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Autorizar Visa

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Autorizar Visa
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1/16/2012
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32
SECRETARIA DE

GOBERNACIÓN Y JUSTICIA.

DIRECCION GENERAL DE MIGRACION Y

EXTRANJERIA

OBJETO DE LA LEY

Es regular la política migratoria del Estado, la

entrada o salida de personas nacionales y

extranjeras.- la permanencia de estas ultimas

en territorio hondureño y la emisión de

documentos migratorios.

PERMISOS ESPECIALES DE

PERMANENCIA

Definición: “Es la autorización

concedida por la Dirección General

de Migración y Extranjería, a los

extranjeros comprendidos en las

categorías establecidas en el

articulo 39 de esta Ley para vivir

temporalmente en el país “

CATEGORIAS

 ESTUDIANTES



 REFUGIADOS Y APATRIDAS



 ASILADOS



 TRABAJADORES MIGRANTES



 EXTRANJEROS EN SERVICIO SOCIAL



 RELIGIOSOS

CATEGORIAS

 EXTRANJEROS EN SERVICIOS

VOLUNTARIOS, HUMANITARIOS Y DE

BENEFICENCIA



 EXTRANJEROS EN ACTIVIDADES

COMERCIALES Y ESPECTACULOS

PUBLICOS



 EXTRANJEROS CONTRATADOS POR

EMPRESA PRIVADA; POR PERSONA

NATURAL O JURIDICA (CIENTIFICOS,

PROFESIONALES, DEPORTISTAS Y

PERSONAL TECNICO)

CATEGORIAS

 DEPENDIENTES ECONOMICOS

(CONYUGUE, HIJOS MENORES O MAYORES

Y LOS ABUELOS)



 EJERCICIO DE UNA PROFESION

UNIVERSITARIA

CATEGORIAS



ESTUDIANTES: En cualquiera de

los niveles del sistema educativo

nacional.



REFUGIADOS: Son refugiados

aquellos que de conformidad a los

tratados internacionales vigentes

para Honduras, sean reconocidos

como tales.

CATEGORIAS

APATRIDAS: El Gobierno de Honduras

por medio de la Secretaria de Estado

en los Despachos de Gobernación y

Justicia, reconocerá la categoría de

apatrida a todo extranjero que se

encuentre en el territorio nacional y

carezca de nacionalidad especifica.



TRABAJADORES MIGRANTES: Se

concede al extranjero que ingrese al

país con el propósito de realizar

actividades remuneradas, que

requieran mano de obra calificada.

categorias

 EXTRANJEROS EN SERVICIO SOCIAL: se

otorga a los extranjeros que ingresan al país

para cumplir con un servicio en las diferentes

áreas sociales, practica profesional como

requisito para obtener un grado académico.



 EXTRANJEROS RELIGIOSOS: se concede a los

extranjeros que lo soliciten para prestar sus

servicios a cualquiera de las iglesias cuya

personería jurídica este reconocida por el

estado de Honduras.

CATEGORIAS

 EXTRANJEROS EN SERVICIOS

VOLUNTARIOS, HUMANITARIOS Y

DE BENEFICENCIA: La DGME podrá

autorizar permisos especiales de

permanencia, siempre que lo estime

conveniente por razones de interés

nacional, humanitarias o en

reciprocidad con otros estados.

CATEGORIAS

 EXTRANJEROS CONTRATADOS POR

EMPRESA PRIVADA: La DGME,

autorizara permiso especial de

permanencia, a los extranjeros

directamente contratados por la

empresa privada en diversas áreas

de su especialización.

CATEGORIAS



 DEPENDIENTES O FAMILIARES: La

DGME podrá autorizar permiso

especial de permanencia al cónyuge,

a los hijos menores ó mayores

dependientes de los cónyuges y los

abuelos.

VISAS

CONSULTADAS Y

PROCEDIMIENTOS

VISA CONSULTADA



Es aquella que se expide a

extranjeros previa autorización

de la Dirección General de

Migración y Extranjería para

ingresar al territorio.

CATEGORIAS DE VISAS

 Categoría “A” :

 Categoría “B” :

 Categoría “C” :

CLASIFICACION DE VISAS

Según el tipo de documentos o

actividad.



•Ordinaria







Según su caducidad

- Simple 60 dias

- Múltiple 1 año

EXCEPCIONES DE INGRESO

En casos de urgencia y por razones

debidamente calificadas en el Reglamento de

ésta Ley, la Direccion General de Migracion y

Extranjeria, podrá autorizar por escrito el

ingreso a extranjeros sin visa consular o

consultada. En los casos siguientes

1.-por los poderes del estado

2.-Gobiernos extranjeros u organismos

internacionales

3.-por motivos humanitarios



ARTICULO 78 LEY Y 110 DEL REGLAMENTO.

CASOS EN LOS QUE NO SE PERMITIRA LA

ENTRADA AL PAIS ART 81 LEY

1.-Por disposición de la Política Migratoria

2.-Por enfermedades de acuerdo a lo

establecido por Salud Pública.

3.-Por enfermedades crónicas y discapacitados

4.- Alteraciones mentales

5.- Miembros de pandilla, carteles y otras

asociaciones de carácter ilícito

6.-Quienes enseñen o practiquen la

desobediencia a las leyes y autoridades

hondureñas

7.- Quienes hayan sufrido condena con delitos

comunes

8.- Quienes hayan sido sancionado con

deportación o expulsión y no hayan obtenido

permiso de reingreso

TASAS Y DERECHOS POR SERVICIOS

MIGRATORIOS



 Los servicios migratorios y los documentos

que expida la S. de E. en los Despachos de

Gobernación y Justicia y la D. G. M. E., causan

el pago de tasas y derechos de conformidad a

la ley. (Visa Consultada $100.00)

PROCEDIMIENTO PARA EL TRÁMITE DE

VISA CONSULTADA



1.-Solicitud de visas en la Secretaria

General de la Cancilleria

2.- La cancilleria remite el expediente a

la DGME

3.-La DGME a través de la comisión de

visas, integrada por tres miembros

emite dictamen

4.-El Director General emite la

resolución.

5.-La resolución se envía a la cancilleria

REQUISITOS DE VISAS

CONSULTADA

1.- Presentar solicitud

2.-Carta Poder autenticada

3.- Acta de responsabilidad

4.- Copia de Tarjeta de Identidad o Carné de Residencia

del responsable

5.- Copia de pasaporte

6.- Certificado medico del país de origen

7.- Certificado de Antecedentes policiales o penales del

país de origen

SI ES SOLICITADO POR EMPRESA

8.- Escritura de constitución, permiso de operación de la

A. M. D. C., constancia de la DEI y RTN.

9.- Estado Financiero actualizados

10.- Solvencia económica de la empresa.

11.- Acreditar conocimientos técnicos

12.- Oferta de trabajo o contrato de trabajo

13.- Acreditar la condición de representación legal de la

empresa

SI LO SOLICITA UNA PERSONA

NATURAL

14.- Constancia de trabajo

15.- Constancia de solvencia económica

16.- Si el extranjero puede acreditar

solvencia económica con tarjetas de

crédito.

17.- Todos los documentos que vienen del

exterior deberán ser legalizados y

traducidos en la Secretaría de Relaciones

Exteriores.

MOVIMIENTOS MIGRATORIOS





Puede solicitarse:



personalmente

por medio de apoderado

legal

Por autoridad competente

REQUISITOS DE MM

 SOLICITUD



 CARTA PODER

 PAGO DE CERTIFICACION

(LPS.150.00)

 COPIA DEL PASAPORTE



 COPIA DE TARJETA DE IDENTIDAD

EN CASO DE NO TENER PASAPORTE

REFRENDOS

 CONSTANCIA QUE SE EXTIENDE AL

INTERESADO DE NO HABER

VIOLADO LAS LEYES MIGRATORIAS

O DE SER RESIDENTE LEGAL EN EL

PAIS

REFRENDOS



Puede solicitarse:



personalmente



por medio de apoderado

legal

Por autoridad competente

REQUISITOS PARA LOS

REFRENDOS



 SOLICITUD



 CERTIFICACION DE INSCRIPCION

 CERTIFICACION DE RESOLUCION



 CARNE VIGENTE

PERMANENCIA DE MENOR



 SECONCEDE PERMANENCIA A LOS

MENOR NACIDOS EN EL

EXTRANJERO HASTA LA EDAD DE 21

AÑOS, HIJOS DE PADRES

HONDUREÑOS POR NACIMIENTO.

REQUISITOS



 PASAPORTE DEL MENOR

 PARTIDA DE NACIMIENTO DEL

MENOR TRADUCIDA Y LEGALIZADA

 TARJETA DE IDENTIDAD DE LOS

PADRES

pasaporte

 ESEL DOCUMENTO QUE SIRVE PARA

IDENTIFICARSE EN EL EXTRANJERO

CON EXCEPCION DE LOS PAISES

DEL CA-4 QUE PUEDEN

IDENTIFICARSE CON LA TARJETA

DE IDENTIDAD

MUCHAS

GRACIAS


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