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INSTRUCCIONES PARA LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS

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INSTRUCCIONES PARA LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS
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INSTRUCCIONES PARA LAS EMPRESAS CONSTRUCTORAS





 La documentación deberá ser presentada en la Mesa de Entradas del Registro de

Licitadores (8° Piso del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios

Públicos). Todas las fotocopias correspondientes a documentación respaldatoria,

deberán presentarse certificadas por Escribano Público, a fines de su consideración.



 Las planillas (1 a 14) deberán imprimirse asegurándose de no modificar su formato.

Están configurados para imprimirse en hoja A4, excepto las planillas 4 , 8 y 9 que

están configuradas en hoja legal. Las planillas 3, 3bis, 4, 4 bis, 8, 9 y 10 deberán

también ser presentadas en soporte magnético.



 En caso de que la documentación presentada resultara incompleta o insuficiente, y si

las observaciones que correspondieren no fueran salvadas, a solicitud del Registro,

dentro de los diez (10) días hábiles computables desde su requerimiento, la misma

se considerará como decaída una vez cumplido dicho término.



 La vigencia de las Capacidades será de dieciocho ( 18 ) meses a partir de la fecha de

cierre de Balance de cada Empresa.



 A los fines de la inscripción o actualización, se deberá presentar el último balance,

que no podrá ser anterior a los doce (12) meses de la fecha de la correspondiente

solicitud de inscripción o actualización, debiendo estar auditado por un Contador

Público Nacional Matriculado, cuya firma deberá estar debidamente legalizada por

el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (Art.16 del Reglamento).



 Las empresas unipersonales deberán presentar Libros rubricados y Estados

Contables auditados con fecha de cierre al 31 de diciembre.



 La Comisión de Clasificación podrá requerir a quienes soliciten su inscripción o

actualización, todos los elementos complementarios que estime necesarios a tales

fines ( Art. 15 del Reglamento).



 En el caso de Empresas que se inscriben por primera vez: El Registro de Licitadores

no expedirá la Constancia Unica de Inscripción y certificados de capacidad antes de

transcurridos veinte (20) días, como mínimo, contados de la fecha de presentada su

solicitud. (apartado 3° artículo 15 Decreto Reg. Ley 6021), y previa realización de la

inspección técnica de equipos.





REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION O ACTUALIZACION





IMPORTANTE: Cada presentación que se realice deberá estar acompañada por índice

detallando la documentación que se incluye en la misma.

Se deberán presentar las planillas compaginadas por orden numérico, con separadores

para su mejor individualización y debidamente cumplimentadas, adjuntando los

comprobantes que corroboren lo declarado en cada una de ellas, de acuerdo al siguiente

orden:





Comprobante Planilla N° 1



Se deberá presentar Certificado de Anotaciones Personales (inhibiciones) del solicitante

en original, expedido por el Registro de la Propiedad correspondiente a la Jurisdicción

en la que se encuentre inscripta la sociedad.







Comprobantes Planilla N° 2



1) Fotocopia del Contrato Social autenticado y modificaciones ( el objeto social debe

expresar que la habilite para realizar Obra Pública). Inscripción en la Inspección

General de Justicia o Dirección de Personas Jurídicas ( de corresponder).



2) Constancia de Inscripción en el Registro Público de Comercio legalizada.



3) Nómina del Directorio o integrantes del Organo de Administración ( de

corresponder).



4) Curriculum de los Profesionales de la ingeniería que posea la Empresa, a los efectos

de la calificación establecida en el punto C del artículo 33 del Reglamento Interno

de Funcionamiento de la Comisión de Clasificación.



5) Nota. Se aclara que la antigüedad de la empresa en el Registro se refiere a años con

capacidad vigente en este Registro.





Comprobantes Planilla N° 3



1) Acta de Asamblea o de reunión de socios, aprobando Balance y Distribución de

utilidades.



2) Memoria



3) Ultimo Balance impreso y auditado, certificado por el Consejo Profesional de

Ciencias Económicas y transcripto al formulario del Registro de Licitadores.



4) Copia autenticada por Escribano Publico del Libro Inventario y Balances

correspondiente al último ejercicio económico.



5) Las empresas que se inscriben por primera vez y aquellas que actualizan su

capacidad luego de dos (2) años de vencida la misma, deben presentar los 3 últimos

balances auditados y certificados por el Consejo Profesional de Ciencias

Económicas. Debe transcribir al formulario del Registro de Licitadores ( Planilla

III.3) el último ejercicio económico.

Comprobantes Planilla N° 4



1) Aspectos a tener en cuenta para la elaboración de esta planilla:



Requerimientos para el uso: MS Excel 97 o superior.



El libro contiene macros que se deberán habilitar para abrir el archivo.





Contenido del libro: Cuatro hojas con los siguientes nombres: Datos de la Empresa,

Planilla III.4, Totales Planilla III.4 y Equipos Mínimos.

Datos de la Empresa: página configurada para imprimir en hoja A4.

Planilla III.4:Grilla donde se ingresarán las distintas características de los equipos

propios.

Si se sitúa el puntero del mouse en los encabezados de la columna, podrán verse

comentarios o descripciones de ayuda.

Las celdas de la columna Designación ofrecen un listado de equipos que facilita la

carga, sólo en el caso de que no se encontrara el equipo podrá ingresarlo a la celda.

Las celdas de la columna Origen sólo aceptan el ingreso de NAC o IMP.

Las celdas de la columna Estado sólo aceptan el ingreso de EXC, MB, BUE, o MAL.

El sistema requiere que se carguen todos los datos obligatorios ( designación, capacidad

o potencia, valor residual del equipo, valores en pesos) para poder continuar con el

ingreso de datos, en caso contrario mostrará un mensaje de error y posicionará el cursor

en la celda correspondiente al dato faltante.

Con respecto a la impresión la página está configurada para hoja Legal donde el pie de

página contiene la firma y sello del Contador y de la Empresa y en cada caso repite el

encabezado de columna.

Totales Planilla III:4:Esta hoja incluye los totales de las columnas Cont. y Valores en

Pesos la cual deberá ser adjuntada a la Planilla III.4. Los totales se calculan

automáticamente a medida que se cargan los datos de los equipos en la Planilla III.4.

La página está configurada para hoja Legal.



Planilla III.4 bis: Listado de Especialidades y Equipos Mínimos: Se deberá

seleccionar el equipo mínimo obligatorio para cada una de las especialidades solicitadas

en Planilla N° 1.

Este proceso se deberá realizar una vez efectuada la carga de la planilla III.4,

debiéndose dar prioridad a los equipos de menor antigüedad, a los efectos de la

puntuación establecida en el artículo 33 del Reglamento.

Para ello se procederá de la siguiente manera:

Seleccionar una especialidad de la lista; se visualizaran en un cuadro los equipos

mínimos correspondientes a esa especialidad. Al seleccionar un elemento se verán todos

los equipos propios de igual designación que hayan sido cargados en la Planilla III:4.

Seleccione un equipo ( el de menor antigüedad) y utilice la opción confirmar, para

ingresarlos como equipo mínimo de la especialidad. Finalmente y luego de haber

confirmado todos los equipos mínimos, deberá oprimir el botón “ agregar ” para que

aparezca el detalle de los equipos seleccionados de las especialidades solicitadas en la

planilla a imprimir. En caso de no haber confirmado todos los equipos mínimos se lo

alertará al oprimir el botón agregar con un aviso.







La opción reemplazar le permitirá reemplazar el equipo mínimo seleccionado por

cualquier otro equipo ingresado previamente en la planilla III:4, los cuales serán

visualizados en un cuadro para su posterior confirmación.

Repita esta operación de igual manera para la carga de todo el equipamiento mínimo de

cada una de las especialidades en la que solicite inscripción.

Una vez concluido todo el proceso imprima la planilla, adjuntándola como

complemento de la planilla III.4



Importante: Los equipos mínimos que aparezcan con la anotación ( R ), son aquellos

equipos que la empresa eligió para reemplazar a los expresamente designados para cada

una de las especialidades.



2) Nota. Equipos adquiridos fuera del Balance



Se deberá presentar copia de las facturas de compra de todos los equipos. Para los

bienes registrables, deberá además, adjuntar copia del título de propiedad de los

mismos.

Las fotocopias deberán ser certificadas por Escribano Público.

Dichos equipos deberán ser incorporados en el balance siguiente, quedando sujetos a su

verificación por parte de la Secretaría Técnica.

Estos equipos también deberán ser incorporados en la planilla III.4, luego de ingresarse

la totalidad de equipos existentes en el balance. (valor contable = 0).

Nota: No se deben incluir en la planilla los muebles y útiles y los equipos adquiridos

mediante leasing y U.T.E.





Comprobantes Planillas N° 5



Planilla 5A y 5B



1) Certificados de dominio expedidos por el Registro de la Propiedad.



2) En caso de corresponder, oficio judicial ordenando el levantamiento de embargo de

bienes.







Comprobantes planilla n° 6



1) Contrato con el profesional Director Técnico de la empresa con el sellado de ley,

según modelo que se adjunta, visado por la Comisión Mixta de la Caja de Ingenieros

y Colegio Profesional de la Pcia. de Bs. As.



2) Constancia de pago de la última matrícula.

Comprobantes Planilla N° 7







1) Declaración Jurada que deberá llenar todo profesional que actúe como Director

Técnico de la empresa, sellada y visada por Caja y Colegio.





Comprobantes Planilla N° 8



1) Fotocopias certificadas de las facturas que avalen los importes mensuales

declarados.





Comprobantes Planilla N° 9



Obras de Mayor Monto en cada grupo de Especialidades (Grupos 1, 2 y 3):



1. Fotocopias certificadas de los Contratos de Obra declarados y de las ampliaciones

de contrato, si los hubiera, o documentos probatorios de compromisos de obras,

subrayando “denominación de la obra”, “fecha del contrato” y “monto del contrato”.



Se destaca que las obras cuya documentación probatoria no reúna las condiciones

precedentemente enunciadas no serán tenidas en cuenta para la determinación de la

capacidad.



2. En caso de obras ejecutadas en UTE deberán presentar copia certificada del contrato

de conformación de la misma.



3. Acta de Recepción Provisoria y/o Definitiva en el caso de obra pública o

documentación fehaciente que acredite la efectiva finalización de la obra.



En caso de empresas que se inscriben por primera vez, deberán presentar fotocopias

certificadas de todos los Contratos de Obra declarados en planilla 9 (Grupos 1, 2 y 3).





Comprobantes Planilla N° 12



1) Las empresas que soliciten la inscripción o actualización luego de dos (2) años de

vencida su capacidad, deberán presentar dos referencias comerciales y dos bancarias

en forma de carta.



2) Certificados de capacidad vigentes otorgadas por otros Registros para la realización

de Obras Públicas.

Comprobantes Planilla N° 13



1) AFIP: Certificado Fiscal para Contratar e Informe para Fines Fiscales. IVA y

Ganancias: última Declaración Jurada presentada de acuerdo al mes de cierre del

Balance.





2) Rentas Provincia de Buenos Aires: Impuesto Ingresos Brutos: deberá adjuntar

Certificado de Cumplimiento Fiscal (R- 404 W).

Pasos Para obtener el certificado:

1. Ingresar a la página web www.arba.gov.ar (poseer CLAVE FISCAL DE

ARBA).

2. En dicha página, ir a Sección Ingresos Brutos, dentro del sector “Trámites y

Consultas”, en el renglón “Otros Trámites y Consultas”.

3. Dirigirse al sector “Certificado de Cumplimiento Fiscal”, último renglón dentro

de “Otros Trámites y consultas”

4. Allí ingresa con la CUIT de la empresa y Clave.

5. Se obtiene el certificado, eligiendo el cartel azul donde detalla la siguiente

opción “Imprimir Estado de Deuda”.



Otra documentación:



Jubilaciones ley 10490. Inscripción en el IERIC y pago del arancel del último año.



Sellado de ley del Banco Provincia de Buenos Aires.









COOPERATIVAS: REQUISITOS.





1) Presentar las Planillas 1 a 14 del Registro de Licitadores, debidamente selladas y

firmadas por quien corresponda.



2) Adjuntar copia certificada del Estatuto Social (el objeto social debe ser preciso y

expresar que la habilita a realizar obras públicas). Inscripción en el INAC/

IPAC.



3) Estados Contables correspondientes al último ejercicio. Memoria. Informe del

Síndico y del Auditor certificado por el C.P.C.E.



4) Copia certificada del Acta de Asamblea que aprueba el último balance.



5) Informe de Anotaciones Personales de la Cooperativa en original.



6) Presentar los informes de dominio en original de los inmuebles que posea.

7) Las Planillas 6 y 7 deben ser visadas por la Caja de Previsión Social y el

Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires.



8) Debe presentar fotocopias certificadas de los contratos y de las facturas

correspondientes al período declarado en la Planilla N° 8



9) Adjuntar copias certificadas de los contratos de las obras declaradas en la

Planilla N° 9.



10) Presentar copias certificadas de I.V.A correspondiente al mes de cierre de

ejercicio, certificado fiscal para contratar extendido por A.F.I.P y Fondo para

Educación y Promoción Cooperativa (ley 23.427). F 760/C o 780.



11) Aviso de deudas correspondiente a Ingresos Brutos y copia certificada de la

posición correspondiente al mes de cierre.



12) Copia certificada del Certificado I.E.R.I.C.



13) Sellado de Ley del Banco Provincia de Buenos Aires.



Nota: Para el caso de las Cooperativas que se encuentren exentas de impuestos

presentar copia certificada de la Resolución que acredite la exención.



Para el caso de las Inscripciones o Actualizaciones luego de 2 años de vencida la

capacidad, se debe adjuntar los últimos tres balances auditados y certificados por el

Consejo Profesional de Ciencias Económicas. Además 2 cartas de referencias

comerciales y 2 cartas de referencias bancarias.









EMPRESAS EXTRANJERAS



Las Sucursales de empresas extranjeras que deseen Inscribirse o Actualizar su

Capacidad deberán cumplir con los siguientes requisitos:





1) Adjuntar todas las planillas (1 a 14) del Registro de Licitadores, debidamente

firmadas por quien corresponda, según indica cada planilla.



2) Acreditar la existencia de la sociedad de acuerdo a las leyes del país de origen.

Adjuntar Escritura de Protocolización de establecimiento de la Sucursal, Acta

decidiendo la apertura en la Argentina de la Sucursal y copia legalizada de la

inscripción en los organismos correspondientes.



3) Presentar poder otorgado por la empresa al Representante legal en la República

Argentina, denunciando sus datos personales y constituyendo domicilio especial

a todos los efectos que pudiera corresponder.

4) Presentar EECC Auditados de la Casa Matriz y de la Sucursal (deberá contener

la firma en todas sus hojas del Titular y del Contador legalizada por el C.P.C.E.

correspondiente).



5) Asignar capital a la Sucursal.



6) Asignar equipos a la Sucursal.



7) El Contrato y la Declaración jurada del profesional Director Técnico de la

empresa debe estar sellado y visado por la Caja y el Colegio Profesional

respectivo.



8) Presentar Acta donde se aprueben los EECC de la Casa Matriz.



9) Acreditar que la Casa Matriz no se encuentra concursada, ni en quiebra, ni en

cesación de pago, extendida por autoridad competente.



10) Adjuntar Certificado de Anotaciones Personales de la Sucursal Argentina según

su jurisdicción.



11) Cumplimiento de la Ley 10.490 y Sellado de Ley del Banco Provincia.



12) Impuestos: Presentar certificado fiscal para contratar emitido por A.F.I.P, I.V.A

correspondiente al mes de cierre de ejercicio, Informe para fines fiscales (F

760/C o 780) y aviso de deuda correspondiente a Ingresos Brutos. Certificado

del I.E.R.I.C.



13) Planilla N° 8: Se deben adjuntar las copias certificadas de las facturas de las

obras declaradas correspondientes al periodo considerado.



14) Planilla N° 9: Presentar fotocopia certificada de los contratos y de las actas de

recepción definitiva y/o provisoria de las todas las obras declaradas.



15) Las empresas que soliciten la inscripción o actualización luego de dos (2) años

de vencimiento de su capacidad Técnico-Financiera, deberán presentar los

Estados Contables de los tres últimos ejercicios económicos y Notas de

referencias comerciales y bancarias en forma de carta.





IMPORTANTE:

Enviar la documentación, en idioma castellano y traducido por Traductor Público

Nacional, debidamente legalizada ( no se recibirá documentación en idioma extranjero

que no cumpla con este requisito). Toda documentación proveniente de países donde se

encuentre vigente la Convención de la Haya de 1961 sobre la legalización de

documentos públicos extranjeros deberá ser acompañada por la apostilla

correspondiente del país de origen.

Todas las copias deben ser certificadas por escribano público.



Art. 56: de las Sucursales de Empresas Extranjeras

Tal cual lo determina la ley de Sociedades Nº 19550, las empresas

extranjeras para el funcionamiento en la República Argentina para desarrollar

actividades permanentes se les debe exigir:

 Acreditación de la existencia de la sociedad de acuerdo a las leyes de su país de

origen.

 Fijación de un domicilio en la República Argentina-

 Acta justificando la decisión de crear la sucursal en la Argentina y la inscripción

en los Organismos Legales correspondientes.





 Escritura de establecimiento de la sucursal.

 Designación de la persona a cuyo cargo queda la representación con el debido

poder otorgado al representante legal.

 Asignación de capital a la sucursal.

 Equipo asignado a la sucursal.

 Realización de Balances Anuales según normas contables vigentes en nuestro

país.

Para la determinación de la Capacidad Financiera se tendrá en cuenta el

patrimonio acreditado por la sucursal, conforme el último balance presentado,

aplicándose el mecanismo previsto en los artículos 37° a 42° del Reglamento.



Para el cálculo de la Capacidad Técnica se considerarán los antecedentes de

obras ejecutadas en le país por la sucursal.



A los efectos del otorgamiento de las especialidades, solo serán considerados

los equipos efectivamente asignados a la sucursal.


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