4ta charla FISCALIZACION ord 798 y beneficios 9 11
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ORDENANZA Nº 798: Conozca cómo
acceder al pago de la deuda sin
intereses cuando su predio fue
fiscalizado
Wilfredo Calderón
Noviembre de 2006
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FISCALIZACIÓN
Es el derecho que posee la Administración
Tributaria para examinar y cuestionar todos los
elementos vinculados, directa o indirectamente, al
cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el
fin de verificar el correcto cumplimiento de las
mismas.
Base Legal:
Decreto Legislativo Nº 776
Texto Único Ordenado del Código Tributario.
Ordenanzas
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FACULTAD DE FISCALIZACIÓN
Artículo 62º Código Tributario
INSPECCIÓN
INVESTIGACIÓN
Control del cumplimiento
de las Obligac. Tributarias
WJCV
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DEFINICIONES
¿A quién se considera OMISO?
Se considera omiso a la persona natural o jurídica, que no declara la
adquisición o venta de sus bienes muebles o inmuebles en las fechas
establecidas.
Omiso a la Declaración Jurada de Inscripción
Es aquel que no declara la adquisición del bien.
Plazos: Predial: último día hábil de febrero del siguiente año
Vehicular: nuevo: 30 días calendario
usado: último día hábil de febrero
Omiso a la Declaración Jurada de Descargo
Es aquel que no comunica la transferencia del bien.
Plazos: Predial: último día hábil del mes siguiente
Vehicular: último día hábil del mes siguiente
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DEFINICIONES
¿A quién se considera SUBVALUADOR?
Se considera que un Contribuyente en Subvaluador
cuando los datos de su Declaración Jurada no coincide
con la realidad física de los mismos.
De acuerdo al Código Tributario, corresponde aplicar
sanciones a aquellos administrados que habiendo
declarado un bien, dicha declaración no corresponde a
lo real.
La sanción a aplicar es el 50% del impuesto dejado de
declarar.
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¿QUÉ CONSTRUCCIONES DEBE DECLARAR?
MURO PERIM.
A fin de no
configurarse como PARAPETO
subvaluador, se debe
de cumplir con
declarar toda CISTERNA
CUBIERTA
construcción y obra
complementaria
realizada en el predio
TANQUE ELEVADOS CERCO METAL.
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BENEFICIOS
Ordenanza Nº 798.
Conozca cómo acceder al pago de la deuda sin intereses cuando su
predio fue fiscalizado.
Beneficios:
Tributos: Sólo pagará el Monto Insoluto de la deuda.
Hasta el año anterior a la Fiscalización, Declaración o Rectificación
Multa Tributaria : 90%, 80%, 70% de descuento.
Podrán acogerse a este Beneficio cuando:
Si Usted fue detectado como omiso o subvaluador, y como resultado
del mismo tiene deudas pendientes de pago, puede acogerse a los
siguientes beneficios:
Si Usted, fuera de la fecha de plazo, declaró voluntariamente su
vehículo, o declaró o actualizó las características constructivas de su
inmueble. 7
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