La industria audiovisual europea y la excepción cultural ________________________
Medidas de protección y fomento
I. El audiovisual europeo en cifras II. El sector audiovisual en el comercio internacional. De la excepción cultural a la diversidad cultural III. La protección y el fomento de la industria audiovisual. La directiva de Televisión sin Fronteras y el programa MEDIA
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I. El audiovisual europeo en cifras
• • • • • • • • • • La industria audiovisual El audiovisual como industria cultural Las particularidades de la industria audiovisual Las principales empresas del sector Balance comercial en el sector audiovisual EE.UU. – UE Producción de largometrajes Coste medio del largometraje Cuotas de pantalla en EE.UU. Y Europa El mercado cinematográfico en España Los problemas de la industria audiovisual europea
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I. El audiovisual europeo en cifras
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La industria audiovisual
• Forma parte de las “industrias culturales” • El concepto de Industria cultural nace en los años 40 de la Escuela de Francfort:
“de acuerdo con las características industrializadoras de la época, la cultura también se industrializa (…). Sin embargo se trata, obviamente, de una industria un tanto especial: la industria de la cultura es una industria de la conciencia. Es una industria que afecta al nivel psíquico de las personas” (Miquel Rodrigo Alsina)
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El audiovisual como industria cultural
Industria cultural
Económicamente •Genera grandes beneficios económicos •Crea empleo
Culturalmente •Valor artístico •Capacidad de influencia en el pensamiento •Capacidad de generar, mantener, identidades
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La industria audiovisual
• La noción de audiovisual incluye la cinematografía, la difusión (televisión y radio), el video (dvd) y las industrias multimedia.
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Las particularidades de la industria audiovisual
•Carácter “prototipo” de las películas •Aceptación imprevisible •Elevados costes de producción •Largo plazo de amortización
•Sector arriesgado •Dificultad para conseguir financiar los proyectos
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Las principales empresas del sector
Compañía 1 2 3 4 Time Warner Viacom Walt Disney Sony Nac. US US US JP Beneficios (m. €) 22.038 21.242 20.393 15.835
5
6 7 8
Vivendi - Universal
News Corporation Hughes Electronics (Direct TV) Bertelsman
FR
AU US DE
15.813
9.287 7.955 7.331
9
10
General Electric (NBC)
NHK
US
JP
6.441
5.641
9
Fuente: Eurostat
Balance comercial en el sector audiovisual EE.UU. - UE
9000 8000 7000 6000 Millones de dólares 5000 4000 3000 2000 1000 0 1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999
Años UE a EEUU
EEUU a EU
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Fuente: Observatorio Audiovisual Europeo
Balance comercial en el sector audiovisual EEUU - UE
1989 EEUU a EU UE a EEUU Balance UE
3.133 404 -2.729
1990
3.280 464 -2.816
1991
3.947 279 -3.668
1992
4.106 300 -3.806
1993
4.642 429 4.213
1994
4.886 566 -4.320
1995
5.331 517 -4.814
1996
6.262 613 5.649
1997
6.645 668 -5.977
1998
7.313 706 -6.607
1999
8.117 853 -7.264
Fuente: Observatorio Audiovisual Europeo
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Producción de largometrajes
700 600 500 400 Pel. 300 200 100 0
625 566 476 425 501 440 446 410 251 441 370 289 420 278 557 461 560 490 442 600 594 461 628 462
449 293
240
238
278
249
270
282
281
19 92
19 93
19 94
19 95
19 96
19 97
19 98
19 99
20 00
20 01
Años JP
Fuente: focus 2003
EE.UU.
UE
20 02
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Coste medio del largometraje
Evolución del coste medio por largometraje 1992-2002
EE.UU. R.U. Francia Italia
En millones de €
1992 28,9 7 4,9 2,4
2002 58,8 8,81 4,08 2,4
Fuente: Focus 2003
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Cuota de pantalla europea
Otros 1,3% Películas nacionales en su mercado 19,5%
Películas EE.UU. 71,2%
Fuente: focus 2003
Películas nacionales fuera de su mercado 7,9%
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Cuota de pantalla en EE.UU.
UE 4,6% Otros 1,5%
EE.UU. 93,9%
Fuente: focus 2003
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El mercado cinematográfico en España
Cuota de mercado 1998-2003
100% 80% 60% 40% 20% 0% 1998 1999 EE.UU.
Fuente: informe Academia 2003
8,5 12
2,4 19,8 14,5
7,3 10
6 13,6 17,8
7 13 14
4 9 16
79,5 64,2
82,7 62,2 66
71
2000 España
2001 UE
2002 Otras
2003
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El mercado cinematográfico en España
Distribución de presupuestos 2003
5-6; 7% 4-5; 5% 3-4; 8% >6; 5% < 1; 30%
2-3; 25%
1-2; 20%
<1
Fuente: informe Academia 2003
1-2
2-3
3-4
4-5
5-6
>6
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Los problemas de la industria audiovisual europea
Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales
Falta de escala en la distribución
CRISIS ESTRUCTURAL
Falta de Segundos mercados
Déficit de gestión y promoción
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Barreras lingüísticas y culturales
• Homogeneidad del mercado norteamericano • UE: mercado fragmentado 25 países, diferentes lenguas y culturas
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Falta de escala en la distribución
Falta de Segundos mercados
Déficit de gestión Y promoción
Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales
Falta de segundos mercados para los productos
• Dificultad para comercializar las obras fuera del país de origen • Mercados muy pequeños para la rentabilización de grandes inversiones
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Falta de escala en la distribución
Falta de Segundos mercados
Déficit de gestión Y promoción
Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales
Falta de escala en el sector de la distribución
Cuota de mercado de las 10 primeras distribuidoras en España
Falta de escala en la distribución
Falta de Segundos mercados
Warner Sogefilms Hispano Foxfilm
16,3% 16,2% 12,9% 12,8% 9,7% 7,3% 5% 5% 4%
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Déficit de gestión Y promoción
Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales
Columbia Tristar Walt Disney Iberia UIP Aurum Tripictures Lauren Sogedasa Alta Classics
2,9%
Tejido empresarial de escala muy reducida
Películas realizadas por productora en Europa
País Au Bél Falta de escala en la distribución Falta de Segundos mercados Din Fin Fr Ale Gr Irl Déficit de gestión Y promoción Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales It Lux largometrajes 15 7 24 9 125 61 16 4 87 0 Nº Cias. 15 100 65 34 725 57 16 140 12 Pel./Cia. 1.00 0.07 0.37 0.26 0.17 1.07 1.00 0.62 0.00
Hol
Por Es Su RU
13
8 69 32 94
30
18 79 65 -
0.43
0.44 0.87 0.49 22 -
Fuente: Banco Europeo de Inversiones
Falta de visión empresarial del sector
• Déficit en el conocimiento de la gestión, empresa audiovisual como “empresa artesanal” • Escasas inversiones en promoción de los productos
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Falta de escala en la distribución
Falta de Segundos mercados
Déficit de gestión Y promoción
Tejido Empresarial de escala reducida Barreras Lingüísticas Y culturales
Las dificultades de financiación del sector
• Las obras audiovisuales en Europa se financian fundamentalmente por las ayudas públicas y las precompras de las televisiones. • Dada su escasa dimensión, la empresa productora europea para hacer frente a las fuertes inversiones necesarias recurre a créditos a los que tiene difícil acceso dada la intangibilidad de sus avales. • Dificultad para realizar proyectos de envergadura que puedan competir en igualdad con las superproducciones de EE.UU..
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II. El sector audiovisual en el comercio internacional. De la excepción cultural a la diversidad cultural
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II. El audiovisual en el comercio internacional
• El sector audiovisual dentro del comercio internacional • Consecuencias de la plena liberalización de los servicios AV • Enfrentamiento EE.UU. – UE • La excepción cultural • Contra la excepción cultural • La ronda de negociación actual: el programa de Doha • La influencia del cine
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El sector audiovisual como industria cultural
Industria cultural
Económicamente
•Genera grandes beneficios económicos •Crea empleo
Culturalmente
•Valor artístico •Capacidad de influencia en el pensamiento •Capacidad de generar, mantener, identidades
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El sector audiovisual dentro del comercio internacional
• Dentro del marco del comercio internacional, el sector audiovisual se encuadra en el AGCS (Acuerdo general para el comercio de servicios). • El AGCS es regulado por la OMC (Organización mundial del comercio), organización que rige las relaciones comerciales entre sus miembros.
• La trayectoria de la OMC se caracteriza por el impulso de medidas liberalizadoras en todos los ámbitos del comercio.
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Consecuencias de la plena liberalización de los servicios AV
• La liberalización supone la posibilidad de que cualquier empresa actúe en cualquier país en igualdad de condiciones.
• Supondría la desaparición de las ayudas a la producción audiovisual o las cuotas de exhibición de los productos europeos.
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El sector audiovisual dentro del comercio internacional
• El audiovisual entra en el AGCS en la Ronda Uruguay (1986-1994). • Enfrentamiento entre EE.UU. y la UE: EE.UU. a favor de su entrada y la UE en contra. • Finalmente el sector entra aunque sujeto a una serie de excepciones que permiten mantener a la UE las medidas de protección y fomento de la industria.
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Enfrentamiento EE.UU. - UE
EE.UU.:
“¿Por qué una cuota comunitaria? Sus defensores, los mismos que construirían en el muro de la vergüenza exclaman: “!Nuestra cultura está en juego!”. ¿Puede ser esto cierto? ¿Se pueden colapsar mil o dos mil años de cultura de una nación por la exhibición de programas americanos de televisión? ¿Se encuentra la cultura de
cualquier país europeo tan poco sujeta, tan débilmente enraizada, que los
espectadores europeos deben ser enjaulados y cegados para que sus lazos con su honorable y distinguido pasado no se desvanezcan de repente como una estrella al explotar en el cielo?”.
Jack Valenti (presidente de la MPAA)
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Enfrentamiento EE.UU. - UE
UE:
“Las creaciones del espíritu no son simplemente mercancías; los elementos de la cultura no son simples negocios. Defender el pluralismo de las obras de arte y la libertad del público para elegir es una obligación. Lo que está en juego es la identidad cultural de nuestras naciones. Es el derecho de las gentes a su propia cultura, la libertad para crear y elegir nuestras propias imágenes. Una sociedad que deja en manos de otros la responsabilidad de mostrar su reflejo, el modo en el que presentarse a sí misma, es una sociedad esclavizada.”
Francois Miterrand. Presidente de la República de Francia en 1993.
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La excepción cultural
¿Que es? La excepción cultural es el reconocimiento de la diferencia entre los bienes y servicios culturales (incluidos los audiovisuales) y el resto de mercancías con el objetivo de que los primeros puedan ser objeto de protección y promoción por parte de las administraciones correspondientes.
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Contra la excepción cultural
• Despotismo ilustrado del S.XXI: los gobiernos dan ayudas e imponen cuotas para que sus ciudadanos sepan lo que tienen que ver. • Supone el reconocimiento de la “identidad cultura nacional”: de un país, de una nación, además de ser una ficción confusa, conduce inevitablemente a justificar la censura, el dirigismo cultural y la subordinación de la vida intelectual y artística a una doctrina política: el nacionalismo.
Mario Vargas Llosa. Razones contra la excepción cultural. El país, 5-8-2004
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La ronda de negociación actual: el programa de Doha
• Actualmente la OMC trabaja para la puesta en marcha del programa de Doha. • EEUU presiona para la liberalización del “comercio online” con independencia del producto. Video On Demand a través de Internet.
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La influencia del cine
Campaña de FAPAE (federación de asociaciones de productoras audiovisuales españolas) de fomento del cine español. • bateador.exe • halloween.exe • taxi.exe
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III. La protección y el fomento de la industria audiovisual. La directiva de Televisión sin Fronteras y el programa MEDIA
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Contenido
• La protección y el fomento de la industria audiovisual en la UE • La directiva de TSF • La promoción del sector audiovisual en el TSF • La transposición de la directiva en España • El programa MEDIA • Las ayudas al sector cinematográfico en España
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La protección y el fomento de la industria audiovisual en la UE
La política audiovisual europea se articula en dos ejes fundamentales:
• La directiva de TSF • El programa MEDIA
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La directiva de Televisión Sin Fronteras
Creada en 1989, modificada en 1997 y 2007 • Marco de actuación para todos los países miembros en el campo de la emisión y recepción televisiva, la defensa del espectador y la promoción de la industria audiovisual europea. • Regula los siguientes campos: 1. Promoción de la distribución y de la producción de programas televisivos. 2. Publicidad por televisión, patrocinio y televenta. 3. Protección de los menores y orden público. 4. Derecho de réplica.
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La promoción del sector audiovisual en el TSF
• Art. 4: los estados miembros velarán (...), para que los organismos de radiodifusión televisiva reserven una proporción mayoritaria de su tiempo a obras europeas. • Art. 5: los estados velarán para que los organismos de radiodifusión reserven como mínimo un 10% de su tiempo o su presupuesto de programación a productores europeos independientes.
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Publicidad por televisión, patrocinio y televenta (I)
• La publicidad televisada y la televenta no deberán: a) atentar contra el respeto a la dignidad humana; b) incluir elementos de discriminación por raza, sexo o nacionalidad; c) atentar contra las convicciones religiosas o políticas; d) fomentar comportamientos perjudiciales para la salud o para la seguridad; e) fomentar comportamientos perjudiciales para la protección del medio ambiente.
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Publicidad por televisión, patrocinio y televenta. (II)
• • Queda prohibida cualquier forma de publicidad televisada y de televenta de cigarrillos y demás productos del tabaco. La publicidad televisada y la televenta de bebidas alcohólicas deberán respetar los criterios siguientes:
a) no podrá estar dirigida específicamente a los menores ni, en particular, presentar a menores consumiendo dichas bebidas; b) no deberá asociar el consumo de alcohol a una mejora del rendimiento físico o a la conducción de vehículos; c) no deberá dar la impresión de que el consumo de alcohol contribuye al éxito social o sexual; e) no deberá estimular el consumo inmoderado de bebidas alcohólicas u ofrecer una imagen negativa de la abstinencia o de la sobriedad; f) no deberá subrayar como cualidad positiva de las bebidas su alto contenido alcohólico.
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Protección de los menores y orden público.
• Los Estados miembros adoptarán las medidas oportunas para garantizar que las emisiones de televisión de los organismos de radiodifusión televisiva bajo su jurisdicción no incluyan ningún programa que pueda perjudicar seriamente el desarrollo físico, mental o moral de los menores y, en particular, programas que incluyan escenas de pornografía o violencia gratuita
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Protección de los menores y orden público (II)
• Transposición española ley 22/1999
• “La emisión de programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrá realizarse entre las veintidós horas del día y las seis horas del día siguiente, y deberá ser objeto de advertencia sobre su contenido por medios acústicos y ópticos. Cuando tales programas se emitan sin codificar, deberán ser identificados mediante la presencia de un símbolo visual durante toda su duración.” Al comienzo de la emisión de cada programa de televisión y al reanudarse la misma, después de cada interrupción para insertar publicidad y anuncios de televenta, una advertencia, realizada por medios ópticos y acústicos, y que contendrá una calificación orientativa, informará a los espectadores de su mayor o menor idoneidad para los menores de edad.
•
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Derecho de réplica
• Cualquier persona física o jurídica, independientemente de su nacionalidad, cuyos legítimos derechos, en particular en relación con su honor y su reputación, hayan sido lesionados como consecuencia de una afirmación errónea realizada en un programa de televisión, deberá poder disponer de un derecho de réplica o de medidas equivalentes. • La réplica se emitirá en un plazo razonable después de que haya quedado justificada la solicitud, en condiciones tan semejantes como sea posible a las de la emisión a las que se refiera la solicitud.
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La transposición de la directiva en España (I)
• Directiva: marca fines dejando abiertos los medios. • Los países miembros han de incluir en sus leyes los métodos para cumplir con la directiva.
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La transposición de la directiva en España (II)
• Ley 22/1999: Los operadores de televisión deberán reservar el 51 por 100 de su tiempo de emisión anual a la difusión de obras audiovisuales europeas. Para el cumplimiento de esta obligación, deberán destinar como mínimo, cada año, el 5 por 100 de la cifra total de ingresos devengados durante el ejercicio anterior, conforme a su cuenta de explotación, a la financiación de largometrajes cinematográficos y películas para televisión europeas.
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El programa MEDIA (I)
• Programa de la UE de ayudas para proyectos audiovisuales. No otorga ayudas directas a la producción del proyecto, sino a su desarrollo (concepción), su distribución, su promoción o su financiación.
MEDIA PLUS 2001-2006 (460 M. €) Proyectos piloto
Distribución
Desarrollo
Promoción
I2i Audiovisual
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El programa MEDIA (II)
• Acción positiva pero muy limitada • Presupuesto muy escaso (100 m. € /año) para 15 países. • La Comisión ha propuesto una ambiciosa reforma para el dotar al programa con mil millones de € para su próxima edición. Probablemente será desestimada por los Estados.
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El programa MEDIA (III)
• Un ejemplo de la actuación de MEDIA: la red “Europa Cinemas” • Cines Multis y Renoir en Bilbao y cines Golem en Pamplona. • Reciben subvenciones con la obligación de emitir más de un 70% de largometrajes europeos.
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Las ayudas al sector cinematográfico en España (I)
• En España el organismo encargado de la Gestión de las ayudas al cine es el ICAA (instituto de la cinematografía y de las artes audiovisuales) dependiente del Ministerio de Cultura. • El presupuesto para el fondo nacional de cinematografía es de 63,13 millones de €.
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Las ayudas al sector cinematográfico en España (II)
• En la actualidad la mayor parte de las ayudas se otorgan en función de los resultados de taquilla de las películas. • Las ayudas a fondo perdido sólo continúan para los jóvenes realizadores y proyectos experimentales
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Las ayudas al sector cinematográfico en España (II)
• Sistema de cuotas de exhibición
• 1. Las salas de exhibición cinematográfica estarán obligadas a programar dentro de cada año natural obras cinematográficas de Estados miembros de la Unión Europea en versión original o dobladas, en forma tal que al concluir cada año natural se haya observado la proporción de un día como mínimo de obra cinematográfica comunitaria por cada tres días de exhibición de películas de terceros países en versión doblada a cualquier lengua oficial española. 2. En sustitución de la proporción anterior se aplicará la de un día de obra cinematográfica comunitaria por cada cuatro días de exhibición de películas de terceros países, cuando éstas se exhiban en todas las sesiones ordinarias de un mismo día dobladas a alguna lengua oficial española propia de una Comunidad Autónoma. Igual proporción se aplicará a los días de proyección de las películas comunitarias que se proyecten en salas o complejos cinematográficos que en el transcurso del año de cómputo obtengan una recaudación bruta inferior a 90.000 euros.
•
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Las ayudas al sector cinematográfico en España (III)
• Ayudas a la amortización concedidas en diferentes convocatorias del ICAA:
Sin noticias de Dios
Juana la Loca Lucia y el sexo El hijo de la novia
300.000 €
450.000 € 900.000 € 466.000 €
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