De: Jorge Bizet clanissime@infovia.com.ar Para: Claudia Gomez cgomez@came.org.ar Asunto: Nuevamente la absurda Ley de Talles – Centro Comercial de Santa Fe Claudia: Si todavía no es Ley vigente, que luchen para evitar su promulgación. Pero si ya rige y falta la reglamentación, deben tratar de incorporar a la comisión, a fin de lograr los mismos puntos que nosotros con la 12665 de la Pcia. De Buenos Aires. A saber: 1- Que la exigencia de talles se limite a 6 (del 38 al 48) 2- Que la curva de talles se de por cumplida en stock, teniendo de un artículo los seis talles pero compuestos de diferentes telas y colores.
3- Que la exigencia desaparezca en cada temporada, cuando comienza la liquidación (julio – Agosto – Sept, para productos de invierno) (enero – Febrero – Marzo para los de verano). 4- Que estén exentos de cumplimiento los locales Out-Let, que son los que comercializan permanentemente productos discontinuos y de temporadas anteriores.
5- Que la exigencia en cuanto a las medidas del pictograma o sea las antropométricas, sean de mínima y no de máxima a fin de permitir los designios de la moda. 6- Que ante la carencia de un talle determinado en stock, por haberse vendido, haya un tiempo de reposición en caso de demanda de ese producto (pedido a fábrica y no multa por no tenerlo, además de liberar al comercio en caso de discontinuidad)
7- Que los comercios dedicados a talles especiales (generalmente del 50 en más) estén exentos del cumplimiento. Estoy a total disposición para asesorar y trabajar con ellos en la consecución de lo expuesto. Atte. Jorge Bizet