Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 1
IMPACTO DE LA INVERSION EXTRANJERA EN LA SOCIEDAD CUBANA*
Elena Alvarez González Licenciada en Economía. Investigadora Titular. Profesora Titular Adjunta de la Facultad de Economía de la Universidad de La Habana. Presidente del Consejo Científico del INIE. Miembro del Consejo Asesor del CIEM. Directora del INIE.
INTRODUCCION En la actualidad son frecuentes las opiniones diversas y no coincidentes acerca del proceso de captación de inversión extranjera en Cuba y su impacto. Esta diversidad de opiniones con respecto a los efectos de la inversión extranjera no es un fenómeno nuevo, ni exclusivo para el caso cubano; otros países en América Latina y en otras partes del mundo han tenido iguales interrogantes. Quizás la peculiaridad del caso cubano sea el empeño que ponen algunos en extender esas interrogantes más allá del análisis en términos económicos, atribuyendo a la apertura externa cubana y a la inversión extranjera en particular, un número de efectos nocivos sobre la sociedad. El propósito de esta ponencia es reunir un conjunto de observaciones sobre el caso cubano, que puedan contribuir a realizar una evaluación posterior. No se trata, por tanto, de un análisis definitivo, pues el proceso es relativamente reciente y puede decirse que con la aprobación de la nueva Ley de Inversión Extranjera se abre una nueva etapa que habrá que estudiar. Se presentan aquí algunos elementos conceptuales de carácter general; los antecedentes del caso cubano; la evolución del proceso; una breve incursión en las características de la nueva legislación, sin pretender un análisis exhaustivo de la misma, lo cual merece un estudio específico; y por último, algunos criterios sobre el impacto hasta el presente. En su elaboración se consultaron diferentes trabajos realizados en Cuba y en el extranjero y los resultados de encuestas sobre el tema. I. ALGUNOS ASPECTOS CONCEPTUALES
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Expuesto en el Panel "El Desarrollo Económico y Social y el Papel de la Sociedad Civil en Cuba en los Años 90", XIX Congreso de LASA, Washington DC, Septiembre 28-30 de 1995
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Las percepciones en cuanto al papel del capital extranjero en el desarrollo (muy en especial de la inversión extranjera) han asumido tradicionalmente posiciones polarizadas: apertura irrestricta o rechazo total. En el trasfondo de las políticas de apertura irrestricta está el enfoque neoclásico de que el nivel de ingresos en los países en desarrollo no permite un margen de inversión suficiente para garantizar un crecimiento sostenido y acelerado, de lo que se concluye que es el capital extranjero, en sus diversas formas (créditos, inversión directa, inversión de cartera), la alternativa que soluciona esta insuficiencia. Se minimiza así el papel del ahorro nacional en estos países, asignándole un papel protagónico al capital extranjero sin tener suficientemente en cuenta que si el país no es capaz de generar un excedente de ahorro interno, no podrá hacer frente a largo plazo a las remuneraciones del capital1. Las posiciones de rechazo han esgrimido generalmente los argumentos de la dependencia externa y, en el caso de la inversión directa, de la enajenación de patrimonio nacional. En los finales de los años 60 y en la década del 70, en América Latina, predominó un clima de desconfianza en cuanto a la atracción de inversión extranjera, debido básicamente a que se trataba de economías que buscaban su expansión por la vía de un proceso de industrialización propio, con fuerte apoyo estatal, en momentos en que había un situación relativamente favorable en cuanto a los financiamientos crediticios internacionales para el desarrollo. Se privilegiaba al crédito sobre la inversión extranjera directa. Los cambios ocurridos en la economía mundial en los últimos 10-15 años incluyeron una explosión de la inversión extranjera. En ello tuvo mucho que ver la crisis de la deuda, la vulnerabilidad externa de los países en desarrollo y la casi total desaparición del financiamiento comercial y bancario, sobre todo en regiones como América Latina; jugaron también un papel fundamental las estrategias de las empresas transnacionales tanto en lo referido a sus funciones corporativas, como a las alianzas estratégicas efectuadas. Flujos netos de capital a países en desarrollo (Miles de millones de dólares) 1991 1992 1993 1994 1994/91 Inversión directa 36,8 47,1 66,6 77,9 2,1 Inversión de cartera 7,6 14,2 46,9 39,5 5,2 Flujos de deuda privada (neto) 18,5 41,4 45,7 55,5 3,0
Fuente: Banco Mundial, World Debt Tables, 1994-95
De hecho el "clima ideológico" con respecto a la inversión extranjera, en particular la inversión extranjera directa (IED) se ha transformado desde los años 70 a la fecha y las políticas de los países en desarrollo en general tienden a favorecerla. A la IED se le reconoce no sólo un papel como fuente de recursos financieros, sino también un papel en cuanto al aporte de tecnologías modernas; calificación de la fuerza de trabajo y capacidades gerenciales; así como la posibilidad de que a través de ella se expandan los mercados al lograr penetrar mercados externos. Desde el punto de vista financiero, significa remuneraciones del capital variables en
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Ricardo Ffrench-Davis, "Economía Internacional. Teoría y Políticas para el Desarrollo", Fondo de Cultura Económica, México, 1985.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 3 función de la utilidad. Desde el punto de vista político significa conceder poder de decisión al extranjero, de ahí la sensibilidad y la necesidad de mantener un control estratégico sobre la misma. La apertura, también más recientemente, se ha extendido a la inversión de cartera. En este último caso, la volatilidad de los flujos internacionales de capital puede llevar a efectos catastróficos -como lo puso en evidencia el caso de México- si no hay una adecuada regulación. Sin ir al extremo del rechazo total al capital extranjero -posición en general hoy superada- es necesario atender a algunos aspectos de política frente al mismo, que minimicen los posibles efectos negativos y potencien los rasgos positivos que le permitan complementar el esfuerzo de desarrollo nacional. En ello el Estado desempeña un papel fundamental. "La falta de una política coherente de los países en desarrollo frente al capital extranjero ha significado que, con frecuencia, se ha pagado en exceso por la contribución del ahorro externo, sea porque su remuneración ha sido muy elevada o porque su contribución al producto geográfico (rentabilidad social) ha sido exigua. En efecto, se han hecho escasos esfuerzos organizados para cosechar los eventuales frutos de largo plazo de esa inversión, los cuales son la tecnología, el entrenamiento del personal (know-how) y la conquista de mercados externos. Para corregir esta debilidad se requiere el desarrollo de un aparato estatal capaz de evaluar los costos y beneficios de cada aporte de capital extranjero y los factores que lo acompañan. Una política selectiva y eficaz requiere en última instancia establecer normas definidas y estables. En definitiva, la estabilidad constituye un factor que permite imponer disposiciones más estrictas, que acrecientan la participación del país receptor en los beneficios potenciales de la inversión".2 II. ANTECEDENTES SOBRE LA INVERSION EXTRANJERA EN CUBA El análisis que sigue comprende la etapa posterior a 1959. La existencia del bloqueo de Estados Unidos por una parte, que impone restricciones al acceso a fuentes de financiamiento y por otra, las características de los vínculos con los entonces países miembros del CAME, determinaron que en el caso cubano la obtención de recursos financieros externos se realizara de forma muy diferente a la de otros países en desarrollo. Durante el período que abarca unos treinta años, desde inicios de los años sesenta a finales de los ochenta, la captación de recursos externos en Cuba adoptó exclusivamente la forma de créditos de diverso tipo: gubernamentales -tanto para el desarrollo económico, como para financiar déficits de balanza de pagos-, así como créditos comerciales y bancarios. La mayoría de estos financiamientos procedían de los países socialistas, fundamentalmente la URSS, otorgados con condiciones preferenciales; también, en mucha menor medida, de países de Occidente y Japón, incluyendo Ayuda Oficial al Desarrollo y créditos comerciales y bancarios en condiciones de mercado3.
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R. Ffrench-Davis: Ibidem. Un análisis completo del financiamiento externo recibido por Cuba puede verse en "La Deuda Externa Cubana: Una Evaluación Actual", de José Luis Rodríguez, Boletín Economía Cubana Nos. 10, 11 y 12 del CIEM.
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Se calcula que entre 1959 y 1989 los financiamientos totales alcanzaron 35705 millones de pesos con el siguiente desglose4: Procedencia Países del CAME Economías de mercado desarrolladas Otros Total Millones de pesos 23 450 10 755 1 500 35 705
Como puede observarse, los entonces países socialistas proporcionaron en forma de créditos la mayor parte del financiamiento. El país obtenía así el capital adicional necesario para el desarrollo, así como las tecnologías y además los mercados. Se desarrollaron de esta forma una serie de ramas que antes de 1959 prácticamente no existían; entre ellas: la producción de acero, la construcción de maquinarias agrícolas, la producción de equipos para la industria azucarera, la industria electrónica, la producción de fertilizantes, la industria pesquera y la prospección geológica. Asimismo, estos financiamientos permitieron consolidar y ampliar otras ramas ya existentes como la industria azucarera, la industria minera, en particular el níquel, la electroenergética, la textil y el sector agropecuario en general. El país disponía de esta forma de los recursos fundamentales para sus planes de desarrollo, que eran definidos mediante los procesos de coordinación de planes económicos a mediano y largo plazo. Las entidades económicas que recibían estos medios eran de propiedad del Estado cubano en su totalidad. Dadas estas características, la inversión extranjera, en sus distintas modalidades, no constituía una necesidad imprescindible en aquellos momentos. No obstante, ya a inicios de los años ochenta, se hizo evidente que los países socialistas no poseían todas las tecnologías y conocimiento que el desarrollo del país demandaba, en particular en el turismo rama que se había decidido priorizar- y que por tanto, era necesario complementar los recursos que provenían de los países socialistas con nuevas formas de obtención de capital, tecnologías y mercados mediante la realización de negocios conjuntos con firmas extranjeras allí donde ello resultara indispensable para el empleo de los recursos naturales y humanos5. Esto coincidió con el comienzo de la contracción de los flujos crediticios en moneda libremente convertible procedentes de países Occidentales y Japón6. Se aprueba así el 15 de febrero de 1982 el Decreto-Ley 50 "Sobre Asociación Económica entre Entidades Cubanas y Extranjeras", aunque transcurrieron después más de cuatro años sin que se constituyera asociación económica alguna7. La evolución de las relaciones económicas externas de Cuba a partir de 1986 hizo más evidente la necesidad de impulsar los negocios con capital extranjero. En primer lugar, la crisis financiera en moneda convertible se agudizó a partir de 1 986 y Cuba declaró la moratoria en el pago de sus
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José Luis Rodríguez: Ibidem. Decreto-Ley 50, tercer "Por cuanto". Ver Informe Económico del Banco Nacional de Cuba, 1985 Ver "Cuba: Inversiones y Negocios", Consultores Asociados S.A., La Habana, 1994.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 5 obligaciones; al no lograrse acuerdos con los acreedores, el país se vio virtualmente excluido de sus fuentes habituales de financiamiento8. En segundo lugar, los resultados de la coordinación de planes con los países del CAME para 1986-90, mostraron ya una tendencia al estancamiento de los volúmenes de recursos y de las condiciones del intercambio, lo que se agudizaría posteriormente con la desaparición del socialismo en estos países. El impulso real al proceso de captación de capital extranjero comienza a partir de 1987 en que quedaron constituidas las primeras asociaciones económicas en el turismo con la participación de empresas españolas y mexicanas. A partir de entonces, ha tenido un desarrollo ascendente. III. LA EVOLUCION DEL PROCESO El Decreto-Ley 50 daba la posibilidad de realizar varios tipos de negocios con capital extranjero que podían adoptar las siguientes formas jurídicas de asociación económica internacional: • Empresa mixta, de capital cubano y extranjero, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Se constituye como sociedad anónima por acciones nominativas. • Asociación económica contractual, que no constituye una nueva persona jurídica. La participación extranjera en el capital se establecía como máximo en un 49%, aunque se admitía la posibilidad de autorizar en casos excepcionales una proporción mayor. El Decreto-Ley 50 estableció también que una Comisión designada por el Consejo de Ministros aprobaría cada empresa mixta o asociación económica contractual que se constituyese en el territorio nacional. Como se ha señalado, el crecimiento ocurre a partir de 1988, al principio lentamente, apreciándose un verdadero despegue a partir de 1993: Número de asociaciones económicas con capital extranjero autorizadas 1988 2 1990 20 1991 50 1992 80 1993 129 1994 176 Mayo 1995 212
Fuente: "Cuba: Inversiones y Negocios", CONAS, 1994, Discursos de Carlos Lage, en Davos, Suiza, diciembre de 1994 y Ernesto Meléndez en Río de Janeiro, junio 1995 y La Habana, julio de 1995.
Se ha producido una diversificación de las ramas hacia las cuales se dirige el capital extranjero. En principio fue sólo el turismo; en la actualidad en alrededor de 34 actividades se llevan a cabo estos negocios; entre ellas: prospección y extracción de petróleo, níquel, otros minerales, lubricantes, telecomunicaciones, cemento, otros materiales de construcción, construcción de maquinarias, textiles,
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Un análisis completo de este proceso puede verse en el "Informe Económico de 1986" del Banco Nacional de Cuba".
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cuero, calzado, muebles, poligrafía, jabonería, perfumería, cosméticos, bebidas, industria alimentaria, agricultura, transporte, bienes inmuebles. Se observa que el proceso ha ido ganando en importancia estratégica, sobre todo a partir de los negocios concluidos en el níquel, telecomunicaciones y petróleo. Por países, también se ha producido una diversificación y a mediados de 1995, eran 53 los que aportaban capital. Se destacan, en cuanto al volumen de los aportes, México y Canadá y en cuanto al número de empresas, España, con especial énfasis en el turismo. El monto total de capital aportado se calculaba en 2 100 millones de dólares en mayo de 1995 9. Este proceso hubiera podido ser superior en número de negocios y en volumen de capital, de no haber existido las presiones del Gobierno norteamericano sobre los potenciales inversionistas extranjeros. En agosto de 1994 se declaraba que 9 de cada 10 posibles negocios se frustraba por esta causa.10 A pesar de esto, en Estados Unidos se está produciendo un interés creciente en hacer negocios con Cuba. En 1994 se incrementaron las visitas de empresarios norteamericanos a la isla, alcanzando más de 160, algunos de ellos de compañías muy importantes, e incluso varios firmaron cartas de intención que entrarían en vigor en el momento en que puedan establecerse vínculos entre ambos países 11. Las perspectivas para los años futuros dependen de un conjunto de factores, entre ellos: la evolución de estas relaciones, la propia marcha de la economía cubana y las facilidades de la nueva legislación. No obstante, de mantenerse la situación actual de bloqueo, y sin considerar negocios excepcionales por su monto, como el de la telefonía, se estima que un flujo lógico de ingresos podía estar en los 200 millones de dólares anuales 12. IV. LA NUEVA LEGISLACION PARA LA INVERSION EXTRANJERA El respaldo legislativo que existía para el proceso de inversión extranjera (Decreto-Ley 50 y disposiciones complementarias) fue paulatinamente superado por la realidad y no recogía ya adecuadamente todas las modalidades de inversión posibles, resultando en algunos casos "poco comprensible a primera vista"13. Por estas razones se elaboró la Ley para la Inversión Extranjera, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el día 5 de septiembre de 1995. El propósito es que la Ley estuviera más acorde con el momento actual, que incorporase nuevas modalidades, estableciera mecanismos más flexibles y determinados elementos de carácter reglamentario que den mayor claridad y transparencia al proceso, así como garantías y seguridad a los potenciales inversionistas.
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Ernesto Meléndez, Ministro de Inversión Extranjera y Colaboración, Discurso en reunión con empresas que operan en divisas; julio 6 al 8 de 1995. Intervención del Cdte. en Jefe Fidel Castro en la Asamblea Nacional, agosto de 1994. Ernesto Meléndez: Entrevista concedida a "Granma Internacional", el 7 de junio de 1995. Octavio Castilla, Viceministro para la Inversión Extranjera. Declaraciones a "Opciones", 11 de junio de 1995. Ernesto Meléndez, Ministro de Inversión Extranjera y Colaboración. Entrevista en Granma Internacional, 7 de junio de 1995.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 7 Para su elaboración se organizó un equipo de juristas que estudiaron la legislación internacional actual sobre la materia y las experiencias de diversos países de América Latina y de Asia; se intercambiaron ideas con expertos internacionales y se efectuó un detallado proceso de consultas internas con organismos y empresarios cubanos; asimismo, se valoraron las experiencias prácticas de la aplicación del Decreto-Ley 50. Se buscaba lograr una legislación con carácter contemporáneo internacionalmente, con formulaciones claras, conservando las especificidades necesarias para el caso de Cuba. La Ley aprobada consta de 17 capítulos, 59 artículos, 3 disposiciones transitorias, 1 especial y 2 finales. El objetivo declarado en su Artículo 1 es: "... promover e incentivar la inversión extranjera dentro del territorio de la República de Cuba, para llevar a cabo actividades lucrativas que contribuyan al fortalecimiento de la capacidad económica y al desarrollo del país, sobre la base del respeto a la soberanía e independencia nacionales y de la conservación y uso sostenible de los recursos naturales; y establecer, a tales efectos, las regulaciones legales principales bajo las cuales debe realizarse la inversión."14 Los aspectos más novedosos de esta Ley con respecto a la anterior legislación son: no establece límites a los aportes de capital extranjero en empresas mixtas; admite la posibilidad de inversión totalmente extranjera; no discrimina a ningún inversionista extranjero por su origen, con lo cual abre la posibilidad de inversión para cubanos residentes en el exterior; ofrece garantías explícitas a los inversionistas iguales a las que ofrecen otros países; admite inversiones en todos los sectores económicos y sólo exceptúa los servicios de salud, educación y la defensa y seguridad nacional; admite inversiones inmobiliarias y en zonas francas y parques industriales; admite la posibilidad de realizar inversiones de cartera; establece plazos precisos a los trámites de aprobación; contiene disposiciones sobre la protección al medio ambiente. Se mantienen además la posibilidad de remesar al exterior las utilidades sin pagos de impuestos, así como el régimen especial de impuestos y aranceles, ya contenidos en la legislación anterior. Un resumen de los principales aspectos contenidos en la Ley se muestra en anexo. V. CRITERIOS SOBRE EL IMPACTO DE LA INVERSION EXTRANJERA HASTA EL PRESENTE. La inversión extranjera, es un fenómeno nuevo en la sociedad cubana revolucionaria y, como tal, ocasiona efectos muchas veces contrapuestos y, en algunos casos, difíciles de prever. Los criterios que aquí se exponen son sólo una primera aproximación al problema; un intento de ordenar y sistematizar los distintos efectos o impactos que pudieran apreciarse. Como impactos positivos pueden evaluarse los siguientes: - La contribución a la recuperación y al desarrollo de la economía; es decir, un efecto económico real. Aunque no han sido divulgadas oficialmente cifras que permitan hacer una evaluación global de la rentabilidad social de la inversión extranjera, se señalaba en fecha reciente que el crecimiento del PIB en el I semestre de 1995 fue de un 2% en comparación con el año anterior, a pesar de la gran
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Ley Para la Inversión Extranjera
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reducción de la producción azucarera, y que ello se debía en parte al papel de la inversión extranjera en el crecimiento sostenido del turismo y en la recuperación de ramas como el níquel (que en 1995 debe acercarse a una producción de 46 MT, nivel más alto antes de la crisis); el petróleo (cuya extracción se calcula en 1,4 millones de toneladas, lo cual supera la mayor alcanzada antes de 1989); las telecomunicaciones, entre otras15. En el turismo, las empresas mixtas con capital extranjero operan 1 700 habitaciones. En total, el país cuenta con unas 23 mil habitaciones y de ellas 9 mil están bajo la modalidad de contrato de administración con firmas extranjeras, en busca de elevar la calidad de los servicios y adquirir conocimientos y técnicas gerenciales modernas16. Los negocios en esta esfera generalmente conllevan la captación de nuevos segmentos del mercado, lo que ha resultado en un crecimiento sostenido de la actividad, que en 1995 debe lograr una recepción de unos 800 mil turistas (casi 3 veces el nivel de 1989). El desarrollo del turismo comienza a tener un efecto difusor a otras ramas de la economía, contribuyendo a reanimarlas. A través de financiamientos proporcionados por el propio turismo sobre la base de estrictos parámetros de competitividad -mediante la compañía financiera FINATUR- se promueven las producciones nacionales con destino a este sector en: ganadería, agricultura, industria alimentaria, bebidas y licores, industria ligera y otras. De esta manera se han mantenido trabajando más de 100 empresas, con unos 54 mil trabajadores, que de otra manera hubieran tenido que cerrar 17. - En el empleo, los negocios con capital extranjero han posibilitado en unos casos crear nuevos empleos (v.g. turismo) y en otros, recuperar el contenido productivo de puestos de trabajo que había habido que cerrar o estaban en peligro de tener que hacerlo. No obstante, en estos últimos casos simultáneamente puede ocurrir una determinada racionalización de las plantillas, dadas las condiciones de eficiencia económica con que deben operar estas empresas, lo cual conlleva a que el Estado tome medidas para que estos trabajadores no queden desprotegidos. En las empresas mixtas laboran unos 50 mil trabajadores. - La introducción de tecnologías modernas (v.g. extracción de petróleo, producción de níquel, telecomunicaciones). - La introducción de técnicas gerenciales modernas. - La mejoría de las condiciones, las técnicas, hábitos de trabajo y de la disciplina laboral. - El impulso a cambios en los mecanismos de funcionamiento de la economía. Los negocios con capital extranjero, en su avance, han devenido hilo conductor de numerosas transformaciones que implican abandonar el modelo de dirección altamente centralizado por uno mucho más descentralizado y flexible.
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José Luis Rodríguez, Ministro de Economía y Planificación - Valoraciones sobre la marcha de la economía realizadas en la provincia de Villa Clara, agosto 26, 1995. Declaraciones del Viceministro Eduardo Rodríguez de la Vega en la XVI Convención del Turismo, 31 de mayo, 1995. Información del Periódico Granma, el 4 de julio de 1995.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 9 De hecho la voluntad de apertura al capital extranjero indujo a: cambios en aspectos económicos de la Constitución (reconocimiento del derecho de propiedad de las empresas con capital extranjero, descentralización del comercio exterior, entre otros); implantación de formas de autofinanciamiento en las empresas; actualización del régimen arancelario; inicio de la descentralización bancaria (que debe proseguir con una reforma del actual sistema financiero-bancario); modificación al carácter de planificación estatal; implantación de nuevas normas y sistemas contables y de auditoría, acordes con la práctica internacional.18 Estos cambios continúan y, sin dudas, uno de los más importantes será el relacionado con la estructuración de un nuevo sistema de gestión empresarial en el país, que articule adecuadamente los distintos tipos de actores económicos que existen y surgen en las nuevas condiciones. En el plano social, la IED ha llevado al surgimiento de nuevos actores (empresario extranjero, socio cubano en negocios conjuntos) y de nuevos papeles o comportamientos para actores sociales como los sindicatos y los trabajadores, en este último caso al inducir un comportamiento más activo de los mismos respecto a la efectividad económica de su labor. En cuanto a los impactos negativos se han hecho varios análisis, sobre todo fuera de Cuba; en casi todos se aducen un conjunto de cuestiones de carácter subjetivo básicamente, que pueden resumirse como sigue:19 - Aparición de diferenciación entre los trabajadores y por ende de nuevas "divisiones de clases" entre los mismos. - Cambio hacia una ética individualista y tendencias hacia el surgimiento de capitalistas escondidos. - Reducción del "control" sobre la fuerza de trabajo por parte del Partido y Estado cubanos. - Contribución al surgimiento de un "apartheid" turístico, con todos los males asociados (discriminación de los nacionales, prostitución). - Surgimiento de resentimientos nacionalistas y de un sentido de violación de la soberanía. Según estos análisis, todas estas cuestiones tendrían un efecto subversivo sobre la sociedad cubana, que sería mayor en la medida en que aumentase la inversión extranjera y, por tanto, en tendencia socavarían el sistema socio-político actual. Es incuestionable que conjuntamente con los impactos positivos, se dan efectos no deseados; pero un análisis menos parcial permite despejar cuáles de esos efectos son reales y verdaderamente atribuibles a la presencia del capital extranjero. Un primer efecto que se aprecia objetivamente es la diferenciación en las condiciones laborales y de estimulación de los trabajadores de las empresas con capital extranjero. Estas mejores condiciones materiales provocan un efecto incentivador a que la fuerza de trabajo emigre hacia estas áreas en detrimento de otras.
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Ver: Elena Alvarez; "Características de la Apertura Externa Cubana", INIE, ponencia al XIX Congreso de LASA, septiembre de 1995. Ver Bibliografía para las obras consultadas.
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Se considera que esto no es consustancial a la inversión extranjera y no debe ser un fenómeno permanente; ahora, está determinado por un conjunto de factores: los efectos de la crisis en las empresas estatales, que han visto disminuidos sus recursos materiales y financieros y están mayoritariamente subutilizadas; la existencia de una economía dual en términos de funcionamiento; la doble circulación del peso y el dólar. Para contrarrestar en alguna medida estos efectos, se han aprobado estímulos de forma dirigida hacia donde haya resultados evidentes en trabajos difíciles asociados fundamentalmente a la generación de ingresos externos o a la prestación de servicios vitales que tengan que ver con la población (v.g. electricidad). Estos estímulos adoptan varias formas y tienen un carácter transicional hasta tanto el salario recupere su capacidad movilizativa y esto hay que verlo vinculado también a que la economía entre en una senda de crecimiento y se logre la eliminación de la dualidad señalada y su integración como un todo único. En cuanto a los efectos perniciosos, en sentido general en cualquier parte del mundo, los procesos de crisis económica conducen a determinado deterioro del entorno social y al incremento de los delitos y de la prostitución. Para la sociedad socialista cubana en décadas anteriores, aunque persistían los delitos comunes, la prostitución estaba virtualmente erradicada. De ahí que ahora el surgimiento del denominado "jineterismo" constituya un impacto muy evidente para la sociedad, que mayoritariamente lo censura. Este fenómeno, que tiene sus características muy propias, está determinado por la agudización de las escaseces cotidianas como consecuencia de la crisis económica y es indudable que se ha potenciado con el incremento de visitantes extranjeros a causa del turismo y de los negocios, pero no es atribuible exclusivamente a ellos. Cabría preguntarse si en una coyuntura económica normal se hubiera manifestado tal situación; por tanto queda planteada una tesis que estudios posteriores deben confirmar: la mejoría de la situación económica disminuirá la presencia de esta forma de prostitución. Se aprecian objetivamente otras manifestaciones negativas, como son: violaciones de las regulaciones comerciales y laborales, que favorecen conductas morales impropias como el soborno, la corrupción o cuando menos el acomodamiento, ostentación y cambio en los hábitos de vida de algunos funcionarios. Ciertamente, no son fenómenos enteramente nuevos y en otras épocas ocurrieron casos que fueron ejemplarmente sancionados; no obstante, ahora han comenzado a aparecer con cierta frecuencia, lo cual ha sido objeto de análisis públicamente por altos dirigentes del país 20. Algunas de las cuestiones señaladas por analistas extranjeros respecto a sentimientos de pérdida de soberanía, no se constatan en las observaciones y encuestas hechas para estas notas ni en encuestas independientes efectuadas antes 21; por el contrario, el sentimiento que prevalece es la confianza de que las decisiones que adopte el Estado cubano sabrán preservar los intereses de la nación. Aunque algunos efectos negativos son reales, su magnitud y extensión están lejos de contrarrestar los efectos favorables de los negocios con capital extranjero y de subvertir el orden social en Cuba.
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Ver discurso del Cdte. Fidel Castro el 26 de julio de 1995 y Resumen de la reunión con directores de empresas que operan en divisas, periódico Granma, 13 de julio de 1995. Encuesta CID/Gallup realizada en Cuba en 1994.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 11 Se dice que el primer paso para resolver un problema es reconocer que ese problema existe. El reto está lanzado, la solución dependerá de factores objetivos, como la recuperación económica, y subjetivos, como las acciones que en el orden ético, moral e ideológico se emprendan por los distintos actores sociales involucrados en el proceso. VI. CONCLUSIONES El capital extranjero en sus diversas formas (crédito, inversión directa, inversión de cartera) tiene un papel complementario de la capacidad de ahorro interno de las economías. En particular la inversión extranjera directa, más allá d aporte financiero, brinda efectos de largo plazo como: tecnologías, el entrenamiento del personal en variadas técnicas, conquista de mercados externos. Para garantizar estos efectos y evitar la dependencia externa que supone ceder parte del poder de decisión a extranjeros, se requiere un activo papel de los Estados en la salvaguardia de los intereses nacionales. En el caso de Cuba, la captación de inversión extranjera tiene características muy propias, que la diferencian de los procesos actuales en otros p aíses en desarrollo: se trata de un país bloqueado económicamente por Estados Unidos, que acude al capital foráneo en busca de recursos financieros, tecnologías y mercados, para complementar el esfuerzo propio por el desarrollo, sin concesiones, ni exenciones desmesuradas. Los efectos del proceso de apertura a la inversión extranjera hasta el momento muestran un balance positivo para la sociedad cubana. Esto se expresa en: su contribución a la recuperación y al desarrollo de la economía; sus efectos en la creación y conservación de puestos de trabajo; la introducción de tecnologías modernas en sectores estratégicos; la introducción de técnicas gerenciales modernas; la mejoría de las condiciones, técnicas, hábitos de trabajo y disciplina de los trabajadores; el impulso a cambios en los mecanismos de funcionamiento de la economía. En el plano social, la inversión extranjera directa ha conducido al surgimiento de nuevos actores (empresario extranjero, socio cubano en negocios conjuntos) y de nuevos papeles o comportamientos para actores sociales como los sindicatos y los trabajadores. Algunos fenómenos sociales negativos que se manifiestan (v.g. corrupción, soborno, ostentación, prostitución) no son atribuibles a la inversión extranjera per se o a sus efectos, sino que tienen sus orígenes en un complejo de causas económicas y sociales, la mayoría asociadas a la situación de crisis económica que vive el país, aunque indudablemente se ven incrementados por el aumento de los contactos con visitantes y negociantes extranjeros. La magnitud y extensión de esos impactos negativos están lejos de contrarrestar los efectos positivos de los negocios con capital extranjero y de subvertir el orden social en Cuba. La solución a estos efectos dependerá de factores objetivos, como la recuperación económica, y subjetivos, como las acciones que en el orden ético, moral e ideológico se emprendan por los diferentes actores sociales vinculados con el proceso.
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RESUMEN DE LOS PRINCIPALES ASPECTOS CONTENIDOS EN LA LEY PARA LA INVERSION EXTRANJERA. - Contiene en su inicio un Glosario con definiciones precisas de términos y conceptos. - Garantías a los inversionistas: las inversiones gozan de plena protección y seguridad. No podrán ser expropiadas, salvo que la acción se ejecute por motivos de utilidad pública o interés social, de conformidad con la legislación vigente y los acuerdos de promoción y protección recíproca de inversiones, previa indemnización en moneda libremente convertible por el valor comercial establecido de mutuo acuerdo. - Venta: El inversionista extranjero podrá en cualquier momento, previo acuerdo de las partes, vender al Estado cubano, o a un tercero, previa autorización gubernamental, su participación total o parcialmente, recibiendo el precio correspondiente en moneda libremente convertible. - Transferencias al exterior: El Estado garantiza al inversionista extranjero la libre transferencia al exterior, en moneda libremente convertible, sin pago de impuestos o ninguna otra exacción, de: las utilidades netas o dividendos que obtenga por la inversión; las liquidaciones y ventas de inversiones; las indemnizaciones. Los ciudadanos extranjeros no residentes permanentes que presten sus servicios en empresas de inversión extranjera tienen derecho a transferir al exterior los haberes que perciban, según las regulaciones dictadas por el Banco Nacional de Cuba. - Término de la operación: La Ley no establece un plazo fijo; se acuerda por las partes y es prorrogable a solicitud de las mismas. - Sectores: Pueden ser aprobadas inversiones extranjeras en todos los sectores con la excepción de la defensa, la seguridad nacional y los servicios de salud y educación a la población. - Tipos de inversión de capital extranjero: Se consideran inversiones de capital extranjero: la inversión directa (donde el inversionista extranjero participa de forma efectiva en la gestión de la empresa) y las inversiones en acciones, u otros títulos-valores, públicos o privados, que no sean inversiones directas. - Formas de inversión extranjera: Podrá adoptar alguna de las formas siguientes: a) Empresa mixta: Sociedad anónima cubana por acciones nominativas, en la que participan como accionistas uno o más accionistas nacionales y uno o más inversionistas extranjeros22. Constituye una persona jurídica. Contrato de asociación económica internacional: Unión de inversionistas nacionales y extranjeros para determinados fines económicos, sin constituir una persona jurídica, debiendo actuar las partes conjuntamente. Empresa de capital totalmente extranjero: Aquella constituida con capital extranjero, sin que concurra ningún inversionista nacional.
b)
c)
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Se considera "Inversionista Extranjero" a la persona natural o jurídica con domicilio en el extranjero y capital extranjero que participa en una inversión. Glosario de la Ley.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 13 - Aportes de capital: La proporción de capital social que debe aportar el inversionista extranjero en las empresas mixtas, o el aporte al fondo común en los contratos de asociación, se acuerda por ambas partes y se recoge en la autorización. No se establece un límite a los aportes de capital extranjero. - Inversiones en bienes inmuebles: Se admite la inversión extranjera en bienes inmuebles, con destino a: viviendas u oficinas de personas jurídicas extranjeras; viviendas y edificaciones para residencia propia o para fines turísticos de personas naturales no residentes permanentes. - Proceso de negociación: Cada aspecto de la inversión se negocia entre el inversionista nacional y el extranjero, incluido: factibilidad económica, tecnologías, impactos ambientales, aportes de capital, forma de dirección y administración y documentos jurídicos. Cuando se trata de inversión totalmente extranjera, es necesario presentar la proposición a la entidad cubana responsable de la actividad, para obtener su conformidad. Las solicitudes se presentan ante el Ministerio para la Inversión Extranjera y la Colaboración Económica (MINVEC) en ambos casos; que la somete a consulta con las instituciones que corresponda. - Proceso de Autorización: La autorización para efectuar inversiones extranjeras en el territorio nacional es otorgada por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, o por una Comisión designada por éste. El Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros autoriza: • • • • • • las empresas de capital totalmente extranjero; aquellas en que la suma de los aportes de inversionistas extranjeros y nacionales sea superior a 10 millones de dólares; las que se realicen para explotar servicios públicos (transporte, comunicaciones, acueductos, electricidad) o para construir y explotar una obra pública; cuando intervenga una empresa extranjera con participación de capital de un Estado extranjero; cuando concurra la explotación de un recurso natural; las que incluyan transmisión de la propiedad estatal o de un derecho real propiedad del Estado.
La Comisión de Gobierno autoriza el resto. El plazo para aprobar o denegar la solicitud es de 60 días naturales a partir de presentada la solicitud al MINVEC. - Régimen de exportación e importación: Las empresas y asociaciones constituidas al amparo de esta ley tienen derecho a efectuar directamente la exportación de su producción y la importación de lo necesario para sus fines, de acuerdo con las disposiciones establecidas a tales efectos. - Régimen bancario: Operan en moneda libremente convertible. Pueden ser autorizadas a efectuar determinados cobros y pagos en moneda nacional no convertible. - Relaciones laborales: La contratación de la fuerza de trabajo (con excepción de los integrantes del órgano de dirección o administración) se efectuará a través de una entidad empleadora. Podrán autorizarse excepciones, para efectuar directamente la contratación de la fuerza de trabajo.
14 / Cuba: Investigación Económica
No. 4 Octubre-Diciembre 1995
Las empresas pueden ser autorizadas a crear fondos de estimulación económica para los trabajadores. Los salarios de los trabajadores cubanos y residentes permanentes se pagarán en moneda nacional, que deberá previamente obtenerse con divisas. Estos salarios son pagados por la entidad empleadora. - Régimen especial de impuestos y aranceles: Se establece un régimen con bonificaciones y la posibilidad de exenciones. Las obligaciones fiscales son: a) Impuesto sobre utilidades: 30% sobre la utilidad neta imponible. Cuando se considere conveniente se podrá exonerar, parcial o totalmente, del pago de impuesto sobre las utilidades netas que se reinviertan en el país. Cuando se trate de explotación de recursos naturales el tipo impositivo puede aumentarse hasta el 50%. b) Impuesto sobre la utilización de la fuerza de trabajo y la contribución a la seguridad social: Se otorgan bonificaciones y en conjunto ambas obligaciones alcanzan el 25% del total del salario que perciban los trabajadores. c) Aranceles y además derechos recaudables en las aduanas: Pueden concederse facilidades especiales. d) Impuestos sobre transporte terrestre y sobre documentos. - Régimen de Zonas Francas y Parques Industriales: Para estimular las exportaciones y el comercio internacional puede autorizarse el establecimiento de zonas francas y parques industriales en áreas delimitadas del territorio nacional en las cuales puede participar el capital extranjero. Se dictará legislación especial a estos efectos. - Protección del Medio Ambiente: Durante toda la ejecución de la inversión extranjera se atenderá cuidadosamente a la conservación del medio ambiente y el uso racional de los recursos naturales. Para ello, toda inversión que pueda ser susceptible de producir afectaciones al medio ambiente y al uso de los recursos naturales, deberá ser sometida a evaluación en cuanto a los posibles impactos ambientales, sus efectos y las soluciones necesarias. BIBLIOGRAFIA Alvarez, Elena (1995): "Características de la apertura externa cubana", INIE, ponencia al XIX Congreso de LASA, septiembre. BNC (1985 y 1986): "Informe económico". Banco Nacional de Cuba (BNC) CONAS (1994): "Cuba: Inversiones y Negocios", Consultores Asociados S.A (CONAS) La Habana. Ffrench-Davis, Ricardo (1985): "Economía Internacional. Teoría y Políticas para el Desarrollo", Fondo de Cultura Económica, México.
Impacto de la inversión extranjera en la sociedad cubana / 15 González, Edward (1993): "Reflections on Conflict Resolution in the US-Cuban case", ponencia presentada en Simposio Internacional "Cuba in the International System: Normalization and Reintegration", Carleton University, Canadá, sept. Granma: Varios números. Gunn, Gillian (1993a): "The Sociological Impact of Rising Foreign Investment", Cuba Briefing Paper Series No.1, Georgetown University, Jan. Gunn, Gillian (1993b): "Cuba in Transition: Options for U.S. Policy"., The Twentieth Century Fund Press, New York, 1993. Mesa-Lago, Carmelo (1994): "Are Economic Reforms Propelling Cuba to the Market?", North-South Center, Univ. of Miami. Opciones: 11 de junio de 1995. Rodríguez, José Luis: "La Deuda Externa Cubana: Una Evaluación Actual", Boletín de Economía Cubana, Nos.10, 11/12, CIEM, La Habana, 1992/93. Solchaga, Carlos (1994): "La Transición Cubana", Actualidad Económica, 17 de octubre.