Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones
REPORTE CREDITICIO DE DEUDORES - RCD
- Anexo 6 -
Instrucciones para la Presentación
del RCD
en Medio Magnético / Óptico
LIMA - PERÚ
Última Actualización: Julio 2011
INTRODUCCIÓN
Las instrucciones que se detallan a continuación indican la forma en que se debe trasladar la información
de los formularios RCD (Anexo 6 del Manual de Contabilidad) a los registros del archivo mecanizado,
cuyos diseños de registro se incluyen en el Apéndice A.
Se hace mención a los formularios RCD a reportar y a su traslado al archivo mecanizado sólo con el fin
de esquematizar la relación: "formulario - diseño de registro".
Asimismo, donde se hace mención al término Rubro se refiere al número que se encuentra a la izquierda
de cada dato en el formulario RCD; y el término Ítem al número asignado a cada dato tanto en el diseño
de registro, incluido en el apéndice A, como en su respectiva descripción contenida en las partes primera
a tercera de las presentes instrucciones.
CONSIDERACIONES GENERALES.
1. En cada formulario RCD se debe informar la identificación del deudor y los saldos contables que
tengan importes mayores que cero en sus financiamientos otorgados por el Sistema Financiero
bajo cualquier modalidad, así como sus inversiones, garantías, provisiones, etc. de acuerdo con la
estructura de cuentas del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. En el
Anexo 6 se precisan las cuentas que deben ser reportadas. Al mismo tiempo en cada formulario se
debe informar, cuando corresponda, a los avalistas y mancómunos en forma independiente.
2. Los saldos contables contenidos en un formulario RCD deben estar consolidados por deudor y
oficina de la empresa informante, para cada tipo de crédito, en moneda nacional y extranjera. Se
deben reportar todas las oficinas en las que el deudor mantiene saldos en el periodo. Para el caso
de avalistas, los saldos corresponden a las cuentas relacionadas a este concepto y el monto que
están cubriendo, el cual deberá ser actualizado mensualmente.
3. Los formularios RCD pueden ser de dos tipos, por lo que en el diseño mecanizado se ha incluido un
ítem denominado TIPO DE FORMULARIO para diferenciarlos:
1 Formulario del Deudor: Aquellos que contienen la información de los deudores de la
empresa.
2 Formulario de Totales de la Empresa: Aquellos que contienen la suma de los saldos, por
cuenta, reportados por la empresa en los documentos del deudor y que deben corresponder a
los saldos reportados en el Balance de Comprobación de Saldos.
4. Igualmente, en cada formulario RCD existen dos tipos de información que, en el diseño mecanizado
corresponden a registros diferentes, identificados a través del ítem tipo de información:
1 Registro de identificación-deudor. Donde se reportan los datos de identificación del
deudor, los mismos que se detallan en la segunda parte de las presentes instrucciones.
3 Registro de identificación-mancómuno: Donde se reportan los datos de identificación del
deudor mancomunado asociado al deudor con registro de identificación 1. Las definiciones de
estos datos son las mismas que para el tipo de información 1.
Instrucciones para la presentación del RCD 1
4 Registro de identificación-avalista: Donde se reportan los datos de identificación de
avalista(s) asociado(s) al deudor con registro de identificación 1. Las definiciones de estos
datos son las mismas que para el tipo de información 1.
2 Registro de saldos-deudor: Donde se reportan las cuentas y saldos contables, así como
los datos de identificación de la oficina de la empresa informante en la que se efectuó la
operación financiera. Estos datos se detallan en la tercera parte de las presentes
instrucciones.
5 Registro de saldos-avalistas: Asociado a los avalistas presentados por el deudor. Donde se
reporta las cuentas y saldos contables asociadas al concepto de avalistas. Las definiciones de
cada campo son similares a los conceptos de tipo de información 2.
5. El conjunto de formularios RCD de una empresa en un periodo se denomina Lote de RCD. Cada
formulario del lote se identifica mediante el número de secuencia (rubro 04 del RCD) que se
asignará enumerando los formularios en forma consecutiva y ascendente, empezando en 1 (uno)
hasta el final del lote, luego que éste haya sido ordenado de la manera siguiente:
Los formularios del deudor deben estar ordenados ascendentemente:
1º Por Apellidos y nombres o razón social del deudor (rubro A-01 del RCD)
2º Por Código de Oficina del deudor (rubro B-01 del RCD)
3º Por Apellidos y nombres o razón social (rubro A-01 del RCD) de los mancómunos
asociados al deudor principal
4º Por Apellidos y nombres o razón social (rubro A-01 del RCD) de los avalistas
asociados al deudor principal
5º Por Código de Oficina (rubro B-01 del RCD) de los saldos de los avalistas
considerados anteriormente
El formulario de totales de la empresa debe ir al final del lote.
6. El Lote de RCD así conformado, se debe trasladar a un solo archivo denominado lote mecanizado
el cual debe estar organizado de la siguiente manera:
El primer registro del lote, denominado Registro de Cabecera, debe contener los datos de
identificación de la empresa informante así como el periodo y otros datos inherentes al lote
(Rubros 01, 02 y 03
Los siguientes registros corresponden a los formularios RCD:
Primero todos los formularios del deudor (Tipo de formulario “1”) en el orden señalado
en el punto 5.
Al final del lote, el formulario de totales de la empresa (Tipo de formulario “2”)
Cada formulario RCD se debe reportar en varios registros mecanizados. El primero de éstos
debe contener los datos de identificación del deudor y cada uno de los registros
subsiguientes, la identificación de la oficina y el saldo de una cuenta reportada. Los registros
resultantes de cada formulario se relacionan entre sí a través del número de secuencia, que
debe ser el mismo.
Instrucciones para la presentación del RCD 2
En el siguiente esquema se identifica la manera de organizar los registros en el lote
mecanizado del RCD.
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
2 2 001299 14210301000000 3 0 145214
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
2 2 001299 14110301000000 3 0 2458741
For Inf Secuen Datos del deudor
2 1 001299 TOTAL DE LA EMPRESA
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 001298 040 040302 140101060000 1 0 19624
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 001298 030 120205 14110204000000 2 9 695
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 001298 030 120205 14120200000000 2 0 5420
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 001298 020 150118 14250100000000 1 35 984
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 001298 020 150118 14110104000000 1 3 1762
For. Inf Secuen Datos del deudor
1 1 001298 DEUDOR ZZ
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 000001 010 150118 14210306000000 3 0 15675
For Inf Secuen Ofic. Ubigeo Cuenta T.Cr Venc. Saldo
1 2 000001 010 150118 14110301000000 3 5 345
For Inf Secuen Datos del deudor
1 1 000001 DEUDOR A1
7. Para la remisión de la información del Anexo 6 en forma mecanizada, las empresas deben elegir
uno de los formatos de archivo siguientes:
Formato de Texto de longitud Variable: Archivo cuyos registros pueden tener diferentes
longitudes, determinadas por dos bytes delimitadores que se encuentran al final de cada
registro. Estos delimitadores son estándares para archivos de tipo texto con formato D.O.S.
1er byte: Carriage Return (Retorno de Carro) Hex: 0D ASCII: 013
2do byte: Line Feed (Avance de Línea) Hex: 0A ASCII: 010
Formato de longitud Fija: Archivo cuyos registros tienen, todos, la misma longitud y no
contiene delimitadores. Se podrá usar este formato si no es posible generar el archivo en
formato de texto de longitud variable.
8. Para detallar todos los ítems del diseño de registro estas instrucciones se dividen en tres partes,
según el tipo de información que contiene cada registro:
1ª Parte: Registro de Cabecera. Describe los datos que identifican al lote, a la empresa
informante y al periodo de reporte.
2ª Parte: Registro de Identificación. Describe los ítems que corresponden a los rubros de
identificación del deudor contenidos en la sección A del RCD.
3ª Parte: Registro de Saldos. Describe los ítems que corresponden a la identificación de
la oficina y a los saldos, contenidos en la sección B del RCD.
Instrucciones para la presentación del RCD 3
INSTRUCCIONES: PRIMERA PARTE
Registro de Cabecera
(Pág. 1 del Apéndice A)
Éste es un registro único que se debe incluir al inicio del lote mecanizado y que sirve para identificar a la
empresa informante, el periodo al que corresponden los datos y algunos datos para control y verificación
en la SBS.
Descripción de los Ítems del Diseño de Registro
1. CÓDIGO DEL FORMATO
Consignar el código asignado por la SBS al Formato RCD, cuyo valor es “0106”.
2. CÓDIGO DEL ANEXO
Consignar el código asignado por la SBS al anexo que representa al lote de RCD, cuyo valor es
“01”.
3. CÓDIGO DE LA EMPRESA INFORMANTE, Rubro 03.
Consignar el código asignado por la SBS a la empresa informante. Se debe precisar que en los
casos de reporte de ventas de cartera, el código está relacionado a la empresa a la que se le vende
la cartera, pudiendo remitir varios lotes de cartera con el mismo código SBS.
4. FECHA DEL REPORTE, Rubro 01
Consignar la fecha a la que corresponden los saldos, en el orden y formato siguiente:
Año: Cuatro dígitos que indican el año
Mes: Dos dígitos que indican el número del mes (01 a 12)
Día: Dos dígitos que indican el día del mes
5. CÓDIGO DE EXPRESIÓN DE MONTOS.
Consignar el código “012”, que corresponde a Unidades con dos decimales.
6. DATO DE CONTROL
Para uso de la SBS. Dejar en blanco.
7. MONTO MÍNIMO A REPORTAR, Rubro 02
Ver el punto 1 del título "Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
8. ESPACIOS EN BLANCO.
Aplicables sólo al formato de archivo de longitud fija (Ver el punto 7 del título "Consideraciones
Generales" de las presentes instrucciones)
9. DELIMITADORES DE REGISTRO.
Ver el punto 7 del título "Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
Instrucciones para la presentación del RCD 4
INSTRUCCIONES: SEGUNDA PARTE
Registro de Identificación
(Pág. 2 del Apéndice A)
Si este registro corresponde a "Formularios del deudor" debe contener los datos del Rubro 04 y de los
rubros de la sección “A” del RCD (Pág. A-2 del apéndice A) En cambio, si corresponde al formulario de
"Totales de Empresa ", debe contener sólo el Rubro 04.
Cabe señalar que el reporte del carácter “Ñ” deberá ser reemplazado por el símbolo “#”, este reemplazo
será vigente inclusive cuando los registros de RENIEC y SUNAT estipulen el carácter “Ñ”.
Descripción de los Ítems del Diseño de Registro
Los ítems 1 al 3 son aplicables a todos los Tipos de Formulario. Los ítems a partir del 4 son aplicables
sólo si el Tipo de Formulario es “1”, “3”, “4”.
1. TIPO DE FORMULARIO
Consignar el tipo que corresponda según lo indicado en el punto 3 del título "Consideraciones
Generales" de las presentes instrucciones.
2. TIPO DE INFORMACIÓN
Para los registros de identificación se debe consignar el valor "1", "3", "4" (Ver el punto 4 del título
"Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones)
3. NÚMERO DE SECUENCIA, Rubro 04
Consignar el número de secuencia del RCD que corresponda, según lo indicado en el punto 6 del
Título "Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
4. CÓDIGO DEL DEUDOR, ASIGNADO POR LA SBS, Rubro A-09.
Es el código único que la SBS asigna a cada deudor del Sistema Financiero (número autogenerado
que satisface la prueba del Módulo 11). Se deberá tener especial cuidado en que para cada tipo de
persona: natural y mancomuna corresponde un código distinto a asignarse por la empresa
informante.
La empresa informante sólo podrá omitirlo cuando el deudor sea reportado por primera vez, en cuyo
caso informará este ítem en cero y la SBS le asignará un código que luego será devuelto a la
empresa en el mismo archivo y en su mismo medio magnético para que efectúe el registro de
códigos SBS correspondiente.
5. CÓDIGO DEL DEUDOR, ASIGNADO POR LA EMPRESA INFORMANTE, Rubro A-10.
Es el código que la empresa informante asigna a todos sus clientes y que debe ser único en todas
las operaciones activas y pasivas que el cliente mantenga con la empresa. Se debe reportar
ajustado a la izquierda (sin suprimir los ceros que tuviera a la izquierda) completando la longitud del
campo con blancos a la derecha.
6. CÓDIGO DE CIIU, Rubro A-11.
Instrucciones para la presentación del RCD 5
Consignar el código que corresponda a la principal actividad económica que desarrolla el deudor,
de acuerdo con la Clasificación Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades
económicas (CIIU), Tercera Revisión, al nivel de Clase (4 dígitos)
Debe tenerse en cuenta la consistencia que debe existir entre el Código CIIU reportado en el RCD y
aquél que registra SUNAT y tener presente la obligatoriedad de la presentación de dicho dato para
todos los deudores, especialmente los créditos destinados a la actividad productiva, salvo en el
caso de personas naturales que reciben ingresos exclusivamente por trabajo dependiente, en cuyo
caso se deberá indicar “9999”.
(Según Oficio Múltiple 18267-2004-SBS).
7. CÓDIGO DE REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, Rubro A-12.
Consignar el Código de Registro de Personas Jurídicas del deudor, que incluye el número de
registro asignado por las Oficinas Registrales de la SUNARP.
Este código se debe reportar de acuerdo con la siguiente estructura:
Para el Número de Partida o Ficha Registral.
a) Código de la Zona Registral
b) Código de la Oficina Registral
c) Tipo de Identificación: P=Partida / F=Ficha
d) Número de Partida o Ficha
La relación de Zonas y Oficinas Registrales se incluye en el Apéndice C.
8. TIPO DE DOCUMENTO TRIBUTARIO, Rubro A-13.
Consignar el tipo que corresponda al documento informado en el rubro A-14
2 Registro Único de Contribuyente de 8 dígitos (RUC-8) asignado por SUNAT, hasta diciembre de 2000
3 Registro Único de Contribuyente de 11 dígitos (RUC-11) asignado por SUNAT, desde enero de 2001
Al respecto, ningún cliente nuevo de una empresa en operación podrá ser reportado con el tipo de
documento tributario 2 (RUC a 8 dígitos). Además, las empresas deberán requerir a sus clientes el
número de RUC, en todos los casos, cuando se trate de personas jurídicas.
De tratarse de deudores exonerados de tramitar RUC, se solicita que la entidad lo comunique por escrito
al Dpto. de Central de Riesgos con el sustento correspondiente.
9. DOCUMENTO TRIBUTARIO, Rubro A-14.
Número del documento al que se refiere el rubro A-13. Este número debe satisfacer la prueba del Módulo
11 y se debe reportar ajustado a la derecha, completando la longitud del ítem con ceros a la izquierda para
el caso del RUC-8.
10. TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD, Rubro A-15.
Consignar el tipo que corresponda al documento informado en el rubro A-16:
1 DNI
2 Carne de extranjería
5 Pasaporte
En ningún caso se aceptará el reporte de deudores que tengan un documento de identidad diferente del
DNI para las personas domiciliadas en el país que hayan solicitado créditos a partir del mes de Agosto
2005. (Según el Oficio Múltiple N° 6745-2006-SBS)
Instrucciones para la presentación del RCD 6
11. DOCUMENTO DE IDENTIDAD, Rubro A-16
Número del documento al que se refiere el rubro A-15. Este número se debe informar ajustado a la
izquierda (sin suprimir los ceros que tuviera a la izquierda) completando la longitud del ítem con blancos a
la derecha. Puede incluir caracteres alfabéticos pero nunca caracteres especiales.
En ningún caso se aceptará el reporte de deudores que tengan un documento de identidad diferente del
DNI para las personas domiciliadas en el país que hayan solicitado créditos a partir del mes de Agosto
2005.(Según el Oficio Múltiple N° 6745-2006-SBS)
12. TIPO DE PERSONA, Rubro A-17.
Consignar el tipo que corresponda:
1 Persona Natural.
2 Persona Jurídica.
3 Personas Mancomunadas.
4 Patrimonios fideicometidos y vehículos de propósito especial
(De acuerdo con la definición del reglamento de titulización).
13. RESIDENCIA, Rubro A-18.
Consignar el código que corresponda:
1 Residente en el país
2 Residente con Casa Matriz en el exterior
3 No residente con nacionalidad peruana
4 Otros no residentes
14. CLASIFICACIÓN DEL DEUDOR, Rubro A-19.
Consignar el código que corresponda:
0 Normal (CN)
1 Con Problemas Potenciales (CPP)
2 Deficiente (CD)
3 Dudoso (CCD)
4 Pérdida (CP)
Para el caso de clientes reportados que no cuenten con saldos en las cuentas de deuda directa,
contingentes, arrendamiento financiero o créditos castigados se deberá colocar “8”.
Modificado según Oficio Múltiple Nro. 9745-2004.
15. MAGNITUD, Rubro A-20.
Consignar el código que corresponda según las siguientes categorías, de acuerdo con lo indicado en el
Anexo 6:
0 Persona natural sin negocio
5 Persona natural con negocio independiente.
1 Con ventas anuales mayores de 20,000 UIT
6 Con ventas anuales mayores de 1,700 UIT hasta 20,000 UIT
7 Con ventas anuales desde 150 UIT hasta 1,700 UIT
8 Con ventas anuales menores de 150 UIT
16. ACCIONISTA EN LA EMPRESA INFORMANTE, Rubro A-21.
Consignar el código que corresponda si el deudor es, o no, accionista de la empresa informante:
0 No es accionista
1 Si es accionista
Instrucciones para la presentación del RCD 7
2 Cónyuge o pariente del accionista hasta el 2° grado de consanguinidad o 1° de afinidad
Para el caso de los deudores mancomunados bastará con que una de las personas dentro del grupo de
personas mancomunadas sea accionista, cónyuge o pariente del accionista hasta el 2° grado de
consanguinidad o 1° de afinidad para señalar la opción 1 ó 2 según corresponda. Si más de una persona
cumple con estas condiciones se asignará la opción que corresponda a la primera persona mencionada en
el rubro A-01.
17. RELACIÓN LABORAL CON LA EMPRESA INFORMANTE, Rubro A-22.
Consignar el código que corresponda a la relación laboral que tuviese el deudor con la empresa
informante:
0 Ninguna
1 Director
2 Funcionario
3 Trabajador
4 Director y Funcionario
5 Cónyuge o pariente del director, funcionario o trabajador hasta el 2° grado de consanguinidad o 1° de
afinidad.
Para el caso de los deudores mancomunados bastará con que una de las personas dentro del grupo de
personas mancomunadas sea director, funcionario, trabajador, director y funcionario o cónyuge o pariente
de un director, funcionario o trabajador hasta el 2° grado de consanguinidad o 1° de afinidad para reportar
las opciones 1, 2, 3, 4 ó 5 según corresponda. Si mas de una persona cumple con estas condiciones se
asignará la opción que corresponda a la primera persona mencionada en el rubro A-01.
18. PAÍS DE RESIDENCIA, Rubro A-23.
Consignar el código que corresponda según la tabla de países proporcionada en el Apéndice C.
Se consignará el país de residencia del deudor.
En el caso de personas jurídicas con casa matriz en el exterior se indicará el país donde está establecida
dicha casa matriz.
En el caso de los deudores cuyo tipo de identificación del cliente (A-15) corresponda a carné de extranjería
o pasaporte, se consignará el país de nacimiento de los deudores, no el país de residencia.
19. GENERO, Rubro A-06.
Consignar el dato que corresponda:
0 Persona Jurídica
F Persona natural de sexo femenino
M Persona natural de sexo masculino
20. ESTADO CIVIL, Rubro A-07.
Consignar el estado civil que corresponda:
0 Persona Jurídica
S Soltera
C Casada
D Divorciada
V Viuda
Se considerará a aquellas personas separadas aún no divorciadas como casadas y a las casadas con
separación de bienes como casadas.
Instrucciones para la presentación del RCD 8
(Modificado según Oficio Múltiple Nro. 9745-2004).
21. SIGLA, Rubro A-08.
Se debe consignar la sigla o nombre comercial con el que, además de su razón social, se identifican las
personas jurídicas.
22. APELLIDO PATERNO O RAZÓN SOCIAL, Rubro A-01.
Para el caso de personas naturales, se debe consignar el Apellido paterno. En el caso que el cliente
carezca del apellido paterno, se deberá reportar el valor “XXXX”.
Para el caso de personas jurídicas, la razón social se debe consignar de acuerdo al nombre señalado en el
registro de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) y que esta
Superintendencia ha puesto en conocimiento de las entidades supervisadas. De tratarse de empresas no
inscritas en SUNAT se deberá consignar la razón social según la escritura pública de constitución
considerando la última modificación de razón social que se hubiera hecho. Se evitará reportar siglas o
nombres abreviados que puedan crear dudas respecto a la verdadera identidad del deudor.
En el caso del reporte de mancómunos en éste campo se reportará solo al primer mancómuno, debiendo
reportarse a los demás de acuerdo al diseño de registro indicado en éste instructivo.
23. APELLIDO MATERNO, Rubro A-02.
Esta columna se limita a las personas naturales y se debe consignar sólo el apellido materno. En el caso
que el cliente carezca del apellido materno, se deberá reportar el valor “XXXX”.
En el caso que se reporte el apellido de casada podrá omitirse el reporte de este rubro.
24. APELLIDO DE CASADA, Rubro A-03.
Esta columna se limita a las mujeres casadas o viudas y se debe consignar el apellido del esposo. Para
efectos de reporte no se debe incluir la preposición "De" a menos que el apellido del esposo sea
compuesto y contenga dicha preposición.
En el caso que se reporte el apellido materno podrá omitirse el reporte de este rubro.
En el caso de tratarse de una persona viuda el reporte deberá ser igual al de RENIEC.
Este campo está relacionado a los campos 19 Género y 20 Estado civil por lo que deberá verificarse la
consistencia en tales campos antes de remitir el RCD.
25. PRIMER NOMBRE, Rubro A-04.
Esta columna se limita a las personas naturales y se debe consignar sólo el primer nombre.
26. SEGUNDO NOMBRE, Rubro A-05.
Esta columna se limita a las personas naturales y se debe consignar sólo el segundo nombre.
No se deberá reportar más de dos nombres.
27. INDICADOR DE RIESGO CAMBIARIO CREDITICIO, RUBRO A-24.
Se reportará según corresponda, de acuerdo con la metodología desarrollada por cada entidad para la
determinación de la exposición al riesgo cambiario-crediticio:
0 Deudor cuya exposición a Riesgo Cambiario-Crediticio no haya sido identificada.
1 Deudor identificado como no expuesto al Riesgo Cambiario-Crediticio.
2 Deudor identificado como expuesto al Riesgo Cambiario-Crediticio
3 Deudor identificado como sustancialmente expuesto al riesgo cambiario crediticio (Circular B-2145-
2005)
Instrucciones para la presentación del RCD 9
(Modificado según Resolución N° 041-2005-SBS /11356-2008-SBS).
28. INDICADOR DE ATRASO DEL DEUDOR, RUBRO A-25.
Para todo deudor reportado se colocará algunas de las siguientes letras (de la A a la H) de acuerdo con los
días de atraso de la fracción (10%) de la deuda de mayor atraso, según corresponda. En el caso que el
deudor cumpla con varias condiciones, se aplicará la más cercana al tipo "A":
A Cuando el deudor ha presentado más del 90% de su deuda sin días de atraso durante el último año.
B Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, no ha
superado los 8 días durante el último año
C Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, no ha
superado los 15 días durante el último año.
D Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, ha superado
los 15 pero no los 30 días durante el último año.
E Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, ha superado
los 30 pero no los 60 días durante el último año
F Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, ha superado
los 60 días durante el último año pero no supera los 90 días de atraso a la fecha de corte del reporte
G Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de la deuda, ha superado
los 90 días a la fecha de corte del reporte pero se encuentra en esta condición durante menos de 120
días.
H Cuando el atraso de la deuda que acumula el 10% con mayor atraso del saldo de deuda, ha superado los
90 días a la fecha de corte del reporte y se encuentra en esta condición durante 120 días o más.
(Modificado según Resolución N° 426-2006-SBS).
29. CLASIFICACION DEL DEUDOR DE LA EMPRESA REPORTANTE, RUBRO A-26.
Se colocará la clasificación interna de la empresa reportante, el código de dicha clasificación no deberá
exceder los 5 caracteres y se remitirá a la SBS la descripción de lo que implica cada clasificación.
(Modificado según Resolución N° 426-2006-SBS).
30. CLASIFICACION DEL DEUDOR SIN ALINEAMIENTO, RUBRO A-27.
Consignar el código que corresponda:
0 Normal (CN)
1 Con Problemas Potenciales (CPP)
2 Deficiente (CD)
3 Dudoso (CCD)
4 Pérdida (CP)
Para el caso de clientes reportados que no cuenten con saldos en las cuentas de deuda directa,
contingentes, arrendamiento financiero o créditos castigados se deberá colocar “8”.
(Implementado según Resolución N° 11356-2008-SBS)
31. CODIGO DEL GRUPO ECONOMICO ASIGNADO POR LA EMPRESA, RUBRO A-28.
Es el código que la empresa informante asigna para identificar al grupo económico y que se informa a esta
Superintendencia en el Reporte 29. Se debe reportar ajustado a la izquierda (sin suprimir los ceros que
tuviera a la izquierda) completando la longitud del campo con blancos a la derecha.
(Implementado según Resolución N° 11356-2008-SBS)
Instrucciones para la presentación del RCD 10
32. FECHA DE NACIMIENTO, RUBRO A-29.
Esta columna se limita a las personas naturales y se debe consignar en el orden y formato siguiente:
Año: Cuatro dígitos que indican el año
Mes: Dos dígitos que indican el número del mes (01 a 12)
Día: Dos dígitos que indican el día del mes
(Implementado según Resolución N° 11356-2008-SBS)
33. TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD COMPLEMENTARIO, RUBRO A-30.
Consignar el tipo que corresponda al documento informado en el rubro A-31
Se consignará este dato del cliente en los casos que el Tipo de Identificación del Cliente (rubro A-15)
corresponda a Carné de Extranjería (2), Pasaporte (5) ó cuando se trate de una persona natural con
negocio, de acuerdo con lo siguiente:
05 Pasaporte
06 Registro Único de Contribuyente (RUC)
11 Código IBAN (International Bank Account Number)
12 Código ABA (American Bankers Association)
13 Código SWIFT (Society for Worldwide Interbank Financial Telecommunication)
19 Código fiscal del cliente en el País de residencia
En el caso de una persona natural con negocio se exigirá el reporte de la opción 06 (RUC). En el caso
de clientes reportados con Carné de Extranjería se deberá indicar el Pasaporte. Para los casos de
operaciones con bancos del exterior se exigirá reportar uno de los siguientes códigos: 11,12 o 13.
34. DOCUMENTO DE IDENTIDAD COMPLEMENTARIO, RUBRO A-31.
Número del documento al que se refiere el rubro A-30. Este número se debe informar ajustado a la
izquierda (sin suprimir los ceros que tuviera a la izquierda) completando la longitud del ítem con blancos a
la derecha. Puede incluir caracteres alfabéticos pero nunca caracteres especiales.
35. DELIMITADORES DE REGISTRO.
Ver el punto 7 del título "Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
Instrucciones para la presentación del RCD 11
INSTRUCCIONES: TERCERA PARTE
Registro de Saldos
(Pág. 3 del Apéndice A)
En estos registros se deben reportar los saldos deudores de las cuentas requeridas en la sección “B” del RCD.
Dichos saldos pueden corresponder a documentos "Del deudor" o “Totales de la empresa”.
Descripción de los Ítems del Diseño de Registro
1. TIPO DE FORMULARIO.
Consignar el tipo que corresponda según lo indicado en el punto 3 del título "Consideraciones Generales"
de las presentes instrucciones.
2. TIPO DE INFORMACIÓN.
Para los registros de saldos se debe consignar el valor "2", "5" (Ver el punto 4 del título "Consideraciones
Generales" de las presentes instrucciones)
3. NÚMERO DE SECUENCIA, Rubro 04.
Consignar el número de secuencia del RCD que corresponda, según lo indicado en el punto 6 del Título
"Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
4. OFICINA DE LA EMPRESA INFORMANTE, Rubro B-01.
Consignar el código de la oficina de la empresa informante según la codificación asignada por la SBS.
Se refiere a la oficina en donde los clientes gestionaron sus obligaciones, independientemente que sea o
no la oficina que remitió el RCD a esta Superintendencia.
5. DEPARTAMENTO, PROVINCIA, DISTRITO, Rubros B-02,B-03, B-04.
Consignar el código de ubicación geográfica de la oficina de la empresa informante, según la tabla de
UBIGEO proporcionada por la SBS como parte integrante del software “Submódulo de Captura y
Validación Externa” – SUCAVE.
Cuando se trate de una agencia ubicada en el extranjero la entidad deberá reportar los campos de
Departamento, Provincia y distrito con los dígitos “99”, es decir, el código UBIGEO sería “999999”.
6. CÓDIGO DE CUENTA CONTABLE, Rubro B-05.
Código de cuenta contable de acuerdo con la estructura de cuentas del Manual de Contabilidad para las
Empresas del Sistema Financiero y conforme a los niveles de cuenta detallados en la relación de Cuentas
Contables consideradas en el RCD aprobadas por la Resolución SBS N°11356-2008, y que se
encuentran a disposición en la Web de la SBS: www.sbs.gob.pe
No se deben considerar los puntos de separación entre niveles y se debe completar la longitud del campo
con ceros hasta los 14 dígitos, tal como se reporta en el Balance de Comprobación de Saldos.
Por ejemplo, la cuenta “1411.03.06” deberá reportarse como “14110306000000”
7. TIPO DE CRÉDITO, Rubro B-06.
Instrucciones para la presentación del RCD 12
Consignar el código que corresponda:
01 Créditos Soberanos
02 Créditos a Entidades del sector público
03 Créditos a Bancos multilaterales de desarrollo
04 Créditos a Empresas del sistema financiero
05 Créditos a Empresas de valores
06 Créditos Corporativos
07 Créditos a Grandes Empresas
08 Créditos a Medianas Empresas
09 Créditos a Pequeñas Empresas
10 Créditos a Microempresas
11 Créditos de Consumo revolventes
12 Créditos de Consumo no revolventes
13 Créditos Hipotecarios para vivienda
Cuando se reporten cuentas contables de un deudor que no cuente con deuda directa, contingente ni
castigos, en este campo se deberá colocar “99”.
(Modificado según Resolución N° 11356-2008-SBS)
8. SALDO, Rubro B-07.
Los saldos de créditos deberán estar expresados en nuevos soles con céntimos.
Las entidades que remiten el RCD son responsables de que la información mostrada en las cuentas
contables exigidas cuadren con el Balance de Comprobación remitido mensualmente a esta
Superintendencia. En este sentido, el saldo de las cuentas remitidas por cliente a este Órgano Regulador
mediante el Anexo N°6 debe ser igual al saldo del Balance de Comprobación para cada cuenta y
conforme a los niveles de cuenta detallados en la relación de Cuentas Contables Consideradas en el RCD
aprobadas por la Resolución SBS N°11356-2008 que incluyen entre otras: inversiones negociables,
inversiones permanentes de la entidad, créditos directos, créditos contingentes, garantías, castigos,
algunas cuentas por cobrar, bienes recibidos en pago y adjudicados, etc.
Para el caso de las colocaciones brutas (Saldos que comprenden las cuentas 1401, 1403, 1404, 1405 y
1406 del Manual de Contabilidad), los créditos castigados (8103.02 y 8109.25), los derivados financieros
(7106) y las garantías preferidas (8404.01 y 8404.02) se remitirá un nivel mayor de desagregación según lo
establecido a continuación:
Saldos de créditos sin morosidad. Los saldos sin morosidad deben ser consolidados cuando
pertenezcan a una misma situación de crédito, a un mismo tipo de crédito, a una misma modalidad de
crédito, a una misma oficina (Rubro B-01), a una misma condición especial de cuenta (Rubro B-09) y a
una misma condición de disponibilidad (Rubro B-10) y a un mismo Factor de Conversión Crediticia.
Saldos de créditos con morosidad y créditos castigados. Los saldos con morosidad deben ser
consolidados cuando pertenezcan a una misma situación de crédito, a un mismo tipo de crédito, a una
misma modalidad de crédito, a una misma oficina (Rubro B-01), a una misma condición especial de cuenta
(Rubro B-09), y a una misma condición de disponibilidad (Rubro B-10) y a un mismo número de días de
morosidad que registren al tiempo del período de reporte, el cual se debe consignar en el ítem “condición
en días” (Rubro B-08) y a un mismo Factor de Conversión Crediticia.
Saldos por Instrumentos Financieros Derivados. Estos saldos deben ser desagregados de acuerdo al
número de días pactados, el cual se debe consignar en el ítem “condición en días”, Rubro B-08.
Saldos por Garantías Preferidas. Estos saldos deben ser reportados de acuerdo con el tipo de garantía
Instrucciones para la presentación del RCD 13
de que se trate conforme a la relación de garantías preferidas establecidas en los literales 3.10 a 3.12 de la
Resolución 11356-2008 para una misma condición especial de cuenta (Rubro B-09) y un mismo número de
días. En el caso de los bienes inmuebles y muebles debidamente inscritos en Registros Públicos, se
deberá reportar en “condición en días, Rubro B-08, los días transcurridos desde la última tasación o
valorización. En el caso de las garantías que no estando constituidas cuenten con el bloqueo registral, se
deberá reportar los días transcurridos desde la fecha de inscripción del bloqueo en el ítem “condición en
días”, Rubro B-0813
Cabe señalar que resulta implícita la exigencia que se reporten a todos los clientes aún cuando éstos no
reporten ninguna cuenta de deuda directa, contingente o arrendamiento financiero en vista que se exige la
igualdad de lo reportado en el RCD y el Balance de Comprobación según la relación de las cuentas
contables exigidas.
Para el caso de las garantías, los saldos deben ser asignados según los clientes cuyas operaciones se
respaldan (los garantizados) independientemente de la propiedad de las garantías. El término morosidad
deberá entenderse de acuerdo con lo dispuesto en el rubro B-08.
9. CONDICIÓN EN DÍAS, Rubro B-08.
n número de días de morosidad, computado desde el día siguiente de la primera obligación de pago no
cancelada. Este reporte incluirá a las operaciones de deuda directa e indirecta (incluyendo arrendamientos
financieros y créditos castigados).
m número de días pactados por instrumentos financieros derivados.
p número de días desde la última tasación o valorización de la garantía preferida
r número de días desde la fecha de inscripción del bloqueo registral de la garantía.
La obligación de reportar los días de morosidad no solo incluye a las colocaciones, este reporte también
incluye a los rendimientos en suspenso así como a los intereses de las colocaciones castigadas y a los
deudores que conforman las ventas de cartera, por lo que cada entidad deberá tener cuidado en reportar
adecuadamente éste campo.
En caso que un bien cuente con valorización y bloqueo registral primará este último como criterio para la
agrupación y para determinar la condición en días del Rubro B-08. El resto de cuentas deberán reportar
este rubro con el valor de “0”
10. CONDICIÓN ESPECIAL DE CUENTA, Rubro B-09.
Consignar el tipo que corresponda:
02 Créditos con sustitución de contraparte crediticia
04 Garantías inscritas en Registros Públicos
05 Garantías que cuentan con bloqueo registral
07 Depósitos en efectivo no inscrito en el Registro de garantía mobiliaria
08 Joyas no valuadas por peritos valuadores REPEV
06 Otros
21 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte y sin periodos fijos de amortización
22 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte cuyo cronograma tiene un plazo entre
amortizaciones periódicas mayor al mes pero menor a los 6 meses.
23 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte cuyo cronograma tiene un plazo entre
amortizaciones periódicas igual o mayor a los 6 meses.
24 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte pactados a una cuota con plazo
original menor o igual a 6 meses.
25 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte pactados a una cuota con plazo
original mayor a 6 meses pero menor o igual a 12 meses.
26 Créditos directos no revolventes sin sustitución de contraparte pactados a una cuota con plazo
original mayor a 12 meses.
Instrucciones para la presentación del RCD 14
La sustitución de contraparte crediticia se refiere a los créditos con responsabilidad subsidiaria de las
contrapartes señaladas en el numeral 2.1 del Capítulo III del Reglamento para la Evaluación y Clasificación
del Deudor y la Exigencia de Provisiones.
La opción 21 hace referencia a créditos cuyas condiciones de pago no establecen días fijos de
amortización de las obligaciones sino que el pago se realiza en un intervalo de días pactado
contractualmente.”
(Modificado según Resolución N° 6033-2011-SBS)
11. CONDICION DE DISPONIBILIDAD, Rubro B-10.
02 Operaciones no entregadas en garantía para la recepción de préstamos o líneas de crédito ( i )
11 Operaciones en garantía de Bonos de Arrendamiento Financiero
12 Operaciones en garantía de Bonos Hipotecarios
13 Operaciones en garantía de Bonos Hipotecarios Cubiertos
19 Operaciones en garantía de otras emisiones
21 Operaciones en fideicomisos de garantía
22 Operaciones en fideicomisos de administración
23 Operaciones en fideicomisos de garantía y administración
29 Operaciones en otros fideicomisos
99 Operaciones en garantía bajo otras formas contractuales
(i)Esta opción se refiere a las operaciones crediticias que se encuentran como garantía de adeudados que
la empresa reportante del RCD pueda tener con una tercera empresa. Por lo tanto si la empresa reportante
del RCD no ha garantizado adeudados o líneas de créditos con cartera de deuda, todas las cuentas del
RCD deberán ser reportadas con la opción 02.
(Modificado según Resolución N° 6007-2011-SBS)
12. FACTOR DE CONVERSION CREDITICIO, Rubro B-11.
Será reportado el factor de conversión crediticia que la empresa del sistema financiero debe utilizar de
acuerdo a lo expresado en la Resolución SBS 11356-2008.
Se consignará de acuerdo a lo siguiente:
FCC
01 Confirmaciones de cartas de crédito irrevocables de hasta un año, cuando el banco 20%
emisor sea una empresa del sistema financiero del exterior de primer nivel
02 Emisiones de cartas fianzas que respalden obligaciones de hacer y no hacer 50%
03 Emisiones de avales, cartas de crédito de importación y cartas fianzas no incluidas 100%
en el literal "02", y las confirmaciones de cartas de crédito no incluidas en el literal
"01", así como las aceptaciones bancarias
04 Créditos concedidos no desembolsados y líneas de crédito no utilizadas 0%
05 Otros créditos indirectos no contemplados en los literales anteriores 100%
99 No aplica
(Implementado según Resolución N° 11356-2008-SBS)
Instrucciones para la presentación del RCD 15
13. ESPACIOS EN BLANCO.
Aplicables sólo al formato de archivo de longitud fija (Ver el punto 7 del título "Consideraciones Generales"
de las presentes instrucciones)
14. DELIMITADORES DE REGISTRO.
Ver el punto 7 del título "Consideraciones Generales" de las presentes instrucciones.
Instrucciones para la presentación del RCD 16
Apéndice A
Diseño de Registro del RCD
(Anexo 6)
Instrucciones para la presentación del RCD 17
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
REGISTRO DE CABECERA
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final bytes Decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 4 4 N Código de Formato
2. 5 6 2 N Código de Anexo
3. 7 11 5 C 03 Código de la empresa informante
4. 12 19 8 0 N 01 Fecha del periodo de reporte (1)
5. 20 22 3 0 N Código de Expresión de Montos (CEM)
6. 23 37 15 C Dato de control
7. 38 52 15 2 N 02 Monto mínimo
8. 53 431 379 C Espacios en blanco (opcionales)
9. 432 433 2 C Delimitadores de registro
Notas: El nombre del archivo debe ser:
RCDaaaamm.eee
Donde aaaamm = Año y mes del periodo de reporte
eee = Código de la empresa informante (en 3 dígitos)
(1) La fecha se reportará en el orden y formato siguiente: año: 4dígitos, mes: 2dígitos, día: 2dígitos
LEYENDA
Tipo de ítem: C Carácter Alfanumérico
N Numérico
Diseño de Registro del RCD 1
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final Bytes decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 1 1 N Tipo de Formulario, 1: Del deudor, 2: De totales de la empresa
2. 2 2 1 N Tipo de Información, 1: Datos de Identificación
3. 3 10 8 0 N 04 Numero de secuencia
4. 11 20 10 0 N A09 Código del deudor, asignado por la SBS
5. 21 40 20 C A10 Código del deudor, asignado por la empresa informante
6. 41 44 4 C A11 Código de CIIU
7. A12 Código de Registro de personas jurídicas
a) 45 46 2 C Código de la Zona Registral
b) 47 48 2 C Código de la de la Oficina Registral
c) 49 49 1 C Tipo de identificación: (P=Partida; F=Ficha)
d) 50 59 10 0 N Número de Partida o Ficha
8. 60 60 1 C A13 Tipo de documento tributario
9. 61 71 11 0 N A14 Documento tributario
10. 72 72 1 C A15 Tipo de documento de identidad
11. 73 84 12 C A16 Documento de identidad
12. 85 85 1 C A17 Tipo de persona
13. 86 86 1 C A18 Residencia
14. 87 87 1 C A19 Clasificación del deudor
15. 88 88 1 C A20 Magnitud
16. 89 89 1 C A21 Accionista en la empresa informante
17. 90 90 1 C A22 Relación laboral con la empresa informante
18. 91 94 4 C A23 País de residencia
19. 95 95 1 C A06 Género
20 96 96 1 C A07 Estado Civil
21. 97 116 20 C A08 Sigla
22. 117 236 120 C A01 Apellido Paterno o Razón Social
23. 237 276 40 C A02 Apellido materno
24. 277 316 40 C A03 Apellido de casada
25. 317 356 40 C A04 Primer nombre
26. 357 396 40 C A05 Segundo nombre
27. 397 397 1 C A24 Indicador de Riesgo Cambiario Crediticio
28. 398 398 1 C A25 Indicador de atraso del deudor
29. 399 403 5 C A26 Clasificación del deudor de la empresa reportante
30. 404 404 1 C A27 Clasificación del deudor sin alineamiento
31. 405 424 20 C A28 Código del Grupo Económico asignado por la empresa
32. 425 432 8 0 N A29 Fecha de nacimiento (1)
33. 433 434 2 C A30 Tipo de documento de identidad complementario
34. 435 474 40 C A31 Documento de identidad Complementario
35. 475 476 2 C Delimitadores de Registro
Diseño de Registro del RCD 2
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
(1) La fecha se reportará en el orden y formato siguiente: año: 4dígitos, mes: 2dígitos, día: 2dígitos (ver en
Notas
versión completa de instructivos del RCD)
LEYENDA
Tipo de ítem: C Caracter Alfanumérico
N Numérico
REGISTRO DE SALDOS
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final bytes Decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 1 1 N Tipo de Formulario, 1: Del deudor, 2: De totales de la empresa
2. 2 2 1 N Tipo de Información, 2: Saldos en MN y ME
3. 3 10 8 0 N 04 Numero de Secuencia
4. 11 14 4 C B01 Código de Oficina de la Empresa Informante
5. 15 20 6 C B02 Ubicación Geográfica de la Oficina de la empresa informante
B03 (Dpto-Prov-Dist)
B04
6. 21 34 14 C B05 Código de cuenta contable
7. 35 36 2 C B06 Tipo de crédito
8. 37 54 18 2 N B07 Saldo
9. 55 58 4 C B08 Condición en días
10. 59 60 2 C B09 Condición especial de la cuenta
11. 61 62 2 C B10 Condición de disponibilidad
12. 63 64 2 C B12 Factor de Conversión Crediticio
13. 65 474 410 C Espacios en blanco (Opcionales)
14. 475 476 2 C Delimitadores de Registro
Notas Las cuentas que no posean saldo no deberán consignarse.
(1) La fecha se reportará en el orden y formato siguiente: año: 4dígitos, mes: 2dígitos, día: 2dígitos (ver en
versión completa de instructivos del RCD)
LEYENDA
Tipo de ítem: C Carácter Alfanumérico
N Numérico
Diseño de Registro del RCD 3
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN AVALISTAS
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final Bytes decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 1 1 N Tipo de Formulario, 1: Del deudor, 2: De totales de la empresa
2. 2 2 1 N Tipo de Información, 4: Datos de Identificación
3. 3 10 8 0 N 04 Numero de secuencia
4. 11 20 10 0 N A09 Código asignado por la SBS
5. 21 40 20 C A10 Código asignado por la empresa informante
6. 41 44 4 C A11 Código de CIIU
7. A12 Código de Registro de personas jurídicas
a) 45 46 2 C Código de la Zona Registral
b) 47 48 2 C Código de la Oficina Registral
c) 49 49 1 C Tipo de identificación: (P=Partida; F=Ficha)
d) 50 59 10 0 N Número de Partida o Ficha
8. 60 60 1 C A13 Tipo de documento tributario
9. 61 71 11 0 N A14 Documento tributario
10. 72 72 1 C A15 Tipo de documento de identidad
11. 73 84 12 C A16 Documento de identidad
12. 85 85 1 C A17 Tipo de persona
13. 86 86 1 C A18 Residencia
14. 87 87 1 C Espacio en blanco
15. 88 88 1 C A20 Magnitud
16. 89 89 1 C A21 Accionista en la empresa informante
17. 90 90 1 C A22 Relación laboral con la empresa informante
18. 91 94 4 C A23 País de residencia
19. 95 95 1 C A06 Género
20 96 96 1 C A07 Estado Civil
97 116 20 C Espacios en blanco
22. 117 236 120 C A01 Apellido Paterno o Razón Social
23. 237 276 40 C A02 Apellido materno
24. 277 316 40 C A03 Apellido de casada
25. 317 356 40 C A04 Primer nombre
26. 357 396 40 C A05 Segundo nombre
27. 397 424 28 C Espacios en blanco
28. 425 432 8 C A29 Fecha de nacimiento
29. 433 474 42 C Espacios en blanco
30. 475 476 2 C Delimitadores de Registro
Notas
LEYENDA
Tipo de ítem: C Carácter Alfanumérico
N Numérico
Diseño de Registro del RCD 4
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
REGISTRO DE SALDOS AVALISTA
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final bytes Decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 1 1 N Tipo de Formulario, 1: Del deudor, 2: De totales de la empresa
2. 2 2 1 N Tipo de Información, 5: Saldos en MN y ME
3. 3 10 8 0 N 04 Numero de Secuencia
4. 11 14 4 C B01 Código de Oficina de la Empresa Informante
5. 15 20 6 C B02 Ubicación Geográfica de la Oficina de la empresa informante
B03 (Dpto-Prov-Dist)
B04
6. 21 34 14 C B05 Código de cuenta contable
7. 35 36 2 C B06 Tipo de crédito
8. 37 54 18 2 N B07 Saldo
9. 55 474 420 C Espacios en blanco (Opcionales)
10. 475 476 2 C Delimitadores de Registro
Notas Las cuentas que no posean saldo no deberán consignarse.
LEYENDA
Tipo de ítem: C Carácter Alfanumérico
N Numérico
Diseño de Registro del RCD 5
Superintendencia de Banca y Seguros
Reporte Crediticio de Deudores (RCD)
REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN MANCOMUNOS
Descripción de Campos
Posición Tamaño Número de Tipo de Rubro
Ítem Inicial Final Bytes decimales Ítem Descripción del ítem
1. 1 1 1 N Tipo de Formulario, 1: Del deudor, 2: De totales de la empresa
2. 2 2 1 N Tipo de Información, 3: Datos de Identificación
3. 3 10 8 0 N 04 Numero de secuencia
4. 11 20 10 0 N A09 Código asignado por la SBS
5. 21 40 20 C A10 Código asignado por la empresa informante
6. 41 44 4 C A11 Código de CIIU
7. A12 Código de Registro de personas jurídicas
a) 45 46 2 C Código de la Zona Registral
b) 47 48 2 C Código de la Oficina Registral
c) 49 49 1 C Tipo de identificación: (P=Partida; F=Ficha)
d) 50 59 10 0 N Número de Partida o Ficha
8. 60 60 1 C A13 Tipo de documento tributario
9. 61 71 11 0 N A14 Documento tributario
10. 72 72 1 C A15 Tipo de documento de identidad
11. 73 84 12 C A16 Documento de identidad
12. 85 85 1 C A17 Tipo de persona
13. 86 86 1 C A18 Residencia
14. 87 87 1 C A19 Clasificación del deudor
15. 88 88 1 C A20 Magnitud
16. 89 89 1 C A21 Accionista en la empresa informante
17. 90 90 1 C A22 Relación laboral con la empresa informante
18. 91 94 4 C A23 País de residencia
19. 95 95 1 C A06 Género
20. 96 96 1 C A07 Estado Civil
21. 97 116 20 C Espacios en blanco
22. 117 236 120 C A01 Apellido Paterno o Razón Social
23. 237 276 40 C A02 Apellido materno
24. 277 316 40 C A03 Apellido de casada
25. 317 356 40 C A04 Primer nombre
26. 357 396 40 C A05 Segundo nombre
27. 397 424 28 C Espacios en blanco
28. 425 432 8 C A29 Fecha de nacimiento
29. 433 474 42 C Espacios en blanco
30. 475 476 2 C Delimitadores de Registro
Notas
LEYENDA
Tipo de ítem: C Carácter Alfanumérico
N Numérico
Diseño de Registro del RCD 6
Apéndice B
Diseño de Impresión del Listado
de lo Incluido
en el Medio Magnético / Óptico
SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS REPORTE CREDITICIO DE DEUDORES AL: aaaa.mm.dd Página: ____
Saldos Consolidados Mayores que S/. 0.00 Fecha : ____/__/__
Expresados en Nuevos Soles con céntimos
Empresa: xxxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Secuen A p e l l i d o s y N o m b r e s o R a z ó n S o c i a l--------------------------------- S i g l a s---------
Cód.SBS. Cód.Cliente (Empr.) Tipo y Doc.Trib Tipo y Doc.Ident. Cod.Reg.Públicos Res Cal Magn Pers Acc R.Lab CIIU
Tipo Cond. Cond. Cond.
Credito Cuenta :-----Saldo----- días Cuenta :-----Saldo----- dias Cuenta :-----Saldo----- días
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
zzzzzz xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
zzzzzzzzzz xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx zzzzzzzzzzzzzzz x x x x x x xxxx
Oficina: xxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dpto: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Prov: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dist: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
MN: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
ME: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
Oficina: xxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dpto: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Prov: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dist: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
MN: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
ME: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
Oficina: xxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dpto: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Prov: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dist: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
:
:
:
zzzzzz xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx
zzzzzzzzz xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxx x xxxxxxxxxxxx zzzzzzzzzzzzzzz x x x x x x xxxx
Oficina: xxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dpto: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Prov: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dist: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
MN: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
ME: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
Oficina: xxxx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dpto: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Prov: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Dist: xx-xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
:
:
:
zzzzzz TOTAL INFORMADO POR LA EMPRESA
MN: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
ME: X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
X xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz xxxxxxxxxxxxxx:____________.__ zzz
Notas:
Se deberán listar tantos deudores como quepan en una página
Las cuentas que no posean saldos NO deben incluirse en el reporte.
Deben incluirse tanto los registros de DETALLE como el de TOTALES.
En las líneas de TOTALES figurarán, además de los saldos, el número de secuencia y, en lugar del nombre, la descripción “TOTAL INFORMADO POR
LA EMPRESA”
Diseño de Impresión del Listado de lo Incluido en el Medio Magnético B—1
Apéndice C
Tablas Anexas para Codificación
de Algunos Rubros del RCD
Tabla de Países
Cód Descripción Cód Descripción Cód Descripción Cód Descripción
AD Andorra DZ Argelia KP Corea, República PN Islas Pitcairn
AE Emiratos Árabes Unidos EC Ecuador Democrática Popular de PR Puerto Rico
AF Afganistán EE Estonia (Norte) PS Territorio Palestino
AG Antigua y Barbuda EG Egipto KR Corea, República de (Sur) Ocupado
AI Anguila EH Sahara Occidental KW Kuwait PT Portugal
AL Albania ER Eritrea KY Islas Caimán PW Paláu
AM Armenia ES España KZ Kazajstán PY Paraguay
AN Antillas Neerlandesas ET Etiopía LA Laos QA Qatar
(Holandesas) FI Finlandia LB Líbano RE Reunión
AO Angola FJ Fiyi LC Santa Lucía RO Rumanía
AQ Antártida FK Islas Malvinas LI Liechtenstein RS Serbia
AR Argentina FM Micronesia, Estados LK Sri Lanka RU Federación Rusa (Rusia)
AS Samoa Americana Federados de LR Liberia RW Ruanda
AT Austria FO Islas Feroe LS Lesotho SA Arabia Saudita
AU Australia FR Francia LT Lituania SB Islas Salomón
AW Aruba GA Gabón LU Luxemburgo SC Seychelles
AX Islas Aland GB Reino Unido LV Letonia SD Sudán
AZ Azerbaiyán GD Granada LY Libia SE Suecia
BA Bosnia y Herzegovina GE Georgia MA Marruecos SG Singapur
BB Barbados GF Guayana Francesa MC Mónaco SH Santa Helena
BD Bangladesh GG Guernesey MD Moldavia, República de SI Eslovenia
BE Bélgica GH Ghana ME Montenegro SJ Svalbard y Jan Mayen
BF Burkina Faso GI Gibraltar MF San Martín SK Eslovaquia
BG Bulgaria GL Groenlandia MG Madagascar SL Sierra Leona
BH Bahréin GM Gambia MH Islas Marshall SM San Marino
BI Burundi GN Guinea MK Macedonia, Antigua SN Senegal
BJ Benín GP Guadalupe República Yugoslava de SO Somalia
BL San Bartolomé GQ Guinea Ecuatorial ML Malí SR Surinam
BM Bermudas GR Grecia MM Myanmar (Birmania) ST Santo Tomé y Príncipe
BN Brunéi Darussalam GS Islas Georgias del Sur y MN Mongolia SV El Salvador
BO Bolivia, Estado Sandwich del Sur MO Macao SY Siria
Plurinacional de GT Guatemala MP Islas Marianas del Norte SZ Suazilandia
BR Brasil GU Guam MQ Martinica TC Islas Turcas y Caicos
BS Bahamas GW Guinea-Bissau MR Mauritania TD Chad
BT Bután GY Guyana MS Montserrat TF Territorios Australes
BV Isla Bouvet HK Hong Kong MT Malta Franceses
BW Botsuana HM Isla Heard e Islas MU Mauricio TG Togo
BY Bielorrusia McDonald MV Maldivas TH Tailandia
BZ Belice HN Honduras MW Malaui TJ Tayikistán
CA Canadá HR Croacia MX México TK Tokelau
CC Islas Cocos HT Haití MY Malasia TL Timor-Leste
CD Congo, República HU Hungría MZ Mozambique TM Turkmenistán
Democrática del ID Indonesia NA Namibia TN Túnez
CF República Centroafricana IE Irlanda NC Nueva Caledonia TO Tonga
CG Congo IL Israel NE Níger TR Turquía
CH Suiza IM Isla de Man NF Isla Norfolk TT Trinidad y Tobago
CI Costa de Marfil IN India NG Nigeria TV Tuvalu
CK Islas Cook IO Territorio Británico del NI Nicaragua TW Taiwán, Provincia de
CL Chile Océano Índico NL Países Bajos (Holanda) China
CM Camerún IQ Iraq NO Noruega TZ Tanzania, República
CN China IR Irán NP Nepal Unida de
CO Colombia IS Islandia NR Nauru UA Ucrania
CR Costa Rica IT Italia NU Niue UG Uganda
CU Cuba JE Jersey NZ Nueva Zelanda UM Islas ultramarinas de
CV Cabo Verde JM Jamaica OM Omán Estados Unidos
CX Isla de Navidad JO Jordania PA Panamá US Estados Unidos de
CY Chipre JP Japón PE Perú América
CZ República Checa KE Kenia PF Polinesia Francesa UY Uruguay
DE Alemania KG Kirguistán PG Papúa Nueva Guinea UZ Uzbekistán
DJ Yibuti KH Camboya PH Filipinas VA Ciudad del Vaticano
DK Dinamarca KI Kiribati PK Pakistán VC San Vicente y las
DM Dominica KM Comoras PL Polonia Granadinas
DO República Dominicana KN San Cristóbal y Nieves PM San Pedro y Miquelón
Tablas Anexas para la Codificación de Algunos Rubros del RCD C—1
VE Venezuela, República VI Islas Vírgenes WF Wallis y Futuna ZA Sudáfrica
Bolivariana de Estadounidenses WS Samoa ZM Zambia
VG Islas Vírgenes Británicas VN Vietnam YE Yemen ZW Zimbabue
VU Vanuatu YT Mayotte
Nombre de país de ISO3166-1 (traducido al español)
Fuente de la versión ISO en inglés:
http://www.iso.org/iso/country_codes/iso_3166_code_lists.htm
Fuente de los cambios a la tabla ISO:
http://www.iso.org/iso/country_codes/updates_on_iso_3166.htm
http://unstats.un.org/unsd/methods/m49/m49chang.htm
Tablas Anexas para la Codificación de Algunos Rubros del RCD C—2
Relación de Zonas y Oficinas Registrales
La siguiente es la relación de las Zonas Registrales y sus correspondientes Oficinas Registrales, con
indicación de los códigos que las identifican, los cuales deberán colocarse en los puntos a y b del ítem 7
en la estructura del Código de Registros Públicos, Rubro A-12.
Zona Oficina
Registral Registral Nombre
1 ZONA REGISTRAL N° IV
47 Oficina Registral Iquitos (Maynas - Sede Central)
48 Oficina Registral Yurimaguas (Alto Amazonas)
2 ZONA REGISTRAL N° VIII
7 Oficina Registral Huancayo (Sede Central)
8 Oficina Registral Huanuco
9 Oficina Registral Cerro de Pasco
10 Oficina Registral Tingo Maria
11 Oficina Registral La Merced (Selva Central)
12 Oficina Registral La Union
13 Oficina Registral Satipo
14 Oficina Registral Tarma
3 ZONA REGISTRAL N° XII
15 Oficina Registral Arequipa (Sede Central)
16 Oficina Registral Aplao
17 Oficina Registral Camana
18 Oficina Registral Islay
4 ZONA REGISTRAL N° VII
19 Oficina Registral Huaraz (Sede Central)
20 Oficina Registral Chimbote
21 Oficina Registral Casma
5 ZONA REGISTRAL N° I
22 Oficina Registral Piura (Sede Central)
23 Oficina Registral Tumbes
24 Oficina Registral Sullana
Tablas Anexas para la Codificación de Algunos Rubros del RCD C—3
Zona Oficina
Registral Registral Nombre
6 ZONA REGISTRAL N° X
25 Oficina Registral Cuzco (Sede Central)
26 Oficina Registral Sicuani
27 Oficina Registral Apurimac
28 Oficina Registral Madre de Dios
29 Oficina Registral Quillabamba
75 Oficina Registral Espinar
7 ZONA REGISTRAL N° XIII
30 Oficina Registral Moquegua (Sede Central)
31 Oficina Registral Tacna
32 Oficina Registral Ilo
33 Oficina Registral Juliaca
34 Oficina Registral Puno
8 ZONA REGISTRAL N° XI
39 Oficina Registral Ica (Sede Central)
40 Oficina Registral Ayacucho
41 Oficina Registral Huanta
42 Oficina Registral Huancavelica
43 Oficina Registral Chincha
44 Oficina Registral Nazca
45 Oficina Registral Pisco
46 Oficina Registral Andahuaylas
9 ZONA REGISTRAL N° II
49 Oficina Registral Chiclayo (Sede Central)
50 Oficina Registral Cajamarca
51 Oficina Registral Jaen
52 Oficina Registral Bagua
53 Oficina Registral Chachapoyas
54 Oficina Registral Chota
10 ZONA REGISTRAL N° V
35 Oficina Registral Trujillo (Sede Central)
36 Oficina Registral San Pedro de Lloc
37 Oficina Registral Chepen
38 Oficina Registral Huamachuco
76 Oficina Registral Otuzco
Tablas Anexas para la Codificación de Algunos Rubros del RCD C—4
Zona Oficina
Registral Registral Nombre
11 ZONA REGISTRAL N° VI
58 Oficina Registral Pucallpa (Coronel Portillo)
12 ZONA REGISTRAL N° IX
1 Oficina Registral Lima (Sede Central)
2 Oficina Registral Callao
3 Oficina Registral Huacho
4 Oficina Registral Huaral
5 Oficina Registral Cañete
6 Oficina Registral Barranca
60 Oficina Registral Santa Anita
61 Oficina Registral San Juan de Lurigancho
62 Oficina Registral Los Olivos
63 Oficina Registral Comas
64 Oficina Registral San Juan de Miraflores
65 Oficina Registral Villa el Salvador
66 Oficina Registral Lurin
67 Oficina Registral Ventanilla
68 Oficina Registral Matucana
69 Oficina Registral Miraflores
70 Oficina Registral Santiago de Surco
71 Oficina Registral La Molina
72 Oficina Registral Cercado de Lima
73 Oficina Registral San Isidro
74 Oficina Registral San Luis
14 ZONA REGISTRAL N° III
55 Oficina Registral Moyobamba (Sede Central)
56 Oficina Registral Tarapoto
57 Oficina Registral Juanjui
Tablas Anexas para la Codificación de Algunos Rubros del RCD C—5