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EDO DEMOCRACIA ELECCIONES

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EDO DEMOCRACIA ELECCIONES
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1/5/2012
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29
ESTADO PLURINACIONAL, DEMOCRACIA INTERCULTURAL Y

ELECCIONES





CARLOS H. CORDERO CARRAFFA1









Alcances



Entre el 2005 y 2010, Bolivia vivió una serie de eventos socio-políticos orientados a

la transformación sustancial de instituciones como el Estado, la democracia y las

elecciones, así como de los conceptos utilizados para describir y explicar dichos

fenómenos. De igual manera, Evo Morles Ayma (2009-2014) y el MAS2 pasarán a la

historia como el gobernante y el instrumento político que protagonizaron este tiempo de

cambios profundos en el orden institucional.

En los últimos años del siglo XX y en los primeros del siglo XXI, durante el

controversial segundo periodo de gobierno del General Hugo Banzer Suárez (1997-2001)3

y durante el truncado gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada (2002-2003)4, se produjeron

una serie de acciones protagonizadas por movimientos sociales, alternadas con procesos

electorales, que con el tiempo, ambos hechos políticos, se constituyeron en antecedentes

históricos y motivacionales, para iniciar profundas transformaciones en el Estado y en la

sociedad boliviana.

Durante el quinquenio 2005 al 2010, Bolivia vivió el agitado tiempo de transición

hacía un nuevo modelo político institucional, el Estado Plurinacional descentralizado con

autonomías, desde el Estado Republicano, concentrado y único. Las demandas y presión

social no eran suficientes para cambiar las estructuras políticas, se requerían además



1

Cientista político e investigador. Graduado en la Universidad Central de Venezuela; Maestría en Ciencia

Política Iberoamericana por la Universidad Internacional de Andalucía/España, Programa de la Universidad

de Salamanca.; Postgrado en Educación Superior UMSA/Bolivia. Docente titular de la Universidad Mayor de

San Andrés, Carrera de Ciencias Políticas UMSA. Recibió la condecoración al mérito docente “Marcelo

Quiroga Santa Cruz” (2005). Actualmente dicta las cátedras de: Sistemas Político Electorales y Marketing

Político Electoral, en el curso de postgrado de la Carrera de Ciencias Políticas UMSA. Docente invitado en la

Maestría en Filosofía y Ciencias Políticas, CIDES-UMSA y en cursos de Actualización y Maestría de la

Universidad Andina Simón Bolívar, La Paz-Bolivia.

2

Evo Morales y el MAS, obtuvieron el 2do., lugar en las elecciones generales de 2002; el primer lugar en las

elecciones de 2005 y nuevamente el primer lugar en las elecciones de 2009. La progresión en votos fue

aproximadamente de medio millón en la elección de 2002; millón y medio en las elecciones de 2005 y casi

tres millones de votos en las elecciones de 2009. El MAS, siglas del Movimiento al Socialismo, es una

organización política atípica que no encaja en los moldes y definiciones tradicionales aplicadas a los partidos

políticos.

3

Banzer había accedido al poder mediante un golpe de Estado efectuado en agosto de 1971 y realizó su

primer gobierno, de carácter autoritario y sin división de poderes, hasta 1978. Años más tarde llegó al poder

mediante elecciones en agosto de 1997, para finalmente entregar el poder un año antes de cumplirse el

mandato constitucional, en razón de una enfermedad terminal.

4

Sánchez de Lozada, había gobernado el país, constitucionalmente, entre 1993 y 1997. Un segundo mandato

que se inició en el año 2002, concluyó con una renuncia forzada, en 2003.



Página | 1

reformas legales para crear las condiciones jurídico-político-sociales, para realizar el

soñado cambio.

El proyecto político más relevante de éste tiempo, que abarca algo así como una

década (2000-2010), fue la convocatoria y funcionamiento de una Asamblea

Constituyente5, que tenía como objetivo central reformar la Constitución Política del

Estado. Texto normativo que estuvo en vigencia desde 1967 y que había sufrido dos

reformas parciales en 1994 y 2004. Ambas reformas constitucionales habían afectado

menos de un 30 % de los contenidos originales6 de la CPE del 67, dejando la sensación

colectiva (ciudadanía y organizaciones políticas) de que los cambios legal-constitucionales

producidos hasta entonces, por presión de los movimientos sociales y decisión de las

instituciones políticas y representativas, fueron insuficientes. Finalmente, el 25 de enero de

2009, la ciudadanía boliviana, en el marco de un referéndum, aprobó un renovado e

innovador texto constitucional, que a su vez desató otra serie de eventos políticos que

consolidaron las transformaciones iniciadas en el Estado. Cambios que se venían

demandando desde la sociedad, desde mucho tiempo atrás. A partir de una nueva

Constitución, se efectuaron nuevas elecciones, que permitieron una renovación de las

autoridades gubernamentales, quienes dieron un impulso definitivo a la construcción de un

nuevo Estado y, en consecuencia, a la construcción de un nuevo sistema político.

El hilo conductor de éste agitado como fascinante tiempo político fue la realización

de varios procesos electorales, de diversa índole, sustentados en el sufragio universal,

directo, igual y secreto. En las elecciones generales 2009, departamentales y municipales de

2010, de manera inédita en elecciones realizadas desde la fundación republicana, se

eligieron representantes mediante usos y costumbres de los pueblos indígena originarios

campesinos y no exclusivamente a través del sufragio universal. Efectuadas las elecciones

del año 2010, se abre un amplio e indefinido horizonte temporal de un nuevo modelo

estatal, en el marco de un nuevo sistema político.

La inusual combinación, intercalada en el tiempo, de: i) movilizaciones populares

producidas a finales del siglo XX y a principios del siglo XXI, exigiendo reformas

institucionales; y ii) los procesos electorales llevados a cabo durante la primera década del

siglo XXI, renovaron democráticamente a los titulares del poder estatal, al extremo de

producir una radical sustitución de elites políticas. Movilización social y elecciones

tuvieron y tienen como sujeto político tanto a Evo Morales Ayma, actual presidente del

Estado Plurinacional (2009-2014) y a una compleja organización política denominada

Movimiento al Socialismo MAS.

La combinación intercalada, de movilizaciones populares (no reconocidas como

acciones plenamente democráticas) y participación en procesos electorales (admitidos

como recursos democráticos), encarnó admirablemente en el binomio Evo Morales-MAS.

Sujeto político que consiguió éxitos de tal magnitud y características, que están

dinamizando y dirigiendo las estructuras estatales bolivianas y la cultura política del país.





5

La asamblea Constituyente fue convocada en marzo de 2006 e inició sus sesiones en agosto del mismo año.

Culminó sus labores en diciembre de 2007, entregando al país un Anteproyecto de Reforma de la

Constitución de 1967, texto que sufrió importantes modificaciones, introducidas por el Congreso de la

República (2005-2009).

6

El texto de 1967 llegó a tener 232 artículos. La primera reforma efectuada en 1994 modificó 45 artículos y la

segunda reforma constitucional materializada en 2004 modificó 15 artículos. En total se modificaron 60

artículos (26 %) de 232 (100 %) que tenía el texto original.



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La renovación institucional producida (reformas legales, constitucionales y reformas

en las instituciones), por efecto de la combinación de movilización popular y participación

política institucionalizada (elecciones), agregados a los cambios en la conducta de la

sociedad, han sido definidos y condensados en el concepto: Revolución Democrático

Cultural RDC. La trilogía enunciada: revolución-democracia-cultura, expresa la esencia de

los cambios políticos producidos en los últimos tiempos. Concepto y discurso que fue

posicionado en el escenario político, por el sujeto social y político: Evo Morales-MAS.

La Revolución Democrática Cultural, como referente ideológico de

transformaciones estatales y sociales, se halla fuertemente asociada a conceptos y teorías

desarrolladas tanto en las ciencias sociales como jurídicas. Enfoques teóricos, jurídico

sociológicos, que han sido utilizados por el binomio MAS-Evo Morales, con un criterio

renovado. Los conceptos de las ciencias sociales y jurídicas, utilizados con un enfoque

novedoso, son la soberanía, la política y el derecho.

El presente ensayo, relaciona y explica los dinámicos como complejos procesos

políticos vividos en la última década (reformas estatales, reformas en las instituciones de la

democracia y procesos electorales) con: i) la soberanía, concepto asociado al ciudadano y a

nuevas formas de participación ciudadana en la vida pública; ii) la política, como un

actualizado instrumento para producir los cambios buscados en el Estado y en las

instituciones políticas; y iii) el derecho, como un nuevo orden jurídico para garantizar las

transformaciones tanto en el Estado como en la sociedad.

La articulación, descripción y explicación de elementos teóricos y procesos

histórico-sociales, además de sustentar y poner en evidencia los procesos políticos y las

transformaciones en el espacio público, nos permiten elaborar y presentar la siguiente tesis,

histórico política, de evolución y perfeccionamiento de las instituciones político

democráticas.

Desde la fundación republicana, acontecimiento registrado en el primer cuarto del

siglo XIX (1825), al tiempo presente, primer cuarto del siglo XXI, se pueden identificar dos

grandes ciclos estatales concluidos y un tercero en fase inicial, pero en proceso de

construcción. El primer ciclo comprende desde 1825 hasta la revolución nacional de 1952

Lapso de 127 años en el cual se gesta y consolida el Estado Republicano, Liberal y

Oligárquico. El segundo ciclo se inicia alrededor de 1952 y concluye con la implantación

realización de las elecciones 2009 y 2010; lapso de 58 años en el cual se transforma y

consolida el Estado Nacional, Liberal. El tercer ciclo, por tanto, se inicia luego, como

efecto de los procesos electorales, 2009, 2010, con un horizonte temporal incierto, en el

cual se da lugar a la construcción del Estado Plurinacional Autonómico.

Siempre en el marco de la tesis que se expone, a un tipo o modelo de Estado que se

desarrolla en los límites de cada ciclo apuntado anteriormente, le corresponde un tipo de

democracia. Si bien los contenidos y objetivos básicos de la democracia, como la elección

de autoridades mediante sufragio se mantiene constante, ciertos elementos y características

de la democracia varían y también puede constatarse la evolución de la calidad de la

democracia, desde formas rudimentarias o simples a formas más complejas y superiores.

En los límites del primer ciclo temporal y estatal (1825-1952, Estado Republicano,

Liberal y Oligárquico), se articula y desarrolla un tipo de democracia coincidente con el

tipo de Estado que se perfila para ése tiempo, la Democracia excluyente. Importantes

sectores de la sociedad boliviana no tienen el reconocimiento estatal ni los mecanismos

institucionales para la participación política. En el marco del segundo ciclo estatal (1952-

2010, Estado Nacional, Liberal), la forma democrática evoluciona desde el modelo

Página | 3

excluyente hacia un tipo de democracia donde destaca el carácter inclusivo, la Democracia

Inclusiva. Importantes sectores de la sociedad, étnicos, de género y territoriales, son

tomados en cuenta por las instituciones estatales e incorporados al ejercicio de los recursos

de la democracia como el sufragio universal. Finalmente, tomando como referente el tercer

ciclo estatal que se inicia, a partir de año 2010, se da lugar a la ampliación del horizonte

democrático, por ello se formaliza la Democracia Intercultural. La Constitución vigente,

aprobada en enero de 2009, señala de manera taxativa y contundente que la democracia en

el Estado Plurinacional, se ejerce de las siguientes formas: i) Directa y Participativa, por

medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la

asamblea, el cabildo y la consulta previa; ii) Representativa, por medio de la elección de

representantes por voto universal, directo y secreto; iii) Comunitaria, por medio de la

elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y

procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.

La combinación o alternancia en el tiempo, de movilizaciones populares y procesos

electorales, desde la fundación republicana hasta la construcción del Estado Plurinacional,

desde la Democracia Excluyente a la Democracia Intercultural, nos permite advertir y

diferenciar: i) momentos de crisis del sistema político, donde destacan las movilizaciones

populares y los movimientos sociales demandando y ejerciendo presión sobre el Estado y

los diversos gobiernos; ii) momentos de resolución de las diferentes situaciones de crisis a

través de consultas electorales, para que el ciudadano decida sobre el curso de los

acontecimientos y de las instituciones, donde se impone la participación política ordenada;

iii) momentos de relativa estabilidad y continuidad democrática, donde los procesos

electorales se realizan con regularidad y las movilizaciones populares se concentran en

generar demandas al Estado sin arriesgar la estabilidad o gobernabilidad en el sistema

político, donde destacan los partidos políticos, como las organizaciones políticas que

intermedian entre la sociedad y el Estado.

El desarrollo, descripción y explicación de la trilogía de conceptos sociológico-

jurídicos: i), soberanía, ii) política y iii) derecho, a través de una revisión de la historia

político contemporánea de Bolivia, nos permite desarrollar, describir y explicar, otro

conjunto de conceptos: el Estado, la democracia y las elecciones. En suma, nos permitirá

caracterizar, el i) Estado Plurinacional, ii) la democracia intercultural, y iii) las elecciones

competitivas.

La tesis histórico política que se expone en el presente ensayo, a tiempo de explicar

las características de las transformaciones complejas introducidas en el Estado y en la

sociedad, relaciona conceptos politológicos como Democracia y sus diversas acepciones;

conceptos jurídico sociológicos (soberanía, derecho y política) e ideológicos (revolución,

democracia, cultura), dando lugar a un sistema de interpretación y explicación de la

dinámica política de la última década. Intenta finalmente proyectar el curso y destino de las

instituciones políticas para los años venideros. Pone énfasis en temas que corresponden al

ámbito de la política, las instituciones políticas y los procesos políticos.









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Primer ciclo: el Estado oligárquico y la democracia excluyente. 1825-1952.



El siglo XIX traería consigo inéditas y revolucionarias transformaciones en el

Estado y la sociedad en varios continentes. En la mayor parte del continente americano, se

sustituiría el Estado monárquico de carácter absolutista, las relaciones coloniales y la

designación de autoridades como atribución exclusiva del monarca, por el Estado

republicano, la independencia de los nuevos Estados y la designación de autoridades

gubernamentales elegidas con participación ciudadana y recurriendo a un novedoso sistema

de sufragio individual.

El reino de España, la monarquía española y el Estado español, durante las dos

primeras décadas del siglo XIX sufrió una crisis de tal magnitud, que se constituye en la

señal de profundas transformaciones en los sistemas políticos del mundo conocido, hasta

ese momento. La crisis española fue el resultado de la combinación de varios factores:

fatiga e ineficiencia de una administración estatal burocrática y extendida sobre territorios

inconmensurables y poblaciones igualmente numerosas como heterogéneas. La riqueza de

los tributos coloniales concentrada en una pequeña aristocracia cortesana, improductiva. Un

campesinado empobrecido olvidado por el Estado monárquico. Una Europa agitada por

problemas similares y en permanente conflicto, asolada por la pobreza y la guerra que

cambiaba los hitos fronterizos y los empobrecía aún más. En este contexto se produce la

invasión napoleónica y de los ejércitos franceses a España, agravando tanto la crisis estatal

como de la dinastía borbónica, encarnada en Fernando VII. Ante la ruptura del orden

político y el avasallamiento de la soberanía española por la fuerza invasora francesa, se

producen heroicas resistencias en distintos ámbitos territoriales y de expresiones también

diferentes. El hecho de resistencia más notable y que se constituirá en la semilla de

profundas transformaciones en el orden político interno español y en el Estado será la

instalación en la porteña ciudad de Cádiz de un gobierno paralelo al de la monarquía. De

carácter provisional y no reconocido por ningún Estado europeo, ni siquiera por el rey

Fernando, cautivo. Gobierno y asamblea (Cortes de Cádiz) organizados mediante el uso de

revolucionarios procedimientos electorales, el sufragio censitario; instancias

representativas, inspiradas y orientadas a conservar la soberanía de las comunidades,

pueblos de España y del Estado, ante la invasión imperial napoleónica. Las Cortes de

Cádiz, además de su inédito origen electoral y propósitos de constituir un gobierno de

ciudadanos, produjeron un texto igualmente inédito y revolucionario, una Constitución

Política que sentaba las bases de una nueva forma de gobierno para la sociedad española y

de un nuevo Estado: la república y la monarquía constitucional. Dicho texto, conocido más

tarde como la Constitución liberal de 1812, influyó notablemente en Europa, pero

sobretodo en tierras americanas, despertando la imaginación y la voluntad popular para

buscar la transformación de instituciones y relaciones de poder.

El gobierno constitucional que intentaron implantar las Cortes de Cádiz tuvo fuertes

resistencias y una vida efímera. Algo similar ocurrió con la Constitución de 1812. Más

tarde la monarquía como forma de gobierno fue restituida en España, el ejército francés

expulsado. En América, la Constitución de 1812 inspiró la organización de repúblicas y

Estados nacionales de contenido liberal.

Coincidente con la invasión napoleónica y la prisión del monarca español Fernando

VII, en las colonias españolas del continente americano comenzaron las luchas

emancipadoras del dominio metropolitano. La independencia de los Estados Unidos (1776),

la Revolución francesa (1789) y las ideas que surgieron de dichos procesos se combinaron

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con las expectativas de criollos, indígenas y afroamericanos contra las normas e

instituciones de dominación Europea para impulsar ideas de ciudadanía, libertad, igualdad,

participación política de los excluidos de la época e independencia en Latinoamérica.

Paradójicamente, en estos territorios se pretendían implantar novedosas instituciones cuyos

originales contenidos se concibieron gracias al racionalismo e ilustración europeos.

Después de casi dos décadas de luchas emancipadoras y memorables batallas a lo

largo y ancho de América se dio paso a la progresiva conformación de Estados

republicanos. Al concluir el proceso de liberación, cada una de las nuevas naciones-Estado

inició el ejercicio de la vida republicana en circunstancias muy variadas.

México inicia su vida independiente en 1821. Una efímera monarquía católica dio

lugar a la creación de la República Federal de los Estados Unidos Mexicanos en 1823.

En las Provincias del Rio de la Plata, hoy Argentina, entre 1806 y 1807, se

produjeron las denominadas invasiones inglesas. La primera de ellas tomó el control de la

ciudad de Buenos Aires hasta su expulsión por parte de un ejército (nacional) proveniente

desde Montevideo (hoy Uruguay) encabezado por Santiago Liniers. Un segundo intento de

invasión fue resistido exitosamente. Ambos conflictos tuvieron consecuencias políticas

pues produjo un quiebre respecto del derecho vigente en el Virreinato, al ser destituido el

Virrey Rafael de Sobremonte y elegirse en su lugar al victorioso Santiago Liniers, sin

intervención del Rey español, lo cual hubiera sido lo ajustado al derecho de la época. Entre

1810 y 1820 se sucedieron dos juntas de gobierno, dos triunviratos y el Directorio (una

forma unipersonal y centralista de gobierno). En este período, la principal preocupación de

los gobiernos (independentistas) era consolidarse internamente y enfrentar la resistencia de

los realistas. En 1816 se declaró la independencia de las Provincias Unidas en el Congreso

de Tucumán.

Se conoce como Independencia del Perú al proceso que da origen y consolida la

creación de la República peruana a partir de la ruptura de los vínculos coloniales con el

sistema y autoridades del Virreinato del Perú para erigir un Estado independiente de la

monarquía española. En 1821, el general José de San Martín al mando de un ejército

libertador proveniente de Chile, proclama la independencia. En 1824 se verifican las

campañas de Junín y Ayacucho que concluyen con la capitulación del ejército realista y

pone fin al dominio del sistema colonial.

A escala continental el proceso independentista dio comienzo en 1809 y concluyó

en el Caribe a finales del s. XIX con la independencia de la república Dominicana (1844),

Cuba y Puerto Rico en (1898).

La independencia del territorio denominado Alto Perú, hoy Bolivia, fue proclamada

definitivamente el 6 de agosto de 1825, en un Congreso Constituyente celebrado en la

ciudad de La Plata, hoy Sucre. Entre los años 1822 y 1823, la situación en el Perú y el Alto

Perú se había tornado incierta y crítica para los ejércitos independentistas, los cuales habían

sido derrotados en varias ocasiones por las fuerzas realistas. Con estas condiciones muy

lamentables se encontró Simón Bolívar cuando arribó a Lima, el 1 de septiembre de 1823.

El 29 de febrero de 1824 el ejército monárquico logró ocupar nuevamente la capital

del Virreinato. Pero esta vez, las conmociones políticas que se vivían en España influyeron

en la división de las tropas españolas en América. Bolívar confirmó la división en el

gobierno español por lo que apuró la organización de un ejército formado por colombianos,

argentinos y peruanos. El 6 de agosto de 1824, el ejército bolivariano derrotó al ejército

español en los campos de Junín. Los jefes españoles, reunidos en el Cuzco decidieron unir

y reorganizar sus fuerzas para salir al encuentro de los vencedores de Junín.

Página | 6

Antonio José de Sucre, continuó la campaña militar y el 9 de diciembre de 1824, las

fuerzas independentistas lograron una espectacular victoria en los campos de Ayacucho.

Con la capitulación del Virrey José de La Serna se sellaba la independencia del Perú y de

América. El 29 de enero de 1825, el general José Miguel Lanza toma la ciudad de La Paz y

declara la independencia de las Provincias del Alto Perú. El 6 de febrero Antonio José de

Sucre a la cabeza del Ejército Libertador cruzó el río desaguadero, límite natural entre el

Alto Perú y el Perú, para ingresar finalmente en la ciudad de La Paz como el vencedor de

Ayacucho y el vencedor de la última resistencia monárquica. “El 9 de febrero de 1825,

cuando Sucre y su ejército llegaron a La Paz acompañado del Dr. Casimiro Olañeta como

consejero supremo, Sucre promulgó un decreto que convocaba la reunión de una Asamblea

Deliberante de todas las provincias de Charcas, que habían de enviar sus delegados en

abril de aquel año para determinar la suerte de la región. Este decreto fue la decisión final

tomada por los poderes externos para permitir que los charqueños crearan su propio

gobierno.” 7

Creado el Estado Republicano e independiente se cerraba el ciclo de dominación

Estatal monárquico español y se inauguraba en lo que hoy es Bolivia, el primer ciclo Estatal

liberal con tendencias oligárquicas que duraría en su construcción, consolidación y crisis,

un siglo y cuarto (127 años), entre 1825 a 1952.

El nuevo Estado latinoamericano nacía inspirado en las ideas de la Constitución

liberal sancionada en Cádiz en cuanto a las formas de participación política, individual y

territorial para la conformación de gobiernos parlamentarios y sujetos a la ley. Los

representantes que conformaron la Asamblea Deliberante convocada por Sucre, quienes

tomaron la decisión de independizar estos territorios; los representantes que conformaron

la Asamblea Constituyente que fundó la República, fueron elegidos, ambos, mediante

sufragio individual.

Las coincidencias entre la Constitución de Cádiz (1812) y el Decreto convocando a

la Asamblea Deliberante (1825), son inobjetables. El texto gaditano establece un sistema

electoral complejo, que utiliza el sufragio individual y ciudadaniza al individuo

sustituyendo el viejo apelativo de súbdito o siervo; establece varios niveles de elección y

representación: juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia; distingue entre

electores, compromisarios y diputados: “Art. 34. Para la elección de los Diputados de

Cortes se celebrarán juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia.” También

establece una relación proporcional entre ciudadanos y representantes: Art. 31. Por cada

70.000 almas de la población, compuesta como queda dicho en el art. 29, habrá un

Diputado de Cortes.”

El Decreto del Libertador Sucre, formula un sistema electoral con menos artículos y

simplificado; utiliza el sufragio individual para la elección de gobernantes; elimina las

denominaciones de peninsular, indiano, colono, criollo o súbdito por el de ciudadano;

establece similares niveles de elección y representación: artículo “2º. Esta Asamblea se

compondrá de los diputados que se elijieren en juntas de parroquias y de provincias.”

También señala una relación proporcional entre ciudadanos y representantes: artículo “10º.

Sobre un cálculo aprocsimativo de la población habrá un diputado por cada veinte ó

veinticinco mil almas.”

Existen obvias diferencias entre ambas normas, en razón de los ámbitos temporales,

territoriales, culturales y de población donde se aplicaron, España y el Alto Perú,



7

Herbert S. Klein, Historia de Bolivia, pág. 115.



Página | 7

respectivamente. También existen notables paradojas, que con el tiempo fueron haciéndose

patentes. La sociedad que a principios del s. XIX reivindicó al ciudadano e introdujo la

elección de representantes para la conformación de un Parlamento mediante el sufragio

individual no logró instituir la República como forma de gobierno sino que derivó en una

Monarquía Parlamentaria. En cambio, la sociedad que tempranamente rompió lazos con la

monarquía, asimiló eficazmente el valor de la ciudadanía y la elección de representantes

mediante el sufragio, logrando institucionalizar una República presidencialista como forma

de gobierno. Eso sí, de manera lenta, gradual y en un caminar plagado de dificultades.

En la nueva República, denominada Bolívar e inmediatamente Bolivia, el desarrollo

y la aplicación el novedoso mecanismo de elección de gobernantes a través del sufragio no

fue un implante que exhibió resultados inmediatos, regulares, estables y permanentes en el

tiempo.

La utilización del sufragio para la elección de representantes permitió la

deliberación y seguidamente la fundación de la República, a través de la conformación de

una Asamblea Deliberante y otra Constituyente. La utilización del sufragio directo e

indirecto para la designación del Presidente, tardó en ser aplicada. En ello tuvo mucho que

ver la primera Constitución. Por una parte, el primer texto constitucional promovía la

conformación de un sistema de representación, legislación y control, mediante el sufragio

restringido, de alta complejidad. Pero por otro lado instituía la presidencia vitalicia,

designado el primer ocupante del cargo, por el órgano constituyente.

La primera elección de Presidente con voto directo del ciudadano se produjo 18

años después de fundada la República,8 en 1843, y luego de reformar la Constitución

bolivariana. Eliminada la presidencia vitalicia se abrió la vía legal para la elección del

presidente mediante el sufragio restringido. Segundo, la utilización del sufragio para la

elección de representantes fue esporádica y el aprendizaje colectivo sobre las virtudes de la

designación de autoridades por vía electoral fue gradual y difícil, dando lugar a la

caracterización del sistema político, como un sistema excluyente y, por tanto, da pie para

caracterizar la democracia del s. XIX y mitad del siglo siguiente (entre 1825-1952), como

una democracia formal de carácter excluyente.

El procedimiento electoral que se utilizó en el siglo y cuarto siguiente a la fundación

republicana, para la elección de presidente y asambleas, congresos o convenciones, fue

básicamente restrictivo en cuanto a la participación amplia, con igualdad de oportunidades,

de todos los sectores sociales, tanto urbanos, rurales, civiles, de género y étnicos.

Rápidamente, los sectores políticos y dominantes impusieron restricciones de

género, capacitarías, económicas o de ciudadanía, que redujeron significativamente el

universo de electores y, por tanto, el universo de ciudadanos. En consecuencia, el sufragio

cuando pudo ser aplicado fue universal pero estrictamente masculino y excluyente de la

intervención femenina en política y en elecciones. El sufragio si bien fue definido como

universal masculino, los varones que no demostraran públicamente el dominio de la lectura

y escritura del castellano, simplemente no podían sufragar. El sufragio, por tanto, fue

restringido a la educación y capacidades que no poseían o no tenían acceso 4/5 partes de la



8

La Constitución de 1843 cambia la modalidad del voto indirecto por el de la elección del Presidente por el

voto directo de los ciudadanos, aunque con características restrictivas vinculadas al sexo, alfabetismo e

ingr4esos económicos. Esta primera elección se rige por el Reglamento de elecciones, dado por la

Convención Nacional de 1843. Reglamento que consta de 87 artículos y modelos de papeletas electorales para

la elección del Presidente, se halla suscrita por Pantaleón Dalence.



Página | 8

población del país. El sufragio fue universal, masculino y capacitario, pero además de

demostrar habilidades de lecto-escritura los varones debían demostrar ingresos económicos

estables, rentas suficientes y no mantener relaciones de servidumbre. El sufragio fue

universal para los varones nacidos en el territorio y considerados ciudadanos, que reúnan

además todas las exigencias antes mencionadas. 9

A la política de reducción del universo de electores por argumentos y limitaciones

señaladas por ley, que convertía a la democracia en un sistema político excluyente, debe

agregarse una crónica situación de inestabilidad de las instituciones políticas que durante el

primer ciclo de vida republicana (1825-1952) tuvo entre sus causas una permanente e

inacabada disputa entre la civilidad y el militarismo. Disputa entre la fuerza de las armas y

la fuerza de las leyes, que incidió en uso intermitente del sufragio y la inestabilidad de las

instituciones y de los cargos electivos (Parlamento y parlamentarios, Presidencia y

Presidente.). Un distinguido abogado y que posteriormente llegaría a ser Presidente de la

República, Mariano Baptista Caserta (…), en lo que podría ser el primer folleto escrito en

Bolivia sobre procesos electorales, escribía: “Desde el año 1848, comenzó a formarse un

grupo político con el propósito manifiesto de establecer el gobierno civil.”10

Las clases dominantes de la economía o de laos egresados de las universidades,

intentaron establecer gobiernos administrados por civiles, buscando la sustitución del

ejército y los mecanismos violentos de acceso al poder por los recursos de la democracia.

Entre la fundación republicana y 1952, la presencia dominante en el escenario político y en

el ejercicio de la presidencia de la República fue de militares y gobiernos asociados al

ejército. Pocos, muy pocos gobernantes civiles se pueden contabilizar en 127 años de

historia política. El primer gobernante civil, de profesión abogado será Mariano Enrique

Calvo.11 El primer gobernante civil elegido por voto del Congreso será José Ballivián.12

Por otra parte, el tiempo de gestión legislativa, cuando las instituciones

democráticas funcionaron, fue limitado. En el mejor de los casos el Parlamento funcionaba

entre un mes y dos meses como máximo, convocados cada dos o tres años.13 En esto

tuvieron que ver las limitaciones del Estado y de la sociedad. Un Estado y una sociedad

pobre, con pocos individuos considerados ciudadanos, se podía administrar con unas

cuantas leyes y reglamentos y con poco trabajo legislativo.





9

El artículo 24 de la Constitución de 1826 señalaba que “Para ser elector es indispensable, ser ciudadano en

ejercicio, y saber leer y escribir.” El texto constitucional de 1839, trece años después de fundada la República,

era todavía más restrictivo, pues disponía que “Sólo los ciudadanos que sepan leer y escribir, y tengan un

capital de cuatrocientos pesos, o ejerzan alguna ciencia, arte u oficio que les proporcione la subsistencia, sin

sujeción a otro en clase de sirviente doméstico, gozan del derecho de sufragio en las elecciones.”

10

“Monografía electoral. Bolivia”, Mariano Baptista 1848-1884 y Javier Baptista 1884-1946, Ed. América,

Cochabamba, 1946, pág. 9.

11

Ob. Cit. “Presidentes de Bolivia.”, Mesa Gisbert, pág. 262.

12

“Los golpes de estado, cuartelazos o “revoluciones” como se denominaban en el siglo XIX a todo tipo de

acciones militares tendientes a la toma del poder, son expresión de una peculiar formad de hacer política, que

nuestra historiografía ha denominado “caudillismo”; esta práctica abarca el período comprendido desde la

fundación de la República hasta la Guerra del pacífico. El caudillismo ha sido a su vez identificado con el

militarismo del siglo pasado, debido obviamente, a la abundancia de gobernantes militares durante el periodo

de referencia.”, El militarismo en Bolivia (1825-1979), Wilma Amusquivar, en “Los bolivianos en el tiempo”.

IDEAA, 1995.

13

El texto fundacional de la República, de 1826, en su artículo 34, sostenía que “Cada legislatura durará

cuatro años, y cada sesión anual de dos meses.” En la disposición constitucional de 1834, se establecía que el

Congreso se reunirá cada dos años y “Las sesiones de las Cámaras durarán tres meses…” Artículos 18 y 23.



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A lo largo del primer siglo y cuarto de vida política, bajo el Estado republicano y

liberal, con tendencias oligárquicas, como fue caracterizado el Estado, el cargo ejecutivo o

Presidente, en la mayoría de los casos fue asumido o arrebatado gracias a recursos violentos

y en medio de una crisis político institucional (revolución y rebelión, motín o sedición,

conmoción, golpe de Estado, asonada, conato, conspiración.14). En contadas ocasiones, el

ejercicio de la presidencia fue producto del voto popular o el voto de los parlamentarios.

Las primeras elecciones en las que se utilizó el voto ciudadano y directo para la elección

del Presidente, fueron efectuadas en 1843. En dicha elección se impuso el vencedor de la

batalla de Ingavi, José Ballivián. En realidad, parecía ser un premio político al triunfo

bélico sobre los ejércitos peruanos.

El primer texto constitucional que tuvo la República de Bolivia (1826) establecía la

vigencia de la presidencia vitalicia, por tanto el cargo ejecutivo era no electivo y no estaba

sujeto a la decisión popular. El primer texto constitucional que hace referencia a la elección

del Presidente utilizando el sufragio universal restringido y el complejo sistema de Juntas

de Parroquia y Provincia, es de 1831, el cual señala: “Si ninguno (de los candidatos)

obtuviere las dos terceras partes de votos de los electores que sufragaren en las juntas, el

Congreso…escogerá los tres candidatos que hubieren reunido mayor número de votos, y

de ellos elegirá al Presidente de la República.” Esta disposición, tiene tras de sí la elección

de los parlamentarios a través del complejo mecanismo de sufragantes (electores

ciudadanos) y electores (representantes elegidos por los sufragantes) reunidos en Juntas de

Parroquia y Juntas de Provincia; pero al mismo tiempo establece la posibilidad de elección

del Presidente mediante el voto de los parlamentarios (elegidos por los electores). Esto es,

el Presidente podía ser elegido de manera indirecta pero si no reunía los votos suficientes

de los electores de las Juntas de Provincia, el empantanamiento podía ser resuelto mediante

el voto, indirecto, de los parlamentarios.

En el mismo primer ciclo estatal republicano, de democracia excluyente, las

convenciones, congresos o Parlamentos convocados y elegidos mediante recursos

democráticos como el sufragio (desde ya restringido por diversos requisitos), se veían

impelidos a ratificar mediante el voto parlamentario al gobernante que se encontraba en el

ejercicio gubernamental. Gobernante que usualmente había llegado al poder por medios

violentos. Esta solución política se conoce como la legitimación de los gobiernos de facto.

En el contexto de ésta práctica de legitimación se producen las primeras elecciones

en Bolivia, mediante el voto directo de los ciudadanos. Este hecho ocurrió en el s. XIX.

“En 1844, tras haber sido designado Presidente provisional, el Gral. Ballivián convoca a

elecciones, se presenta como candidato y gana por mayoría aplastante sin candidato

opositor (98,44% de los votos emitidos.”15

En pocas ocasiones ambas entidades, Presidente y Parlamento, asumieron la

representación política o ejercieron los cargos aludidos por efecto de elecciones populares

con voto directo o indirecto. En marzo de 1873 -según el historiador Carlos Mesa- la

elección de Adolfo Ballivián Coll, hijo del Presidente José Ballivián Segurola (1841-1847),

“fue la primera que se realizó en Bolivia con un carácter pluralista. … El Congreso tuvo

que dirimir por primera vez de entre los tres candidatos más votados, de acuerdo con el

artículo 65 de la Constitución de 1871 y ratificó al ganador en los comicios.” En éste caso,



14

“Teoría del motín y las sediciones en Bolivia” de René Canelas López, comentado por Carlos Mesa

Gisbert, en “Presidentes de Bolivia”, Ob. Cit., pág. 124.

15

Ob. Cit., “Presidentes de Bolivia, Mesa Gisbert, pág. 143.



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el Congreso que dirimía la presidencia entre los candidatos más votados, también fue

elegido por el sufragio universal, masculino y restringido.

Durante el s. XIX en el marco del Estado liberal con tendencias oligárquicas y en el

marco de la democracia excluyente, las primeras elecciones mediante sufragio masculino y

restringido, se llevaron a cabo en 1843 y en éste proceso fue elegido José Ballivián S.; la

segunda elección con voto popular se realiza en 1850 y fue elegido Manuel Isidoro Belzu.

La tercera elección se produce en 1855 y es elegido Jorge Córdova. Los tres gobernantes

electos mediante voto parlamentario fueron militares.

El General Córdova pierde el gobierno en 1857. En 1862, siete años después de las

elecciones que favorecieron a Córdova (1855), se realizan nuevamente elecciones y es

elegido el General José María Achá, quien a su vez será derrocado por el General

Melgarejo. En 1868 se verifican nuevas elecciones y es proclamado vencedor el General

Mariano Melgarejo, quien ya ocupaba la Presidencia de la República. Dos años más tarde,

en comicios llevados a cabo en 1870, nuevamente el General Melgarejo gana las

elecciones. Sin embargo, un año después es derrocado mediante un golpe de Estado.

En 1871 el General Agustín Morales toma el poder de manera violenta y al año

siguiente (1872) convoca a elecciones que las gana, naturalmente. Un año más tarde (1873),

Tomás Frías, abogado y presidente interino, convoca a elecciones; el Congreso conformado

como resultado de dichas elecciones, ratifica la victoria en elecciones populares obtenida

por Adolfo Ballivián Coll. En diciembre de 1879, el año fatídico de la Guerra del Pacífico,

una Junta designó al General Narciso Campero. Un año más tarde (1880), una Convención

convocada en febrero ratificó a Narciso Campero como Presidente Constitucional por un

periodo de cuatro años. Nuevamente en 1884, el Congreso dirime la elección de Presidente

y designa a Gregorio Pacheco, quien había ganado unas reñidas elecciones venciendo a

Aniceto Arce del Partido Conservador y a Eliodoro Camacho del Partido Liberal. Pacheco

será el primer Presidente civil, electo mediante sufragio restringido.

En 1888 en elección directa, Aniceto Arce logra la Presidencia de la República. En

1892, si bien Mariano Baptista gana las elecciones no logra la mayoría requerida (mayoría

absoluta de votos) por tanto el Congreso ratificando la mayoría relativa, ratifica a Baptista.

En 1896 Severo Fernández Alonso gana las elecciones por mayoría absoluta de votos. Los

últimos cinco presidentes, entre 1880 y 1896, Campero, Pacheco, Arce, Baptista y

Fernández, acceden a la presidencia por decisión congresal y elecciones con sufragio

restringido. De los cinco mandatarios, los últimos cuatro eran civiles y abogados de

profesión. Después de un poco más de tres lustros de estabilidad política e institucional,

Severo Fernández, pierde el gobierno producto de lo que llegó a conocerse como la guerra

federal o guerra civil que culminó con el traslado de la sede de gobierno de Sucre a la

ciudad de La Paz.

La última elección del s. XIX se realizó en 1899 y fue elegido el General José

Manuel Pando, quien había comandado las fuerzas militares que derrotaron al presidente

Fernández.

Durante el s XX, todavía bajo la égida del Estado liberal oligárquico y el sufragio

restringido, las primeras elecciones del nuevo milenio se realizan en 1904 y es elegido

Ismael Montes. En 1909 Eliodoro Villazón gana las elecciones cómodamente. En 1913 se

realizan nuevas elecciones y es elegido Ismael Montes. En 1917 es elegido por mayoría

absoluta de votos José Gutiérrez Guerra. En 1920 un golpe de Estado aleja del gobierno a

Gutiérrez Guerra y en 1921 es designado Presidente Constitucional por el Congreso de la

República, Bautista Saavedra.

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En 1925 se realizan dos procesos electorales, el primer proceso es anulado y en los

segundos comicios es elegido Hernando Siles Reyes. En 1931, es elegido Daniel

Salamanca, por el Congreso de 1831, quien no pudo terminar su periodo constitucional

pues fue derrocado en plena conflagración bélica (Guerra del Chaco 1932-1935), en un

incidente conocido como el “corralito de Villa Montes”, por el cual el alto mando militar

obligo al presidente Salamanca a renunciar. En 1934 se realizan elecciones que quedan

anuladas y que había ganado el abogado, poeta y pedagogo Franz Tamayo.

Después de 6 años de gobiernos de facto, se realizan elecciones en 1940 y es

elegido Enrique Peñaranda, quien será derrocado mediante un golpe de Estado en 1946, por

una Junta de militares, apoyados por el partido MNR16. En 1947 se realizan nuevas

elecciones y obtiene la victoria electoral Enrique Hertzog, quien será ratificado por el

Congreso.

Finalmente, en 1951 se producirían las últimas elecciones bajo criterios restrictivos

(voto calificado), es decir, sufragio universal masculino y discriminante por capacidades,

recursos económicos, de género, de función (no podían votar militares, policías ni clérigos).

En la aludida elección de 1951 sale triunfador Víctor Paz Estenssoro y el MNR. Elecciones

declaradas nulas y entregado el gobierno al Ejército. Herbert S. Klein, historiador y

profesor universitario, escribe al respecto: “Pero antes de que el MNR pudiera tomar

posesión de la presidencia el ejército decidió intervenir para impedírselo. A los pocos días

de las elecciones, Urriolagoitia renunció a la presidencia, transmitiendo ilegalmente el

cargo al jefe de Estado mayor, quien a su vez nombró al general Hugo Ballivián

presidente. El nuevo gobierno lo primero que hizo fue anular las elecciones, poner fuera de

la ley al MNR como organización comunista y reflejar en su nueva retórica el contexto

internacional de la guerra fría en curso.”17

La caracterización del Estado y de la democracia boliviana de los primeros 127 años

de vida política republicana, como un Estado liberal oligárquico y como una democracia

excluyente, que tuvo como rasgo distintivo la realización de elecciones mediante el

sufragio restrictivo y que produjo la concentración del poder en la corporación militar, se

refuerza con dos conceptos complementarios: la forma de gobierno y la forma de elegir

representantes. Formas que se explicitaron en las normas constitucionales. Normas que

regularon las instituciones y los procesos políticos del periodo estudiado.

La forma de gobierno, entendida la misma como el diseño político institucional que

adopta un Estado y en el que se establecen los mecanismos de intervención ciudadana, se

hallan delimitados y señalados en la totalidad de los textos constitucionales que tuvo el

país.

Desde el primer documento constitucional de 1826, la República de Bolivia y en la

actualidad el Estado Plurinacional, adoptó y conserva para su gobierno la forma

democrática representativa. Es así que la primera constitución que tuvo el país (1826),

señalaba que “El Gobierno de Bolivia es popular representativo” (Art 1). La primera

reforma constitucional realizada en 1831, durante el largo gobierno del Mariscal Andrés

Santa Cruz, dispuso que “El Gobierno de Bolivia es republicano, popular representativo,

bajo la forma de unidad.” (Art. 7). Texto último que quedó ratificado, con ligeras



16

MNR, siglas del Movimiento Nacionalista Revolucionario, partido fundado en 1942 y que formó parte del

gobierno de Gualberto Villarroel. Víctor Paz Estenssoro, líder histórico del MNR, formó parte del gabinete de

Villarroel.

17

H. Klein., Historia de Bolivia, ob. cit., pág. 230.



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variaciones en las reformas constitucionales de los años 1834, 1839, 1843, 1851. En la

Constitución de 1861, se señala que “Bolivia es libre e independiente y se constituye en

República una e indivisible: adopta para su Gobierno la forma representativa.” (Art. 1).

Por primera vez desde la fundación de la República, se incorpora en un texto

constitucional (Constitución de 1868, aprobada bajo el gobierno de Mariano Melgarejo) el

concepto de democrático, de acuerdo con la siguiente redacción: “El Gobierno de la

República es popular representativo, democrático, bajo la forma de unidad.” (Art. 3). A

partir de entonces, 1868, en las reformas constitucionales de 1871 y 1878, unos cuantos

años antes de la invasión de los ejércitos chilenos a territorio boliviano que se conoce como

la Guerra del Pacífico, el concepto democracia, democrático o democracia representativa,

es utilizado de manera permanente. Es así que el texto constitucional de 1878 señala que:

“Bolivia libre e independiente, constituida en República unitaria, adopta para su gobierno

la forma democrática representativa.” Esta última redacción -la forma democrática

representativa- se mantiene inalterable durante el siguiente siglo y cuarto, en las

Constituciones 1880, 1938, 1945, 1961 y 1967. Inclusive en los textos constitucionales

reformados de 1994, 2004 y la vigente a partir del año 2009, conservan el espíritu del

concepto (adopta para su gobierno la forma democrática representativa).18

La forma de elegir gobierno, traducida en la forma de elegir Presidente, Diputados y

Senadores también se encuentra claramente establecida en los textos constitucionales que

tuvo y tiene el país, desde la fundación republicana hasta el presente.

El texto de 1839 es paradigmático en cuanto a la elección de representantes. Dicho

texto sostiene que “La Cámara de Representantes se compondrá de diputados elegidos

directamente por los pueblos, a simple pluralidad de sufragios, en la proporción de uno de

cada 40.000 almas, y otro por una fracción que pase de 12.000. Una ley arreglará estas

elecciones.” (Art.21). Esta redacción se conserva en los textos de 1843, 1851, 1861, 1868,

1871, 1878, 1880, 1938. En 1945 alcanza la siguiente redacción “Los Diputados serán

elegidos directamente por el pueblo, a simple pluralidad de sufragios. … la ley

reglamentará estas elecciones y fijará el número de Diputados.” (Art. 65).

Por vez primera desde la fundación republicana, en el texto constitucional de 1961

se menciona que los diputados serán elegidos mediante sufragio universal. Concepto,

sufragio universal, novedoso que caracteriza el segundo ciclo del Estado Nacional y de la

democracia inclusiva.

La Constitución que sienta las bases de la elección democrática del Presidente es la

norma de 1839. Este texto señala que “El Presidente de la República será elegido por el

voto directo de los ciudadanos con derecho de sufragio. La ley arreglará esta elección.”

(Art. 66). La anterior redacción se conserva sin grandes modificaciones hasta las reformas

constitucionales de 1961. Esta última redacción señala que: “El Presidente y

Vicepresidente de la República, se eligen mediante sufragio universal, directo y conforme

al Estatuto Electoral.” (Art. 86).

Tanto la forma de organizar el gobierno como las formas de elegir al Presidente y

diputados, ambos temas señalados en los textos constitucionales, refuerzan las

características del primer ciclo estatal y de la democracia. La revisión de los textos

constitucionales hasta 1945, hace evidente la conclusión del primer ciclo Estatal liberal



18

Las modificaciones, ajustes y ampliaciones al concepto de la democracia representativa, corresponden a la

última etapa del segundo ciclo. Estas reformas y las variaciones del concepto serán abordados

abundantemente más adelante.



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oligárquico y de la democracia excluyente. A partir de los contenidos del texto de 1961 es

posible caracterizar el segundo ciclo Estatal Nacional Liberal y de la democracia incluyente

o inclusiva (1952-2009).

Otros elementos que terminan por caracterizar el primer ciclo Estatal excluyente con

tendencias oligárquicas es la relación entre el número de electores que participan en

procesos electorales para la conformación de gobierno y la cantidad de habitantes que tiene

el país. La relación: número electores/habitantes, refuerzan la exclusión de amplios sectores

de la sociedad en la vida política del país.

Un extenso, exhaustivo y sorprendente informe social y político escrito en 1826

(Report on Bolivia), por Josep Barclay Pentland, ciudadano irlandés, por encargo del señor

Charles Milner Ricketts, Cónsul General de su Majestad Británica para el Perú, sostiene

que “La población de Bolivia puede estimarse en 1.100.00 almas…La población puede

considerarse formada por tres razas: la población india o aborigen, la raza europea y

criolla y los media casta o razas mixtas, a las cuales puede añadirse la negra,

primeramente introducida al Alto Perú desde África…La gran masa de los habitantes de

Bolivia se compone de indios aborígenes que formas tres cuartas partes de la población

total o sea cerca de 800.000 almas…”19 Tres cuartas partes de la población boliviana en el

primer año de la vida republicana, eran considerados indígenas o aborígenes, los cuales por

su identidad cultural, su ubicación en el territorio y por el desconocimiento escrito y

hablado de la lengua oficial del Estado Republicano, el castellano, fueron excluidos rápida

y tempranamente del ejercicio de los instrumentos del sufragio y por consecuencia de la

participación política.

El Informe Pentland, una fuente de información histórica invaluable, describe la

realidad de la educación pública en los primeros años republicanos, descripción que

refuerza las restricciones de acceso al conocimiento universal, impuestas a determinados

grupos sociales, en los siguientes términos: “Cuando se formó el presente gobierno –la

presidencia del Mariscal Antonino José de Sucre- los únicos establecimientos de educación

que encontró, fueron un Seminario para estudios eclesiásticos, una Escuela de Leyes y

unas pocas instituciones Escolásticas ruinosas dejadas por los Jesuitas. … Cuando dejé

Bolivia en marzo de 1827, la formación de estas escuelas primarias había comenzado y

alcanzado gran éxito y en aquellos Departamentos donde yo mismo tuve oportunidad de

juzgar…las escuelas habían sido bien recibidas por las clases bajas para cuyo beneficio se

habían destinado principalmente.”20

El saber leer y escribir fue un privilegio de reducidos sectores sociales y un

mecanismo de exclusión de otros que eran mayoritarios. La creación de oportunidades y

acceso a la educación básica se constituiría en una conquista que vendría de la mano de un

nuevo tipo de Estado y de un nuevo tipo de democracia, el Estado Nacional y la democracia

inclusiva.

Este nuevo Estado y democracia a tiempo de dar por concluido el primer ciclo del

sistema político, inaugura un tiempo político más corto pero igualmente rico e intenso en la

dinámica y características de los fenómenos y hechos sociales.



Segundo ciclo: Estado nacional y democracia incluyente. 1952-2010.





19

Informe Pentland, 1826. Edición auspiciada por el Banco Central de Bolivia, 1975. Págs. 40 y 41.

20

Ob. Cit., Informe Pentland, Págs. 147-149.



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Después de tres largos años de conflagración, concluye la Guerra del Chaco, entre

Bolivia y Paraguay. Los primeros combates se sucedieron en 1932 en un caserío llamado

Masamaclay, que en lengua guaraní significa el lugar donde pelearon dos hermanos. Luego

de la noticia sobre la Paz en el Chaco, firmada entre los países beligerantes, vendría la

desmovilización de las tropas. Con la desmovilización también se iniciaba el largo proceso

de reconstrucción del país y de las instituciones políticas.

Después del Chaco sobrevendrían en el mando del Estado varios gobiernos surgidos

de la fuerza de las armas, la mayor parte de ellos identificados con lo que se vino en

denominar como la corriente del socialismo militar. Finalmente, a los 33 años de edad

irrumpe en el poder el Tcnl. Germán Busch Becerra, quien tiene el extraño mérito de haber

participado en 3 exitosos golpes de Estado que llevaron a la Presidencia a José Luis Tejada

Sorzano, al Cnel. David Toro R., y al propio Busch, respectivamente.

A la muerte del Tcnl. Busch (1939), producto de un disparo suicida, llega al poder

el Gral. Carlos Quintanilla (1939-1940), quien intentará devolver la institucionalidad

democrática al país convocando a elecciones en 1940. Elecciones que las ganará otro ex

combatiente del Chaco, el General Enrique Peñaranda del Castillo (1940-1943). Por

aquellos mismos años, en 1942, se funda el Movimiento Nacionalista Revolucionario

(MNR), partido que tendrá un importante papel en el golpe de Estado conducido por la

Logia Militar Razón de Patria RADEPA. La exitosa asonada militar culminará con el

gobierno del Mayor Gualberto Villarroel (1943-1946). Durante su gobierno se creará la

Federación de Mineros y convocará al primer congreso indígena.21 El gobierno de

Villarroel también será pionero a la hora de la ampliación de los derechos políticos para las

minorías y facilitará el voto femenino en las elecciones municipales. Años más tarde,

durante el primer gobierno del Nacionalismo Revolucionario (1952-1956) ésta medida, el

derecho al voto femenino, habría de ampliarse en condiciones de igualdad con los hombres.

Este primer experimento gubernamental y de participación de los sectores

populares, indígenas o mujeres, excluidos de los derechos políticos, económicos y sociales,

tendría un trágico final el 21 de julio de 1946, cuando el presidente Villarroel es humillado,

asesinado y su cuerpo colgado por una turba en un farol de luz, al frente del palacio de

gobierno.

Entre 1946 y 1951 se produce en el país la restauración de gobiernos conservadores

que llegarán al mando del Estado a través de nuevas elecciones, siempre de carácter

restringido a sectores urbanos, con ingresos económicos comprobables y alfabetizados.

Las elecciones de 1947, permitirán el arribo al poder de un binomio presidencial

(Herzog-Urriolagoitia) que sería el último gobierno elegido antes de la Revolución

Nacional de 1952. La difícil situación que vive el país y la voluntad de no continuar con

una política de represión de los sectores populares, conduce a la renuncia del presidente

Enrique Hertzog y a la sucesión constitucional a favor del Vicepresidente, Mamerto

Urriolagoitia.

El censo nacional llevado a cabo en el año de 1950 arroja un resultado de tres

millones de habitantes, con predominio rural, alto grado de analfabetismo y una población

aimara y quechua superior al 65 %. Luego de un convulso gobierno signado por la





21

Resultado de las deliberaciones del congreso indígena, el gobierno de Villaroel, eliminará el pongueaje,

régimen de explotación de la mano de obra indígena, los cuales vivían bajo un estado de semi esclavitud

respecto de los propietarios de las haciendas.



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violencia estatal y la resistencia popular, el presidente Urriolagoitia convoca a elecciones

para el año de 1951.

El Estado oligárquico y la democracia de carácter excluyente llegan a su fin con el

proceso electoral de 1951, las últimas elecciones realizadas en Bolivia con sufragio

masculino y restringido.

En las elecciones presidenciales de mayo de 1951, el exiliado líder del Movimiento

Nacionalista Revolucionario (MNR), Víctor Paz Estenssoro, alcanzó casi la mitad de los

votos emitidos (más de 50.000 votos). Sin embargo, al no existir un vencedor por mayoría

absoluta de votos, el Congreso debía elegir al presidente entre los tres candidatos más

votados. Antes de producirse esta elección congresal, el presidente Urriolagoitia renuncia y

entrega el gobierno a una junta militar que nombró como presidente al general Hugo

Ballivián. Un dislocado intento por impedir que el MNR asuma el gobierno. En abril de

1952, el gobierno militar de Ballivián, quien había convocado a elecciones para 1952, fue

derrocado por el MNR y por el pueblo en las calles.

El hecho político más importante que rompe con la democracia excluyente y con el

Estado oligárquico, es el Decreto de 21 de julio de 1952. Mediante esta norma se instituye

en el país el sufragio universal, esto es, se crean derechos políticos, se amplía el concepto y

alcances de la ciudadanía, la participación social y la inclusión étnica. También se da inicio

a una nueva forma estatal y a nuevas concepciones de la democracia.

Desde un punto de vista político y sociológico, el aspecto más importante del

Decreto son las explicaciones acerca la evolución del Estado y de la democracia. En el

Decreto, el análisis comienza por reconocer principios y valores democráticos. Por tanto,

los forjadores de la revolución tenían en mente la instalación y funcionamiento de la

democracia representativa. Con auténtica participación ciudadana sin exclusiones por

cuestiones étnicas, económicas, de género o capacitarías. No otra cosa se desprende de los

siguientes párrafos del Decreto en cuestión: “Que es fundamento esencial de la democracia

que la soberanía reside en el pueblo y se ejerce mediante el sistema de representación”. El

diagnóstico que efectúan los revolucionarios de la época, prosigue con “Que ese principio,

universalmente consagrado –la democracia y la representación-, no ha tenido aplicación

práctica en Bolivia hasta el presente, a causa del sistema de voto calificado establecido en

favor de una minoría privilegiada, para la constitución de los poderes públicos.”

Seguidamente, utilizando conceptos del marxismo, describen y caracterizan a las

instituciones políticas desde la fundación republicana, así como los intereses que

sustentaron dichas instituciones: “Que esa injusta limitación –el voto calificado y las

minorías privilegiadas- tuvo su origen en la contradicción existente entre los principios

ideológicos que informaron y alentaron la Revolución de la Independencia, los intereses

económicos de la clase que dirigió ese proceso histórico y, que dueña ya del poder político,

organizó nuestras primeras instituciones.” Para rematar en una conclusión relativamente

obvia de acuerdo al instrumental teórico utilizado: “Que esa restricción se mantuvo vigente

a través de toda nuestra vida republicana, porque los intereses económicos que la habían

originado, subsistieron sin alteración alguna, en lo que respecta al dominio de las tierras,

y se fortalecieron en lo que hace a la explotación de las minas.”

Lo genuinamente nacional e incluyente, de los hombres de la Revolución de Abril,

es el reconocimiento de la exclusión de género, practicada por las instituciones estatales

republicanas y políticas, secularmente. Por ello, como remedio a tal situación reflexionan

sobre la necesidad de cambiar dichas prácticas excluyentes. “Que la mentalidad feudal,

característica de los organizadores de tal régimen político, no podía reconocer la

Página | 16

importante participación que la mujer tiene en la vida de toda sociedad organizada,

participación que se hizo patente en la valerosa lucha del pueblo de Bolivia, en los últimos

seis años, contra la oligarquía.” Pero la idea de propiciar inclusión no se limita a las

minorías constituidas por el género o el componente étnico sino que alcanza a otros grupos

sociales, las fuerzas armadas, la policía y el clero. “Que la oligarquía dominante excluía

del derecho al sufragio a los componentes de las fuerzas armadas, a los miembros del

clero regular y a los funcionarios policiales, con el propósito de mantener a esas

instituciones o personas como instrumentos incondicionales de su privilegio.”

El mencionado Decreto de 21 de Julio de 1952, sancionado el mismo día de la

inmolación de de Gualberto Villarroel, como un homenaje póstumo al gobernante que

inspiró a los hombres y mujeres de la revolución de abril, afirma sin ambages su adhesión

firme y contundente a principios democráticos. “Que la Revolución Nacional no cumpliría

sus altas y nobles finalidades si no se pone por remedio radical y definitivo a un régimen

político que contradice, en la práctica, los ideales democráticos en los que funda.”

El anterior párrafo, generalmente es olvidado o desconocido por los críticos de la

revolución, quienes en unos casos se empeñan en calificar el proceso de la revolución

nacional, como burguesa y derrotada por el imperialismo norteamericano, y por lo tanto,

una oportunidad perdida para la construcción del socialismo en Bolivia.

Lo históricamente cierto es que el Decreto del sufragio universal, instituye el derecho a

elegir gobierno y propugna la construcción de un modelo de gobierno y Estado, sustentado

en principios democráticos.

La principal parte resolutiva de dicho Decreto sostiene: “Artículo 1º - Tendrá derecho

al voto para la formación de los poderes públicos, todos los bolivianos, hombres y mujeres,

mayores de veintiún años de edad siendo solteros o de dieciocho siendo casados,

cualquiera que sea su grado de instrucción, su grado de instrucción, su ocupación o

renta.”

El Estatuto Electoral que regirá las elecciones de 1956 se aprueba casi 4 años

después de promulgado el Decreto del sufragio universal. La primera fórmula matemática

electoral para la conformación de la Cámara de Diputados es la representación proporcional

de doble cociente y el sistema de lista completa.22 Un complejo mecanismo, que incorpora

el principio proporcional, en sustitución del principio de mayorías y simple mayoría, en el

ánimo de garantizar la representación política en función de la cantidad de votos obtenidos.

Los miembros de la Cámara de Diputados duraban en funciones 4 años,

renovándose por mitad en cada bienio.23 Las elecciones parciales son características de la

primera época de la democracia contemporánea boliviana (1952-1964). Esta forma de

conformar y renovar la Cámara de Diputados desaparecerá en la segunda época que

comienza en 1966, con el gobierno del Gral. René Barrientos Ortuño. La disposición de

renovación total de la Cámara se mantiene vigente hasta el presente (2010).

Mediante Decreto Supremo Nº 7635 de 23 de mayo de 1966, sancionada por

Alfredo Ovando Candia (1966), se cambia el procedimiento de asignación de escaños, del

sistema proporcional al sistema de mayorías y minorías. Se incorpora por vez primera el

sistema de lista incompleta en la proporción de 4/5 partes para la mayoría y 1/5 para la

minoría. Con ésta disposición el sistema electoral boliviano da un salto de 180 grados en la





22

Artículo 134º, Estatuto Electoral, 1956.

23

Artículo 133º, Estatuto Electoral, 1956.



Página | 17

lógica de la representación y en la lógica de participación de las minorías. De un sistema de

representación proporcional se transita a un sistema de representación mayoritario.

También en ésta época se amplían los mecanismos de participación política de la

ciudadanía a través del reconocimiento de organizaciones sociales no partidarias. Las

agrupaciones cívicas representativas de las fuerzas vivas del país -dice el Artículo 164º- con

personería jurídica reconocida, podrán presentar sus candidatos a Senadores, Diputados y

Concejales, formando bloques o frentes con los partidos políticos.

Bajo este procedimiento se constituye el Congreso de 1966-1970. Periodo

Constitucional que se ve interrumpido, primero por la muerte accidental del Presidente

René Barrientos Ortuño y por el posterior golpe de Estado propiciado por el Gral. Alfredo

Ovando Candia, al Presidente Luis Adolfo Siles Salinas.

Un hecho que tampoco se debe olvidar en el presente recuento histórico es que este

Congreso Ordinario se constituye, en Congreso Extraordinario con competencias

constitucionales. Este Congreso Extraordinario sancionará la Constitución Política de 1967.

Producida la ruptura de la democracia tendrán que transcurrir varios años para su

recuperación.

La transición de los regímenes autoritarios a la democracia, en la historia

contemporánea boliviana, es un complejo proceso cuyo intervalo de tiempo se inicia en

diciembre de 1977 para concluir el 10 de octubre de 1982. La transición comprende 10

gobiernos, la mayor parte de ellos de corte autoritario, matizado de algunos de precaria raíz

democrática: Hugo Banzer (1977-1978); Juan Pereda (1978); David Padilla (1978-1979);

Walter Guevara (1979); Alberto Natusch (1979); Lydia Gueiler (1980); Luis García Meza

(1980); el triunvirato conformado por los Generales Bernal-Torrelio-Pammo (1981); Celso

Torrelio (1981-1982); Guido Vildoso (1982).

La etapa estrictamente democrática representativa comprende el lapso de 1982 a

2010 y los gobiernos de Hernán Siles Zuazo (1982-1985); Víctor Paz Estensoro (1985-

1989); Jaime Paz Zamora (1989-1993); Gonzalo Sánchez de Lozada (1993-1997); Hugo

Banzer Suárez (1997-2001); Jorge Quiroga Ramírez (2001-2002); Gonzalo Sánchez de

Lozada (2002-2003); Carlos D. Mesa Gisbert (2003-2005); Eduardo Rodríguez Veltzé

(2005); y finalmente Evo Morales (2006-2009; 2009-2014).

A partir de 1982 sobreviene el proceso de institucionalización del sistema político

de partidos y consolidación de la democracia representativa, mediante una sucesión de

reformas orientadas a “perfeccionar” la ingeniería político constitucional; tiempo en el cual

es posible señalar etapas o momentos de menor o mayor solidez democrática, mejor o peor

desempeño político y mayor o menor fortaleza estatal. Al finalizar esta etapa democrática

concluirá el segundo ciclo para dar lugar al tercero, el ciclo del Estado Plurinacional y de la

democracia intercultural.

El Gral. Banzer convoca a las primeras elecciones de apertura, mediante Decreto

Ley de 1ro., de diciembre de 1977. Esta medida inicia el proceso de transición desde

gobiernos no electivos de corte militar hacia gobiernos electos por sufragio y de corte civil.

Banzer, luego de 7 años de gobierno autoritario, si bien propicia elecciones de apertura lo

hace con similar propósito de “controlar la transición” e instalar un Congreso “tutelado” y

reformar así la Constitución de 1967. La intención de producir cambios políticos era

posible a través de la conformación de una mayoría parlamentaria. Ello era posible por la

aplicación del sistema de mayorías y minorías para la conformación de la Cámara de

Diputados, de tal modo que le garantice al gobierno una cómoda mayoría en el Congreso

Constituyente. La ley electoral de Barrientos de 1966, permitió que el 80 % de los

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miembros de la Cámara de Diputados quedara en manos de la primera mayoría y el 20 % se

distribuyera entre aquellos partidos que obtuvieran el segundo lugar de votación. Banzer

buscó repetir esta mayoría política en el Congreso de 1978.

Sobrevino primero la anulación del proceso electoral e inmediatamente el golpe de

Estado del Gral. Juan Pereda, ocurrido el 24 de julio de 1978. El golpe no detuvo el proceso

de transición. Pereda en el gobierno anuncia la realización de elecciones para mayo de 1980

mediante Decreto de 14 de noviembre de 1978. Las reglas del juego político aplicadas para

las elecciones 1978 serían las mismas que se utilizaron en las elecciones 1966.

El proceso de transición da un giro radical cuando el Gral. David Padilla Arancibia

asume el mando del Estado. Esto acontece el 24 de noviembre de 1978. El mismo día que

asume el mando y posesiona a sus ministros, el Gral. Padilla convoca a elecciones.

La transición continúa su difícil andar, pero el proceso de cambio de un régimen a

otro se truncará nuevamente y la fragmentación ideológica partidaria del Parlamento

surgido en las elecciones de 1979 anuncia lo que será el signo y característica de una época:

la ingobernabilidad.

La matriz de representación política de la Cámara de Diputados ha cambiado

radicalmente. El sistema de elección de representantes para las elecciones de 1979 ya no es

de mayorías y minorías sino de índole proporcional. El Parlamento electo es reflejo de la

diversidad y el sistema político de partidos reflejo a su vez de aquel fraccionamiento social.

La inexistencia de una mayoría política clara y articulada, en razón de la dispersión del voto

“empantana” la elección del primer Presidente democrático de la transición.

El 9 de agosto de 1979, 3 días después de la fecha señalada constitucionalmente

para la designación del nuevo gobernante, Walter Guevara, Presidente de la Cámara de

Senadores, asume la presidencia24.

El precario gobierno interino de Guevara concluye con el golpe de Natusch Busch,

hecho acaecido el 1ro., de noviembre de 1978. Después del sangriento golpe, el Coronel

Natusch convoca a nuevas elecciones para mayo de 1980. Es en extremo interesante

verificar que el texto del Decreto de convocatoria a elecciones sólo consigna la elección de

Presidente y Vicepresidente.

La historia de la transición continúa. El 19 de noviembre de 1979, asume el

gobierno Lydia Gueiler Tejada por mandato del Congreso Nacional. El 22 de enero de 1980

la presidenta Gueiler convoca a elecciones y recién el 8 de abril el Parlamento fija las reglas

del juego político electoral. La Ley Electoral de 1980 recoge todas las disposiciones

elaboradas y sancionadas mediante Decretos emitidos bajo el gobierno del Gral. Padilla.

Pero en ésta ocasión se hallan ordenadas en una Ley, promulgada por el Congreso y

sancionada por la presidenta Gueiler. Las elecciones de 1980 se llevan a cabo en las fechas

previstas, pero éste proceso electoral no culmina, la ansiada transición y cambio de

régimen, nuevamente es truncado. Mediante un cruento golpe de Estado se impide la

instalación del Parlamento que salió electo en las elecciones de 1980.

El proceso que se inició con la convocatoria a elecciones en diciembre de 1977, por

fin llega a su culminación el 10 de octubre de 1982, cuando el Dr. Hernán Siles Zuazo y

24

“A regañadientes, primero la UDP y al final el MNR acabaron rendidos por la evidencia de que la moción

del senador Tineo para entregar el mando de la nación interinamente al presidente deleznado, era la única

viable para superar el empantanamiento. A las 20.30, el diputado Guillermo Bedregal dio la lectura a un

proyecto de resolución congresal confiriendo la Presidencia Constitucional interina al Dr. Walter Guevara

Arze, que fue respaldada por los parlamentarios Antonio Aranibar (UDP) y Oscar Zamora (A-MNR).” “25

años de vigencia democrática. Ricardo Sanjinés Ávila, Vol. 1, 2 y 3., 2007.



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Jaime Paz Zamora, juraron a la Presidencia y Vicepresidencia de la República,

respectivamente. Octubre de 1982 parecía marcar el final de una época convulsa y el

principio de un tiempo nuevo en el que destacaba el orden político democrático.

Cuando el General Guido Vildoso Calderón se quitaba los símbolos del poder, la

banda y medalla presidencial, para cederlos al Presidente Constitucional de la República el

Dr. Hernán Siles Zuazo y éste último tomaba juramento frente a los Evangelios y ante un

colmado hemiciclo parlamentario, culminaba un confuso ciclo de 3 elecciones consecutivas

efectuadas en 1978, 1979, 1980 y de 5 años de transición desde los gobiernos no electivos

hacia la democracia.

La noción de transición suele ser definida como el intervalo que se extiende entre un

régimen político y otro, en ésta caso, entre autoritarismo y democracia. Se caracteriza

porque en el transcurso del tiempo que dura la transición las reglas del juego político no

están totalmente definidas. Lo que implica que cuando se definen esas reglas, el proceso de

transición ha concluido. Esta definición está referida básicamente a la competencia

electoral y la organización de los poderes públicos de acuerdo al ordenamiento jurídico

constitucional. Entre 1977 y 1982, existe una alternancia de regímenes autoritarios y

democráticos. En ningún momento entre los límites de las fechas señaladas se consolida la

democracia. Recién se completa la transición política el 10 de octubre de 1982.

Entre 1977 y 1982, las reglas electorales variaron contradictoriamente. En el

intervalo de la transición, sólo Banzer cuestiona indirectamente la Constitución de 1967

cuando convoca a elecciones para 1978 y en el Decreto de Convocatoria dispone que los

representantes nacionales ordinarios, sean simultáneamente parlamentarios y

constituyentes, con prerrogativas para reformar la Constitución Política del Estado25.

La transición es mucho más que elecciones, normativa electoral y constitucional, sin

embargo estos parámetros, sumados a otros referidos al funcionamiento de las instituciones

políticas, partidos, Parlamento y Ejecutivo, permitirán entender la forma en que se

estructura la democracia y las características del sistema de gobierno.

Las instituciones democrático representativas tienen un arranque formal en octubre

de 1982, cuando el Gral. Vildoso, entrega los símbolos presidenciales del mando. Previa a

ésta formalidad ritual y jurídica, se produce el primer pacto político entre fuerzas civiles y

militares para institucionalizar el país sobre la base de reconocer los resultados electorales

de la consulta efectuada en 1980 y la Constitución Política de 1967 como el marco jurídico

bajo el cual se construirá y se establecerán poco a poco las nuevas relaciones de autoridad,

gobernabilidad y desarrollo social.

El segundo elemento del acuerdo político es reconocer la autoridad de los miembros

del Congreso de 1980, por tanto de los partidos políticos, para que todos ellos, bajo lo que

dispone y establece la Constitución Política se efectúe la elección del Presidente de la

República. En consecuencia, en 1982 se aplica la solución parlamentaria al amparo del

Artículo 90º de la Constitución Política para resolver y superar en los ámbitos de decisión

congresal, los efectos de la fragmentación electoral y partidaria que no permiten establecer

un ganador de las elecciones con mayoría absoluta de votos (50% más 1 de los votos

25

“La transición a la democracia emerge en el contexto del agotamiento político y económico del régimen de

Banzer que, además no estaba en condiciones de sustraerse a la corriente general de democratización y a las

presiones de la política internacional de los Estados Unidos. Por la naturaleza de la crisis política, la transición

no fue en ningún momento un proceso negociado por los militares. Desde la apertura en enero de 1978 hasta

el establecimiento del régimen democrático, la transición se caracterizó por una dinámica extremadamente

abrupta, discontinua y conflictiva”. Fernando Mayorga, “Avatares”, 2003, 229 págs.



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válidos). La posibilidad de elegir al Ejecutivo se traslada entonces al Congreso para que vía

el pacto político y el acuerdo interpartidario y no mediante una segunda vuelta electoral se

elija al Presidente.

El Congreso de 1980 y el gobierno del Dr. Siles Zuazo, que comienzan a gobernar y

a ejercer sus funciones legislativas y ejecutivas en 1982, debían gobernar hasta 1986, pues

el periodo gubernamental y legislativo era para entonces de 4 años, sin embargo, una

profunda crisis económica llevó al país y al Estado a una situación insostenible e

ingobernable. Mediante un nuevo acuerdo político interpartidario y social, se pactó el

acortamiento del mandato en un año y elecciones anticipadas para 1985.

El escenario de fragmentación del voto se volvió a repetir en las elecciones de 1985.

La decisión de la elección del Presidente nuevamente se trasladó al ámbito del Congreso en

razón de que ninguna candidatura logró alcanzar la mayoría absoluta de votos. En ésta

ocasión se aplica nuevamente lo que dispone la Constitución de la época para resolver éste

tipo de situaciones: la elección del Presidente en el Parlamento en aplicación del Artículo

90º y recurriendo a la construcción de pactos políticos parlamentarios para hacer efectiva la

designación presidencial. Producto de ello será la elección del Dr. Víctor Paz Estenssoro,

quien había ocupado el segundo lugar en la votación popular.

El periodo constitucional y legislativo 1985-1989, se cumple no sin sobresaltos y

dificultades y se convoca a elecciones para la renovación del Poder Ejecutivo y Legislativo

para julio de 1989. El escenario de fragmentación política, cuyas primeras expresiones se

conocen de las lejanas elecciones de 1980 y 1985 se repite fatalmente y casi por inercia la

designación del Presidente de la República se traslada al ámbito congresal. En ésta ocasión,

el partido y el candidato que ocupaba el tercer lugar en la preferencia y resultados

electorales, Jaime Paz Zamora, líder del Movimiento de la Izquierda Revolucionaria MIR,

es designado por la vía del acuerdo interpartidario como nuevo mandatario de la nación por

el periodo 1989-1993.

Una de las decisiones de este periodo de gobierno que tendrá un impacto notable en

el funcionamiento y características de las instituciones democráticas a futuro será la

aprobación de la Ley de Necesidad de Reforma de la Constitución Política del Estado. La

aprobación de la Ley de reforma daba pie a que la próxima legislatura, que surgiría de una

nueva consulta electoral en 1989, tendría la responsabilidad de aprobar cambios en la

Constitución.

Por segunda vez, desde la recuperación de la democracia en 1982, el Movimiento

Nacionalista Revolucionario MNR lograba en las elecciones de 1993 una importante

victoria electoral. Cuatro (4) años antes en 1989, si bien el MNR había ocupado el primer

lugar en la votación, los acuerdos político-parlamentarios le cortaron el camino y dieron la

presidencia al Movimiento de la Izquierda Revolucionaria MIR, partido que había ocupado

el tercer lugar en la preferencia electoral. Los nuevos acuerdos que organizó el MNR sobre

la base de un histórico 35,55 % de los votos, que de ninguna manera borraba la

fragmentación social ni electoral, condujeron a que el candidato Gonzalo Sánchez de

Lozada ocupara la Presidencia de la República por el periodo 1993-1997.

El hecho político más destacado de ésta época sería la ratificación de la Ley para

Reformar la Constitución Política del Estado. Ello significaba consolidar los pactos

políticos partidarios y hacer trascender los mismos más allá de los límites legislativos y del

periodo constitucional de gobierno de 4 años. El 12 de agosto de 1994, se aprobó la Ley Nº

1585 por la cual se sancionaban las Reformas a la Constitución Política del Estado. Los

cambios en el texto constitucional modificaban el ámbito territorial y la forma de elección

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de la mitad de los miembros de la Cámara de Diputados. Se creaban circunscripciones

uninominales y se incorporaba el procedimiento de la mayoría simple. Luego, los cambios

constitucionales permitirían a su vez reformas y promulgación de nuevas normas por el

Poder Legislativo dando lugar a la modernización y consolidación de los gobiernos

municipales y prefecturas mediante la promulgación de la Ley de Municipalidades 26, Ley

de Descentralización Administrativa27, Ley de Participación Popular28 y sanción de

Decretos o Reglamentos complementarios.

El primero de junio de 1997 se realizaron elecciones generales para la renovación

total del Poder Ejecutivo y Legislativo, en esta contienda electoral por vez primera desde la

fundación republicana se utilizaban simultáneamente circunscripciones uninominales y

plurinominales para elegir 130 miembros de la Cámara de Diputados. En las elecciones de

1997 triunfó electoralmente la alianza política ADN-NFR-PDC con un 22,26% de los

votos. La lógica de pactos parlamentarios para la conformación del gobierno volvió a

funcionar por las causas conocidas, la fragmentación del voto popular y la cultura política

de los acuerdos interpartidarios.

El 30 de junio de 2002 se llevaron a cabo elecciones generales para renovar los

poderes públicos legislativos y ejecutivo. En dicha ocasión, la alianza política MNR-MBL

con un 22,46% de los votos lograba una nueva y cuestionada victoria electoral. A partir de

ello y en aplicación de los conocidos pactos y mecanismos parlamentarios se posibilitó la

reelección de Gonzalo Sánchez de Lozada, quien accedería a la presidencia de la República

por segunda vez en menos de 10 años.

Con ésta elección se cerró la política de pactos y los comportamientos político-

electorales fragmentados. Por otra parte, se convulsionaría de tal modo este periodo de

gobierno que se produjo poco tiempo después de las elecciones de 2002 intensas

movilizaciones que expresaban insatisfacción social acumulada con relación a la situación

económica y a la propiedad de los recursos naturales (tierra, hidrocarburos, empresas del

Estado, etc.). Estas movilizaciones estuvieron acompañadas de violencia ciudadana y

estatal.

Casi como un efecto de las intensas movilizaciones que colocaron al borde del

colapso y la parálisis total del Estado Nacional y de la democracia incluyente, se

produjeron una serie de eventos que profundizarían la crisis de gobierno y de Estado. Estos

hechos se pueden resumir en la renuncia forzada del Presidente de la República (octubre

2003) luego de movilizaciones populares que obligaron a ésta extrema decisión; dos

sucesiones presidenciales consecutivas; el acortamiento del mandato del Poder Legislativo

y en consecuencia del periodo de gobierno, elecciones anticipadas para la renovación total

del poder público, efectuadas en diciembre de 2005. Estas últimas elecciones cambiarían

radicalmente dos elementos centrales de la tradición presidencialista y del funcionamiento

institucional. Por una parte, el comportamiento ciudadano electoral dejó a un lado la



26

Ley Nº 2028 de 28 de octubre de 1999; Ley Nº 1702 de 17 de julio de 1996, Modificatoria de la Ley de

participación Popular y de la Ley Orgánica de Municipalidades; Resolución Suprema Nº 216961, Normas de

la Planificación Participativa Municipal y Comunitaria.

27

Ley Nº 1654 de 28 de julio de 1995; Decreto Supremo Nº 2447, Reglamentación complementaria de las

leyes de participación Popular y Descentralización Administrativa; Decreto Supremo Nº 25060, Estructura de

las Prefecturas de Departamento; Decreto Supremo Nº 24997, Reglamento de los Consejos Departamentales;

Decreto Supremo Nº 25286 del 30 de enero de 1999, del Servicio Departamental de Fortalecimiento

Municipal y Comunitario.

28

Ley Nº 1551 de 20 de abril de 1994.



Página | 22

fragmentación electoral y se encaminó hacia la polarización del sistema de partidos

políticos.

Finalmente, se eliminó drásticamente la política de pactos parlamentarios para la

designación del presidente de la República, en razón de la concentración del voto a favor

del Movimiento al Socialismo MAS (53,74%). Lo cual le permitió obtener de manera

directa la nominación presidencial. Por tanto, convirtió en superflua la utilización del

mecanismo constitucional de la elección del Presidente en el Congreso, estipulado en el

Artículo 90º de la Constitución.

Este nuevo comportamiento político del elector y la concentración del voto terminó

por sepultar la política de los pactos. Unos meses antes de la realización de elecciones de

diciembre de 2005, en los cortos gobiernos que accedieron al poder mediante el mecanismo

de la sucesión presidencial, las presidencias de Carlos D. Mesa Gisbert (2003-2005) y

Eduardo Rodríguez Veltzé (2005), –la política pactada- había recibido un duro golpe.

Ambos gobernantes si bien llegaron a ejercer la presidencia del país como consecuencia de

acuerdos políticos en el Parlamento, administraron el Estado sin la participación directa en

el gobierno de los partidos políticos. En uno de los casos –el gobierno de Mesa Gisbert-

gobernó con la abierta hostilidad del Parlamento, partidos y grupos sociales movilizados.

Un hecho importante a destacar de este complejo tiempo político, entre 2002 y

2005, es que el sistema de partidos en los momentos agónicos de su influencia política,

logra aprobar una segunda Ley de Necesidad de Reforma de la Constitución Política del

Estado29 orientada a reformar, por segunda vez en menos de 10 años, la Constitución de

1967. Las últimas reverberaciones de la política pactada entregan su último legado y tributo

al país con la aprobación de la Ley de Reforma a la Constitución Política del Estado, Ley

Nº 2631 de 20 de febrero de 2004. Esta reforma, sancionada por Mesa Gisbert, permite la

incorporación de institutos de la democracia directa como la Iniciativa Legislativa

Ciudadana, el Referéndum y la Asamblea Constituyente.

La Asamblea Constituyente boliviana fue convocada mediante Ley Nº 3664 de 6 de

marzo de 2006. Por efectos de dicha ley, la Asamblea se conformó como un órgano

deliberante y de decisión, estructurado sobre la base de 210 representantes territoriales

elegidos en 70 circunscripciones trinominales, en las cuales se eligieron a 3 representantes

por circunscripción y de 45 representantes territoriales elegidos en 9 circunscripciones

departamentales (CD), a razón de 5 escaños por departamento. La postulación a éstos

cargos la realizaron partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas. Todos

los cargos de representación fueron elegidos por la ciudadanía utilizando el sufragio

universal, directo, igual y secreto.

A dicha Asamblea se le asignó la misión única y exclusiva de la reforma total de la

Constitución Política del Estado. Por tanto, la Asamblea Constituyente tuvo la posibilidad

de proveer al país los instrumentos jurídico-políticos para iniciar un proceso de renovación

sustancial y profunda del Estado boliviano. Transformaciones que se exigían desde hace

mucho tiempo atrás, transformaciones que se intentaron pero que quedaron cortas frente a

las expectativas ciudadanas. De hecho, la Asamblea fue una construcción político-social,

concebida como un instrumento político institucional de carácter democrático para resolver

una aguda y compleja crisis del Estado y Sociedad.



29

Ley Nº 2410 de 1ro., de agosto de 2002. Ley de Necesidad de Reforma, aprobada por la legislatura 2001-

2002, durante el gobierno de Jorge Quiroga, 5 días antes de producirse la transición constitucional entre un

gobierno a otro.



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A pesar de la existencia de plazos preestablecidos en la norma de convocatoria, la

Asamblea Constituyente no pudo concluir el trabajo de elaborar y entregar un nuevo texto

constitucional en el tiempo de doce meses, desde su instalación en agosto del 2006, hasta

agosto del 2007. A pesar suyo, la Asamblea tuvo que pedir al Congreso Ordinario, el

descalificado poder constituido, una ampliación del tiempo de trabajo para intentar cumplir

con la redacción de la nueva norma constitucional. A punto de cumplirse los plazos fatales,

la bancada política favorable al gobierno, en la Asamblea, forzó la aprobación de un

frondoso proyecto constitucional de 411 artículos.

La aprobación forzada del proyecto constitucional se produjo en dos ciudades,

Sucre y Oruro. La última etapa de aquel accidentado periplo debía ser la aprobación o

rechazo del proyecto constitucional por parte del ciudadano. En otras palabras, el proyecto

de Constitución, finalmente aprobado el 17 de diciembre de 2008, debía ser sometido a

consulta electoral (Referéndum Constitucional). Hecho que ocurrió el 25 de enero de 2009.

A partir de la realización del Referéndum Constitucional de enero 2009 y la

correspondiente promulgación “como Ley fundamental del nuevo Estado Unitario Social

de Derecho Plurinacional Comunitario, descentralizado y con autonomías.”30, se cierra un

accidentado capítulo de la historia reciente del país,31 marcado por la crisis y el conflicto

político, para dar lugar a un nuevo momento, el Estado Plurinacional y la democracia

intercultural, 2010 en adelante.

Antes de la serie de reformas constitucionales llevadas a cabo en los años 1994,

2004 y 2009, la presión política sobre las instituciones estatales se caracterizaba por buscar

cambios en el orden social, económico y político; pero luego de efectuadas dichas

reformas, las tensiones y dificultades del nuevo tiempo político serán producto de

complejos procesos de reordenamiento del Estado y Sociedad.

Luego del Referéndum, si un desafío monumental enfrenta la Sociedad boliviana, es

pasar del texto jurídico a la acción. En otros términos, transformar las realidades sociales,

políticas e institucionales del país, aplicando los mandatos establecidos en la nueva

Constitución Política. Este proceso de reordenamiento institucional, podría realizarse en un

contexto de conflicto social y político, pues todo proceso de transformación institucional

tiende a generar en la ciudadanía, dos tipos de sentimientos y actitudes, en algunos casos

anhelo y esperanza, en otros, temor, incertidumbre y resistencia al cambio.

La aplicación del nuevo texto constitucional exige, entre otros asuntos de igual

relevancia, la recomposición de la estructura de poder. Por tanto, el primer paso luego del

Referéndum fue la realización de elecciones. Producida la recomposición del poder,

prosigue la reconfiguración y reorganización del orden estatal. El siguiente aforismo podría

resumir todo lo anterior: nueva Constitución, nuevo gobierno, nuevo Estado, democracia

intercultural.

Para hacer realidad el nuevo Estado, el cual se convierte en el gran objetivo de

algunos grupos políticos, se requiere de un gobierno surgido de la voluntad popular. Para

ello es necesario recurrir al conocido expediente de las elecciones a través del sufragio

universal. Producida la elección de un nuevo gobierno, Bolivia ingresó francamente a una



30

Párrafo final con el que se promulga y publica en la Gaceta oficial, el texto constitucional 2009.

31

A principios de los años 90, se produjo una marcha campesina de las tierras altas hacia la sede de gobierno,

movilización que bajo el lema, “tierra y territorio”, demandaba una urgente reforma constitucional,

movilización social que se considera la primera señal de crisis de la democracia y detonante de futuras

reformas en la Constitución Política del Estado.



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nueva etapa de su historia política. En cualquier caso, el texto constitucional se convierte en

un referente importante y necesario de las transformaciones político-institucionales. No

importa si los cambios se desaceleran o re direccionan, las profundas reformas sociales y

políticas que se iniciaron antes del Referéndum Constitucional proseguirán su desarrollo, de

manera inexorable. A partir de la nueva CPE, y como efecto de la renovación del

Ejecutivo/Legislativo mediante elecciones, es difícil imaginar una especie de retorno a

anteriores formas de organización estatal.

El texto constitucional 2009, podrá en el corto o largo plazo sufrir ajustes o

reformas, pero en ningún caso se podrá prescindir de dicha norma ni de sus contenidos,

como si ésta nunca hubiera existido. La nueva Constitución es por tanto, un punto de

llegada y también un punto de partida para un ciclo político nuevo.

Otra característica de enorme relevancia que es necesario tomar en cuenta, luego de

la aprobación del texto constitucional, es el recurso tiempo, el tiempo socialmente necesario

para producir las transformaciones en el Estado y alcanzar algunas metas. La

recomposición institucional del Estado, además de que será un complejo proceso, se

dilatará en el tiempo. Una década de años como promedio nos exigirá esto que se ha venido

en calificar como la refundación del Estado.

La forma y las razones para la conformación de la Asamblea, así como la misión

asignada a la misma, guardan estrecha relación con el contexto socio-político que vivía

desde hace tiempo el país, situación de crisis y conflictividad que prácticamente obligó al

sistema político a concebir, organizar y convocar a la Asamblea Constituyente.

A partir de la recuperación de la institucionalidad democrática, octubre de 1982, las

libertades individuales y colectivas estimularon la movilización social. Dichas

movilizaciones de regiones, sectores productivos, gremios, sindicatos campesinos, pueblos

indígenas y en general de movimientos sociales, se articularon alrededor de demandas

específicas al Estado, por salarios, por beneficios económicos, por recursos de toda índole,

infraestructura vial, salud ó educación. Estas demandas se multiplicaron en el tiempo

gracias al clima de libertades instaladas, pero principalmente, a causa de una situación de

pobreza material alarmante, sobre todo en el sector rural del país. El Estado, administrado

por partidos políticos durante más de dos décadas, intentó redistribuir de la mejor manera

posible los limitados recursos que percibía, entre la multiplicidad de grupos y demandas

formuladas desde la sociedad. La administración del Estado y la redistribución de la riqueza

que llevaba adelante, no estuvo exenta de prácticas y denuncias de corrupción.

La multiplicación de demandas a un Estado con capacidades limitadas de respuesta,

provocó la paulatina acumulación de demandas insatisfechas, las cuales erosionaron

progresivamente la credibilidad en las instituciones políticas y en el Estado. En éste

sentido, se incuba una compleja crisis en el ámbito socio-cultural, económico y político. En

el ámbito socio-cultural se produce una revalorización de los pueblos autodenominados

como originarios quienes quieren incidir a su favor en la política y en el Estado. Uno de los

efectos más notables de esta revalorización étnico-sindical es la victoria electoral del

Movimiento al Socialismo y de Evo Morales en las elecciones 2005 y 2009, arropado en el

discurso de la inclusión étnica, lucha contra la corrupción y redistribución justa de la

riqueza del Estado.

Otro factor cultural que pesa en la crisis estatal y política es la migración interna y

externa, hacia países vecinos o europeos. Los emigrantes emergen principalmente de las

zonas rurales hacia las capitales departamentales o centros urbanos. La migración está

asociada a dos fenómenos contemporáneos, la modernidad y la globalización. Los pueblos

Página | 25

originarios y campesinos, realizan reivindicaciones culturales, sociales, territoriales y

políticas de carácter local: la lengua, la autodeterminación o control de los recursos

naturales.

Las reivindicaciones étnico-culturales y los problemas emergentes de la migración

plantean al Estado boliviano varios problemas, entre ellos, defender los derechos y

reivindicaciones locales o en su defecto propiciar la inserción y articulación con la sociedad

universal. La comparación entre la pobreza de las zonas rurales y el confort del mundo

urbano y de las sociedades opulentas, generan en la base social étnica boliviana sensaciones

de frustración; así mismo, motiva e impulsa a la movilización para exigir igualdad y

redistribución. Como consecuencia de estas percepciones y movilizaciones populares se

construyó la idea de que la reforma del texto constitucional podría cambiar las asimetrías o

desigualdades señaladas. Este proceso viene de principios de la década de los noventa y de

la mítica marcha de los pueblos del oriente a la ciudad de La Paz.

En el ámbito de la economía, la ciudadanía, con el estímulo de intelectuales y

grupos organizados se fue convenciendo, de que la propiedad y la riqueza se concentraba

en pocas manos; que la pobreza se ampliaba cada vez más, que el desarrollo y/o el progreso

era algo que sucedía a otros, dejando el amargo sabor colectivo de una redistribución

injusta de la riqueza. Simultáneamente, el Estado y sus administradores (partidos políticos)

eran poco exitosos para cambiar esa flagrante desigualdad económica. A ello se agrega que,

entre 1993-1997, bajo el gobierno del Presidente Sánchez de Lozada, se ejecutaron políticas

de transferencia de la propiedad de empresas estatales a manos privadas, profundizando la

incertidumbre por el futuro y la visión de un Estado que se debilitaba cada vez más.

Los fenómenos sociales y económicos descritos: libertades ciudadanas,

movilizaciones en pos de demandas, pobreza, pérdida del poder estatal, corrupción,

percepción de injusticia, tuvieron un claro impacto en la esfera política, generando

situaciones de ingobernabilidad, crisis de autoridad y crisis del Estado. También se

cuestionó la ciudadanía política pues la participación social se limitaba a la formalidad de

los actos electorales, convocados cada 4 o 5 años.

El conjunto de los elementos señalados, agregado a las percepciones producidas,

cuestionaba la legitimidad de las instituciones democráticas. El Estado fue la primera

víctima de las movilizaciones populares que colocaban en tela de juicio a las instituciones

político-democráticas, a la autoridad y al poder. Las víctimas colaterales del proceso de

descrédito y cuestionamiento fueron el Congreso de la República y los partidos políticos,

quienes eran los titulares de la política y los administradores circunstanciales del Estado.

Se insistió en círculos académicos que la política en las calles hacía evidente una

profunda crisis tanto del Estado Republicano, como del Estado Nacional. En suma, el

Estado al perder la capacidad de atender demandas ciudadanas estaba perdiendo autoridad y

el control de la sociedad. La idea salvadora era la convocatoria a una Asamblea que

cambiando el texto constitucional pudiera sacar de la crisis al Estado y la Sociedad.

El primero de los Artículos de la Constitución32, plantea cambios sustanciales en

cuanto a la caracterización del Estado boliviano, sus funciones y los valores que éste

propugna. Si bien conserva principios de corte liberal y conocidos como: democracia,



32

“Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre,

independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la

pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador

del país.” Art. 1. CPE.



Página | 26

libertad, independencia, soberanía; incorpora nuevos principios como: autonomías,

descentralización interculturalidad, pluralidad, pluralismo político, económico, jurídico,

cultural y lingüístico. Por tanto, el viejo Estado se renueva por la incorporación de estos

valores y por efecto de ello, reorienta sus objetivos y establece nuevos fines estatales.

Sustituye la calificación de Estado Social y Democrático de Derecho, por el Estado

Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario. No es una simple sustitución o

agregación de nuevas palabras. Al suprimir el histórico concepto de Estado Nacional, que

se construyó larga y difícilmente desde mediados del siglo pasado, se da lugar a la efectiva

refundación del Estado, en primer lugar en términos formales y que tendrá luego un fuerte

impacto en la sociedad boliviana. En este sentido, destaca el reconocimiento de lo diverso,

lo plural, por encima de lo monocolor, lo único, lo excluyente.

El peligro a futuro de esta nueva definición es la autorización tácita y explícita de la

libre determinación, autonomía y autogobierno para las naciones y pueblos indígena

originario campesinos, lo cual abre la posibilidad para la progresiva construcción de

entidades políticas independientes dentro del Estado boliviano. El resultado a mediano

plazo podría ser la pugna por la intención de crear Estados étnicos en abierta contradicción

con el Estado unitario.

Por otra parte, prácticamente se elimina del texto constitucional el viejo concepto de

República33, asociado con la cosa pública o patrimonio de todos y también con la elección

de autoridades por los ciudadanos en condiciones de igualdad y equidad. La

desvalorización señalada podría dar pie para la incorporación de mecanismos y

procedimientos de organización política, diferenciados y favorables a las identidades

étnicas reconocidas por la CPE. De hecho, en otros artículos constitucionales se reconoce

que la democracia comunitaria se ejerce por medio de la elección, designación o

nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las

naciones y pueblos indígena originario campesinos.

Antes de la existencia de la República, los gobiernos no eran electivos sino que

surgían como consecuencia de designaciones generalmente hereditarias o producto de la

guerra; formas de gobierno que se conocían como monarquías. Con el surgimiento de la

República aparece también el ciudadano libre que el Estado se obliga a respetar; así mismo,

se instaura el gobierno elegido a través del sufragio individualizado, igual, libre y secreto.

Con la República y el constitucionalismo social, también surge la idea de limitar el

poder de los gobernantes. Pero con la desvalorización del concepto republicano y

sustitución del Estado Social y Democrático de Derecho por el Estado Unitario Social de

Derecho Plurinacional Comunitario, se da lugar al reconocimiento de nuevas realidades

culturales y étnicas, lo cual desata un proceso de transición hacia nuevas realidades

políticas. El nuevo Estado que se pretende lograr, Plurinacional Comunitario, que comienza

con nuevos conceptos y definiciones en la CPE, no es malo en sí mismo ni es bueno porque

ahora esté escrito en la Constitución; el riesgo se halla en el proceso de construcción de ésta

nueva realidad institucional, así como en los actores y roles políticos, aún difusos. Así

como en las expectativas que estos postulados generan.

El Capítulo Segundo del texto constitucional tiene como título genérico

“PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADO” y comprende 4 Artículos: 7, 8, 9 y

10. En el primero de estos (Art. 7) se trata el tema de la soberanía. Si bien ratifica, como en



33

El concepto tiene una mención importante en el Art. 11, donde se caracteriza a la forma de gobierno y otras

6 de menor relevancia.



Página | 27

anteriores constituciones, que la soberanía reside en el pueblo, el nuevo enfoque subraya

que la soberanía se ejerce de forma directa y delegada. En el Artículo 9, se dispone y

detalla que: son fines y funciones esenciales del Estado, constituir una sociedad cimentada

en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social,

consolidando las identidades plurinacionales. De igual manera, plantea: “Garantizar el

bienestar, desarrollo, seguridad y protección e igual dignidad de las personas, las

naciones, pueblos y comunidades, fomentando el respeto mutuo y el diálogo intracultural,

intercultural y plurilingüe. Reafirmar y consolidar la unidad del país, y preservar como

patrimonio histórico y humano la diversidad plurinacional. Garantizar el acceso de las

personas a la educación, a la salud y al trabajo.”

Lo llamativo y preocupante no son los llamados a la unidad nacional, ni las

garantías al bienestar, desarrollo, seguridad y protección de las personas, sino la exclusión

de importantes sectores sociales, principalmente urbanos. El Estado, como organización

política se construye y consolida con el propósito de modelar el bien común y garantizar el

bienestar de todos los individuos y la sociedad en su conjunto. Intentado eliminar con ello y

en el tiempo, las irritantes diferencias, injusticias e inequidades que pudieran existir entre

los integrantes de la sociedad. En el particular caso boliviano, el Estado y los distintos

gobiernos que administraron el aparato estatal, bien o mal, intentaron cumplir con estos

fines generales y positivos.

El nuevo Estado que se pretende institucionalizar a través del nuevo texto

constitucional, el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, coloca un

especial énfasis en las identidades culturales, las naciones, pueblos y comunidades, así

como en la preservación de la diversidad étnica. Esta visión, que en apariencia es

incluyente, al enfatizar y expresar un especial interés y preocupación en las identidades

indígenas, deja de lado a importantes sectores sociales, de pequeñas, medianas y grandes

ciudades donde se concentra más del 70 % de la población del país. Estos sectores –

definidos como clases medias y mestizos- están desarrollando y comunicando la percepción

de que el nuevo Estado, es indigenista, excluyente y tiende a la racialización de la política,

a la creación de micro Estados étnicos, con tendencias, a la fractura territorial y estatal.

Al sentirse estos sectores discriminados de la protección estatal por razones étnicas,

también están construyendo un sentimiento de rechazo y de baja legitimidad, respecto del

texto constitucional.

La primera parte de la nueva Constitución Política, trata en general de las bases

fundamentales del Estado. El Capítulo Tercero, en dos Artículos 11 y 12, establece las

nuevas características del sistema de gobierno que regiría en el país. En este sentido, la

nueva forma de gobierno democrático tendría cuatro dimensiones o niveles: directa,

participativa, representativa y comunitaria. Estos 4 elementos, sobre todo el último, el

comunitario, se convierte en el concepto central del nuevo Estado pero sobre todo de la

nueva forma de democracia: la democracia intercultural.

La forma democrática representativa, la cual se ejerce a través del sufragio

universal, es hasta el presente la más conocida y utilizada. La forma de democracia directa

y participativa, es una de las novedades que tiene el texto. Ratifica el mecanismo del

referéndum y la iniciativa legislativa ciudadana; instituye la revocatoria del mandato, la

asamblea, el cabildo y la consulta previa. Finalmente, el texto constitucional incorpora la

democracia comunitaria, la cual se expresa por medio de la elección, designación o

nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las

naciones y pueblos indígena originario campesinos.

Página | 28

La novedad radica en elevar a rango constitucional los usos y costumbres de las

comunidades indígenas al mismo nivel de formas universales de participación política.

Tanto el sufragio como el referéndum, a manera de ejemplo, son mecanismos que se

aplican a todos los ciudadanos, en cualquier punto cardinal del territorio, sujetos eso sí, a

determinados requisitos, pero sin ninguna limitación o exclusión. En cambio, los usos y

costumbres, propios de una comunidad, son exclusivos de dicho grupo humano. Si

aceptamos la existencia de 36 nacionalidades, ubicadas en distintos ámbitos territoriales

(también reconocidos por el texto constitucional) mediante el reconocimiento político de la

democracia comunitaria (usos y costumbres de estos pueblos), se estarían dotando de

argumentos a éstas 36 naciones, para la construcción de micro estados, al interior del

Estado boliviano.

Como es posible advertir, el texto constitucional, al reconocer nuevos derechos y

nuevas formas de participación ciudadana, como la democracia comunitaria de los pueblos

indígenas, si bien renueva la gestión política y renueva también la Constitución Política, al

mismo tiempo, genera nuevos problemas políticos.

Uno de los Decretos más importantes y poco conocidos por la ciudadanía es aquel

emitido por la Asamblea Constituyente de 1825, mediante el cual se determina, nada más ni

nada menos, tres rasgos institucionales que permanecen vigentes a través de los dos siglos

siguientes: i) la forma de gobierno republicana y representativa del Estado recién fundado;

ii) la característica centralizada y unitaria del gobierno y Estado; iii) la adopción del clásico

principio de división de poderes.

Después del solemne pronunciamiento del 6 de agosto de 1825 la Asamblea

Constituyente decretó que “el Estado del Alto Perú se declara, en su forma de gobierno,

representativo republicano.” Seguidamente, el Decreto aludido, estableció que el gobierno

“es concentrado, general y uno, para toda la república y sus departamentos.”

Tempranamente se estableció el carácter unificado y centralizado del gobierno. Dos siglos

más tarde estos rasgos se han modificado sustancialmente. Finalmente, el Decreto de la

Asamblea Constituyente de 1825, señaló que el gobierno del Estado recién fundado “se

expedirá por los tres poderes Legislativo, Ejecutivo y Judiciario, separados y divididos

entre sí.”34

Lo interesante y la relación con la Constitución Política del Estado vigente, es que

casi dos siglos más tarde se ratifica la clásica división de poderes como forma de gobierno

y organización del Estado. Pero, se restituye el Poder Electoral como parte constitutiva del

poder público. La inclusión del Poder electoral se hizo también en la Constitución de 1826,

para desaparecer en el texto de 1831 y en todos los textos posteriores. Estos paralelismos

apuntados entre el momento fundacional de la República y el presente, respecto de la forma

de gobierno, la división de poderes y la inclusión u omisión del órgano electoral, nos dicen

que los cambios que suelen plantearse como revolucionarios no son sino la repetición de

viejos ensayos efectuados en nuestra historia y que se realizan al calor del momento

político que vive el país. Quién sabe si el Poder Electoral, tendrá una vida corta en la

actualidad, tal como ocurrió antes.









34

Decreto de 13 de agosto de 1825.



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