BONOS DE CONSOLIDACION EN MONEDA NACIONAL – 2da. Serie (BCOR2) (Provincia de Corrientes)
Condiciones originales del bono:
Fecha de Emisión: Plazo: Fecha de Vencimiento: Moneda: Intereses: 1 de Abril de 1993. 16 años. 1 de Abril de 2009. Pesos Argentinos. Devengarán la tasa de interés que publica el Banco Central de la República Argentina en los términos de la Comunicación “A” 1828, punto 1, que refleja diariamente la capitalización de la tasa diaria equivalente a la tasa de interés efectiva mensual promedio ponderada de los depósitos en caja de ahorro común. Para si determinación se tomará la variación experimentada entre los quintos días anteriores al comienzo de cada periodo de renta. Los intereses se capitalizarán mensualmente durante los primeros setenta y dos (72) meses y se pagarán conjuntamente con las cuotas de amortización. Se efectuará en 120 cuotas mensuales y sucesivas, equivalentes las 119 primeras al 0,84% y una última al 0,04% del monto emitido mas los intereses de capitalización durante los primeros setenta y dos (72) meses. El primer servicio operará el 01/05/99. Además de en esta Bolsa de Comercio pondrán cotizar en las demás bolsas y mercados de valores del país. Estos títulos serán regidos por, e interpretados de acuerdo con la ley Argentina. Los títulos cuentan con la garantía del estado provincial conforme la autorización dada por las Leyes Nros. 4558 y 4726. Además, el Gobierno de la Provincia de Corrientes y la Municipalidad de la misma ciudad suscribieron un convenio por el cual el municipio debe rembolsar a la provincia el importe total del capital nominal a la par de los bonos que la misma le hubiere puesto a su disposición, atendiendo en las
Amortizaciones:
Cotización y Negociación: Ley Aplicable: Garantía:
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fechas de pago a los servicios de interés y/o amortizaciones correspondientes. De no darse cumplimiento a lo expuesto, la provincia quedó autorizada con carácter irrevocable, a retener de la parte que a la comuna le corresponde de los fondos coparticipables nacionales y provinciales, las sumas necesarias hasta cubrir el pago de los intereses devengados y de las cuotas de amortización del capital de los bonos, con debida antelación a sus respectivos vencimientos. El convenio citado fue autorizado por Ordenanza nº 3008/97. Comentarios: Desde el 5/11/04, el Emisor se encuentra abonando los servicios financieros atrasados de conformidad con el cronograma difundido el 20/10/04 (servicios a partir del cupón nº 34). Al respecto, se están pagando dos servicios atrasados los días 5 de cada mes hasta el 05/07/07. A partir del mes de agosto de 2007 pagará los servicios de acuerdo a las condiciones originales del titulo.
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