RESOLUCION Núm RES RESOLUCION SOBRE LA MANIFESTACION DE INTERES PARA

Reviews
RESOLUCION Núm. RES/091/99 RESOLUCION SOBRE LA MANIFESTACION DE INTERES PARA LA DISTRIBUCION DE GAS NATURAL EN LOS CENTROS DE POBLACION DE AGUASCALIENTES, SAN LUIS POTOSI Y ZACATECAS, PRESENTADA POR LA COMPAÑÍA TRACTEBEL, S.A. ANTECEDENTES PRIMERO. Con fecha 26 de marzo de 1999, Tractebel S.A., presentó a la Comisión Reguladora de Energía (en lo sucesivo la Comisión) una manifestación de interés para la distribución de gas natural en los centros de población de Aguascalientes, Estado de Aguascalientes, San Luis Potosí, Estado de San Luis Potosí y Zacatecas, Estado de Zacatecas; SEGUNDO. Con fecha 3 de mayo de 1999 Tractebel, S.A., presentó a esta Comisión información adicional a su manifestación de interés a que hace referencia el Antecedente inmediato anterior. RESULTANDO PRIMERO. Que Tractebel, S.A., manifiesta su interés para que se determinen las ciudades conurbadas de Aguascalientes y Jesús María, Estado de Aguascalientes; San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, Estado de San Luis Potosí; Zacatecas y Guadalupe, Estado de Zacatecas, como zona geográfica para fines de distribución de gas natural (en lo sucesivo los Centros de Población); SEGUNDO. Que la empresa manifestante propone que se inicie el procedimiento de Licitación para desarrollar un sistema de distribución que suministre gas natural a los Centros de población a que hace referencia el Resultando Primero anterior; RES/091/99 1 TERCERO.- Que la empresa manifestante propone que los Centros de Población a que hace referencia el Resultando primero se determinen como una zona geográfica discontinua; CUARTO.- Que la empresa manifestante propone que el suministro de gas natural para el área de San Luis Potosí se realice mediante el sistema de transporte existente de PGPB; el correspondiente al área del Aguascalientes mediante el ducto de transporte cuyo trayecto es Salamanca-Aguascalientes; y para el área de Zacatecas mediante la ampliación de dicho trayecto. CONSIDERANDO PRIMERO. Que de acuerdo con el artículo 39 del Reglamento de Gas Natural, cualquier persona podrá presentar a esta Comisión una manifestación de interés, a fin de que dicho órgano inicie un procedimiento de licitación para el otorgamiento de un primer permiso de distribución de gas natural; SEGUNDO. Que la manifestación de interés presentada por Tractebel, S.A., contiene los elementos a que se refiere el artículo 39 del Reglamento antes citado; TERCERO. Que de acuerdo con el artículo 38 del mencionado Reglamento, el procedimiento de licitación será iniciado por esta Comisión cuando a su juicio existan elementos suficientes que justifiquen la realización de un proyecto de distribución y, en su caso, la determinación de una zona geográfica; CUARTO. Que según lo manifestado por Tractebel, S.A., existen elementos suficientes que podrían justificar la realización del proyecto de distribución y, en su caso, la determinación de la zona geográfica discontinua propuesta; QUINTO. Que la Directiva para la Determinación de las Zonas Geográficas para fines de Distribución de Gas Natural DIR/GAS/003/96 establece que la zona geográfica podrá corresponder a uno o varios centros de población con características acordes a las de aquéllos que integran el Programa de 100 Ciudades establecidos en el Programa Nacional de Desarrollo Urbano19952000; RES/091/99 2 SEXTO. Que la presentación de una manifestación de interés y la respuesta que la Comisión dé a la misma, no otorgan derecho alguno al manifestante en el procedimiento de licitación que en su caso inicie la propia Comisión para el otorgamiento del permiso de distribución respectivo, y Con fundamento en los artículos 4° de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 2 fracción VII y 3 fracciones XII y XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; 1, 2 fracciones VI y XXII, 7, 26, 28, 38 y 39 del Reglamento de Gas Natural y la disposición 3.1 de la Directiva para la Determinación de las Zonas Geográficas para fines de Distribución de Gas Natural DIR/GAS/003/96, la Comisión Reguladora de Energía RESUELVE PRIMERO. Se toma nota de la manifestación de interés presentada por Tractebel, S.A., para la distribución de gas natural en los centros de población de Aguascalientes y Jesús María, Estado de Aguascalientes, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, Estado de San Luis Potosí y Zacatecas y Guadalupe, Estado de Zacatecas; SEGUNDO. Una vez que esta Comisión determine, en su caso, la zona geográfica que corresponda a los centros de Población mencionados en el Resolutivo Primero anterior, iniciará el procedimiento de licitación para el otorgamiento del permiso de distribución a que se refiere el capítulo III, sección sexta, del Reglamento de Gas Natural; TERCERO. Con el contenido del presente acto administrativo, dese respuesta a la manifestación de interés presentada por Tractebel S.A., y CUARTO. En su oportunidad, inscríbase la presente resolución en el registro a que se refiere fracción XVI del artículo 3 de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, con el número RES/091/99. RES/091/99 3 México, D. F., a 9 de junio de 1999 Héctor Olea Presidente Javier Estrada Comisionado Rubén Flores Comisionado Raúl Monteforte Comisionado Raúl Nocedal Comisionado RES/091/99 4

Related docs
premium docs
Other docs by rockman16