OPOSICION LIBRE PARA SELECCIONAR SOCORRISTAS DE PLAYAS ASI COMO ...

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12/22/2008
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CONCURSO-OPOSICION LIBRE PARA SELECCIONAR SOCORRISTAS DE PLAYAS ASI COMO FORMACIÓN BOLSA DE TRABAJO EN DICHA CATEGORIA PROFESIONAL. BASES PRIMERA OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- Es objeto de la presente convocatoria proveer las plazas existentes de Socorristas en la Plantilla Laboral, por el procedimiento de Oposición líbre, consiguiendo con ello el objetivo de crear una Bolsa de Trabajo de Socorristas de duración para tres años, para la contratación laboral de las plazas vacantes existentes en Plantilla, sustituciones y demás ofertas de trabajo que pudieran demandar en esta categoría profesional. Los puestos de trabajo existentes son: PLANTILLA LABORAL : GRUPO RETRIBUTIVO CATEGORIA PROFESIONAL DESTINO PREFERENTE NUMERO DE VACANTES CLASIFICACION PUESTO DE TRABAJO D Socorrista Playas 19 Socorrista El personal seleccionado y contratado percibirá las retribuciones que se señalen en cada momento, conforme a la normativa jurídica aplicable, sin que pueda participar en la distribución de fondos, ni percibir retribuciones distintas a las establecidas. Dichos puestos de trabajo estarán bajo las directrices del respectivo Jefe de Servicio y del Jefe Superior de Personal o persona en quien delegue. Los mencionados puestos de trabajo, además de sus cometidos específicos, conllevan la obligación de realizar cualquier otro tipo de trabajos dotados con el mismo nivel retributivo, que le puedan ser encomendados por razón del servicio, relacionados, en todo caso, con la profesión y oficio del que forman parte, así como el cambio del destino preferente descrito del servicio de salvamento y socorrismo. SEGUNDA El proceso selectivo que se detalla en esta convocatoria, se ajustará a lo dispuesto en las presentes bases y supletoriamente : Ley 30/1984, de 2 de Agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. A lo establecido en la normativa aplicable del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido en materia de Régimen Local, y cuantas dicte el Estado en uso de la autorización contenida en el artículo 168 del mismo texto reglamentario. Real Decreto 364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. Decreto Legislativo de 24 de Octubre de 1995 del Consell de la Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, y su modificación aprobada por la Ley 8/1995, de 29 de diciembre de la Generalidad Valenciana. Decreto 33/1999, de 9 de marzo del Consell de la Generalidad Valenciana, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ambito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana. Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y por el resto de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- Para ser admitidos en el respectivo proceso selectivo, será necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias: 1.- Pertenecer a cualquiera de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea, con conocimientos suficientes de la lengua castellana. Debiendo realizar la prueba correspondiente al dominio de la lengua castellana, antes del inicio de los ejercicios correspondientes, en caso de no ser español. 2.- Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública. 3.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. 4.- No haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado ni suspenso, para el ejercicio de funciones públicas. 5.- Estar en posesión del Título de Técnico en Salvamento Acuático Superior o titulación equivalente expedido por alguna de las Federaciones de Salvamento y Socorrismo de España u otros organismos competentes. 6.- No desempeñar por sí, o mediante sustitución un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad, en el sector público (Ley 53/1984, de 26 de Diciembre, y R.D. 589/1985, de 30 de Abril). TERCERA INSTANCIAS.- Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de la condiciones que se exigen en la Base anterior, deberán ajustarse al modelo aprobado por Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 7 de Octubre de 1998 ( Boletín Oficial del Estado nº 257), que será facilitado gratuitamente en el Registro General de este Ayuntamiento, previo abono de 10 € en concepto de derechos de examen, cuyo justificante de pago quedará unido a la solicitud, y en la página web del M.I. Ayuntamiento de Cullera:w.w.w.gva.es/ecullera; se dirigirán al Presidente de esta Corporación, y se presentarán en el Registro de Entradas del Ayuntamiento. El plazo de presentación de instancias lo será hasta las 14’00 horas del 7 de Junio del 2.002, a partir del de la fecha en que se publique un extracto de esta convocatoria en el Tablero Municipal de Anuncios, y en un periódico de tirada provincial, todo ello con arreglo a la Orden Ministerial de 28 de febrero de 1986, por la que se establecen normas para la selección del personal interino, en el desarrollo del art. 31 del R.D. 2223/84, de 19 de Diciembre, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 c) de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo los aspirantes que presenten su instancia por Correo certificado, comunicarlo telefónicamente a la Sección de Personal de este Ayuntamiento. En el recuadro de la solicitud destinado a “Cuerpo y, en su caso, especialidad”, los aspirantes deberán señalar el tipo de puesto de trabajo al que se opta. CUARTA ADMISION DE ASPIRANTES.- Expirado el plazo de admisión de instancias, por Resolución de la Tenencia de Alcaldía se aprobarán las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, que se harán públicas en los Tableros de Anuncios Municipales, a efectos de reclamaciones, las cuales, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe las listas definitivas, que se harán públicas, asimismo, en la forma indicada. En caso de no presentarse reclamación alguna, o que las presentadas fueran desestimadas, la lista provisional devendrá automáticamente en definitiva, sin necesidad de nueva publicación. QUINTA TRIBUNAL CALIFICADOR.- El Tribunal estará constituido, por los siguientes miembros : PRESIDENTE.- Titular: D. Joan Grau Grau, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento. Suplente: D. Lluis Aragó Castelló, Teniente de Alcalde. SECRETARIO.- Actuando con voz y voto. Titular: D. Javier A. Gieure le Caressant, Secretario General de este Ayuntamiento. Suplente: Dª. Amparo Sastre Casabó, Técnico de Administración General. VOCALES.- En calidad de Jefe del Servicio: Titular: D. Vicente Crespo Vallet, Socorrista-Encargado de este Ayuntamiento. Suplente: D. Juan Molina Martinez, Socorrista-Encargado. -Como Delegado del Servicio de Playas: Titular: D. Domingo García Pastor, Concejal de este Ayuntamiento. Suplente: Dª. Antonia Martí Reverte, Concejal de este Ayuntamiento. -En Calidad de Delegado de Personal: Titular: Dª. Patricia Martinez Bohigues, Teniente de Alcalde Suplente: D. Enric Marti Carvajal, Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento. -Como miembro del Comité de Empresa de este Ayuntamiento: Titular y Suplente pendiente de designar. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. TECNICOS ASESORES: D. Jorge Gonzalez Toran, Ténico en Educación Física. D. Fernando Lluch Gutierrez, Psicólogo Municipal. D. Bernardo Beyrouti, Médico. D. Juan Enrique Hernández Chulio. En ningún caso, los órganos de selección podrán estar formados mayoritariamente por personal perteneciente al mismo cuerpo o escala al que se haya de seleccionar, y se velará para que, al menos, la mitad más uno de los miembros posean una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el ingreso, y la totalidad de los mismos de igual o superior nivel académico. El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, y podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. En caso de ausencia del Presiente, titular o suplente, actuará en calidad de presidente el vocal de mayor edad. SEXTA CALENDARIO.- La fecha, hora y lugar de celebración del Concurso-Oposición, será el próximo dia 11 de Junio, a las 11’00 horas para las pruebas físicas en la Posta Sanitaria del Oasis, y a las 17 horas del mismo dia en la Casa de la Cultura, para la entrevista personal , psicotécnico y concurso. SEPTIMA DESARROLLO DE LAS PRUEBAS DE LA OPOSICION: Consistirá en la realización de un solo ejercicio dividido en dos partes, no siendo ninguno de ellos eliminatorios, serán puntuables de 0 a 10 puntos. PRIMERA PARTE.- Prueba física consistente en una prueba combinada: -carrera de 250 metros por la arena. -nadar 100 metros hasta llegar a recoger a una persona. -remolcar a dicha persona hasta la orilla, y -realizar una reanimación cardio-pulmonar. SEGUNDA PARTE.- Consistirá en: -una entrevista personal, en la que se realizarán preguntas sobre primeros auxilios y supuestos prácticos de salvamento o situaciones típicas en la playa. -prueba oral consistente en el conocimiento de las playas de Cullera, situación, accesos y oceanografía de las mismas, y -un examen psicotécnico. En esta parte, el Tribunal podrá tener en cuenta los servicios prestados por los aspirantes en cualquier Administración Pública como Socorrista. En cumplimiento de la Orden Ministerial de 17 de Julio de 1989, de la Consellería de Administración Pública, sobre utilización del valenciano en las convocatorias de personal, para hacer efectivo el derecho al uso del valenciano, los aspirantes podrán realizar las correspondientes pruebas de selección de esta convocatoria, en la mencionada lengua. DESARROLLO FASE DE CONCURSO: -Se valorarán los servicios prestados en la Administración Pública como Socorrista de Playas a razón de 0,1 punto por mes trabajado, hasta una puntuación máxima de 2 puntos. OCTAVA En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. El orden de actuación en las pruebas que no puedan efectuarse conjuntamente, será el que conste en la lista definitiva de aspirantes. La puntuación otorgada por el Tribunal Calificador en las respectivas partes del ejercicio, harán públicos al final de cada sesión en el mismo local en que se celebren. NOVENA LISTA DE APROBADOS, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y CREACION DE BOLSA.Terminada la calificación de todos los ejercicios de la Oposición, el Tribunal publicará la relación ordenada de puntuaciones obtenidas para su posterior contratación temporal, no pudiendo rebasar éstos el número de puestos convocados, y elevará dicha relación a la Presidencia de la Corporación Municipal, formulando la correspondiente propuesta de contratación temporal, y la creación de una Bolsa de Trabajo de Socorristas, debiendo remitirse al propio tiempo a dicha autoridad, acta de las sesiones. Los aspirantes propuestos deberán de realizar una revisión médica por el Servicio Municipal de Salud Laboral, y presentarán en el Registro de Entradas del Ayuntamiento, dentro del plazo de DOS DIAS, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en las pruebas selectivas se exigen, y que son: 1.- Certificado de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente. 2.- Copia auténtica o Fotocopia del título exigido de Socorrista, expedido por la Federación de Salvamento y Socorrismo, que deberá acompañarse del original correspondiente para su compulsa. 4.- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. 5.- Declaración del interesado de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artículo primero de la Ley 53/1984, indicando asimismo que no realiza actividad privada incompatible o sujeta a reconocimiento de incompatibilidad, haciendo referencia igualmente a si percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de todos o algunos de los requisitos señalados, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad. En este caso, se formulará propuesta de contratación a favor de los que habiendo superado la puntuación mínima exigida para superar los ejercicios obligatorios y eliminatorios, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas a consecuencia de la referida anulación. DECIMA El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas. UNDÉCIMA Los interesados podrán impugnar las presentes Bases, así como la convocatoria y cuantos actos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre. Cullera, a 21 de Mayo del 2.002 La Tte. Alcalde El Secretario General., Fdo. Patricia Martínez Bohigues Fdo. Javier A. Gieure le Caressant.

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