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11/7/2012
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Spanish
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							CENTRO DE ESTUDIOS
    JUDICIALES
  Curso de capacitación
  Procesos de reforma
      Procesos de reforma: 1º etapa
• Reconocimiento de derechos individuales
   – Derechos del imputado
       •   Carácter de imputado
       •   Coerción personal
       •   Derecho de defensa
       •   Exclusiones probatorias

• Eficacia
   – Abreviación y Simplificación
   – Plazos procesales - Perentoriedad
       • Tiempo máximo del proceso

• Roles de los sujetos: su reasunción
   – Ministerio Público
   – Juez
   – Derechos de la víctima (algunos)

• Juicio oral y público
      Procesos de reforma: 2º etapa
• Abreviación del proceso
   – Abreviación de investigación penal preparatoria (IPP)
   – Juicio Abreviado

• Reorganización del Ministerio Público: Fiscal y Defensa
   – Desformalización y flexibilización
   – Organos especiales de investigación

• Principio de oportunidad

• Mayor participación de la víctima

• Redefinición relación entre acusación y condena
          Procesos de reforma: 3º etapa
• Oralización de la Investigación Penal Preparatoria (IPP)
• Medios de impugnación
     – Nulidades
     – Recursos
•   Horizontalización de los órganos jurisdiccionales
•   Participación de la víctima (activa)
•   Posibilidad de conversión de la acción pública en privada
•   Procesos Especiales
     – Flagrancia
     – Procesos Penales complejos
• Oficina Judicial
     – Su gestión y administración
• Creación y fortaleciemiento de los órganos especializados para la
  investigación
                              Reforma: sus principios
•   1. Principio acusatorio: investigación al Ministerio Público Fiscal, simplificar el proceso.
• 2. Definir los Roles de los diversos órganos que intervienen en el proceso penal
•   3. Jueces se reserva su intervención a lo estrictamente jurisdiccional.
•   4. Afianzar la vigencia del principio de imparcialidad.
•   5 .Valorizar el juicio.
•   6. Mayor eficacia en persecución de los delitos y tutela de derechos y garantías individuales.
•   7. Búsqueda distribución equitativa de asuntos, superar sobrecarga.
•   8. Acotamiento en los plazos de duración del proceso.
•   9. Mayor capacidad de investigación: delitos complejos o de alto impacto social.
•   10. Regular el procedimiento para asuntos especiales y complejos.
•   11. Mayor intervención de la victima del delito.
•   12. Contemplar formas compositivas del conflicto penal.
•   13. Optimizar y racionalizar el empleo de los bienes y recursos, de órganos e instituciones
    vinculados con la investigación y juzgamiento de delitos.
•   14. Extender la oralidad a todas las instancias del proceso.
•   15. Participación del ciudadano en el juzgamiento del delito.
  Propuestas mínimas
• Principio de legalidad vs Oportunidad

• Oralización y contradicción en la investigación penal
  preparatoria

• Rol de la víctima

• Vías de impugnación

• Organización y gestión judicial

• Procesos:
   – Complejos
   – Abreviados
Generaciones de Códigos – América Latina
    • Primera generación:
       – Costa Rica
       – Guatemala
       – El Salvador
    • Ultima generación
       – Nicaragua
       – República Dominicana
    • Reforma integral
       – Bolivia, Paraguay, Chile, Venezuela, Ecuador, Bolivia
    • Reforma parcial
       – Panamá
    • Proceso de reforma avanzado -implementación-
       – Colombia, Perú
    • Proceso de reforma incipiente
       – México, Brasil, Uruguay
      Generación de Códigos - Argentina
• Proyecto Maier (1986)
    – Código de Córdoba, Ley 8.123; Código Tucumán, Ley 6.203; Código Chaco,
      Ley 4.538; Código Catamarca, Ley Nº 5.097
    – Código de la provincia de Buenos Aires, Ley 11.922
• Códigos de la Patagonia
    – Chubut, Ley 4.566
    – Proyecto de Neuquén, Rio Negro, La Pampa
• Ultima generación
    – Proyectos: Entre Rios, 2003; Proyecto Código Nación, 2004
    – Código de Mendoza Ley 6.730
• Reformas parciales
    – Santa Fe, Entre Rios, Formosa; San Juan; Salta
• Código Levene: Tierra del Fuego
• Proyectos recientemente presentados
    – Santiago del Estero, Corrientes
                 Sujetos
 Reasunción de roles: precisión y claridad
• Ministerio Público Fiscal
   – Fiscales investigan
   – Auxiliar: Policia de Investigaciones

• Juez
   – Control o garantía
   – Imparcialidad
   – Tutela de derechos

• Víctima
   – Información y reconocimiento de derechos
   – Controla decisiones trascendentes
         • Querellante
         • Particular civil damnificado
                         Ejercicio de la acción
• Criterios de oportunidad (Mendoza -art.. 26 Ley Nº 6730-; Chaco -Ley
   de Mediación Nº 4989-; Proyectos CPPN -art. 38-; Neuquén -art. 37- y Entre Ríos)

• Mediación (Chaco -Ley de Mediación Nº 4989-; Mendoza -Ley Penal Juvenil
   Nº 6354, art. 150-)

• Conciliación (Proy. CPPN -art. 41-; Neuquén -art. 37 inc. 4)
• Conversión de la acción pública en privada (Proyectos CPPN
   -art. 40-, Neuquén -art. 39-; y Entre Ríos)

• Suspensión del proceso (Ley Nº 24.316; Proyectos CPPN -arts. 44 a 46-
   ; y Neuquén -arts. 41 a 43-)

• Reparación (Proyectos CPPN -art. 42-; Entre Ríos y Neuquén -art. 37 inc. 4)
• Resolución del conflicto: derecho consuetudinario
   (Proyecto Neuquén -art. 40-)
                         Régimen de la acción
               Limitaciones al principio de legalidad procesal


• Criterio de oportunidad reglado (Proy. CPPN -art.38- y Neuquén -art.37-) autoriza al fiscal
  a prescindir total o parcialmente de la persecución penal pública en:
     – Casos de insignificancia
     – Cuando la intervención del imputado se estime irrelevante, excepto en acción que tenga
       pena mínima que exceda los seis años de pena privativa de libertad
     – Delitos culposos: cuando el imputado haya sufrido un daño físico, psíquico o moral grave
     – Cuando la pena que pueda aplicarse carezca de importancia en consideración a otra pena
       ya impuesta o esperable
     – Lesiones leves: cuando haya existido conciliación ó la víctima exprese desinterés en la
       persecución pena, (excepto víctima menor de edad).


  • Límite al criterio de oportunidad reglado (Proy. CPPN –art. 38 último párrafo-)
        No procedencia su aplicación cuando el hecho haya sido cometido por funcionarios públicos
        en ejercicio de su cargo o por razón de él.
          Principios rectores de la investigación
 Simplificación y desformalización de la investigación

 Posibilidad de aplicación de criterios de oportunidad

 Regulación de los plazos procesales en forma proporcional con la
  complejidad del asunto.

 Estricto control del cumplimiento de los plazos procesales

 Restricción de vías de impugnación durante la investigación

 Fijación de reglas especiales de prueba para procesos complejos

 Celebración de convenios de cooperación para el intercambio de
  información
    Audiencia oral y pública: decisión inmediata
    Formulación de cargos
    Solicitud de medidas de coerción y resolución judicial al efecto
    Revisión y procedencia de prisión preventiva
    Incidentes y peticiones de partes
    Queja del querellante por rechazo de su intervención
    Solicitud de imputado o querellante de plazo menor para investigación preparatoria
    Sobreseimiento
    Suspensión a prueba
    Conciliación
    Audiencia de Acusación. Resolución
    Procedimiento abreviado.
    Etapa intermedia.
    Juicio oral.
    recursos
    Ejecución penal

						
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