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modelos contables

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MODELOS CONTABLES



CONCEPTOS

Un modelo es un intento de representar la realidad a fin de poder explicar su comportamiento o evolución.

Los estados contables tratan de explicar la realidad patrimonial, financiera y económica de las empresas, así

como su evolución a lo largo del tiempo. Por tanto los criterios utilizados para confeccionar tales estados

constituyen un modelo contable.

No existe un único conjunto de criterios irrefutable y unánimemente aceptado para elaborar los estados

contables. Existen diferentes modelos contables.



PARÁMETROS

a) UNIDAD DE MEDIDA: los múltiples bienes que integran el patrimonio deben ser reducidos a

un común denominador. Se utiliza la moneda, suponiendo que ésta constituye un patrón estable

de valor. Cuando hay inflación, hay dos posiciones posibles:

- no tomar en cuenta la existencia de inflación y emitir los estados contables como si la

misma no existiera (MONEDA HETEROGÉNEA)

- ajustar o corregir integralmente los estados contables a fin de tomar en consideración los

efectos de la desvalorización del dinero (MONEDA HOMOGÉNEA)



b) CAPITAL A MANTENER:

- mantenimiento del capital financiero

- mantenimiento del capital físico



c) CRITERIO DE VALUACIÓN

- valores originales de incorporación (VALORES HISTÓRICOS)

- valores del presente (VALORES CORRIENTES)



d) VALOR LÍMITE DE LOS ACTIVOS: para evitar la sobrevaluación

- valor de mercado

- valor recuperable







UNIDAD DE MEDIDA



Generalmente se utiliza como moneda de cuenta el dinero que tiene curso legal en el país dentro del cual

funciona el ente.

Si la moneda de curso legal mantiene realmente estable su valor, no hay problema en tomarla como unidad

de medida. Pero lo habitual es que haya tendencia a la pérdida de poder adquisitivo del dinero.



Inflación

Se conoce con el nombre de inflación la pérdida persistente de poder adquisitivo de la moneda.

Si la moneda pierde poder adquisitivo, hará falta cada vez más cantidad de dinero para adquirir las mismas

cosas. Los precios aumentan. No todos en la misma proporción.

La forma de medir la inflación es computar el aumento promedio de los precios.

Para esto, deben elaborarse números índice del nivel de precios.

Esta información se compila periódicamente, en nuestro país en forma mensual.

En Argentina hay índices elaborados por el INDEC, que informan el índice de precios al consumidor y el

sistema de índices de precios mayoristas.

El IPIM mide la evolución promedio de los precios a los que el productor local o el importador venden sus

productos en el mercado doméstico.

El índice no se refiere al nivel de precios del último día del mes, sino al nivel de precios vigente a lo largo

del mes durante el cual se fueron haciendo los relevamientos.



Efectos que provoca la inflación sobre los estados contables confeccionados sin tenerla en cuenta:

- Distorsiones en los saldos de las cuentas

- Distorsiones en los totales de los estados contables

- Distorsión de los resultados de venta

- Distorsión de los cargos por amortizaciones

- Distorsión de las comparaciones

- Resultado por exposición a la inflación





Ajuste Integral: Concepto y objetivos

El ajuste integral persigue como objetivo básico que todas las cifras de los estados contables queden

expresadas en una unidad de medida homogénea. La moneda que se utiliza a tal fin es aquella cuyo poder

adquisitivo corresponde al momento de cierre del ejercicio.

La mayoría de los activos, si son valuados a su costo de incorporación al patrimonio, quedará expresada en

una moneda cuyo poder adquisitivo corresponde a una fecha anterior al momento de cierre.

Todas las partidas que están en una moneda “anterior al cierre del ejercicio” deben ser reexpresadas por

inflación.

El ajuste por inflación no debe confundirse con una valuación. El costo histórico reexpresado, sigue siendo

un valor del pasado, simplemente se lo ha llevado a una unidad de medida homogénea. Corregir un

importe por inflación no pretende llegar al “valor real” del bien.



Mecanismo de reexpresión

- Determinación de las fechas de origen

- Reexpresión de los importes originales



Clasificación de las partidas según su exposición a la inflación:

- Partidas monetarias y no monetarias:

No todas las partidas componentes del patrimonio sufren el impacto de la inflación de la

misma manera.

Son partidas NO MONETARIAS las que no tienen un valor cierto en moneda legal. Esto

significa que, si hay inflación, su precio puede subir, es decir que no sufren plenamente el

impacto de la desvalorización del dinero. Ejemplo de partidas no monetarias son las

mercaderías de reventa, las materias primas, los productos elaborados, las maquinarias, las

instalaciones, los inmuebles, las acciones de otras sociedades, etc.

Se denominan PARTIDAS MONETARIAS las que tienen un valor cierto en moneda legal,

como por ejemplo, el dinero en curso legal en caja y bancos, y los créditos (o deudas) en pesos

sin cláusula de ajuste o indexación.



Resultado por exposición a la inflación (REI)

Cuando se atraviesan períodos de alta inflación suelen producirse cambios significativos en los precios

relativos de los bienes.

La inflación potencia los resultados por tenencia de partidas no monetarias, y también genera un resultado

por la tenencia de activos y pasivos monetarios. Este resultado por tenencia de partidas monetarias es

conocido como REI.



Capital monetario

Es la diferencia entre activos monetarios y pasivos monetarios.

La tenencia de activos monetarios provoca pérdidas por exposición a la inflación. El mantenimiento de

pasivos monetarios genera ganancias por exposición a la inflación.



CAPITAL A MANTENER



La legislación comercial argentina, al igual que otros países, sólo permite la distribución de utilidades

cuando la misma se efectúa sobre la base de “ganancias realizadas y líquidas” con el objetivo de preservar el

capital, en resguardo de la propia subsistencia del ente y a fin de salvaguardar los intereses de los acreedores,

inversores y demás interesados.

Para esto, se requiere adoptar un criterio satisfactorio para la medición del capital, y como consecuencia de

ello, para determinar el resultado del período.

El criterio a aplicar para definir el capital que debe ser conservado, a su vez determina el concepto de

ganancia.

Existen dos posiciones:

- mantenimiento del capital financiero

- mantenimiento del capital físico





Mantenimiento del CAPITAL FINANCIERO

Para esta corriente de opinión, el capital está dado por cifras efectivamente invertidas por los propietarios,

entendiendo por tales los aportes realmente efectuados, así como las ganancias capitalizadas, en la medida

que provengan de incrementos patrimoniales genuinos.

En economías inflacionarias puede resultar necesario reexpresar los aportes en función de la evolución del

nivel general de precios. El monto del capital actualizado es el adecuado para su mantenimiento en

términos de concepto de capital financiero.

Ganancia es todo incremento patrimonial, todo aumento de riqueza que no provenga de nuevos aportes de

los propietarios.

No se pretende avanzar sobre el destino de la ganancia.





Mantenimiento del CAPITAL FÍSICO

En esta concepción se trata de mantener el valor de los bienes que determinan la capacidad operativa o

productiva de la empresa. Es decir que el capital se identifica no con el dinero aportado, sino más bien con

el valor de los bienes físicos necesarios para mantener la capacidad operativa.

Existirá ganancia solamente si la capacidad productiva física o la capacidad operativa de la empresa exceden

al final de un período la capacidad productiva física que existía al comienzo del mismo.

La utilidad se determina por el excedente monetario que se obtiene una vez que se reponen los activos

consumidos en la producción de los bienes o servicios.







CRITERIOS DE VALUACIÓN



Existen dos posturas para valuar los activos al cierre del ejercicio:

- utilizar costos de adquisición o producción originales, es decir, basarse en los COSTOS

HISTÓRICOS

- aplicar valores del presente, es decir, VALORES CORRIENTES



COSTO

El costo es el sacrificio que debe afrontarse para adquirir o producir un bien. Costo de adquisición no

abarca sólo el precio de compra, sino que incluye otras partidas.

También forman parte del costo los gastos “directos” de compra y recepción. Es decir, que pueden

identificarse con cada adquisición en particular, sólo se incurren si se efectúa “esa” compra.

El precio de compra a computar en el costo es del de contado. Los intereses deberán computarse a

resultados en función del transcurso del tiempo.

Que los gastos de compra y recepción formen parte del costo de adquisición de los bienes de cambio,

significa que en vez de imputarlos directamente como resultados negativos, los trasladamos al valor del bien

y los mantenemos en el activo, hasta que se produce la venta, en cuyo caso juegan en resultados por vía del

CMV.





Valores corrientes



- Según la naturaleza de los elementos patrimoniales

VNR: (precio de venta – gastos directos de venta). Este valor resulta apropiado para aquellos

activos que no requieren esfuerzo de comercialización, esto es, que puedan ser colocados con

facilidad. Por ejemplo: la tenencia de moneda extranjera, títulos públicos con cotización en bolsa,

acciones con cotización y mercado amplio, metales preciosos, cereales tipificados, etc.



COSTO DE REPOSICIÓN O REPRODUCCIÓN: lo que costaría volver a adquirir o producir

un bien. Este valor suele ser utilizado para activos cuyo destino final es la venta, pero que

requieren todavía un esfuerzo para concretarla.

VALOR ACTUAL: en matemática financiera, el “valor hoy” de un importe a percibir en el futuro.

Se calcula deduciendo se la suma a recibir en el futuro los intereses del período que media hasta su

liquidación. Es de aplicación a créditos y deudas.



VALOR PATRIMONIAL PROPORCIONAL: parte del patrimonio neto de la empresa emisora

que corresponde a una tenencia accionaria. Se aplica para valuar participaciones permanentes en

empresas en las que se tiene control o influencia significativa en sus decisiones.





Valor de los bienes aportados

Existe consenso en que el importe a asignar a los bienes que se aportan debe ser su valor corriente.

También es aplicable a bienes recibidos en donación, trueques o fusiones de empresas.



Valuación de los bienes que se incorporan por compra o producción

El criterio general es asignarles su costo de adquisición o producción, según corresponda.



Valor límite de los activos

En el estado de situación, los activos no deben ser sobrevaluados. Hay dos concepciones de valor límite:

- tomar el “valor de mercado”

- fijar el “valor recuperable”



Llegado el cierre del ejercicio, previo a la determinación de la cifra por la que se valuará cada activo en el

estado de situación patrimonial, deberá efectuarse una comparación entre el importe contabilizado y el

valor límite correspondiente. Éste no podrá ser sobrepasado, si es así deberá reducírselo.



Valor de mercado

Tradicionalmente, la regla de valuación de activos al cierre del ejercicio ha sido la de “costo o mercado, el

menor”. El valor de mercado se asocia con el costo de reposición. Es decir que se trata de un valor corriente

de entrada en el patrimonio.

En productos que requieren un esfuerzo de comercialización, su precio de venta (y su VNR) son superiores

al costo de reposición. Esta diferencia tiene por objeto cubrir gastos que deberán incurrirse por el proceso

de realización de los bienes más el margen de ganancia.

En el caso de títulos públicos, acciones con cotización, monedas extranjeras, metales preciosos, minerales

estratégicos, etc., los mercados ofrecen dos alternativas:

- una cotización única

- dos cotizaciones, una compradora y otra vendedora, siendo la diferencia entre ambas la

utilidad de las instituciones que intermedian. No hay comisiones ni gastos.

El tipo de cambio comprador es el precio por el cual el banco compra divisas. El tipo de cambio vendedor

es el precio al cual el banco vende moneda.

Desde el punto de vista de una empresa, el tipo vendedor constituye el costo de reposición, y el tipo

comprador representa su VNR. Si poseen divisas deben valuarse al tipo comprador, o sea, VNR es inferior

al tipo vendedor (costo de reposición).



Valor recuperable

Valor de salida del patrimonio. Cifra que se podía obtener o recuperar vendiendo o usando un bien.

Los activos pueden tener:

- un valor de cambio, el importe que se obtiene por su venta

- valor de uso

El valor recuperable es el mayor entre el VNR y el valor de utilización económica del bien. Es decir, el

mayor importe entre el valor de cambio y el valor de uso.









DISTINTOS MODELOS CONTABLES

CAPITAL FINANCIERO, COSTO HISTÓRICO, MONEDA HETEROGÉNEA Y VALOR DE

MERCADO: COSTOS HISTÓRICOS



CAPITAL A MANTENER: aportes de los propietarios

VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE: valuación al costo

RECONOCIMIENTO DE INGRESOS, CRITERIO DE REALIZACIÓN: se reconocen ingresos

cuando se produce la venta de los bienes.

RECONOCIMIENTO DE GASTOS, CRITERIO DE LO DEVENGADO: los gastos se

consideran realizados cuando surgen de una operación jurídicamente concluida, están devengados

cuando corresponden al período en cuestión.

VALUACIÓN AL CIERRE DEL EJERCICIO, CRITERIO DE PRUDENCIA: no deben

exponerse los saldos que surgen de la contabilidad, sino que debe realizarse un recuento físico, si

hubiera diferencias entre saldos deben modificarse y compararse el importe con su valor límite, y

optarse por el menor.

ACTITUD ANTE LA INFLACIÓN: se obra como si no hubiera habido inflación, no

modificándose cifra alguna de la contabilidad por ese motivo.



CAPITAL FINANCIERO, VALORES CORRIENTES, MONEDA HOMOGÉNEA Y VALOR DE

MERCADO: COSTOS HISTÓRICOS AJUSTADOS



CAPITAL A MANENER: aportes de los propietarios

VALUACIÓN DE BIENES AL INCORPORARSE: valuación al costo

RECONOCIMIENTO DE INGRESOS, CRITERIO DE REALIZACIÓN: se reconocen cuando

se produce la venta del bien

RECONOCIMIENTO DE GASTOS, CRITERIO DE LO DEVENGADO: se consideran

realizados cuando surgen de una operación jurídicamente concluida, están devengados cuando

corresponden al período en cuestión.

VALUACIÓN AL CIERRE, CRITERIO DE PRUDENCIA: no deben exponerse directamente

los saldos que surgen de la contabilidad, sino que deben compararse el costo con el valor de

mercado y se elije el menor. El costo no será el original, sino el ajustado. Se reconocerán pérdidas

por tenencia, pero no las ganancias por tenencia.

RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: todas las cifras quedan expresadas en moneda de

cierre.

REEXPRESIÓN DE LAS PARTIDAS: determinar fechas de origen y multiplicar por los

coeficientes de corrección correspondientes los saldos no monetarios.

DETERMINACIÓN DEL REI: mantener activos y pasivos monetarios genera un resultado por

tenencia conocido como REI.

REGISTRACIÓN DEL AJUSTE POR INFLACIÓN



CAPITAL FINANCIERO, VALORES CORRIENTES, MONEDA HOMOGÉNEA Y VALOR

RECUPERABLE: VALORES CORRIENTES AJUSTADOS



CAPITAL A MANTENER: aportes de los propietarios

VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE:

RECONOCIMIENTO DE INGRESOS: se reconocen cuando están realizados y se reconocen

ganancias por tenencia (un activo o pasivo genera una medición mayor, o menos, que la original).

RECONOCIMIENTO DE GASTOS, CRITERIO DE LO DEVENGADO

VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE: los activos no deben ser sobrevaluados, no pueden

exceder su valor límite.

RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: la reexpresión es necesaria para determinar los

resultados por tenencia.



CAPITAL FÍSICO, VALORES CORRIENTES, MONEDA HOMOGÉNEA Y VALOR RECUPERABLE

PATRIMONIO NETO



El patrimonio neto es la porción del activo que le corresponde a los dueños o titulares de la empresa.

Al cierre del primer ejercicio va a aparecer el resultado neto de dicho período, que incrementará el

patrimonio neto si es una ganancia o los disminuirá si es una pérdida. Se expone en “Resultados No

Asignados” porque son resultados obtenidos que todavía no tienen destino o asignación específica. Los

socios pueden resolver que los resultados no asignados se repartan, o bien que se reinviertan en la empresa,

manteniéndolos bajo la forma de reservas. Las reservas o ganancias reservadas son beneficios retenidos de la

compañía con un destino específico.

En algunos casos la constitución de reservas surge de disposiciones de ley o del contrato o estatuto social.

Estas son las llamadas obligatorias. La creación de otras reservas depende de la voluntad de los socios. Este

segundo tipo son las facultativas o libres.



Aportes de los propietarios

Se producen por los aportes de capital cuando los titulares transfieren a la misma la propiedad de bienes

que hasta ese momento les pertenecían a ellos. Estos determinan un incremento del PN de la entidad que

recibe el aporte.



Acciones

Cuando alguien realiza un aporte a una sociedad de capital, recibe títulos que representan un número

determinado de acciones, cuya tenencia le da carácter jurídico de socio.



Valor nominal y valor de cotización

El valor nominal de la acción es el valor escrito de la misma y es el que sirve de base para que los accionistas

ejerzan sus derechos económicos.

El valor nominal total del conjunto de las acciones en circulación es el importe legal del capital social.

El valor de cotización es el precio en el cual coinciden quienes quieren vender un papel con quienes

quieren comprarlo y depende de un sinnúmero de factores. La cotización puede fluctuar permanentemente.

Esta puede ser superior o inferior al valor nominal.



Emisión de acciones

La emisión de acciones implica un aumento de capital legal de una sociedad. Todo aumento de capital

requiere que se emitan títulos que lo respaldan.

La sociedad puede pedir por ellas un precio igual, superior o inferior a su valor nominal.

1 – emisiones al valor nominal (A LA PAR)

2 – emisiones a un precio superior a su valor nominal (SOBRE LA PAR)

3 – emisiones a un precio inferior a su valor nominal (BAJO LA PAR)



1- EMISION DE ACCIONES A LA PAR: Son aquellas cuyo precio a cobrar por cada acción que se

emite coincide con su valor nominal. Pueden distinguirse dos momentos: la suscripción o

compromiso de aporte y la integración o pago de las acciones suscriptas

Nuestra ley establece que cuando se aportan bienes, la integración debe efectuarse al contado. Pero

los aportes son en efectivo podrá integrarse al contado al 25% pudiendo pagar el saldo hasta un

plazo de dos años.



2 – EMISION DE ACCIONES SOBRE LA PAR: Son aquellas en las cuales se abona un precio

superior al valor nominal.

PRIMA DE EMISIÓN

Se denomina prima de emisión al exceso de precio de colocación de las nuevas acciones que se emiten

respecto de su valor nominal.

Tienen por finalidad mantener la equidad entre aportes de igual valor nominal pero efectuados en

distintos momentos.

Constituye una manera de que los nuevos socios paguen, por lo menos, por la corrección monetaria de

capital legal que se habrá producido como consecuencia de la inflación y los beneficios que pueden

haberse acumulado en la empresa.

Se denomina VALOR PATRIMONIAL PROPORCIONAL a la porción de PN que le corresponde a un

accionista por su tenencia accionaria.

3 – EMISIONES DE ACCIONES BAJO LA PAR

Se denomina descuento de emisión a la diferencia entre el precio de colocación la nueva emisión de

acciones y el valor nominal de las mimas.

Su práctica está prohibida debido a que afectaría a la integridad del capital en prejuicio de terceros.

Permite a las sociedades obtener fondos emanados de aportes de los accionistas, aún en períodos en

que la cotización de sus acciones se encuentra por debajo del valor nominal.



Anticipos irrevocables a cuenta de futuros aportes de capital

Se considera como un aporte accionistas no capitalizados, por el cual no se ha aumentado el capital legal.

- Socios entregan el dinero a fin de que se aplique al pago de acciones a emitir.

- El Directorio los recibe de la asamblea, supeditado a lo que ésta decida en su

oportunidad.

- No existe en el momento en el que se reciben los fondos, decisión acerca del aumento de

capital

- Son irrevocables para quien los efectúa, no puede reclamar su devolución

- La sociedad no está obligada a capitalizarlos



Lo único que puede exigir el aportante es que se trate el tema en una asamblea dentro de un plazo que

debería fijarse en el momento que se efectúa el aporte. Si la asamblea no aprueba el aumento de capital,

habrá que devolverle los anticipos a quienes los efectuaron.

Para que un anticipo irrevocable pueda considerarse integrante del PN, deberán cumplirse las siguientes

formalidades:

- Fijación de un plazo para que la asamblea acepte la emisión de capital

- Establece el valor nominal, clase y características de las acciones a emitir.

- Proponer a la asamblea si las acciones se emitirán con prima

- Señalar las demás condiciones

- Preservar el ejercicio del derecho de preferencia

Si al cierre del ejercicio existen anticipos, debería suministrarse la siguiente información:

- valor nominal

- la reexpresión por inflación del valor nominal

- la parte del anticipo que corresponde a primas de emisión





Reexpresión por inflación de los aportes de los propietarios

En contratos inflacionarios resulta necesario practicar la reexpresión de los aportes. Multiplicando las cifras

por cada uno de los coeficientes correspondientes a sus respectivas fechas de origen.

La fecha del incremento patrimonial es la de suscripción o compromiso de aporte, independientemente del

momento en que se efectivicen.



Reducción del capital

Hay consenso en cuanto a que la reducción de capital debe estar sustentada en dos criterios básicos en

cuanto a su legitimidad:

- la igualdad o proporcionalidad entre los accionistas

- la imposibilidad de que por la reducción se vean perjudicadas los acreedores



Según el efecto en el importe total del PN

- Efectiva o real: implica una disminución de su magnitud. Es el caso de los reembolsos a

los accionistas.

- Nominal o contable: constituye una permutación entre cuentas de PN, pero no altera el

importe total.

Según el origen de la decisión

- Voluntaria: la decisión queda al arbitrio de la sociedad

- Obligatoria: emana de la exigencia del legislador.







Acciones propias en cartera

La ley de sociedades establece que una sociedad puede adquirir las acciones que emitió, sólo en las

siguientes condiciones:

- para cancelarlas y previo acuerdo de reducción del capital

- excepcionalmente, con ganancias realizadas y líquidas o reservas

- por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o una sociedad que incorpora

Adquisición de acciones propias para evitar un daño grave

Adquisición de acciones propias que integran el activo de una sociedad que se incorpora





Los resultados y su ulterior destino



Resultados no asignados

Se trata de resultados que no tienen, todavía, destino específico. Surge de la cancelación de las cuentas de

resultados, que se saldan al final de un ejercicio y el primer día del nuevo período arrancan con saldo cero.



Distribuciones en efectivo o especies

La asamblea puede decidir repartir las ganancias en forma de dividendos, en especies o en efectivo, entre los

socios o accionistas.

Esta decisión es modificativa del PN, pues reduce su importe.



Ganancias reservadas

La constitución de reservas puede derivar de la ley, del estatuto o contrato social, simplemente de la libre

voluntad de la asamblea.

- Obligatorias: cuando su constitución está por encima de la voluntad de la asamblea por

emanar de la ley o del contrato social.

- Facultativas: su creación corresponde a la voluntad de la asamblea



Reserva legal: Entre las reservas obligatorias está la reserva legal, que surge de la ley de sociedades.

Establece que de la ganancia de cada ejercicio, debería destinarse por lo menos un 5% a la constitución

de una reserva legal, hasta llegar al 20% del capital. No puede ser utilizada.



Reservas facultativas: Su creación responde a la decisión de la asamblea. Puede desafectarse en

cualquier momento, por decisión de la asamblea.



Contrapartida de los revalúos técnicos: si al realizar un revalúo técnico incrementa el valor contable del

bien, la contrapartida se acredita a Reserva por revalúo técnico, que se expondrá entre las ganancias

reservadas. Se trata de una ganancia que, por no estar efectivizada, no es distribuible.



Capitalización de ganancias

Distribución de dividendos en acciones liberadas. Este consiste en la capitalización de ganancias, es decir, se

distribuyen ganancias no asignadas y, como contrapartida se incrementa el capital. En respaldo se reparten

acciones entre los accionistas, quienes los reciben quedando liberados de toda obligación de pago, por eso

se denominan acciones liberadas.



Reexpresión por inflación

Las partidas que integran el PN:

- importes de capital originados en dividendos en acciones

- saldo de la cuenta dividendos en acciones a distribuir

- ganancias reservadas

deben ser reexpresadas por inflación, a cuyos efectos debe determinarse su fecha de origen.

Surgen dos alternativas de una posible fecha:

- la correspondiente a la celebración de la asamblea.

- La de cierre de ejercicio

La forma de repartir toda la ganancia consiste en atribuir a las distribuciones la misma moneda en que

están expresados los beneficios que se distribuyen, es decir la correspondiente a la fecha de cierre a los

estados contables.



Otras causas de cambios en el capital

Capitalización del ajuste de capital: la asamblea puede decidir capitalizar todo o parte del ajuste de

capital. Es una permutación de cuentas que no altera el total del capital.

Capitalizaciones de reservas facultativas: operación permutativa de PN

Prescripción de acciones a distribuir: surge en empresas que hacen oferta pública de sus acciones y

que tienen gran cantidad de accionistas con pequeñas tenencias. Consiste en que una vez vencido

el plazo legal en que se opera la prescripción del derecho a percibir los dividendos, queden

acciones no retiradas por sus beneficiarios.

Hay tres alternativas:

- acreditar a resultados acumulados

- acreditar a una reserva

- acreditar a aportes no capitalizados



División de acciones: surge cuando la cotización de las acciones llega a ser tan alta que dificulta su

negociación en bolsa. En este caso se canjean las acciones en circulación por una mayor cantidad

de títulos con menor VPP y valor de cotización. La contabilización puede efectuarse modificando

o no el capital.

Unificación de acciones: el caso inverso al anterior







RESULTADOS



El estado de resultados debe permitir no sólo conocer la utilidad o pérdida final, sino también las causas

generadoras de dicho resultado.



INGRESO: variación patrimonial modificativa positiva, no relacionada con movimientos de capital, pero sí

con la actividad principal del ente. Ventas de bienes y servicio.



COSTOS: variación patrimonial negativa, no relacionada con movimientos de capital, pero si con ingresos

operativos, nos estamos refiriendo al consumo de un activo (CMV). Representa el sacrificio necesario para

el cumplimiento de objetivos y metas.

Este costo se reconoce en el mismo período que los ingresos que los originan.



GASTOS: Representan resultados negativos, y se incurre en ellos para lograr ingresos futuros. Es decir que

representan sacrificios económicos, originados en el desarrollo de una actividad dada y relacionados con el

logro de objetivos.

Gastos de administración

Gastos de comercialización



PÉRDIDAS: gastos que no generan ingresos futuros.



GANANCIAS: variaciones patrimoniales positivas no relacionadas con movimientos de capital ni con la

actividad del ente. Representan resultados no operativos, por no estar relacionados con la actividad

principal del ente.



Ajuste de resultados de ejercicios anteriores

Existen ganancias y pérdidas que se reconocen contablemente en períodos distintos de aquellos en que se

devengaron y que deben exponerse en otro estado, estado de evolución del PN.

Son correcciones del saldo inicial de los resultados no asignados.

Se generan por:

- Corrección de errores no correcciones de cálculo, sino también de juicio, al adoptar un

temperamento que no se adecua a normas vigentes

El error se debe detectar en el ejercicio económico anual siguiente, al momento en que se

devengó el resultado.

Situaciones:

No reconocer los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda durante

algunos ejercicios económicos.

No reconocer gastos de ampliaciones de local de ventas como mejoras y exponerlo en

bienes de uso, sino como gastos del período en que ocurrieron.

- Cambios retroactivos en la aplicación de normas contables



Los ajustes de resultados de ejercicios anteriores no constituyen partidas del estado de resultados.

Cuando se concrete un cambio en las normas contables aplicadas se deben exponer las razones y los efectos

que provoca. Esto se expone en la información complementaria y se deben modificar las cifras del ejercicio

anterior que corresponden.





CAJA Y BANCOS



El rubro “Disponibilidades”; presenta las siguientes características:

- liquidez inmediata

- medio de pago – poder cancelatorio ilimitado

Es el rubro más líquido de la estructura patrimonial.

El efectivo en caja es un activo aceptado generalmente en pagos. Cualquier cosa puede ser caja, siempre que

sea aceptada en general. Tiene que tener valor fijo (omitiendo la variación por el nivel de precios). Es una

cantidad definida y no está sujeta a fluctuaciones.



Contenido

- Efectivo: moneda de curso legal o extranjera

- Saldos en cuentas corrientes bancarias

- Saldos en cajas de ahorro

- Otros elementos que posean las características del rubro ya enunciados

- Valores a depositar

- Fondos fijos

- Valores al cobro

- Giros bancarios y postales a la vista

No son partidas de este rubro los depósitos a plazo fijo, que deben ser expuestos en Inversiones.

El giro en descubierto implica la emisión de cheques, por parte de la empresa, por encima de los fondos

depositados en la cuenta. La partida se incluye en el pasivo.



Criterios de valuación

- Saldos en moneda de curso legal: se valuación no ofrece dificultades por cuanto los estados contables se

presentan expresados en moneda de curso legal del país, por lo tanto estarían automáticamente valuados.

Los saldos de las cuentas corrientes bancarias que deberán ser expuestos al cierre del período, habrán de

surgir como resultado final luego del control entre los registros del ente y los de cada una de las

instituciones bancarias con las cuales se opera: conciliación bancaria.



- Saldos en moneda extranjera: Al ingreso de las divisas al patrimonio, surge la necesidad de conocer el tipo

de cambio vigente para convertirlos en moneda de curso legal del país, y el cambio aplicable al cierre de

cada período.

En el momento en que se registre el ingreso de las divisas, el valor a atribuirles sería el de su cotización a

dicho momento. La diferencia entre la cotización al inicio y la vigente al cierre del período se considera

como un resultado financiero devengado, siempre que el criterio sea valuación a valores corrientes.







CUENTAS A COBRAR: CRÉDITOS



Los créditos representan derechos exigibles a clientes, generalmente cobrables dentro del ciclo operativo

normal de los negocios.

Estos pueden ser liquidados en efectivo o bajo otra modalidad.

El total de cuentas por cobrar deberá ser expuesto por un monto que no exceda la estimación del monto

neto realizable.



Contenido

- Saldos a cobrar sumas de dinero en cuenta corriente

- Saldos a cobrar sumas de dinero documentados

- Saldos a cobrar sumas de dinero con sociedades del grupo económico

- Previsiones para devoluciones, bonificaciones, y posibles incobrables.

- Créditos diversos



Criterios de valuación

- Saldos en moneda de curso legal: Por diferencia entre la tasa pactada originalmente por

las partes y aquella que se pagaría para su obtención y que se encuentra vigente al

momento de integración del mencionado crédito estaría representando un déficit o

superávit de rentabilidad.



- Saldos en moneda extranjera: al problema anterior, relacionado con la “necesidad de

establecer su autenticidad y su efectiva cobrabilidad”, ahora se agrega el tipo de cambio a

aplicar al mencionado aporte, para convertirlo en moneda de curso legal del país.



Componentes financieros implícitos

Representan resultados financieros incluidos en el precio de una transacción celebrada a plazo.

La medida ideal del CFI será la diferencia entre el precio de venta pactado y aquel que la operación hubiese

tenido de haber sido efectuada al contado.

Dentro del CFI debemos considerar no sólo el concepto intereses, sino también los sobreprecios.



Otras cuestiones

- Descuentos financieros pendientes

- Bonificaciones especiales a clientes

- Cuentas en consignación

- Créditos entre empresas del grupo económico

- Saldos a cobrar a empleados del ente

- Rentas a cobrar

- Acumulación de saldos diversos a cobrar





Efectos de la inflación sobre los créditos







Normas contables vigentes

Valuación

La normativa vigente en Argentina postula el empleo de valores corrientes, en lo relacionado con la

valuación de los créditos al cierre de un período o ejercicio económico anual, tratando de representar dicha

valuación un mayor acercamiento a la realidad.







INVERSIONES





Transitorias y permanentes

Se trata de colocaciones de capital, realizadas al margen de actividades habituales de la empresa, inversión

temporaria, o con otros fines, inversiones permanentes.

- Intención de la empresa: renta adicional o asegurarse control en otra/s instituciones,

integrando un conjunto económico.

- Condiciones para su realización: fácil e inmediata posibilidad de realización (inversiones

temporarias), y esta condición exige que posea cotización pública


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