Instructivo General de la Licencia Ambiental Única para el Distrito Federal
ÍNDICE
CONTENIDO PÁG.
I. INTRODUCCIÓN 3
I.1 SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA 3
I.2 ALCANCES DE LA LAUDF 3
I.3 M ARCO LEGAL 3
I.4 ÁMBITO DE APLICACIÓN 4
II. LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA PARA EL DISTRITO FEDERAL 4
II.1 OBTENCIÓN DE LA LAUDF POR PRIMERA VEZ 4
II.2 ACTUALIZACIÓN ANUAL DE LA LAUDF 4
II.3 REQUISITOS DE INGRESO DEL FORMATO DE LAUDF 5
II.4 CONSIDERACIONES PARA LA EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD 5
III. LLENADO DEL FORMATO DE LAUDF 6
III.1 FORMATO DE SOLICITUD 7
CROQUIS DE LOCALIZACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO 7
DIAGRAMA DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO 7
INSUMOS DIRECTOS E INDIRECTOS 10
PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS 10
III.2 LLENADO DEL ANEXO A.- EMISIONES A LA ATMÓSFERA 10
CALENTADOTES SOLARES 10
REGISTRO DE BITÁCORAS DE OPERACIÓN 13
PRUEBAS DE EFICIENCIA AL SISTEMA DE RECUPERACIÓN DE VAPORES 13
III.3 LLENADO DEL ANEXO C.- GENERACIÓN Y M ANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS 13
DATOS GENERALES DE RESIDUOS GENERADOS 13
ESPECIFICAR OTROS 15
ESTRATEGIA Y CALENDARIO DE MINIMIZACIÓN (SÓLO APLICA CATEGORÍAS A, B, C, Y RE) 15
PARTICIPANTES DEL PLAN DE MANEJO 16
RESIDUOS QUE REUTILIZA O RECICLA (INSUMO) 16
III.4 LLENADO ANEXO D.- GENERACIÓN DE RUIDO Y VIBRACIONES 16
GENERACIÓN DE RUIDO 16
GENERACIÓN DE VIBRACIONES MECÁNICAS 16
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III.5 LLENADO ANEXO E.- REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES (RETC) 17
USO DE SUSTANCIAS RETC 17
EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE SUSTANCIAS DEL RETC 17
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN 17
EJEMPLO DEL LLENADO DE TABLAS 17
IV. CATÁLOGO DE CLAVES 20
TABLA 1. CLAVES DE ESTADO FÍSICO 20
TABLA 2. CLAVES DE FORMA DE ALMACENAMIENTO 20
TABLA 3. CLAVES DE MÉTODO DE ESTIMACIÓN 20
TABLA 4. CLAVES DE TRATAMIENTO DE AGUA 20
TABLA 5. CLAVES DE TRATAMIENTO DE CORRIENTES GASEOSAS 21
TABLA 6. CLAVES DE ACCIDENTES Y EMISIONES FUGITIVAS 21
TABLA 7. CLAVES DE DESTINO ACTUAL DE RESIDUOS 21
TABLA 8. CLAVES DE TRATAMIENTO FÍSICO Y FISICOQUÍMICO 21
V. GLOSARIO DE TÉRMINOS 22
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I. INTRODUCCIÓN
I.1 SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La simplificación administrativa es uno de los objetivos del TRÁMITES CONCENTRADOS EN LA LAUDF
Gobierno del Distrito Federal, dado que se ha detectado que existe
una cantidad importante de trámites que emplean criterios Licencia Local de Funcionamiento
Cédula de Operación Anual
similares para otorgar algún registro, licencia, autorización o Registro de Fuente Fija
permiso. En materia de regulación ambiental, se detectaron nueve Registro de bitácora de operación
trámites que fueron fusionados en uno solo, la Licencia Presentación de estudios trimestrales y anuales de
emisiones a la atmósfera
Ambiental Única para el Distrito Federal (LAUDF). Se diseñó un Permiso de Descarga de Aguas Residuales
formato accesible para su llenado, de tal forma que los Autorización como generador de residuos sólidos
Autorización del Plan de Manejo de residuos sólidos
empresarios grandes o pequeños pudieran cumplir con las Registro de emisión y transferencia de contaminantes
obligaciones que marca la Ley en materia ambiental sin invertir (RETC)
demasiado tiempo y recursos.
I.2 ALCANCES DE LA LAUDF
La instrumentación de la LAUDF, ofrece un enorme potencial para mejorar la calidad de la información en
materia de aire, agua, suelo, ruido y residuos que se obtiene de los particulares. La información recibida permite
a la Secretaría del Medio Ambiente integrar los inventarios de emisiones a la atmósfera, descargas de aguas
residuales y residuos sólidos, así como el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC),
mejorando los elementos para la toma de decisiones en materia de protección ambiental y contribuyendo a la
formulación de criterios y políticas ambientales.
Además, esta información permite a los establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, realizar un
análisis detallado de los puntos donde se está generando contaminación y los problemas inherentes a ello,
como ejemplo el control de inventarios, cambio de materias primas, control de los procesos, las prioridades en
materia de procesos que promuevan el uso de tecnologías limpias, racionalización del uso del agua y la
energía, el uso de mejores combustibles, el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de
calentamiento, así como el reciclaje de residuos o subproductos o bien los que sean factibles a ser
aprovechados nuevamente por otros establecimientos. Todo esto, con el objetivo de mejorar las condiciones
ambientales y la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Federal.
I.3 MARCO LEGAL
El formato de solicitud de LAUDF fue elaborado en la Dirección de Regulación Ambiental y discutido en la Mesa
de trabajo de la LAUDF, integrada por instituciones gubernamentales, cámaras y asociaciones industriales, en
el seno del “Comité de Mejora Regulatoria para la Actividad Empresarial del Distrito Federal”, (Febrero, 2001).
Este procedimiento se estableció con el objetivo de coordinar e integrar en un sólo proceso el conjunto de
trámites que concentra este trámite, este procedimiento se atiende en la Dirección de Regulación Ambiental.
El 20 de agosto de 2002 fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el acuerdo por el que se
concentran diversas obligaciones ambientales. El 10 de febrero de 2004, con las reformas a la Ley Ambiental
del Distrito Federal publicadas en la misma Gaceta, este instrumento se convirtió en el trámite único, mediante
el cual las fuentes fijas ubicadas en el Distrito Federal dan cumplimiento a las obligaciones ambientales que les
corresponden de acuerdo a su actividad y que están establecidas en la legislación vigente aplicable.
Posteriormente, el 4 de junio de 2004 se publicaron en la Gaceta nuevas reformas a la Ley Ambiental del
Distrito Federal, en su capítulo VI Bis, artículo 61 bis, se marcan los lineamientos para el ingreso de solicitudes,
las respuestas oficiales y el proceso de revalidación de la licencia.
La aplicación de la LAUDF en los establecimientos de jurisdicción local se realiza con fundamento en los
artículos 5, 7, 12, 14, 15 fracción IV y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 267 del Decreto que
reforma adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal; 3 fracc. XXX, 6
fracc. IX, 23 fracc. I, 32, 55 y 59 fracción III de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y Artículos 1º, 2º,
9º fracciones XXVIII y XXXVIII, 19º fracción VI, 61 Bis, 61 Bis 1, 61 Bis 2, 61 Bis 3, 61 Bis 4, 61 Bis, 123, 135,
157, 172 y 213, de la Ley Ambiental del Distrito Federal.
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I.4 ÁMBITO DE APLICACIÓN
Están obligados a tramitar la LAUDF los establecimientos industriales, comerciales, de servicios o espectáculos
ubicados en el Distrito Federal que emitan o puedan emitir olores, gases, partículas sólidas o líquidas a la
atmósfera, que viertan descargas de aguas residuales a los cuerpos de aguas y a los sistemas de drenaje y
alcantarillado, generen residuos sólidos, emitan ruido y vibraciones, o manejen alguna de las sustancias
señaladas en la Tabla 1 del formato de anexo E.
El listado de establecimientos que por su capacidad y actividad no se encuentran sujetos a tramitar la LAUDF,
fue publicado el 9 de abril de 2007, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (www.sma.df.gob.mx/laudf/). Este
listado es actualizado y publicado en la misma Gaceta anualmente.
Cabe aclarar que los giros industriales de competencia federal también están obligados a realizar este trámite
en caso de que viertan aguas residuales distintas a las domésticas a los sistemas de drenaje y alcantarillado del
Distrito Federal; esto con fundamento en los artículos 152, 153, 154, 155, 156, 157 y 160 de la Ley Ambiental
del Distrito Federal. En estos casos sólo es necesaria la presentación de la información de competencia local
(Anexos B, C y D descritos en el siguiente punto).
II. LICENCIA AMBIENTAL ÚNICA PARA EL DISTRITO FEDERAL
II.1 OBTENCIÓN DE LA LAUDF POR ANEXOS QUE COMPONEN LA LAUDF
PRIMERA VEZ A. Emisiones a la atmósfera
B. Descarga de aguas residuales
La solicitud de la LAUDF se integra por el formato de C. Generación y manejo de residuos sólidos
D. Generación de ruido y vibraciones
solicitud y cinco anexos, los cuales deben estar E. Registro de emisión y transferencia de contaminantes (RETC)
debidamente llenados y acompañados de los estudios
correspondientes.
En el caso de LAUDF nueva los anexos A, B y D deberán acompañarse de los análisis de emisiones a la
atmósfera, agua residual y ruido y vibraciones respectivamente en caso de aplicar, con una antigüedad no
mayor a 90 días a partir de la toma de muestras.
La LAUDF se emite una sola ocasión, en ella se señalan las obligaciones ambientales que debe cumplir la
empresa.
Únicamente, en caso de cambio de razón social, de actividad o de localización del establecimiento, se deberá
solicitar nuevamente. En caso de llevar a cabo un aumento en la producción o capacidad del establecimiento,
ampliación de la planta o local, se deberá dar aviso por escrito a la Secretaría, para determinarse lo procedente.
En el caso de establecimientos nuevos y aquellos autorizados por Impacto Ambiental, la LAUDF deberá ser
tramitada una vez que el establecimiento se encuentre en operación.
II.2 ACTUALIZACIÓN ANUAL DE LA LAUDF
De acuerdo al artículo 61 bis 4 de la Ley Ambiental del Distrito Federal, la información sobre el desempeño
ambiental del establecimiento se deberá actualizar anualmente durante los primeros cuatro meses del año,
a través de la LAUDF.
Al realizar la actualización, los anexos deberán presentarse con el fin de actualizar la información sobre la
operación del establecimiento y facilitar el seguimiento por parte de la autoridad ambiental, así como para
ofrecer información reciente que contribuya a la definición de políticas ambientales en el Distrito Federal.
La actualización de la información relacionada con las obligaciones ambientales se realiza a través de la
presentación de los anexos A, B, C, D y/o E incluyendo los estudios correspondientes, según lo que establece
la LAUDF otorgada al establecimiento. Los análisis en el caso de emisiones a la atmósfera y el de ruido y
vibraciones serán del año calendario inmediato anterior, mientras que el de caracterización de la descarga de
aguas residuales no deberá ser mayor a 90 días a partir de la toma de muestras.
Para la actualización de LAUDF el establecimiento queda sujeto a ingresar anualmente el formato de
solicitud completo con la información actualizada.
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II.3 REQUISITOS DE INGRESO DEL FORMATO DE LAUDF
A continuación se enlistan los requisitos para la recepción del trámite:
La Solicitud de LAUDF deberá ser presentada en escrito por cada establecimiento.
Original y una copia de todo lo ingresado quedando esta última como acuse para el establecimiento.
Carta membretada de presentación del documento, dirigido al Director General de Regulación
Ambiental, con atención al Director de Regulación Ambiental, la cual deberá describir el tipo de trámite
a realizar (Licencia nueva o Actualización), firmada por el propietario, representante legal o director
general del establecimiento. No se aceptará la carta firmada por otra persona en caso de ausencia de
los antes mencionados, a menos de ingresar un poder notarial en su caso.
Deberá incluirse una copia simple de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, identificación
oficial del representante legal (cotejo de firmas) y comprobante de domicilio. No es necesario entregar
acta constitutiva de la empresa.
En caso de ser una Actualización, anexar una copia del oficio de actualización del año calendario
anterior o bien del último año en que fue actualizada la LAUDF.
Ingresar un CD o un disco 3 ½ con los formatos llenados, conteniendo también la información técnica
en caso de contar con Planta de Tratamiento de Aguas Residuales.
Además de las copias ya mencionadas, en caso de tener obligación en anexo A, se ingresará una copia
extra de este último, así como el de solicitud completo.
Los estudios realizados que pueden ser del anexo A, B y D, deben ser ingresados en original con hojas
de campo.
Para ingresar el formato de LAUDF, ya sea solicitud o actualización con los requisitos anteriormente
mencionados, se realizará una revisión en la ventanilla de la Dirección de Regulación Ambiental ubicada en
Agricultura No. 21 Col. Escandón, 5º piso, Del. Miguel Hidalgo, con el fin de evitar que el trámite tome más
tiempo por la falta de algún documento o algún llenado incorrecto de los formatos. Es importante mencionar que
cabe la posibilidad de que aún realizando tal actividad se requiera de información adicional.
Después de ser revisada la información, el documento será ingresado en la ventanilla de Oficialía de Partes,
ubicada en la planta baja, donde el expediente será enviando a la Dirección de Regulación Ambiental para su
evaluación.
El horario de revisión del trámite es de 9:00 a 13:30 h, en caso de solicitar información referente al llenado de
los formatos es el mismo horario en ventanilla, mientras que vía telefónica es de 9:00 a 18:00 h al teléfono
5278-9931 ext. 6513 y 6515.
II.4 CONSIDERACIONES PARA LA EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD
1. La Unidad Departamental de Licencia Ambiental, recibirá la solicitud y enviará la información a las áreas
competentes para el análisis y captura de la información.
2. Cuando en algún punto del proceso se carezca de información o existan dudas sobre la misma, se solicitará
por escrito una sola vez información adicional a la empresa. En este caso el procedimiento se suspenderá
y reiniciará al día siguiente que se reciba la respuesta. Si el interesado no subsana la falta de información u
omisiones en el plazo fijado, la solicitud será rechazada y se informará por escrito a la empresa.
3. Una vez concluida la evaluación se resolverá sobre el otorgamiento de la solicitud acompañada en su caso
de actualización o apercibimiento de acuerdo al cumplimiento ambiental del establecimiento.
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4. El tiempo de respuesta para otorgar la LAUDF es de 30 días hábiles. Se podrá consultar el estado del
trámite en la dirección www.sma.df.gob.mx/laudf/ o vía telefónica. Es importante señalar que antes de asistir
a la ventanilla a recoger el oficio, se recomienda verificar que éste se encuentre a disposición del público.
5. La autoridad ambiental podrá realizar una visita de verificación de la información dentro del período de
respuesta.
III. LLENADO DEL FORMATO DE LAUDF
El formato y el instructivo general de LAUDF, se pueden obtener vía Internet en la dirección
www.sma.df.gob.mx/laudf/, por correo electrónico a la dirección regulacionambiental@sma.df.gob.mx o bien en
la ventanilla anteriormente mencionada, en este último caso se requiere de un CD o memoria USB.
Para el llenado de los formatos, se deben seguir las instrucciones que aparecen como nota al pie de cada
formato de la LAUDF. Asimismo, en caso de ser necesario se deberá emplear la información complementaria
que incluye glosario de términos, forma y contenido del croquis de localización del establecimiento, catálogo de
claves y métodos de estimación de contaminantes de este Instructivo General.
En ningún caso deberán dejarse espacios de respuesta en blanco. Cuando por razones de índole técnica no
sea posible obtener la información que se solicita, deberá indicarse ND (no disponible). Si la información
solicitada no aplica al establecimiento deberá indicarse NA (no aplica). Si no se llena alguno de los apartados
requeridos, deberá utilizarse el espacio disponible para justificar el porqué no se proporciona la información.
A continuación, se indicará o ejemplificará la información que deben contener los formatos de LAUDF, los
cuales aparecerán en un orden consecutivo, es decir, formato de solicitud de LAUDF, Anexo A, B, C, D y E
respectivamente. Es importante mencionar que sólo se encuentran aquellos apartados que requieren mayor
especificación o bien por la dificultad de la información es necesario agregar más información. A la izquierda
aparecerá el numeral de referencia en un recuadro, con el cual se identifica en los formatos ya mencionados,
con el fin de ser reconocidos fácilmente.
P/e. En el Anexo A, el Sistema de Recuperación de Vapores tiene el numeral A.8.3, en el cual aparece entre
paréntesis Instructivo General apartado III.2. En este instructivo se busca el numeral III.2, apartado A.8.3.
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III.1 FORMATO DE SOLICITUD
II.11 CROQUIS DE LOCALIZACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
El croquis de localización del establecimiento deberá anexarse en una hoja inmediatamente después del punto
donde se solicita, el cual deberá contener la información que aparece en el ejemplo siguiente:
CLAVE CATASTRAL:
75429-869
COLINDANCIAS:
Norte: Habitacional
Sur: Habitacional
Este: Estacionamiento público
Oeste: Calle Agricultura
VULNERABILIDAD:
Marcar si en un radio de 500 m se
encuentran cualquiera de los
siguientes puntos:
Unidades habitacionales Sí
Establecimientos de atención Sí
médica
Centros educacionales Sí
Parques Nacionales No
Áreas Naturales Protegidas No
Líneas de alta tensión No
Gasoductos No
Pozos de abastecimiento No
Cuerpos de agua No
Pozos de abastecimiento No
II.12 DIAGRAMA DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Conforme a lo establecido en el punto II.13 del formato de Solicitud de LAUDF, deberá presentarse el diagrama
de operación y funcionamiento del establecimiento, de acuerdo con lo siguiente:
Incluir los diagramas de operación y funcionamiento que correspondan a cada uno de los procesos productivos,
de servicios, así como el administrativo, de servicios auxiliares y almacenes de residuos en caso de contar con
ellos.
En los diagramas de operación y funcionamiento del establecimiento, deberán identificarse mediante bloques,
las actividades, maquinaria o equipos donde se incorporan insumos y se generan o emiten contaminantes.
Estos bloques serán numerados en secuencia y el número de dicho bloque será el Número de Identificación del
Proceso (NIP), los NIP son puntos de consumo y puntos de generación y/o emisión de contaminantes. Éstos
son un valioso auxiliar para el llenado y el análisis de los anexos, en particular, facilitan la identificación de las
actividades, maquinaria o equipos que pueden afectar el ambiente mediante la emisión de contaminantes.
En la elaboración de los diagramas de operación y funcionamiento se podrá emplear la modalidad que se ilustra
en los ejemplos de esta sección, ó si se prefiere, podrán utilizarse los diagramas de flujo de proceso, diagramas
de bloques de la instalación o cualquier representación gráfica que seleccione el responsable de la empresa. En
cualquiera de los casos señalados, deberán cumplirse los puntos descritos a continuación:
En caso de contar con diversos procesos o servicios, se deberá elaborar un diagrama por cada uno de ellos.
Cada diagrama deberá identificarse de manera secuencial con números arábigos y estar referido en el o los
planos de distribución del establecimiento, así también se les deberá colocar a los bloques correspondientes
a aquellas actividades, maquinaria o equipos que apliquen cualquiera de los puntos siguientes, los símbolos
de acuerdo al ejemplo descrito:
Utilizan insumos para la producción, así como agua y energía (excepto energía eléctrica).
Generan o emiten contaminantes a la atmósfera, por ejemplo, olores, gases, nieblas y polvos.
Descargan aguas residuales al alcantarillado.
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Generan residuos sólidos y peligrosos.
Generación de ruido y vibraciones.
Uso o emisión de sustancias RETC.
Deberán incluirse los sistemas de control de contaminantes que se emplean en cada caso, por ejemplo,
colectores de polvos, plantas de tratamiento de aguas residuales, sistema de recuperación de vapores, etc.
Cuando existan varias actividades dentro de una misma sección o nave industrial y todas posean el mismo
ducto o chimenea, podrán agruparse como un punto en el diagrama, siempre y cuando posean condiciones
idénticas de operación. En caso contrario, NO deberán agruparse ya que esto impide identificar las
diferentes condiciones de operación a que corresponden.
En caso de utilizarse diagramas con los que ya cuenta la empresa, deberá cuidarse que la identificación de
actividades, maquinaria o equipos ya existentes se adicione la numeración específica que aquí se solicita.
A continuación se presentan los ejemplos que permiten conocer el alcance de la información requerida, con el
fin de brindar facilidad en la elaboración de lo solicitado.
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III.3 INSUMOS DIRECTOS E INDIRECTOS
La información correspondiente a los insumos o materias primas utilizadas es de gran relevancia, y deberá
reportarse de acuerdo al giro del establecimiento, preferentemente en unidades de masa kilogramos (kg),
3
toneladas (ton), gramos (g), miligramos (mg) o en unidades de volumen litro (L), mililitro (ml), metro cúbico (m ),
etc., y en casos específicos cuando no se cuente con esta información los datos podrán ser reportados en
metros, cajas, piezas, bolsas, metros cuadrados, etc., en todos los casos deberán incluirse los insumos
requeridos en servicios auxiliares y mantenimiento.
En caso de no proporcionar la información solicitada, podrá ser motivo de rechazo de solicitud de LAUDF, o
bien detener el trámite hasta completar la información.
III.4 PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS
Para el llenado de este apartado, se tienen dos tablas, una que hace referencia al giro industrial y otra a
servicios y comercios.
III.2 LLENADO DEL ANEXO A.- EMISIONES A LA ATMÓSFERA
A.5 CALENTADORES SOLARES
De acuerdo a la Norma NADF-008-AMBT-2005, todos los establecimientos en el Distrito Federal que inicien
operaciones o remodelen totalmente sus instalaciones y que requieran agua caliente para el desarrollo de sus
actividades, deberán instalar sistemas de calentamiento de agua por medio del aprovechamiento de la energía
solar.
Si la disposición anterior es aplicable al establecimiento, deberá llenarse la tabla del numeral A.5 del Anexo A
“Emisiones a la Atmósfera” de la LAUDF, anexando la hoja de cálculo realizada para llegar a los resultados
compuesta por las siguientes tablas (A.5.1, A.5.2, A.5.3).
A.5.1. OPERACIÓN Y CONSUMO DE ENERGÍA DEL SISTEMA DE CALENTAMIENTO SOLAR
1 2 3 4 5 6
Operación del CEA del Sistema Masa equivalente
Energía entregada
Mes Tipo de aplicación Sistema Solar Solar combustible
Sist. Solar (kJ/h día)
(h día/mes) (kJ/mes) (m3/mes)
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
TOTAL ANUAL
En caso de que un establecimiento cuente con dos aplicaciones o más en relación al uso del agua caliente y a
los tipos de colectores empleados, la tabla se repetirá de acuerdo a la cantidad de sistemas (máximo 3), ya que
pueden encontrarse sistemas solares para albercas por un lado y sistemas para usos sanitarios, lavanderías y
tintorerías, por el otro.
En la columna dos debe indicarse el uso que se le da al agua caliente, ya sea: albercas, fosas de clavados,
usos de cocina, sanitarios, lavanderías y tintorerías.
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Las horas mensuales de operación del sistema de calentamiento solar, deben indicarse en la columna tres,
para esta información será de importante llevar una bitácora o registro de operación y mantenimiento del
sistema solar.
En la columna cuatro se indicará la cantidad de energía que entrega por día el sistema de calentamiento solar,
el cual es proporcionado por el fabricante y diseñador de la instalación.
Los valores del Consumo Energético Anual (CEA) por tipo de aplicación que está aportando el sistema de
calentamiento solar, deberá indicarse en la columna cinco. Los valores a reportar serán los que resulten de
multiplicar los datos registrados en las columnas tres y cuatro.
En la columna seis se anotará la masa equivalente de combustible ahorrado por uso del sistema de
calentamiento solar. Para lo cual deben seguirse los siguientes pasos:
a) Identificar en la tabla siguiente el poder calorífico del combustible empleado en su sistema tradicional.
Poderes caloríficos típicos de combustibles gaseosos y líquidos
Combustible P. Calorífico inf. P. Calorífico sup.
3 3
GAS NATURAL 34,352.7 kJ/m est. 42,299 kJ/m est.
GAS L.P. 46,054.8 kJ/kg 49,885.7 kJ/kg
DIESEL 41,868 kJ/kg 44,715 kJ/kg
GASÓLEO 41,595.9 kJ/kg 43,961.9 kJ/kg
COMBUSTÓLEO 40,122.1 kJ/kg 42332.7 kJ/kg
NOTA: El Poder calorífico inferior es el que usan todas las calderas habituales (el vapor de agua no se
condensa), en tanto que el poder calorífico superior lo usan las calderas de nueva generación llamadas de
condensación (el vapor de agua esta totalmente condensado). La mayoría de las calderas que tienen los
establecimientos son habituales y deberán usar el poder calorífico inferior.
b) Determinar la masa equivalente de combustible ahorrado a partir de la siguiente expresión.
CEA Solar
m equiv. combustible =
PC Comb
Donde:
m equiv. comb = masa equivalente de combustible
CEA solar = Consumo energético anual del sistema solar (registrado en la columna 5)
PC comb = Poder calorífico del combustible usado en el sistema tradicional (inciso a)
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A.5.2. CONSUMO ENERGÉTICO ANUAL DE LOS SISTEMAS SOLAR Y TRADICIONAL
1 2 3 4 5 6
CEA CEA
CEA CEA Total
Usos de Cocina Lavanderías y CEA Tradicional
Mes Albercas Solar
y Sanitarios Tintorerías (kJ/mes)
(kJ/mes) (kJ/mes)
(kJ/mes) (kJ/mes)
Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Septiembre
Octubre
Noviembre
Diciembre
TOTAL (kJ/año)
La información a vaciarse en las columnas dos, tres y cuatro debe tomarse de la tabla A.5.1 llenándose
únicamente los datos que correspondan al sistema usado, si solo se tiene uno, las demás quedarán vacías. En
la columna cinco se anotará el resultado de la suma de los datos llenados.
CEA total solar = CEA columna 2 + CEA columna 3 + CEA columna 4
El valor del CEA del sistema tradicional a registrarse en la última columna, debe apoyarse en la información
contenida en la tabla del numeral A.1. del Anexo A de la LAUDF “Consumo mensual de combustibles fósiles” y
se determinará de acuerdo a la siguiente formula:
CEA Sist trad m combustible x PC Comb
Donde:
CEA Sistema tradicional = Consumo energético anual del sistema tradicional
m combustible = masa de combustible (consumido por el sistema tradicional – tabla numeral A.1.)
PC comb = Poder calorífico del combustible usado por el sistema tradicional*
*valor a obtenerse de la tabla de poderes caloríficos
La información que resulte de las sumatorias respectivas de las columnas cinco y seis de la tabla A.5.2, ayudará
a determinar los porcentajes de aportación energética de los sistemas solar y tradicional, que a su vez deberán
registrarse en la tabla siguiente:
A.5.3 RESULTADOS DEL CEA
CEA Total Solar CEA Tradicional
(kJ/año) (kJ/año)
TOTAL
PORCENTAJE
El cálculo de estos porcentajes de aportación energética, debe realizarse apoyándose en las siguientes
ecuaciones.
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CEA Solar CEA Tradicional
% CEA Solar = % CEA Trad. =
CEA Solar CEA Trad. CEA Solar CEA Trad.
Una vez teniendo los resultados deberán ser anotados en las columnas correspondientes del numeral A.5. del
Anexo A.
Finalmente el valor a registrar en la columna seis de la tabla del numeral A.5, será el que resulte de la columna
seis de la tabla A.5.1, o bien de la suma de estas columnas en caso de tener más de un sistema, ya que si
recuerda se requiere de otra tabla en caso de tener combinación de sistemas.
A.6 REGISTRO DE BITÁCORAS DE OPERACIÓN
Las bitácoras deben contener fecha, turno, hora de arranque, hora de paro, tipo de contaminante que se
genera, tipo de mantenimiento, fecha de mantenimiento y observaciones. Sin embargo dependiendo del equipo,
es la información adicional que debe registrarse, para los equipos de calentamiento directo (hornos), si la
operación es cíclica indicar cuantas veces se arranca el equipo, tipo de combustible, temperatura de la cámara
de horno y fecha de evaluación de los contaminantes; las bitácoras de equipos de control deberán adicionar
además de lo anterior, veces se arranca el equipo, tipo de control, cantidad de contaminante capturado (kg/d),
período en que se realiza el cambio de filtros o la recolección del contaminante; y finalmente en los equipos de
proceso que no tengan combustión se debe tener la fecha de evaluación del contaminante. Si el técnico que
maneja el equipo considera necesario adicionar un parámetro de operación o mantenimiento, se deberá señalar
en la bitácora.
Para una mejor referencia del contenido de estas bitácoras, consultar la norma NOM-085-SEMARNAT-1994
numeral 6.1.1.2.
A.8.3 PRUEBAS DE EFICIENCIA AL SISTEMA DE RECUPERACIÓN DE VAPORES
De acuerdo a la Norma NADF-010-AMBT-2006, las Estaciones de Servicio y autoconsumo ubicadas en el
territorio del Distrito Federal, deberán presentar anualmente las pruebas de eficiencia del sistema de
recuperación de vapores, a través de la LAUDF, las cuales deberán ser realizadas por un laboratorio autorizado
incluyendo:
Descripción general del SRV
Nombre o razón social de la estación de servicio y nombre del propietario o representante legal, en su
caso.
Ubicación (domicilio, teléfono, correo electrónico, etc.).
Responsable o encargado de la estación de servicio.
Marca y modelo del SRV y la descripción del equipo del SRV.
Compañía instaladora y fecha de instalación del SRV.
Horario de funcionamiento y turnos de operación, en su caso.
Prueba de eficiencia
Pruebas de alarma
Pruebas de hermeticidad
Tasa volumétrica
III.3 LLENADO DEL ANEXO C.- GENERACIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Dependiendo la cantidad de residuos generada por el establecimiento, deberá llenarse la tabla del numeral C.1,
de ahí se apreciará en las columnas cinco y seis, cuales serán los apartados a responder del anexo. El llenado
de éste aplica a todos los establecimientos.
C.2 DATOS GENERALES DE RESIDUOS GENERADOS
En las primeras dos columnas se indica la clave y descripción del tipo de residuos que se generan. Si el residuo
que genera no aparece en la tabla deberá especificarlo, utilizando las claves RSOtro1, RSOtro2, y así
consecutivamente hasta cubrir todos los tipos de residuos que se generen.
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En la tercera columna correspondiente a la Cantidad generada, se indicará la cantidad de residuos que se
genera ocupando la unidad de medida descrita.
Si no se cuenta con báscula, el peso se puede estimar con ayuda de la siguiente tabla en la cual se señalan los
pesos específicos de los residuos más comunes.
Ejemplo: Para estimar el peso de un tambo de 200 L lleno de papel, se siguen los siguientes pasos:
3
a) Obtener el promedio del peso específico del papel de la siguiente tabla; en este caso es de 89 kg/m .
3 3
Peso especifico (kg/m ) Peso especifico (kg/m )
Tipos de residuos Tipos de residuos
promedio promedio
Papel 89 Vidrio 196
Cartón 50 Residuos de comida húmedos 540
Plásticos 65 Basura mezclada 160
Textiles 65 Construcción y Demolición mezclados 1 421
Residuos de jardín 101 Chatarra metálica (pesada) 1 780
Madera 237 Chatarra metálica (ligera) 740
Fuente: Tchobanoglous G, Theisen H; Vigil S., Gestión Integral de Residuos Sólidos. Vol. I, México, 1998. pp. 82, 83.
b) Determinar el volumen que tiene del tipo residuo, considerando que se tiene un contenedor de 200 L.
3 3
Convertimos a m mediante el factor de conversión 1 m es 1000 L.
3 3
(200 L) / (1000 L/m ) = 0.2 m
c) Se multiplica el volumen y el peso específico del papel y se obtiene el peso de papel.
3 3
(0.2 m ) X (89 kg/m ) = 17.8 kg
El peso estimado sería entonces por cada tambo lleno de papel de 17.8 kg, aproximadamente.
La cuarta columna (Destino) se llenará a partir de la tabla 8 del catálogo de claves del apartado IV de este
instructivo. Si el destino del residuo no aparece en la tabla, deberá especificarse utilizando las claves DOE1,
DOE2, y así consecutivamente hasta cubrir el destino inmediato de todos los residuos. En la última columna, se
señalará la cantidad del residuo aprovechado, ya sea dentro del establecimiento, en el mismo proceso, o por
venta a una empresa externa. Lo anterior podrá aclararse anexando la información necesaria.
Los centros de acopio que no realicen tratamiento físico o fisicoquímico a los residuos sólidos (ver Tabla 9 del
apartado VI) deberán incluirse en el apartado C.2, únicamente la información referente a los residuos que ya no
pueden ser aprovechados, si este volumen no equivale a 50 kg/día o más, es decir, que no son generadores de
residuos en alto volumen, la información referente a la cantidad de residuos que se recibe, volumen y tipos de
materiales en que se separa y la dirección de las empresas a las que se destinan estos materiales, deberá ser
presentada como un anexo.
Por otro lado, con el fin de facilitar la identificación de los residuos especiales generados en el establecimiento,
a continuación se dan a conocer algunos ejemplos de éstos:
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FUENTE CLAVE DESCRIPCIÓN
Abate lenguas, empaques, venoclisis, gasas y algodones no empapados de fluidos y todos
REMedic aquellos residuos que no estén contemplados en la norma NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
Servicios de
Salud
REVeter Mismos ejemplos anteriores derivados de servicios prestados a animales.
RECosme Cosméticos caducos o rechazados por criterios de calidad.
No Aptos
para el Alimentos caducos o provenientes de centros comerciales, centros de distribución próximos a
Consumo REAlime caducarse que no se ponen a la venta al público. Se diferencian de los residuos sólidos urbanos
en el origen, estos provienen de procesos, servicios o de industria no de origen domiciliario.
Productos derivados de actividades de crianza en bioterios como aserrín, paja, excrementos de
Insumos REAgric
animales, etc.
Residuos de
REConst Concreto, ladrillo, teja, cerámica, tablaroca, grava, arena, etc.
construcción
Cartuchos de toner, CD, diskettes, cables, todo tipo de residuos provenientes del uso de
RETecno
Tecnológicos computadoras.
REAutom Residuos provenientes de talleres mecánicos como cables, bobinas, tableros, etc.
Lodos RELodos Lodos provenientes de tratamiento de agua.
RENeum Neumáticos usados en terminales de autobuses, aeroportuarias, comercializadoras, talleres, etc.
REMuebl Escritorios, roperos, mesas, sillas, libreros, etc.
REEnser Refrigeradores, cafeteras, equipos de audio, TV, equipos de reproducción portátil de CD, etc.
Otros
Plásticos como ptereftalato de polietileno (PET), politileno de alta y baja densidad (PELD y
REPlast
PEHD), polipropileno (PP), policloruro de vinilo (PVC), policarbonato (PC) y poliestireno (PS).
RELabor Envases o empaques, contenedores, envolturas, venoclisis, émbolos de jeringa, etc.
C.3 ESPECIFICAR OTROS
En este apartado, se describirán las claves del tipo “otros” que se utilizaron en las columnas de residuos y
destino y que fueron señaladas en el apartado anterior. Si lo requiere, podrá anexar información adicional. Para
otros residuos no deberá utilizarse el término genérico “basura”, se deberá describir la composición, ejemplo:
“polvo mezclado con aserrín y ceniza, producto del barrido de las áreas”.
C.5 ESTRATEGIA Y CALENDARIO DE MINIMIZACIÓN (sólo aplica categorías A, B, C, y RE)
La estrategia de minimización que se realiza o se propone realizar, debe de incluir los objetivos y metas de
acuerdo a la naturaleza de los residuos que se generan, el manejo integral de los mismos, productos a obtener
y servicios que se requerirían. Considerando entre otros factores la aplicación en:
Aprovechamiento de residuos: Reuso interno o comercialización de los residuos generados por el
establecimiento.
Procesos de producción de bienes de consumo, a través de: Procesos automatizados para reducir
mermas; adopción o desarrollo de nuevas tecnologías; sustitución de materias primas o uso de
materias primas potencialmente reciclables o producto de reciclaje, entre otros.
Comercialización de subproductos como bienes de consumo, a través de: Reingeniería de envases y
embalajes, privilegiando materiales que sean susceptibles de valorización mediante procesos de reuso
y reciclaje y que actualmente en el mercado tengan una demanda de utilización, diseño y aplicación de
promociones para fomentar la minimización; sistemas de reutilización; depósito retorno u otros
similares; regreso de materiales de empaque al proveedor; aprovechamiento en la producción de otros
bienes de consumo o aprovechamiento energético, entre otros.
El calendario de minimización deberá establecerse a tres años, considerando como cantidad base de
generación, la declaración inicial manifestada en el apartado C.2, y señalando para ello las actividades y el
tiempo de ejecución que se requieren desarrollar para alcanzar las metas y objetivos propuestos en la
estrategia.
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Dentro de las actividades a considerar, deberá señalarse: el tiempo en que se instrumentará la separación de
los residuos en las fracciones orgánica e inorgánica en cumplimiento con la Ley de Residuos Sólidos del D.F. y
la identificación de los diferentes tipos de residuos generados en el establecimiento, considerando además el
manejo que se aplicará a estos residuos según sus características, incluyendo la separación en áreas
administrativas y de producción o servicios, así como la capacitación del personal para realizar la separación.
También debe indicarse si la empresa funciona como centro de acopio de algún residuo específico para su
posterior venta a una empresa que se dedique al reciclaje del mismo.
Aquellas empresas que cuenten con áreas públicas deberán anexar la estrategia de difusión que se utilizará,
para que los usuarios de los servicios del establecimiento realicen la disposición separada de los residuos en
orgánicos e inorgánicos. Dicha difusión deberá considerar la colocación de material informativo y la instalación
de contenedores donde se depositarán los residuos y que deberán estar debidamente identificados con las
leyendas “residuos orgánicos” y “residuos inorgánicos”.
Mayor información sobre la separación de residuos o los prototipos a los que se puede incorporar el logotipo,
emblema o identidad corporativa de la empresa, se obtienen en la página de Internet de la Secretaría:
www.sma.df.gob.mx.
C.6 PARTICIPANTES DEL PLAN DE MANEJO
En las casillas se anotará el nombre y la dirección de las empresas que participen en el plan de manejo del
residuo, además se describirá de forma breve, la manera en que participa dicha empresa, pudiendo ser
económicamente, con tecnología, con asesoría, etc.
Si se presentara un plan de manejo en conjunto con otros generadores (previa gestión con la Dirección de
Regulación Ambiental) en este apartado se deberán mencionar a los participantes que intervienen,
considerándose incluso a productores, importadores, distribuidores y comercializadores. No se debe incluir al
prestador de servicios o a la delegación que recolecta los residuos, como participante del plan de manejo.
C.7 RESIDUOS QUE REUTILIZA O RECICLA (INSUMO)
El apartado sólo aplica a las empresas recicladoras o reutilizadoras (ERR), no aplica a centros de acopio y
en el caso de reutilizadores aplica por ejemplo a las embotelladoras de bebidas carbonatadas o de agua para
consumo humano y a las maquiladoras que reconstruyen aparatos electrónicos, entre otros.
En este apartado se deberán describir los residuos que son utilizados como materia prima dentro del proceso
del mismo establecimiento o, en su caso, indicar si se da a los residuos algún tratamiento (físico o químico) y
son enviados a otra empresa como materia prima, por ejemplo: lingoteo de metales para fundidoras y
procesamiento de papel para fabricas de papel, entre otros.
III.4 LLENADO ANEXO D.- GENERACIÓN DE RUIDO Y VIBRACIONES
D.2 GENERACIÓN DE RUIDO
En este apartado es necesario e importante describir la función o actividad que se realiza con el equipo,
instrumento, herramienta, artefacto o instalaciones que generen este tipo de contaminación; y en el caso de
contar con un sistema de control, igualmente se requiere la descripción, tomando en consideración los
siguientes puntos: nombre del sistema de control, como funciona el sistema, tipo de material ocupado por éste,
tiempo de vida, etc.
D.3 GENERACIÓN DE VIBRACIONES MECÁNICAS
Al igual que en el apartado anterior deberá describirse la función o actividad que se realiza con el equipo,
instrumento, herramienta, artefacto o instalaciones; y en el caso de contar con un sistema de control,
igualmente se requiere la descripción, tomando en consideración los siguientes puntos: nombre del sistema de
control, como funciona el sistema, tipo de material ocupado por este, tiempo de vida, etc.
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III.5 LLENADO ANEXO E.- REGISTRO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE
CONTAMINANTES (RETC)
E.1 USO DE SUSTANCIAS RETC
Describir los materiales o compuestos que son utilizados en la actividad del establecimiento que contengan o
puedan contener algunas de las sustancias listadas en la tabla 1 del formato de anexo E, como pueden ser:
plásticos, tintas, solventes, pinturas, barnices y recubrimientos en general, entre otros. En caso de desconocer
si el material utilizado contiene sustancias RETC se deberá anexar a la información, una hoja técnica con las
especificaciones de la materia prima, para determinar si ésta debe reportarse en este anexo.
E.2 EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE SUSTANCIAS DEL RETC
Referir los contaminantes al aire, agua y suelo, generados por actividades de combustión, por proceso y
servicios auxiliares y de servicio. Dichos contaminantes son liberados al ambiente en forma de compuestos
orgánicos volátiles (COV’s), gases de combustión, partículas, aguas residuales, residuos sólidos, fugas y
derrames al suelo, etc., así como los contaminantes que son transferidos en forma líquida o sólida a otros
establecimientos para su compilación y/o tratamiento.
E.3 PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
Dentro de las actividades de prevención y control se deberán reportar aquellas actividades encaminadas a
reducir el uso, emisión o transferencia de los contaminantes listados en la tabla 1 del anexo E. En la tabla E.3.1
se deben reportar aquellas actividades encaminadas a prevenir y manejar la contaminación como: cambio de
materias primas, buenas prácticas de operación, capacitación en el manejo de sustancias contaminantes, etc.,
en la tabla E.3.2 se deben reportar las actividades como: incineración, absorción, tratamiento de aguas
residuales, confinamiento de residuos, etc., ver tablas 5, 6 y 9 del catálogo de claves del presente instructivo.
En todas las secciones anteriores deberán utilizarse documentos de apoyo como:
Hojas de seguridad de los materiales utilizados.
Hojas de información técnica de los materiales o compuestos.
Factura de los insumos o materias primas.
Monitoreo o evaluación de las emisiones y descargas de contaminantes.
Caracterización de los residuos generados.
A continuación se describe un ejemplo del llenado de las tablas que conforman el anexo E.
Actividad: Fabricación de muebles metálicos
Insumos: Lamina diferentes espesores, soldadura, pintura, solvente, gas L.P.
Emisiones: al aire, agua, residuos sólidos no peligrosos y peligrosos.
E.1 USO DE SUSTANCIAS RETC
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E.2. EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE SUSTANCIAS DEL RETC
E.2.2. Emisiones de sustancias del RETC a cualquier medio (aire, agua y suelo) incluir las emisiones
derivadas de accidentes, contingencias o emisiones fugitivas.
E.3 PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
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IV. CATÁLOGO DE CLAVES
Las tablas contenidas en este catálogo deberán emplearse para el llenado de la Licencia Ambiental Única para
el Distrito Federal según las indicaciones que aparecen en el formato.
Tabla 1. Claves de estado físico
Clave Estado físico Clave Estado físico
Gaseoso (gases, vapores, partículas dentro de LN Líquido no acuoso
GP
una corriente gaseosa)
LA Líquido acuoso SS Sólido y semisólido
Tabla 2. Claves de forma de almacenamiento
Clave Tipo de almacenamiento Clave Tipo de almacenamiento
GT A granel bajo techo BP En bolsa plástica
GI A granel a la intemperie CP En contenedor plástico
ET En tolva OF Otras formas (especifique)
CM En contenedor metálico
Tabla 3. Claves de métodos de estimación
Clave Método Clave Método
Medición directa o monitoreo ( de acuerdo a
Balance de materiales (entrada y salida de
MD Normas Oficiales Mexicanas y Normas BM
sustancia)
Mexicanas)
Aproximación mediante datos históricos de esa
DH FE Factores de emisión
emisión o de un proceso semejante
Cálculos de ingeniería Otros métodos, como modelos matemáticos
CI OM
(especifique)
MM Modelos matemáticos
Tabla 4. Claves de tratamiento de agua
Clasificación Operación/tratamiento Clave Clasificación Operación/Tratamiento Clave
Pretratamiento/ Tratamiento Terciario Adsorción (carbón activado u TT1
Cribado y Tamizado TP1
Tratamiento Primario otros)
Desmenuzado TP2 Centrifugación TT2
Desarenado TP3 Clarificación convencional TT3
Flotación TP4 Congelación TT4
Fosa séptica TP5 Desinfección con cloro TT5
Neutralización TP6 Desinfección con ozono TT6
Desinfección con rayos ultra TT7
Homogeneización TP7
violeta
Sedimentación primaria TP8 Desnitrificación TT8
Separadores API TP9 Destilación TT9
Tanques IMHOFF TP10 Electrodiálisis TT10
Trampas de grasas y Filtración al vacío TT11
TP11
aceites
Coagulación/
TP12
Floculación
Tratamiento Biodiscos TS1 Intercambio iónico TT12
Secundario Filtros anaerobios TS2 Precipitación Química TT13
Filtros biológicos TS3 Remoción de fósforo TT14
Filtros rociadores TS4 Osmosis inversa TT15
Lagunas aireadas Oxidación Química TT16
TS5
mecánicamente
Lagunas de Filtración por gravedad TT17
TS6
estabilización
Lodos activados Desorción TT18
TS7
convencionales
Reactores anaerobios TS8 Otros tratamientos OT1
Zanjas de oxidación TS9 ( especifique)
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Tabla 5. Claves de tratamiento de corrientes gaseosas
Clasificación Técnicas de control Clave Clasificación Técnicas de control Clave
Control de Gases (Incluye CG1 Control de partículas Cámaras de PS1
olores y/o vapores) Absorción (vía seca) sedimentación (con o
sin mamparas)
Adsorción CG2 Ciclones PS2
Biofiltración CG3 Colectores de bolsas PS3
Condensación CG4 Filtros de superficie PS4
Incineración a flama CG5 extendida, cartuchos u
abierta (mecheros) otros medios filtrantes
CG6 Precipitadores PS5
Incineración catalítica
electrostáticos
Incineración térmica CG7 Control de partículas Lavadores tipo Venturi PH1
CG8 (vía húmeda) Precipitadores PH2
Incineración en
electrostáticos
calderas u hornos
(húmedos)
Control de Óxidos de ON1 Ciclones húmedos PH3
Reducción selectiva
Nitrógeno (NOx) Cámaras de PH4
catalítica
sedimentación húmeda PH5
Reducción selectiva no ON2 Otras técnicas de control Especifique OC1
catalítica
Tabla 6. Claves de accidentes y emisiones fugitivas
Clave Causa de la emisión Clave Causa de la emisión Clave Causa de la emisión
DE Derrames FU Fugas DE Desfogues
EX Explosiones IN Incendios OT Otros (especifique)
Tabla 7. Claves de destino actual de residuos
Clave Descripción Clave Descripción
DPubli Servicio de limpia público. DTrans Estación de transferencia
DPriva Servicio de limpia privado. DSepar Planta de separación
DVenta Venta. DRelle Relleno sanitario
DRecic Reciclaje. DConfi Confinamiento
DReuso Reuso. DOtro Otro (especifique)
DCompo Planta de composta
Tabla 8. Claves de tratamiento físico y fisicoquímico
Clave Método Clave Método
TF1 Homogeneización TF14 Ósmosis inversa
TF2 Sedimentación TF15 Intercambio iónico
TF3 Sedimentación y clarificación TF16 Despunte (aire)
TF4 Filtración TF17 Despunte (vapor)
TF5 Espesado de lodos TF18 Otro tipo de despunte
TF6 Flotación con aire TF19 Lixiviación ácida
TF7 Desgrasado/desnatado TF20 Extracción con solventes
TF8 Ruptura térmica de emulsión TF21 Remoción de nitrógeno y fósforo
TF9 Ruptura química de emulsión TF22 Desinfección con rayos ultravioleta
TF10 Otro tipo de ruptura química de emulsión TF23 Cribado
TF11 Otro tipo de separaciones en fase líquida TF24 Desmenuzado, Molido o Trituración
TF12 Adsorción (carbón activado) TF25 Desarenización
TF13 Otro tipo de adsorción TF26 Otros tratamientos (especifique)
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V. GLOSARIO DE TÉRMINOS al actuar en cualquier medio altere o modifique su
composición o condición natural.
Para el correcto llenado de la Licencia Ambiental Equipo de combustión: Fuente emisora de
Única para el Distrito Federal, se entenderá por: contaminantes a la atmósfera generados por la
quema de algún combustible fósil, sea sólido, líquido o
Aguas residuales: Aguas de composición variada gaseoso.
provenientes de actividades industriales, comerciales Frecuencia de descarga: Término aplicado para la
y de servicios. disposición de agua residual, donde la descarga
Almacenamiento: Acción de retener temporalmente puede ser continua, intermitente o fortuita,
residuos en tanto se procesan para su entendiéndose esto último como un evento no
aprovechamiento, se entregan al servicio de programado.
recolección o se dispone de ellos. Generadores de alto volumen: Las personas
Ambiente: El conjunto de elementos naturales y físicas o morales que generen un promedio igual o
artificiales o inducidos por el hombre que hacen superior a 50 kilogramos diarios en peso bruto total
posible la existencia y desarrollo de los seres de los residuos sólidos o su equivalente en
humanos y demás organismos vivos que interactúan unidades de volumen.
en un espacio y tiempo determinados. Insumos directos: Aquellos materiales o
Año de reporte: Año calendario (1 de enero al 31 de sustancias que intervienen en el proceso productivo
diciembre) anterior a la fecha de reporte. o de tratamiento. Incluyen materias primas.
CEA: Cantidad de energía requerida durante un año Insumos indirectos: Aquellos materiales o
para alcanzar la temperatura deseada para un uso sustancias que no intervienen de manera directa en
específico del agua caliente, que será utilizada los procesos productivos o de tratamiento y son
durante dicho lapso. empleados dentro del establecimiento en servicios
Contaminación: La presencia en el ambiente de uno auxiliares, en mantenimiento y limpieza, en
o más elementos o sustancias o de cualquier laboratorios, etc.
combinación de ellos que cause desequilibrio Manejo: Conjunto de acciones que involucren la
ecológico. identificación, caracterización, clasificación,
Contaminante: Toda materia o energía en etiquetado, marcado, envasado, empacado,
cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al selección, acopio, almacenamiento, transporte,
incorporarse o al actuar en la atmósfera, agua, suelo, transferencia, tratamiento, y en su caso, disposición
flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o final de los residuos sólidos.
modifique su composición y condición natural. Método de estimación: Es el método empleado
Contingencia ambiental: Situación de riesgo para la estimación de las cantidades reportadas.
derivada de actividades humanas o fenómenos Esto es: medición directa, balance de materiales,
naturales, que puede poner en peligro la integridad de empleo de factores de emisión, etc.
uno o varios ecosistemas. Número de identificación del proceso (NIP):
Control: Inspección, vigilancia y aplicación de las Número consecutivo único, que se le da a cada
medidas necesarias para el cumplimiento de las proceso dentro del establecimiento.
disposiciones establecidas en la Ley Ambiental del Número de punto emisor: Número consecutivo
Distrito Federal. único, que se le da a cada una de las emisiones
Cuerpo receptor: La corriente o depósito natural de generadas en cada proceso dentro del
agua, presas, cauces, zonas marinas o bienes establecimiento.
nacionales donde se descargan aguas residuales, así Número de Registro Ambiental (NRA): Código
como los terrenos en donde se infiltran o inyectan mediante el cual la autoridad ambiental identifica a
dichas aguas pudiendo contaminar el suelo o los cada establecimiento industrial de acuerdo al giro y
acuíferos. localización del mismo, y que se encuentra
Descarga: La acción de depositar o verter aguas homologado con la federación.
residuales o infiltrar o inyectarlas aguas residuales a Plan de manejo: El instrumento de gestión integral
un cuerpo receptor subterráneo o subsuelo. de los residuos sólidos, que contiene el conjunto de
Disposición final: Acción de depositar acciones, procedimientos y medios dispuestos para
permanentemente los residuos en sitios y condiciones facilitar el acopio y la devolución de productos de
adecuadas para evitar daños al ambiente. consumo que al desecharse se conviertan en
residuos sólidos, cuyo objetivo es lograr la
Emisión contaminante: La descarga directa o
minimización de la generación de los residuos
indirecta de toda sustancia o energía, en cualquiera
sólidos y la máxima valorización posible de
de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o
materiales y subproductos contenidos en los
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mismos, bajo criterios de eficiencia ambiental, en un recipiente donde el líquido permanezca inmóvil
económica y social así como para realizar un durante 60 minutos.
manejo adecuado de los residuos sólidos que se Sólidos suspendidos totales: Concentración de
generen. partículas que son retenidas en un medio filtrante de
Poder calorífico: cantidad de calor que entrega un microfibra de vidrio, con un diámetro de poro de 1.5
kilogramo o un metro cúbico de combustible al micrómetros o su equivalente.
oxidarse en forma completa. Tratamiento: El procedimiento mecánico, físico,
Prevención: El conjunto de disposiciones, acciones y químico, biológico o térmico, mediante el cual se
medidas anticipadas para evitar el deterioro del cambian las características de los residuos sólidos y
ambiente. se reduce su volumen o su peligrosidad.
Proceso: Cualquier operación o serie de Unidad de reporte: Unidad de medida (masa,
operaciones que involucra una o mas actividades volumen, etc.) mediante la cual se reportan las
físicas o químicas mediante las que se provoca un cantidades que se solicitan en el formato.
cambio físico o químico en un material o mezcla de
materiales. También se le conoce como proceso
productivo.
Punto de generación: Todo equipo, maquinaria o
actividad que genera contaminantes al aire, al agua
y/o residuos peligrosos. Pueden compartir un
mismo punto de emisión (chimenea o ducto de
descarga) o poseer puntos múltiples de emisión.
Reciclaje: La transformación de los materiales o
subproductos contenidos en los residuos sólidos a
través de distintos procesos que permiten restituir
su valor económico
Representante legal: Persona que cuenta con
poderes otorgados legalmente por la empresa y
como tal, es el responsable del conjunto de la
información vertida en el formato de la LAUDF.
Responsable técnico: La persona designada por
la empresa para requisar el formato de la LAUDF y
garantizar que la información técnica proporcionada
sea fidedigna y completa.
Residuo: Cualquier material generado en los
procesos de extracción, beneficio, transformación,
producción, consumo, utilización, control o
tratamiento cuya calidad no permita usarlo
nuevamente en el proceso que lo generó.
RETC: Registro de emisión y transferencia de
contaminantes, de acuerdo al artículo 109 BIS de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Sistema tradicional de calentamiento de agua:
Equipo que se utiliza para calentar agua, mediante la
utilización de combustibles fósiles o electricidad.
Sistema de alcantarillado: Es el conjunto de
dispositivos y tuberías instalados con el propósito de
recolectar, conducir y depositar en un lugar
determinado las aguas residuales que se generan o
se captan en una superficie donde haya zona
industrial, población o comunidad en general.
Sistema de control de emisiones: Dispositivos,
equipos, buenas prácticas de manejo, entre otros.
Sólidos sedimentables: Volumen de las partículas
sólidas que se depositan por la fuerza de la gravedad
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