TRIBUTACION AGRICOLA
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EN VENEZUELA
Impuesto sobre la Renta
– 2004 -
MARACAIBO
Rosella Falini Guerra
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Impuesto sobre la Renta:
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Retenciones Ajuste por Inflación
Dividendos Control Fiscal
Renta Mundial
Precios de Transferencia
TRATADOS PARA EVITAR
LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL
Impuesto a los Activos Empresariales
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ACTIVIDAD PRIMARIA !!!
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Actividades Actividades
Agropecuarias Agropecuarias no
realizadas a nivel realizadas a nivel
primario: primario:
ISLR ISLR
Decreto 838 RAR
Res. 665 –705
API
Res 091 MAT
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…Exoneración 2.000-2004
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Actividad Primaria: extracción directa de
la naturaleza y venta en estado natural
Solo para propietarios de la tierra o
arrendatarios autorizados
Actividad pesquera solo barcos de bandera
nacional
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Resolución 091. (MAT)
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8 de Octubre 2002 ~ GO 37.544
Nuevos requisitos para mantener el
beneficio de exoneración del Decreto 838.
Vincula la exoneración del ISLR a la Ley
de Tierras.
Requiere como recaudo el Certificado de
Finca emitido por el I.N.T.
Exigible a partir del 1-1-2003.
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Decreto 838 /31-5-2000 GO 36.995
Resolución 705 /14-2-2001 M.F.
Beneficio de Exoneración a la Actividad
Primaria
Inscripción formal en el Seniat # RCE
Condicionado a reinvertir el 100% del
impuesto calculado y a cumplir todos los
deberes formales de la ley de ISLR
Declaración jurada de reinversión ante el MAT
(Res. 091/ MAT. 8-10-2002)
Vigencia
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Ventajas del Decreto 838
Implica un ahorro del impuesto
Obliga a la reinversión: -> estimula el
desarrollo y crecimiento del fundo.
Silencio Positivo opera en la solicitud
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Desventajas del Decreto 838
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Excesivos requisitos pre y post exoneración.
Limita el desarrollo agroindustrial de los
productores primarios.
Injusto: amenaza con pérdida del beneficio por
incumplimiento de deberes formales delicado
para el pequeño productor
No está acompañado ni precedido de una campaña
de información al productor. difícil su cabal
cumplimiento.
Anula el efecto práctico de la Rebaja Comunal
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.....Solicitud Objetiva
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Cuidarse de hacer solicitudes
innecesarias
Períodos Preoperativos
A comienzos del ciclo productivo
Inversiones comunales importantes previstas
Pérdidas importantes
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Enriquecimiento Neto Mundial
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Territorial + Extraterritorial
Art. 4 RLISLR
Determinación independiente: I - C – D (prorrateo)
¿ Incremento
Manejo contable separado por fuente
Patrimonial ?
No Compensación de pérdidas territoriales con rentas
extraterritoriales:
Si saldo es negativo, el impuesto a pagar, se determina aplicando la
tarifa correspondiente al enriquecimiento neto de la fuente que
obtenga saldo positivo.
Contribuyentes
-----------1----------- ----------2------------
ENT Bs 1000 ENT Bs 1000
ENE Bs --0-- ENE (Bs 1500)
ISLR Bs 34 ISLR Bs 34
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Transparencia Fiscal
Arts. 201 a 203 RLISLR
Disposiciones de Control Fiscal
Normas presumen existencia de inversión y anticipan
gravamen como desestímulo a invertir a través de entes
ubicados en Jurisdicciones Baja Imposición Fiscal.
Exceptúa de su régimen los ingresos gravables
provenientes de la realización de actividades
empresariales
Contribuyente
Control o toma de decisiones, excepto: Venezuela
50% o + en activos fijos (definición LIAE)
JBIF
Menos del 20% rentas pasivas Exterior
Alquileres
(dividendos, intereses, etc.) Intereses
= Monto de ingresos brutos causados en Dividendos
Ganancias Capitales
el ejercicio entre total ingresos brutos de Regalías
JBIF
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Dividendos
Arts. 209 y 210 RLISLR
Renta Neta: La aprobada en Asamblea de Accionistas, (art 91
LISLR)
P C G A en Venezuela: Los emanados de la F C C P V
Base Imponible del impuesto proporcional al dividendo:
Renta Neta (art 209 del RLISLR)
- Dividendos recibidos de terceros,
- Rentas netas exentas o exoneradas
- Renta neta fiscal gravada
Renta Neta (histórica) Bs. 1.000.000
Dividendos Recibidos de Terceros Bs. (100.000)
Renta Neta Exenta y/o Exonerada Bs. ( 17.500)
Renta Neta Fiscal Gravada Bs. ( 82.500)
Base Imponible Bs. 800.000
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Dividendos Presuntos
Operaciones a favor de accionistas
Art. 213 RLISLR
Se presumen dividendos pagados los créditos, depósitos
y adelantos que hagan las sociedades a sus socios o
comuneros hasta el monto de las utilidades y reservas
Créditos, Depósitos y Adelantos: Desembolsos de dinero
en efectivo o especie que tiendan a disminuir la posición
patrimonial o el flujo de efectivo de la sociedad
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Dividendos en Acciones
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Art. 214 RLISLR
El impuesto proporcional del 34% se
causa al enajenar las acciones adquiridas
a título de dividendos en acciones
(Anticipo del 1% sobre el valor total del
dividendo decretado en acciones)
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Deducciones
Art. 54 RLISLR
De remuneraciones pagadas a personal extranjero
procede cuando:
La actividad desempeñada por ellos sea necesaria
para generación de renta gravable de fuente
territorial.
El personal extranjero esté debidamente autorizado
para ejercer actividades remuneradas en Venezuela,
tanto por el Ministerio del Trabajo como por el
organismo competente de extranjería.
El beneficiario de las remuneraciones y el
contribuyente no sean partes relacionadas
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Abono en cuenta
Art. 82 RLISLR
Definición para aplicar las retenciones de
ISLR:
>
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Inventarios, Registros,Documentos e
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Informaciones
Arts. 175 y 177 RLISLR
Obligación de llevar contabilidad de
manera que se permita valorar
mensualmente el inventario de
mercancías
SENIAT podrá requerir que tal
información se anexe a las declaraciones
Facturas u otros documentos deben
elaborarse cumpliendo la normativa
dictada en materia de IVA
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Arts. 107, 114, Ajuste por Inflación
18 117, 118, 120 Libros y Registros Adicionales
y 123 RLISLR
Cédulas del ajuste inicial, detalle de las partidas no monetarias
Balance general fiscal inicial ajustado y reajustado
Detalles de los ajustes efectuados a las partidas no monetarias
Asientos de ajuste y reajuste con sus detalles
Asientos de exclusiones de patrimonio
Asiento de transferencia del reajuste por inflación a la cuenta
de actualización de patrimonio
Balance general fiscal final ajustado
Libro Mayor
Conciliación entre la renta financiera y fiscal
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Declaración
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Artículo 138. RLISLR
Definitiva
Quienes obtengan un enriquecimiento global neto anual
y disponible superior a mil unidades tributarias (1000
U.T.) o mil quinientas unidades tributarias (1500 U.T.)
de ingresos brutos.
Igual obligación tendrán aquellos contribuyentes
personas naturales que se dediquen exclusivamente a las
actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras o piscícolas a
nivel primario que hayan obtenido ingresos brutos mayores
a dos mil seiscientas veinticinco unidades tributarias
(2.625 UT).
Valor UT 2004: Bs. 24.700,00
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NORMATIVA ESPECIAL
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(FONDO / FORMA)
Al calificar los actos o situaciones que configuran
los hechos imponibles del ISLR, el SENIAT podrá
desconocer la constitución de sociedades, la
celebración de contratos y en general, la adopción
de formas y procedimientos jurídicos, aún cuando
estén formalmente conforme con el derecho,
siempre que existan fundados indicios de que con
ellas, el contribuyente ha tenido el propósito
fundamental de evadir, eludir o reducir los
efectos de la aplicación del impuesto.
implicaciones tributarias
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Conclusiones
AGRADECIMIENTO