ADS: “Propiedad intelectual en la industria del Software y la forma correcta de estar licenciado”
Marcelo Ponce Gerente General Junio 2006
Temario
¿Qué es la ADS? Software, una industria de Propiedad intelectual Cómo estar correctamente licenciado
Temario
¿Qué es la ADS? Software, una industria de Propiedad intelectual Cómo estar correctamente licenciado
Asociación Chilena de Distribuidores de Software A.G. “ADS”
Objetivo de la ADS
Promover la protección y desarrollo de la propiedad intelectual de la industria del Software en Chile.
¿Cómo lo hacemos? (los 3 pilares ADS)
Promoviendo el Correcto Licenciamiento (Informar y Educar), a través de: nuestro Call Center (800 260 020), Mailings informativos, Página www.ads.cl, Programa Educativo “Nuestras Creaciones, Nuestro Patrimonio” www.creadores.cl, Campañas publicitarias, Programa de Legalización para Pyme (Auditor ADS en terreno, Consultor en Legalización y Certificación ADS OK), Seminarios y nuestra campaña educativa e informativa al Canal de distribución de software denominada “Conciencia”. Promoviendo una modernización de las leyes que protegen la propiedad intelectual, a través de: Integrar grupos de trabajos con gobierno y/o privados, manifestar públicamente nuestras ideas y principios, re-incorporar Socios Locales, Coordinar acciones con la Business Software Alliance (BSA). Denunciando y demandando, ante los tribunales de justicia, a los infractores, a través de: El uso de nuestra propia Base de Datos de empresas y el registro de actividades efectuadas por la ADS históricamente y el mantener la coordinación de las acciones que la BSA determina en estos casos.
Nuestro Socios
Certificación ADS OK
EMPRESA S.A.
Rut: 88.888.888-8
ADS Certifica que la empresa ha finalizado con éxito el proceso de auditoria voluntaria de software y según el informe final del mismo proceso, efectuado para N equipos y N licencias documentadas, su software cumple con los requisitos de licenciamiento de las marcas asociadas a ADS.
Fecha de emisión: 29 de Marzo del 2006 Fecha de expiración: 29 de Marzo del 2007
Asociación Chilena de Distribuidores de Sotfware A.G.
Certificación Nº: 0300
NUA: 12XXX
*Certificado válido por un año a contar de la fecha de emisión y expresamente indica que al momento de la expedición del presente certificado la empresa que lo obtiene tiene su software de acuerdo a los contratos de licenciamiento de cada empresa asociada a ADS, es decir no compromete a software alguno de otras empresas no asociadas a ADS. Del mismo modo cualquier modificación en el número de licencias de software en uso que sea posterior a la fecha de emisión del presente certificado es de responsabilidad exclusiva de la empresa auditada, situación que deberá ser informada al momento de la renovación de la certificación.
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¿Qué es la ADS? Software, una industria de Propiedad intelectual Cómo estar correctamente licenciado
Software, una industria amenazada por nuestro talento nacional…
…Qué nos dice nuestro talento:
El precio de la calle refleja el verdadero valor del software… Comprar productos falsificados a buen precio es lo mismo que el original… Si copiar un CD no cuesta nada… Quien copia es un “Robin Hood” de la era digital…
La Piratería del software…
La piratería no es un problema de precio,
sino más bien de la valorización que nuestra Sociedad da a la Propiedad Intelectual, cómo la crea, cómo la desarrolla, cómo la protege, cómo la promueve y lo más importante, cómo la utiliza.
No es un problema de precio…
No podemos comparar algo robado o falsificado y por ende de menor calidad con un bien legalmente distribuido con toda la garantía del fabricante. Garantía… ¿me puede cambiar el producto pirata?… pero si me daña la información de mi PC… ¿me lo puede reparar?… No confundir la facilidad que nos da la tecnología para distribuir los productos o servicios, con el pago necesario para recuperar la inversión en investigación, desarrollo y producción del bien, cubrir los costos de promoción y ventas y obtener una justa utilidad.
Un activo (Valor) que debe ser protegido
El software es un activo que genera beneficios para:
Valor en las
Personas
Empresas Estado Asoc.Gremiales Universidades
Usos
: disfrutar el tiempo de ocio : aumentar utilidades : mejorar calidad de atención : disminuir costos : mejorar métodos de enseñanza y aprendizaje
Entonces Piratería…
No es sólo lo que vemos en la calle…
… sino que además el uso indiscrimado, sin autorización, que vemos en las empresas, sector que más daño proporciona a nuestro rubro.
La piratería también ocurre en Internet, la banda ancha permite hoy el intercambio y distribución ilimitada de productos a través de la red…
… Una conducta sin ánimo de lucro en Internet puede ser tanto o más dañina que una conducta con ánimo de lucro como la venta de CD´s piratas en la calle…
… en 5 años más tendremos a más de 15 millones de Chilenos “bajando” desde Internet, sin ánimo de lucro, cualquier tipo de contenido o producto digital
Tasas de Software Ilegal
Chile:
1988 97% (Fundación ADS) 1996 62% 2000 49% 2002 51% 2003 63% IDC 2004 64% IDC 2005 66% IDC Índice NO ES comparable con anteriores a IDC. Al software de productividad general y de oficinas, y de aplicaciones profesionales se agregan sistemas operativos, aplicaciones de consumo, finanzas personales y de referencia. La información proviene de todos los fabricantes de software nacionales o extranjeros que participan en el mercado de los computadores personales. Open Source, Freeware, Shareware, es decir, en general el software libre es considerado como software legítimo en el estudio IDC. No incluye otros tipos de software como el que se ejecuta en servidores, mainframes o software vendido como servicio.
Región América Latina Canadá & EE.UU. Europa Occidental Europa Central/Este Asia Pacífico Medio Oriente y África Mundial
2001 57% 26% 37% 67% 54% 52% 40%
2002 55% 24% 35% 71% 55% 49% 39%
2003 IDC 63% 23% 36% 71% 53% 56% 36%
2004 IDC 66% 22% 34% 71% 53% 58% 35%
2005 IDC 68% 22% 35% 69% 54% 57% 35%
Pérdidas x Licencias Ilegales 2005
Región América Latina Europa Occidental Europa Central/Este Asia Pacífico Medio Oriente y África Mundial 2005 IDC 68% 35% 69% 54% 57% 35% 2005 US$M 2.026 7.686 11.825 3.095 8.050 1.615 34.297 2005 % 5,9% 22,4% 34,5% 9,0% 23,5% 4,7% 100% América Latina, IDC Brazil México Argentina Venezuela Chile Colombia Otros América Latina 68% 2005 IDC 64% 65% 77% 82% 66% 57% 2005 US$M 766 525 182 173 109 90 181 2.026 2005 % 37,8% 25,9% 9,0% 8,5% 5,4% 4,4% 8,9% 100%
Canadá & EE.UU. 22%
Mundial Pérdidas 2004: US$M 32.711 Pérdidas 2005: US$M 34.297 Variación : +4,9%
América Latina Pérdidas 2004: US$M 1.546 Pérdidas 2005: US$M 2.026 Variación : +31,1%
Chile Pérdidas 2004: US$M 87 Pérdidas 2005: US$M 109 Variación : +25,3%
Impacto en nuestro desarrollo económico
Dos de cada tres software es pirata.
Dos de cada tres software no paga impuestos. El Fisco deja de percibir casi US$ 50 Millones al año. Según Estudio de IDC del 2003, si bajamos la tasa de piratería en 25 puntos, el fisco podría percibir US$48 millones (US$19 millones por cada 10 puntos). Dejamos de Generar casi 2000 empleos de alto nivel al año. Según Estudio de IDC 2003, si bajamos la tasa de piratería en 25 puntos, se podrían generar 1860 empleos de alto nivel (744 por cada 10 puntos). De cada US$1 de licencia que se pierde: Se pierden US$2 de soporte, integración, entrenamiento, diseño, desarrollo y comercialización, es decir en Servicios. Industria del Software en Chile pierde alrededor de US$330 millones al año: Licencias de Software más Servicios: US$109 x 3 = US$327 Millones aproximados. Industria legal del Software en Chile: US$56 x 3 = US$168 Millones
Impacto en nuestro desarrollo económico
En los últimos años los Desarrolladores de software no han tenido incentivos (y protección) para invertir recursos para desarrollar y entregar nuevos productos al mercado.
Hace 12 años nuestras exportaciones de software eran 3 veces las de Uruguay… (Se acuerdan de Oyster) Uruguay espera exportar este año más de US$100 millones y Chile será un 1/5 de esa cifra y decayendo año a año.
Uruguay ha fortalecido su Ley de PI y además tiene una excepción al pago de impuestos a las utilidades (35%) a los exportadores de Software.
El TLC con EE.UU. no nos permitirá duplicar nuestros envíos de frutas, pero sí podemos crecer en un mercado que genera buenos empleos… de cuello blanco y valor agregado.
El Software es tecnología y desarrollo para el país.
Impacto en nuestro desarrollo económico
La piratería, genera competencia desleal, las empresas piratas tienen menores costos operacionales frente a las legales, que sí pagan sus impuestos y obligaciones previsionales y que además sí pueden dar empleo estable. La piratería, incentiva la informalidad del comercio. La piratería, beneficia a bandas organizadas que están detrás del vendedor que vemos en la calle. La piratería, no beneficia a los más pobres, al revés, priva al Estado de recursos que pueden ser destinados al desarrollo social. La piratería, deteriora nuestra imagen de país serio.
¿Qué hacer ?
Se pueden hacer muchas cosas, pero lo más importante es que como Sociedad debemos dar una señal vigorosa.
La ley es esa señal, debe tener un efecto disuasivo a todo nivel. No podemos retroceder.
Una adecuada protección y por sobre todo una forma eficaz de aplicar esa protección, será el mejor incentivo para nuestros desarrolladores nacionales. Una adecuada protección a la Propiedad Intelectual será la mejor señal que nos damos como sociedad para “educarnos” y orientar nuestro futuro esfuerzo de desarrollo económico.
¿Qué hacer ?
Fortalecer las leyes que protegen la propiedad intelectual, al menos cumplir con los acuerdos que Chile ya firmó (TRIPS & TLC´s), en particular TLC con USA:
Se incorporan los daños legales (statutory damages) Criminalización del usuario final corporativo Plazos para la legalización del Estado de Chile Cambios en procedimientos judiciales (más expeditos)
Crear programas para fomentar y/o subsidiar a las empresas:
Usuarias de la tecnología Desarrolladores Comunidades educacionales Nuevas áreas de negocios
Pero por sobre todo: Informar & Educar
Crear conciencia del valor de la Propiedad Intelectual
Los mitos de una protección débil
Se dice que:
Ahorra divisas al país… si pero, si Paraguay ha ahorrado mucho estos últimos 30 años.. ¿Cuánto ha crecido?. Promueve la industria local… podemos tener en Chile empresas que sólo vendan a nivel nacional, si ya salimos al mundo, debemos salir con la mejor tecnología y pidiendo protección a nuestros productos y servicios. Ayuda a adquirir tecnología… puedo conseguir mejor tecnologia con acuerdos de colaboración que permitan desarrollar, vender y proteger mis productos en el mundo. Disminuye la dependencia… Chile vende al mundo, sólo dependemos de nuestra visión y esfuerzo.
No se dice que con una adecuada protección:
Los productos y tecnologias que estarían presentes no son los mismos disponibles con una protección débil. Las empresas deciden invertir en investigación y desarrollo, incluso cambiando las formas de capacitar y entrenar sus empleados. El sistema bancario y financiero confía y presta dinero a actividades basadas en propiedad intelectual. Se trasladan muchos de los costos asociados al desarrollo tecnológico desde el sector público al sector privado. Tendremos como país, mejores recursos humanos, mejores habilidades y mejor capacidad para comprender, utilizar y desarrollar una tecnología avanzada.
La gente de Estados Unidos o Japón no es más inteligente que la de Chile, es que tienen un marco protector y de incentivo para desarrollar nuevas ideas y creaciones.
El Siglo 21
Es el siglo de los bienes intangibles.
Debemos guiar a Chile hacia la producción de este tipo de bienes. El software es uno de ellos, pero además, tiene la ventaja de generar empleo con buen nivel de vida.
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¿Qué es la ADS? Software, una industria de Propiedad intelectual Cómo estar correctamente licenciado
¿Qué es estar pirata?
Estar pirata significa tener uno o más computadores con programas o software ilegales sin su correspondiente licencia de uso legal.
En consecuencia si usted adquiere un software ilegal o pirata estará violando la Ley de Propiedad Intelectual y por lo tanto cometiendo y ayudando a cometer un delito penado por la Ley.
¿Qué tipos de copias ilegales de Software hay?, algunos ejemplos:
Copiar sin licencia adicional. En una red de área local, cuando el número de usuarios de un programa supera el autorizado. Bajar desde Internet programas sin cumplir los acuerdos de licenciamiento, que se indican. Comprar PC con correspondiente. software pre-instalado sin su licencia original
Comprar productos falsificados (hoy proliferan sitios Web piratas).
Adquirir claves de activación (CD Keys) desde sitios web piratas.
Usar software adquirido en la calle, no existen distribuidores autorizados por los fabricantes!!!
¿Qué tipos de copias legales de Software autoriza la ley 17.336?
1. 2.
Copia de respaldo o back-up. Copia de instalación en el disco duro o medio físico para que el programa funcione. Copia de adaptación para que funcione correctamente.
3.
Todas estos tipos de copias o adaptaciones no pueden ser transferidos bajo ningún titulo sin autorización del fabricante, salvo que sean transferidos conjuntamente con el programa computacional que les sirvió de matriz y que el tipo contrato de licencia permita la transferencia o reventa del programa.
Riesgos y consecuencias
Sentencia de prisión que puede ir desde los 61 a 540 días (Ley 17.336). Multas (Ley 17.336). Indemnización por daños civiles. Daño a la reputación de la empresa. Pago de los costos legales propios y de los del fabricante de software. Publicidad adversa. Pérdida de tiempo. Pérdidas económicas. Pérdidas de negocios. Ninguna garantía de calidad o de confiabilidad. Diseminación de virus a través del sistema y corrupción o destrucción de datos. Falta de acceso a soporte técnico y a actualizaciones legales. Falta de documentación del producto.
Qué debo tener para estar legal
Exigir Factura de compra de licencias. Exigir Licencias:
Caja: documento con autorización de uso del fabricante que viene dentro de la caja del producto adquirido, viene seriado. Corporativo: documento personalizado para empresas que compran en volumen sin medios físicos, viene seriado.
Ambos documentos son complementarios, no sirve uno o el otro por separado.
La licencia es un permiso de uso que no es transferible (ver acuerdo de licencia), sin embargo hay excepciones:
Para el caso de fusiones o absorciones (aporte de capital). Para algunos productos de retail, que no impiden la transferencia por razones comerciales, ni identifican al usuario final (agotamiento internacional del derecho de autor, después de la primera venta, última modificación de la ley 17.336 en línea con TLC firmado con USA). Obviamente en todos estos casos el usuario anterior debe desinstalar su aplicación de su computador, ya que es un solo el “uso” autorizado. Además debe tener un documento legal que acredite la transferencia de propiedad.
Luego, en general, no es posible adquirir software usado.
Acuerdo de Licencia:¿Qué es una Licencia?
Es una modalidad o acuerdo por la cual se transfiere el derecho de uso de un programa computacional, no el programa o código en sí mismo.
Regla general: un computador = una licencia o permiso de uso. Es un acuerdo entre el fabricante y el usuario final, siendo además una autorización de por vida para la versión y programa acordado. Esto permite al titular de la licencia trabajar, desarrollar y lucrar del uso del programa, solamente sujeto a las restricciones del acuerdo de licencia recibido. Todos los programas incluyen un acuerdo de licencia, el cual puede ser de alcance local o internacional. Existen distintos mecanismos de licenciamiento, como por ejemplo: Cajas, Planes corporativos o por volumen, productos para ensambladores de PC (OEM), Planes Académicos, Planes para demos o evaluaciones (NFR).
La validez de una licencia es efectiva en la medida que se adquiere para la empresa o institución para la que fue diseñada y es acompañada con la respectiva factura de compra de la misma.
Los acuerdos de licencia sólo pueden ser vendidos por el fabricante o sus distribuidores autorizados. En general los acuerdos de licencia no permiten la reventa o transferencia por parte del usuario final (salvo para las excepciones ya mencionadas). El desarrollo de aplicaciones usando como plataforma un producto o lenguaje de desarrollo, es de propiedad del desarrollador, con la única restricción de tener una licencia válidamente adquirida. Según la ley, la propiedad de la aplicación desarrollada le pertenece a la empresa para la cual se hizo la aplicación, salvo que contractualmente se indique lo contrario.
La compra de un computador nuevo
Debe cerciorarse que en la factura o boleta venga detallado el software OEM (Original Equipment Manufacturers) que viene precargado. Exigir CD-OEM con el Software, Licencia, mini manual y certificado de autenticidad o etiqueta autoadhesiva con hologramas y medidas de seguridad. Holograma oficial del fabricante adherido en un costado del equipo. Plazo desde 15 a 30 días desde que se emitió la factura para comprar software OEM, sí no se facturó software con la máquina nueva. Luego de ese plazo, con un cambio en hardware o upgrade de hardware no periférico (ejemplos, mouse, teclado disco duro o memoria) se puede adquirir ALGUNOS TIPOS DE software OEM (ejemplo en COEM de Microsoft, Windows home y professional y Office Pro, Pyme y Basic). El software OEM pasa a ser un componente más de la máquina, por lo tanto sólo puede ser revendido con el PC y no posteriormente en forma separada (ver acuerdo de licencia OEM). Por lo anterior, el PC con su software OEM puede ser arrendado. Software OEM disponibles más conocidos: Windows XP, Office, Small Business Server, Norton Antivirus.
Sugerencias para mantenerse legal
Establecer un procedimiento de auditoria interna permanente de los programas instalados (con herramientas como GASP, disponibles en página www.ads.cl). Determinar cuales programas son los que la empresa requiere por área para un correcto funcionamiento. Mantener un detalle actualizado de las adquisiciones de licencias, con referencia a números de factura o boletas. Centralice esta operación en una persona. Compre software a resellers de buena reputación (descarte: ofertas a precios inusuales, software sin factura, software usado, software OEM con manual & holograma solamente (sin CD), o software adquirido en la calle). Los contratos de licencia de cada compañía que produce software son distintos. Lea detenidamente este acuerdo entre Usted y el fabricante antes de instalar en su computador un programa.
Sugerencias para mantenerse legal
Mantenga informado al personal indicándole la preocupación que deben tener de no duplicar software ni instalar programas no autorizados y avisándoles de los riesgos de enfrentar una revisión sin respetar estas normas. Establezca sanciones para los empleados que no respeten el punto anterior y, si es posible, agregue una cláusula en los contratos advirtiendo sobre esta falta. Guarde los diskettes o CD-Rom originales y la documentación incluida. Recuerde la regla general: un computador = una licencia o permiso de uso. Visite www.ads.cl regularmente para mantenerse al día en estos temas.
¡Muchas Gracias!
Asociación Chilena de Distribuidores de Software A.G.
Marcelo Ponce Gerente General Junio 2006