superior al solicitado. En el caso de que los costes reales subvencionables al final de la acción fueran inferiores al coste total estimado, la Comisión aplicará el porcentaje previsto sobre los costes reales y el beneficiario estará obligado a reembolsar las sumas ya pagadas que excedan del importe obtenido. El pago de la subvención se efectuará en dos tramos, como se indica a continuación: Se concederá un adelanto del 80 % de la subvención, pagadero en los 45 días siguientes a la firma del convenio por parte de la Comisión, después de la recepción del acuerdo firmado por la persona autorizada. En lo que respecta a los proyectos de investigación recogidos en el punto I.B, el adelanto será del 60% de la subvención. El saldo se abonará, en su caso, tras la presentación y aceptación por parte de la Comisión de un informe final de actividades y de un balance financiero detallado de los ingresos y gastos (con indicación de los costes unitarios). El balance financiero deberá estar fechado, certificado, conforme a los hechos (apartado 7 del art. 7), firmado y expresado en euros.
a.
b.
El balance financiero deberá ser elaborado por el servicio contable de la universidad/el tesorero de la asociación nacional ECSA; el informe de actividades, por el profesor encargado del proyecto Jean Monnet seleccionado/el presidente de la ECSA nacional. Ambos documentos deberán llevar la firma del rector/presidente de la Universidad o por el Presidente de la ECSA nacional. Se encargará del seguimiento académico de las actividades Jean Monnet el Consejo Universitario, atendiendo a los informes de actividad anuales, y del seguimiento de la línea 15.02.01.06., la Comisión.
VII.
PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1. Los formularios de candidatura para la s dos líneas están disponibles en Internet: http://europa.eu.int/comm/education/programmes/ajm/index_es.html. También pueden solicitarse hasta diez días laborables antes de la fecha límite de presentación de las propuestas en la dirección siguiente : Comisión Europea Dirección General de Educación y Cultura Unidad A2, Enseñanza Superior – Acción Jean Monnet Rue Belliard, 7 (B-7 8/06) B-1049 Bruselas E-mail: EAC-JEAN-MONNET-PROJECT@cec.eu.int
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Tel: (32-2) 296 03 12 Fax: (32-2) 299 41 53 2. Todas las solicitudes deberán ir acompañadas del programa de actividades y del presupuesto anual, certificado conforme, del organismo solicitante. También deberá adjuntarse copia de los estatutos o del acto constitutivo, excepto en el caso de organismos públicos (p. ej. universidades). 3. Sólo se tramitarán las solicitudes consideradas completas. Se considerará incompleta una solicitud si no va acompañada de: una carta fechada y firmada por la que se solicita oficialmente la subvención; el formulario debidamente cumplimentado y firmado por el responsable de la institución que presenta la solicitud (por triplicado): el rector /presidente de la universidad o el presidente de la ECSA nacional; los proyectos en los que participen varias universidades asociadas deberán llevar la firma del responsable de la institución que firme el convenio de subvención e ir acompañados de cartas de intención de las demás instituciones asociadas; un presupuesto equilibrado (ingresos y gastos) en el que se detallen los ingresos y gastos, indicando los costes unitarios; la descripción adecuada del proyecto y los documentos que se piden en el formulario, de forma suficientemente pormenorizada para apreciar la importancia de las actividades propuestas, así como la madurez de la concepción y la preparación de la candidatura (con arreglo al formulario de solicitud y al presupuesto detallado); los documentos necesarios para demostrar que se cumplen los requisitos relativos a la admisibilidad de los solicitantes y a su capacidad técnica y financiera; la declaración del solicitante recogida en anexo al presente vademécum; un formulario denominado «ficha de descripción financiera», que acompañará al acta de candidatura e incluirá: a) el sello del banco y la firma de su representante, b) la fecha y la firma del titular de la cuenta de la universidad.
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4. Las candidaturas deberán presentarse a la Dirección General de Educación y Cultura por medio del formulario específico de solicitud de subvención y el formulario de presupuesto previstos a tal efecto. La solicitud de subvención se presentará siempre en el formulario previsto al efecto. 5. El formulario debidamente cumplimentado, firmado y fechado, así como los demás documentos requeridos, se enviarán a más tardar el 31 de marzo de 2004 (dará fe el matasellos de correos) por triplicado a la dirección siguiente: Comisión Europea Dirección General de Educación y Cultura Unidad A 2 Enseñanza superior: Sócrates, Erasmus y Jean Monnet Rue Belliard, 7 (B-7 8/06) B-1049 Bruselas 6. No se tendrán en cuenta las solicitudes enviadas por fax o por correo electrónico. 7. En caso de que se seleccione la solicitud, el responsable del organismo deberá comprometerse por su firma a presentar pruebas de la utilización correcta de la subvención y a permitir a la Comisión y/o al Tribunal de Cuentas que comprueben, si lo desean, los documentos contables del organismo. El balance financiero final que acompaña al informe final será preparado por el servicio contable del beneficiario. Estos dos documentos llevarán la firma del rector de la universidad o del representante del beneficiario que haya firmado el acuerdo de subvención.
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8. En caso de concesión de una subvención por la Comisión, se enviará al beneficiario un convenio expresado en euros, en el que se precisarán las condiciones y el nivel de financiación. Dicho convenio deberá firmarse y enviarse inmediatamente a la Comisión. 9. Las solicitudes procedentes de organizaciones que anteriormente hubiesen obtenido una subvención de la Comisión sólo se tendrán en cuenta si se ha probado debidamente la utilización correcta de dicha subvención. En su caso, deberán adjuntarse los informes de auditoría internos o externos correspondientes al anterior ejercicio de financiación. En caso de que no estén disponibles estos informes, se adjuntarán las cuentas del año anterior, debidamente certificadas por el encargado en la organización. 10. La fecha límite para la presentación de candidaturas es el 31 de marzo de 2004. Dará fe el matasellos de correos. La Comisión tiene la intención de tomar las decisiones al respecto antes del 31 de julio de 2004. 11. Es conveniente cumplimentar un formulario separado para cada candidatura. En el caso de candidaturas múltiples, se ruega agruparlas en un envío postal único. 12. A fin de facilitar la tramitación interna de los expedientes, los formularios de candidatura están disponibles en inglés o en francés. 13. En un contrato en forma de convenio de subvención se establecerá el acuerdo entre la Comisión Europea y la universidad acerca de la financiación de las acciones seleccionadas. Se informará individualmente a los candidatos seleccionados sobre las condiciones de ejecución de las subvenciones obtenidas. Cabe recordar que los titulares de una acción Jean Monnet atribuida durante los ejercicios anteriores no deberán presentar una nueva candidatura para la misma acción, ya que la renovación de la subvención se efectúa automáticamente, con arreglo al convenio de subvención, en el que se prevé, para los polos europeos Jean Monnet, las cátedras Jean Monnet, los módulos europeos, así como para el apoyo a las actividades de las redes nacionales ECSA, un periodo de cofinanciación automática de tres años, sin perjuicio de las decisiones de las autoridades presupuestarias. Únicamente se examinarán las nuevas solicitudes relativas a una nueva propuesta para el año académico 2004-2005.
Fecha límite para la presentación de candidaturas:
31 de marzo de 2004 Dará fe el matasellos de correos
en la dirección siguiente: ACCIÓN JEAN MONNET Comisión Europea Dirección General de Educación y Cultura – Unidad A2 Enseñanza superior: Sócrates, Erasmus y Jean Monnet Rue Belliard, 7 (B-7 8/06) B-1049 BRUSELAS No se tendrán en cuenta para la selección las candidaturas enviadas por fax o por correo electrónico.
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Para mayor información: Comisión Europea: DG Educación y Cultura Unidad A2- Acción Jean Monnet Rue Belliard, 7 (B-7 8/06) B-1049 Bruselas Personas de contacto: Para la Acción Jean Monnet: Sra. Belén Bernaldo de Quirós Tel: (32-2) 296 03 12 Fax: (32-2) 296 31 06 E-mail: Belen.Bernaldo-de-Quiros@cec.eu.int Para la línea 15.02.01.06. Sr. Youri Devuyst Tel: (32-2) 295 69 02 Fax: (32-2) 296 31 06 E-mail: Youri.Devuyst@cec.eu.int
Web site: http://europa.eu.int/comm/education/programmes/ajm/index_es.html
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ANEXO. DECLARACIÓN DEL SOLICITANTE Por la presente, el/la abajo firmante solicita a la Comisión una subvención por un importe total de …………………………. euros para la realización del proyecto objeto de la presente solicitud de subvención. Certifico que la información que figura en la presente solicitud es sincera y veraz y me comprometo a realizar este proyecto bajo mi propia responsabilidad. Certifico que no he recibido otras subvenciones de la Comisión o de otra institución europea para la misma actividad. Certifico que no me encuentro en ninguna de las situaciones previstas en el apartado III - Criterios de exclusión a la convocatoria de propuestas. Me comprometo a comunicar a la Comisión, si procede, cualquier otra financiación relativa al proyecto de la presente solicitud y a señalar la cantidad o cantidades obtenidas y la identidad del cofinanciador o cofinanciadores. Todo cambio en la realización del proyecto se someterá por escrito a la aprobación previa de la Comisión. A efectos de control por parte de la Comisión o el Tribunal de Cuentas, me comprometo formalmente a conservar durante todo el periodo del acuerdo, así como durante cinco años una vez concluido este, todos los justificantes originales relativos a la presente acción. Me comprometo a hacer pública la ayuda recibida de la Comisión. Persona responsable de la acción objeto de la subvención en la organización solicitante (Rector/Presidente): Apellidos y nombre del responsable: ………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………… Cargo del responsable: ………………………………………………………………… Tel: ……………………………………………………………………………………………… Fax: ……………………………………………………………………………………………... E-mail: ……………………………………………………………………………………………….. Fecha: Firma (Rector/Presidente):
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