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							R.R.I (CURSO 2010 – 2011)   CEIP SALZILLO VALLE INCLÁN
R.R.I (CURSO 2010 – 2011)                                                                                            CEIP SALZILLO VALLE INCLÁN


                                                                                  ÍNDICE
                                                                                                                                                                                         Página
INTRODUCCIÓN. ................................................................................................................................................................................ 2
TÍTULO I: RECURSOS HUMANOS. ................................................................................................................................................... 3
                Capítulo 1. Personal no docente.
                Capítulo 2. AMPA.
                Capítulo 3. Personal docente.
                Capítulo 4. Alumnado.
TÍTULO II: RECURSOS ECONÓMICOS. ........................................................................................................................................... 18
TÍTULO III: RECURSOS MATERIALES. ............................................................................................................................................ 19
                Capítulo 1. Instalaciones.
TÍTULO IV: COMEDOR ESCOLAR Y DESAYUNO. .......................................................................................................................... 23
                Capítulo 1. Comedor.
                Capítulo 2. Desayuno.
TÍTULO V: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA. ................................................................................................................ 29
                Capítulo 1. Regulación de la convivencia.
                Capítulo 2. Conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro.
                Capítulo 3. Protocolo de absentismo.
TÍTULO VI: RELACIONES CON EL EXTERIOR. ............................................................................................................................... 39
TITULO VII: AUTORIDAD DEL PROFESOR FRENTE A AGRESIONES DE ADULTOS EN EL CENTRO ESCOLAR. .................... 39
TITULO VIII: ÁMBITO DE APLICACIÓN. .......................................................................................................................................... 39
TÍTULO IX: REVISIÓN. ...................................................................................................................................................................... 40
TÍTULO X: COMPENDIO LEGISLATIVO. .......................................................................................................................................... 40
TÍTULO XI: DISPOSICIONES FINALES. ........................................................................................................................................... 40




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           R.R.I (CURSO 2010 – 2011)                                                       CEIP SALZILLO VALLE INCLÁN


                                                              INTRODUCCIÓN


       Este reglamento pretende ser el instrumento que regule la organización, el desarrollo de la vida académica y el funcionamiento general del
C.E.I.P SALZILLO VALLE INCLÁN.

       De igual forma pretende regular la participación de los diferentes sectores que constituyen la comunidad educativa en un marco de
convivencia y corresponsabilidad. Recoge una síntesis de los principios y objetivos del Centro.

       Está dirigido por tanto a toda la Comunidad Educativa. Parte del P.E. fue revisado por el equipo Directivo en el curso 2002- 2003 y por los
profesores, padres de alumnos y alumnos en el curso 2003- 2004. Se revisó de nuevo durante el curso 2005-06. Se realizó una nueva revisión
durante el curso 2009/10 y 2010/2011.

Este documento se revisará anualmente.

       Se aprobó en Consejo Escolar del día 27 de Junio de 2011.




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TÍTULO I: RECURSOS HUMANOS

         Capítulo 1. Personal no docente.
Artículo 1.      a) Su horario coincidirá, al menos, con el del Centro mientras no se reciba notificación por parte de la Administración.
Personal         b) Realizará todas aquellas funciones administrativas que le sean indicadas por el Equipo Directivo.
administrativo
                 c) Manejará las máquinas de oficina instaladas en Secretaría destinadas a la reprografía cuyos trabajos tengan fines
                   administrativos y pedagógicos.
Artículo 2.      a) La realización de los encargos que el Equipo Directivo le encomiende, siempre que dichos encargos están contemplados
Personal de        dentro de las obligaciones especificadas en esta normativa.
ordenanza        b) Se ocupará de la vigilancia del Centro de forma permanente durante el horario laboral, especialmente durante la entrada
                   y salida de los alumnos permaneciendo en la entrada del edificio controlando el movimiento de los mismos, así como del
                   control de las personas extrañas que entren en el mismo, velando por que no se perturbe el orden e informando a la
                   Dirección o en su caso al Ayuntamiento de las anomalías que se observen para que puedan adoptar las medidas
                   convenientes.
                 c) Atenderá a todas las personas que deseen ver a los profesores o al Director/a.
                 d) Se hará cargo de la recogida y entrega de la correspondencia y avisos que se reciban para la Dirección o profesorado.
                 e) Pondrá en conocimiento de la dirección y de los servicios de mantenimiento del Ayuntamiento cuantas deficiencias o
                   insuficiencias observe en el funcionamiento de los correspondientes aparatos o instalaciones, suspendiendo el servicio
                   afectado, si pudiera haber peligro en su utilización y no pudiera comunicar con la Dirección o el Ayuntamiento.
                 f) Vigilará los cuartos de contadores y motores de las entradas de la energía, agua, bajantes y sumideros, receptores de
                   aguas fluviales en terrazas, azoteas, patios, etc.
                 g) Retirará de los patios de recreo y demás dependencias del Centro, los objetos o materiales que puedan resultar
                   peligrosos para la integridad física de los alumnos o demás personas del Centro, siempre que dichos materiales no
                   vengan originados por obras o reparaciones, en cuyo caso será el servicio correspondiente quien estará obligado a su
                   recogida.
                 h) Deberá encargarse de que los árboles, césped, plantas y zonas verdes del Centro estén suficientemente regadas y
                   cuidadas, excluyéndose los huertos escolares, para lo cual el Ayuntamiento facilitará los medios necesarios.
                 i) Será función del conserje manejar los medios de reprografía, para realizar comunicados y trabajos relacionados con la

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                  Dirección, cuando se los mande el Equipo Directivo.
                j) Inspeccionará, una vez concluidas las clases, el estado del edificio, de las instalaciones, especialmente todo lo que se
                  refiere a puertas, ventanas, luces, llaves de paso de agua, gas, etc., excepto cuando haya actividades extraescolares que
                  corresponderá dicha inspección a los responsables de las mismas.
                k) Durante los meses de invierno vigilará la calefacción e informará a los Servicios Técnicos del Ayuntamiento, cuando
                  observe alguna anomalía en la misma.
                l) Trasladará el material escolar relacionado con el Centro por motivos pedagógicos, de unas dependencias a otras dentro
                  del recinto escolar, en colaboración con el personal docente voluntario y en el caso de traslados de interés municipal
                  junto con personal del Ayuntamiento.
                m) Realizará trabajos de bricolaje a fin de poder desempeñar reparaciones de pequeña importancia o que revistan el
                  carácter de emergencia en los Centros donde presten sus servicios. Se encargará del vaciado y recogida de las
                  papeleras existentes en el patio, así como de la limpieza del patio. Cuando la acumulación de tierra sea importante, se
                  requerirá a los Servicios Generales del Ayuntamiento su colaboración.
                n) Atenderá a las llamadas del timbre de entrada.
                o) Y en general, cualquier otra tarea de carácter análogo que por razón del servicio se le encomiende.
                p) Cada año, a principio de curso, el equipo directivo entregará al Conserje por escrito la concreción de las funciones a
                  realizar durante el curso de modo general (horarios de toques de entrada y salida, momentos de recogida de patios, de
                  revisión de instalaciones,...)
                q) Tocará el timbre en las horas de entrada y salidas al centro y en los patios.
Artículo 4.     En cuanto a sus responsabilidades laborales dependerán de la Empresa que en ese momento tenga firmado su contrato con
Personal de     la Administración.
Comedor         Respecto a sus funciones como monitoras dependerán de la Dirección del Centro y dichas funciones serán las siguientes:
                a) Antes de las comidas:
                      Las monitoras recogen en las aulas a los alumnos de infantil y primer ciclo.
                      El resto permanecerá en el patio controlando a los mayores hasta su entrada para lavarse las manos.
                b) Durante la comida:
                      Cada monitora atenderá todos los días al mismo grupo de mesas, de tal modo que pronto pueda conocer a los
                       alumnos que comen bien o mal, respetan las normas usuales de higiene y puedan ayudar a los alumnos que no usen

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                            correctamente los cubiertos.
                           Distribuir la comida a sus mesas.
                           Aportarán agua y pan a las mesas en las que haga falta.
                           Distribuirán la leche al final de la comida, animando a los más pequeños a que cada día tomen su ración.
                           Anotarán en el parte o informarán al equipo directivo de las incidencias que ocurran, por si fuese necesario informar
                            a las familias.
                     c) Después de las comidas:
                           Cuando los alumnos hayan terminado de comer saldrán al patio acompañados por sus monitoras. Al menos una
                            monitora se quedará atendiendo a los alumnos que no terminado aún de comer.
                           La entrega del material deportivo será supervisado por las monitoras.
                           La sirena será tocada por una monitora cinco minutos antes de la entrada a clase para ir al baño y después cada
                            curso se pondrá en su fila.
                     d) Durante toda la jornada:
                           En septiembre y junio las familias podrán recoger a los alumnos desde las 14:00 horas hasta las 14:45.
                           Registrarán los alumnos que se quedan al comedor de forma esporádica
                           Pasaran lista todos los días y registrarán las ausencias.
                           Entregarán los listados a final de cada mes.
                           Trimestralmente las monitoras rellenarán el informe que el Equipo Directivo envía a las familias.
Artículo 5.          Este personal se regirá por el acuerdo firmado por su empresa con el Ayuntamiento. Será función del Colegio notificar a este
Personal de          organismo el buen o mal funcionamiento de este servicio.
limpieza
Artículo 6.          a) La preparación, elaboración, coordinación y condimentación de los alimentos con sujeción al menú que se elabore,
Cocinera               cuidando de su presentación y servicio en las debidas condiciones.
                     b) Coordinar, organizar y vigilar las labores encomendadas al personal adscrito a la cocina.
                     c) Adoptar aquellas medidas de higiene necesarias, tanto en la transformación culinaria como en la distribución.
                     d) Organizar y supervisar los servicios de la despensa, almacén, cuidando de las perfectas condiciones de la misma y de los

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                      víveres en ellas depositados.
                   e) Controlar el acceso a las dependencias e instalaciones de la cocina de toda persona ajena a la misma, salvo que
                      presente la autorización correspondiente.
                   f) Vigilar y coordinar el mantenimiento en perfectas condiciones de limpieza y buen funcionamiento de las maquinarias,
                      dependencias, instalaciones y utensilios del local y de los elementos de cocina.
                   g) Cuidar del encendido de la cocina.
                   h) Supervisar los víveres que se suministran a la cocina.
Artículo 7.        a) Coordinarse con la cocinera, de quien recibe instrucciones precisas, ayuda a éste en sus funciones.
Ayudante de        b) Atender la limpieza, mantenimiento y funcionamiento de la maquinaria, utensilios, menaje de mesa y dependencias de la
Cocina                cocina.
                   c) Colaborar en el despiece de carnes y pescados, así como en el tratamiento de alimentos en general.
                   d) Retirar y trasladar los residuos resultantes del tratamiento de alimentos al depósito con los medios adecuados.


Capítulo 2. AMPA (Asociación de madres y padres de alumnos) y/ o padres y madres del centro

Funciones     del a) Realizar actividades complementarias y extraescolares, culturales en beneficio del alumno.
AMPA               b) Encauzar aquellas demandas, quejas y colaboraciones para que estas lleguen al equipo directivo.
                   c) Inspeccionará, una vez concluidas las clases, el estado del edificio, de las instalaciones, especialmente todo lo que se
                      refiere a puertas, ventanas, luces, llaves de paso de agua, gas, etc., excepto cuando haya actividades extraescolares que
                      corresponderá dicha inspección a los responsables de las mismas.
Componentes        La Junta Directiva se compone de: Presidente, Secretario, Tesorero y, como mínimo, dos vocales.
AMPA
Derechos de los    Los padres, en relación con la educación de sus hijos, tienen los siguientes derechos:
padres y madres    a) A que reciban una educación de calidad, en consonancia con los fines establecidos en la Constitución.
del centro         b) A la libre elección de centro.
                   c) A estar informados sobre el progreso de aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos.
                   d) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica de sus hijos.
                   e) A recibir trato respetuoso por parte de los distintos miembros de la Comunidad Educativa.

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                     f) En Educación Infantil y primer ciclo los tutores deberán recibir y entregar a los niños a padres, tutores o personas
                        responsables a las entradas y salidas según el horario del centro.
                     g) En segundo y tercer ciclo los alumnos deben ser recogidos por el padre, madre, tutor o persona adulta que estos
                        autoricen.
Deberes de los       Así mismo, como primeros responsables de la educación de sus hijos, les corresponde:
padres y madres      a) Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos cursen los
del centro              niveles obligatorios de educación y asistan regularmente a clase.
                     b) Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomiende.
                     c) Conocer y apoyar la evolución de su proceso educativo.
                     d) Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro.
                     e) Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa.
                     f) Dirigirse con respeto y corrección a los distintos miembros de la Comunidad Educativa.
                     g) Recoger y entregar a los alumnos o en su caso autorizar a un adulto a ello


          Capítulo 3. Personal docente.

Artículo 1. PROFESORADO
Funciones           1. Los profesores, en su labor formativa, ejercerán su autoridad sobre sus alumnos y tienen el derecho y el deber de
                            hacer respetar las normas de conducta y corregir aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas de
                            conformidad con lo dispuesto en el reglamento de Régimen Interior y la normativa vigente.
                         2. El profesor tutor valorará la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos, fomentará la participación en las
                            actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y mantendrá contacto con las familias para que se cumplan
                            los objetivos de dicho Plan.
                         3. El Claustro de Profesores deberá informar las Normas de Conducta y las actividades incluidas en el Plan de
                            Convivencia. Conocerá la resolución de los conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velará porque
                            éstas se atengan a la normativa vigente.
                         4. El profesorado debe ser puntual y acompañar a su grupo de alumnos en la entrada y salida
Adscripción          En junio se realizará la adscripción del profesorado a los diferentes cursos para poder realizar el horario de la manera más
                     adecuada.
                     Se respetará la continuidad con el mismo grupo de alumnos hasta finalizar el ciclo

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Control del      Será realizado por el equipo directivo en el cumplimiento de sus funciones.
horario del      La justificación de las ausencias será realizada por el interesado al equipo directivo.
profesorado      Cuando la ausencia pueda preverse con antelación por estar contemplada dentro de las causas legalmente establecidas, se
                 comunicará previamente al Equipo Directivo para poder organizar adecuadamente y con previsión la atención de los
                 alumnos.
                 Cuando la ausencia sea imprevista será comunicada lo antes posible al equipo directivo.
                 En la sala de profesores se expondrá el cuadrante de sustituciones.
Criterios de     Atendiendo a la organización del centro se establecen los criterios generales que se tienen en cuenta a la hora de repartir
elaboración de   las tutorías y de elaborar los horarios correspondientes.
horarios         Estos criterios son:
                        Continuidad en el ciclo.
                        Que en cada clase incida el menor número de profesores.
                        Que los profesores especialistas que deban tener tutoría, la tengan en el 3er ciclo, y si no puede ser la tengan en el
                        2º ciclo, pero nunca en el primero.
                        Que las horas de docencia del Equipo Directivo sean impartidas preferentemente en el 3er ciclo.
                        Que los alumnos, cada semana, tengan 5 sesiones de Lengua Española, 5 de Conocimiento del Medio y 4 de
                        Matemáticas.
                        Planificación de los refuerzos ordinarios para que resulten más eficaces y lleguen a los niños más necesitados, a
                        través de seis grupos flexibles: en el primer y segundo ciclo se trabaja el área de lengua y en el tercer ciclo
                        matemáticas.
                        El horario de PT, AL y EC se elabora intentando agrupar a los alumnos, atendiendo a sus dificultades o problemática
                        y su mayor posibilidad de incidencia en el aula.
                        Una de las profesoras de educación infantil forma parte de la biblioteca, disponiendo de una hora de coordinación
                        para poder asesorar más en esta etapa educativa.
                 Los profesores que imparten el grupo flexible disponen de una hora de coordinación.
Criterios para   Atendiendo a la organización del centro se establecen los criterios generales que se tienen en cuenta a la hora de realizar
realizar las     las sustituciones. Serán los siguientes:
sustituciones.
                                                                    9
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                        1. El profesor con disposición al centro. Sí está libre el tutor, será él quien sustituya.
                        2. El profesor con disposición al centro del mismo nivel.
                        3. El profesor con disposición al centro del mismo ciclo.
                        4. Los coordinadores.
                              - Sí falta un profesor especialista, sustituye otro especialista de la misma materia.
                              - Los profesores de Educación Infantil son los últimos en ir a sustituir en Primaria, después de los coordinadores.
Atención al         Atendiendo a la organización del centro se establecen los siguientes puntos a tener en cuenta a la hora de Atención al
alumnado en         alumnado en horario de recreo:
horario de recreo       1. A principio de curso, desde jefatura de estudios, se hará el calendario de atención al alumnado en tiempos de recreo.
                        2. El calendario estará expuesto en la sala de profesores.
Vigilancia de los   La vigilancia de los patios se organizará por el grupo de profesores encargados del patio, si por algún motivo justificado
patios              algún profesor/a debe ausentarse del patio este deberá comunicarlo inmediatamente a la Jefatura de Estudios para que
                    pueda ser sustituida esa persona. Durante el patio el profesorado se colocará estratégicamente para poder divisar mejor el
                    comportamiento de los alumnos /as, dando paseos para controlar y observar mejor el comportamiento de los alumnos.
                    Modo de actuación en caso de accidente.
                    En caso de accidente de alguno de nuestros alumnos /as, este será nuestro modo de actuar, siempre dependiendo del
                    grado de gravedad del mismo:
                       1. En caso de accidente se informará a los padres y madres para que acudan al centro
                       2. Si es necesario se llamará al 112.
                       3. Se informará al equipo directivo
                       4. En caso de padres y madres no puedan a acudir al centro y si es necesario acudir al centro de salud o al hospital, el
                          alumno será acompañado por un profesor designado por el equipo directivo o bien por el equipo directivo.
Artículo 2. EL TUTOR
Funciones           a) Tutor es el maestro que tiene a su cargo la atención personal de un grupo de alumnos. Los tutores serán nombrados por
                       el Director, a propuesta del Jefe de Estudios y siguiendo la normativa vigente. Dichos nombramientos tendrán vigencia
                       durante todo el curso escolar.
                    b) Se tenderá a que el tutor acompañe a sus alumnos durante el ciclo completo. En caso de que sea necesario dejar la

                                                                         10
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                     tutoría sin terminar el ciclo, será siempre el Director quien, oído el Jefe de Estudios, tomará las decisiones pertinentes.
                c) Se informará a los padres sobre la actividad docente y el rendimiento académico de sus hijos a través de:
                         Reuniones generales, una al menos cada trimestre.
                         Boletín trimestral informativo.
                         Día de visita semanal (fijado por el Claustro)
                d) Informará a los maestros mediante las juntas de evaluación y las reuniones de ciclo.
                e) El tutor o profesor deberá comunicar al Equipo Directivo., para que realice las gestiones adecuadas, la circunstancia de
                     indisposición o accidente de un alumno/a. En caso de que haya necesidad de llevarlo al hospital será el director/a quien
                     determine qué profesor/a se encargará de hacerlo. Se le trasladará en taxi, si lo precisa. Si no fuera conveniente el
                     traslado, se avisará al SAMUR.
                f)   Sólo se administrarán medicamentos si el padre, madre, tutor o responsable legal lo solicita por escrito siendo obligatorio
                     el informe médico especificando el nombre del medicamento, la dosis, duración del tratamiento y el momento en que
                     debe ser administrado. Si la administración del medicamento debe ser llevada a cabo durante el horario de comida, será
                     el equipo directivo quien lo suministrará o determinará el responsable de hacerlo.
                g)   En Educación Infantil y primer ciclo los tutores deberán recibir y entregar a los niños a padres, tutores o personas
                     responsables a las entradas y salidas según el horario del centro. En segundo y tercer ciclo los alumnos deben ser
                     recogidos por el padre, madre, tutor o persona adulta que estos autoricen.
                h)   El Jefe de Estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen
                     funcionamiento de la acción tutorial.
                i)   Los profesores no tutores, como parte con responsabilidades pedagógicas, que se recogen en la P.G.A., referidas a su
                     área o siempre que el J.E. se lo requiera, colaborarán con el buen funcionamiento de todas las tutorías.
                j)   El Jefe de estudios si es necesario, podrá reclamar la ayuda del profesorado en las disposiciones horarias del mismo
Artículo 3. ATENCIÓN AL ALUMNADO
Atención de     Cuando las necesidades que presenten estos alumnos sean debidas sólo a situaciones de compensación educativa, sin
alumnado de     componente psíquico, físico o sensorial, la identificación de los mismos corresponderá al tutor con la colaboración del
compensatoria   E.O.E.P. y el profesorado de compensatoria, si lo hubiere.
Atención del    Organización          Existen dos “equipos”. Uno externo que está formado por el Orientador/a y Trabajador Social y el
alumnado con                          equipo de atención temprana y otro interno compuesto por los/as especialistas en PT y el AL.
necesidades                             El alumnado de NEE será atendido por los especialistas de PT y AL. Éstos, junto con Jefatura de
educativas                              estudios, con el asesoramiento del equipo de orientación serán los encargados de establecer los
                                        agrupamiento flexibles y horarios para la atención de dichos alumnos, con preferencia en las áreas
                                                                      11
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especiales                       instrumentales y respetando aquellas áreas de mayor socialización E.F, Música, etc..
                                 El apoyo del alumnado con NEE se podrá realizar tanto dentro como fuera del aula dependiendo de
                                 las características personales del mismo (edad, socialización…) y al criterio del personal especializado
                                 en coordinación con los tutores.
                Funciones del    a) Colaborar en los procesos de elaboración, evaluación y revisión de los proyectos curriculares de
                equipo externo      etapa a través de su participación en la Comisión de Coordinación Pedagógica.
                                 b) Colaborar con los tutores en el establecimiento de los planes de acción tutorial mediante el análisis
                                    y valoración de modelos, técnicas e instrumentos para el ejercicio de ésta, así como de otros
                                    elementos de apoyo para la realización de actividades docentes de refuerzo, recuperación y
                                    adaptación curricular.
                                 c) Asesorar al profesorado en el diseño de procedimientos e instrumentos de evaluación, tanto de los
                                    aprendizajes realizados por los alumnos como de los procesos mismos de enseñanza.
                                 d) Asesorar al profesorado en el tratamiento flexible y diferenciado de la diversidad de aptitudes,
                                    intereses y motivaciones de los alumnos, colaborando en la adopción de las medidas educativas
                                    oportunas.
                                 e) Colaborar con los tutores en la orientación educativa y profesional de los alumnos, favoreciendo en
                                    ellos la capacidad de tomar decisiones y promoviendo su madurez vocacional.
                                 f) Colaborar en la prevención y en la pronta detección de dificultades o problemas de desarrollo
                                    personal y de aprendizaje que puedan presentar los alumnos; realizar en su caso, la
                                    correspondiente evaluación psicopedagógica, y participar, en función de los resultados de ésta, en
                                    la elaboración de las adaptaciones curriculares y en la programación de actividades de
                                    recuperación y refuerzo.
                                 g) Colaborar con los tutores y profesores de apoyo en el seguimiento de los alumnos con necesidades
                                    educativas especiales y orientar su escolaridad al comienzo de cada etapa educativa.
                                 Promover la cooperación entre escuela y familia para una mejor educación de los alumnos.
                Funciones del    La mayor parte de las funciones están orientadas a la colaboración con el profesor tutor y contemplan
                equipo interno   los siguientes aspectos:
                de apoyo         a) La observación sistemática en el medio natural con objeto de identificar las n.e.e. de los alumnos.
                                 b) La colaboración en relación a las adaptaciones metodológicas y organizativas del aula, así como
                                   también a los materiales didácticos y recursos personales adecuados.
                                 c) La elaboración de materiales específicos para el proceso de E/A.

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                                          La relación con los servicios pedagógicos del centro o sector
                     Coordinación         A principio de cada curso se realizará una reunión del profesorado de PT y AL con tutores y
                     tutores – PT, AL     profesorado implicado con cada alumno para revisar, o realizar, la A.C. correspondiente al alumno/a y
                     – familia            fijar los criterios de evaluación (y temporalización) de la misma.
                                          Igualmente se celebrará una reunión con la familia, convocada por el tutor y con participación del
                                          profesorado de P.T. y A.L. para transmitirles la información sobre el trabajo que se realizará con su
                                          hijo/a a lo largo del curso según su A.C..
                                          Durante el trimestre el tutor informa a la familia de la evolución de su hijo:
                                          Citándola a lo largo del trimestre, con la presencia, si se estima conveniente del profesorado de P.T.
                                          y/o A.L.
                                          Elaborando Informe Trimestral de Evaluación conjuntamente con P.T/A.L. según calendario de
                                          reuniones que se elaborará desde jefatura de estudios. Dicho informe se entregará a las familias y se
                                          guardará copia en el expediente del alumno, además de tener copia tutor y especialista.
                     Informes y           Para cada alumno de necesidades educativas especiales se cumplimentará la siguiente
                     documentación        documentación:
                     de los alumnos                Evaluación Inicial: documento elaborado por tutor/PT /AL al comienzo de curso.
                     con NEE                       D.I.A.C.: Documento individualizado de Adaptaciones Curriculares. Se elabora a partir de la
                                                    evaluación inicial y el informe psicopedagógico. Lo realizan tutor/PT/AL/ y especialistas.
                                                   Informe de evaluación trimestral. Elaborado por tutor, PT, y AL del que se entregará copia a la
                                                    familia, tutor, PT y Al y al expediente.
                                                   Informe de término de escolaridad que se adjunta al expediente.
                                          Estos dos documentos se guardan en el expediente del alumno que está es Secretaría y al que tienen
                                          acceso sólo los profesores que intervienen en dicha A.C.
Artículo 4. ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN DE LOS PROFESORES
ÓRGANOS UNIPERSONALES
DIRECTOR/A    a) Velará por la realización de las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia del Centro
                     b) Garantizará el cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interior
                     c) Resolverá los conflictos escolares e impondrá las sanciones que corresponda a los alumnos, salvo las que por su
                       naturaleza correspondan al profesorado y las que estén reservadas al Consejo escolar.

                                                                      13
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EL/LA JEFE/A DE    a) Será el responsable directo de la aplicación de las Normas de Conducta y de la disciplina escolar.
ESTUDIOS           b) Llevará el control de las faltas cometidas por los alumnos contra las Normas de Conducta y de las sanciones impuestas y
                      deberá informar de ellas, periódicamente, a los padres o tutores.
SECRETARIO/A       a) Ordenar el régimen administrativo del Centro, de conformidad con las directrices del Director.
                   b) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
                   c) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos
                      al Centro.
ÓRGANOS COLEGIADOS
EL CONSEJO    El Consejo Escolar es el competente para aprobar el Plan de Convivencia del Centro y deberá garantizar que en su
ESCOLAR       elaboración participen todos los sectores de la Comunidad Educativa y que las Normas de Conducta se adecuen a la
                   realidad del centro educativo.
                   Corresponde además al Consejo Escolar conocer la resolución de los conflictos disciplinarios, velará por el correcto ejercicio
                   de los derechos y cumplimiento de los deberes de los alumnos y por que la resolución de conflictos se atenga a la normativa
                   vigente
ÓRGANOS DE         En el Centro existirán los siguientes órganos de coordinación docente:
COORDINACIÓN       a) Equipos de Ciclo: agruparán a todos los maestros que impartan docencia en él o aquellos que estén adscritos a él, son
DOCENTE               los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del Jefe de Estudios, las enseñanzas
                      propias del ciclo. Cada uno de los Equipos de Ciclo estará dirigido por un coordinador que desempeñará su cargo
                      durante un curso académico. Este coordinador de ciclo habrá sido elegido en claustro, y será coordinador, aquel profesor
                      que preferiblemente haya estado en el centro anteriormente como mínimo un año. Las reuniones de los Equipos de Ciclo
                      serán las necesarias para su organización. Se realizarán a lo largo del curso tres reuniones interciclos.
                   b) Comisión de Coordinación Pedagógica: estará integrada por el Director, que será su presidente, el Jefe de Estudios, los
                      coordinadores de ciclo , el coordinador del TIC, un miembro del equipo de apoyo y la orientadora del centro.
                   c) Tutores.


         Capítulo 4. Alumnado.
Artículo 1.        La organización interna de los alumnos dentro de la clase la decidirá el tutor/a.
Organización       En cada una de las unidades escolares a partir de segundo curso se elegirá por parte de todos los alumnos que la integren,
                                                                       14
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interna de los   y de entre ellos mismos, un delegado y un subdelegado. Estos representantes serán portavoces del curso ante los
alumnos          profesores. La forma de elección de delegados será común dentro del mismo ciclo.
                 Son funciones del delegado:
                  a) Representar a la clase ante los profesores.
                  b) Cooperar con el profesor en el mantenimiento del orden en la clase.
                  c) Cooperar con el profesor en la organización del material de la clase.
                 Son funciones del subdelegado:
                  a) Sustituir al delegado.
                  b) Colaborar con el delegado.
                  c) Cualquier otra que le asigne el tutor/a.
Artículo 2.      Cuando los alumnos se incorporen por primera vez al centro al iniciar su escolaridad en Educación Infantil serán adscritos a
Adscripción      un curso atendiendo a que exista entre los distintos grupos homogeneidad en cuanto a su composición:
                       Niños y niñas.
                       A.c.n.e.e.s. (Si ya vienen diagnosticados)
                       Nº total de alumnos.
                       Religión o alternativa.
                 En el caso de alumnos que se incorporan al Centro en periodo extraordinario es la Comisión de Escolarización la que asigna
                 nivel. El Equipo Directivo asignará grupo. Siempre que sea necesario se consultará con los tutores.
                 Al finalizar la etapa de educación infantil y cada ciclo de primaria se volverán a reestructurar los cursos atendiendo a los
                 siguientes criterios:
                  a) La reestructuración la realizará el equipo de ciclo saliente en el mes de junio.
                  b) Se intentará siempre que exista un equilibrio y homogeneidad entre los grupos en todos los aspectos:
                       Rendimiento, comportamiento y esfuerzo.
                       Niños y niñas.
                       Alumnos repetidores.
                       A.c.n.e.e.s.

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                            Compensatoria.
                            Nº total de alumnos.
                            Alternativa/ religión
Artículo 3.          Todos los alumnos del centro tendrán los derechos que les reconozca la ley en cada momento, entre los que podemos
Derechos             concretar los siguientes:
                      a) Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.
                      b) Todos los alumnos del centro tienen derecho a las mismas oportunidades que se promoverán :
                                 Por la NO discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones
                                  políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas, o cualquier otra
                                  condición o circunstancia personal o social.
                                 Por beneficiarse de las medidas y recursos que disponga el centro en cada momento para compensación de
                                  desigualdades, integración y atención a alumnos con necesidades educativas especiales.
                      c) Los alumnos tienen derecho a que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad. Para ello tendrán
                           derecho a conocer, a principio de cada curso, los criterios de evaluación y promoción fijados por el claustro en la
                           programación y por los que serán evaluados.
                      d) Los alumnos y sus familias tendrán derecho a recibir información periódica, tanto escrita como oral, del rendimiento y
                           evolución del proceso de aprendizaje, para lo que el centro fijará cada año a principios de curso los medios, formas y
                           días destinados a tal fin.
                      e) Todos los alumnos tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de seguridad
                           e higiene.
                      f)   Los padres de los alumnos o tutores legales podrán elegir la opción religiosa que en cada momento oferte el centro en
                           función de los recursos personales que le asigne la Administración. La opción elegida se podrá modificar cada año a
                           principio de curso, dentro de los plazos fijados por el centro.
Artículo 4.          Los alumnos tienen los siguientes deberes:
Deberes               a) El estudio constituye un deber básico de los alumnos y se concreta en las siguientes obligaciones:
                                 Asistir a clase con puntualidad y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio.
                                 Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades del centro.
                                 Seguir las orientaciones del profesorado respecto de su aprendizaje.

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                                 Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
                                 Realizar los trabajos que los profesores manden para casa, relacionados con la programación.
                      b) Los alumnos deberán observar un trato correcto hacia sus compañeros, no utilizando en ningún caso la violencia física
                          o moral.
                      c) Los alumnos deben cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones del centro y respetar las
                          pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
                      d) Los alumnos tienen el deber de participar en la vida y el funcionamiento del centro.
                      e) Todos los alumnos tienen el deber de acudir al centro en las debidas condiciones de higiene y decoro en el vestir. Si
                          las circunstancias lo requieren el centro reclamará a la familia que tome las medidas adecuadas.
                     Si en algún momento existiese alguna discrepancia en el concepto de higiene y decoro en el vestir, será el Consejo Escolar
                     el que resolverá la misma.
Artículo 5.            El horario general será el aprobado por la D.A.T. cada año.
Horario                Las puertas se abrirán con carácter general, y siempre que no entorpezcan las actividades lectivas, 10 minutos antes del
                        horario de entrada y se cerrarán 5 minutos después de este horario.
                       Para acceder al centro fuera de este horario se hará por la puerta principal del centro, cuando exista una causa
                        justificada.
                       Para el aprovechamiento del horario de dedicación del profesorado al centro, el equipo directivo asignará funciones y
                        horarios, en función de los proyectos aprobados por el claustro.
                       Cada tutor velará porque en su clase se respeten y cumplan los horarios.
                       Cuando un tutor detecte algún alumno que de modo habitual incumpla los horarios o falte a clase lo notificará a la familia.
                        En caso de no obtener respuesta satisfactoria o repetirse la circunstancia lo comunicara a jefatura de estudios para que
                        se inicie el proceso previsto en estos casos: citación por parte del tutor, carta escrita desde jefatura de estudios,
                        derivación del caso a la Comisión de Absentismo Local (según protocolo de absentismo). Es importante recordar que
                        todos los alumnos deben llegar puntualmente a clase y ser recogidos de la misma manera.
                       Los alumnos que lleguen tarde tendrán que venir acompañados y deberán pasar por secretaria donde se les rellenaran
                        una nota en la que se indicará el motivo del retraso. Dicha nota se entregará al profesor. En caso de reincidencia el
                        equipo directivo tomara las medidas previstas en el apartado de las normas de convivencia que recoge las sanciones de
                        faltas leves. Recordamos que el retraso reiterado sin hecho que lo justifique es también considerado absentismo escolar.
                       En cada clase existirán hojas de control de asistencia que se facilitarán a principio de cada mes desde jefatura de
                                                                       17
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                       estudios.
                       A final de cada mes una copia del parte de ausencias será archivada en jefatura de estudios. El tutor amonestará por
                        escrito la acumulación de tres faltas injustificadas en un mes.
                       Cuando un alumno tenga que abandonar el centro antes de la finalización del horario lectivo deberá ser recogido por
                        familiar o persona autorizada por secretaria dejando el justificante por escrito.
Artículo 6.          En lo que se refiere a la promoción de los alumnos se estará a lo dispuesto en las leyes vigentes.
Promoción
Artículo 7.          Con el fin de adaptar al Colegio a los niños de tres años, la incorporación de éstos se realizará de forma escalonada en los
Período de           primeros días del curso escolar.
adaptación en        En la P.G.A. se establecerán los criterios para seleccionar los niños que se incorporarán cada día, la distribución de los
educación infantil   tiempos y todas las circunstancias que rodean el proceso de adaptación.
Artículo 8.          Los alumnos deberán venir a clase aseados, peinados, con ropa limpia
Aseo                 En el caso de epidemia de contagio, el alumno portador se enviará a su casa hasta su total recuperación.
                     Queda prohibido fumar en el recinto escolar.
                     Después de la Educación Física será obligatorio asearse
                     No se podrá estar en las clases en horario escolar con gorras, gorros, guantes, etc…..
Artículo 9.          Los libros de texto de Educación Infantil y Primaria se podrán revisar según dispone la normativa vigente a fin de cambiarlos
Libros de texto      si se considera oportuno, con el objetivo de adecuarlos al Proyecto Curricular del Centro. Excepcionalmente, y por una
                     causa justificada, podrá acortarse el plazo.
                     Esta propuesta será estudiada en el ciclo o por los especialistas con suficiente antelación, se estudiará en la Comisión de
                     Coordinación Pedagógica y se elevará al Claustro, que será el órgano responsable del cambio en su caso.
                     Del cambio de libros de texto se dará información al Consejo Escolar y a la Administración
Artículo 10.         No está permitido hacer fotos ni grabaciones de vídeo en todo el recinto escolar.
Derechos de          Sólo se podrá hacer fotos y grabar a aquellos alumnos/as cuyos padres hayan dado su autorización para ello. Si en alguna
imagen               clase existe al menos un alumno/a sin autorización, no se podrán hacer fotos ni grabar al grupo.
                     Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal 15/1999 del 13 de Diciembre, articulo 2.
                     Ley Orgánica 1/1982 del 5 de Mayo de protección civil del derecho al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia

                                                                        18
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                    imagen.
Artículo 11.        Actividades extraescolares serán aquellas que se realicen fuera del horario lectivo.
Actividades                Podrán ser organizadas por niveles, ciclos, claustro o Asociación de Padres.
extraescolares y
                           No podrán tener carácter lucrativo.
complementarias
                           Las actividades extraescolares no se llevarán a cabo en el caso de que no haya un porcentaje de participación de, al
                           menos, el 75% u 80% según características de las salidas
                           Actividades complementarias serán aquellas que se realicen dentro del horario lectivo.
                           Las actividades estarán abiertas a la participación de todos los alumnos. Podrán ser organizadas por niveles, ciclos,
                           claustro o centro.
                    Las actividades complementarias que se realicen en el centro deberán ser aprobadas por el consejo escolar a inicio de
                    curso e ir incluidas en la Programación General Anual
                    Se realizará una distribución lineal de actividades tipo por niveles.
                    A lo largo del curso antes de realizarse cada actividad se remitirá hoja de autorización para realizar la actividad.


TÍTULO II: RECURSOS ECONÓMICOS.
Artículo1.          Procederán de:
Ingresos             a) Las partidas libradas por la Comunidad de Madrid, tanto para gastos de funcionamiento como para becas o ayudas de
                         libros, comedor y otros conceptos.
                     b) Otros ingresos: se podrán solicitar subvenciones o ayudas a otras entidades públicas (Ayuntamiento).
                     c) Los generados por el uso del servicio del comedor por alumnos y profesorado conforme a las tarifas aprobadas cada
                         curso.
Artículo 2.          a) Todo gasto será justificado con su correspondiente factura oficial y legalmente expedida.
Contabilidad         b) Todo gasto deberá ser visado o autorizado por el Equipo Directivo.
                     c) Todo gasto autorizado deberá estar contemplado en la correspondiente partida presupuestaria.
                     d) El remanente procedente de la diferencia entre ingresos generados por el servicio del comedor y los gastos específicos
                         del mismo pasará, salvo instrucciones oficiales que dispongan lo contrario, a formar parte de la cuenta general del
                                                                        19
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                          centro. No obstante se mantendrá siempre un saldo suficiente en la partida del comedor para atender los gastos
                          previstos e imprevistos del mismo, teniendo en cuenta la especificidad del mismo.
Artículo 3.          Un informe escrito, con el resumen de ingresos y gastos por partidas presupuestarias, será presentado al claustro y al
Justificaciones      Consejo Escolar a principio de año.


TÍTULO III: RECURSOS MATERIALES.

Artículo 1.           a) Los materiales y recursos podrán ser adquiridos por vía de suministro parte de la Administración o por adquisición
Adquisición               directa del centro.
                      b) El equipo directivo solicitará cada año la renovación del mobiliario y/o materiales que se considere necesario a lo largo
                          del proceso de evaluación.
                      c) El control y la gestión de las adquisiciones se realizarán por el equipo directivo en cumplimiento de las funciones que
                         tiene asignadas.
Artículo 2.           a) El material didáctico en función de sus características estará distribuido en las salas de uso común, en las salas de
Organización,            ciclo o de especialidad.
control y uso         b) En cada dependencia con materiales de uso común existirá un estadillo donde se anotará el material que se saca,
                         quién lo retira y la fecha.
                      c) Cada aula estará dotada de un material básico para uso específico de ese grupo. Será responsabilidad del profesor de
                         esa aula el control de dicho material.


          Capítulo 1. Instalaciones.

Artículo1.           El uso de las distintas instalaciones será autorizado por el equipo directivo.
Permisos de uso
Artículo 2.          El horario de uso de las instalaciones en el horario lectivo será elaborado por el profesor responsable de la actividad o
Horarios             asignatura o en su defecto por el equipo directivo.
                     El horario de uso en tiempo no lectivo será elaborado por el equipo directivo.
Artículo 3.            Los alumnos no podrán permanecer en el aula durante el tiempo de recreo o tras la hora de salida de clase, salvo que el
                                                                         20
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Aulas                  profesor/a esté presente. Las aulas deben permanecer cerradas siempre que el grupo de alumnos junto con el profesor
                       responsable no esté en clase.
                       No se entregará ningún material una vez que estén los alumnos en clase.
                       Los alumnos tienen la obligación de realizar los trabajos que manden los profesores, así como traer el material necesario
                        para el desarrollo del mismo.
                       Los días en los que, por inclemencia del tiempo o cualquier otro motivo no pueden ser utilizados los patios de recreo, los
                        tutores, apoyados por el resto de profesores adscritos al centro, se harán cargo de sus alumnos en el aula.
                       Para acceder a los servicios de planta, en horario de clase, se precisa la autorización del profesor/a correspondiente.
                       Entre clase y clase queda prohibida la salida de la misma si no es con consentimiento del profesor/a.
                       Los alumnos deberán ser puntuales al comienzo de cualquier actividad.
Artículo 4.            Durante las horas de clase están prohibidas las salidas al patio de recreo o permanecer en los pasillos.
Pasillos               Las salidas y entradas se realizarán ordenadamente, siendo acompañados los alumnos por sus profesores/as. Por tanto
                        los pasillos y escaleras no serán lugares de juego, ya que en ellos se requiere orden y silencio.
                       El control de pasillos es responsabilidad de todo el profesorado en entradas y salidas y a lo largo de la jornada lectiva.
                       Está prohibido expulsar a un alumno/a al pasillo.
                       Los tutores u otros especialistas deberán hacerse cargo del mantenimiento de las decoraciones o de la eliminación de
                        aquellos que estén estropeados, así como el mantenimiento y cuidado de los pasillos.
Artículo 5.            Los servicios de planta se usarán únicamente en horarios de clase. En horario de recreo o de entrada y salida se usarán
Lavabos                 sólo los del patio.
                       Los alumnos de cada planta del edificio utilizarán los aseos situados en la planta donde estén ubicadas sus aulas,
                        dándoles exclusivamente el uso debido. Por tanto, no se deberá jugar o permanecer reunidos en ellos, esconderse,
                        pintarlos o causar deterioros… Siendo esta circunstancia objeto de sanción.
                       Los que vayan en horas de clase con permiso del profesor, lo harán en silencio y con rapidez.
                       Se hará buen uso de los servicios:
                                 No se tirará agua al suelo.
                                 Se cerrarán las llaves del agua.

                                                                        21
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                            No rayar ni pintar o escribir las puertas ni paredes.
                            Tirar los papeles en la papelera.


Artículo 6.     Se confeccionará un horario para la distribución equitativa entre todos los cursos.
Salas de usos
específicos
Artículo 7.       Se destina esta aula como biblioteca de préstamo, así como animaciones a la lectura.
Biblioteca        Después del uso de esta aula, cada profesor se encargará de dejarla en condiciones para el uso del curso siguiente.
                  El coordinador de Biblioteca controlará el material de dicha aula y se encargará de registrar las salidas y entradas de los
                   libros de préstamo.
                  El coordinador de Biblioteca realizará un proyecto destinado a realizar actividades generales de centro con el objetivo de
                   fomentar la lectura.
                  Existe un horario de biblioteca con una sesión semanal para cada curso de de Infantil y Primaria.
                  Será necesaria para su identificación como usuarios la presentación del carné de la biblioteca escolar, de los cuales se
                   hacen responsables los tutores de cada curso.
                  El préstamo de libros es personal, por lo que ningún usuario podrá cederlos a otras personas.
                  La desaparición o deterioro del libro implica la reposición inmediata de un nuevo ejemplar o uno de semejantes
                   características a cuenta del usuario.
                  Se excluyen del préstamo los libros de consulta (diccionarios, enciclopedias, atlas)
                  Durante este tiempo el tutor atenderá al préstamo, podrá realizar actividades de animación a la lectura, búsqueda de
                   información, devolución de ejemplares y realización de trabajos escolares en los que sea necesaria la consulta de libros.
                  Cada usuario podrá disponer de 1 libro durante 15 días, prorrogable a un mes con previo aviso. Si sobrepasa este
                   tiempo quedará desautorizado para nuevos préstamos durante 15 días.
                  El usuario que no haya devuelto la obra prestada en el periodo indicado para su devolución recibirá notificación de la
                   demora
                  El solicitar el préstamo de un libro, no necesariamente implica que el alumno se le puede llevar en ese momento
                  En caso de observarse en un usuario una reiteración del mal uso de este servicio (daño en el material, pérdida,
                   incumplimiento de plazos de devolución,…), el responsable de la Biblioteca puede anularle el servicio de préstamo
                   temporalmente o de forma definitiva, e impedir su acceso a la Biblioteca

                                                                    22
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                    Cualquier eventualidad no contemplada en estas normas será analizada y resuelta por las encargadas de la
                     misma y la dirección del centro.
Artículo 8.         Después del uso de esta aula, cada profesor se encargará de dejarla en condiciones para el uso del curso siguiente.
Laboratorio         Cada profesor/a deberá programar y realizar con los alumnos actividades relacionadas con la programación de cada
                     nivel.
Artículo 9.         Se llevará un cuadrante de uso. Atendiendo las necesidades programadas desde TIC, Ciclos y Profesorado de Apoyo.
Sala de             El coordinador de Informática deberá presentar un proyecto de las TIC.
Informática         El coordinador TIC controlará el material disponible, su arreglo y nueva adquisición.
Artículo 10.        Después del uso de esta aula, cada profesor se encargará de dejarla en condiciones para el uso del curso siguiente.
Sala de             Cuando sea necesario el uso del material de audiovisuales será el propio tutor y/o responsable de la actividad el que se
audiovisuales        encargue de tener preparado todo lo necesario para poder llevar a cabo la actividad con la colaboración del TIC.
Artículo 11.        Después del uso de esta aula, cada profesor se encargará de dejarla en condiciones para el uso del curso siguiente.
Salón de actos      Todo el material relacionado con las obras de teatro y que pueda ser utilizado nuevamente se guardará en los armarios
                     habilitados para ello, ubicados en el propio salón de actos.
Artículo 12.      Después del uso de esta aula, cada profesor se encargará de dejarla en condiciones para el uso del curso siguiente.
Psicomotricidad
Artículo 13.        No se permanecerá en él. Debe ser considerado como lugar de paso.
Vestíbulo           Las familias no esperarán a los alumnos en él, salvo con autorización del tutor o Dirección.
Artículo 14.        No se permitirán juegos peligrosos o el uso de instrumentos de juego que puedan dañar a los compañeros (balones de
Patios               reglamento, peonzas, cuerdas, objetos punzantes...). Lo mismo ocurrirá si algún objeto reiteradamente se convierte en
                     motivo de pelea o disputa.
                    La zona reservada para aparcamiento será destinada sólo para la entrada de vehículos de profesores, personal laboral y
                     suministros, pudiendo entrar otros coches solamente para traer al Centro alumnos con algún problema físico.
Artículo 15.      Se entiende que el servicio de Comedor es un servicio complementario por lo que las normas establecidas y aprobadas en el
Comedor           presente Reglamento de Régimen Interior son de obligado cumplimiento para todos los agentes implicados en dicho servicio.
Artículo 16.      Estará prohibido la entrada a animales
Al centro en
general
Artículo 17.      Solo estará permitido la entrada a trabajadores del centro así como a los camiones que suministran tanto al centro como a cocina y a
Parking           aquellos padres que traigan a algún alumno con impedimentos de movilidad

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TÍTULO IV: COMEDOR ESCOLAR Y DESAYUNO
          Capítulo 1. Comedor.
Artículo 1.          El horario de septiembre y junio es de 13:00 a 15:00 horas. El resto del curso, de octubre a mayo, el horario será de 12:30
Horario              a 14:30 horas.
                     El comedor escolar funcionará según acuerdo en el consejo escolar, desde el primer día lectivo hasta el último del curso.
Artículo 2.          Está atendido por cocinera, ayudantes de cocina y monitoras.
Organización         La ratio de alumnos/monitora es:
                           15 alumnos/ monitora (3 años) o fracción superior a 7
                           20 alumnos/ monitora (4,5 años)o fracción superior a 10
                           30 alumnos/ monitora (primaria)o fracción superior a 15
                     La dirección del centro se ocupará de:
                           Número de monitores, póliza de seguro de responsabilidad civil, tc2 de seguridad social, carné de manipuladores de
                            alimentos del personal, así como de posibles deficiencias o del funcionamiento general de este servicio.
                           Valorar mensualmente los menús y se comprobará que se ajustan a las principios alimenticios recomendados por el
                            instituto de salud pública de la Comunidad de Madrid.
                           Determinar las compras que se deben realizar de menaje o reposición de electrodomésticos, etc.
                           Valorar las posibles incidencias que puedan existir.
Artículo 3.          Acostumbrar a los alumnos que hagan uso de estos servicios a respetar las principales normas de uso común durante la
Objetivos            comida y que hacen referencia a:
                           Uso de cubiertos y servilletas.
                           Lavado de manos antes y después de la comida.
                           Pedir las cosas con educación.
                           No levantar la voz en el comedor.
                           Adquirir hábitos de buen comportamiento en la mesa.-

                                                                        24
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                           Responsabilizar a los alumnos de cursos superiores de ayudar a servir y atender a los compañeros más pequeños
                            en colaboración con las monitoras.
                           Fomentar el cepillado de dientes tras la comida.
Artículo 4.          Antes de la comida:
Actividades                Lavado de manos. Los más pequeños se lavan las manos en los servicios del interior del centro. Los mayores lo
                            hacen en los servicios del patio, controlados por las monitoras
                     Durante la comida:
                           Normas de comportamiento en la mesa.
                           Durante el horario de comida, de vez en cuando, se recordarán las normas básicas de comportamiento en la mesa
                            y las monitoras colaborarán en que los alumnos la cumplan.
                           En la pared tendrán las normas del comedor y los alumnos/as deberán aplicarla.
                     Después de comer:
                           Dado lo limitado del tiempo que queda después de comer parece lo más oportuno facilitar actividades que los
                            alumnos puedan realizar en los tiempos libres de modo espontáneo y algunas dirigidas, especialmente los días de
                            lluvia.
                           Los días de lluvia e inclemencias del tiempo los alumnos deberán estar en:
                           Los alumnos de infantil estarán en sus aulas
                           Los alumnos de primero y segundo en el aula psicomotricidad
                           Los alumnos de tercero y cuarto estarán en audiovisuales
                           Los alumnos de quinto estarán en laboratorio
                           Los alumnos de sexto estarán en gimnasio
Artículo 5.          La minuta del servicio de comedor para los alumnos fijos será la establecida por la Consejería de Educación cada curso
Minuta               escolar.
                     La minuta de los alumnos eventuales se fijará cada curso atendiendo a la generalidad de los colegios públicos del municipio


Artículo 6.          En este reglamento, según LOE, están recogidas las normas relativas a comedor. Se hace referencia al comportamiento en
                                                                      25
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Normativa            este servicio, donde se espera un normal cumplimiento de las normas de higiene y respeto dentro de un comedor
                     (limpieza y corrección, atención a las monitoras y personal de cocina, uso de cubiertos, terminación de los alimentos,
                     compostura, etc.).
                     La normativa específica sobre funcionamiento y administración del comedor será comunicada a los padres/madres de los
                     alumnos/as que se vean afectados antes del inicio de cada curso, por lo que la formalización de la solicitud correspondiente
                     presupone la aceptación de las siguientes normas:
                     El comedor es un servicio voluntario por lo que todo aquel que quiera disfrutar de él, tendrá que acogerse a las siguientes
                     normas.
                      a) Los/las alumnos/as sólo podrán utilizar el comedor cuando se demuestre que son autónomos para utilizar este servicio.
                      b) En ningún momento los/las alumnos/as podrán pasar al edificio o entrar en las aulas sin expresa autorización.
                      c) Queda terminantemente prohibido salir fuera del recinto escolar a cualquier alumno/a comensal. Sólo podrán hacerlo si
                         sus padres-tutores vienen a recogerlos y entregan un escrito en dirección firmado por aquéllos, que acredite la
                         necesidad de que salgan. El incumplimiento de esta norma se considerará falta muy grave siendo causa de sanción. Si
                         fuera reiterativa será causa de baja en el comedor.
                      d) La presentación de la hoja de solicitud de comedor supone la aceptación previa de estas normas y su cumplimiento
                         prevalecerá sobre el "derecho " de asistencia al comedor escolar:
                      e) Se nombrarán jefes de mesa entre los mayores. Igualmente se nombrarán ayudantes que se encargarán de distribuir
                         el material deportivo, siempre acompañado de una monitora.
                      f) Los alumnos se distribuirán por patios. Los alumnos de 3 y 4 años subirán a su patio.
                      g) Los alumnos más pequeños serán los primeros en entrar a lavarse la manos.
                      h) Los alumnos que durante un mes acumulen tres falta de comportamiento, podrán ser suspendidos cautelarmente del
                         servicio de forma temporal por los encargados del comedor. Cuando sean reincidentes será el consejo escolar, el que
                         decida la medida a tomar, pudiendo ser ésta la suspensión definitiva de la prestación del servicio.
                      i) Cada monitora se encargará de anotar cada día a los alumnos ausentes .
                      j) Cada principio de mes se enviará a los familiares el menú de ese mes completo.
Artículo 7.            Para facilitar el pago del servicio, las cantidades a abonar mensualmente serán siempre las mismas,
Pagos                   independientemente del número de días reales de prestación de este servicio en cada mes, haciendo un prorrateo
                        de todos los días del curso que habrá servicio de comedor, y facturándose en 8 mensualidades, modificándose esta norma,
                        de manera extraordinaria en el caso de que algún problema familiar, en el que haya que tomar medidas especiales. El presidente

                                                                        26
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                   del consejo, en representación del mismo podrá arbitrar estas medidas temporalmente.
                   El abono de las cuotas correspondientes a cada mensualidad, deberá efectuarse en el banco correspondiente, en
                    los cinco primeros días de cada mes.
                   No se permitirá el uso del comedor escolar ni la estancia en el recinto escolar durante el tiempo que dure el servicio, a
                    aquellos/as alumnos/as que tengan un recibo impagado, dando un plazo de cinco días para pagarlo. En caso de que la
                    devolución del recibo se repita se le privará del uso del comedor, en un primer lugar durante 15 días , si continúa el
                    impago , la sanción será de baja definitiva por lo que quede de curso.
                   Si un recibo es devuelto por el banco, será abonado a la mayor brevedad posible, siendo en este caso, su importe más
                    los gastos de devolución. Los gastos de sanción bancaria por impago (3 €) correrán a cargo del pagador.
                   Si el recibo es devuelto por el banco más de 2 meses, el alumno también será dado de baja de este servicio
                   Los alumnos que no estén al corriente de sus pagos, no podrán hacer la reserva de comedor
                   Las mensualidades serán abonadas mediante recibo domiciliado en Caja Madrid. No habrá recibos no domiciliados, es
                    obligatorio domiciliar
                   Es necesario, pasar por secretaria para facilitar los datos bancarios y rellenar la solicitud de reserva cada curso escolar,
                    independientemente de haber estado ya en comedor el curso anterior en caso contrario el alumno/a no podrá utilizar el
                    servicio de comedor escolar
                   Los alumnos deberán abonar la minuta que establezca la administración. Los que disfruten de beca, abonarán la
                    diferencia entre la minuta y la beca que les haya sido concedido.
Artículo 8.      Las ausencias aisladas de los/las alumnos/as del comedor podrán ser descontadas cuando éstas sean justificadas y
Ausencias        las devoluciones a que hubiese lugar por este motivo, se harán efectivas a final de curso o se descontará del curso
                 siguiente, teniendo en cuenta que la devolución será del 50% a partir de 3 días, ya que el resto se le abona a la
                 empresa por el coste del personal contratado.
Artículo 9.      Para la utilización esporádica del comedor el/la alumno/a deberá abonar en la cuenta del centro la cantidad estipulada
Alumno           de un bono de comedor de 5 comidas, que podrá utilizar en cualquier momento.
esporádicos
Artículo 10.     Para solicitar el alta o baja del servicio de comedor, deberán comunicarlo en la secretaria del colegio una semana antes de
Bajas y altas    comenzar el nuevo mes, de no ser así se cobrará 7 días de recargo.
                 Si se ha contratado el mes de junio, no se podrá dar de baja en él durante el curso escolar.


                                                                   27
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Artículo 11.      Cumpliendo con la normativa general de comedores se servirán menús especiales, atendiendo a la normativa vigente,
Dietas            únicamente por motivos especiales de salud, según acuerdo del consejo escolar. Dichas condiciones de salud deberán ser
                  justificadas mediante certificado médico oficial.
                  Si algún niño, usuario del comedor, tuviera necesidad de dieta, lo comunicarán y justificarán en secretaría con la suficiente
                  antelación (antes de las 10:00 horas) para que pueda ser atendido. En ningún caso, se entrará a hacer esta petición al
                  comedor, ni se les pedirá a las monitoras.
                  Los alumnos con dietas especificas que falten al centro por cualquier circunstancia deberán dar aviso para no realizar esa
                  dieta en los días que se falta
Artículo 12.      La elaboración del menú, tanto el de la comida como el del desayuno será directa. se realizará en la cocina del centro.
Menús             El equipo directivo del centro controlará la calidad de las materias primas
Artículo 13.      Sólo se administrará medicación cuando exista una enfermedad crónica y / o lo justifique un médico al centro, a través de
Medicaciones      un informe en el que se especifique la dosis, duración, tratamiento y la toma.

Artículo 14.       a) Recibir la comida en buenas condiciones sanitarias y en una cantidad suficiente y apropiada para su desarrollo.
Derechos de los    b) Ser atendidos/as, escuchados/as y vigilados/as por el personal encargado
alumnos
                   c) Ser respetados/as y tratados/as con dignidad.
usuarios del
comedor            d) Ser educados/as en las buenas costumbres y modos de compartimiento.
                   e) Ser respetados/as por sus compañeros/as y no ser maltratados/as o humilla dos/as por nadie.
Artículo 15.       a) Obedecer, atender y respetar al personal del comedor.
Deberes de los     b) No podrán ausentarse del comedor en ningún momento y bajo ningún pretexto si no es con un justificante o
alumnos               autorización personal de sus padres/madres o tutores/as legales entregado en Dirección.
usuarios del       c) Deberán ser auto suficientes para poder alimentarse, cumpliendo los requisitos mínimos de convivencia:
comedor
                           Saber utilizar los cubiertos correspondientes.
                           No tirar la comida al suelo.
                           Cumplir las normas básicas de higiene y corrección durante el tiempo de la comida.
                           Colocarse donde se le indique y en el momento que le manden .
                   d) Respetar las instalaciones y el material de comedor, y hacer uso adecuado del mismo, reponiéndolo en su caso si se

                                                                      28
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                            produce deterioro de dicho material por uso incorrecto del mismo.
                        e) Atender a las normas que, por situaciones provisionales, se puedan adoptar de cara a un mejor servicio para toda la
                           comunidad.
                        f) Entender que el incumplimiento de estas normas puede conllevar sanciones leves, graves o muy graves de acuerdo
                           con la normativa vigente y que en dichas normas puede ser contemplada la expulsión temporal o permanente del comedor
                           escolar.


          Capítulo 2. Desayuno.
Se establecerá un servicio de ampliación horaria que tiene como objetivo principal dar el desayuno así como atender a los niños antes del horario
lectivo, por incompatibilidad laboral con el horario de los padres.
Artículo1.               El centro se ha adherido al acuerdo entre los colegios y el Ayuntamiento sobre el funcionamiento de los desayunos
Normativa                escolares , firmado el curso 2010-11
                         SE APLICARAN LAS MISMAS NORMAS QUE SE APLICAN EN COMEDOR
Artículo 2.              La ratio establecida en el acuerdo firmado con el Ayuntamiento es:
Ratio                          Grupos de 1 a 30 niños/as: 2 monitores
                               Grupos de 30 a 45 niños/as: 3 monitores
                               Grupos de 45 a 60 niños/as: 4 monitores
                               Cada 15 comensales más se añade un monitor
Artículo 3.              Durante cada curso, el servicio contará con las monitoras que se precisen según la ratio establecida. Además de dar el
Actividades              desayuno a los niños, facilitan que puedan realizar actividades académicas o juegos en el tiempo restante hasta que deban
                         entrar en sus respectivas clases.
Artículo 4.              Desde las 7,30 a las 9 horas
Horario
Artículo 5.              La minuta de los desayunos de los alumnos fijos será la establecida por el acuerdo firmado cada dos años con el
Minutas                   Ayuntamiento. La minuta de los alumnos esporádicos será fijada cada curso atendiendo a la generalidad de los colegios
                          públicos del municipio con el mismo tramo horario de 7,30 A 9 horas.
                         Las familias deberán abonar el precio establecido en el acuerdo con independencia de la hora a la que se entregue a los
                          alumnos o de que utilicen o no servicio concreto del desayuno
                         Las formas de pago serán las estipuladas para el servicio de comedor.
                         No habrá devoluciones de desayuno
                                                                          29
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                      Los alumnos que de manera eventual y por causa justificada, quieran hacer uso de este servicio deberán adquirir un bono
                       de desayuno (válido para 5 días), a la cuenta del colegio



TÍTULO V: RÉGIMEN DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA.
         Capítulo 1. Regulación de la convivencia.

Artículo 1.         La convivencia en el Centro pretende, fundamentalmente, aprender a vivir en comunidad. Se persigue la formación integral
Criterios de        del alumno, para la que es necesario que en los centros escolares reine un clima de trabajo, cooperación, camaradería y
convivencia         respeto –tanto a la institución escolar como al profesorado- Así mismo, se intenta conseguir la aceptación por parte de los
                    padres de su responsabilidad en la educación de sus hijos.
                    Requiere el cumplimiento de unas normas que serán de obligado cumplimiento-, que comprendan todas las relaciones
                    dentro del Centro y alcanzan el respeto, a la dignidad y funciones de los profesores y demás personas que trabajan en las
                    institución docente, así como a los alumnos,
                    La convivencia y participación democrática requieren igualmente de unas normas que regulen las funciones y
                    responsabilidades de cada uno en el Centro.
                    La convivencia, además, se basará en criterios de colaboración y no de competitividad.
Artículo 2.         Del deseo de conseguir unos objetivos comunes surge la necesidad de establecer unas normas generales que, aprobadas,
Ámbito de           consensuadas y conocidas por todos, nos permitan asegurar el orden interno y el bienestar necesario para alcanzarlos.
aplicación de las   Todo ello tanto en el recinto escolar, dentro o fuera del aula, como en las actividades extraescolares o complementarias que
normas de           se realicen en el recinto escolar.
convivencia




                                                                     30
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          Capítulo 2. Conductas contrarias a las normas de convivencia del Centro.


              TIPOS DE FALTAS                                           SANCIONES                                        QUIEN LAS IMPONE
                                                     La Dirección del centro promoverá actuaciones             Cuando los hechos o autorías resulten
                                                     que favorezcan la convivencia, el respeto, la             evidentes podrán ser sancionados de
                                                     tolerancia y el ejercicio de los derechos y               forma inmediata sin que para ello deba
                                                     cumplimiento de los      deberes. Impulsará       el      iniciarse procedimiento ninguno.
                                                     conocimiento y observación de las normas.                 El procedimiento abreviado se aplicará en
                                                     Mediará y resolverá los posibles conflictos de            las faltas leves, graves y muy graves
                                                     acuerdo a las normas y pautas de actuación que            cuando sea flagrante la falta y por tanto
                                                     aquí establecemos. Evaluará periódicamente la             resulte evidente la autoría y los hechos
                                                     situación de la convivencia y los resultados de           cometidos. No obstante no se aplicará
                                                     aplicación de las normas e informará al C.E. de las       este procedimiento para la imposición de
                                                     actuaciones.                                              las sanciones correspondientes a        la
                                                                                                               sanción con el epígrafe f)
Artículo 1. Faltas leves                                                SANCIONES                                        QUIEN LAS IMPONE
Cualquier infracción a las normas de conducta        a) Amonestación verbal o por escrito. (1), (2), (3),      a) Los profesores del alumno, dando
establecidas en el Plan de Convivencia, cuando          (5), (9), (16), (18), (21)                                 cuenta de ellos al tutor y al Jefe de
por su entidad no lleguen a tener la consideración   b) Privación del tiempo de recreo un día o                    Estudios. (1)
de falta grave ni muy grave.                            cualquier otra medida similar. (4), (8), (11), (12),   b) El tutor del grupo, dando cuenta al Jefe
Serán conductas contrarias a las normas de              (16), (19), (20), (22)                                     de Estudios.(18)
convivencia del centro:                              c) Retirada del dispositivo electrónico o                 c) Cualquier profesor del centro, dando
    1. La impuntualidad o no asistencia sin             juguete.(6), (7)                                           cuenta al tutor del grupo y al Jefe de
     causa debidamente justificada por padres o      d) Realización de tareas o actividades de carácter            Estudios.
     tutores legales.                                   académico. El tutor o profesor debe dejar              d) Equipo directivo (1), (19), (20), (22)
    2. La salida o entrada al Centro y a las aulas      constancia escrita de dichas faltas. (13), (14),       e) El tutor o profesor que imparte la clase
     de forma desordenada.                              (15), (16), (20), (22)                                     (2), (4), (5), (10), (12), (13), (14), (15),
    3. Estar en el patio que no corresponde en el    e) Realizar tareas que contribuyan a mejorar el               (16), (17), (21)
     recreo.                                            entorno ambiental del centro (10), (16), (17)          f) Profesor vigilante o que está en ese
    4. Molestar a los compañeros con insultos.                                                                     momento presente (3), (6), (7), (8), (9),
    5. Permanecer, sin autorización del tutor u                                                                    (10), (11), (17), (21)
                                                                           31
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 otro profesor, en pasillos o permanencias del
 centro donde no debiera estar en esos
 momentos.
6. Jugar en el patio con juguetes u objetos
 peligrosos (objetos, pelotas de tenis, golf,
 piedras,…), así como traer aparatos
 electrónicos (ipod, móvil, mp4…)
7. Utilizar en el recreo balones particulares.
8. No respetar los horarios de utilización de
 pistas y juegos.
9. Jugar o permanecer en la zona de
 aparcamientos.
10. Tirar al suelo papeles, restos            de
 bocadillos, …
11. Utilizar los servicios de planta en horario
 de recreo, sin autorización del profesor/a.
12. Salir del aula sin autorización del
 profesor/a.
13. No realizar las actividades de clase así
 como no traer el material necesario.
14. No realizar, sin justificación, las tareas
 mandadas por el profesor/a para hacer en
 casa.
15. No seguir las indicaciones de utilización de
 la agenda escolar.
16. Hablar en clase interrumpiendo a los
 demás.
17. La falta de respeto o mala utilización de
 plantas, bienes, muebles e instalaciones del
 centro.
18. La asistencia a clase en malas condiciones
 de limpieza e higiene.

                                                   32
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    19. El incumplimiento de las normas de
      comedor.
    20. El incumplimiento de las sanciones
      impuestas.
    21. Emplear      públicamente       vocabulario
      inapropiado.
    22. El incumplimiento de las sancione
      impuestas
Todas estas conductas tiene la categoría de
leves, cuando se producen de modo puntual. La
reiteración de las mismas incurriría en falta grave.

Artículo 2. Faltas graves                                                SANCIONES                                     QUIEN LAS IMPONE
Serán conductas gravemente perjudiciales para la       a) Expulsión de la sesión de clase con                a) El profesor que imparte la clase (2)
convivencia.                                              comparecencia inmediata ante el Jefe de            b) El tutor del alumno(1)
   1. Faltas reiteradas de puntualidad o de               Estudios.(2)                                       c) El Jefe de Estudios y el Director, oído el
    asistencia a clase que, a juicio del tutor, no     b) Privación del tiempo de recreo dos o tres días o      tutor(3) (4) (5) (6)
    estén justificadas.                                   cualquier otra medida similar de aplicación        d) El Director del centro, oído el tutor (7)
   2. Las conductas que impidan o dificulten a            inmediata. (1)                                        (8) (9)
    otros compañeros el ejercicio del derecho o        c) Realización de tareas que contribuyan al mejor
    el cumplimiento del deber del estudio.                desarrollo de las actividades del centro o, si
   3. Actos de incorrección o desconsideración            procede, dirigidas a reparar los daños
    con compañeros u otros miembros de la                 causados, o dirigidas a mejorar el entorno
    comunidad educativa                                   ambiental del centro. (3)
   4. Actos de indisciplina y los que perturben el     d) En caso de que el alumno no pueda reparar el
    desarrollo normal de las actividades del              daño causado los padres, tutores o
    centro.                                               responsables deberán sufragar parcial o
   5. Los daños causados en los bienes o                  totalmente el importe de la reparación. (5)
    pertenencias de los miembros de la                 e) Prohibición temporal a participar en actividades
    comunidad educativa.                                  extraescolares o complementarias del centro.
   6. La incitación o estímulo a cometer una              (4) (6)
    falta contraria a las normas de conducta.          f) Expulsión de determinadas clases por un

                                                                           33
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   7. La falsificación de documentos, firmas de      tiempo máximo de 3 días lectivos. (7) (8)
    los padres.                                   g) Expulsión del centro por un tiempo máximo de
   8. Las actuaciones perjudiciales para la          3 días lectivos. (9)
    salud y la integridad personal de los         (Cuando se apliquen las correcciones previstas en
    miembros de la comunidad educativa.           los dos últimos apartados, durante el tiempo que
   9. El incumplimiento de las sanciones          dure la sanción, el alumno realizará las tareas o
    impuestas.                                    actividades que determine el profesorado que le
   10.                                            imparte clase)

Artículo 3. Faltas muy graves                                      SANCIONES                               QUIEN LAS IMPONE
Serán conductas muy gravemente perjudiciales a) Expulsión de determinadas clases por un Corresponde               siempre   al   Director   del
para la convivencia:                                    periodo superior a 3 días lectivos e inferior a centro.
   1. Actos        graves      de      indisciplina,    una semana. (1) (2) (11) (13) (14)
     desconsideración, insultos, faltas de respeto b) Expulsión del centro por un periodo superior a 3
     o actitudes desafiantes, cometidos hacia los       días lectivos e inferior a una semana. (3) (4) (5)
     profesores y demás personal del centro.            (6) (7) (8) (9) (10) (12) (15)
   2. Acoso físico o moral a los compañeros.         c) Cambio de centro.
   3. Uso de la violencia, agresiones, ofensas
     graves y actos que atenten gravemente
     contra la intimidad o las buenas costumbres
     sociales, contra los compañeros o demás
     miembros de la comunidad educativa.
   4. Discriminación, vejaciones o humillaciones
     a cualquier miembro de la comunidad
     educativa, ya sea por razón de nacimiento,
     raza, sexo, religión, orientación sexual,
     opinión o cualquier otra condición o
     circunstancia personal o social.
   5. Grabación, publicidad o difusión, a través
     de cualquier medio o soporte, de agresiones
     o humillaciones cometidas.
   6. Daños             graves           causados
     intencionadamente o por uso indebido en las
                                                                     34
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    instalaciones, materiales o documentos del
    centro o en las pertenencias de otros
    miembros de la comunidad educativa.
   7. Falsificación o sustracción de documentos
    académicos.
   8. Uso, incitación al mismo o introducción en
    el centro de objetos o sustancias
    perjudiciales para la salud o peligrosas para
    la integridad personal de los miembros de la
    comunidad educativa.
   9. Reiteración en el mismo trimestre de dos o
    más faltas graves.
   10. Incumplimiento de la sanción impuesta por
    la comisión de una falta grave.
   11. Actos     que perturben gravemente el
    desarrollo de las actividades del centro.
   12. Robo o substracción.
   13. La suplantación de la personalidad de
    cualquier miembro de la comunidad
    educativa.
   14. Las ausencias del centro en horario
    escolar sin la autorización correspondiente.
   15. El incumplimiento de las sancione
    impuestas

Artículo 4. Circunstancias atenuantes
             El arrepentimiento espontáneo.
             La ausencia de intencionalidad.
             La reparación inmediata del daño causado.
             No haber cometido ninguna otra falta con anterioridad


                                                                      35
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Artículo 5. Circunstancias agravantes
              La premeditación y la reiteración.
              El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas y de menosprecio.
              Causar daño, injuria u ofensa a compañeros de menor edad o recién incorporados al centro.
              Las conductas que atenten contra el derecho a no ser discriminado por padecer discapacidad física o psíquica, o por cualquier otra
               condición personal o circunstancia social.
              Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier miembro de la comunidad educativa.
              Publicidad de conductas contrarias a las normas de convivencia.
              Incitación a los actos contemplados en esta relación.

NOTA: La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la convivencia en el centro.
        Con el fin de no interrumpir el proceso educativo, cuando se apliquen las medidas previstas en los números a), b) durante el tiempo que dure
la suspensión, el alumno realizará las tareas y actividades de aprendizaje que determine el profesorado que le imparte clase.
        Si se cometen tres faltas muy graves se procederá al a sanción C del apartado de faltas muy graves
        La sanción prevista en la letra c) garantizará la escolaridad del niño. El director del centro elevará petición razonada ante el Director de Área
Territorial, quien tramitará esta propuesta en el plazo de 5 días hábiles.
        El alumno que sea cambiado deberá realizar las actividades y tareas que determine y que se desarrollarán en la forma en que se articule
conjuntamente por los equipos directivos de los dos centros afectados.

Artículo 6. Gestión de las faltas

      Si son leves la sanción la determina el profesor o el tutor y toma nota del incidente.
      Si la falta es grave se comunica a jefatura de estudios donde se deberá registrar dicha falta. Así como la sanción correspondiente de la que
deberán estar informados los padres. En caso de expulsión del centro deberá sancionarlo el director.

Incoación de expediente y adopción de medidas provisionales.

        El director del centro, con carácter inmediato, en el plazo de 2 días lectivos desde que se tuvo conocimiento de la comisión de la falta,
incoará el expediente, bien por iniciativa propia, o bien a propuesta del profesorado, y designará un instructor que deberá ser un profesor del
centro, que no tenga relación directa con el alumno. Lo elegirá primero entre los voluntarios y, en su defecto, por sorteo.
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        Como media provisional y comunicándolo al Consejo Escolar, podrá acordar la suspensión de asistencia al centro, o a determinadas
actividades o clases, por un periodo no superior a 5 días lectivos. Este plazo será ampliable, en supuestos excepcionales, hasta la finalización del
expediente.

Instrucción del expediente.

     1. La incoación del expediente y el nombramiento del instructor se comunicaran al alumno y a sus padres o representantes legales.
     2. El instructor iniciará las actuaciones conducentes al esclarecimiento de los hechos, y en plazo no superior a 4 días lectivos desde que se le
        designó, notificará al alumno y a sus padres o representantes legales el pliego de cargos en el que se expondrán los hechos imputados así
        como las sanciones que se podrían imponer, dándoseles el plazo de 2 días lectivos para las alegaciones pertinentes.
     3. Concluida la instrucción del expediente, en el plazo de 2 días lectivos el instructor formulará la propuesta de resolución, que deberá
        contener los hechos o conductas que se imputan al alumno, la calificación de los mismos, las circunstancias atenuantes o agravantes si las
        hubiere, y la sanción que se proponga.
     4. El instructor dará audiencia a los alumnos y a sus padres o representantes legales para comunicarles la propuesta de resolución y darles el
        plazo de 2 días lectivos para alegar cuanto estimen oportuno en su defensa, en caso de conformidad y renuncia a dicho plazo, ésta deberá
        formalizarse por escrito.

Resolución

    a) El instructor elevará al director el expediente completo, incluyendo la propuesta de resolución y todas las alegaciones que se hubieran
       formulado. El director adoptará la resolución y notificará la misma de acuerdo con lo previsto en el artículo 73 de este RRI.
    b) El procedimiento debe resolverse en el plazo máximo de 14 días lectivos desde la fecha de inicio del mismo.
    c) La resolución deberá estar suficientemente motivada, contendrá los hechos o conductas que se imputan, las circunstancias atenuantes o
       agravantes -si las hubiere- los fundamentos jurídicos en que se basa la sanción impuesta; el contenido de la misma , su fecha de efecto, el
       órgano ante el que cabe interponer recurso y plazo del mismo

Citaciones y notificaciones

        Todas las citaciones a los padres de los alumnos se realizarán por cualquier medio de comunicación inmediata que permita dejar constancia
fehaciente de haberse realizado y de su fecha. Para la notificación de las resoluciones, se citará a los interesados según lo señalado en el párrafo
anterior, debiendo estos comparecer en persona para la recepción de dicha notificación, dejando constancia de ello.


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Reclamaciones

    a) Las sanciones, hayan sido adoptadas en un centro público o en un centro privado sostenido con fondos públicos, podrán ser objeto de
       reclamación por el alumno o sus padres o representantes legales, en el plazo de dos días hábiles, ante el Director de Área Territorial
       correspondiente.
    b) Contra la resolución que, en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior, dictara el Director de Área Territorial correspondiente, cabrá
       recurso de alzada.

Plazos de prescripción

    a) Las faltas leves prescribirán en el plazo de tres meses, las graves en el de seis meses y las muy graves en el plazo de doce meses, sendos
       plazos contados a partir de la fecha en que los hechos se hubieran producido.
    b) Asimismo, las sanciones impuestas sobre faltas leves y graves prescribirán en el plazo de seis meses, y las impuestas sobre las muy graves
       en el plazo de doce meses, ambos plazos contados a partir de la fecha en que la sanción se hubiera comunicado al interesado.
    c) Los períodos de vacaciones se excluyen del cómputo de los plazos.

Aplicación de normas y control de faltas en clase.

       En la primera quincena del mes de septiembre se dedicará el tiempo necesario para consensuar las normas de clase y designar encargados
o responsables de tareas de clase. Se expondrán en lugar visible junto al horario de clase, los horarios de utilización de espacios generales y el
extracto de las normas de convivencia del Centro.

Cumplimiento de las normas.

Los conflictos entre el alumnado, el alumnado- profesorado y/o con el resto de personas adultas se gestionarán del siguiente modo:
          a) Se habla entre las personas implicadas.
          b) Si no se resuelve, se lleva al tutor.
          c) Si no se resuelve, se lleva a la jefatura de estudios.
          d) Si no se encontrara la solución se lleva a la Dirección.
          e) Si la Dirección lo considerase pertinente se tramitaría en el Consejo Escolar.



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          Capítulo 3. Protocolo de absentismo.
Las actuaciones serán las siguientes:

   1. Entrevista con el alumno (deberá quedar registro de la misma en el expediente del alumno)
           Responsable: profesor-tutor.
   2. Cursar citación telefónica o por escrito a los padres o tutores informando de la situación, con el objeto de mantener una entrevista con la
      familia.
           Responsable: profesor-tutor.
   3. Cursar citación telefónica o por escrito a los padres o tutores informando de la situación, con el objeto de mantener una entrevista con la
      familia.
           Responsable: Jefe de Estudios.
   4. Traslado del caso a la Comisión de Absentismo del Centro, tras notificación a la familia de las actuaciones llevadas a cabo hasta el momento
      a través de carta certificada con acuse de recibo.
           Responsable: Jefe de Estudios.
   5. Reunión de la Comisión de Absentismo del Centro: para el análisis de las causas del absentismo (personales, sociales, familiares,
      educativas...)y elaboración de un plan de trabajo específico en el que se incluirán actuaciones como:
            Intervención del EOEP:
                  Citación telefónica o por escrito a la familia por parte del EOEP.
                  Entrevistas con la familia y con el alumno.
                  Coordinación con otras instituciones (Servicios sociales...)
            Actuaciones en el centro con el alumno:
                  Estrategias de acogida, adaptación curricular...
   6. Remisión del expediente a la Mesa Local de Absentismo, a propuesta del Director del centro.
Se considera absentismo escolar también el retraso continuado.
*Todas las actuaciones llevadas a cabo deben quedar debidamente reflejadas en una hoja de registro individual del alumno.
                                                                           39
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TÍTULO VI: RELACIONES CON EL EXTERIOR.
El Centro, a través del Equipo Directivo, se encargará de establecer las relaciones con los diferentes organismos públicos o privados que crean
oportunos como son:
Dirección de Área  Su relación será la que le corresponde como centro público, cumpliendo todos aquellos trámites administrativos que le sea
Territorial Madrid       requeridos según la normativa vigente.
Sur                     Establecer con la Inspección toda clase de vínculos que favorezcan un desarrollo positivo en el rendimiento pedagógico
                         tanto del profesorado como del alumnado.
Ayuntamiento            Como organismo encargado del mantenimiento de las instalaciones del Centro, se le notificarán todas aquellas
                         necesidades que en su momento tenga el Centro.
                        Participación por parte del Centro en todas aquellas actividades, culturales y de ocio, que cualquier área de este
                         organismo programe, siempre y cuando se adecúen a las necesidades y programaciones del Centro.
Comunidad               Colaborar con este organismo en el desarrollo del proceso de solicitud de becas para ayuda de comedor u otras ayudas
Autónoma                 con fines educativos.




TITULO VII: AUTORIDAD DEL PROFESOR FRENTE A AGRESIONES DE ADULTOS EN EL
CENTRO ESCOLAR
        Dada la condición de autoridad pública de que están investidos en el ejercicio de sus funciones el profesorado según la Ley 2/2010, de 15 de
junio, de autoridad del profesor, se recuerda que las amenazas y agresiones físicas o verbales a los profesores constituyen delito de atentado,
por lo que cada profesor afectado de alguna amenaza, tiene la autoridad tanto de retener como de expulsar del centro al agresor, así como llamar a
las autoridades policiales en ese mismo momento y/ o tomar las medidas oportunas.


TITULO VIII: ÁMBITO DE APLICACIÓN.
       El ámbito de aplicación del presente Reglamento de Régimen Interior abarca a toda la Comunidad Educativa, y es de obligado cumplimiento
para todos y cada uno de sus miembros, tanto en horario lectivo, como en el horario de actividades no lectivas.



                                                                        40
           R.R.I (CURSO 2010 – 2011)                                                       CEIP SALZILLO VALLE INCLÁN


TÍTULO IX: REVISIÓN.
       Las propuestas de revisión, si ésta se considera necesaria, se incluirán en la Programación General Anual de cada curso. Las modificaciones
que se realicen, como consecuencia de su revisión, serán aprobadas por los 2/3 del Consejo Escolar y se incluirán en la Memoria del curso en que
se hayan realizado. Salvo que por motivos urgentes o de modificaciones requeridas por Órdenes o Decretos oficiales que así lo obliguen.



TÍTULO X: COMPENDIO LEGISLATIVO.
            R.D. 82 / 1996 de 26 de enero BOE 20 de febrero 96 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de Ed. Infantil y
               Centro de Ed. Primaria.
            R.D. 732 / 1995 de 5 de mayo BOE de junio de 1995
            D. 136/ 2002 de 25 de julio BOCM de 8 de agosto.
            LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación


TÍTULO XI: DISPOSICIONES FINALES.
CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO

       El presente R.R.I. es de obligado cumplimiento para todos y cada uno de los miembros de la Comunidad Educativa.

CONOCIMIENTO GENERAL

       Se entregará un ejemplar del RRI a cada miembro del Consejo Escolar, a los miembros del Claustro, a través de los coordinadores y al
presidente de la A.M.P.A. Asimismo se tratará de que su conocimiento llegue a todos los padres a través de la página web y un ejemplar de RRI
permanecerá en secretaría para los padres que lo quieran consultar.




                                                                       41

						
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