Trujillo, 22 Junio del 2000
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BASES PARA SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES Nº 003
y 004 del 2011 de la CMAC-T
1. La Subasta Pública de Bienes Inmuebles se iniciará el día 07 de abril de
2011, a las 10:00 a.m. hasta las 12:00 m. y el 08 de abril de 2011 desde las
10:00 a.m. hasta las 12:00 m., con todos los postores que hubieran
recabado las presentes bases, siendo que los sobres se recibirán entre
dichas horas en presencia del Comité de Ventas y del Martillero encargado
de la subasta, procediéndose a la apertura de los sobres en ambos días a
las 12.00 m.
2. Las bases de la subasta se podrán recabar en la Av. España 2611 – Trujillo
– Departamento de Recuperaciones, no teniendo las mismas costo alguno,
previa inscripción de los interesados en el padrón que se habilitará
para tal fin.
3. La convocatoria se efectuará mediante publicación en un diario de mayor
circulación local o nacional.
4. Los postores podrán depositar en efectivo o mediante cheque de gerencia,
el 10% del precio base del (los) inmueble(s) de su interés, en MONEDA
NACIONAL, en cualquier agencia de la Caja Trujillo a nivel nacional
ingresando dicho monto en la cuenta: Otras operaciones INGRESO.
Los postores podrán depositar antes del inicio de la subasta el 10% del
precio base en efectivo conjuntamente con su propuesta en sobre
debidamente sellado.
5. La Subasta Pública para bienes inmuebles será mediante el sistema de
postura en sobre cerrado, en donde el postor realizará su oferta mediante
carta, la cual será dirigida al presidente del Comité de Ventas de Bienes
Adjudicados de la Caja Trujillo y contendrá como datos referenciales
mínimos el detalle siguiente:
Bien ofertado y/o su número de lote
Nombre o Razón social del postor con indicación del número de RUC
o documento de identidad según corresponda.
Monto de su oferta expresada en nuevos soles.
Dicha oferta será depositada en un ánfora acondicionada especialmente
para tal efecto antes de la hora fijada para el inicio de la subasta.
Al cierre del plazo de presentación, el presidente del Comité de Venta,
procederá a abrir los sobres entregados.
El presidente del Comité, previa visación conforme de todos los miembros
del Comité a excepción del representante del Órgano de Control
Institucional, y en compañía del Martillero Público, dará lectura en voz alta
de la propuesta y se dará como ganador al postor que haya entregado la
mejor oferta económica superior al monto base.
En caso que ninguna propuesta supere el precio base se dará por desierta la
venta del bien.
No se aceptará reclamos de parte de los compradores durante el acto de la
venta, ni con posterioridad, por desperfectos, deterioros o cualquier otro
vicio que presenten los bienes vendidos, por tratarse de bienes usados.
Se precisa que una vez ingresado el sobre en el ánfora, bajo ninguna
condición el postor podrá solicitar la devolución del mismo, entendiéndose
que ha tomado conocimiento de todas las condiciones de la presente
subasta.
El postor ganador de la buena pro se obliga a cancelar al Martillero Público,
al momento de concluir la subasta pública, el monto de 0.50%
(incluido IGV) del valor adjudicado, por concepto de honorarios.
Sólo para el caso de venta en bloque de bienes inmuebles, es decir que un
ítem tenga más de un bien, el postor ganador de la buena pro se obliga a
cancelar al Martillero Público al momento de concluir la subasta
pública, el monto de 0.30% (incluido IGV) del valor adjudicado,
por concepto de honorarios.
6. No pueden ser postores en la subasta:
- Los peritos y todos aquellos que hubieran intervenido directamente en
el procedimiento.
- Aquellos que habiendo realizado una postura en el mismo procedimiento
de subasta o en uno anterior incumplan con el pago.
7. El adjudicatario de bienes inmuebles depositará el saldo de precio en las
Oficinas de la Caja Trujillo en efectivo o en Cheque de Gerencia a la orden
de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., dentro del
plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir del día
siguiente de otorgada la buena pro. Quedará a criterio de la Caja
Trujillo, otorgar mejores condiciones de pago del saldo del precio de la
Venta, previa autorización del Comité de Gerencia.
8. Si el saldo del precio de la Subasta Pública del bien inmueble no es
depositado dentro del plazo establecido, la transferencia quedará resuelta
de pleno derecho, procediendo la Caja Trujillo a convocar a nueva subasta
Pública. En este caso, el adjudicatario pierde TODA la suma
depositada, la que servirá para cubrir los gastos del procedimiento
frustrado y será impedido de participar como postor en otros
procedimientos similares que convoque la Caja Trujillo.
9. El postor que obtuvo la buena pro, deberá pagar los honorarios del
Martillero Público que interviene en la subasta. Asimismo, serán de cuenta
del adjudicatario todos los pagos que se detallan a continuación:
- Por deudas tributarias que le pudiesen corresponder de acuerdo al TUO
de la Ley de Tributación Municipal.
- Pago por deudas de servicios públicos (luz, agua, desagüe y otros) con
que cuente el inmueble al momento de la transferencia, o cualquier otra
derivada de la prestación de dichos servicios.
- Pago por concepto de deudas de mantenimiento, en edificaciones de
propiedad horizontal, con que cuente el inmueble al momento de la
transferencia.
- Pagos por documentos que la entidad financiera – donde se encuentre
solicitando un crédito el postor – le requiera, siendo de cargo exclusivo
del postor la obtención de tal documentación.
- Pago por derechos de transferencia que se tengan que hacer en la
Notaría y Registros Públicos para efectivizar la transferencia de
propiedad. Si el adjudicatario se negara a realizar los pagos de Notaría o
Registros Públicos, perderá toda la suma abonada a LA CAJA, como
concepto de indemnización por la operación frustrada por causa del
comprador. Igual condición se aplicará en caso el adjudicatario no
quiera suscribir los documentos de transferencia por cualquiera de los
dos primeros motivos.
10. Terminada la subasta, el Martillero Público procederá a extender acta de la
misma, la que contendrá como mínimo la siguiente información:
a) Lugar, fecha y hora de la subasta.
b) Miembros del Comité de Ventas y Martillero Público que participa en el
acto público.
c) Relación de muebles e inmuebles según el caso materia de la presente
subasta.
d) Nombre de los postores y sus correspondientes posturas efectuadas.
e) Nombre del postor que obtuvo la buena pro.
f) Precio de adjudicación.
g) Firmas de los miembros del Comité de Venta y Martillero Público.
11. Se establece que si en la primera fecha de la subasta no se realiza
adjudicación alguna de bienes inmuebles, el precio base será reducido en
30% tratándose de bienes que fueron adjudicados entre los años 1999 al
2005; en tanto que para bienes adjudicados desde el 2006 hasta el 2011
inclusive el precio base será reducido en 15%.
12. Todo lo no contemplado en estas bases, será resuelto por el Comité de
Ventas, mediante decisión que tendrá calidad de INIMPUGNABLE.
13. Se precisa que en caso la postura sea aceptada, el postor ganador estará
obligado a firmar una declaración jurada de aceptación del bien inmueble,
en las condiciones físicas, civiles, tributarias y administrativas en las que el
mismo se encuentre, relevando de toda responsabilidad legal futura a la
Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo S.A.
14. Calendario del proceso de Subasta:
APROBACIÓN DE BASES 30/03/2011
Entrega de bases y listado de bienes a
Del 01/04/2011 al 07/04/2011
subastar
Subasta Pública de bienes inmuebles y
Del 07/04/2011 al 08/04/2011
presentación de propuestas.
Trujillo, Marzo 2011
COMITÉ DE VENTAS
COMITÉ DE VENTAS
SUBASTA
1. DENOMINACION
a) Subasta de bienes inmuebles Nº 003 y 004 del 2011
2. REALIZACION
a) LOCAL : Agencia España (Av. España Nº 2611-2615)
b) FECHA : 07 y 08 de abril de 2011
c) HORA : 10.00 a.m. a 12:00 m. (ingreso de sobres)
12:00 m apertura de sobres por Martillero.
3. PARTICIPANTES
a) Martillero Público para bienes inmuebles, a quien se le abonará, al
momento de concluir la subasta pública, el monto de 0.5% (incluido
IGV) del precio al que fuera adjudicado el bien, salvo venta en bloque
de bienes inmuebles, siendo el monto a cancelar de 0.3% (incluido IGV)
del precio al que fuera adjudicado el bien.
b) Comisión: Integrada por los miembros del Comité de Ventas de Bienes
Adjudicados.
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