DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
CENTRO DE ENGORDA DE SALMONES
CANAL MORALEDA, SECTOR SUR DE PUNTA PORTALUPPI
PERT Nº 205111413
TITULAR:
SALMONES GALWAY LTDA.
O.T. 2854
PUERTO MONTT, DICIEMBRE DE 2009
Declaración Impacto Ambiental Pert Nº 205111413 SALMONES GALWAY LTDA.
ÍNDICE
1.1 ANTECEDENTES DEL SOLICITANTE Y REPRESENTANTE LEGAL 6
1.2 DESCRIPCIÓN DEL TIPO DE PROYECTO Y PERTINENCIA DE INGRESAR AL SEIA 6
1.2.1 Según la Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente 6
1.2.2 Según el D.S. 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental. 7
1.3 N° DE INGRESO 7
1.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN 8
1.5 VIDA ÚTIL 8
1.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES 8
1.7 MANO DE OBRA UTILIZADA EN CADA ETAPA DEL PROYECTO 8
2.1. SUPERFICIE QUE OCUPA EL PROYECTO 8
2.2. UBICACIÓN 9
2.3. COORDENADAS GEOGRÁFICAS 9
2.4. DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA 9
2.5. INFRAESTRUCTURA REQUERIDA 10
2.5.1 Balsas-jaula 10
2.5.2 Redes 10
2.5.2.1 Redes de Cultivo 10
2.5.2.2 Redes Loberas 10
2.5.2.3 Pajareras 10
2.5.2.4 Protocolo de Extracción de Redes 11
2.5.3 Plataforma Flotante 11
2.5.3.1 Características principales 11
2.5.3.2 Materiales empleados 12
2.5.3.3 Puntos para fondeo 12
2.5.3.4 Disposición de la cubierta 13
2.5.3.5 Pasillos de atraque 13
2.5.3.6 Habitabilidad del segundo nivel 13
2.5.3.7 Circuito de agua para consumo 13
2.5.3.8 Tratamiento de aguas sucias 14
2.5.3.9 Manejo de Residuos Peligrosos 14
2.5.3.10 Generadores eléctricos 15
2.5.3.11 Estanque de combustible 15
2.5.3.12 Sistema de achique y combate contra incendios 15
2.5.3.13 Esquema de pintura 15
2.5.3.14 Silos para almacenar alimento 15
2.5.3.15 Equipo de seguridad reglamentario exigido por la Autoridad Marítima 16
2.5.3.16 Equipos de comunicación y alumbrado dirigido 16
2.5.3.17 Pruebas 16
2.5.3.18 Inspección y matrícula 16
2.6. ETAPA DE OPERACIÓN 17
2.6.1 Agua potable 17
2.6.1.1 Abastecimiento de agua potable 17
2.6.1.2 Transporte y almacenamiento de agua potable 17
2.6.1.3 Desinfección de agua potable 17
2.6.2 Ingreso de Smolts 18
2.6.3 Engorda 19
2.6.4 Alimentación 19
2.6.4.1 Método de alimentación 19
2.6.4.2 Composición y atributos del alimento 19
2.6.4.3 Almacenamiento de alimentos 20
2.6.4.4 Factor de conversión estimado 20
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2.7 MANEJO DE PECES 21
2.7.1 Densidades de cultivo al 5to ciclo con producción máxima. 21
2.7.2 Muestreos, desdobles y selección: 21
2.7.2.1 Muestreo 21
2.7.3 Prevención y tratamiento terapéutico. 21
2.7.3.1 Prevención 21
2.7.3.2 Tratamientos terapéuticos 22
2.7.3.3 Estrategias a implementar ante una eventual aparición de nuevos patógenos: 22
2.7.4 Mortalidad 23
2.8 MANEJO DE INSUMOS 24
2.9 PROCEDIMIENTO DE COSECHA 25
2.10 PERÍODO DE DESCANSO 25
2.11 ETAPA DE ABANDONO 26
3.1 EMISIONES ATMÓSFERICAS 27
3.1.1 Gases 27
3.1.2 Ruidos 27
3.2 RESIDUOS SÓLIDOS 27
3.2.1 Bolsas de alimento 27
3.2.2 Pérdidas de alimento 27
3.2.3 Fecas 28
3.2.4 Lodos 29
3.2.5 Residuos domiciliarios 29
3.2.6 Residuos Peligrosos 29
3.2.7 Mortalidad 31
3.2.8 Dispersión de alimento no consumido y fecas. 32
3.2.9 Porcentaje de carbono aportado al sedimento 33
3.2.10 Índice de impacto. 34
3.3 RESIDUOS LÍQUIDOS 35
3.3.1 Efluente líquido proveniente de la planta de tratamiento de aguas servidas
de la bodega flotante. 35
3.3.2 Residuos de pediluvios y maniluvios. 36
4.1 ANTECEDENTES GENERALES 38
4.2 TASA DE RECAMBIO DE AGUA 38
5.1 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, SEGÚN EL ARTÍCULO Nº 11 DE LA LEY 19.300 DE BASES
DEL MEDIO AMBIENTE, DECLARA QUE: 40
Literal a) 40
Literal b) 41
Literal c) 43
Literal d) 43
Literal e) 43
Literal f) 43
5.2 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, SEGÚN EL ARTÍCULO Nº 6 DEL D.S. 95/01 REGLAMENTO
DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DECLARA QUE: 44
Literal a) 44
Literal b) 44
Literal c) 44
Literal d) 44
Literal e) 45
Literal f) 45
Literal g) 45
Literal h) 45
Literal i) 45
Literal j) 45
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Literal k) 45
Literal l) 46
Literal m) 46
Literal n) 46
Literal ñ) 46
Literal o) 46
Literal p) 46
5.3 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, DECLARA QUE (SEGÚN EL D.S. 95/01 REGLAMENTO DEL
SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL): 46
7.1 ARTICULO N° 68 51
7.1.1 Anexo I 52
7.1.2 Anexo II 53
7.1.3 Anexo III 53
7.2 ARTICULO N° 74 54
9.1 MORTALIDADES MASIVAS DE PECES 56
9.2 ESCAPES PARCIALES O TOTALES DE PECES 56
9.2.1 Preventivo 56
9.2.2 Operativo 56
9.2.3 Acciones correctivas 57
9.3 APARICION DE NUEVOS PATÓGENOS 57
9.4 DESPRENDIMIENTO O DESPLAZAMIENTO DE UNIDADES DE CULTIVO. 57
9.5 PÉRDIDA DE BOLSAS DE ALIMENTO VACÍAS. 58
9.6 PÉRDIDA DE ALIMENTO (CON O SIN MEDICAMENTO). 58
9.6.1 Preventivo 58
9.6.2 Operativo 58
9.6.3 Acciones Correctivas 59
9.7 DERRAMES DE HIDROCARBUROS 59
9.8 ENMALLAMIENTO DE MAMÍFEROS Y AVES 60
9.8.1 Mamíferos 60
9.8.2 Aves 60
9.9 INTERACCIÓN DE LA ESPECIE HUILLÍN O NUTRIA DE RÍO (LONTRA PROVOCAX,
THOMAS 1902) CON EL CENTRO DE CULTIVO 60
9.9.1 Huillín enredado en una red de cultivo 60
9.9.2 Huillín encontrado al interior de una jaula 60
9.10 TEMPORALES EN LA ZONA. 61
9.11 TERREMOTOS 61
9.12 CHOQUE EMBARCACIONES CON LOS MÓDULOS DE CULTIVO 62
9.13 FLORECIMIENTO ALGALES NOCIVOS (FAN). 62
9.13.1 Medidas de Mitigación 63
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ÍNDICE DE CUADROS
CUADRO 1. ANTECEDENTES DEL SOLICITANTE Y REPRESENTANTE LEGAL. 6
CUADRO 2. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. 8
CUADRO 3. MANO DE OBRA REQUERIDA. 8
CUADRO 4. SUPERFICIE QUE OCUPA EL PROYECTO. 8
CUADRO 5. COORDENADAS GEOGRÁFICAS DE LA CONCESIÓN. 9
CUADRO 6. COORDENADAS UTM DE LA CONCESIÓN. ERROR! BOOKMARK NOT DEFINED.10
CUADRO 7. NÚMERO DE BALSAS- JAULAS A INSTALAR CADA CICLO PRODUCTIVO. 10
CUADRO 8. NÚMERO Y BIOMASA DE SMOLT INGRESADOS POR CICLO PRODUCTIVO. 19
CUADRO 9. COMPOSICIÓN PROMEDIO DEL ALIMENTO. 20
CUADRO 10. PORCENTAJES PROMEDIO DE FÓSFORO Y NITRÓGENO. 20
CUADRO 11. ALIMENTO, BIOMASA Y MORTALIDAD ACUMULADA POR CICLO. 20
CUADRO 12. BIOMASA, VOLUMEN Y DENSIDAD DE CULTIVO. 21
CUADRO 13. DOSIS, DEL ANTIBIÓTICO, DURACIÓN DEL TRATAMIENTO Y PERÍODO DE
RESGUARDO. 22
CUADRO 14. MATRIZ DE PRODUCCIÓN ESTIMATIVA RELATIVO A LA DURACIÓN DE LOS
CICLOS PRODUCTIVOS. 25
CUADRO 15. RESUMEN DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN LA ETAPA DE OPERACIÓN.
ESTIMACIÓN 5TO CICLO PRODUCTIVO. 31
CUADRO 16. ESTIMACIÓN DE LA MORTALIDAD POR CICLO. 31
CUADRO 17. RESUMEN DE LOS RESIDUOS LÍQUIDOS EN LA ETAPA DE OPERACIÓN.
ESTIMACIÓN AL 5TO CICLO PRODUCTIVO. 37
CUADRO 20. NORMATIVA AMBIENTAL APLICABLE AL PROYECTO 48
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I. ANTECEDENTES GENERALES
1.1 ANTECEDENTES DEL SOLICITANTE Y REPRESENTANTE LEGAL
Cuadro 1. Antecedentes del Solicitante y Representante Legal.
TITULAR SALMONES GALWAY LTDA.
RUT 76.266.620-0
Fono (65) 235923
Dirección Las Azaleas, Parcela N°97, Parque Ivian
Comuna Puerto Varas
Casilla 528
e-mail copazo@gobiltda.cl
REPRESENTANTES LEGALES Jose Alfonso Gomez Bustamante,
Carlos Barria Gunckel
RUT 8.868.982-8
10.230.128-5
Dirección Las Azaleas, Parcela N°97, Parque Ivian
Fono (65) 235923
e-mail copazo@gobiltda.cl
En el Anexo I se adjunta RUT legalizado del Titular. (Otros antecedentes legales
disponibles en CONAMA Aysén)
1.2 DESCRIPCIÓN DEL TIPO DE PROYECTO Y PERTINENCIA DE INGRESAR AL SEIA
El proyecto corresponde a la construcción y operación de un centro de cultivo de
recursos hidrobiológicos, específicamente engorda de salmónidos. El proyecto se
encuentra localizado en Canal Moraleda, Sector Sur de Isla Portaluppi, Comuna y Provincia
de Cisnes, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
El proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA),
en conformidad a las siguientes disposiciones:
1.2.1 Según la Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente
Artículo 10: “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en
cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto
ambiental, son los siguientes:”
n) “Proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos
hidrobiológicos.”
El proyecto corresponde a la construcción y operación de un Centro de Engorda de
Salmones, es decir, cultivo de recursos hidrobiológicos.
El proyecto se encuentra localizado en Canal Moraleda, Sector Sur de Isla Portaluppi,
Comuna y Provincia de Cisnes, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
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1.2.2 Según el D.S. 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental.
Artículo 3: “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en
cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto
ambiental, son los siguientes:”
n) Proyectos de explotación intensiva, cultivo y plantas procesadoras de recursos
hidrobiológicos. Se entenderá por proyectos de explotación intensiva aquellos que
impliquen la utilización, para cualquier propósito, de recursos hidrobiológicos que se
encuentren oficialmente declarados en alguna de las siguientes categorías de
conservación: en peligro de extinción, vulnerables y raras; y que no cuenten con planes de
manejo; y cuya extracción se realice mediante la operación de barcos fábrica o factorías.
Asimismo, se entenderá por proyectos de cultivo de recursos hidrobiológicos
aquellas actividades de acuicultura, organizadas por el hombre, que tienen por objeto
engendrar, procrear, alimentar, cuidar y cebar recursos hidrobiológicos, a través de
sistemas de producción extensivos y/o intensivos, que se desarrollen en aguas terrestres,
marinas y/o estuarinas o requieran de suministro de agua, y que contemplen:
n.3. “Una producción anual igual o superior a treinta y cinco toneladas (35 t) tratándose
de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a
través de un sistema de producción intensivo”.
El proyecto corresponde a la construcción y operación de un Centro de Engorda de
Salmones, el cual tiene una producción máxima estimada de 1.872.000 toneladas por ciclo
en el quinto año (Proyecto Técnico, Anexo II).
El proyecto se encuentra localizado en Estero Canal Moraleda, Sector Sur de Punta
Portaluppi, Comuna de Cisnes, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.
Por otra parte, el proyecto no reúne ninguno de los efectos, características o
circunstancias del Artículo 11 de la Ley de Bases de Medio Ambiente y su Reglamento. Por
lo tanto, y en conformidad con lo indicado en el análisis de estos documentos realizado
anteriormente y el detalle que se presenta en el capítulo V de la presente declaración, el
proponente del presente proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, sólo mediante una Declaración de Impacto Ambiental.
El D. S. Nº 350/96 que fija las Áreas Aptas para la Acuicultura (AAA) ubica al
proyecto, dentro de dichos límites.
Por otra parte, el proyecto no reúne ninguno de los efectos, características o
circunstancias del Artículo 10 de la Ley de Bases de Medio Ambiente y su Reglamento. Por
lo tanto, y en conformidad con lo indicado en el análisis de estos documentos realizado
anteriormente, el proponente del presente proyecto debe someterse al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental, sólo mediante una Declaración de Impacto Ambiental.
1.3 N° DE INGRESO
El número de ingreso de la solicitud para realizar la construcción y operación de un
centro de cultivo de salmónidos al Servicio Nacional de Pesca, es el N° Pert 205111413, se
adjunta el proyecto técnico, Carta D.A.C., plano de concesión y figura de ubicación en los
Anexos II, III, IV y Figura 1 respectivamente.
La operación del centro se realizará en porción de agua y fondo de mar, por lo que
no se requerirán instalaciones en tierra.
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1.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN
El monto final de inversión al quinto ciclo productivo1 es de US$ 1.500.000 (Un
millón quinientos mil dólares).
1.5 VIDA ÚTIL
Si las condiciones del mercado lo permiten y la actividad permanece rentable en el
tiempo, no se prevé una etapa de abandono del proyecto, por lo mismo se considera una
vida útil del proyecto indefinida.
1.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES
Cuadro 2. Cronograma de Actividades.
ACTIVIDAD FECHA DE INICIO FECHA DE TÉRMINO
Levantamiento de la Información Junio de 2009 Octubre de 2009
Etapa de Construcción Julio de 2010 Agosto de 2010
Etapa de Operación Septiembre de 2010 Indefinida
Etapa de Abandono Indefinida Indefinida
1.7 MANO DE OBRA UTILIZADA EN CADA ETAPA DEL PROYECTO
Cuadro 3. Mano de Obra Requerida.
ETAPAS MANO DE OBRA
Levantamiento de la Información 4
Etapa de Construcción 8
Etapa de Operación 5
Etapa de Abandono --------
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
2.1. SUPERFICIE QUE OCUPA EL PROYECTO
Cuadro 4. Superficie que ocupa el proyecto.
ETAPAS SUPERFICIE
Levantamiento de información -----
Etapa de Construcción 2,0 hectáreas
Etapa de Operación 2,0 hectáreas
Etapa de Abandono -----
1
Un ciclo productivo tiene una duración de 14 a 16 meses.
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2.2. UBICACIÓN
Ubicacion Concesion, Pert Nº 205111413
628000 632000 636000 640000 644000 648000
5112000 5112000
I. M ike
íe
ag
a
h
Ba
d
P
a
ru
Islote Aparicio CONCESION
5108000 5108000
li
s
Ir
an
g
D
5104000 5104000
I. Harry
5100000 5100000
Grupo Gala I. Chita N
I.Tofo
W E
628000 632000 636000
I. Gala
640000 644000 648000
8 0 8 16 Kilometers
S
Figura 1. Ubicación de la concesión solicitada.
2.3. COORDENADAS GEOGRÁFICAS
Cuadro 5. Coordenadas Geográficas de la concesión.
COORDENADAS GEOGRÁFICAS DE LOS VÉRTICES DE LA CONCESIÓN
Referidas a la Carta SHOA Nº 749
Punto
Latitud (S) Longitud (W) Lado Distancia
A 44º 09' 55.25'' 73º 16' 57.23'' A-B 100 m
B 44º 09' 55.25'' 73º 16' 52.73'' B-C 200 m
C 44º 10' 01.71'' 73º 16' 52.73'' C-D 100 m
D 44º 10' 01.71'' 73º 16' 57.23'' D-A 200 m
Superficie de la concesión 20.000 m2
2.4. DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA
El proyecto se localizará en la Undécima Región, Provincia de Aysén, Comuna de
Cisnes, en Canal Moraleda, Sector Sur de Punta Portaluppi. La administración marítima
corresponde a la Gobernación Marítima de Aysén.
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2.5. INFRAESTRUCTURA REQUERIDA
Las instalaciones necesarias para la operación del centro comprenden un sistema de
balsas-jaula y bodega flotante. Las balsas-jaula serán construidas y compradas a las
empresas que compiten en este rubro, asegurando la mejor calidad tecnológica existente
en el mercado. Serán fabricadas como estructuras metálicas, de forma rectangular.
Para su instalación se podrá usar la modalidad de comprar las balsas y bodegas
instaladas a empresas como las mencionadas, o contratar directamente los servicios de
instalación y fondeo a empresas de gran experiencia en el rubro como Sermar, Servimar o
Empresas Walter Buschmann, entre otras.
2.5.1 Balsas-jaula
Se instalarán un total de 24 jaulas cuadradas, de 20 m de largo x 20 m de ancho x
15 m de alto, ocupando un volumen total aproximado de 144.000 m3. El número de
estructuras técnicas a instalar cada ciclo, las dimensiones de las balsas-jaula, y volumen y
área máxima a ocupar por el proyecto, se encuentran detallados en el siguiente cuadro:
Cuadro 7. Número de balsas- jaulas a instalar cada ciclo productivo.
CICLO 1 2 3 4 5
Número de estructuras 2 10 12 0 0
Total 24
Dimensiones de las estructuras 20 m x 20 m x 15 m
Área de mar total a ocupar 9.600 m2
Volumen máximo a ocupar 144.000 m3
Fuente: Proyecto Técnico (Anexo II).
2.5.2 Redes
En el centro se manejarán tres tipos de redes:
2.5.2.1 Redes de Cultivo
Éstas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones.
Tendrán dimensiones de 20 m ancho x 20 m de largo x 15 m de alto, con una titulación
que variará de 210/36 a 210/60 y una apertura de malla que variará de 1” a 2”.
2.5.2.2 Redes Loberas
Éstas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por lobos de mar
u otros depredadores. Las loberas tendrán dimensiones de 45 m x 45 m x 20 m. La
titulación será de 210/240 y una apertura de malla de 10”, la que evitará que los
depredadores se enmallen.
2.5.2.3 Pajareras
Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles
escapes de salmones y ataques de pájaros. Sus dimensiones serán de 20m x 20m, con
una titulación de 210/36 abertura de malla de 3½”.
10
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2.5.2.4 Protocolo de Extracción de Redes
Se dispondrá impregnar las redes en talleres de autorizados por las autoridades
competentes y que posean todos sus permisos ambientales vigentes, como por ejemplo
de B & B Nets Ltda., Mar-mau Ltda., Redes & Nets, entre otras. En este caso las redes se
cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante
una vez por ciclo, siendo removidas de las jaulas y posteriormente trasladadas con ayuda
de una barcaza al taller de redes.
El centro cuenta con un “protocolo de extracción de redes”, el cual incluye todos los
procedimientos referidos a la extracción misma de ellas como a su traslado desde el
centro de cultivo al lugar de destino. Lo anterior considerando las recientes modificaciones
realizadas al D.S. N° 320 del 14 de Diciembre de 2001 del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción (MINECON), Reglamento Ambiental para la Acuicultura, que
incorporó nuevos deberes y/o obligaciones a las empresas productoras y de servicios, en
especial en lo referente al transporte de redes de cultivo, señalando que “El transporte
marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberán realizarse en contenedores que
impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material”.
Dicho procedimiento consiste en:
En primer lugar las redes son levantadas por una barcaza, para luego ser
ubicadas dentro de un contenedor metálico cubierto de plástico,
Cada cuerpo de red es situado en forma individual dentro del plástico y cerrado,
Las redes son trasladadas, en una embarcación, envueltas en el plástico y dentro
del contenedor hasta el taller donde se realizara su reparación, y
Las redes limpias son trasladadas de igual forma a los centros.
Además, se mantiene un sistema de doble guía para el registro de estos
movimientos.
Sólo se podrá realizar la limpieza de las artes de cultivo y los lavados de redes
con y sin anti-incrustante en instalaciones que permitan el tratamiento de sus efluentes,
las cuales deben cumplir con las normas de emisión fijadas de acuerdo al art. N° 40 de la
Ley 19.300. Los residuos sólidos generados, deben ser dispuestos de acuerdo a lo que
estipule la normativa pertinente. Para realizar la limpieza antes indicada en áreas
sometidas a la competencia de la autoridad marítima, se requerirá la autorización expresa
de esta.
2.5.3 Plataforma Flotante
La plataforma flotante contará con habitabilidad para 5 personas y bodegas para los
insumos (mayores antecedentes en Anexo V).
Esta estructura es un Artefacto Naval que se encuentra bajo la jurisdicción de la
Armada, por lo que cumplirá con la normativa específica aplicable.
La estructura contará con las siguientes características.
2.5.3.1 Características principales
Eslora total: 21 m.
Manga total: 14 m.
Puntal de construcción: 3.30 m.
Carga total : 280 toneladas
Carga de alimento : 200 toneladas
Estanque de combustible: 3.000 L.
11
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Estanque para agua dulce: 3.000 L.
2.5.3.2 Materiales empleados
El principal material empleado es el hormigón armado, con el que se construye todo
el casco de flotación, las mamparas interiores y la cubierta.
2.5.3.3 Puntos para fondeo
Se utilizarán seis puntos de fondeo confeccionados por cáncamos con barras de
fierro de 2” de diámetro, dispuestos en un plano vertical. Cuatro de ellos van soldados a
vigas de acero que forman parte de la armadura de cubierta, los dos restantes forman
parte de la viga de hormigón armado central, los que se distribuyen inmediatamente por
debajo de la cubierta.
El fondeo consiste en utilizar principalmente “muertos” (estructuras de Hormigón), y
anclajes, para fijar la infraestructura del centro al fondo marino, utilizando un cubo de
hormigón de un peso de 15.000 Kg a 30.000 Kg. (Figura 2).
Figura 2. Estructura de fondeo
Además, el anclaje es la unión estructural que consiste en la inserción de un
elemento metálico en el hormigón para luego fijar otros elementos, el anclaje a utilizar se
presenta en la Figura 3. Las principales características de esta estructura de anclaje son:
- Alta Capacidad de Agarre
- Alta penetración
- Estabilidad de Ancla
- Óptima resistencia mecánica
- Capacidad de soportar incremento en su capacidad máxima.
12
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Figura 3. Estructuras de Anclaje
Si fuese necesaria la utilización de áridos, los servicios contratados estarán
debidamente autorizados y se velará que en ningún caso se utilice arena de la playa para
la construcción de anclaje. Además, se asumirá la responsabilidad ambiental derivada de
actuaciones de empresas subcontratadas para realizar dichas faenas.
2.5.3.4 Disposición de la cubierta
La cubierta cuenta con 4 silos de acero, pintados y construidos en planchas de 4
mm, con una capacidad de 50 toneladas cada uno, ubicados dos en la proa y dos en la
popa. En la boca de admisión de los silos se dispone de una rejilla galvanizada de 25 mm
de apertura; tiene dos silos de acero pintado para el alimento medicado, con una
capacidad de 1,2 ton cada uno; cuenta con un galpón metálico de aproximadamente 9 x
11 m., con envigado para un segundo piso; posee habitabilidad compuesta de 90 m2
construidos en segundo nivel, con pasillo techado, oficina en tercer piso con 17,3 m2 y una
escalera de acceso al segundo nivel. En los pasillos exteriores, admisión y ventilación de
estanques de combustible y de agua dulce.
2.5.3.5 Pasillos de atraque
Dos pasillos de atraque de aproximadamente 1 m de ancho, uno por cada banda, los
que permiten la recepción de embarcaciones y su maniobra de amarre.
2.5.3.6 Habitabilidad del segundo nivel
La estructura está formada por pilares y cerchas metálicas forrados con planchas de
acero tipo “dura plancha”, fijadas con pernos y remachadas. El espacio habitable cubre
una superficie de aproximadamente 90 m2, el que cuenta con la siguiente distribución:
Dos dormitorios individuales.
1 dormitorio para tres personas.
Oficina del jefe del centro, 17,3 m2 en tercer nivel.
1 baño completo para ser compartido entre los dos dormitorios individuales.
1 baño completo para dormitorio triple.
Sala de estar/comedor.
Cocina.
2.5.3.7 Circuito de agua para consumo
El sistema de alimentación de agua dulce se compone de un estanque de acero de
2.000 L. de capacidad y de tres bombas: dos de 220 Volt y una tercera de 12 Volt,
conectadas en paralelo, para dar presión al sistema. El funcionamiento normal es con las
bombas de 220 V y como alternativa en emergencia opera la bomba de 12 V. El sistema
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hidropack mantiene la presión del circuito. El estanque se llenará desde cubierta por una
toma dispuesta para ello.
2.5.3.8 Tratamiento de aguas sucias
Se instalará y operará una planta de tratamiento de aguas servidas Verde Andes (VA
1.0 M), utilizando un reactor biológico que oxida en forma prolongada la materia orgánica
(Ver Anexo VI).
Este sistema está compuesto por un estanque fabricado en acero inoxidable, de
3.942mm de longitud, 600mm de ancho y 580mm de altura, distinguiéndose las siguientes
secciones:
Decantador-Digestor. El tratamiento primario del agua residual se realiza en
este decantador-digestor, el agua penetra a este compartimiento, donde se
realiza la sedimentación y posterior digestión de los sólidos más gruesos.
Reactor Biológico. Se realiza la oxidación prolongada de la materia orgánica
introduciendo aire en el agua residual, de esta manera los microorganismos
aerobios puedan digerir la materia orgánica biodegradable, presente en el
agua.
Decantador Secundario o Clarificador. Con el fin de decantar los fangos
producidos en la cámara de aireación, los equipos Verde Andes cuentan con
este Decantador Secundario.
2.5.3.9 Manejo de Residuos Peligrosos
La estructura flotante cuenta con áreas determinadas para el acopio y disposición de
combustibles y lubricantes, los cuales se mantendrán en recipientes herméticamente
cerrados y debidamente rotulados, así mismo los residuos de lubricantes se almacenarán
en recipientes herméticamente sellados en un área especialmente destinada para esta
función, debidamente identificados según lo indica la Nch 2.190 of 93. Es importante
destacar que el área en donde se almacenen dichos residuos se encontrará debidamente
señalizada y tendrá acceso restringido. El retiro de dichos residuos se retirará de forma
periódica por una empresa que cuente con las autorizaciones y procedimientos para su
manejo y disposición final como lo es Rexin, ya que dentro de los tipos de residuos
autorizados por CONAMA para el retiro, transporte y acopio, por parte de esta empresa
son:
- Aceites y lubricantes usados;
- Envases de lubricantes y solventes;
- Paños, huaipes u otro elemento contaminado;
- Filtros de aceite;
- Agua residual con diesel;
- Baterías de plomo ácido;
- Petróleo diesel contaminado con agua;
- Pilas;
- Envases de fármacos utilizados por la industria salmonicultora y silvoagropecuaria.
Además se indica que la instalación de acopio cumple con los más altos estándares
medioambientales, como asimismo con un gran número de personal capacitado en el
manejo de residuos peligrosos2.
2
http://www.rexin.cl/residuos-peligrosos.php
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2.5.3.10 Generadores eléctricos
Se instalarán generadores de 175 Kva y 45 Kva bajo cubierta con ventilaciones y
alimentación de combustible.
La casa es alimentada por un circuito de 220 Volt como sistema normal. También se
instalará un sistema de 12 Volt independiente. El circuito de 220 Volt contempla la
alimentación de las dependencias, dormitorios, cocina, baño, estar/comedor, oficina, con
un centro superior y un enchufe de bajo consumo, además se consideran 2 enchufes
monofásicos para exteriores, próximo a las salidas de la bodega.
El circuito eléctrico de 12 V será para alumbrado nocturno de emergencia, y consiste
en cuatro puntos distribuidos en habitabilidad con ampolletas de 5 Watts, 12 V, un punto
en la bodega con una ampolleta de 40 watts, un punto en la sala de los generadores con
una ampolleta de 40 watts y un arranque triple en la oficina.
2.5.3.11 Estanque de combustible
Contiguo al generador se instalará un estanque de combustible con capacidad de
3.000 L, el que se alimentará desde cubierta por una cañería de 2” de diámetro.
Las dimensiones del estanque son 3 m x 1 m x 1 m e incluye un indicador mecánico
de nivel de llenado, filtro separador de agua-combustible, acondicionador de petróleo
Algae-x 200, pintura exterior epóxica, espesor de plancha 4 mm de acero SAE, llenado y
desahogo en diámetro de 2”.
El estanque se someterá a una prueba neumática previo a su puesta en marcha,
además el titular se compromete a presentar un Plan de Contingencia ante la Autoridad
Marítima correspondiente, para afrontar derrames de hidrocarburos una vez que sea
aprobado el proyecto de acuerdo a la directiva de la Dirección General del Territorio
Marítimo y de Marina Mercante ordinario a-53/002.
2.5.3.12 Sistema de achique y combate contra incendios
El sistema consiste en la instalación de una motobomba desmontable, la cual puede
moverse por la cubierta, manguera de succión, manguera de bombero con pitón, picota
de bombero y cuatro extintores de 6 kg a ubicarse en el interior de la habitabilidad. La
motobomba tiene como objetivo succionar el agua dulce desde los estancos en caso de
inundación o succionar agua de mar para apagar eventuales incendios.
2.5.3.13 Esquema de pintura
La obra muerta será pintada con esmalte sintético industrial color verde oliva, al
igual que la obra viva. Los silos en su totalidad serán pintados verde oliva con
anticorrosivo y en la cubierta de éstos se aplicarán esquema epóxico antideslizante con
arena de cuarzo.
2.5.3.14 Silos para almacenar alimento
El alimento se almacenará en cuatro silos de 200 toneladas en total, la capacidad de
los silos ha sido dimensionada para un calibre estándar con un coeficiente de estiba de
600 Kg/m3. Los silos se confeccionarán en planchas de acero negro de 4 mm de espesor,
protegidos por una base de pintura anticorrosiva epóxica, y la cubierta cuenta con
esquema antiresbalante. Las bocas de los silos cuentan con rejillas metálicas para impedir
la caída de elementos extraños al interior.
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2.5.3.15 Equipo de seguridad reglamentario exigido por la Autoridad Marítima
La estructura contará con los siguientes equipos de seguridad:
Chalecos salvavidas
Aros salvavidas
Cohetes con paracaídas
Bengalas de mano
Botiquín reglamentario
Linterna de goma con pilas
Luz de tope para fondeo
Bitácora de comunicación
Cartilla de operador radiotelefónico
Paños absorbentes
Calzos para aros salvavidas
Caja plástica para guardar bengalas y cohetes
Extintor de CO2
2.5.3.16 Equipos de comunicación y alumbrado dirigido
La oficina en el tercer nivel lleva instalado los siguientes equipos:
Equipo HF marino ICOM-M710 transceptor móvil base HF/FM
Sintonizador automático antena móvil modelo AT-130
Transceptor móvil base VHF/FM banda marina marca ICOM
Reflector marino marca Seamatz.
2.5.3.17 Pruebas
Previo al traslado desde el astillero a su fondeadero, la estructura deberá ser
sometida a inspección final del Armador.
El astillero realiza pruebas completas a todos los equipos componentes de la
estructura los cuales estarán a disposición del Armador para su revisión.
2.5.3.18 Inspección y matrícula
La empresa constructora deberá entregar la documentación que la Autoridad
Marítima exige para la inscripción y obtención de matrícula, y garantiza la estructura por
un período de un año.
El detalle de la estructura flotante y sus especificaciones técnicas se presentan en el
Anexo V.
La plataforma flotante alcanzará una altura máxima de cinco metros
aproximadamente. Esto hace que la estructura mantenga una línea que no se destacará
mayormente de la línea que forman las islas que rodean el centro. El diseño de la bodega
será una síntesis del lugar de emplazamiento, tomando como referencia elementos
horizontales y curvos, los mismos que son representados por colores como verde oliva y
gris grafito, entre otros.
Las balsas-jaulas presentan la mayor parte de su estructura debajo del agua y como
se trata de estructuras circulares, quedan a la vista del observador, sólo los pasillos con
sus barandas y las boyas que demarcan la existencia de los anclajes y del centro en sí.
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2.6. ETAPA DE OPERACIÓN
En el centro de engorda trabajarán 5 personas para llevar a cabo las operaciones
propias del centro y en período de cosecha o selección. Para la ejecución del proyecto se
instalará una plataforma flotante la cual cuenta con habitabilidad para la totalidad del
personal de trabajo. La habitabilidad contempla una cocina-comedor, dormitorios, una sala
de estar, 2 baños y una oficina de control (ver especificaciones técnicas de la plataforma
flotante en el Anexo V).
2.6.1 Agua potable3
2.6.1.1 Abastecimiento de agua potable
La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el
centro urbano más próximo, Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, la que será suministrada
en una cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de la normativa. El agua
potable será cargada en recipientes especialmente destinados para estos fines y
transportada por embarcaciones de logística de la empresa al pontón.
El titular se compromete a abastecer el centro con la cantidad necesaria para
cumplir con el requerimiento de 100 litros/persona/día, según lo indicado en el Art. 14 del
D.S. Nº 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo.
En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular se compromete a
presentar un informe técnico favorable de que el agua es realmente potable, un certificado
de autorización otorgado por el Ministerio de Obras Públicas y establecer un convenio con
el comité de agua potable de la localidad. Debido a que el proyecto aún no se encuentra
en operación, el titular no cuenta con los derechos de agua involucrados ni con las
autorizaciones correspondientes para su utilización, aunque en caso de considerar esta
alternativa de abastecimiento de agua potable, se presentarán todas las autorizaciones y
permisos correspondientes antes de operar con el centro de cultivo.
2.6.1.2 Transporte y almacenamiento de agua potable
El abastecimiento del agua potable se realizará mediante el traslado en estanques de
plástico cerrados, debidamente rotulados, vía barcaza, los cuales serán trasvasijados en el
pontón a un estanque metálico de 3.000 L. de capacidad, cerrado y recubierto con pintura
epóxica.
2.6.1.3 Desinfección de agua potable
Se realizarán mantenciones del estanque de almacenamiento de agua en forma
periódica, vaciando y limpiando su interior, para de igual forma mantener la calidad del
agua potable.
Durante el funcionamiento del centro se realizará un muestreo diario del agua, y el
resultado será registrado en una bitácora.
En el caso de usar cloro o compuestos clorados como desinfectantes, se debe
mantener la calidad del agua, de acuerdo lo establecido en el Artículo 15 del párrafo II del
Título II del D.S. N° 594/99 y la NCh N° 409 que “Establece los Requisitos Físicos,
Químicos, Radiactivos y Bacteriológicos que Debe Cumplir el Agua Potable”. Para ello se
3
Agua que cumple con la Norma Chilena Nº 409 en cuanto a los requerimientos físicos, químicos, radiactivos y
bacteriológicos prescritos en ella, que aseguren su inocuidad y su aptitud para el consumo humano.
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realizará la determinación de cloro libre residual en forma diaria, con el fin de asegurar y
mantener una dosificación de cloro de 0,2 partes por millón para el consumo, en caso de
ser necesario, se adicionará una solución de hipoclorito de sodio en los niveles que
permitan mantener la concentración requerida, calculando en cada caso la dosis que se
deba incorporar, dependiendo del volumen de agua y concentración de cloro que tenga la
solución.
En el mercado existen diversos métodos de lectura de cloro residual en el agua y
entre ellos está el Kits Aquamerck de aplicación universal y constituye la base de todos
los kits para análisis de terreno, no requiere de ningún aparato adicional y es de especial
importancia cuando se requiere realizar análisis rápidos y económicos. Este sistema puede
ser usado por personal no entrenado obteniendo resultados confiables, reproducibles en
pocos minutos (Merck).
El abastecimiento de agua potable se realizará a través de dispensadores de agua,
los que estarán dispuestos en un área de libre acceso dentro del pontón y serán
recargados cuantas veces sea necesario mediante botellones de policarbonato o plástico
PET con capacidad de 20 litros.
2.6.2 Ingreso de Smolts
El número de smolts (salmónidos) a ingresar variará según los requerimientos de
producción de acuerdo a lo establecido en el proyecto técnico. Los smolts ingresarán con
un peso inicial promedio de 90 gramos, esta actividad se efectuará mediante el traslado
de los peces desde centros de smoltificación que cuenten con las acreditaciones sanitarias
correspondientes, ubicadas principalmente en la XI región, en sectores como Seno Aysén,
Lago Riesco y Lago Los Palos, así como también, podrán provenir desde Lago Huillinco,
Lago Chapo, Lago Pucheguín y Lago San Antonio, en la Décima Región.
El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante una barcaza de
transporte con estanques para ingreso. El arribo de los smolts será registrado por el jefe
del centro, quien revisará el estado de los peces y procederá a retirar los que se
encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en
forma permanente.
El servicio de ingreso de peces será encargado a terceros. Sin perjuicio de ello, el
titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con
embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de
desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio,
para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.
Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será
respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca.
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Cuadro 8. Número y Biomasa de Smolt ingresados por ciclo productivo.
NÚMERO DE SMOLTS BIOMASA DE SMOLTS BIOMASA DE SMOLTS
CICLO INGRESADOS POR INGRESADOS POR AÑO INGRESADOS POR AÑO
CICLO4 (U) (KG.) (TON)
1 39.000 3.900 3,9
2 234.000 23.400 23,4
3 468.000 46.800 46,8
4 468.000 46.800 46,8
5 468.000 46.800 46,8
Fuente: Proyecto Técnico (Anexo II).
2.6.3 Engorda
En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en
el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 4.1 Kg. promedio.
Durante esta etapa los peces serán mantenidos a una densidad en torno a 13.00 Kg/m3,
densidad de cultivo que se encuentra bajo la recomendada para reducir los riesgos de
brotes de enfermedad.
Se realizarán monitoreos mensuales de los peces registrando talla y peso,
permitiendo proporcionar el alimento de acuerdo a la talla y peso de los peces. Para esto
se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir
las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utilizarán alimentadores
automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito.
Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha
demora aproximadamente entre 14 a 16 meses.
Para cumplir con el Art. 4° letra e) del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”
se contará con sistemas de seguridad adecuados para prevenir el escape de recursos en
cultivo.
2.6.4 Alimentación
2.6.4.1 Método de alimentación
La alimentación se realizara a través de mini pontones de aluminio, que permitirá
alimentar de forma más eficientes a los peces. Con el fin de regular la pérdida de alimento
(minimización del alimento no consumido), se contará con sistemas de avisos de
detención de la alimentación, tales como sensores de corrientes, que poseen alarmas, lo
que permitirá detectar cuando la entrega de alimento sea ineficiente, para así dejar de
proveer alimentos. El sistema permite alimentar a los peces de acuerdo a la demanda de
alimento de estos, a través de un sensor de flujo. Además se pueden reducir los costos de
producción, ya que el sistema permite recuperar alimento no consumido a través de conos
de captación ubicados inmediatamente debajo de las balsas-jaulas. Por último en centro
contará con un sistema de alimentación por cañón de aire, que se usará principalmente
luego del arribo de los smolts.
2.6.4.2 Composición y atributos del alimento
El alimento utilizado será extruído, con una digestibilidad de 92%, elaborado por
empresas como Trouw Chile, Salmofood, Ecofeed S.A., Ewos Chile S.A., Biomar u otra,
4
El ciclo corresponde aproximadamente entre 14 a 16 meses.
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que asegure la calidad y tecnología de fabricación de alimento extruido para salmones. La
composición promedio del alimento para estos peces y los requerimientos nutricionales se
presentan en la siguiente tabla:
Cuadro 9. Composición promedio del Alimento.
COMPOSICIÓN PROMEDIO (g/Kg.) TAMAÑO DEL PEZ (g)
400-1100 1100-1700 >1700
Proteína Cruda 450 420 380
Lípidos 270 310 330
Humedad 85 60 55
Cenizas 80 75 70
Fibra Cruda 10 12 13
Extracto No Nitrogenado 105 123 152
Los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de
pescado, aceite de pescado, harina de soya, gluten de maíz, trigo, sub-productos de
molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico,
antioxidantes, FinnStim taxantina y/o cantaxantina. Los porcentajes promedios de
fósforo y nitrógeno por clase de talla por pez en el alimento son de:
Cuadro 10. Porcentajes promedio de fósforo y nitrógeno.
NITRÓGENO FÓSFORO TOTAL
TAMAÑO PEZ (g)
% MÍN % MÁX % MÍN % MÁX
400-1100 6,88 7,52 1,1 1,6
1100-1700 6,40 7,04 0,9 1,4
>1700 5,76 6,40 0,8 1,3
2.6.4.3 Almacenamiento de alimentos
El alimento será almacenado en la bodega de acuerdo a criterio, teniendo especial
cuidado que lo primero que entra como insumo, sea lo primero que se utilice para la
producción. La característica de la estructura y este criterio permitirá mantener el alimento
en un lugar fresco, seco manteniendo así sus propiedades más tiempo.
2.6.4.4 Factor de conversión estimado
Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.0 a 1.25. Se
espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se
pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.0.
Cuadro 11. Alimento, Biomasa y Mortalidad acumulada por ciclo.
ALIMENTO ACUMULADO BIOMASA MÁXIMA MORTALIDAD MÁXIMA
POR CICLO (TON) ACUMULADA POR CICLO (TON) ACUMULADA POR CICLO (TON)
196,9 156 0.38
1181,8 936 2.28
2363,6 1.872 4.57
2363,6 1.872 4.57
2363,6 1.872 4.57
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2.7 MANEJO DE PECES
2.7.1 Densidades de cultivo al 5to ciclo con producción máxima.
Cuadro 12. Biomasa, Volumen y densidad de cultivo.
Biomasa total en un ciclo (kg) Volumen total de cultivo Densidad por ciclo (kg/m3)
(m3)
156.000 12.000 13
936.000 72.000 13
1.872.000 144.000 13
1.872.000 144.000 13
1.872.000 144.000 13
2.7.2 Muestreos, desdobles y selección:
2.7.2.1 Muestreo
Se realizará un muestreo aleatorio de peces una vez al mes para constatar calidad,
peso y talla en los peces. El muestreo abarca el 100% del total de las balsas-jaulas y de
cada balsa-jaula se muestreará un 1%. Este muestreo se realizará manualmente con
bolinche. A los peces capturados se les registrarán las características físicas, para seguir la
estadística de producción y para definir acciones a seguir como: métodos de alimentación
(velocidad, dispersión, entre otros) y cosecha.
2.7.3 Prevención y tratamiento terapéutico.
2.7.3.1 Prevención
Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones
sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones:
Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: la
Necrosis Pancreática (IPN), Piscirickettsiosis (SRS) y Aeromona.
Se tratará que los smolts lleguen con un peso homogéneo y óptimo.
En la etapa de agua de mar se tomarán las siguientes medidas preventivas:
La composición del alimento está calculada con los requerimientos ideales para el
pez. Se han incluido vitaminas en la dieta, la cual confiere resistencia contra
enfermedades.
Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los
riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.
Se realizará necropsia de mortalidades frescas al menos 3 veces por semana y si
requiere se enviaran muestras a laboratorio.
Se contará con la visita de un médico veterinario asesor al menos 2 veces al mes.
Después de cada manipulación con mortalidad o con peces mórbidos se procederá a
desinfectar la quecha, botas y manos. El desinfectante utilizado para los maniluvios
es alcohol gel, el cual no necesita enjuague posterior. Para el pediluvio se utiliza el
desinfectante Trento de Diphen Pharma, el que se encuentra aprobado para su uso
por la D.G.T.M y M.M. a través del ordinario N° 12.600/349/VRS (Ver Anexo VII),
debido a su pH neutro no es ecotóxico, se puede verter al mar, posee un amplio
espectro comprobado, eficacia comprobada contra ISAV, menor tiempo de contacto,
y no presenta vapores y es prácticamente inodoro. El desinfectante será cubierto
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con una tapa para protegerlo de la lluvia y del sol, será cambiado 2 veces por
semana, y se estima que se utilizarán 60 L mensuales. Éste no contiene sustancias
orgánicas persistentes ni toxicas; se degrada con mucha rapidez después de
preparada la solución de trabajo, cabe destacar que este desinfectante será ocupado
por el uso diario en centro de cultivo, lo cual no generara residuos para ser vertidos
al mar, y en caso de generar alguna cantidad de este tipo de reciduos, este producto
puede ser vertido directamente al mar, debido a sus caracteristicas de
biodegradacion.
El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección,
y seguridad, para reducir la transmisión de enfermedades.
2.7.3.2 Tratamientos terapéuticos
La empresa tomará todas las medidas necesarias para evitar enfermedades en los
peces y evitar por lo tanto la utilización de antibióticos.
Diariamente se observará la mortalidad y morbilidad de las balsas-jaulas. Cuando se
observen peces mórbidos o un aumento en la mortalidad se enviará una muestra al
laboratorio para ser analizada. Todo tratamiento será prescrito por un veterinario.
Los antibióticos normalmente usados son:
Cuadro 13. Dosis, del antibiótico, duración del tratamiento y período de resguardo.
DOSIS DURACIÓN DEL PERÍODO DE
ANTIBIÓTICO
(MG/K/PEZ) TRATAMIENTO RESGUARDO
Ac. Oxolínico 20 – 30 12 - 21 días 900 UTA
Flumequina 20 – 30 12 - 21 días 900 UTA
Emamectina 0,075 - 0,1 7 - 10 días 450 UTA
Oxitetraciclina 75 – 120 12 - 21 días 900 UTA
Cada 15 días se muestrearán peces para observar la presencia de parásitos de la
especie Caligus sp. Este parásito se tratará con Benzoato de Emamectina. La dosis de
0,050 (mg/kg pez) es incluida en el alimento y el tratamiento dura 7 días. Tiene un
período de resguardo de 450 UTA.
2.7.3.3 Estrategias a implementar ante una eventual aparición de nuevos
patógenos:
Ante cualquier signo anormal en los peces se informará al departamento de
patología y al ictiopatólogo asesor, en donde ambos deberán diagnosticarla.
Ante cualquier sospecha de enfermedad exótica, ya sea por los síntomas que
produzca, el comportamiento anormal de los peces o alzas inexplicables en las tasas
de mortalidad, ésta será notificada a Sernapesca, independiente del posterior
diagnóstico confirmativo que realice el veterinario correspondiente.
En el ínter tanto y hasta no tener confirmación, los peces no serán manipulados y se
deberá implementar normas de manejo sanitario y barreras de control, orientadas a
la erradicación de la enfermedad, aislando y eliminando al agente infeccioso para
evitar un posible contagio a peces sanos en el mismo lugar o centros vecinos. Esta
medida contendrá: Rápida y correcta eliminación de peces moribundos, desinfección
de elementos de trabajo, restricciones al movimiento de personas que ingresen al
centro, desinfección en el ingreso y salida de las instalaciones.
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Se guardarán los registros de todos los tratamientos efectuados, especificando:
dosis, fecha de inicio y término de tratamiento, el producto comercial utilizado, su
nombre y concentración, el número de jaulas a tratar y la respuesta al tratamiento.
El médico veterinario asesor realizará reuniones técnicas con todo el personal
involucrado, de manera de aportar el conocimiento necesario para mejorar la
eficiencia en aquellos puntos críticos detectados en las visitas a terreno.
Los alimentadores automáticos ayudarán a no alimentar a los peces en exceso, por
lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el
sistema manual.
Se pondrá especial énfasis a un suministro estratégico de alimento medicado y al
control de la ingesta de los peces y a la minimización de su disposición en el medio
ambiente acuático, como por ejemplo:
- El suministro del alimento medicado se efectuará sólo con condiciones de
corriente y climáticas propicias para la alimentación, y
- Se detendrá la entrega de alimento medicado de forma anterior a la detención
aplicable respecto del alimento normal, una vez que la señal respectiva ha sido
detectada.
Finalmente, cabe destacar, que al incorporar una serie de elementos que constituyen
parte esencial de la gestión del centro, se tenderá a disminuir la probabilidad de verse en
la necesidad de recurrir al uso de alimento medicado, por ende disminuirá la cantidad de
éste que llegue al fondo marino. De esta forma, el titular resguardará la calidad de los
recursos naturales renovables de la zona.
Con el uso de antibióticos inyectables se espera reducir el aporte de alimento no
consumido (normal y medicado) al entorno, ya que dicho método supone una mayor
eficiencia en la incorporación del medicamento en el pez. Con esta medida se espera
reducir considerablemente el uso de los antibióticos en el centro de cultivo y sus
potenciales efectos al entorno (Ver Anexo VIII, Plan de Manejo Sanitario).
2.7.4 Mortalidad
La mortalidad será retirada por alguna de las empresas de servicios que realicen el
trabajo, transporte y disposición final de la mortandad de peces como Pacific Star o Fixmar
Ltda. Entre otras y además que cuenten con todos los permisos ambientales requeridos
por las autoridades y organismos pertinentes para esta actividad.
La mortandad de peces será retirada por buzos y almacenada en bins acumulados
sobre la plataforma de mortalidad, dicha plataforma posee las siguientes características:
Estructura flotante de 7 m. x 6.3 m. Constituida por 3 módulos de 7 m. x 2.1 m.
en perfil U de 125 x 4 mm, cubierta plancha diamantada galvanizada en caliente de
4 mm.
Capacidad de almacenamiento: 25 toneladas.
El sistema de fondeo o amarre consiste en muertos de 8 toneladas y 4 cáncamos
de fondeo en 1.1/2”.
La plataforma cuenta medidas de protección contra accidentes, tales como, un
galpón cerrado cuyas dimensiones son de 6.3 m. x 6.0 m., es decir de 37.8 m2, la
altura cumbrera es de 3.2 m., la altura hombro es de 2.0 m. y 1 portón de
corredera de 2 m x 2 m. Además existen topes en la cubierta para evitar el
volcamiento de los bins (Ver anexo IX).
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El titular aclara que la plataforma de mortalidad será de uso exclusivo de este
centro.
En el Anexo X, se presenta un plano en el cual se muestra la distancia de la
plataforma de mortalidad en relación a las demás estructuras del centro.
La plataforma de acopio contempla una estructura y/o diseño destinado a la
contención y posterior recogida de potenciales vertimientos, la que consiste en
barreras laterales (de 50 cm de alto) en todos bordes y un canal en el frontis de la
plataforma, el que conduce a un estanque cerrado. Con este diseño se asegura un
eficiente drenaje de la plataforma cuando ésta sea inundada en labores de acopio
de mortalidad, desde donde es posible evacuar los residuos acuosos, como por
ejemplo fluidos de mortalidad, hacia el estanque, para luego desde allí extraerlos y
enviarlos a otro lugar de almacenamiento exterior.
En caso de no poder retirar la mortalidad del centro, por condiciones de mal tiempo
u otra causa, la mortandad se almacenará en recipientes herméticos facilitados por la
empresa de servicio que retira la mortalidad, dicho almacenamiento se hará dentro bolsas
y no se utilizará un aditivo o preservante (ácido fórmico) considerando las siguientes
medidas de contingencia.
Se dará aviso inmediato al jefe de producción, el cual gestionará el aviso a la
empresa pertinente.
Se enviará una embarcación conteniendo bins con hielo para retirar la mortalidad del
centro.
Una vez retirada la mortalidad, la embarcación y los bins serán lavados y
desinfectados, en Puerto Montt, Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, para luego ser
devueltos desinfectados por la empresa pertinente.
Sé elegirán especímenes al azar los que se dispondrán en una bolsa rotulada, la cual
se enviará a análisis y diagnóstico al laboratorio de referencia.
El plan de contingencia ante eventuales caídas de mortalidades al medio marino,
será el mismo plan de contingencia utilizado en caso de mortalidades masivas de peces,
descrito en el Capítulo IX de la presente Declaración de Impacto Ambiental.
2.8 MANEJO DE INSUMOS
Los insumos más importantes dentro del centro corresponden a alimentos,
combustible y desinfectantes. Estos serán almacenados en envases separados y
herméticamente cerrados. Los combustibles se almacenan en estanques o bidones
plásticos de 200 L. Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetados. Se
tendrá especial cuidado al manipular los insumos, tales como los combustibles, con el fin
de evitar cualquier tipo de derrame al medio, además se utilizarán receptáculos adecuados
para evitar vertimientos al medio acuático durante las labores de llenado o abastecimiento
de motores. Se dispondrá de una brazola con el objeto de dar seguridad en el manejo de
combustible sobre cubierta y evitar derrames hacia el mar.
El titular se compromete a que el manejo de combustibles, e insumos en general, se
respaldará adecuadamente mediante doble guía de recepción y despacho.
Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, se seguirán las instrucciones
establecidas en el D.S. 1/92 Titulo II del Reglamento para el Control de la Contaminación
Acuática de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.
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2.9 PROCEDIMIENTO DE COSECHA
Cuando los peces alcancen un peso aproximado de 4,1 Kg. Se procederá a
cosecharlos, considerando 3 a 5 días de ayuno previos a la cosecha. Luego se realizará
una evaluación de estado y calibre de los peces. Posteriormente se procederá a trasladar
los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. Serán trasladados en
Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención
y traslado de los peces vivos. La cosecha será subcontratada a terceros, no obstante, el
titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con
embarcaciones que cumplan la legislación, y que posean certificados y un protocolo de
desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria,
ambiental y marítima.
El titular mantendrá registros de cosecha, traslado y entrega de cosecha para
entregar a cualquier autoridad interesada. La clasificación industrial uniforme (CIIU) de la
planta de proceso que recibirá los residuos líquidos del centro es la N° 31141 sobre la
Elaboración de pescado, crustáceos y otros productos marinos.
El titular cumplirá con el nuevo marco legal en que, con al menos 90 días de
anticipación a la entrada en operación, este establecimiento generador de Riles dará aviso
por escrito a la SISS. En este aviso se informará acerca de los insumos, procesos y
sistemas productivos, con el objeto que la SISS fije, mediante resolución, el plan de
monitoreo e informes respectivos al fiscalizador.
Se tomará como referencia lo establecido en el D.S. 90/00, Norma de emisión para
la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a las aguas
marinas y continentales superficiales, con relación a que los contaminantes que deben ser
considerados en el monitoreo, serán los que se señalen en cada caso por la autoridad
competente, atendido a la actividad que desarrolle la fuente emisora, los antecedentes
disponibles y las condiciones de la descarga.
2.10 PERÍODO DE DESCANSO
El proyecto considera tres meses destinados al descanso en el área de la
concesión, lo que permitirá realizar mantención; además de proporcionar descanso al
lugar y ayudar a la recuperación de la fauna; el período de descanso podrá ser menor si
se determina mediante los monitoreos (INFAs), que las condiciones ambientales no se han
visto afectadas, por el contrario, si transcurrido este período no se presentan las
condiciones esperadas, se cesarán las actividades, con el fin de prevenir una acumulación
de materia orgánica en un mismo lugar, condición que será evaluada en función de los
resultados del análisis de los mismos monitoreos obtenidos bajo el área de cultivo.
Los períodos de descanso se insertan dentro de la matriz de producción como se
señala en el siguiente cuadro.
Cuadro 14. Matriz de producción estimativa relativo a la duración de los ciclos productivos.
INGRESO NUEVA
CICLO ENGORDA COSECHA PERIODO DE DESCANSO
SMOLT SIEMBRA
Septiembre Septiembre 2010 – Diciembre 2011 Enero, Febrero y Marzo Abril 2012
1
2010 Diciembre 2011 de 2012
Abril 2012 – Julio Julio 2013 Agosto, Septiembre y Noviembre 2013
2 Abril 2012
2013 Octubre de 2013
Noviembre Noviembre 2013 Febrero 2015 Marzo, Abril y Mayo de Junio 2015
3
2013 – Febrero 2015 2015
4 Junio 2015 Junio 2015 – Septiembre Octubre, Noviembre y Enero 2017
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Septiembre 2016 2016 Diciembre de 2016
Enero 2017 – Abril Abril 2018 Mayo, Junio y Julio de
5 Enero 2017
2018 2018
Se espera que con la ayuda de los alimentadores automáticos que reducen hasta en
un 99% la perdida de alimento y las velocidades de corrientes encontradas en la zona; el
impacto causado en el sedimento bajo el centro sea recuperable en el lapso de tiempo
indicado en la DIA.
Finalmente el titular se compromete a cumplir lo estipulado en el D.S. 320/01
Reglamento Ambiental para la Acuicultura y en la Res. 3411/06Resolución Acompañante
del Reglamento Ambiental para la Acuicultura, referente a los monitoreos, frecuencia y
condiciones exigidas, para determinar la presencia de condiciones aeróbicas bajo los
módulos de cultivo.
2.11 ETAPA DE ABANDONO
Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a
mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de
incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista
ambiental y de producción. La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el caso de
que se encuentre pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar
las balsas-jaulas y trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas.
El titular se compromete a cumplir con él articulo 4° letra c) del D.S. 320/01
Reglamento Ambiental para la Acuicultura en cuanto a que: se retirará al termino de su
vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no
degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de
anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje.
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III. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
3.1 EMISIONES ATMÓSFERICAS
El proyecto generará 2 clases de emisiones a la atmósfera:
3.1.1 Gases
Producto de la combustión en los generadores y en los motores fuera de borda. La
emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de 8 hrs. diarias, pero de forma
intermitente. En cambio la de los generadores será una fuente fija, pero en pequeñas
dosis. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos para mantener la
eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima (minimizando la cantidad de
gases emitidos).
Los motores fuera de borda de las embarcaciones menores. Se utilizarán motores
bencinero (sin plomo) y diesel, el fabricante Honda indica que un motor HNX-MSI-02-05
tiene una emisión de 41.78 g/kW*hr y un motor HNX-MSI-02-06 es de 39.28 g/kW*hr de
HC + NOx, ambos cumplen con la norma de la Enviromental Protection Agency (EPA,
2006) para motores fuera de borda.
3.1.2 Ruidos
La fuente de emisión corresponderá a los motores fuera de borda, generados en
forma intermitente, y a los generadores de electricidad, los que se encontrarán
debidamente aislados reduciendo así la emisión de ruidos.
Es importante destacar que dichas emisiones no pueden ser consideradas
significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y no en las
cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante
en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitaciones que ocurren todo
el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y
vientos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.
3.2 RESIDUOS SÓLIDOS
3.2.1 Bolsas de alimento
Se utilizarán bolsas de 1.250 Kg. Las bolsas de alimento vacías serán retiradas por
las empresas fabricantes y distribuidoras de alimento como: Skretting, Salmofood, Ecofeed
S.A., Ewos S.A., Biomar, entre otros. Entre los retiros, las bolsas se juntarán en fundas
plásticas para evitar pérdidas al ambiente.
3.2.2 Pérdidas de alimento
Según Philips5 (1986) la pérdida de alimento al fondo marino varía en un rango de
5% a un 40% del total de alimento suministrado. Esta variación dependería de las
5
Phillips M. & M. Berverdge 1986. Cages and the effect on water condition. Fish Farmer. 9: 17-19
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corrientes, profundidad y grado de exposición del lugar, así como de la especie, cepa o
grupo, calidad del alimento, método de alimentación entre otros. Según un estudio
realizado por González6 (op. Cit, 1997) la pérdida de alimento representaría un 80% de los
sólidos sedimentados bajo la balsa-jaula. Si consideramos que se proyecta alcanzar un
factor de conversión biológica de 1.25 al 5to ciclo productivo, entonces un 20% del
alimento se perderá como fecas y/o alimento. Se espera que con la implementación y
utilización de alimentadores automáticos se tienda a alcanzar factores de conversión
cercanos a 1. Según los proveedores de alimentadores automáticos la pérdida de alimento
no debiera ser mayor al 1% del total de alimento entregado siempre que se utilice bajo las
recomendaciones del fabricante (AKVA Smart).
Es por esto que el titular se compromete a utilizar el alimento de mejor calidad
(palatabilidad), a estandarizar métodos de alimentación probados, con cámaras y sistemas
automatizados, lo que homogeniza la distribución de alimentos en las jaulas y regula la
actividad de alimentación, contrarrestando los peaks de corrientes. Además se
compromete a ir adquiriendo grupos de peces que presenten mejores resultados
productivos. A través del uso de cámaras submarinas se puede determinar la pronta
detección de la disminución del consumo de alimento por parte de los peces, lo que
producirá una disminución del impacto ambiental en el fondo marino generado por los
alimentos no consumido.
3.2.3 Fecas
La cantidad de fecas que se producirán con la realización de este proyecto tiene
directa relación con la digestibilidad del alimento, la productividad del grupo o cepa y con
el factor de conversión, que a su vez depende de otras variables. Asumiendo un factor de
conversión de 1.25 (peor escenario), según González (op. Cit, 1997) el porcentaje de
fecas sedimentada bajo una balsa-jaula en el fondo marino correspondería a un 20% del
total del alimento no convertido o perdido.
En relación a la cantidad de materia orgánica generada por las fecas no existen
coincidencias entre los autores, pero se asume que al menos entre un 20 a 30% del
alimento consumido es eliminado como fecas por los peces (Beverdige et al. 19917;
Gowen and Bradbury, 19878, Akefors, 19869). En los últimos años sin embargo, se han
realizado importantes avances en relación a la digestibilidad del alimento, alcanzando
valores cercanos e incluso superiores al 90% (Gillbrand et al. 200210). Según los datos
aportados por EWOS, la digestibilidad del alimento que se encuentra en los mercados
actualmente alcanza un 92 %, por lo que un 8 % del alimento que se digiere es eliminado
como fecas.
6
González H., Aguilera A., Asencio G., Ortiz V.& Brown A. 1997. Investigación de los Sedimentos aportados por el cultivo de
Salmón en Balsas-Jaulas. 67pp.
7
Beverdige MCM, Phillips MJ, Clark RM .1991. A quantitative and qualitative assessment of wastes from aquatic animal
production. Aquaculture and Water Quality 3: 506-533.
8
Gowen RJ & Bradbury. 1987. The ecological impact of salmonid farming in coastal waters: review. Oceanography and
Marine Biology: an Annual Review 25: 563-575
9
Akefors H. 1986. The impact on the environment by cage farming in open water. Journal of Aquaculture in the Tropics. 1:
25-34.
10
Gillbrand PA, Gubbins MJ, Greathead C, Davies IM. 2002. Scottish executive locational guidelines for fish farming:
Predicted levels of nutrient enhancement and benthic impact. Scottish Fisheries Research Report 63/2002. Aberdeen:
Fisheries Research Services. 52 pp.
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3.2.4 Lodos
Los lodos generados en la planta de tratamiento serán bombeados y retirados por
alguna de las empresas que realizan este tipo de trabajo y que cuenten con todos los
permisos ambientales vigentes, trasladando estos residuos a un vertedero autorizado.
Para disminuir el porcentaje de humedad en los lodos, generalmente se utiliza un sistema
mecánico de secado, entre los cuales se encuentran la filtración al vacío, la centrifugación
y los filtros-prensa o de bandas. Entre los equipos más adecuados para la cantidad de
lodos que se genera en la planta de tratamiento de aguas sucias, se encuentran los filtros
prensa, los cuales han sido aprobados en cuanto a su funcionamiento y se encuentran
disponibles en el mercado. Para disminuir la humedad contenida en los lodos generados
en este centro de cultivo se utilizará el filtro-prensa cuyo proveedor para Latinoamérica es
Aquamarket.
El filtro Prensa es un separador de líquidos y sólidos a través de filtración por
presión. Utiliza un método simple y confiable para lograr una alta compactación. Es capaz
de comprimir y deshidratar sólidos hasta obtener humedades inferiores a 60%. Por lo que
sirve tanto para el secado de lodos como de mortalidad, ya que tiene una capacidad que
va desde 8,5 a 5700 litros.
Se fabrica en acero al carbón con recubrimiento de pintura epóxica de alta
resistencia química o acero inoxidable. Las placas filtrantes son desmontables y están
hechas de polipropileno. Las mallas pueden ser de tipos selladas, no selladas o
membranas de alta resistencia. Cuenta con un sistema hidráulico, hidroneumático que
puede ser automático, semiautomático o simplemente manual11.
3.2.5 Residuos domiciliarios
El residuo domiciliario o Basura (definida en el Art. 27° del “Reglamento para el
Control de la Contaminación Acuática” como toda clase de restos de comida, así como
residuos resultantes de las faenas domésticas y trabajos rutinarios del artefacto naval, en
condiciones normales de servicio) que se produzca será almacenado en tachos herméticos
debidamente rotulado, con bolsas de plástico en su interior y retirado por una de las
empresas autorizadas que compiten en este rubro y que cuenten con todos sus permisos
ambientales vigentes, la cual llevará estos residuos para su disposición final a un
establecimiento y/o vertedero previamente autorizado. Asimismo el titular se compromete
a llevar un control, mediante el sistema de doble guía, de estas disposiciones. El Titular se
compromete a retirar los residuos domiciliarios cada 4 días con el fin de evitar la
formación de focos de insalubridad. De igual modo, los desechos generados por la
operación de los equipos electrógenos serán mantenidos en recipientes cerrados para su
posterior disposición en un vertedero industrial autorizado.
3.2.6 Residuos Peligrosos
Durante la operación se generarán residuos considerados peligrosos, tales como,
pilas, cartridges, tonners, tubos fluorescentes, aceites y grasas entre otros, en general
artículos que se utilizan en la oficina. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores
habilitados para ello, debidamente rotulados, para posteriormente ser retirados por una
11
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empresa autorizada, la cual se encargará de que los residuos lleguen a una planta de
reciclaje.
Además de lo mencionado anteriormente el centro de cultivo cumplirá siempre con
las siguientes condiciones de limpieza y disposición final de residuos (D.S. N° 86 de 2007,
sustituye artículo 4° del D.S. 320/01 Reglamento Ambiental para la Acuicultura):
a) Adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos sólidos y
líquidos, que tengan como causa la actividad, incluidas las mortalidades,
compuestos sanguíneos, sustancias químicas, lodos y en general materiales y
sustancias de cualquier origen, que puedan afectar el fondo marino, columna de
agua, playas, terrenos de playa, sin perjuicio de lo dispuesto por las normas de
emisión dictadas en conformidad con el artículo 40 de la Ley Nº 19.300 sobre
Bases Generales del Medio Ambiente.
La acumulación, traslado y disposición de dichos desechos y residuos deberá
hacerse en contenedores herméticos que impidan escurrimientos. El transporte
fuera del centro y la disposición final deberá realizarse conforme los
procedimientos establecidos por la autoridad competente.
b) Mantener la limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al centro de
cultivo de todo residuo sólido generado por la acuicultura.
c) Retirar, al término de su vida útil o a la cesación definitiva de las actividades del
centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que
hubieren sido utilizados como sistema de fijación al fondo, con excepción de las
estructuras de concreto, pernos y anclas.
d) La profundidad de las redes, linternas u otras artes de cultivo, incluidas las redes
loberas, que penden de estructuras flotantes, no debe exceder al 90% de la
altura de la columna de agua, respecto del nivel de reducción de sonda,
debiendo quedar el decil más profundo siempre libre de estas estructuras. Esta
condición no será aplicable a los colectores de semillas y sistemas de fijación al
fondo. Tampoco será aplicable respecto de artes de cultivo que hayan sido
sumergidos como medida de contingencia ante un florecimiento algal nocivo así
declarado por la autoridad pesquera o por otra causa de fuerza mayor.
Se empleará una doble guía de despacho y recepción, las que se encontraran en el
centro y las cuales darán cuenta del movimiento de todos los residuos generados por el
centro de cultivo. El titular se compromete a que antes de iniciar la etapa de operación del
proyecto acreditará mediante certificado otorgado por la autoridad marítima ante la
CONAMA, que se dará cumplimiento a las condiciones sanitarias, ambientales y de
seguridad básicas en los lugares de trabajo exigidas.
La limpieza del borde costero se realizará con una periodicidad mensual y
consistirá en trasladarse en bote a la playa y colectar la basura encontrada en bolsas
plásticas, las que serán depositadas en tachos herméticos debidamente rotulados de
residuos domiciliarios, siguiendo su curso como se describe anteriormente.
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Cuadro 15. Resumen de los residuos sólidos en la etapa de operación. Estimación 5to ciclo
productivo.
CANTIDAD
IDENTIFICACIÓN DESTINO DE LOS
DE TIPO DE MANEJO
DE LOS RESIDUOS RESIDUOS
RESIDUOS
Alimento no Deposición en el fondo marino
consumido 23,64 Disminución de la pérdida de
bajo las balsas y alrededores
(Ton) alimento utilizando
por sedimentación y dispersión
alimentadores automáticos y
Fecas por corrientes.
187,0 cámaras submarinas.
(Ton) Degradación por bentos.
Bolsas de alimento Retiradas por empresa Reciclaje por empresa
1.891
(N° de bolsas) autorizada autorizada
Residuos domiciliarios Retiro de la basura por
1,68 Depósito en lugar autorizado
(Ton) empresa autorizada
Lodos de Planta de Retiradas por empresa Retiro cada 6 meses, a través
0,675
Tratamiento (m3) autorizada de un camión limpia fosas
Residuos Peligrosos Retiro de los residuos por Planta Reciclaje o Instalación
0,0516
(Ton.) empresa autorizada de eliminación autorizada
3.2.7 Mortalidad
Se estima una mortalidad inicial del 0,5 %, los 3 primeros meses para luego
establecerse en alrededor de un 0,1 % mensual. Esta estimación se realiza en base a que
la mortalidad en un ciclo es de alrededor del 2,4 % y que la mortalidad es más alta en la
fase en que ingresan los peces al centro. En el siguiente cuadro, se presenta una
estimación de la mortalidad por ciclo productivo hasta el 5to año.
Cuadro 16. Estimación de la mortalidad por ciclo.
Ciclo
1 2 3 4 5
Individuos 951 5.707 11.415 11.415 11.415
Toneladas 0,38 2,28 4,57 4,57 4,57
El acopio de mortalidad se realizará en una plataforma flotante especialmente
habilitada para este fin (punto 2.7.4 y Anexo X), la mortalidad será colocada dentro de
bins herméticamente cerrados, proporcionados por la empresa que realizará el retiro,
donde no se les adicionara ningún tipo de preservantes. Se retirarán 3 veces por semanas,
independiente de su estado de descomposición, para ser trasladadas vía marítima o
terrestre a empresas reductoras autorizadas como Pacific Star (ubicada en Chacabuco,
Castro o Puerto Montt).
En caso de no poder cumplir con este procedimiento por razones de fuerza mayor
(condiciones climáticas) se procederá con el plan de contingencia establecido en la
presente Declaración de Impacto Ambiental.
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3.2.8 Dispersión de alimento no consumido y fecas.
La dispersión de las fecas y alimento no consumido depende de la profundidad
media, velocidad promedio de la corriente y la tasa de sedimentación de fecas y alimento
(Iwama, 199112). Además depende de otros factores como la floculación y densidad del
agua; esta última relacionada a la temperatura y a la salinidad. La tasa promedio de
sedimentación del alimento es de alrededor de 0.1 m/s (información proporcionada por
Ewos S.A.) y de las fecas es de 0.038 m/s (Gowen y Bradbury, 198713).
Diversos autores concuerdan en que el grado de dispersión de las partículas en el
agua está asociada al tamaño, velocidad de la corriente, densidad del agua, profundidad
(Departament of Fisheries and Oceans, DFO, 200014). Sin embargo, los efectos están muy
localizados debajo y alrededor de las balsas jaulas (Karakassis et al. 200015; Schendel et
al. 200416).
Con la finalidad de realizar una estimación más precisa acerca de la cantidad de
residuos generados por el proyecto se utilizó el programa “DEPOMOD”17, validado en gran
parte de los países del hemisferio norte, el cual considera las siguientes variables:
batimetría del lugar, la posición, cantidad, forma y dimensiones de las estructuras de
cultivo (balsas – jaulas), la velocidad y dirección de la corriente, la cantidad de alimento a
suministrar y ciertas características del alimento, tales como, humedad, digestibilidad y
porcentaje de pérdida. Los input del modelo corresponden a los siguientes:
- Corrientes: Correntometría medida en cuadratura (magnitud y dirección)
- Batimetría: Track de navegación con su respectiva profundidad
- Jaulas: 24 jaulas de 20 m x 20 m x 15 m
- Características del alimento:
5% Humedad.
1% Alimento que no se consume.
92% de digestibilidad.
205,0 kg. Alimento suministrado al día por jaula.
La forma en la que el programa relaciona las variables y una validación del modelo
han sido publicadas en: Depomod – modelling the depositionn and biological effects of
waste solids from marine cage farms, Cromey et. al (Cromey, 200218).
El modelo considera la carga acumulada por el proyecto durante un año de
producción máxima y los resultados para la dispersión de las partículas sólidas varían
entre los 6.0 kg de sólidos/m2/año hacia el centro del área de sedimentación y 1.0 kg de
sólidos/m2/año en los alrededores de ésta (Figura 4). El ancho y longitud máxima del área
de dispersión es de 191 m y 315 m respectivamente.
12
Iwama G. K. 1991. Interactions between Aquaculture and the environment. Critical Reviews in Environment Control. 21:
55-66
13
Gowen R.& N. Bradbury 1987. The ecological impact of salmonid farming in coastal waters: A review. Oceanography and
Marine Biology Annual Review (25): 563 – 575.
14
DFO, 2000. An evaluation of knowledge and gaps related to impacts of freshwater and marine aquaculture on the aquatic
environment: A review of selected literature. Final Report. DFO-EVS Environment Consultants 76 pp.
15
Karakassis I, Tsapakis M, Hatziyanmi E, Papadopoulou K-N, Plaiti W. 2000. Impact of cage farming of fish on the seabed in
three Mediterranean coastal areas. ICES Journal of Marine Science 57: 1462-1471.
16
Shendel EK, Nordstrom SE, Lavkulich LM. 2004. Floc and sediment properties and their environmental distribution from a
marine fish farm. Aquaculture Research 35: 483-493.
17
Cromey, C.J., Thomas D., Nickell, Keneth D. Black. 2001. DEPOMOD - modelling the depositions and biological effects of
waste solids from marine cage farms. Aquaculture 214 (2002): 211 - 239.
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Cromey, C.J., Thomas D., Nickell, Keneth D. Black. 2001. DEPOMOD - modelling the depositions and biological effects of
waste solids from marine cage farms. Aquaculture 214 (2002): 211 - 239.
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El área total de sedimentación de partículas sólidas es de 55.446m2 de las cuales
1.921m2 (3.46,%) presentan valores iguales o superiores a 5,0 kg/m2/año, como se
aprecia en la Figura 4. La mayor parte de estos solidos totales se ubicaran bajo el centro
de cultivo y las balsas jaulas.
MODELACION DE LA DEPOSITACION
DE FECAS Y ALIMENTO
PERT Nº 205111413
Solidos Totales
5108400 6
5
5108300
4
5108200 3
5108100 2
1
5108000
637200 637400 637600
kg/m2/año
Figura 4. Gráfico de dispersión de sólidos totales
3.2.9 Porcentaje de carbono aportado al sedimento
La capacidad de carga del sistema Acuícola se estima en función de la cantidad de
materia orgánica total (MOT) máxima que puede contener en el sedimento un sitio
dedicado a la actividad acuícola. La materia orgánica es el factor que mejor permite
estimar y modelar datos productivos como la cantidad de alimento total que se utilizará
por módulo y variables como profundidad, dirección y velocidad de corrientes, que fueron
entregadas en la CPS.
Toda materia orgánica termina por descomponerse (biodegradarse) en carbono, por
lo que el resultado final, se traduce en una estimación aproximada del nivel de carbono o
materia orgánica aportada al sedimento por la actividad acuícola.
Los resultados obtenidos del modelo, varían de los 1,9 Kg. de carbono/m2/año hacia
el centro del área de sedimentación y los 0,1 de carbono/m2/año en los alrededores de
ella y el área total de sedimentación de 58.396 m2, de las cuales 1.536 m2 (2,6%)
presentan valores iguales o superiores a 1,5 kg/m2/año. El ancho y longitud máxima del
área de dispersión es de 212 m y 316 m respectivamente
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El área de sedimentación presenta un tendencia marcada de desplazamiento,
orientada en las direcciones predominantes de corriente, registrandose que la mayor parte
de este carbono total se ubicara bajo el centro de cultivo.
MODELACION DE LA DEPOSITACION
DE FECAS Y ALIMENTO
PERT Nº 205111413
Carbono Total
5108400
1.9
5108300
1.6
1.3
5108200
1
0.7
5108100
0.4
0.1
5108000
637200 637400 637600
kg/m2/año
Figura 5. Gráfico de dispersión de carbono total
3.2.10 Índice de impacto.
Con los resultados del “DEPOMOD”, y los datos de corrientes y oxígeno es posible
elaborar un índice de evaluación de impacto ambiental. Este índice entrega el balance
entre la demanda de oxígeno y el oxígeno disponible a nivel de sedimento, si la
disponibilidad es mayor que la demanda, el índice tendrá un valor mayor a 1, y los
impactos serían mínimos. Si la disponibilidad y la demanda son equivalentes el índice sería
cercano a 1 y los impactos moderados. Por otra parte si la demanda es mayor que la
disponibilidad, los valores del índice serán menores que 1 y los impactos serán altos. El
cálculo del índice se realiza según la siguiente ecuación:
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I = 736,3 + 672,6 * log (X) 19
-32,6 + 1,1 * Y
Donde:
X = Velocidad de Corrientes en cm/s (Velocidad promedio a un metro del fondo);
Y = Concentración de carbono en mmol/m2/día. (Concentración máxima)
Para este caso particular, se estima una concentración máxima de carbono de 1,9
Kg /m2/año y una velocidad de corrientes promedio, a un metro del fondo, de 5.28 cm/s,
por lo tanto el valor del índice será:
I = 2,75
Como el valor del índice es mayor a 1, se espera que los impactos sobre el
ambiente sean mínimos. Con todos estos antecedentes podemos concluir que el proyecto
no generará efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos
naturales renovables.
3.3 RESIDUOS LÍQUIDOS
3.3.1 Efluente líquido proveniente de la planta de tratamiento de aguas
servidas de la bodega flotante.
El consumo de agua diario por persona está estimado en 100 L., por lo tanto el
efluente diario de la planta de tratamiento es de 500 L. Es importante destacar que la
planta de tratamiento tiene una capacidad para 15 personas cada 24 hrs, y que sólo
operarán 5 personas en períodos de máxima producción. Estas aguas serán vertidas en las
aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por la planta de
tratamiento, cumpliendo las prescripciones operativas estipuladas por la Dirección General,
con el Art. 95° del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, en cuanto a
que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionará la decoloración de
las aguas circundantes. El efluente es inoloro, incoloro y antes de ser vertido al medio
marino pasa por un clorador y luego por un declorador lo que evita un impacto sobre la
vida acuática (características de la planta de tratamiento en Anexo VI).
Para un correcto funcionamiento de la planta se hará una revisión diaria (chequeo),
semanal (revisión del clorador) y mensual (limpiar filtro, verificar posibles filtraciones,
controlar agua de descarga). Estos procedimientos pueden ser realizados por los mismos
operarios del centro de cultivo.
El manejo, volúmenes y disposición final de los lodos derivados de la planta de
tratamiento serán bombeados y retirados por alguna de las empresas que realizan este
tipo de trabajo y que cuenten con todos los permisos ambientales vigentes.
Para disminuir el porcentaje de humedad en los lodos, se utiliza un sistema
mecánico de secado, entre los cuales se encuentran, la filtración al vacío, la centrifugación
y los filtros-prensa o de bandas. Entre los equipos más adecuados para la cantidad de
lodos que se genera en la planta de tratamiento de aguas sucias, se encuentran los filtros
prensa, los cuales han sido aprobados en cuanto a su funcionamiento y se encuentran
19
Modelo Finlday & Watling,1997. Prediction of benthic impact for salmon net-pens based on the balance of benthic oxygen
supply and demand. Marine Ecology Progress Series, 155:147-157.
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disponibles en el mercado. Para disminuir la humedad contenida en los lodos generados
en este centro de cultivo se utilizará el filtro-prensa cuyo proveedor para Latinoamérica es
Aquamarket.
El filtro Prensa es un separador de líquidos y sólidos a través de filtración por
presión. Utiliza un método simple y confiable para lograr una alta compactación. Es capaz
de comprimir y deshidratar sólidos hasta obtener humedades inferiores a 60%. Por lo que
sirve tanto para el secado de lodos como de mortalidad, ya que tiene una capacidad que
va desde 8,5 a 5700 litros.
Se fabrica en acero al carbón con recubrimiento de pintura epóxica de alta
resistencia química o acero inoxidable. Las placas filtrantes son desmontables y están
hechas de polipropileno. Las mallas pueden ser de tipos selladas, no selladas o
membranas de alta resistencia. Cuenta con un sistema hidráulico, hidroneumático que
puede ser automático, semiautomático o simplemente manual.
El volumen de lodos que producirá la planta de tratamiento con la situación
proyectada corresponde a 0,675 m3, el cual será retirado por una empresa autorizada
atraves de un camión limpia fosas cada 6 meses, siendo trasladados en contenedores
cerrados a un relleno sanitario o lugar autorizado, que cumpla con la normativa ambiental
vigente. Se adjunta Ficha Técnica y Resolución Aprobatoria de la Planta de Tratamiento
que será utilizada (Anexo VI).
La clasificación industrial uniforme (CIIU) de la planta de proceso que recibirá los
residuos líquidos del centro es la N° 31141 sobre la “Elaboración de pescado, crustáceos y
otros productos marinos”.
Es importante destacar, que la planta de tratamiento de aguas servidas del pontón
cumplirá con la Norma Técnica MEPC (VI) de la Organización Marítima Internacional
(OMI), exigida por la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante
(DIRECTEMAR).
3.3.2 Residuos de pediluvios y maniluvios.
Mensualmente se utilizarán 60 L de desinfectante TRENTO. Este no contiene
sustancias orgánicas persistentes ni tóxicas. Debido a su pH neutro no es ecotóxico, se
puede verter al mar, posee un amplio espectro comprobado, eficacia comprobada contra
ISAV, menor tiempo de contacto, y no presenta vapores y es prácticamente inodoro (ver
ficha técnica en Anexo VII).
El otro desinfectante a utilizar, específicamente en los maniluvios, corresponde a
alcohol gel, el cual elimina hasta un 99,9% los gérmenes, no requiere enjuague, es un
producto antiséptico germicida, no es corrosivo, es ideal para áreas de producción de
alimento, posee una solubilidad total, por lo cual no se generaran desechos o residuos
líquidos. La cantidad a utilizar en este producto de forma mensual es de 4 litros
aproximadamente.
El titular se compromete a cumplir con el nuevo marco legal en que, con al menos
90 días de anticipación a la entrada en operación, este establecimiento generador de Riles
dará aviso por escrito a la SISS. En este aviso se informará acerca de los insumos,
procesos y sistemas productivos, con el objeto que la SISS fije, mediante resolución, el
plan de monitoreo e informes respectivos al fiscalizador.
Se tomará como referencia lo establecido en el D.S. 90/00 “Norma de emisión para
la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a las aguas
marinas y continentales superficiales” en relación a que los contaminantes que deben ser
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considerados en el monitoreo serán los que se señalen en cada caso por la autoridad
competente, atendiendo a la actividad que desarrolle la fuente emisora, los antecedentes
disponibles y las condiciones de la descarga.
Cuadro 17. Resumen de los residuos líquidos en la etapa de operación. Estimación al 5to ciclo
productivo.
IDENTIFICACIÓN DE LOS CANTIDAD DE DESTINO DE LOS TIPO DE MANEJO DE
RESIDUOS LOS RESIDUOS RESIDUOS LOS RESIDUOS
Residuos líquidos Planta de tratamiento Neutralización en planta de
domiciliarios 240.000 residuos líquidos tratamiento de bodega
Bodega flotante (Lt) en bodega flotante flotante
Residuos de pediluvios y No requieren manejo, son
1024 Vertidos al mar
maniluvios (Lt) utilizados en su totalidad.
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IV. CARACTERIZACIÓN PRELIMINAR DEL SITIO (CPS)
4.1 ANTECEDENTES GENERALES
Este centro de cultivo en particular se clasifica en la categoría 4 y 5 según Parrafo II,
Artículo 5 de la Resolución 3612/09 “Resolución Acompañante del Reglamento Ambiental
para la Acuicultura”, por ser un centro de cultivo con producción intensiva, cuyas
producciones máximas anuales proyectadas son superiores a 50 toneladas, siempre que se
encuentren en sitios con sustrato duro, y profundidades iguales, inferiores o superiores a
60 metros.
Independiente de lo anterior, el Titular señala que la Caracterización Preliminar de
Sitio para este Proyecto fue realizado antes de la publicacion de dicha Resolución. Por lo
mismo, la CPS fue realizada de acuerdo a Resolución 3411/06 “Resolución Acompañante
del Reglamento Ambiental para la Acuicultura”. (Res. 3612/06_Transitorio 3). A
continuacion se presentan los siguientes contenidos:
a) Plano Batimetrico, de Sustrato y Estaciones;
b) Granulometria del Sedimento;
c) PH y Potencial Redox;
d) Correntometria Euleriana;
e) Oxigeno Disuelto;
f) Temparatura;
g) Salinidad;
h) Registro Visual
La línea de base se realizó a bordo de la Lancha Motor (L/M) Sayén. El día 02 de
Junio se realizó la batimetría, filmación submarina y perfil de oxígeno. Luego la
correntometría los días 12, 13 y 14 de Agosto, en el sector denominado Canal Moraleda,
sector Sur de Punta Portaluppi. El informe CPS se adjunta en Anexo XIII.
4.2 TASA DE RECAMBIO DE AGUA
De acuerdo a los antecedentes recopilados en el estudio de corrientes (velocidad y
dirección), más la profundidad registrada en el área y la dimensión del centro de cultivo,
es posible determinar la tasa de recambio de agua. Esta variable es importante para
determinar el grado de dispersión de fecas y alimentos aportados por el centro en el área
de emplazamiento del proyecto.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en el estudio de corrientes (velocidad y
dirección), más la profundidad registrada en el área y la dimensión del centro de cultivo,
es posible determinar la tasa de recambio de agua. Esta variable es importante para
determinar el grado de dispersión de fecas y alimentos aportados por el centro en el área
de emplazamiento del proyecto.
En relación con la tasa de recambio de agua existente en el área se cuentan con los
siguientes antecedentes:
La dirección de la corriente se presenta en diferentes sentidos.
La profundidad en el lugar de ubicación del correntómetro es de 62 m.
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La zona del modulo de balsas que enfrenta la corriente tiene un largo de 200 m.
La velocidad promedio de la corriente a los:
- 1.74 m es de 12.97 cm/s.
- 29.74 m es de 6.51 cm/s.
- 57.74 m es de 5.28 cm/s.
Luego, la Tasa de Recambio de Agua (TRA) obtenida a partir de las corrientes
medidas es:
- TRA (1.74 m): 45.14 m3/s.
- TRA (29.74 m): 387.21 m3/s.
- TRA (57.74 m): 609.73 m3/s.
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V. ANTECEDENTES PARA ACREDITAR QUE EL PROYECTO NO REQUIERE
PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
5.1 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, SEGÚN EL ARTÍCULO Nº 11 DE LA LEY 19.300 DE
BASES DEL MEDIO AMBIENTE, DECLARA QUE:
Literal a)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO considera
generar emisiones, efluentes o residuos en cantidades o de calidades que puedan
representar un riesgo para la salud de la población. En relación a las emisiones
atmosféricas, éstas se generarán a partir del funcionamiento del generador eléctrico
(fuente fija y permanente) y a partir de los motores de las embarcaciones necesarias para
la operación del centro (fuentes móviles y discretas), éstas no presentan un riesgo para la
población, dado que no que existe ningún asentamiento humano en las cercanías del
proyecto; además no pueden ser consideradas significativas dado que un generador emite
una mínima cantidad de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo
agregar otros factores como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son
las intensas precipitaciones que ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin
ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y vientos sobre los 20 km/h. la mayor
parte del año20. En relación a la generación de efluentes, el titular reitera que la cantidad a
verter será de un máximo de 500 L diarios provenientes de la planta de tratamiento y un
promedio de 2 L diario proveniente (60 L mensuales) de residuos de pediluvios y
maniluvios; ambos efluentes no presentan un riesgo a la salud de la población dado el
tratamiento y manejo que se efectuará con ellos, esto se encuentra detallado en el
Capítulo III y Anexo VI (planta de tratamiento). A su vez, si consideramos la capacidad de
dilución del cuerpo receptor, el cual presenta un promedio de corrientes, a 58.74 m de
profundidad, igual a 5,28 cm/s y con dirección predominante hacia el norte
mayoritariamente, y que no existe población en lugares aledaños a la ubicación del
proyecto, se puede concluir que no existe riesgo para la salud de la población a raíz de la
generación de dichos efluentes.
Con respecto a la cantidad y calidad de residuos sólidos, éstos se estiman como se
señala en el Capítulo III de la presente declaración (cuadro 15) y ninguno de ellos es
considerado peligroso, por lo que no representa un riesgo para la salud de la población.
En relación a los residuos generados por el personal (domiciliarios y peligrosos), el
titular aclara que la totalidad de ellos será retirado del centro por una empresa autorizada,
por lo que ningún tipo de ellos podría causar efecto alguno sobre la población.
Para el caso de residuos considerados peligrosos (pilas, cartridges u otros), se
mantendrán en un depósito adecuado, debidamente cuantificados y rotulados, para su
posterior retiro por una empresa que cuente con los permisos necesarios, cabe señalar
que la cantidad de residuos peligrosos es reducida, debido a que se generan
principalmente en la oficina y el proyecto en cuestión sólo cuenta con una de estas
instalaciones.
Respecto a los residuos provenientes del alimento que no es consumido por los
salmones y las fecas generadas por ellos, podemos señalar que la capacidad del cuerpo
receptor es óptima para permitir una buena dispersión, debido a la velocidad de corrientes
20
Dirección Meteorológica de Chile.
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que presenta el sector, superando ampliamente los niveles críticos que señalan algunos
autores (Hjulström, 193521), por otro lado las variables de los perfiles en la columna de
agua, hace suponer que existen las condiciones ambientales para una buena parte de los
residuos sean rápidamente degradados, por lo que no se generarían efectos sobre la
población.
Literal b)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO considera
generar efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos
naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. En relación a la generación de efectos
adversos, el titular considera que éstos no tenderán a ocurrir, debido a la cantidad de
residuos que generará el centro. A su vez, la capacidad de dilución y dispersión del cuerpo
receptor son consideradas buenas desde el punto de vista de que superan ampliamente
los parámetros considerados mínimos por la normativa vigente.
Los cálculos de sedimentación realizados bajo las balsas jaulas son muy variables
(dependiendo de la metodología ocupada por los autores). Así tenemos valores que van
de 4.9 kg/m2/año (Cross, 1990) a 110 kg/ m2/año (Weston and Gowen, 1988). En Chile de
acuerdo a González (op. Cit, 1997) la tasa de sedimentación fluctúa de 26.09 gr/m2/día
(9,5 Kg/m2/año) a 67,62 gr/m2/día (24,68 Kg/m2/año) dependiendo si la balsa jaula
contiene smolt o individuos adultos respectivamente.
Contrastando lo anterior con los resultados del modelo, podemos observar que la
estimación del modelo arroja valores máximos de 6,0 Kg/m2/año de sólidos, sin embargo
este valor es menor de lo señalado por González (op. Cit, 1997), debido principalmente a
que dicho estudio se realizó en el año 1997, fecha en la cual no se contaba con un
desarrollo tecnológico óptimo en cuanto a sistemas de alimentación y calidad del alimento.
Sin embargo, los valores se asemejan mucho a los señalados por Cross (op.cit, 1990), el
cual cuenta con validaciones en Europa donde la salmonicultura ha sido más desarrollada.
La concentración de pellet y fecas bajo las balsas jaulas genera una serie de
cambios que sirven de indicadores del grado de contaminación del fondo marino. El color
negro de los sedimentos y el olor a sulfuro de hidrógeno son característicos de los
sedimentos directamente impactados por la actividad acuícola. Estos por lo general van
acompañados de manchas blancas características de algunas bacterias filamentosas
anaeróbicas como Beggiatoa sp (Forrest et al. 200722). Bajo estas condiciones, los niveles
de materia orgánica del sedimento son significativamente más elevados en comparación a
los sitios adyacentes. (Karakassis et al. 200023; Gao et al. 2005). Dependiendo de la tasa
de sedimentación, la concentración de Carbono (C) puede ser 4 o 5 veces superior debajo
de las balsas jaulas que en sitios adyacentes (Henderson & Ross, 199524), es decir, no se
espera que los efectos producidos por el cultivo de salmones afecte áreas alejadas de la
concesión.
Los resultados del modelo para este caso no reafirman lo señalado por Karakassis et
al. 2000; Schendel et al. 200425, en cuanto a que los efectos están localizados en los
21
Hjulström, F., 1935. Studies in the morphological activity of rivers as illustrated by River Fyris. Bulletin of Geological
institution of Uppsala, 25: 221-528, Uppsala.
22
Forrest B, Keely N, Gillespie P, Hopkins G, Knight B, Govier D. 2007. Review of the ecological effects of marine finfish
aquaculture: final report. 80 pp.
23
Karakassis I, Tsapakis M, Hatziyanmi E, Papadopoulou K-N, Plaiti W. 2000. Impact of cage farming of fish on the seabed in
three Mediterranean coastal areas. ICES Journal of Marine Science 57: 1462-1471.
24
Henderson AR, Ross DJ. 1995. Use of macrobenthic infaunal communities in the monitoring and control of the impact of
marine cage fish farming. Aquaculture Research. 26: 659-678.
25
Karakassis I, Tsapakis M, Hatziyanmi E, Papadopoulou K-N, Plaiti W. 2000. Impact of cage farming of fish on the seabed
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alrededores de las balsas jaulas, esto debido a las corrientes predominantes en el sector,
más allá de lo cual no se observan cambios en la estructura de la comunidad bentónica
debido a la carga orgánica aportada al sistema. Por lo que no se espera según esto que
los efectos se extiendan tampoco hacia otras áreas (ver dispersión de sólidos y carbono en
Punto 3.2.8 y 3.2.9 respectivamente).
Gilbrand PA, Gubbins MJ, Greathead C, Davies IM. 200226) calculan el impacto sobre
el fondo utilizando un modelo “Gowen” modificado, el cual fue creado para predecir el
área que se verá afectada por la deposición de materia orgánica en forma de residuos
sólidos bajo los cultivos de salmones.
Dicho modelo también utiliza variables como la superficie del cultivo, velocidad de
las partículas y cantidades de excreta de carbono, todo ello con el fin de estimar las zonas
afectadas por diferentes niveles depositación de carbono orgánico y definir un área de
impacto.
Los resultados de este modelo se utilizan para estimar el porcentaje total de la zona
que se encuentra afectado por un nivel de deposición de carbono orgánico superior a 1,5
Kg.C/m/año. Por encima de este valor crítico, se ha demostrado que la diversidad de la
infauna de los sedimentos se reduce, y los fondos marinos pueden considerarse
degradados.
Valores críticos en torno al “DEPOMOD” no han sido definidos como tal, debido a
que las condiciones del medio resultan preponderantes a la hora de evaluar la capacidad
de carga de un sitio.
Cromey et al. (199827), señala que aportes bajo los 36gC/m2/año generarían
pequeños efectos, valores entre los 36 y los 365gC/m2/año enriquecerían la comunidad
bentónica y que valores por sobre los 548gC/m2/año causarían condiciones de
degradación en el fondo.
Eleftheriou et al. (198228), señala que aportes por sobre los 767gC/m2/año
enriquecerían la fauna bentónica, mientras que aportes por sobre los 1498 gC/m2/año
causarían condiciones de degradación en el fondo.
Los resultados obtenidos del modelo, varían de los 1,9 Kg. de carbono/m2/año hacia
el centro del área de sedimentación y los 0,1 de carbono/m2/año en los alrededores de
ella (Ver figura 5) y el área total de sedimentación de 58.396 m2, de las cuales 1.536 m2
(2,6%) presentan valores iguales o superiores a 1,5 kg/m2/año. El ancho y longitud
máxima del área de dispersión es de 212 m y 316 m respectivamente
Para este caso en particular el valor del índice de impacto es de 2,75 de lo que se
infiere que no existirán impactos, producto de carga productiva que se pretende instalar
en el centro (ver punto 3.2.10).
Sumado a lo anterior, se observó presencia de macrofauna y una alta diversidad de
ella, por lo que se presume que existen las condiciones ambientales para que una buena
parte de los residuos sean rápidamente degradados, por lo que no se generarían efectos
significativos sobre la cantidad y la calidad de los recursos naturales renovables. La
cantidad será monitoreada anualmente por las INFAS, y no se espera una disminución de
in three Mediterranean coastal areas. ICES Journal of Marine Science 57: 1462-1471
26
Gillbrand PA, Gubbins MJ, Greathead C, Davies IM. 2002. Scottish executive locational guidelines for fish farming:
Predicted levels of nutrient enhancement and benthic impact. Scottish Fisheries Research Report 63/2002. Aberdeen:
Fisheries Research Services. 52 pp.
27
Cromey CJ, Black KD, Edwars A and Jack IA. 1998. Modeling the deposition and biological effects of organic carbón from
marine sewage discharges. Estuarine, Coastal and shelf science 47: 295 – 308.
28
Eleftheriou, A., Moore, D.C., Basford, D.j. & Robertson, M.R. 1982. Underwater experiments on the effects of sewage
sludge on a marine ecosystem. Netherlands Journal of Sea research 16: 465 – 473.
_________________________________________________________________________ 42
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ella, en cuanto a la calidad, el titular declara que ninguna de las especies encontradas
durante los muestreos se encuentra clasificada como vulnerable o en peligro de extinción.
Cabe mencionar que el promedio de velocidad es del orden de 12.97 cm/s, a un
metro del fondo, por lo que los residuos no tenderían a acumularse, sino todo lo contrario
a dispersarse, debido a los promedios de velocidad por capas, además de que sus
concentraciones se encuentran en un rango bajo.
Con todos estos antecedentes podemos concluir que el proyecto no generará efectos
adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales renovables.
El proyecto no contempla instalaciones en tierra, por lo que no se esperan efectos
adversos significativos sobre el suelo.
En relación a los efectos sobre la calidad del aire, el titular reitera que las emisiones
atmosféricas se generarán a partir del funcionamiento del generador eléctrico (fuente fija
y permanente) y a partir de los motores de las embarcaciones necesarias para la
operación del centro (fuentes móviles y discretas), dichas emisiones no consideran
generar efectos adversos significativos dado que un generador emite una mínima cantidad
de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores
como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas
precipitaciones que ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con
humedad relativa inferior a 80% y vientos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.
Literal c)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO contempla el
reasentamiento de comunidades humanas, o alterar significativamente los sistemas de
vida y costumbres de los grupos humanos, debido principalmente a que no existe
población asociada al lugar de emplazamiento del proyecto.
Literal d)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas se encuentra
localizado próximo a poblaciones, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser
afectadas, así como el valor ambiental del territorio que se pretende emplazar. Con la
finalidad de establecer que el proyecto no afectará la clasificación de esta zona, se
relacionaron las variables del proyecto, específicamente, las que tienen que ver con la
cantidad de residuos, mediante un programa “DEPOMOD”, el cual se basa en un modelo
ya validado y cuyos resultados demuestran que, dada la cantidad de producción y los
residuos generados asociados a ésta, no se generarían efectos adversos significativos
sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, por lo tanto, la condición
de zona de preservación no se vería afectada. Tal como se señala en el análisis del literal
b) del numeral.
Literal e)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO alterará algún
recurso o elemento del ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. El proyecto
contempla utilizar materiales y colores lo más armónicos posible con el paisaje.
Literal f)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO considera la
alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en
general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Debido principalmente a que no se
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encuentran asentamientos humanos cerca y no se han realizado estudios que indiquen la
presencia de sitios con valor antropológico o arqueológico.
5.2 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, SEGÚN EL ARTÍCULO Nº 6 DEL D.S. 95/01
REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DECLARA
QUE:
Literal a)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas cumple con las
normas secundarias de de calidad ambiental vigentes, las emisiones generadas no
superarán la norma para ello, por lo que no generará efectos adversos sobre la calidad y
cantidad de los recursos naturales renovables.
Literal b)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO generará
efectos adversos significativos, en relación a la generación de efluentes, el titular reitera
que la cantidad a verter será de un máximo de 500 L. diarios provenientes de la planta de
tratamiento y un promedio de 2 L. diarios provenientes (60 L. mensuales) de residuos de
pediluvios y maniluvios; ambos efluentes no presentan un riesgo a la salud de la población
dado que no registraran residuos por parte de ellos, esto se encuentra detallado en el
Capítulo III (página 36 y 37) y Anexo VI (planta de tratamiento). Referidos a la dispersión
de residuos sólidos, específicamente a la sedimentación de carbono total, se debe señalar
que los valores varían de los 1,9 Kg. de carbono/m2/año hacia el centro del área de
sedimentación y los 0,1 de carbono/m2/año en los alrededores de ella y el área total de
sedimentación de 58.396 m2, de las cuales 1.536 m2 (2,6%) presentan valores iguales o
superiores a 1,5 kg/m2/año. El ancho y longitud máxima del área de dispersión es de 212
m y 316 m respectivamente.
En relación a las emisiones atmosféricas, éstas se generarán a partir del
funcionamiento del generador eléctrico (fuente fija y permanente) y a partir de los
motores de las embarcaciones necesarias para la operación del centro (fuentes móviles y
discretas), éstas no presentan un efecto adverso debido a que no pueden ser
consideradas significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y
no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima
reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitaciones que
ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa
inferior a 80% y vientos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.
Literal c)
La frecuencia de las descargas será diaria pero en mínimas cantidades, las emisiones
de gases no superan la norma.
Literal d)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas contempla la
generación de residuos sólidos tales como: alimento no consumido, fecas, mortalidad,
lodos provenientes de la planta de tratamiento, residuos domésticos y de medicamentos.
Estos residuos no se consideran peligrosos y son retirados, en su totalidad, por
empresas autorizadas. Los residuos considerados peligrosos (pilas, Cartridges y tubos
fluorescentes, aceites y grasas) serán almacenados diferenciadamente, envasados en
tachos herméticos, debidamente rotulados y retirados por una empresa autorizada.
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Literal e)
La frecuencia de generación de residuos sólidos será diaria, pero en bajas
cantidades, dada la dotación de personal (5 personas). La duración será intermitente pero
a lo largo de toda el desarrollo del proyecto. El manejo de los residuos generados en la
plataforma flotante será en un lugar especialmente acondicionado para ello, envasados en
tachos herméticos, debidamente rotulados y retirados por una empresa autorizada.
Literal f)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO generará
ruidos significativos que provoquen alteración sobre fauna nativa, ni alterará sus hábitos
de vida. Debido a que la única fuente de ruido permanente lo constituye el generador, el
cual se encuentra ubicado en un gabinete especial que disminuye la percepción de su
intensidad desde fuera de la plataforma flotante.
Literal g)
El proyecto NO contempla generación de energía, radiación o vibraciones en ninguna
de sus fases, dada las características técnicas de él y de su funcionamiento.
Literal h)
Las emisiones del proyecto NO presentan una interacción o combinación conocida
que genere algún tipo de efecto. Los residuos que finalmente se incorporarán al medio
ambiente son del tipo orgánico, por lo tanto existe la capacidad de degradación de ellos.
No se generarán residuos químicos que puedan reaccionar entre sí y producir algún tipo
de efecto no deseado.
Literal i)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO generará
emisiones que afecten la calidad ambiental de los recursos naturales renovables. En
relación a las emisiones atmosféricas, éstas se generarán a partir del funcionamiento del
generador eléctrico (fuente fija y permanente) y a partir de los motores de las
embarcaciones necesarias para la operación del centro (fuentes móviles y discretas), éstas
no presentan un efecto adverso debido a que no pueden ser consideradas significativas
dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y no en las cantidades
considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante en la zona,
cuya característica principal son las intensas precipitaciones que ocurren todo el año,
alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y vientos
sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.
Literal j)
La capacidad de dilución del cuerpo receptor es buena considerando las variables
medidas en la CPS, por lo que se espera una buena depuración dadas las velocidades y
direcciones predominantes de las corrientes en las peores condiciones (cuadratura).
Literal k)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO intervendrá o
explotará vegetación nativa, debido a que el proyecto no contempla instalaciones en
tierra.
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Literal l)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas no intervendrá o
explotará fauna silvestre, debido a que el proyecto no contempla instalaciones en tierra.
Literal m)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO considera la
extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se
encuentran en alguna de las siguientes categorías de conservación; en peligro de
extinción, vulnerables o insuficientemente conocidas.
Literal n)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO intervendrá o
explotará recursos hídricos en áreas o zonas de humedales que pudieran ser afectados por
el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; cuerpos de
agua subterráneos que contienen aguas milenarias y/o fósiles; y/o lagos o lagunas en que
se generen fluctuaciones de niveles, debido a que el proyecto no contempla instalaciones
en tierra.
Literal ñ)
El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas NO introducirá al
territorio nacional alguna especie de flora o de fauna, u organismos modificados
genéticamente o mediante otras técnicas similares.
Literal o)
El proyecto NO contempla una superficie de suelo susceptible a perderse o
degradarse por compactación o contaminación debido a que no existen instalaciones en
tierra.
Literal p)
El proyecto NO contempla alterar la diversidad biológica presente en el área de
influencia dada la cantidad de residuos generados y capacidad de dilución y dispersión que
proporciona el ambiente.
5.3 EL TITULAR QUE SUSCRIBE, DECLARA QUE (SEGÚN EL D.S. 95/01 REGLAMENTO
DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL):
1. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No afectará
negativamente la realización de ceremonias religiosas y otras manifestaciones propias
de la cultura o del folclore de la comunidad o grupo humano.
2. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No afectará
negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo, o en el
acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los recursos naturales.
3. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No afectará la
presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes
especiales.
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4. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No afectará
negativamente el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los
servicios y equipamiento básicos.
5. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No intervendrá o
explotará zonas con valor paisajístico y/o turístico y/o un área declarada zona o centro
de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto Ley Nro. 1224 de 1975.
6. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No obstruirá la
visibilidad a zonas con valor paisajístico. Este centro de cultivo se encuentra ubicado
en una zona que comprende islas rocosas cubiertas de abundante y espesa vegetación
característica de zonas frías húmedas, que hace que el efecto visual en conjunto sea
armónico. Lo anterior se debe, principalmente a que gran parte de las estructuras
vistas desde el nivel del mar (jaulas y boyas), se encuentran ocupando un área ínfima
en contraste con los cerros y estructuras montañosas adyacentes. Por su parte, las
estructuras (plataforma flotante) generarían cierto impacto visual debido
principalmente a su tamaño en conjunto, por ello la única medida a considerar y que
es efectiva desde el punto de vista paisajístico y visual es pintar el pontón y plataforma
de trabajo completamente de color del entorno (verde), con la finalidad de
mimetizarlos con el medio ambiente.
7. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No obstruirá el
acceso a recursos o elementos del ambiente en zonas con valor paisajístico o turístico.
El titular se compromete expresamente a no obstruir ni restringir el paso a
embarcaciones menores con fines turísticos, hacia otros lugares y recursos localizados
en los alrededores del centro de cultivo.
8. El proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas No considera la
remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún
Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288, o la modificación o
deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas,
por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su
singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.
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VI. CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA AMBIENTAL APLICABLE AL
PROYECTO.
Cuadro 20. Normativa ambiental aplicable al proyecto
NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO
La realización de esta DIA y su sometimiento al SEIA para
Etapa de
Constitución Política de la su evaluación y aprobación, tienen por objeto contribuir al
construcción
República de Chile cumplimiento de la garantía constitucional: El Derecho a
y operación.
vivir en un ambiente libre de contaminación.
Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la
Ley N° 18.892 MINECON Etapa de
ley, por la implementación de técnicas de manejo del
“Ley General de Pesca y construcción
centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos
Acuicultura”. y operación
negativos sobre el medio ambiente.
Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al centro
de cultivo de todo residuo generado por éste.
Disponer los desechos sólidos o líquidos en depósitos y
condiciones que no resulten perjudiciales al medio
circundante.
Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable
como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil
del centro.
Impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En
cada centro deberá existir un plan de contingencia, para
D.S. N° 320/01 MINECON
Etapa de casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento.
“Reglamento Ambiental
operación. Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al
para la Acuicultura”.
Sernapesca y capitanía de Puerto correspondiente, y
presentar un informe.
Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa
autorización de la Subsecretaría de Pesca.
No se podrán realizar cultivos de organismos vivos
modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaría
de Pesca.
Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin
anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento
de los efluentes.
Res. 3411/06 MINCON Cumplimiento con los contenidos y metodologías de
“Resolución Acompañante análisis para la elaboración de la Caracterización Preliminar
Etapa de
Reglamento Ambiental del Sitio (CPS) y la información ambiental a que se refieren
operación
para la Acuicultura” los artículos 2 letra p) y 15 del D.S. N° 320 de 2001.
Res. 3612/09 MINCON Cumplimiento con los contenidos y metodologías de
“Resolución Acompañante análisis para la elaboración de la Caracterización Preliminar
Etapa de
Reglamento Ambiental del Sitio (CPS) y la información ambiental a que se refieren
operación
para la Acuicultura” los artículos 2 letra p) y 15 del D.S. N° 320 de 2001.
Ley N° 19.300 Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la
Etapa de
MINSEGPRES ley, por la implementación de técnicas de manejo del
construcción
“Ley de Bases del Medio centro y tecnologías para reducir y eliminar efectos
y operación
Ambiente”. negativos sobre el medio ambiente.
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NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO
Se ha ingresado este proyecto al sistema de evaluación de
Etapa de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del
D.S. N° 95/01 construcción proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los
MINSEGPRES y operación manejos de residuos producidos, medidas para reducir los
“Reglamento del Sistema de impactos sobre el ambiente tales como implementación de
de Evaluación de Impacto Evaluación tecnologías de alimentación, planes de contingencia en
Ambiental”. de Impacto caso de emergencia, etc. Además CPS y se considera el
Ambiental. emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora,
fauna, etc.
Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar
D.S. N° 1/92
lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus
“Reglamento para el Todo el
derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas,
Control de la Proyecto
de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las
Contaminación Acuática”.
aguas sometidas a la jurisdicción nacional.
Ley N° 19.821
La evacuación, tratamiento o disposición final de
“Deroga la Ley N° 3.133 y
Todo el desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y o
modifica la Ley N° 18.902
Proyecto residuos industriales.
en Materia de Residuos
Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.
Industriales Líquidos”.
No se considera vertimiento de agua-sangre proveniente
del corte de agallas durante la cosecha, ya que el sistema
D.S. N° 90/01 de cosecha será el traslado de peces vivos hasta la planta
MINSEGPRES de proceso de X y XI región, que cuenten con todas las
“Norma de Emisión para autorizaciones ambientales vigentes y plantas de
la Regulación de tratamientos de riles aprobadas, para la recepción y
Todo el
Contaminantes Asociados procesamiento de este tipo de residuos.
Proyecto
a las Descargas de Las aguas para consumo diario serán vertidas en las aguas
Residuos Líquidos a Aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo
Marinas y Continentales paso por la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y
Superficiales”. se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá
sólidos flotantes visibles y no ocasionara la decoloración de
las aguas circundantes.
Las aguas para consumo diario serán vertidas en las aguas
DGTM. Y MM. ORD. A-
sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso
52/004
Todo el por la planta de tratamiento, cumpliendo la norma y se tendrá
deroga la Resolución DGTM y
Proyecto especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes
MM 12600/5 del 4 de Enero
visibles y no ocasionara la decoloración de las aguas
de 2006
circundantes.
La evacuación, tratamiento o disposición final de
DFL 725/1967 MINSAL Todo el desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y o
“Código Sanitario”. Proyecto residuos industriales.
Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.
D.S. 201/01 MINSAL Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.
“Reglamento sobre Niveles de ruidos compatibles con la salud de los
Todo el
Condiciones Ambientales trabajadores.
Proyecto
y Sanitarias Básicas en los Provisión de agua potable y servicios higiénicos en el lugar
Lugares de Trabajo” de trabajo según lo exigido por la autoridad competente.
DS Nº 148/03 MINSAL
Almacenaje diferenciado de residuos peligrosos,
“Reglamento Sanitario Todo el
debidamente rotulados, en envases herméticos y retirados
sobre manejo de Residuos Proyecto
por empresa autorizada.
Peligrosos”
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NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO
D.S. N°225/95
“Veda para Mamíferos,
Aves y Reptiles Marinos”
D. Ex. N°765/2004 Todo el Medidas para prevenir enmalles y capacitación de
MINECON proyecto trabajadores en preservación de animales.
“Establece Veda
Extractiva para el Lobo
Marino Común”.
D.S N° 594/1999, MINSAL
(Pub. D.O. 29/04/2000). Los lugares de trabajo, durante la instalación y
Reglamento sobre Todo el construcción del proyecto, contarán con suministro de
condiciones Sanitarias y Proyecto agua potable destinada, tanto para el consumo personal,
Ambientales Básicas en como para las necesidades básicas de higiene y aseo.
los Lugares de Trabajo
NCh 409 Implementación de un sistema que cumple con la calidad
Todo el
“Norma Chilena de Agua de agua descrita en la norma. Monitoreo de la calidad en
proyecto
Potable” forma diaria.
Todos los antecedentes para verificar que se da cumplimiento a la normativa de
carácter ambiental aplicable al proyecto, se encuentran detallados en esta Declaración de
Impacto Ambiental.
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VII. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES
Para su ejecución, cada proyecto requiere los siguientes permisos ambientales
sectoriales, establecidos en el D.S. 95/01 MINSEGPRES “Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental”.
7.1 ARTICULO N° 68
En el permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus
derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas
de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la
jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L.
2.222/78, Ley de Navegación, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos
técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan
en el presente artículo.
En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán
señalar las medidas y normas adecuadas para evitar daños o perjuicios en tales aguas,
puertos, ríos y lagos, en consideración a:
a) Las pautas señaladas de acuerdo al "Protocolo de 1978 MARPOL 73/78 del Convenio
Internacional para Prevenir la Contaminación por los buques, 1973", promulgado por
D.S. 1689/94 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el D.O. del 4 de
mayo de 1995 y los textos aprobados de sus enmiendas.
b) Las disposiciones contenidas en el "Convenio sobre Prevención de la Contaminación
del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, con sus Anexos I, II y III, de
1972", promulgado por D.S. 476/77 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Considerando las enmiendas de los Anexos I y II, promulgadas por el D.S. 24/83 y
las enmiendas del Anexo III, promulgadas por el D.S. 16/92, ambos del Ministerio de
Relaciones Exteriores.
c) Las disposiciones contenidas en el "Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste
contra la Contaminación Proveniente de Fuentes Terrestres y sus Anexos I, II y III
de 1983", promulgado por D.S. 295/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores,
incluyendo los estudios previos sobre las características del lugar de descarga, según
se estipula en las secciones A, B y C de dicho Anexo III.
En primer lugar, se aclara que el presente proyecto no contempla ninguna “Fuente
Terrestre” de contaminación, por lo que no se tomará en consideración la letra c)
precedente, que se refiere específicamente a ellas.
En cuanto a los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar el
cumplimiento del presente PAS, se han tenido en consideración las pautas y disposiciones
establecidas en el letra a) y b) anteriores y que se refieren al Protocolo de 1978 MARPOL
73/78 del Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los buques, y las
disposiciones contenidas en el Convenio sobre Prevención de la Contaminación del Mar por
Vertimiento de Desechos y otras Materias, con sus Anexos I, II y III, de 1972.
De acuerdo al Protocolo de 1978 MARPOL 73/78 del Convenio Internacional para
Prevenir la Contaminación por los buques, 1973, anexo IV regla 8 sobre descargas de
aguas sucias, se permite descargar este tipo de aguas mientras se cumpla con lo
siguiente:
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Que el buque utilice una instalación para el tratamiento de las aguas sucias que
haya sido certificada por la Administración en el sentido de que cumple las prescripciones
operativas mencionadas en la regla 31) a) i) del presente anexo, y
a) que se consignen en el certificado de prevención de la contaminación por aguas
sucias (1973) los resultados de los ensayos a que fue sometida la instalación, y
b) que, además, el efluente no produzca sólidos flotantes visibles, ni ocasione la
decoloración, en las aguas circundantes.
En este sentido, la estructura flotante cuenta con una planta de tratamiento para las
aguas sucias, entendiéndose por ellas a las aguas provenientes de desagües de cualquier
tipo de inodoro, urinario y/o retrete (MARPOL 73/78, 1991). Esta planta de tratamiento
aplica un tratamiento de oxidación aeróbica cuyos detalles se presentan en la DIA (Anexo
VI).
Debido a las características del sistema de tratamiento para las aguas sucias, el
efluente no contendrá sólidos flotantes visibles, además será inodoro e incoloro.
Las aguas, luego de tratadas serán vertidas al costado de la estructura flotante, la
caracterización de lugar del vertimiento, se encuentra en la CPS (Anexo XIII), donde se
entregan antecedentes de profundidad y tipo de fondo, columna de agua y corrientes.
De igual forma, las aguas grises, que corresponden a las aguas generadas en el
lavatorio, duchas y cocina, serán descargadas directamente a un costado del pontón. Para
evitar la contaminación por aceites o grasas se implementara el uso de jabones y
detergentes biodegradables, ambos en bajas concentraciones.
Se instruirá a todo el personal que opera el centro en cuanto al uso y la operación
de las instalaciones sanitarias en general, la que incluye la instrucción en cuanto a qué
elementos pueden ser utilizados y evacuados por cada una de las vías existentes.
Adicionalmente se utilizará tamices en los desagües de lavamanos y lavaplatos, con
el fin de evitar el paso de partículas de tamaño considerable, y así impedir el vertimiento
de estas en la columna de agua.
En cuanto a las disposiciones contenidas en el Convenio sobre Prevención de la
Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, con sus Anexos I, II
y III, de 1972, este prohíbe el vertimiento de ciertos materiales potencialmente peligrosos,
exige un permiso previo especial para el vertimiento de una serie de materiales
determinados y un permiso general previo para otros desechos o materiales.
A continuación se presentan los Anexos del Convenio que especifican los materiales
a los cuales se hace alusión:
7.1.1 Anexo I
Prohíbe el vertimiento de ciertos materiales potencialmente peligrosos el Proyecto no
generará ni verterá compuestos orgánicos halogenados, mercurio y compuestos de
mercurio, cadmio y compuesto de cadmio, plásticos persistentes y demás materiales
sintéticos persistentes tales como redes y cabos, que puedan flotar o quedar en
suspensión en el mar de modo que pueden obstaculizar materialmente la pesca, la
navegación u otras utilizaciones legitimas del mar. Tampoco se descargará o verterá
petróleo crudo, fuel-oil, aceite pesado diesel o aceites lubricantes, fluidos hidráulicos o
mezclas que contengan esos hidrocarburos, cargados con el fin de ser vertidos, desechos
u otras materias de alto nivel radiactivo ni materiales de cualquier forma (por ej., sólidos,
líquidos, semilíquidos, gaseosos o vivientes) producidos para la guerra química y biológica.
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Asimismo, las aguas sucias tratadas y las aguas grises son sustancias que por su
contenido orgánico y características se transforman rápidamente en el mar en sustancias
inocuas mediante procesos físicos, químicos o biológicos y no dan mal sabor a la carne de
los organismos marinos comestibles, ni ponen en peligro la salud del hombre o de los
animales domésticos debido a que el tratamiento disminuye considerablemente la carga
bacteriológica.
Adicionalmente, es necesario mencionar que evidentemente que las aguas sucias no
son peligrosas, por cuanto no presentan ninguna de las cuatro características de
peligrosidad que nuestro ordenamiento contempla (toxicidad, corrosividad, inflamabilidad
y reactividad).
Por todo lo anteriormente expuesto, no corresponde la presentación de los
antecedentes indicados en este Anexo I del “Convenio sobre Prevención de la
Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, 1972”.
7.1.2 Anexo II
Exige un permiso previo especial para el vertimiento de una serie de materiales
determinados.
El Proyecto no generará, ni verterá desechos que contengan cantidades
considerables de arsénico, plomo, cobre y sus compuestos, zinc, compuestos orgánicos de
silicio, cianuros, fluoruros, pesticidas y sus subproductos no incluidos en el Anexo I.
Asimismo, no se considera la generación de ácidos ni álcalis, berilio, cromo y sus
componentes, níquel ni vanadio.
El proyecto no producirá contenedores, chatarra ni otros desechos voluminosos que
puedan hundirse hasta el fondo del mar y obstaculizar seriamente la pesca o la
navegación.
Por lo anteriormente expuesto, no corresponde la presentación de los antecedentes
indicados en este Anexo II del “Convenio sobre Prevención de la Contaminación del Mar
por Vertimiento de Desechos y otras Materias, 1972”.
7.1.3 Anexo III
Convenio Artículo IV letra c) “se requiere de un permiso general previo para el
vertimiento de todos los demás desechos y materias”
Los efluentes a verter sobre la columna de agua no superarán los valores
establecidos por la Circular DGTM. Y MM. ORD. A-52/004, que deroga la Resolución DGTM
y MM 12600/5 del 4 de Enero de 2006, la cual establece las exigencias para dar
cumplimiento a la resolución OMI MEPC.2 (VI) de 1976, y dando cumplimiento a lo
solicitado por el presente Anexo III.
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Cuadro 21. Límites máximos de descargas de al mar.
PARÁMETRO UNIDAD EXPRESIÓN LÍMITES MARÍTIMOS
Aceites y Grasas mg/l AyG 150
Sólidos Sedimentables ml/L/h S SED 35
Sólidos Suspendidos Totales mg/L SS 35
PH Unidad PH 6 – 8.5
Coliformes Fecales NMP/100 ml Coli/100 ml 100 (*)
DBO5 mg/L DBO5 25
DQO mg/L DQO 125
Sólidos Flotantes Ausentes
* Respecto a casos en que la planta de aguas sucias vaya a operar en naves o artefactos navales
que se localicen próximas a áreas de cultivo o dentro de un área apropiada para la acuicultura,
tendrá un límite máximo de 70 NMP/100 ml
Adicionalmente el titular se compromete a generar un protocolo destinado a regular
la entrada, permanencia y salida de las embarcaciones que permanezcan en el centro,
sean estas de propiedad de la empresa o de propiedad de las empresas de prestación de
servicios pertenecientes a terceros. Este protocolo será difundido por el encargado de
centro a todas las embarcaciones que recalen en el centro de cultivo además de ser
trasmitido por la gerencia de la empresa a todos los agentes con embarcaciones que
presten servicios externos en el centro.
Este protocolo considerará al menos los siguientes aspectos.
La Prohibición de arrojar agua de balastro cuyos contenidos no hayan recibido algún
tipo de tratamiento para evitar la contaminación de las aguas aledañas al centro.
Evitar el derrame de residuos de combustible provenientes de las embarcaciones, y
en caso de ser necesario la disposición de los residuos de hidrocarburos y o
lubricantes en los depósitos definidos para ello en el centro.
Prohibir el arrojo de cualquier tipo de desecho o basura (plásticos, tarros,
detergentes, entre otros) que no pueda ser degradado en forma inmediata por el
sistema marino.
Prohibir el arrojo de agua de balastro de naves que provengan de aguas
internacionales para evitar el ingreso y colonización de especies ajenas a los
ecosistemas endémicos de la región.
7.2 ARTICULO N° 74
Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos,
a que se refiere el Titulo VI de la Ley N° 18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus
modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.S. N°
430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, los requisitos para
su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su
cumplimiento, serán, los que se señalan en este articulo.
En esta Declaración de Impacto Ambiental se señalan las medidas ambientales
adecuadas para la ejecución de esta actividad.
En ella se detallan las medidas de contingencia, los planes de monitoreo ambiental y
los compromisos ambientales voluntarios (CAV), además se presenta la Caracterización
Preliminar del Sitio (CPS) y las medidas para minimizar los posibles impactos ocasionados
por este proyecto como son el uso de alimentadores automáticos, plantas de tratamiento
adecuadas, entre otros.
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VIII. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS
El titular del proyecto se compromete en forma voluntaria a realizar las siguientes
actividades tendientes a mejorar la calidad ambiental del sitio de emplazamiento del
proyecto y a prevenir riesgos ambientales:
Capacitación e instrucción de todo el personal que trabajará en el centro en materia
de manejo sanitario de los peces, prevención de riesgos y prevención de impacto
ambiental, tales como evitar la sobrealimentación, la caída de alimento al mar, el
derrame de combustibles, pérdida de bolsas plásticas, entre otros.
Con el objeto de extremar las medidas higiénicas para prevenir enfermedades virales
como I.P.N., se aplicará un Plan de Profilaxis, elaborado por el Departamento de
patologías, que incluye aspectos generales de higiene para visitas y equipos; incluye
desinfectantes y cloro, prácticas de cosecha, limpieza y profilaxis de buzo, flota,
muelle y centro de cultivo; y un programa diario de fumigación.
Reducción en el uso de fármacos, especialmente antibióticos y utilización de
sustancias terapéuticas que hayan demostrado tener menor efecto negativo sobre el
ambiente.
Prácticas tendientes a eliminar el uso de antibióticos en el cultivo intensivo de
salmónidos.
- Detección temprana de enfermedades.
- Mejorar la respuesta inmune de los peces.
- Disminución de los factores de estrés.
- Calidad de alevín y smolts.
- Cumplimiento de rutinas sanitarias.
- All in - All out (descanso de los lugares donde se ha realizado prácticas intensivas de
cultivo, un tiempo tal que permita disminuir la carga de agentes infecciosos en el
ambiente). El tiempo de descanso será determinado según el tipo de medicamento y el
tiempo en tratamiento de los peces, puede ser desde 15 días, hasta 1 mes.
Apoyo a embarcaciones de cualquier tipo que esta sea que tengan alguna
emergencia o estén en peligro. No se prohibirá la actividad extractiva artesanal
dentro de los límites de la concesión que no estén siendo utilizados para el cultivo de
peces.
Utilización de doble guía de despacho en los siguientes servicios:
- Residuos sólidos domésticos y recepción en vertedero,
- Mortalidad y recepción de esta en planta elaboradora de harina de pescado,
- Lodos y recepción de éstos en vertedero autorizado.
- Con el objeto de mitigar eventuales efectos en el potencial turístico del sector y valor
paisajístico, el titular se compromete a efectuar una auditoría ambiental anual con una
empresa externa, para verificar los compromisos adquiridos en este tema.
- Por otra parte el titular deja abierta la posibilidad de realizar una mejora continua,
incorporando nuevas tecnologías que involucren mejoras operacionales y/o
ambientales.
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IX. MEDIDAS DE CONTINGENCIA
Para el caso que se produzca un accidente, desperfecto o falla en el funcionamiento
del centro de cultivo, se prevé un plan de contingencias que se detalla a continuación
(D.S. 320/01, Art. N° 5).
9.1 MORTALIDADES MASIVAS DE PECES
Se dará aviso de inmediato al jefe de producción para que se tomen medidas en
forma inmediata y se avise al servicio correspondiente. El titular contará con una lista de
contactos de proveedores de servicio de cosecha o retiro de mortalidad y de personal para
las maniobras requeridas, se enviará una embarcación con bins para retirar la mortalidad
del centro. En el menor plazo posible se procederá a detectar las causas de la mortalidad,
para lo cual se tomarán muestras de los peces muertos para practicarles los análisis
correspondientes. En la columna de agua se medirá oxígeno disuelto y temperatura. Se
tomarán muestras de agua a las que se le harán análisis de fitoplancton (La empresa
cuenta con una Instrucción de Trabajo acerca del muestreo de fitoplancton),
hidrocarburos o de otra sustancia que se sospeche que tenga relación con la muerte de
los peces. El jefe de centro o la persona a cargo hará una descripción cronológica de los
sucesos y de los signos en el agua como coloración y transparencia.
9.2 ESCAPES PARCIALES O TOTALES DE PECES
De acuerdo en lo descrito en los artículos 5° y 6° del “Reglamento Ambiental para la
Acuicultura” las acciones a seguir comprenden como mínimo:
9.2.1 Preventivo
Alta resistencia de las redes.
Cada día se chequearán, con buzos de la empresa, los lados internos de las redes y
sus amarres. Esta maniobra será paralela a la de recolección de mortalidad normal.
En forma semanal se hará revisar por buzos de la empresa o buzos prestadores de
servicio los atados externos de las redes y atados en general, a la vez se revisará el
estado de las redes antipredadores.
Se complementará estas acciones a través de cámaras submarinas.
9.2.2 Operativo
En caso de pérdida o sospecha de escape de peces hacia el curso de agua, se
informará en una primera instancia vía telefónica y posteriormente por escrito a la
Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca y a la Capitanía de Puerto por
parte del titular, dentro de las 24 horas siguientes a su detección.
En caso de que el escape haya sido total o parcial, se reparará inmediatamente la
jaula afectada.
Se trasladarán los salmones que no alcanzaron a escapar a una jaula vecina.
En la práctica se conoce que los salmones que han escapado siguen merodeando el
área de la jaula de origen se aprovechara este comportamiento en la recaptura de
estos.
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Se sumergirá la red lobera y la red de seguridad.
Para su recaptura se hundirá una red a una profundidad aproximada de 10 m, y será
llevada bajo el punto donde se encuentran los peces. Posteriormente la red será
llevada hasta la superficie, logrando la recolección de los peces.
Se efectuarán lances con redes para recuperar parte de la población fugada por un
período máximo de 5 días y a una distancia no superior a los 400 m de las balsas
jaulas.
Se contarán y trasladarán los salmones a la jaula de origen.
Se repetirá la maniobra hasta observar que no retornan más salmones.
En caso de capturar peces de otras especies que no estén cultivándose serán
devueltos al mar.
Se reportará la cantidad aproximada de peces que no retornaron a SERNAPESCA.
9.2.3 Acciones correctivas
Para dar cumplimiento con el Art. 6° del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”
se presentará un informe dentro de los 7 días siguientes de detectado el hecho,
incluyendo los siguientes antecedentes:
1. Localidad exacta del escape o desprendimiento, señalando la identificación del centro
de cultivo;
2. Especies y razas involucradas;
3. Número estimado de individuos y su peso aproximado;
4. Circunstancias en que ocurrió el hecho;
5. Estado sanitario de los ejemplares escapados;
6. Periodo del último tratamiento terapéutico, señalando el compuesto utilizado, si
corresponde y;
7. Estado de aplicación del plan de contingencia.
8. Registro fotográfico de las artes de cultivo afectadas.
9.3 APARICION DE NUEVOS PATÓGENOS
Si existe sospecha de una enfermedad exótica, los análisis y evaluaciones efectuadas
en coordinación con Intesal, serán notificados a Sernapesca y COREMA XI región,
procediendo a implementar las barreras de control y medidas sanitarias que se
recomienden. En los centros cercanos de la empresa, se efectuarán muestreos para
comprobar posibles contagios.
9.4 DESPRENDIMIENTO O DESPLAZAMIENTO DE UNIDADES DE CULTIVO.
En caso de desprendimiento se intentará remolcar la o las balsas desprendidas hacia
las balsas que permanecen fijas con el bote que se dispone en el centro, para volver a
unirlas en forma provisoria. Si no fuese posible realizar esta maniobra, se solicitará de
inmediato una embarcación apropiada, para remolcar las unidades desprendidas. En el
menor tiempo posible, se solicitarán los servicios de una empresa especializada en fondeo
de balsas jaula para que reinstale las unidades que se han desprendido. Esto también se
hará en caso de que las balsas se hayan desplazado.
A modo de prevención se contará con un sistema adecuado de anclaje, ejecutado
por una empresa externa experta, la cual dimensiona cabos y muertos necesarios, de
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acuerdo a estudios oceanográficos. Además, existirá una revisión periódica de los anclajes
y estructuras y se contará con embarcaciones de apoyo en caso de temporales.
9.5 PÉRDIDA DE BOLSAS DE ALIMENTO VACÍAS.
Se recogerán inmediatamente con el bote que operará en el centro.
9.6 PÉRDIDA DE ALIMENTO (CON O SIN MEDICAMENTO).
Con el fin de evitar pérdidas de alimento se establecen procedimientos generales del
uso adecuado de ellos, determinando acciones correctivas y preventivas, de manera de no
forzar problemas de salud pública y ambiental.
Las operaciones del centro deben efectuarse bajo el principio de prevención de la
contaminación, es decir, se deberá minimizar la generación de desechos y no focalizar sus
esfuerzos hacia el tratamiento y/o disposición de ellos.
Es por esta razón que el alimento debe ser almacenado de manera adecuada, con el
fin de evitar derrames accidentales que pudiesen contaminar el agua o el entorno.
9.6.1 Preventivo
Se capacitará al personal encargado de recepcionar y suministrar el alimento.
Se tomarán todos los resguardos necesarios para el abastecimiento de alimento a las
bodegas y pontones flotantes.
Se tomarán todos los resguardos necesarios para ingresar a los módulos con el
alimento desde las bodegas de acopio tales como:
- Traslado de bolsas selladas
- Cantidad de alimento establecida en el programa de alimentación
- No se acumula alimento excesivo sobre los módulos
9.6.2 Operativo
Se recogerán inmediatamente con el bote que operará en el centro.
Se dará aviso al Jefe de Centro o asistente y al Gerente de Producción o en su
defecto a quien corresponda del hecho.
Se detendrá la fuga de alimento en origen.
Delimitación visual del sector afectado y estimación de las corrientes.
Recuperación del alimento con buzos del centro, si es que la profundidad del área lo
permitiese.
Los buzos localizarán y atarán los sacos, para que sean elevados mediante un cabo
hacia la plataforma de apoyo del centro.
Traslado a tierra para reproceso del alimento recuperado y posterior reutilización de
éste, de lo contrario se gestionará la disposición final en un vertedero autorizado
En el caso de que la profundidad sobrepase la permitida para un buzo mariscador,
se deberá contratar los servicios de buzos autónomos (comerciales) para realizar la
tarea.
Las bolsas tiene un tamaño máximo de 1250 Kg, por lo que en caso de pérdida, esa
sería la cantidad máxima a verter.
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Las bolsas (Maxi-bag) presentan otra bolsa interior, por lo que eso contiene un
volumen de aire que retrasaría su hundimiento favoreciendo el tiempo de reacción.
9.6.3 Acciones Correctivas
Se dará aviso a SERNAP y a la Capitanía de Puerto respectiva, entregar un informe
de lo sucedido.
Se dará aviso al Jefe de Centro, asistente, gerente de producción o en su defecto a
quien corresponda del hecho, apenas ocurrido el incidente, indicando lo siguiente:
- La hora del evento
- Localidad exacta, identificando el centro de cultivo
- Cantidad de alimento perdido
- Causas del accidente
Para minimizar la ocurrencia de errores durante el suministro de alimento medicado,
se tomarán medidas como señalización destacada de las jaulas tratadas, capacitación de
operarios, en la observación e información del comportamiento anormal en la ingesta del
alimento medicado así como en la alimentación diferenciada.
9.7 DERRAMES DE HIDROCARBUROS
La estructura flotante cuenta con áreas determinadas para el acopio y disposición de
combustibles, el cual se mantendrá en recipientes herméticamente cerrados y
debidamente rotulados. El reabastecimiento de combustibles se realizará manteniendo
todas las medidas de seguridad necesarias. Se prevendrán derrames revisando los
procedimientos, operaciones, estado del equipo entre otros.
En caso de derrame se dará aviso de inmediato a la Autoridad Marítima para que dé
instrucciones para proceder a la limpieza del área. En caso que se vean afectadas aves,
mamíferos marinos u otras especies, la empresa se hará cargo de su limpieza, en la
medida que esto sea posible. En el caso que exista contaminación por hidrocarburos en la
costa, la empresa se compromete a hacer la limpieza correspondiente según las
instrucciones de la Autoridad Marítima. Es importante señalar que el titular cuenta con:
a) Procedimiento que define las responsabilidades de los jefes y operarios del lugar
donde se produce el siniestro; indica los pasos a seguir frente a estos sucesos; los
materiales a utilizar y la comunicación entre las partes con injerencia.
b) Existencia de un listado de autoridades o personas, con sus teléfonos actualizados
correctamente, a quienes se dará aviso en caso de accidente con hidrocarburos.
Para este fin el titular implementara una lista con los materiales y funciones que
posea el centro para hacer frente a un derrame.
Junto a lo anterior, el titular se compromete a presentar un Plan de Contingencia
ante la Autoridad Marítima correspondiente, para afrontar derrames de hidrocarburos una
vez que sea aprobado el proyecto.
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9.8 ENMALLAMIENTO DE MAMÍFEROS Y AVES
9.8.1 Mamíferos
Las redes loberas serán de 10’’ de trama que impedirá que los lobos marinos se
enreden en ellas. En forma semanal se hará revisar por buzos de la empresa o buzos
prestadores de servicio el estado de las redes loberas.
Si el lobo se enredara en una red se procederá a liberarlo, si es que el procedimiento
no ofreciera ningún peligro al trabajador que la va a efectuar. Se intentará liberar al
individuo enredado, levantando la red lobera hasta la superficie y eventualmente
cortando el hilo de la red, la que luego será reparada
Si algún lobo muriera atrapado, se dará aviso al Servicio Nacional de Pesca y se
procederá según lo indique la autoridad.
9.8.2 Aves
Se utilizarán redes pajareras de 2’’ que se extienden tensas y se fijan a las barandas
de las jaulas con la ayuda de ganchos.
Si el ave quedará enredada en una red se procederá a liberarlo lo antes posible.
Se cumplirá con la Ley de Protección a Aves y Mamíferos en peligro de extinción y
con los acuerdos ambientales internacionales suscritos por Chile.
Para evitar la atracción de aves, el alimento es dispuesto en la bodega, en tanto que
el alimento acopiado durante el día en los pasillos, es recubierto con fundas de lonas
plásticas.
9.9 INTERACCIÓN DE LA ESPECIE HUILLÍN O NUTRIA DE RÍO (Lontra provocax,
THOMAS 1902) CON EL CENTRO DE CULTIVO
Si bien no se han realizado estudios que describan la relación entre el huillín y la
actividad salmonera, en el ámbito informal es conocida la eventualidad de encontrar
huillines dentro de jaulas salmoneras o enredados en redes. Por lo tanto, este plan de
contingencia será una primera propuesta conocida en el manejo de huillines que puedan
ser hallados en jaulas flotantes. Los tipos de interacciones que podrán suceder y la forma
de enfrentarlos serán las siguientes:
9.9.1 Huillín enredado en una red de cultivo
En este caso se procederá acercándose lentamente al lugar del suceso; se cortará el
trozo de red en donde el huillín se encuentra atrapado, asegurándose de que este no sea
dañado en su liberación y que no quede con algún resto de red en sus extremidades. Se
debe evitar la manipulación directa del animal con el fin de evitar estresarlo y disminuir los
riesgos que pudiese correr la persona a cargo de la liberación, ya que estos individuos
pueden ser altamente agresivos y lastimar de manera considerable a una persona.
9.9.2 Huillín encontrado al interior de una jaula
Primero se tratará de localizar el sitio por donde pudo haber ingresado la nutria. Con
el fin de que salga de la jaula por su propia cuenta, se le ahuyentará en dirección al lugar
por donde ingreso mediante ruidos acompañados de movimientos.
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9.10 TEMPORALES EN LA ZONA.
En caso que ocurra un temporal de magnitud tal que tanto la vida de los
trabajadores como la seguridad del centro corran peligro, lo que se debe hacer es lo
siguiente:
a) Asegurar las balsas jaula (plataformas, mallas y equipos en ellas) y dirigirse al
pontón o artefacto naval base junto con mantener a mano medios decomunicación
operativos (radio VHF, celular y/o handy).
b) Revisar y arreglar las amarras de la o las embarcaciones, junto con verificar y
mantener a mano los medios visuales de señalización (cohetes, bengalas,señales
fumígenas y linternas).
c) Una vez que personal a cargo haya reunido a todas las personas en el pontón, se
procede a verificar el cierre de la totalidad de los compartimientos estancos, por si
alguno estuviese abierto, a la espera quemejoren las condiciones.
d) No se prevé abandono de artefactos navales, a no ser que éste haya sidocolisionado
por embarcación, viéndose comprometida su flotabilidad.
e) En caso de abandono del artefacto naval, se deberá realizar la evacuación de la
gente a la playa más cercana. Antes de la maniobra se debe comunicar la medida
extrema al Jefe de Área y a la Autoridad Marítima (según procedimiento de
emergencias Directemar, indicando procedencia y lugar donde se desembarca). Una
vez que cesa el mal tiempo, se vuelve al artefacto naval y se comunican los
acontecimientos, daños y pormenores al Jefe de Área (este último avisa a la
Autoridad Marítima y al ServicioNacional de Pesca).
9.11 TERREMOTOS
En módulos, bodegas flotantes y pontones se procederá de la siguiente forma, para
emergencia ante un tsunami y/o terremoto.
a) Al percibir un temblor todo el personal debe tomar una actitud de resguardo, se
deberá mantener la calma y dirigirse a las zonas de seguridad, pasado una vez el
temblor, evitando correr y/o gritar a fin de prevenir situaciones de pánico individual
y/o colectivo.
b) Ante la posibilidad que se produzca un Tsunami, el personal deberá ser evacuado,
en caso de ser necesario, hacia las zonas de seguridad preestablecidas, no
permaneciendo en las zonas costeras bajas en caso de riesgo de tsunami, usando
las vías de tránsito planificadas. La Información de un posible tsunami, será relativo
a la intensidad del SISMO, destrozos, caída de materiales y/o derrumbes de laderas
aledañas.
c) Las vías de comunicación sobre evacuación serán informadas por:
1. Información Recibida por la Autoridad Marítima.
2. Información recibida por la oficina central, a través de los medios de
comunicación establecidos entre oficinas y centros de engorda.
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d) Frente a estos dos escenarios, el personal deberá evacuar a zonas de una altura
superior a 20 metros, en relación a la línea de marea, en caso de no ser posible, se
deberá zarpar a zonas profundas manteniéndose a medio canal.
e) Se dará aviso a la autoridad competente informando la situación (Sernapesca y
Capitanía de Puerto de la jurisdicción correspondiente).
9.12 CHOQUE EMBARCACIONES CON LOS MÓDULOS DE CULTIVO
En caso de choque de una embarcación al módulo de cultivo, los pasos a seguir
son los siguientes:
a) En caso que el choque de la embarcación provoque rotura del módulo de cultivo y
por ende una fuga de peces, pasar a lo indicado en el punto 9.2 de Plan de
Contingencia para la Captura de Peces Fugados.
b) En el caso que la embarcación colisione con el módulo de cultivo con gente sobre él
y se produzcan lesionados, ir a lo indicado en el Procedimiento de Accidentado
Grave.
c) En el caso que la embarcación al colisionar con el módulo sufra de una rotura en su
estanque de acumulación de combustible y se produzca un derrame, ir a lo indicado
en el procedimiento de Derrame de Hidrocarburos.
d) Se dará aviso a la autoridad competente informando la situación (Sernapesca y
Capitanía de Puerto de la jurisdicción correspondiente).
9.13 FLORECIMIENTO ALGALES NOCIVOS (FAN).
Es importante mencionar que a lo menos existen 4 mecanismos en los cuales uno
puede sospechar de un florecimiento de algas nocivo (FAN); y éstas son:
a) El comportamiento de los peces cambia.
b) Hay una disminución en la transparencia del agua.
c) Hay un aumento considerable de la mortalidad de los peces del centro.
d) Hay un aviso de FAN en algún otro centro del sector.
En caso de tener la certeza de que es un florecimiento de algas nocivas se debe:
a) Detener la alimentación y los manejos (desdoble, conteo, selección). Se debe
disminuir al máximo el estrés de los peces.
b) Dar aviso al Jefe de Área, Jefe de Salud y Gerente de Producción de lo que está
aconteciendo y del estado actual de los peces.
c) En caso de mortalidades el médico veterinario debe coordinar con jefatura de
centro, el envío de peces al laboratorio para descartar la acción de agentes
infecciosos.
d) Realizar mediciones diarias de transparencia (disco Secchi), temperatura y oxígeno
disuelto (OD). Se recomienda medir OD en la noche e inmediatamente antes del
amanecer, ya que a estas horas se presentan problemas críticos de bajas
concentraciones de OD, siempre y cuando no exista fotosíntesis neta en un ciclo de
24 horas durante la floración.
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e) Observar y registrar el comportamiento de los peces.
f) Colectar muestras de agua a 0,5, 5, 10 y/o 15 m de profundidad.
g) Aplicar Medidas de Mitigación si fuese necesario.
9.13.1 Medidas de Mitigación
Dependiendo del tipo de algas, aplica una distinta medida de mitigación, pero en
general estas medidas son:
a) Considerar primeros cuales son las condiciones de los seguros en caso que existan.
b) Activar procesos de liberación de peces con laboratorios autorizados, ante la
eventualidad de cosecha inmediata.
c) Evitar el ingreso de smolts, ya que las branquias de los salmónidos son muy
sensibles en esta etapa a los efectos mecánicos y químicos.
d) Evitar la alimentación con el fin de reducir la demanda metabólica de oxígeno de
parte de los salmónidos.
e) Bajar mallas. Esta medida se debe realizar sólo si el centro y las personas se
encuentran capacitados para ejecutarlas en forma exitosa. Esta medida posee
limitaciones tales como: intensa en mano de obra, genera resistencia al flujo y
torsión de las mallas debido a fuertes corrientes, y aspectos logísticos.
f) Cosechar. Es recomendable cosechar aquella biomasa con peso cercano a producto
final, en el caso que el evento sea de alto riesgo y la zona afectada esté
geográficamente cercana al centro. También se recomienda cosechar peces
moribundos, pero es necesario considerar la producción de mucus y los problemas
de branquias en caso que el producto sea fresco entero.
g) Bombear y ascender aguas de capas más profundas. Esto debiera generar una
dilución de algas en la capa fótica y por ende atenúa el problema.
h) Bombeo de agua y uso de lonas simulando un sistema cerrado. Actualmente existe
tecnologías para cultivar los peces confinados con un mayor control sobre agentes
externos.
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X. FIRMA DE LA DECLARACION
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ANEXOS
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ANEXO I. RUT LEGALIZADO DEL REPRESENTANTE LEGAL.
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ANEXO II. PROYECTO TÉCNICO.
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ANEXO III. CARTA D.A.C. Y AMPLIACION DE PLAZO.
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ANEXO IV. PLANO DE CONCESIÓN DE ACUICULTURA.
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ANEXO V. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PLATAFORMA FLOTANTE.
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ANEXO VI. PLANTA DE TRATAMIENTO VERDE ANDES 1.0, FUNCIONAMIENTO DE LA
PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS Y CERTIFICADO DE
HOMOLOGACIÓN.
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ANEXO VII. FICHA TÉCNICA; HOJA DE SEGURIDAD; AUTORIZACIÓN
DESINFECTANTE TRENTO
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ANEXO VIII. PLAN DE MANEJO SANITARIO.
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ANEXO IX.PLATAFORMA DE MORTALIDAD.
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ANEXO X.PLANO PLATAFORMAS DE ALIMENTACION Y MORTALIDAD.
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ANEXO XI.NORMA VIRUS ISA CENTROS DE CULTIVO.
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ANEXO XII. PLANO BATIMETRICO DE SUSTRATO Y ESTACIONES DE MUESTREO.
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ANEXO XIII. CPS
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ANEXO XVI.ANTECEDENTE DE LA EMPRESA CONSULTORA.
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