FONIPREL Convocatoria 2011 II
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OBJETIVO
EL FONIPREL es un fondo concursable cuyo objetivo
principal es cofinanciar proyectos de inversión pública y
estudios de preinversión, orientados a reducir las
brechas en la provisión de los servicios e infraestructura
básica que tengan el mayor impacto posible en la
reducción de la pobreza y pobreza extrema en las zonas
más deprimidas del Perú.
ADMINISTRACIÓN
1) CONCEJO DIRECTIVO:
Representante de la PCM – Secretaría de Descentralización
(preside).
Representante del MEF.
Un presidente regional elegido por consenso entre los presidentes
regionales (Junín).
El Presidente de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE)
y el Presidente de la Red de Municipalidades Rurales del Perú
(REMURPE), en alternancia anual.
El Presidente del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico
(CEPLAN)
2) SECRETARÍA TÉCNICA
Dirección General de Politica de Inversiones DGPI- del Ministerio de
economía y Finanzas
MARCO GENERAL
Ámbito de acción: A nivel nacional SNIP NO SNIP
Participantes:
Gobiernos Regionales* - Asociaciones
- Juntas de Coord. Interregional
Gobiernos Locales* - Mancomunidades (**)
¿Qué se financia?:
Estudios de Preinversión
Proyectos de Inversión Pública
*Pueden postular independientemente o asociadamente
** Debe de estar acorde a las Normas Legales referente a Mancomunidad
PRIORIDADES DEL FONIPREL
RUBRO - INFRAESTRUCTURA SOCIAL
1. Servicios de salud básica
2. Desnutrición Infantil El FONIPREL
El FONIPREL 3. Servicios de educación básica cofinancia la
cofinancia Elaboración
hasta 02 PIPs de 01 Estudio
para de Pre
Ejecución. RUBRO - INFRAESTRUCTURA ECONÓMICA
inversión
4. Servicios de saneamiento
AGRUPAMIENTO SEGÚN NECESIDAD
INDICADORES
AGUA; DESAGUE; ELECTRIFICACIÓN,DESNUTRICIÓN INFANTIL Y
ANALFABETISMO FEMENINO
GOBIERNOS LOCALES GOBIERNOS REGIONALES
MUY ALTA ALTA NECESIDAD MUY ALTA ALTA NECESIDAD
NECESIDAD NECESIDAD MEDIA NECESIDAD NECESIDAD MEDIA
AGRUPAMIENTO POR NECESIDADES
RUBRO A-1 Muy Alta Necesidad 493
GLs RUBRO A-2 Alta Necesidad 1037
RUBRO A-3 Necesidad Media 308
RUBRO B-1 Muy Alta Necesidad 7
GRs RUBRO B-2 Alta Necesidad 10
RUBRO B-3 Necesidad Media 9
AGRUPAMIENTO POR RECURSOS
INDICADORES
RECURSOS DETERMINADOS : CANON, REGALÍAS, ADUANAS, FOCAM,
FONCOMUN...
GOBIERNOS LOCALES GOBIERNOS REGIONALES
MENOS RECURSOS MAS MENOS RECURSOS MAS
RECURSOS MEDIOS RECURSOS RECURSOS MEDIOS RECURSOS
AGRUPAMIENTO POR RECURSOS
RECURSOS PER CAPITA 01: MENOS RECURSOS 1195
GLs RECURSOS PER CAPITA 02: RECURSOS MEDIOS 443
RECURSOS PER CAPITA 03: MAS RECURSOS 200
RECURSOS PER CAPITA 01: MENOS RECURSOS 19
RECURSOS PER CAPITA 02: RECURSOS MEDIOS 5
GRs
RECURSOS PER CAPITA 03: MAS RECURSOS 2
RECURSOS PER CÁPITA 01: MENOS RECURSOS
RECURSOS PER CÁPITA 02: RECURSOS MEDIOS
RECURSOS PER CÁPITA 03: MAS RECURSOS
COFINANCIAMIENTO MÁXIMO PERMITIDO
ESTRATOS DE RECURSOS
RUBRO
MENOS REC. REC. MEDIOS MAS REC.
RUBRO A-1 Muy Alta Necesidad 98% 85% 50%
GLs
RUBRO A-2 Alta Necesidad 95% 80% 50%
RUBRO A-3 Necesidad Media 92% 75% 50%
RUBRO B-1 Muy Alta Necesidad 98% 85% 50%
GRs RUBRO B-2 Alta necesidad 95% 80% 50%
RUBRO B-3 Necesidad Media 92% 75% 50%
MONTO DE COFINANCIAMIENTO DISPONIBLE
Fondo Concursable
S/. 148 000 000,00
Proyectos de Estudios de
Inversión Pública Preinversión
S/. 144 000 000,00 S/. 4 000 000,00
ASIGNACIÓN DEL MONTO DISPONIBLE- PROYECTOS
MONTO TOTAL
RUBROS
S/.
Rubro A: Gobiernos Locales y Mancomunidades
115,000,000
Municipales
Rubro A-1 Muy Alta Necesidad 46,000,000
Rubro A-2 Alta Necesidad 46,000,000
Rubro A-3 Necesidad Media 23,000,000
Rubro B: Gobiernos Regionales, Juntas de Coordinación
29,000,000 TABLA Nº 1
Interregional y Asociaciones de Gobiernos Regionales
Rubro B-1 Muy Alta Necesidad 13,000,000
Rubro B-2 Alta Necesidad 13,000,000
Rubro B-3 Necesidad Media 3,000,000
TOTAL S/. 144,000,000
Muy importante: En ninguno de los casos el FONIPREL cofinanciará, para un solo proyecto, más del 40% del monto
disponible dentro de su Rubro de concurso.
ASIGNACIÓN DEL MONTO DISPONIBLE- ESTUDIOS
MONTO TOTAL
RUBROS
S/.
Rubro A: Gobiernos Locales y Mancomunidades
3,000,000
Municipales
Rubro A-1 Muy Alta Necesidad 1,200,000
Rubro A-2 Alta Necesidad 1,200,000
Rubro A-3 Necesidad Media 600,000
TABLA Nº 2
Rubro B: Gobiernos Regionales, Juntas de Coordinación
1,000,000
Interregional y Asociaciones de Gobiernos Regionales
Rubro B-1 Muy Alta Necesidad 700,000
Rubro B-2 Alta Necesidad 200,000
Rubro B-3 Necesidad Media 100,000
TOTAL S/. 4,000,000
Muy importante: En ninguno de los casos el FONIPREL cofinanciará, para un solo proyecto, más del 40% del monto
disponible dentro de su Rubro de concurso.
CONSIDERACIONES GENERALES
Los GGLLs no incorporados al Sistema Nacional de Inversión
Pública, deberán presentar sus propuestas para ejecución de PIP’s,
registradas en el Banco de Proyectos del SNIP, en la
situación”VIABLE”(al 15/DIC), en el marco del convenio a que se
refiere el Anexo SNIP 12.
Los GGLL, estén o no, asociados en Mancomunidades, deberán
presentar sus propuestas para ejecución de PIP’s, registradas en el
Banco de Proyectos del SNIP, en la situación VIABLE”(al 15/DIC),
.
No se cofinanciarán proyectos de inversión que se encuentren en
la etapa de ejecución. Se considera etapa de ejecución al proceso de
selección para la ejecución física de la obra, entrega de terreno,
avance de obra, formulación de talleres, capacitación, entre otros.
No se cofinanciarán estudios de preinversión que se encuentren en
elaboración o que se encuentren en proceso de contratación.
CONSIDERACIONES GENERALES
Únicamente se admitirán propuestas de ejecución de proyectos con
declaratoria de viabilidad comprendida entre el 01 de enero del año
2009 y el 15 de diciembre de 2011, o con Formato SNIP 15 registrado en
el mismo periodo– Ver Anexo 01 - información que será verificada en
la ficha respectiva de registro del Banco de Proyectos (Formato SNIP 03
y 04).
Únicamente se cofinanciarán propuestas de ejecución de proyectos y
estudios de preinversión que estén priorizados en sus respectivos
Planes de Desarrollo del GGRR o GGLL, a excepción de las
Municipalidades Distritales o Mancomunidades Municipales
Distritales clasificadas en rubro de muy alta necesidad y de menores
recursos. Cuando se concurse de manera asociada la propuesta deberá
estar priorizada en el Plan de Desarrollo del GGRR o GGLL, en cuya
jurisdicción se ubican los integrantes de la asociación (Mancomunidad,
Junta de coordinación Interregional o Asociación de GGRR).
CONSIDERACIONES GENERALES
Los GGRR y GGLL podrán presentar propuestas que involucren
programas o conglomerados siempre que cumplan con las presentes
Bases y normas del SNIP. De no alcanzar un puntaje superior a 50
puntos en el criterio de calidad de uno o más de los proyectos que
comprenden un Programa, la propuesta se declarará No Atendible.
Se declararán “Propuestas No Atendibles” aquellas que: i) se
encuentren en proceso de aprobación, ii) presenten alguna variación
sustancial entre la propuesta presentada y la registrada en el Banco
de Proyectos, iii) cuenten con financiamiento total o parcial por parte
de organismos estatales o fuentes de cooperación internacional, iv)
se verifique la duplicación de objetivos, beneficiarios, localización
geográfica y componentes, v) cuando el proyecto o estudio se
localice fuera de la jurisdicción municipal o regional de su
competencia,
CONSIDERACIONES GENERALES
vi) el proyecto o estudio no sea de competencia del solicitante, vii) no
cumpla con los criterios de formulación/evaluación básicos y/o con
los documentos establecidos en el Anexo Nº 3 de las presentes Bases,
viii) que no sean proyectos de inversión pública en el marco del SNIP,
ix) presenten incongruencia entre el monto de inversión consignado
en la solicitud y el señalado en el estudio de preinversión presentado
o el indicado en el Banco de Proyectos o el señalado en el cronograma
financiero, x) no sean de las prioridades señaladas en las Bases, xi) el
registro de declaración de viabilidad del PIP en el banco de proyectos
del SNIP, no haya sido realizado conforme lo dispone la Directiva
General SNIP, xii) la entidad solicitante no figure como la unidad
ejecutora del proyecto, en la ficha SNIP 03 registrada en el banco de
Proyectos y xiii) presentada por un Gobierno regional, no cumpla lo
señalado en el Artículo 3 – “Proyectos de Impacto Regional”, del
Decreto Supremo Nº 097-2009-EF y sus modificatorias
CONSIDERACIONES GENERALES
El cofinanciamiento solicitado al FONIPREL para una sola
propuesta, no debe exceder más del 40% del monto asignado
dentro de su Rubro (Tabla Nº 1 y Nº 2).
La entidad que solicita el cofinanciamiento para la ejecución de
proyectos de Inversión pública, deberá ser la misma que aparece
como Unidad Ejecutora de dicho proyecto, en el Banco de Proyectos
del SNIP.
Para el caso de Asociaciones Regionales en las que durante la
vigencia del convenio, algún miembro renuncia expresamente a la
asociación o desiste de continuar en la elaboración del estudio o
ejecución del proyecto dentro de su jurisdicción, el FONIPREL
resolverá el convenio y efectuará el extorno de los recursos
otorgados.
CONSIDERACIONES GENERALES
Para el caso de estudios de preinversión financiados con recursos de
FONIPREL, correspondiente a concursos anteriores, podrán
participar únicamente si la Entidad beneficiaria ha cumplido con
todas las obligaciones establecidas en su respectivo convenio y en
caso de haber culminado ha presentado su informe de culminación
con toda la documentación completa y éste tenga la conformidad de
FONIPREL.
Los GGLL seleccionados cuya contrapartida sea aportada por el
Gobierno regional, presentarán a la firma del convenio de
cofinanciamiento, la resolución de presidencia regional que autoriza
la transferencia de recursos al proyecto seleccionado incluyendo el
código presupuestal que proporcionará el FONIPREL y la nota de
modificación presupuestal que asigna los recursos del Gobierno
Regional al proyecto seleccionado.
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS – PROYECTOS
Solicitud de Postulación (Formato Nº 1).
Copia del último estudio de preinversión declarado viable con todos sus anexos
Cronograma físico y cronograma financiero (Formatos Nº 05-A y Nº 05-B )
.
Oficio de Presidencia Regional.
PÁGINA WEB - FONIPREL
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
FORMATO 05-A
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN FÍSICA
NOMBRE DEL PIP /
ESTUDIO:
CODIGO SNIP: DIRECTA INDIRECTA
REGIÓN: MODALIDAD DE EJECUCIÓN DEL PIP / ESTUDIO ( Marcar X):
PROVINCIA:
DISTRITO
NOMBRE DEL
PRESIDENTE
REGIONAL /
ALCALDE:
AVANCE FÍSICO PROGRAMADO (Expresado en %)
Unidad de 2012 2013
Cod. COMPONENTE / ACTIVIDAD Meta Total
Medida Trimestre 1º Trimestre 2º Trimestre 3º Trimestre 4º Trimestre 1º Trimestre 2º Trimestre 3º Trimestre 4º
(%) (%) (%) (%) (%) (%) (%) (%)
1.00 COMPONENTE 1
2.00 COMPONENTE 2
3.00 COMPONENTE 3
ACTIVIDAD 1
ACTIVIDAD 2
ACTIVIDAD 3
4.00 COMPONENTE 4
5.00 COMPONENTE 5
6.00 COMPONENTE 6
7.00 COMPONENTE 7
8.00 COMPONENTE 8
9.00 COMPONENTE 9
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO GLOBAL (%)
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO ACUMULADO (%) 0 0 0 0 0 0 0 0
Nota :
Trimestre : Periodo comprendido entre, Enero-Marzo (1º); Abril-Junio (2º); Julio-Setiembre (3º) y Octubre-Diciembre (4º).
Los componentes y actividades deben estar conforme a la propuesta seleccionada o ficha del banco del proyecto.
El avance físico programado para cada actividad debe ser expresado en porcentaje (%).
En la elaboración del Expediente Técnico / Estudio Definitivo debe considerarse el tiempo de la selección del consultor / contratista
* Sólo llenar las celdas de color amarillo. Firma y Sello del Presidente Regional / Alcalde
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
FORMATO 05 -B
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN FINANCIERA
NOMBRE DEL PIP /
ESTUDIO :
CODIGO SNIP: 0 DIRECTA INDIRECTA
REGIÓN : 0 MODALIDAD DE EJECUCIÓN DEL PIP / ESTUDIO ( Marcar X): 0 0
PROVINCIA : 0
DISTRITO : 0
NOMBRE DEL
PRESIDENTE 0
REGIONAL / ALCALDE:
AVANCE FINANCIERO PROGRAMADO (Expresado en S/.)
2012 2013 PRESUPUESTO TOTAL
Cod. COMPONENTE / ACTIVIDAD (S/.)
Trimestre 1º Trimestre 2º Trimestre 3º Trimestre 4º Trimestre 1º Trimestre 2º Trimestre 3º Trimestre 4º
0 0 0
1 COMPONENTE 1 0
2 COMPONENTE 2 0
3 COMPONENTE 3 0
ACTIVIDAD 1 0
ACTIVIDAD 2 0
ACTIVIDAD 3 0
4 COMPONENTE 4 0
5 COMPONENTE 5 0
TOTAL 0 0 0 0 0 0 0 0 S/. 0
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO
(a) DE 0.00
LA FUENTE FONIPREL
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO
(b) DE LA 0.00
FUENTE GGRR, GGLL U OTROS
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO
0 0 0 0 0 0 0 0 0
c= (a+b)
AVANCE TRIMESTRAL ACUMULADO 0 0 0 0 0 0 0 0
AVANCE TRIMESTRAL PROGRAMADO
0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00%
(%)
AVANCE PROGRAMADO ACUMULADO
0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00% 0.00%
( %)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2011 2012 2013 TOTAL
FONIPREL 0 0 0 0
GL 0 0 0 0
COSTO TOTAL 0 0 0 0
Nota.-
Trimestre : Periodo comprendido entre, Enero-Marzo (1º); Abril-Junio (2º); Julio-Setiembre (3º) y Octubre-Diciembre (4º)
Los importes a colocar en el cuadro de avance financiero contendrán los costos totales
* Sólo llenar las celdas de color amarillo. Firma y Sello del Presidente Regional / Alcalde
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
DOCUMENTOS OBLIGATORIOS – ESTUDIOS
Solicitud de Postulación (Formato Nº 1).
Cronograma físico y cronograma financiero (Formatos Nº 05-A y Nº 05-B )
Información requerida para cofinanciar la elaboración de estudios de preinversión
a nivel de perfil. (Anexo Nº 04)
Términos de referencia para la elaboración del estudio de preinversión, cuando
este sea realizado por contrato, o plan de trabajo cuando su elaboración se haga
por Administración Directa. (Anexo Nº 05)
Costo total de la propuesta del estudio de preinversión. (Anexo Nº 06)
Información adicional requerida para cofinanciar la elaboración de estudios de
preinversión a nivel de Factibilidad.( Presentar el perfil aprobado)
FORMATOS PRE ESTABLECIDOS
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Calificación Ponderación Criterios
Hasta 100 puntos (*) Calidad del Proyecto o Estudio de Preinversión si es mayor a
50 puntos.
< 100 puntos 5% Financiamiento suplementario asumido por
GGRR o GGLL
0 ó 100 puntos 5% Mancomunidad Municipal o articulación de GGRR
0 ó 100 puntos 5% Zona de frontera
Hasta 100 puntos 15 % Prioridad según necesidades y Recursos
Grado de ejecución financiera de los recursos asignados para
Hasta 100 puntos 5% gastos en proyectos de inversión
Si la sede del GGRR o GGLL, solicitante se ubica
geográficamente en la sierra o selva y además pertenece al
0 ó 100 puntos rubro de muy alta o alta necesidad y al estrato de menos
10 %
recursos
Si se trata de un programa de Inversión para ejecución o para
0 ó 100 puntos 5% elaboración de estudio de preinversión.
(*) No tiene ponderación, todos los que superen el puntaje mínimo en el criterio de calidad,
tendrán por igual en este criterio, la suma de 50 puntos como parte se su puntaje total.
DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL
El Puntaje Total se calcula según la siguiente fórmula:
PT = 50 + 0.05 x PTb +0.05 x PTc +0.05 x PTd + 0.15 x PTe + 0.05 xPTf +0.10 PTg + 0.05 PTh.
Donde:
PTb = Puntaje del criterio b
PTc = Puntaje del criterio c
PTd = Puntaje del criterio d PT= Puntaje Total
PTe = Puntaje del criterio e
PTf = Puntaje del criterio f
PTg = Puntaje del criterio g
PTh = Puntaje del criterio h
NOTA: La fórmula a usar para la determinación del puntaje total, asigna en su primer monomio,
a todos los que superaron los 50 puntos en el criterio de Calidad, la cantidad de 50 puntos
por igual, en consideración a que todos ellos se encuentran en la condición de “ejecutables”.
CRONOGRAMA DEL CONCURSO FONIPREL 2011
SERVICIO DE SALUD BÁSICA (ANEXO 03)
Nombre de Proyecto Componentes Monto mínimo de Criterios de Formulación/Evaluación
inversión (S/.)
Los proyectos deben cumplir las siguientes características y
documentos:
Mejoramiento de los Infraestructura 500,000
servicios de la microrred de estar orientados a intervenciones integrales de los servicios de
salud salud del primer nivel de atención.
Equipamiento
cumplir con la normatividad del Ministerio de Salud que regula el
Mejoramiento de la
funcionamiento, diseño y dimensionamiento de los servicios de
capacidad resolutiva del
Capacitación salud. (ver cuadro Nº 01 - Normas Técnicas – Sector Salud- pag.
Centro de Salud ó Puesto
84 de las presentes bases).
de Salud
desarrollar los contenidos mínimos establecidos en la Directiva
Mejoramiento del sistema Ambulancia General del SNIP, según corresponda.
de referencia y
contrarreferencia en la opinión favorable de la Dirección Regional de Salud respecto a la
microrred de salud prioridad y pertinencia de la intervención propuesta en el PIP
presentar opinión favorable.
compromiso de la entidad a cargo de la operación y
mantenimiento respecto a la sostenibilidad del PIP.
documentación que acredite la tenencia, donación y/o propiedad
del terreno donde el PIP intervendrá.
Informe de INDECI y/o de profesionales (colegiados)
responsables de la evaluación de infraestructura, cuando se
trate de demoliciones e incremento de carga en infraestructura
existente.
Asimismo, utilizar como referencia la Guía para la
“Identificación, Formulación y Evaluación Social de Inversión
Pública del Sector Salud a nivel de Perfil” aprobada por RD Nº
002-2006-EF/68.01 y publicada en la página del MEF en la
siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=articl
SERVICIO DE EDUCACIÓN BÁSICA (ANEXO 03)
Monto mínimo de
Nombre de Componentes Criterios de Formulación/Evaluación
inversión (S/.)
Proyecto
Infraestructura Los proyectos deben cumplir las
Equipos y mobiliario 500,000 siguientes características y documentos:
Mejoramiento y/o i) estar orientados a intervenciones integrales de los servicios de
Ampliación, del Servicio
educación básica regular, especial y alternativa.
Educativo
Capacitación ii) cumplir las normas y directivas para el funcionamiento del
Diseño, adecuación de servicio tomando en cuenta reglamentos de la Educación Básica
Estructura curricular, Regular y Especial, disponibles en la página web del MINEDU.
adecuada provisión de (ver cuadro Nº 02 - Normas Técnicas – Sector Educación- Pg. 86
material didáctico de las presentes bases)
iii) desarrollar los contenidos mínimos establecidos en la Directiva
General del SNIP, según corresponda.
iv) opinión favorable de la Dirección Regional de Educación
respecto a la prioridad y pertinencia de la intervención propuesta
en el PIP.
v) compromiso de la entidad a cargo de la operación y
mantenimiento respecto a la sostenibilidad del PIP.
vi) documentación que acredite tenencia, donación y/o propiedad
del terreno donde el PIP intervendrá.
vii) Informe de INDECI y/o de profesionales
(colegiados) responsables de la evaluación de infraestructura,
cuando se trate de demoliciones e incremento de carga en
infraestructura existente.
Asimismo, utilizar como referencia la Guía de “Identificación,
Formulación y Evaluación Social de Proyectos de Inversión
Pública del Sector Educación a nivel de Perfil” aprobada por RD
Nº 006-
2005-EF/68.01 y publicada en la página del MEF en la
siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=artic
le&id=1080&Itemid=100889&lang=es
DESNUTRICIÓN INFANTIL (ANEXO 03)
Nombre del proyecto Componentes Monto Mínimo de Criterios de formulación/Evaluación
inversión (S/.)
Componente Salud: Componente Salud:
500,000
Los proyectos deben cumplir las siguientes características y documentos:
Mejoramiento de la salud de la mujer Infraestructura. ‐ Opinión favorable de la Dirección Regional de Salud respecto a la prioridad y
gestante para la disminución de la pertinencia de la intervención propuesta en el PIP.
desnutrición infantil ‐ Compromiso de la entidad a cargo de la operación y mantenimiento respecto a la
Equipos y mobiliario
sostenibilidad del PIP.
Capacitación y ‐ Documentación que acredite tenencia, donación y/o propiedad del terreno donde
talleres el PIP intervendrá.
‐ Informe de INDECI y/o de profesionales (colegiados) responsables de la
evaluación de infraestructura, cuando se trate de demoliciones e incremento de
carga en infraestructura existente
Mejoramiento de la salud del niño - RM Nº 1001‐2005/MINSA, Directiva FOB. N.T.S.
menor de 3 años para la disminución N°056‐MINSA/SIS‐DGSP‐V.01
de la desnutrición infantil - N.T.S.N°056‐MINSA/SIS‐DGSP.
- N.T.S. N°063‐MINSA/SIS‐DGSP.
- R.M. N°970‐2005‐MINSA, aprueba N.T.S. N° 038‐MINSA/DGSP V.01
-RM Nº 588‐2005/MINSA. Norma técnica de salud N°056‐MINSA/SIS‐DGSP
-RM Nº 195‐2005/MINSA, Salud sexual y reproductiva
Componente Educación: Componente Educación:
Los proyectos deben cumplir las siguientes características y documentos:
Directiva Nº 207‐DINEIP‐2005
Mejoramiento de los hábitos
saludables en la comunidad y familia ‐Normas de diseño arquitectónico para centros educativos de educación inicial
para la disminución de la desnutrición 1987.
infantil ‐ Opinión favorable de la Dirección Regional de Educación respecto a la prioridad
y pertinencia de la intervención propuesta en el PIP.
‐ Compromiso de la entidad a cargo de la operación y mantenimiento respecto a
Mejoramiento de los servicios la sostenibilidad del PIP.
educativos no escolarizados para ‐ Documentación que acredite tenencia, donación y/o propiedad del terreno donde
niños menores de 3 años para la el PIP intervendrá.
disminución de la desnutrición infantil ‐ Informe de INDECI y/o de profesionales (colegiados) responsables de la
evaluación de infraestructura, cuando se trate de demoliciones e incremento de
carga en infraestructura existente
1)Directivas de OINFE del Ministerio de Educación. 2)Reglamento Nacional de
Edificaciones (RNE)
SERVICIO DE SANEAMIENTO
Componentes Monto Criterios de Formulación/Evaluación
Nombre de
mínimo de
Proyecto
inversión
(S/.)
Los proyectos de agua potable y saneamiento deben cumplir las siguientes características y
Construcción, Infraestructura 300,000 documentos:
instalación, Capacitación - Para el caso de nuevas fuentes de abastecimiento de agua, presentar documento que acredite la
mejoramiento, disponibilidad hídrica emitido por la Autoridad de Agua correspondiente.
rehabilitación y - Presentar documento sustentatorio que garantice la libre disposición de los terrenos para las obras
ampliación del generales.
- No se aceptaran proyectos que contemplen dos o más sistemas independientes de agua potable y
servicio de agua
saneamiento que se encuentren en diferentes ámbitos de influencia.
potable y
Si la Unidad Formuladora es diferente a la EPS y el proyecto se encuentra en el ámbito de la EPS,
saneamiento presentar:
Manejo Integral de - Opinión favorable del proyecto por la EPS.
residuos sólidos - Compromiso de EPS de recepcionar la obra y administrar el sistema una vez concluida la obra.
Si la Unidad Formuladora está fuera del ámbito de EPS, presentar:
- Compromiso de pago del servicio por parte de los beneficiarios que cubran por lo menos los costos de
operación, mantenimiento y reposición.
- Acreditación o compromiso de conformar una unidad de gestión para administrar el servicio o una JASS.
Los proyectos deben sujetarse a las normas y directivas para agua potable y saneamiento establecidas
por el Ministerio de Vivienda y Construcción y basarse en las Normas Técnicas del Reglamento Nacional
de Edificaciones. Asimismo, deberán tomar en cuenta los criterios técnicos de diseño señalados en el
anexo SNIP 08
Los proyectos de Residuos Sólidos deben cumplir las siguientes características y documentos:
- Compatibilidad de uso del terreno para la Construcción del Relleno Sanitario por parte de la
Municipalidad Provincial correspondiente.
- Opinión favorable de la ubicación del relleno sanitario por parte de DIGESA o DIRESA.
- Documentos sustentatorios que garantice la libre disposición de los terrenos para las infraestructuras
proyectadas, suscritas por los representantes con firmas legales.
- Documento que indique el compromiso de cubrir al menos los costos de operación, mantenimiento y
reposición de todo el horizonte del proyecto; el cual debe ser firmado por el Alcalde y el Jefe de
planificación de presupuesto
Los proyectos deben presentar los contenidos mínimos que establecen las
Guías de “Identificación, formulación y evaluación social de
proyectos de saneamiento básico en el ámbito rural a nivel de perfil”, “Identificación, formulación, y
evaluación social de proyectos de saneamiento básico en el ámbito de pequeñas ciudades a
nivel de Perfil”, e “Identificación, formulación, y evaluación social de proyectos de residuos sólidos
municipales a nivel de perfil”. Aprobados por Resolución Directoral N° 008-2007-EF/68.01 y
publicada en la página del MEF en la siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1083&Itemid=100892&lang=es
DIRECTORIO FONIPREL
ANALISTA REGIÓN TELEFONO ANEXO CORREO ELECTRÓNICO
Ada Távara Cajamarca, Lambayeque (01) 3115930 3364 atavara@mef.gob.pe
Armando Latorre Junín, Pasco, Lima (01) 3115930 3362 alatorre@mef.gob.pe
Denis Carrasco Ayacucho Centro y Norte (01) 3115930 3367 dcarrasco@mef.gob.pe
Gaby Mavila San Martín (01) 3115930 3363 gmavila@mef.gob.pe
Gherman Malpartida La Libertad, Piura, Tumbes (01) 3115930 3362 gmalpartida@mef.gob.pe
Jorge Muñoz Apurímac, Madre de Dios, (01) 3115930 3363 jmmunoz@mef.gob.pe
Ucayali
Josefina Paca Cusco, Puno (01) 3115930 3361 epaca@mef.gob.pe
Karla Ayala Huánuco (01) 3115930 3365 kayala@mef.gob.pe
Luis Mayuri Amazonas, Huancavelica (01) 3115930 3362 lmayuri@mef.gob.pe
Wilfredo Zamora Ancash, Ayacucho Sur, Arequipa, (01) 3115930 3367 wzamora@mef.gob.pe
Ica, Loreto, Moquegua, Tacna
Coordinación Técnica del FONIPREL: Ing. Jorge Quispe
Teléfono: (01) 3115930 Anexo 3360
Muchas Gracias
Secretaría Técnica del FONIPREL
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