SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION - DOC - DOC
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SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-A
PLIEGO DE REQUISITOS Y COPIA DEL
COMPROBANTE DE PAGO PARA
PARTICIPAR EN LA PRESENTE
LICITACIÓN
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
México, D.F., 15 de Abril del 2003
PLIEGO DE REQUISITOS
Al que se sujetará la LICITACION PUBLICA NACIONAL número 09085002-019-03, relativa a los
trabajos de: SUPERVISION Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA: MORTERO ASFALTICO,
RIEGO DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASI COMO
RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34, EN EL AEROPUERTO DE TUXTLA GUTIÉRREZ,
CHIS., conforme a las siguientes:
B A SE S
PRIMERA.- Aeropuertos y Servicios Auxiliares, mostrará una sola vez el sitio donde se realizará la
obra, para lo cual los interesados deberán concurrir a la ADMINISTRACIÓN DEL AEROPUERTO
DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIS., el día VEINTITRES (23) DE ABRIL DEL 2003 en punto de las
ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (11:30), ubicado en LLANO SAN JUAN, MUNICIPIO
OCOZOCUAUTHLA, CHIAPAS, C.P. 29140, en donde serán atendidos por el personal que
designe Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
La junta de aclaraciones a las bases de esta licitación se efectuará el día VEINTITRES (23) DE
ABRIL DEL 2003, en punto de las DOCE HORAS (12:00), en el mismo lugar. Donde es
recomendable la asistencia del representante de la empresa y del personal profesional que tendrá
a su cargo la coordinación, dirección y control de la supervisión , con el fin de que se hagan todas
las aclaraciones; mismas que deben quedar asentadas en el acta que se elaborará al terminar la
reunión.
Para obtener las bases de la licitación las empresas podrán adquirirlas directamente en las oficinas
de la Gerencia de Precios Unitarios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares sita en Av. 602 No. 161
Col. San Juan de Aragón C.P. 15620 Tel. 51-33-10-00 Exts. 3604 ó 3628, de lunes a viernes de
09:00 a 15:00 horas, o a través de compranet cubriendo los costos correspondientes. La copia del
recibo de pago de las bases deberá incluirse en el sobre de la propuesta técnica, ya que en caso
contrario no podrá admitirse su participación.
A elección de los interesados podrán presentar su propuesta técnica, económica y su
documentación complementaria a través de medios remotos de comunicación electrónica
Para el caso de participación por medio de comunicación electrónica la venta de bases se realizara
en el sistema de contrataciones gubernamentales Compranet en la dirección:
http://compranet.gob.mx es importante aclarar que es requisito indispensable adquirir estas bases
por medio de este sistema para todo aquel licitante interesado a participar a través de medios
remotos de comunicación electrónica.
Los interesados que a su elección opten por participar en esa licitación, a traves de medios
remotos de comunicación electrónica deberán acudir a las oficinas de Compranet en la Secretaria
de la Contraloría y Desarrollo Administrativo con el propósito de que obtengan, la certificación del
medio de identificación electrónica.
El licitante que haya adquirido las bases por compranet, una vez realizado el pago correspondiente
deberá recoger los planos que complementan la documentación en la Gerencia de Precios
Unitarios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares en la dirección antes citada. El licitante realizará
manifestación escrita donde indique que conoce los planos de la obra y que fueron tomados
en consideración para la integración de su propuesta.
SEGUNDA.- Al formular la proposición el licitante tomará en cuenta lo siguiente:
a) Que la supervisión de la obra se llevará a cabo con sujeción a la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento y de acuerdo al proyecto; las Normas
de Construcción de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; las especificaciones
particulares de la obra, al programa de montos mensuales de ejecución de obra, programa
calendarizado de ejecución de los trabajos y de utilización de maquinaria y equipo de
construcción a los requisitos o alcances de la supervisión (Anexo No. T-7) y a los programas
calendarizado de ejecución general de los trabajos (Anexo No. T-3) y de utilización del personal
técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, supervisión y administración de
los trabajos (Anexo No. T-4)
El licitante deberá presentar en su propuesta el análisis de todos los precios unitarios señalados
en la relación de Conceptos y Cantidades de Obra para Expresión de Precios Unitarios y Monto
Total de la Proposición (Anexo No. E-17). Así como el análisis de costos básicos que integran
los precios unitarios, ambos documentos deberán ser calculados de acuerdo con lo establecido
en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
b) Deberá tener en la supervisión permanentemente un representante técnico, cuyo título deberá
estar registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública,
además de que tenga suficiente experiencia en los trabajos de la índole de los que se llevarán a
cabo; tendrá también obligación de conocer ampliamente las normas de construcción e
instalaciones en vigor de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el proyecto y los
requisitos para la supervisión (Anexo No. T-7).
Aeropuertos y Servicios Auxiliares tendrá el derecho de solicitar a la empresa supervisora el
reemplazo del profesional cuando se considere que éste no reúne el perfil solicitado o bien no
acate las instrucciones giradas por la Gerencia de Obras y Conservación en relación a la
correcta ejecución de los trabajos, de conformidad al artículo 87 del Reglamento de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
c) El plazo de ejecución de los trabajos será de NOVENTA (100) días naturales, siendo la fecha
estimada de inicio el día VEINTISEIS (26) DE MAYO DEL 2003.
d) El término estimado para la conclusión de los trabajos será el día DOS (02) DE SEPTIEMBRE
DEL 2003.
El horario para la ejecución de los trabajos será ABIERTO
e) Tener experiencia como empresa en trabajos de: SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE
OBRAS EN MORTERO ASFALTICO, RIEGO DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO
HORIZONTAL EN PISTAS; presentando documentación comprobatoria de la misma.
f) Que para efecto de pago, las estimaciones de los trabajos ejecutados se deberán formular con
una periodicidad no mayor de un mes. La empresa supervisora deberá presentarlas a la
residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago
de las estimaciones que hubiere fijado Aeropuertos y Servicios Auxiliares en el contrato,
acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago; la residencia de
obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor
de quince días naturales siguientes a su presentación. En el supuesto de que surjan diferencias
técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, estas se resolverán
e incorporarán en la siguiente estimación.
Las estimaciones por trabajos de supervisión ejecutados deberán pagarse por parte de
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor a veinte días
naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por parte de la Gerencia
de Obras y Conservación conforme a lo establecido en el Artículo 54 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Cabe hacer la aclaración que las estimaciones de trabajos de supervisión ejecutados serán
formuladas con una periodicidad no mayor de un mes. Por lo que las empresas participantes
deberán considerar tal situación para el cálculo de sus costos de financiamientos.
g) Para los licitantes que a su elección opten por enviar sus propuestas a través de medios de
comunicación electrónica se sujetarán a lo siguiente:
El envió de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica, el licitante
deberá utilizar exclusivamente el programa informático de Compranet de la Secretaria
de Contraloría y Desarrollo Administrativo, los sobres serán generados mediante el uso
de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que
sea inviolable.
Previo al acto de presentación y apertura de proposiciones se verificara que los
licitantes que participan por medios remotos de comunicación electrónica hayan
realizado el pago de las bases, mediante la consulta que se realice al sistema de banca
electrónica con lo cual se dará por acreditado el pago.
Los licitantes deberán concluir el envió de sus propuestas técnica, económica y
complementaria según los requisitos señalados en la convocatoria y mencionados en
las bases de licitación a mas tardar una hora antes de la fecha y hora establecida en la
convocatoria para el inicio del acto de presentación de proposiciones.
Reconocerá como propia y autentica la información que por medios remotos de
comunicación electrónica envíen a través de COMPRANET, y que a su vez, se distinga
por el medio de identificación electrónica que les certifique la SECODAM
El licitante aceptará que el uso de su certificado digital por persona distinta a la
autorizada quedara bajo su exclusiva responsabilidad.
Admitirán que se tendrán por no presentadas las propuestas cuando la información
remitida contenga virus informáticos o no pueda consultarse por cualquier causa
motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de computo.
Las empresas que presenten su propuesta por medios remotos de comunicación
electrónica deberán presentar sus archivos en ( Word 2000 y Excel 2000 ).
TERCERA.- Al formular su proposición el licitante reconoce:
a) De conformidad a lo establecido por la fracción IV del Artículo 33 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, es causa de desechar su proposición el incumplimiento
de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la licitación, así como la comprobación
de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier
otro acuerdo que tengan como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
b) De conformidad a lo establecido por la fracción VII del Artículo 33 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, ninguna de las condiciones contenidas en las bases de
la licitación, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser
negociadas.
c) Tomará en consideración las condiciones climatológicas, topográficas de la región,
compenetrándose de las condiciones generales y especiales del lugar de la obra y que el
desconocimiento de tales condiciones, en ningún caso servirá posteriormente para aducir
justificación por incumplimiento del contrato o para solicitar precios unitarios extraordinarios. Por
lo que se sugiere la presencia de los participantes a la visita de obra que se establece en la
cláusula primera de éstas bases.
d) Cuando se estipula que el pago de los diversos conceptos de los trabajos, se hará al precio que
se fije en el contrato por unidad de obra terminada, ha juzgado y tomado en cuenta todas las
condiciones que puedan influir en los precios unitarios, independientemente de lo que dichos
precios incluyan por razón del costo directo, del indirecto, de financiamiento y de la utilidad.
e) Para efectos de la revisión y ajuste de los costos, la fecha de origen de los precios será la del
acto de presentación y apertura de proposiciones, de conformidad con el artículo 57 fracción I y
artículo 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y al Capítulo
Quinto y Artículo 201 de su Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas.
f) Ninguna de las diferencias que pudieran resultar de las cantidades de obra anotadas por
Aeropuertos y Servicios Auxiliares en el Anexo No. E-18, justificará reclamación del licitante en
relación con los precios unitarios respectivos.
g) El licitante ganador, máximo dentro de los quince días naturales siguientes a la emisión del fallo,
deberá entregar el programa de ejecución general de los trabajos que considere todos y cada
uno de los conceptos que integran la propuesta, utilizando preferentemente redes de
actividades de ruta crítica y diagrama de barras.
h) Propone precios unitarios únicamente para los conceptos anotados en el catálogo ( Anexo No.
E-18), y que por lo tanto, no presenta alternativas que modifiquen lo estipulado en este Pliego
de Requisitos, la omisión de un precio será motivo para desechar su proposición.
i) De conformidad con lo establecido en la Fracción III y XV del Artículo 33 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la junta de aclaraciones es optativa, sin
embargo, se recomienda la asistencia al sitio de realización de los trabajos en la fecha y hora
indicado tanto en la convocatoria como en estas bases de licitación.
CUARTA.- Todos los documentos de la proposición se presentaran en idioma español, escritos
preferentemente a máquina y de ser manuscrito se usará tinta escribiendo con caracteres de
imprenta fácilmente legibles.
Por lo que hace a la relación de conceptos y cantidades de los trabajos para expresión de precios
unitarios y monto total de la proposición, (Anexo No. E-18), se tomará en cuenta lo siguiente:
a) No tendrá correcciones, raspaduras ni enmendaduras.
b) Se anotarán los precios unitarios, tanto con número como con letra; los cuales deberán ser
coincidentes; expresándolos en moneda nacional al centésimo; en caso de diferencia deberá
prevalecer el que coincida con el análisis del precio correspondiente o el consignado con letra
cuando no se tenga dicho análisis.
c) Cuando el anexo No. E-18 se componga de varias hojas, deberán anotarse en cada una de
ellas el monto parcial acumulado y en la hoja final el monto total sin incluir el impuesto al valor
agregado.
d) En caso de encontrarse errores en las operaciones aritméticas se reconocerá como correcto el
producto de las cantidades de obra anotadas por Aeropuertos y Servicios Auxiliares y los
Precios Unitarios de los análisis presentados por el proponente, o el consignado con letra
cuando se tenga dicho análisis.
e) El licitante acepta que en caso de que haya errores aritméticos se hagan las correcciones
modificando los importes parciales, subtotales y totales.
QUINTA.- Para la revisión de los ajustes de costos a los Precios Unitarios, se considerará lo
establecido en los preceptos legales que se indican a continuación:
ARTICULO 56 LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS.- Cuando a partir de la presentación de propuestas ocurran circunstancias de orden
económico no previstas en el contrato que determinen un aumento o reducción de los costos de los
trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos, cuando procedan,
deberán ser ajustados atendiendo al procedimiento de ajuste de costos acordado por las partes en
el contrato, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 57 fracción I de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas. El aumento o reducción correspondientes deberá
constar por escrito.
No dará lugar a ajuste de costos, las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia,
pudiera estar sujeta la importación de bienes contemplados en la realización de los trabajos.
Para el presente contrato el procedimiento de ajuste de costos que se llevará a cabo será mediante
el procedimiento indicado en la fracción I, del Articulo 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas.
I. La revisión de cada uno de los precios del contrato para obtener el ajuste;
La aplicación del procedimiento de ajuste de costos a que se refiere el artículo anterior se sujetará
a lo que establece el Artículo 58 Fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas y Artículo 201 de su Reglamento.
SEXTA. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.- Para responder del cumplimiento de la
proposición los licitantes que infrinjan las disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas, serán sancionados por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo
Administrativo con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo
general vigente en el Distrito Federal elevado al mes, en la fecha de la infracción.
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, además de la sanción a que se refiere el
artículo anterior, inhabilitará temporalmente para participar en procedimientos de contratación o
celebrar contratos regulados por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas al licitante o contratista que se encuentre en alguno de los supuestos siguientes:
I. Los licitantes que injustificadamente y por causas imputables a los mismos no formalicen el
contrato adjudicado por la convocante.
II. Los licitantes que se encuentren en la Fracción III del Artículo 51de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, respecto de dos o más dependencias o entidades.
III. Los licitantes que no cumplan con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos
y que, como consecuencia, causen daños o perjuicios graves a Aeropuertos y Servicios
Auxiliares.
IV. Los licitantes o empresas supervisoras que proporcionen información falsa, o que actúen con
dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante
su vigencia, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de
conciliación o de una inconformidad.
La inhabilitación que imponga la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo no será
menor de tres meses ni mayor de cinco años, plazo que comenzará a contarse a partir del día
siguiente a la fecha en que la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo la haga del
conocimiento de las dependencias y entidades, mediante la publicación de la circular respectiva
en el Diario Oficial de la Federación.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que
tengan conocimiento de alguna infracción a las disposiciones de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas, remitirán a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo
Administrativo la documentación comprobatoria de los hechos presumiblemente constitutivos de
la infracción.
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo impondrá las sanciones considerando:
1. Los daños o perjuicios que se hubieren producido o puedan producirse;
2. El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción;
3. La gravedad de la infracción, y
4. Las condiciones del infractor.
La Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo impondrá las sanciones administrativas de
que trata este título, con base en las disposiciones relativas de la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo. De acuerdo a lo que se establece en los Artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
V. Aeropuertos y Servicios Auxiliares, no formalizara contrato con la empresa ganadora, si la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) notifica
que la empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, salvo que exista un
oficio del SAT a Aeropuertos y Servicios Auxiliares en el que indique que la empresa se
encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.
SEPTIMA.- Al licitante al cual se le adjudique el contrato se compromete que con un término de 10
días naturales posteriores a la fecha de terminación real de los servicios quedará obligado a
notificar por oficio a la Gerencia de Obras y Conservación de dicha terminación, para que esta
dentro del plazo establecido en el contrato y con fundamento en el artículo 64 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y al Capitulo Cuarto, Sección VIII y IX del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, verifique la
terminación de los mismos, al finalizar la verificación Aeropuertos y Servicios Auxiliares, la empresa
hará entrega de la fianza de vicios ocultos, contando Aeropuertos y Servicios Auxiliares con un
plazo de quince días naturales para proceder a su recepción física mediante el levantamiento del
acta correspondiente quedando los trabajos bajo su responsabilidad, recibidos físicamente los
trabajos las partes deberán elaborar dentro del termino estipulado en el contrato al finiquito de los
trabajos. Debiendo levantar la procedente acta administrativa que dé por extinguidos los derechos
y obligaciones asumidos por ambas partes en el contrato de conformidad con el último párrafo del
artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Artículo 143 del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
OCTAVA.- Para aclarar cualquier duda que los interesados tuvieran en relación con esta licitación
podrán dirigirse a la Subgerencia de Análisis de Precios Unitarios, dependiente de la Gerencia
Precios Unitarios, de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, sita en Avenida 602 No. 161 Col. San
Juan de Aragón, C.P.15620 Delegación Venustiano Carranza, o bien a los teléfonos 51-33-10-00
Exts. 3604 y 3628 ó el Fax: 57-84-22-91.
NOVENA.- La proposición deberá presentarse por escrito en dos (2) sobres cerrados, por
separado cada uno; y claramente se identificará cual corresponde a la propuesta técnica y cual a la
económica; así como el nombre de la empresa participante, o a través de los medios remotos de
comunicación electrónica.
La documentación se integrará de la siguiente forma, debiendo foliarse preferentemente con
número consecutivo para transparencia y mejor conducción de este procedimiento.
Para el caso de las propuestas técnicas y económicas que a elección del licitante sean enviadas
por medios remotos de comunicación electrónica, preferentemente deberán identificarse, cada una
de las paginas que integran las propuestas, con el registro federal de contribuyentes, numero de
licitación y numero de pagina, cuando ello sea técnicamente posible; dicha identificación deberá
reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de la
apertura de la propuesta técnica y económica.
PROPUESTA TECNICA:
Documentos proporcionados por Aeropuertos y Servicios Auxiliares con este Pliego que el
concursante requisitará y devolverá con la proposición, firmados en todas sus hojas. El
incumplimiento por parte de los licitantes de cualquier documento requerido o la firma de éstos será
motivo de desechar la propuesta.
Para los licitantes que envíen propuestas por medios remotos de comunicación electrónica,
deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica que
para tal fin deberá certificarse previamente en COMPRANET de la Secretaria de Contraloría y
Desarrollo Administrativo.
T-A Pliego de Requisitos y copia del comprobante de pago para participar en la presente
licitación.
T-1 Manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones
ambientales, así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones que se
celebren, y haber considerado las modificaciones que en su caso se hayan efectuado a las
bases de licitación
T-2 Relación del personal que se requiere para la supervisión de la obra, indicando las
cantidades a utilizar.
T-3 Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos, dividido en partidas y
subpartidas, indicando por mes las cantidades de trabajo por realizar.
T-4 Programa cuantificado y calendarizado de utilización mensual del personal técnico,
administrativo y de servicios encargado de la dirección, supervisión y administración de los
trabajos dividido en partidas y subpartidas.
T-5 Programa calendarizado de ejecución de los trabajos indicando por mes las cantidades de
utilización del equipo requerido y técnico dividido en partidas y subpartidas.
T-6 Memoria descriptiva.
T-7 Requisitos o alcances de la supervisión.
T-8 Modelo de Contrato de Servicios Relacionados con la Obra Pública debidamente firmado y
manifestación escrita de conocer el contenido del modelo del contrato y su
conformidad de ajustarse a sus términos. (este último documento será preparado por el
licitante).
T-9 Normas básicas para la revisión de precios unitarios no previstos en el catálogo original del
contrato, y ajustes de costos, debidamente firmados.
T-10 Criterios detallados para la adjudicación.
T-11 Descripción de la planeación integral del licitante para realizar la supervisión, incluyendo el
procedimiento de ejecución de los trabajos. (Documento que será preparado por el
licitante).
T-12 Manifestación escrita de conocer los alcances de la obra, proyectos arquitectónicos y de
ingeniería, normas de calidad de los materiales, especificaciones generales y particulares
emitidas por la Aeropuertos y Servicios Auxiliares, para la supervisión de la obra, así como
Leyes y Reglamentos aplicables y su conformidad de ajustarse en sus términos.
(Documento que será preparado por el licitante).
T-13 Manifestación escrita de que por si mismo o a través de interpósita persona se abstendrán
de adoptar conductas para que servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren
las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y
cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los
demás participantes. (Documento que será preparado por el licitante).
T-14 Curriculum de los Profesionales Técnicos al servicio del licitante, identificando a los que se
encargarán de la ejecución y administración del servicio, los que deban tener experiencia
en supervisión de características técnicas y magnitud similares.
T-15 Identificación de los trabajos realizados por el licitante y su personal, que acrediten la
experiencia y la capacidad técnica requerida, anexando documentación que compruebe su
participación, anotando el nombre del contratante, descripción del servicio, importes
totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminación, según sea el
caso.
T-16 Relación de planos y manifestación escrita del licitante indicando de que conoce los planos
de la obra y que fueron tomados en consideración para la integración de su propuesta, de no
haber planos lo deberá manifestar. (Documento que será preparado por el licitante)
Para dar cumplimiento al artículo 37 Fracción II de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas; por lo menos un licitante y dos servidores públicos presentes rubricarán los
siguientes documentos de la propuesta técnica.
T-3 Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos, dividido en partidas y
subpartidas, indicando por mes las cantidades de trabajo por realizar.
T-4 Programa calendarizado de ejecución general de los trabajos indicando por mes las
cantidades de utilización del personal técnico, administrativo y de servicio encargado de la
dirección, supervisión y administración de los trabajos dividido en partidas y subpartidas.
En el caso de licitantes que hayan presentado su propuesta por medios remotos de comunicación
electrónica se imprimirán los documentos antes señalados recabando la rubrica de los asistentes.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares no autorizará ninguna subcontratación para la ejecución de
estos servicios.
PROPUESTA ECONOMICA
E-17 Carta compromiso de la proposición; señalando el monto total de la proposición sin incluir
el I.V.A.
E-18 Relación de conceptos y cantidades de servicios para expresión de precios unitarios y
monto total de la proposición (Forma C-1). (Documento que será preparado por el licitante,
de acuerdo a lo establecido en el documento T-7 Requisitos y Alcances de la Supervisión).
E-19 Resumen por partidas de la relación de conceptos y cantidades de servicios para expresión
de precios unitarios y monto total de la proposición (Forma C-2).
E-20 Programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, calendarizado y
cuantificado mensualmente; dividido en partidas y subpartidas debiendo existir congruencia
con los programas presentados en la etapa técnica. (Forma C-3).
E-21 Análisis para la determinación del factor de salario real conforme a lo previsto por el
Reglamento de la ley de obras públicas y Servicios Relacionados con las Mismas,
presentando actualizados los % de las cuotas de IMSS, para cuota fija y excedentes de
tres salarios mínimos generales en el Distrito Federal para el 2003, SAR e INFONAVIT,
etc.
E-22 Análisis de cada uno de los Precios Unitarios de los conceptos propuestos para el servisio,
incluidos en el listado correspondiente (Forma C-1).
Análisis detallados de los Precios Unitarios de los diversos conceptos, que deberán ser
formulados por el proponente de acuerdo con las formas entregadas por Aeropuertos y
Servicios Auxiliares y de conformidad con la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas y su Reglamento al que se agregaran las hojas en que se
consignen los datos básicos relativos a la mano de obra, materiales y equipo que sirvan de
base al proponente para efectuar cada análisis del costo directo, debiéndose firmar en
cada una de sus hojas.
El apartado correspondiente a los análisis de Precios Unitarios deberá integrarse de
acuerdo con lo indicado en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas Capitulo Sexto, en
los Artículos 154, 155, 156, 157 y 158.
E-23 Análisis detallado para la determinación de los costos indirectos, costos que estarán
representados como un porcentaje del costo directo de cada concepto de trabajo se
desglosarán los correspondientes a las administraciones de oficinas centrales y, seguros y
fianzas de conformidad con los Artículos 180, 181 y 182 del Reglamento de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
E-23ª Análisis detallado para la determinación de los costos de financiamiento; cargo que estará
representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; para la
determinación de este costo deberán considerarse los gastos que realizará el contratista en
la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá y la tasa de
interés, la cual deberá calcularse por el Proyectista con base a un indicador económico
específico, el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del Contrato de
conformidad con los Artículos 183, 184 y 185 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas
y Servicios Relacionados con las Mismas.
E-23b Cargo por utilidad, será fijado por el concursante mediante un porcentaje sobre la suma de
los costos directos, indirectos y de financiamiento de conformidad con el Artículo 188 del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Cargos adicionales, son las erogaciones que debe realizar el contratista por estar convenidas como
obligaciones adicionales o porque derivan de un impuesto o derecho que se cause con motivo de
la ejecución de los trabajos y que no formen parte de los costos directos e indirectos y por
financiamiento, ni por cargos por utilidad.
Únicamente quedarán incluidos, aquellos cargos que deriven de ordenamientos legales aplicables
o de disposiciones administrativas que emitan las autoridades competentes en la materia, como
impuestos locales y federales y gastos de inspección y supervisión.
Los cargos adicionales no deberán ser afectados por los porcentajes determinados para los costos
indirectos y de financiamiento ni por los cargos de utilidad.
Estos cargos deberán adicionarse al precio unitario después de la utilidad, y solamente serán
ajustados cuando las disposiciones legales que les dieron origen, establezcan un incremento o
decremento para los mismos.
E-24 Programa de erogaciones calendarizado y cuantificado en partidas y subpartidas de
utilización mensual del personal técnico, administrativo y de servicios encargado de la
dirección, supervisión, administración y ejecución de los trabajos.
En cumplimiento al artículo 37 Fracción V de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas; por lo menos un licitante y dos servidores públicos presentes rubricarán los
siguientes documentos:
E-18 Relación de conceptos y cantidades de servicios para expresión de precios unitarios y
monto total de la proposición (Forma C-1).
E-19 Resumen por partidas de la relación de conceptos y cantidades de servicios para expresión
de precios unitarios y monto total de la proposición (Forma C-2).
E-20 Programa de montos mensuales de ejecución de los trabajos. (Forma C-3).
En el caso de licitantes que hayan presentado su propuesta por medios remotos de comunicación
electrónica se imprimirán los documentos antes señalados recabando la rubrica de los asistentes.
DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA
La documentación complementaria que deberá presentarse por separado, durante la
licitación es la siguiente; La documentación deberá presentarse debidamente firmada, la
falta de algún documento o su firma será motivo de desechar su propuesta.
I) Escrito en el que manifieste el domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y
documentos que deriven de los actos de procedimiento de contratación y, en su caso,
del contrato respectivo, mismo que servirá para practicar las notificaciones aún las de
carácter personal, las que surtirán todos sus efectos legales mientras no señale otro
distinto;
II) Escrito mediante el cual declare que no se encuentra en alguno de los supuestos que
establece el Artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas.
III) Declaración Fiscal o balance general auditados de la empresa, correspondiente al
ejercicio fiscal inmediato anterior 2002, con el que acredite el capital contable
requerido; en el caso de empresas de reciente creación deberán presentar los más
actualizados a la fecha de presentación de la propuesta.
Para personas físicas deberán presentar balance general auditado, con el que
acredite el capital contable requerido actualizado al cierre del ejercicio 2002.
Capital contable requerido, ($ 800,000.00)
IV) Identificación Oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas, y
V) Escrito mediante el cual la persona moral manifieste que su representante cuenta con
las facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que contendrá
los datos siguientes:
a) De la persona moral: Clave del Registro Federal de Contribuyentes, denominación
o razón social, descripción del objeto social de la empresa; relación de los
nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que
conste el acta constitutiva y en su caso sus reformas o modificaciones, señalando
el nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que las
protocolizó; asimismo los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio
y
b) Del representante: Nombre del Apoderado; número y fecha de los instrumentos
notariales, de los que se desprendan las facultades para suscribir la propuesta,
señalando nombre, número y circunscripción del notario o fedatario público que lo
protocolizó.
c) Identificación oficial vigente con fotografía del representante.
VI) Para los interesados que decidan agruparse para presentar una propuesta deberán
acreditar en forma individual los requisitos señalados anteriormente, además de
entregar una copia del convenio al que se refiere el artículo 28 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La presentación de
los documentos de los integrantes de la agrupación y la del convenio deberá hacerse
por un representante común, y bastará la adquisición de un solo ejemplar de bases de
licitación y contendrá lo siguiente:
a) Nombre y domicilio de los integrantes, identificando en su caso, los datos de los
términos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas
morales de la agrupación.
b) Nombre de los representantes de cada una de las personas identificando, en su
caso, los datos de los testimonios públicos con los que se acredita su
representación,
c) Definición de las partes del objeto del contrato que cada persona se obliga a
cumplir.
d) Determinación de un domicilio común para oír y recibir notificaciones.
e) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente,
para todo lo relacionado con la propuesta, y
f) Estipulación expresa que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma
conjunta y solidaria para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada
del contrato que se firme.
g) Para cumplir con el capital contable mínimo requerido, se podrá sumar los
correspondientes a cada una de las personas integrantes.
En el acto de presentación y apertura de propuestas el representante común deberá señalar que la
proposición se presenta en forma conjunta.
El convenio al que se refiere la fracción VI de éstas bases se debe incluir en el sobre que contiene
la propuesta técnica.
Previo a la firma del contrato, el licitante ganador presentará para su cotejo, original o copia
certificada de los documentos con los que se acredite sus existencia legal y las facultades de su
representante para suscribir el contrato correspondiente.
DECIMA.- La presentación de proposiciones técnicas y económicas así como la documentación
complementaria deberán ser integradas en la forma que previene la base novena, presentándose
en punto de las TRECE (13:00) HORAS, del día VEINTINUEVE (29) DE ABRIL DEL 2003, en la
sala para Licitaciones de la Subdirección de Construcción, ubicada dentro del conjunto de
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, sita en Avenida 602, No. 161, Colonia San Juan de Aragón,
Código Postal 15620, Delegación Venustiano Carranza, donde se llevará a cabo la primera sesión
de la licitación, bajo la presidencia del funcionario que designe AEROPUERTOS Y SERVICIOS
AUXILIARES, pasará lista de asistencia y previa revisión de la documentación complementaria,
procederá a la apertura de los sobres que contengan las proposiciones técnicas de los licitantes
que las presenten en forma impresa y posteriormente a la apertura de las propuestas recibidas por
medios remotos de comunicación electrónica, en presencia de los licitantes que asistan al acto, y
en su caso, del representante de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de la Secretaría
de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de la Cámara Mexicana de la Industria de la
Construcción, levantándose el acta correspondiente y firmándose los sobres que contengan las
propuestas económicas.
En el caso de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas ajenas a
la voluntad de SECODAM o de ASA no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas
enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudara a partir de que se
restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
Al concluir la etapa técnica se levantara una acta en la que ASA hará constar las propuestas
recibidas por medios remotos de comunicación electrónica, así como, el nombre de los licitantes
cuyas propuestas técnicas fueron aceptadas para su análisis cualitativo proporcionando copia de
dicha acta a los asistentes presentes.
En los actos de licitación podrán asistir Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras
Organizaciones no gubernamentales, así como cualquier persona física, que sin haber adquirido
bases, manifieste su interés de estar presente en los mismo, bajo la condición de que en ambos
casos , estos deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los
mismos.
La apertura de proposiciones económicas, de aquellas que no hubieren sido desechadas en la
revisión detallada de las propuestas técnicas, se llevará a cabo el día SEIS (06) DE MAYO DEL
2003, a las DOCE (12:00) HORAS, situación que quedará establecida en el acta de Apertura
Técnica.
DECIMA PRIMERA.- Las proposiciones presentadas por los concursantes en la licitación y que
sean aceptadas en los términos de la Base Novena, serán conservadas por Aeropuertos y
Servicios Auxiliares. La documentación original complementaria se devolverá durante el acto de
presentación de proposiciones técnicas.
DECIMA SEGUNDA.- El fallo de esta licitación se dará a conocer a las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS (10:30), del día CATORCE (14) DE MAYO DEL 2003, en la Sala de
Licitaciones de la Subdirección de Construcción, en presencia de quienes asistan al acto,
levantándose el acta correspondiente en la que se hará constar en su caso el nombre del
adjudicatario.
El fallo de Aeropuertos y Servicios Auxiliares será inapelable.
DECIMA TERCERA.- El concursante a quien se le haya adjudicado el contrato de la presente
licitación quedará obligado a firmarlo el día DIECINUEVE (19) DE MAYO DEL 2003 en horas
hábiles, en las oficinas que ocupa la GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS, de Aeropuertos y
Servicios Auxiliares, y a entregar la garantía de cumplimiento del mismo dentro de los quince días
naturales siguientes a la fecha de notificación del fallo de acuerdo con lo dispuesto en la fracción II
del artículo 48 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, por lo que no
podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado.
Asimismo la empresa que resulte ganadora, no firmará el contrato si no presenta antes declaración
por escrito y bajo protesta de decir verdad de encontrarse al corriente del cumplimiento de sus
obligaciones fiscales, de acuerdo a la Regla 2.1.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2003
publicada el 31 de marzo de 2003, en el Diario Oficial de la Federación.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares no formalizara contrato con la empresa ganadora si la
Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Servicio de Administración Tributaria (SAT), notifica que
la empresa no se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, salvo que exista en un oficio
del SAT dirigido a Aeropuertos y Servicios Auxiliares indicando que la empresa se encuentra al
corriente de sus obligaciones fiscales.
DECIMA CUARTA.- Aeropuertos y Servicios Auxiliares, no otorgará anticipos para la ejecución de
los trabajos .
DECIMA QUINTA.- El costo de las bases para ésta licitación en Aeropuertos y Servicios
Auxiliares será de: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
$ 1,200.00 ( MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), en cheque certificado o de caja a -------------
--------------- favor de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, y ------------------------------------------------------
$ 1,100.00 ( MIL CIEN PESOS 00/100 M.N.), en Compranet. (Estos importes -----------------------------
---------------- incluyen el I.V.A.)
DECIMA SEXTA.- Aeropuertos y Servicios Auxiliares manifiesta que los fondos para realizar los
trabajos objeto de esta licitación fueron autorizados con base al oficio de liberación de inversión
número ASA/DG/042/2003 de fecha 23 DE ENERO DEL 2003, de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes.
4P020 REALIZACION DE LAS OBRAS REQUERIDAS PARA LA MODERNIZACION
REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA.
6107 SERVICIOS RELACIONADOS CON OBRAS PÚBLICAS
FIRMA DE AUTORIZACION
SUBGERENTE DE ANÁLISIS DE PRECIOS GERENTE DE OBRAS Y CONSERVACIÓN
UNITARIOS
C. HUGO ERICK AMBIA DELGADO ARQ. ISAAC PEREA PERALTA
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-1
MANIFESTACIÓN ESCRITA DE
CONOCER EL SITIO DE LOS TRABAJOS
Y SUS CONDICIONES AMBIENTALES,
ASI COMO EL
DE HABER ASISTIDO O NO A LA (S)
JUNTA(S) DE ACLARACIÓN (ES) QUE SE
CELEBREN, Y HABER CONSIDERADO
LAS MODIFICACIONES QUE EN SU
CASO SE HAYAN EFECTUADO A LAS
BASES DE LICITACION
Se anexan
Formatos
PAPEL MEMBRETADO
DE LA COMPAÑÍA
MANIFESTACION DE CONOCER EL SITIO DE LOS TRABAJOS
México, D.F., ____ de _____________ de _____.
ARQ. ERNESTO VELASCO LEON
DIRECTOR GENERAL DE
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
PRESENTE
Por este conducto tengo a bien manifestar que:
El día _________ de _________________del presente año, nos fue mostrado el sitio donde serán realizados los trabajos
de: _______________________________________________________________________________
_____________________________________________________________________, con el objeto de esclarecer las
dudas que sobre el proyecto surgieron, lo que nos permitió compenetrarnos con las condiciones existentes en el lugar.
En el caso de resultar adjudicados del contrato de la presente Licitación, no existe ningún inconveniente de nuestra parte en
que los trabajos sean ejecutados de acuerdo al proyecto, normas y a las especificaciones vigentes en Aeropuertos y
Servicios Auxiliares, catálogos de conceptos y programas de trabajo, que forman parte de estas bases.
Se tomaron en cuenta para la formulación de los análisis de precios unitarios las condiciones generales y ambientales del
lugar de los trabajos de supervisión de la obra.
Hemos considerado todas las condiciones que puedan influir en los precios unitarios, independientemente de lo que incluyen
por concepto de cargo indirecto, costo de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, asimismo queda estipulado
que las cantidades de trabajo consignadas en el contrato son aproximadas y por lo tanto, sujetas a variaciones sin que por
este motivo los precios unitarios contenidos deban ser modificados.
Cuando dentro del catálogo de conceptos surjan variaciones en las cantidades de obra, esto no será objeto de reclamación
ni se modificarán los precios unitarios de nuestra parte.
ATE N TAME N TE
(REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA)
PAPEL MEMBRETADO
DE LA COMPAÑÍA
MANIFESTACION DE CONOCER LAS MODIFICACIONES RESULTADO DE LA JUNTA DE ACLARACIONES
México, D.F., ___ de ______________ de _____.
ARQ. ERNESTO VELASCO LEON
DIRECTOR GENERAL DE
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
PRESENTE
Por este conducto tengo a bien manifestar que:
El día _________ de _________________del presente año, se llevó a cabo la junta de aclaraciones correspondiente a los
trabajos de: _____________________________________________________________
_____________________________________________________________________.
Que conozco las modificaciones que derivaron de la citada junta de aclaraciones, mismas que atendí para la elaboración de
mi propuesta.
ATE N TAME N TE
(REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA)
SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-2
RELACION DEL PERSONAL QUE
SE REQUIERE PARA LA SUPERVISIÓN
DE LA OBRA, INDICANDO
LAS CANTIDADES A UTILIZAR
Se anexa
formato
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
RELACION DE DEL PERSONAL QUE SE REQUIERE PARA LA SUPERVISION
DE LA OBRA, INDICANDO LAS CANTIDADES A UTILIZAR
LICITACION No. ANEXO No. T-2
CATEGORIA FACTOR DE CANTIDAD A
UTILIZAR EN ESTE
SALARIO REAL PROYECTO*
NOMBRE DE LA EMPRESA NOMBRE Y FIRMA
DEL REPRESENTANTE
*Se deberá indicar la cantidad de cada salario real a utilizar indicando la unidad que se utilice JORNADA, SEMANA O
MES
SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-3
PROGRAMA CALENDARIZADO DE
EJECUCIÓN GENERAL DE LOS
TRABAJOS, DIVIDIDO EN PARTIDAS Y
SUBPARTIDAS, INDICANDO POR MES
LAS CANTIDADES DE
TRABAJO POR REALIZAR
Se anexa
formato
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE CONCURSOS PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS
ANEXO No.T-3
P R O G R A M A
No. ACTIVIDAD TOTALES EN DIAS
CONCURSO No.: FECHA DE FECHA DE TERMINACION:
INICIO:
OBRA:
AEROPUERTO:
NOMBRE DE LA EMPRESA O
PERSONA FISICA
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-4
PROGRAMA CUANTIFICADO Y
CALENDARIZADO DE UTILIZACIÓN
MENSUAL DEL PERSONAL TÉCNICO,
ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
ENCARGADO DE LA DIRECCIÓN,
SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE
LOS TRABAJOS DIVIDIDO EN PARTIDAS
Y SUBPARTIDAS
SE ANEXA
FORMATO
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
PROGRAMA CUANTIFICADO Y CALENDARIZADO DE UTILIZACIÓN MENSUAL DEL PERSONAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS
ENCARGADO DE LA DIRECCION, SUPERVISIÓN Y ADMINISTRACIÓN
ANEXO No. T-4
P R O G R A M A TOTAL
No. CONCEPTO ( PERSONAL ) DE
PERSONAL
CONCURSO No.: FECHA DE FECHA DE TERMINACION:
INICIO:
OBRA:
AEROPUERTO:
HOJA No:
NOMBRE DE LA EMPRESA O PERSONA NOMBRE Y CARGO DE DE:
FISICA ASIGNATARIO
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-5
PROGRAMA CALENDARIZADO DE
EJECUCION DE LOS TRABAJOS INDICANDO
POR MES LAS CANTIDADES DE UTILIZACION
DEL EQUIPO REQUERIDO Y TECNICO
DIVIDIDO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS
SE ANEXA
FORMATO
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
PROGRAMA MENSUAL CALENDARIZADO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS INDICANDO POR MES LAS CANTIDADES
DE UTILIZACIÓN DEL EQUIPO REQUERIDO Y TÉCNICO, DIVIDIDO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS
EJEMPLO
LICITACION No. ANEXO No. T-5
P R O G R A M A
No. CATEGORIA F E B R E R O M A R Z O A B R I L M A Y O TOTAL EN
DIAS
COMPUTADORA
PLOTTER
IMPRESORA
1 LABORATORIO
2 EQUIPO DE TOPOGRAFIA
TRANSITO Y NIVEL 48
FECHA DE INICIO: 20 DE FEBRERO FECHA DE TERMINACION: 10 DE ABRIL
NOMBRE DE LA EMPRESA O EJEMPLO NOMBRE Y CARGO DEL SIGNATARIO
PERSONA FISICA
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-6
MEMORIA DESCRIPTIVA
“ SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA: MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE
Aeropuertos TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE
y Servicios TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34”
Auxiliares
Aeropuerto de Tuxtla Gutiérrez, Chis.
SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA “ MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE
TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE
TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34 ”
AEROPUERTO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIS.
MEMORIA DESCRIPTIVA
En términos generales los trabajos a ejecutar se desarrollarán bajo los procedimientos constructivos
siguientes:
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, a través de la Subdirección de Construcción, llevará a cabo la obra
de ““ MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO
HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34 ” en
éste Aeropuerto, para lo cual requiere contar con los servicios de una Empresa responsable de los
intereses del Organismo, para realizar la Supervisión y Control Total de la Obra en el tiempo y costo
convenio y con la máxima calidad, atendiendo las Especificaciones establecidas.
Muestreo de los materiales a utilizar, Verificación y aprobación de Mezclas Asfálticas propuestas por el
Contratista, de acuerdo con las Especificaciones y Normas establecidas por la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes.
De lo anterior se elaborarán reportes que contengan toda la información administrativa técnica y
Financiera acerca de los trabajos para contar con los registros de los avances en forma veraz y
oportuna. Así mismo se tendrán controles más eficaces para el buen desempeño y calidad que requiera
la obra en referencia.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-7
REQUISITOS O ALCANCES
DE LA
SUPERVISIÓN
“ SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA: MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE TAPONAMIENTO Y
Aeropuertos SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34”
y Servicios
Auxiliares Aeropuerto de Tuxtla Gutierrez, Chis.
SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA “ MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE
TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE
TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34 ”
AEROPUERTO DE TUXTLA GUTIERREZ, CHIS.
ALCANCES
Se realizará la cuantificación de las areas por tratar, la cual servirá como base para el control de avances
y cuantificación para las estimaciones, y en su caso para la determinación de los ajustes que fueran
necesarios y su comparación respecto a las cuantificaciones del proyecto original.
Muestreo de los bancos de material a usar, propuestos por el "Contratista" y/o los indicados por el
"Organismo" durante la construcción de la obra.
Verificación y aprobación de los proyectos de mezclas asfálticas presentadas por el "Contratista", previo
al inicio de los trabajos.
Verificación y supervisión del control de calidad de los materiales y mezclas empleadas en la obra,
conforme a las normas para construcción e instalaciones vigentes, de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (S. C. T.); las especificaciones particulares anexas y el catálogo de conceptos, con el fin de
conocer tanto los volúmenes aproximados por efectuar para cada uno de los mismos conceptos, así como
con la frecuencia requerida en las mismas.
Se llevará un control estricto de la áreas a tratar, con objeto de indicar oportunamente al "Organismo" las
zonas que ameriten correcciones; la entrega de estos resultados no deberá exceder de veinticuatro horas
(24 hrs) o antes, si así es solicitado por el "Organismo".
CONTROL DE OBRA
Elaboración de informes diarios de los trabajos ejecutados, reportes de incidencias, gráficas de avance,
control de calidad, control estadístico, reportes fotográficos que validen el avance, formatos que deberán
ser presentados anexos a su propuesta para la aprobación del "Organismo"
Cuantificación y conciliación con el "Contratista" de los volúmenes ejecutados, revisión de estimaciones
de acuerdo a los periodos y tiempos indicados contractualmente (Incluyendo revisión y firma de
generadores de obra)
Control del programa de obra y del ejercicio del presupuesto, así como su actualización, y elaboración de
gráficas de avance financiero.
Se elaborarán gráficas de avances diarios para información del "Organismo".
Control de volúmenes de obra hasta su finiquito, incluyendo este.
Registro de actividades e incidencias, a través del documento oficial (bitácora), indicando en está los
acuerdos de minutas y/o comunicaciones e instrucciones del Organismo.
Revisión del proyecto, realizando las modificaciones y/o adecuaciones necesarias en forma preventiva
Con relación a los trabajos por conceptos no previstos en el catálogo original del contrato, la empresa de
Supervisión externa deberá revisar la procedencia de los mismos, en caso positivo deberá analizarlos
efectuando la investigación de los materiales involucrados y llevar a cabo la conciliación de los precios
unitarios con la empresa contratista, en donde ésta última indicará en cada uno de ellos que está de
acuerdo con el precio unitario, indicando nombre, fecha y firma, a su vez el supervisor indicará que
autoriza concepto, unidad y precio unitario, lo anterior estará sujeto a la aprobación de la Gerencia de
Precios Unitarios.
Nota: La revisión y análisis de los precios unitarios se realizará conforme a lo indicado en las “Normas
básicas para la revisión de los precios unitarios no previstos en el catálogo original del contrato y ajustes
de costos”, enexo en las bases de licitación y el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con la Mismas.
Diagramas de barras o flechas, con actividades criticas, conforme al programa de construcción entregado
por el "Contratista" de la obra.
Elaboración de informes condensados para visitas de funcionarios menores o superiores, y
especificaciones particulares de obra, los requisitos adicionales para su ejecución, así como los
volúmenes de obra.
RESPONSABILIDADES
Promover y efectuar reuniones de coordinación entre las autoridades aeronáuticas y compañías aéreas,
previo a la ejecución de los trabajos para ratificar los horarios, así como durante la ejecución de los
mismos informar de los avances, y para tratar aspectos relacionados con la misma obra.
Informar diariamente en forma ordenada y simple a las autoridades del "Organismo".
Contar con personal suficiente y capacitado con experiencia mínima de un (1) año en obras de
aeropuertos en operación, la cual deberá ser reciente y comprobable (anexar curriculum del personal
técnico que estará al frente de la supervisión, el cual deberá estar en disposición total para la obra)
Se deberá considerar el personal suficiente, ya que de ser necesario el "Organismo" solicitará a la
supervisión externa que haga los ajustes que se consideren convenientes, sin que esto signifique cargo
adicional alguno.
El personal propuesto deberá estar disponible todo el tiempo que dure la obra, considerando que
trabajara en turnos diurnos y/o nocturnos, supervisar vigilar la correcta ejecución de la obra, de acuerdo
con el proyecto y procedimiento constructivo aprobado, en la especificación de cada concepto.
Las pruebas de laboratorio serán las que marcan las especificaciones de la (S. C. T.) sin embargo el
"Organismo" podrá pedir pruebas adicionales, considerando que se esta contratando el servicio del
laboratorio con un 20 % mas de las pruebas requeridas.
De existir discrepancias entre las pruebas de control de la Contratista y la supervisión, El Organismo
solicitara la intervención de una tercería que será pagada por la empresa que incurra en el error.
Los resultados de las pruebas efectuadas se entregaran en el tiempo mínimo requerido y directamente en
la obra, con la finalidad de tomar las medidas correctivas oportunamente, entregando los reportes
correspondientes a tinta y en duplicado.
Que los resultados para la determinación de contenidos asfálticos y análisis granulométricos, se deberán
entregar en un plazo de ocho horas (8:00 hrs) máximo.
Cuantificación y conciliación con el "Contratista" de los volúmenes ejecutados, revisión y aprobación de
estimaciones de acuerdo a las fechas y plazos contractuales (incluyendo generadores)
Que deberá elaborar el informe final de la obra, un dictamen técnico de la calidad de los materiales y un
informe estadístico.
Para la entrega del informe final de la obra deberá entregar una planta donde se ubiquen por
cadenamientos y fechas, de los diferentes trabajos ejecutados, compactaciones y permeabilidades.
Contar con un cuerpo de asesores o consultores, especializados en materia de construcción de
pavimentos, topografía, legislación en materia de obra publica y técnicos especializados.
La empresa contratada para el control de supervisión total de la obra, tendrá la responsabilidad de
contestar, a nombre del "Organismo", todas las observaciones que en su momento se hagan por las
auditorias relacionadas con el contrato de esta obra, durante el desarrollo y/o después de haber
terminado con los trabajos.
El programa de ejecución de la obra, corresponderá del día _____de _____al ______de ____del 2003;
tomando en cuenta estas fechas la supervisión y control total debe iniciar el día __________ de
_______del 2003 se están considerando los trabajos posteriores que resulten para la liquidación de la
obra, tomándose como fecha de terminación para efectos de contrato de la supervisión y control total el
día __________de __________del 2003, fecha en la cual deberá entregar el reporte final de la obra,
incluyendo los planos de construcción, dichos planos constructivos deberá entregarlos en papel
milimétrico albanene, dibujados en CAD, ribeteados, con cuadros de identificación, etc., similares a los
planos de proyecto.
La propuesta deberá presentarse como un lote de servicios, sin embargo para efectos de estimación, se
tomará en cuenta el número de personas y su categoría, conforme a la plantilla de personal y su
participación, la cual deberá anexarse a la propuesta; incluyendo al personal técnico de campo,
administrativo, de servicios y directivo, así como el número de vehículos necesarios, para el movimiento
de personal, equipo y muestras, estos vehículos deberán estar en excelentes condiciones y ser modelos
recientes; en su caso el "Organismo" exigirá el número necesario y/o el retiro de aquellos que no cumplan
con los requisitos, sin que esto represente cobro adicional; así como efectuar visitas a los bancos de
materiales y los equipos necesarios para realizar todas las actividades inherentes a la obra (estas
unidades deberán estar disponibles durante toda la duración de la obra)
Para determinar el número de personas y el equipo necesario en los trabajos de supervisión y control total
de la obra, el licitante deberá efectuar un riguroso análisis, considerando que los trabajos se desarrollaran
conforme a lo señalado en las especificaciones particulares y en los requisitos adicionales para la
ejecución de la obra, los cuales se anexan, incluyendo supervisores por cada frente de tendido, los
coordinadores y personal de gabinete (dibujantes, calculistas y secretarias); y los checadores de material
necesarios; Ya que en el momento de ejecutar los trabajos, este personal y equipo será verificado por el
Organismo, asimismo y de ser necesario se exigirá el personal y equipo para dar cumplimiento a los
programas de obra, sin ocasionar pago adicional alguno.
ANEXO A SU PROPUESTA.
Se deberá incluir lo siguiente:
Organigrama de la plantilla del personal técnico y directivo que estará a cargo de la supervisión, indicando
claramente cual es su experiencia profesional, cual será su responsabilidad y que funciones
desempeñara en la obra.
Descripción de las actividades diarias de cada uno de los integrantes de la plantilla y de sus
responsabilidades en las áreas asignadas, incluyendo el periodo otorgado al "Contratista" para la
instalación y producción de materiales.
Frecuencia del muestreo y ensayes en mezcla asfáltica, así como de los materiales que se utilizaran en la
obra.
En su propuesta el licitante deberá proveer la instalación de oficinas de campo y equipos de laboratorio,
dentro de las instalaciones del Aeropuerto; así como los materiales de consumo, papelería y demás
implementos; ya que el "Organismo" no aceptara cargos adicionales por cualquier omisión del licitante, el
cual deberá considerar la vigilancia necesaria; ya que el "Organismo" no se hará responsable de ningún
equipo extraviado, así mismo exigirá que se cuente siempre con todo lo necesario.
Copia de la Certificación de Verificación de capacidad técnica del laboratorio emitida por la SCT. (NOM-
CC-13-1992 y NOM-CC-14-1992 ).
Una vez concluidos los trabajos, se entregaran original y copia con firmas autógrafas de los planos de
construcción modificados y volumétrica de cada uno de los conceptos de trabajo, previa conciliación por
parte la supervisión del "Organismo", apoyo fotográfico empresa "Contratista" en conjunto; dichos
documentos deberán entregarse en triplicado, a maquina, encuadernado con pastas gruesas y letras
grabadas en color dorado; con la leyenda de la obra, el contrato, le empresa y el logotipo de ASA.
Durante todo el proceso de la obra se realizara la filmación de cada etapa, entregándose al final de la
obra el (los) vídeo(s) que contengan la historia gráfica de la ejecución de los trabajos, en formato de DVD
( disco compacto), previa edición del mismo.
"EL LICITANTE" deberá de tomar en consideración que incluirá en su propuesta la elaboración de un
vídeo en formato CD para PC y en DVD, con tomas, sonido y narración del desarrollo de la construcción
de la obra, las cuales tendrán las siguientes caracteristicas:
- Video Editado del Desarrollo de la Obra
- La Supervisión Externa deberá incluir dentro de su costos indirectos de su propuesta el costo de
un vídeo en formato de DVD y en CD para PC de forma interactiva de tal forma que en el se
puedan elegir los conceptos que formaron parte de la obra tales como terracerías, pavimentos,
señalización, control de calidad, trabajos diversos y obra extraordinaria con tomas, sonido y
narración del proceso constructivo, así como las cantidades de obra ejecutadas en formato de
excel dentro del menú interactivo, no aceptará el Organismo reclamo alguno por el costo de este
concepto y exigirá la entrega de dicho video.
-Al inicio del video se deberá de describir brevemente el lugar de donde se realizarán los trabajos
con información editada propia de la zona y de la integración con el medio que la rodea, misma que
obtendrá de diversas fuentes como la Secretaría de Turismo y el Instituto Nacional de Antropología
e Historia.
-Durante el desarrollo de la obra se realizarán tomas terrestres y aéreas (sistema de toma de
camara de video, colodada en un aparato de control remoto) por elemento enfatizando las
actividades de la pavimentación, desde el fresado de la carpeta asfáltica, la selección de los
bancos de materiales, la construcción de los pavimentos y los señalamientos vertical, horizontal, y
todo los elementos que se están construyendo, hasta la terminación total de esta actividad
-Se entregarán 2 copias de dicho vídeo con una duración total de 1 (una) hora aproximadamente
en sus diferentes formatos, así como los cassettes originales a la Gerencia de Obras de
Conservación de Aeropuertos y Servicios Auxiliares para dar por terminado este concepto, el costo
lo incluirá dentro de sus propuesta económica.
En la falta de omisión en su propuesta del vídeo en formato CD para PC y en DVD, con tomas, sonido y
narración del desarrollo de la construcción de la obra, el Organismo lo exigirá sin cargo alguno que
ocasione, además de que se tomará muy en cuenta para las siguientes licitaciones similares, la falta de
entrega del video solicitado, asimismo se le aplicará una sanción en su finiquito por incumplimiento en sus
alcances en caso de que no se entregen el (los) vídeo(s) solicitados anteriormente, que equivale hasta
en un 5% al 10% según el criterio del Organismo de su propuesta total mas convenios en su caso.
Se deberá indicar claramente en la propuesta, cada uno de los componentes del costo directo, los
indirectos y la utilidad, sin incluir el impuesto al valor agregado (IVA) anexando el programa de trabajo.
Todo el personal que intervenga en la supervisión y control total de la obra, esta obligado a guardar las
normas de seguridad establecidas por la dirección general de aeronáutica civil, y por aeropuertos y
servicios auxiliares; mientras se encuentre dentro de las instalaciones del aeropuerto.
Se deberá de considerar por parte del contratista un vehículo que se utilizará dentro de las instalaciones
del aeropuerto para la supervisión y control total de la obra, deberan de ser de reciente modelo y en buen
estado( año 2001 al 2003); deben tener balizamiento de protección, consistente en faros giratorios
cintilantes, con luz color ámbar colocados en la parte mas elevada del vehículo, así como banderas de
90.0 x 90.0 centímetros, con cuadros rojos y blancos de 30.0 x 30.0 centímetros alternados, con los
cuadros rojos colocados en las esquinas.
El "Contratista" será responsable de realizar los trámites necesarios por conducto de la administración del
aeropuerto para introducir a su personal, cualquier demora en los trabajos por negligencia de la empresa
no justificara el retraso.
El "Contratista y/o el licitante" deberá considerar dentro de sus indirectos el equipo de comunicación
necesaria (radios y/o similar), entre su personal y la supervisión del "Organismo".
El "Contratista" deberá considerar para el control de suministro y tendido del concreto asfáltico,
proporcionara y llevara un registro consistente en tarjetas de diferentes colores, para cada una de las
plantas de producción, en caso que hubiera; así como un registro de tendido de cada uno de los
camiones, al final de la obra deberá entregarse una planta donde se aprecie claramente lo anterior, así
como las fechas de tendido, las cuales deberán corresponder con los informes de calidad, esta
información deberá integrarse en el informe final.
Anexa a su propuesta y como requisito indispensable el "Contratista" deberá agregar los formatos de
control que usara durante los trabajos (tanto en topografía como en control de calidad; así como la
determinación de los volúmenes correspondientes, etc.)
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD.
Organización.
Se anexara organigrama de la estructura y funcionamiento del laboratorio, así como manual de
Procedimientos.
Plantilla de Personal.
El Personal Profesional y Técnico deberá anexar nivel de estudio, capacitación especializada y desarrollo
profesional, con documentos comprobatorios.
Equipo Básico de Laboratorio.
Se entregara programa de utilización de equipo indicando lo que corresponda: numero, marca, modelo,
número de serie, estado de funcionamiento y fecha de ultima calibración, así como copia de factura o
carta compromiso de arrendamiento.
( Se determinara cualitativamente la capacidad de atención a las obras con los equipos disponibles)
Equipo, instrumentos y accesorios de laboratorio.
Anexar a la propuesta relación de equipo y numero.
Instalaciones.
Anexar croquis de laboratorio de campo e indicar pruebas que se realizaran en este.
Pruebas de Laboratorio.
Relación de pruebas de laboratorio a realizar en laboratorio de campo y central, el número a realizar,
será el indicado en la Forma C - 1 Relación de Conceptos y Cantidades de Obra para la Expresión de
Precios Unitarios y Monto Total de la Proposición, sin embargo en la propuesta deberá considerar que el
Organismo podrá solicitar en caso necesario pruebas adicionales, las cuales no excederán del 20 %
programado, sin que ello signifique un costo adicional.
En el caso de las pruebas para la dosificación de a mezcla asfáltica, se entenderá como prueba los
ensayes necesarios hasta lograr óptimos resultados en los tramos de prueba que señale el Organismo.
Metodología de Pruebas.
Estas se realizaran de acuerdo al procedimiento establecido por la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes en sus libros 6.01.03 Normas para el Muestreo y Prueba de los Materiales Equipo y Sistema,
ASTM
Informe de Resultados.
Se anexaran los formatos necesarios para las pruebas de laboratorio e informes de resultados,
comparados con los de las especificaciones.
Será motivo de descalificación la omisión y/o incumplimiento de estos puntos en la propuesta respectiva
Prueba No. de Ensayes
1.- Pruebas Carpeta Asfáltica:
a).- Agregado
Granulometría 4
Peso Especifico 1
Equivalente de Arena 2
Desgaste los Ángeles 1
Intemperismo Acelerado 1
b).- Cemento Asfáltico
Ensaye de calidad del cemento asfáltico 5
Viscosidad Saybolt – Furol 2
Viscosidad Brookfiel 2
Estabilidad al almacenamiento periodo de 7 días 2
Adherencia 4
Penetración Mínima a 25 º C 100 g, 5 Seg. 3
Punto de reblandecimiento º C 2
Ductibilidad 2
Misibilidad 2
c).- Carpeta Asfálticas.
Estabilidad Marshall 10
Prueba Marshall 10
Ensaye de Permeabilidad 10
Extracción de corazones 10
2).- Pintura:
Viscosidad ASTM - D-562 1
Sangrado ASTM - D - 969 1
Poder de Cubrimiento 1
Factor de reflejante 1
Intemperismo Especificación 141 método 6152 FTMS 1
Tiempo de Secado ASTM - D- 711 1
Resistencia a la Abración FTMS 141, método 6191 1
Resistencia al agua 1
Flexibilidad 1
b). Mictroesfera:
Calidad de las esferas 1
Tamaño de las esferas ASTM - D- 1214 1
Imperfección de las esferas ASTM - D- 1214 1
El numero de pruebas y pruebas es de carácter indicativo, el numero real se ajustara de acuerdo con
las condiciones de la obra así como a lo indicado en las Normas de calidad de la SCT., el organismo no
aceptara ninguna reclamación por omisión de este concepto en el análisis respectivo.
PLANTILLA DE PERSONAL MINIMA.
Control de Calidad
Personal No.
Laboratorista 1
Ayudante Laboratorio 2
Control Administrativo y de Obra
Residente y/o Jefe de Supervisión 1
Auxiliar del supervisor 1
Topógrafo* 1
Cadeneros* 2
* Para control de niveles y paso de regla.
Cuando la empresa supervisora reciba oficialmente a la constructora trabajos que no
cumplan con las normas y especificaciones de construcción y control de calidad del proyecto, el
Organismo exigirá a la Supervisión que requiera a la constructora la
sustitución o reparación de estos trabajos hasta cumplir con las normas, especificaciones
y controles ya señalados; si por lo anterior la constructora justificadamente hace repercutir al Organismo
un sobrecosto a la obra, éste deberá ser absorbido para la supervisora para lo cual el Organismo le
retendrá el sobrecosto en el pago de estimaciones subsecuentes.
Cuando la empresa supervisora sea la causante directa de que la constructora no cumpla con el
programa de obra, los días adicionales que se tengan que trabajar por parte de la supervisión (gastos en
su plantilla y servicios), serán cubiertos por la misma empresa supervisora.
Si la constructora no termina a tiempo la obra y se comprueba que la supervisión es corresponsable del
atraso, por no cumplir con sus obligaciones y responsabilidades, se exigirá por parte del Organismo, que
permanecera la supervisión contratada con todo su plantilla completa, hasta la terminación total de los
trabajos a sastisfacción del Organismo, y solo se autorizará el pago del 50% de su plantilla de personal
completa, por concepto de supervisión adicional.
Cuando la plantilla técnica básica de la supervisora sea deficiente, deberá a petición de ASA (Gerencia de
Obras y Conservación) ser cambiada de inmediato.
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS SUPERVISORAS
La responsabilidad de la Supervisora es la Administración y Control de la Realización de la Obra.
La empresa Supervisora deberá realizar las siguientes acciones:
I.- ADMINISTRATIVAS
1.1 Obtener todos los formatos de ASA referentes al proceso de licitación y de obra.
1.2 Verificar los trámites, como licencias, permisos, gafetes de identificación del personal de trabajo
con el nombre de la empresa y nunca de ASA
1.3 Recopilar y verificar y revisar la documentación completa y entregarla mediante oficio al contratista
como son contrato, fianza, planos del proyecto ejecutivo, catalogo de conceptos y otros
documentos necesarios para la realización de la obra.
1.4 Dar seguimiento al proceso de obra y cerciorarse de que la contratista entregue en tiempo y en
forma, la fianza y todos los documentos que pudieran retrasar los tiempos del proceso de obra
1.5 Realizar plantas en formato según las autoridades del Organismo indicando los avances de obra, el
tipo de la misma, su duración y quien la realiza
1.6 Obtener la firma del administrador del aeropuerto y la aprobación del comité de horarios del propio
aeropuerto para la realización de los trabajos.
1.7 Revisar y controlar la seguridad de la obra, cercados y áreas restringidas al personal, equipo de
seguridad, baños para trabajadores, tomas de energía, suministro de agua, extintores, cascos,
guantes y todos los elementos que sean necesarios para el correcto desarrollo de la obra, estos
costos serán porrateados en sus indirectos.
1.8 Verificar la elaboración del aviso de terminación de obra, acta de recepción, la entrega de
manuales de operación y mantenimiento, planos actualizados, estimación de finiquito, fianza de
vicios ocultos y recepción de finiquito.
1.9 Dar seguimiento a la elaboración y cobro de las estimaciones de acuerdo al avance de la obra y
realizar control de verificación a los 15%, 30%, 45%, 60%, 75% y 90%.
1.10 Las estimaciones de la empresa supervisora, no procederán en su trámite para pago, si las
estimaciones de la empresa constructora no tienen avance, no procederá en tramite las
estimaciones que no cuente con los reportes de calidad de los conceptos que se lleven al corte de
la estimación.
1.11 Realizar un reporte semanal como mínimo, dirigido a la subgerencia de estudios, o antes si ocurre
algo extraordinario, este reporte será entregado todos los lunes a las 10:00 hrs a.m., en el formato
que autorice la subgerencia de estudios, en caso de que no cumplan con este reporte, se le
aplicará una sanción por cada reporte que no entrege y que será del 5 al 10 % según el criterio del
responsable por parte del Organismo, del monto que corresponde para mes de corte de la
estimación correspondiente.
1.12 Anotar en la bitácora de obra y reportar a la gerencia y/o subgerencia de obras los atrasos en la
obra, no imputables a la constructora
1.13 Realizar las sanciones y retenciones de cada estimación, en los formatos que se llevan en la
subgerencia de estudios.
1.14 Asistir a la visita de obra y junta de aclaraciones al inicio de la licitación de la empresa
constructora.Así como realizar un estudio de mercado de los materiales del lugar a utilizar, así
como hacer un logistica de la obra por realizar y conciliar y elaborar otra logistica conjuntamente
con la contratista previo al inicio de los trabajos.
1.15 Realizar estimaciones unilaterales, en caso de que la empresa constructora no las realice en
tiempo y forma.
1.16 Revisar y participar con coordinación con la Gerencia de Precios Unitarios el paquete completo de
la licitación de la constructora que efectuará la obra.
1.17 Verificar la existencia de cartas de intención, por parte de los proveedores, del suministro de
materiales en el sitio de los trabajos, propuestos por el contratista.
II TECNICAS
2.1 Contar con un laboratorio completo y reconocido por la S.C.T., para el análisis de materiales y
verificar su calidad, mismo que se ubicará en lugar de los trabajos donde lo designe las
autoridades del aeropuerto.
2.2 Revisar diariamente el avance de la obra, al igual que al personal necesario, materiales y equipo
de trabajo, previniendo las acciones de acuerdo a la secuencia de trabajo, previamente establecida
y aprobada por ambas partes
2.3 Realizar puntos de control en los porcentajes de avance del 15%, 30%, 45%, 60%, 75% y 90%.
2.4 Revisar las tolerancias máximas para estos puntos de control y que no excedan del 2%, 4%, 6%,
3% y 4% sucesivamente, en caso de no cumplir con estos desfasamiento, la supervisora, primero
tendrá que emitir amonestaciones (15%) y posteriormente (30%) elaborar oficio al contratrista
como lo marca la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, con aviso de inicio
de rescisión de contrato, al cumplirse el 45% y continuar con el atraso máximo permitido, se
encargará la supervisión de efectuar de inmediato la rescisión administrativa.
2.5 Impedir cualquier cambio en el proyecto, durante la obra, estos cambios solo se realizarán con
autorización escrita del Subdirector de construcción.
2.6 Asentar diariamente los avances de la obra en la bitácora
2.7 Asentar las suspenciones temporales, no imputables a la empresa constructora.
2.8 Realizar conjuntamente con la constructora, el programa calendarizado de ejecución de los trabajo,
previo al inicio de los trabajos.
2.9 Verificar la existencia en el sitio de los trabajos, del personal técnico y administrativo, material
necesario, maquinaria y equipo y todo lo establecido en la licitación, antes del inicio y durante el
desarrollo de la obra
2.10 En caso de que exista un precio extraordinario fuera de catálogo, se procederá con los siguientes
requisitos, a fin de que sean revisados, analizados, conciliados y dictaminados por este Organismo
en forma más expedita.
a).- Solicitud de la empresa constructora a la supervisión externa de la obra para revisión de
precios unitarios.
b).- Presupuesto de obra extraordinaria, indicando por la supervisón externa y por
la Gerencia correspondiente para que procedan los conceptos y volúmenes de obra.
c).- Análisis de precios unitarios debidamente integrados, con las observaciones de la supervisión
externa e interna, debidamente autorizado.
d).- Croquis del concepto dimensionado así como fotografías del mismo.
e).- Soporte del costo de suministro de los insumos, materiales o equipo de instalación
permanente, tales como facturas, si estos no existen en los antecedentes de contrato.
f).- Investigación de mercado en la zona, de los insumos más representativos en antecedentes de
contrato.
g).- Notas de bitácora o minutas de trabajo donde se le solicite por la Supervisión Externa o Interna
a la empresa la realización de los trabajos.
III LEGALES
3.1 Conocer la Ley de Obra Pública Servicios relacionados con la misma, la Normatividad de ASA., las
normas de construcción de SCT. y los reglamentos aeropuertuarios.
3.2 Obtener los nombres y direcciones de los socios de la empresa constructora.
3.3 Abrir bitácora de obra y asentar todos los eventos relevantes que acontezcan en la misma.
Nota: Es importante que la empresa supervisora cuente con experiencia en trabajos similares, habiendo
supervisado como empresa al menos 2 (dos) obras de esta índole en aeropuertos, y/o que su personal
técnico, necesariamente el residente de supervisión haya supervisado ó ejecutado dos (02) obras de esta
índole en aeropuertos, la cuál deberá soportarlo y anexarlo a su propuesta Técnica, en caso de omitir
está documentación será motivo de descalificación.
La supervisión deberá de tomar en cuenta que deberá de instalar sus oficinas de campo, dentro de las
instalaciones del aeropuerto, deberá ser montable y desmontable para que al terminó de los trabajos se
retire del lugar dejando el espacio como se encontraba al principio, las oficinas de campo serán de tal
forma que exista el espacio suficiente para llevar a cabo reuniones de trabajo y a su vez de contar con el
mobiliario necesario, así oficinas de campo y/o espacio para sus equipos de laboratorio, topografía,
computadoras, ect.
Se le reitera a la empresa supervisora y/o licitante, que tome muy en cuenta el tipo de obra a supervisar,
haciendo un análisis riguroso del personal necesario para el control estricto que el organismo requiere,
para llevar un buen control de la obra, ya que de no ser así, de ser necesario y de acuerdo a la
verificación por parte del Organismo y a petición del mismo, se exigirá el personal y equipo necesario, así
como las pruebas de calidad que se requieran sin pago adicional alguno.
A continuación se enumera la relación y/o documentación mínima requerida que la empresa supervisora
ganadora deberá de cumplir con los reportes: semanales, mensuales y informe final.
CONTENIDO MÍNIMO DE LOS INFORMES SEMANALES A QUE LAS EMPRESAS SUPERVISORAS
DEBERÁN SUJETARSE PARA MANTENER EFICIENTEMENTE INFORMADO AL ORGANISMO.
1.- Índice
2.- Información General
- Planta de localización de la obra.
- Situación del Proyecto Global.
- Actividades realizadas
- Problemáticas de la obra.
- Comentarios Generales
- Gráfica de lluvias de la semana
3.- Evaluación financiera
- Programa de ejecución de la obra en barras.
- Revisión del programa en montos y columnas (bloques).
- Relación de estimaciones.
- Avance por elemento con porcentaje acumulado del elemento y global del proyecto.
4.- Bitácora de Obra.
- Resumen de la semana
5.- Evaluación física
- Avance físico por elemento y por concepto.
- Larguillo de avance por elemento y por concepto
- Avance físico en planta por elemento indicando las fechas de ejecución.
6.- Recursos de Obra
- Tabla de programa de personal indicando; programado, activo, faltante y real
- Programa de maquinaría y equipo indicando; tipo de maquinaría (existente, inactiva y activa)
7.- Informe Fotográfico ( digitalizadas )
- Fotos de ejecución de la semana con su ubicación correspondiente.
8.- Informe de Laboratorio
- Tabla de valores de calidad de mezcla
- Planta de localización de muestreo de calidad de mezcla por elemento
- Estadístico y gráfica de valores de calidad de mezcla asfáltica con sus límites cada uno
9.- Informe Topográfico
- Volumen parcial
- Nivelación y paso de regla de lo que se tendió de la semana
- Estadístico de nivelación y paso de regla de la semana
CONTENIDO MÍNIMO DE LOS INFORMES MENSUALES A QUE LAS EMPRESAS SUPERVISORAS
DEBERÁN SUJETARSE PARA MANTENER EFICIENTEMENTE INFORMADO AL ORGANISMO.
1.- Índice
2.- Información General
- Planta de localización de la obra.
- Ficha Técnica del Proyecto.
- Inversiones y metas.
- Situación del Proyecto Global.
- Comentarios Generales del mes.
- Gráfica de lluvias del mes.
3.- Evaluación financiera
- Programa de ejecución de la obra en barras.
- Revisión del programa en montos y columnas (bloques).
- Relación de contratos.
- Relación de estimaciones.
- Avance por elemento con porcentaje acumulado del elemento y global del proyecto al corte del
mes.
4.- Bitácora de Obra.
- Resumen de la tabla y/o cuadro descriptivo del mes.
- Copias de las nota de bitácora del mes.
5.- Evaluación física
- Avance físico por elemento y por concepto.
- Larguillo de avance por elemento y por concepto de los meses acumulados
- Avance físico en planta por elemento indicando las fechas de ejecución al corte del mes.
6.- Recursos de Obra
- Tabla de programa de personal indicando; programado, activo, faltante y real de todo el mes.
- Programa de maquinaría y equipo indicando; tipo de maquinaría (existente, inactiva y activa) de
todo el mes.
7.- Recursos de Supervisión
- Recursos Inmuebles.
- Relación del equipo y personal.
- Personal.
- Relación del equipo de laboratorio.
8.- Informe Fotográfico (digitalizadas)
- Fotos de ejecución del mes con su ubicación correspondiente.
9.- Informe de Laboratorio
- Tabla resumen de valores acumulados de calidad de mezcla al mes de corte.
- Planta de localización de muestreo de calidad de mezcla por elemento acumulados al mes de
corte.
- Estadístico y gráfica de valores de calidad de mezcla asfáltica con sus límites cada uno,
acumulados al corte del mes.
- Reportes ( copia) de la calidad de mezcla de lo del mes en cuestión.
- Reportes de control de calidad de material almacenados en los patios de la planta de asfalto (lo
que están utilizando) de todo lo del mes en cuestión (copias).
- Reporte de control de tendidos del mes en cuestión (copias).
- Reporte de control de riegos de liga del mes en cuestión (copias).
- Reporte de control de compactación y permeabilidades del mes es cuestión copias, así como en
estadístico acumulado al mes de corte y sus plantas de localización del sondeo.
10.- Informe Topográfico
- Volumen parcial, acumulado y secciones de construcción de lo que se tendió en el mes.
- Nivelación y paso de regla de lo que se tendió en el mes en cuestión.
- Estadístico de nivelación y paso de regla acumulado al mes de corte.
RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN MÍNIMA QUE DEBERÁ ENTREGAR LA SUPERVISIÓN
CONTRATADA PARA EL INFORME FINAL DE LAS OBRAS
1.- Índice
2.- Información General
- Planta de localización de la obra.
- Ficha Técnica del Proyecto.
- Inversiones y metas.
- Situación del Proyecto Global.
- Comentarios Generales de la obra.
- Gráfica de lluvias acumulados por mes de toda la obra.
3.- Evaluación financiera
- Programa de ejecución en barras de toda la obra (real).
- Revisión del programa en montos y columnas (bloques) comparado con el real.
- Relación de contratos.
- Relación de estimaciones.
- Avance por elemento con porcentaje acumulado y global del proyecto.
4.- Bitácora de Obra.
- Resumen de la tabla y/o cuadro descriptivo de toda la obra.
- Bitácora original de la obra.
5.- Evaluación física
- Programa original y reprogramaciones si fuera el caso.
- Larguillo de avance por elemento y por concepto de los meses durante toda la obra.
- Avance físico en planta por elemento indicando las fechas de ejecución de toda la obra,
indicando en m² las áreas ejecutadas.
- Avance Grafico físico y financiero acumulado y comparativo del avance programado contra el
real.
6.- Recursos de Obra
- Tabla de programa de personal indicando; programado, activo, faltante y real de toda la obra
- Programa de maquinaría y equipo indicando; tipo de maquinaría (existente, inactiva y activa)
de toda la obra.
7.- Recursos de Supervisión.
- Recursos Inmuebles.
- Relación del equipo y personal.
- Personal.
- Relación del equipo de laboratorio.
8.- Informe Fotográfico (digitalizadas)
- Fotos de ejecución de toda la obra del proceso constructivo con su ubicación correspondiente.
9.- Informe de Laboratorio
- Dictámenes de calidad de toda la obra por elemento.
- Tabla resumen de valores acumulados de calidad de mezcla de toda la obra.
- Planta de localización de muestreo de calidad de mezcla por elemento de toda la obra.
- Estadístico y gráfica de valores de calidad de mezcla asfáltica con sus límites cada uno,
acumulados de toda la obra.
- Reportes (originales ) de la calidad de mezcla en cuestión.
- Reportes (originales ) de control de calidad de material almacenados en los patios de la planta
de asfalto de la mezcla que se utilizó en todo elo transcurso de la obra, así como el diseño
Marshall presentado por la constructora y verificación del mismo por la supervisión en
cuestión.
- Reportes (originales) de control de tendidos de toda la obra en cuestión.
- Reportes (originales) de control de riegos de liga de toda la obra, así como en planta con su
dosificación y metros cuadrados por riego de la obra en cuestión.
- Reportes (originales) de control de compactación y permeabilidades de toda la obra en
cuestión, así como en estadístico acumulado y sus plantas de localización del sondeo.
10.- Informe Topográfico
- Volumen parcial, acumulado y secciones de construcción de lo que se tendió en toda la obra,
así mismo tabla de resumen de áreas y volúmenes acumulados por elemento y cálculo
analítico de áreas extremas.
- Nivelación y paso de regla de lo que se tendió en toda la obra toda la obra por elemento.
- Estadístico de nivelación y paso de regla acumulado al mes de corte.
- Libretas de campo de topografía, identificadas por cuerpo, concepto, elemento con titulo
correspondiente de la obra en cada una de ellas.
11.- Finiquito
- Finiquito (sabana) de la empresa constructora.
- Finiquito (sabana) de la empresa supervisora.
12.- Fuera de catálogo (extraordinarios)
- Copias de solicitudes, comentarios, fotos, autorizaciones por parte de la supervisión y
Organismo (dictámen).
13.- Video
- Cd. del proceso constructivo de la obra (editado con comentarios).
- Cd- del proceso constructivo de la obra (editado sin comentarios).
14.- Planos
- Plano de 60 X 90 de secciones de construcción por elemento.
- Perfil de 60 x 90 por elemento de la capa de rodamiento, comparado con el proyecto original.
- Actualización de plano de obras complementarias.
15.- Estimaciones
- Estimaciones de obra autorizadas, solo carátulas y hojas resumen de la constructora
- Estimaciones de obra acumuladas solo carátulas y resumen de la supervisión.
16.- Actas
- Acta informativa de inicio de trabajos.
- Acta informativa de terminación.
- Acta administrativa (constructora y supervisión).
- Minutas de juntas realizadas durante la obra.
TRABAJOS POR EJECUTAR
De acuerdo al Programa de Conservación de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, se contemplan los trabajos de “
MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-
27, ASÍ COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34 ” en el Aeropuerto de Tuxtla Gutiérrez, Chis.
Los trabajos necesarios son:
I.- PISTA 09-27
1.- Mortero Asfáltico.
En un área de 75,000.00 m2
2.-Riego de taponamiento.
En un área de 37,500.00 m2
3.- Señalamiento Horizontal.
Aplicación del señalamiento horizontal respectivo en el área donde se aplicará el mortero asfáltico, con
pintura reflejante color blanca en un área de 6,000.00 m2.
II.- PISTA 16-34
1.- Riego de taponamiento.
En un área de 20,000.00 m2
PROCEDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS
Las reparaciones del pavimento flexible afectado, en las zonas marcadas en el proyecto y/o donde lo ordene la
supervisión del "Organismo," consistirá en los siguientes trabajos:
a).- Mortero Asfáltico.
Antes de aplicar el mortero asfáltico sobre la superficie de rodamiento ésta deberá estar excentas de materias
extrañas o polvo.
Previa a la aplicación del mortero asfáltico se efectuará la limpieza de las grietas mediante el sopleteado y retiro
de materia orgánica de las mismas, se procederá al calafateo como lo marca la especificación correspondiente. El
costo de estos según sea el caso, será prorrateado en el metro cuadrado de mortero asfáltico.
La capa de mortero deberá de ser de 6.00 mm. de espesor como minímo, estar en condiciones de operación en un
máximo de dos horas y de tal manera que los neumáticos de las aeronaves no se impregnen con material asfáltico o
partículas de arena. No se permitirá la aplicación de cemento hidráulico sobre la superficie del mortero, salvo
autorización expresa del Organismo, el cual determinará el porcentaje por aplicar; sin embargo no se reconocerá
incremento alguno en los costos indicados en la propuesta.
El momento en que se indique la Supervisión del Organismo y de tal manera que la mezcla asfáltica no sufra
desplazamientos, se procederá a compactar la capa mediante 4 a 8 pasadas de un compactador neumático
autopropulsado con peso de 4 a 6 toneladas.
El precio unitario por metro cuadrado de mortero asfáltico deberá contemplar la eliminación total de capas de
pintura en las marcas de señalamiento horizontal, y/o caucho adherido a la superficie del pavimento con el objeto
de lograr una buena adherencia entre el mortero y la superficie del pavimento existente.
En caso de requerirse capas adicionales para renivelar depresiones, estas seran ordenadas expresamente por la
supervisión del organismo y su cuantificación se hará por metro cuadrado.
b). Señalamiento horizontal
Se ejecutará el señalamiento horizontal en las áreas que corresponda en donde fue aplicado el mortero
asfáltico o donde lo indique la supervisión del “Organismo”, una vez que sea aprobado y recibido el
mortero asfáltico por la supervisión del “Organismo”; es indispensable que el equipo con que se ejecute el
señalamiento sea autopropulsado, no se aceptará el equipo que no cumpla con este requisito, la pintura
será para aplicarse en concreto asfáltico y deberá incluir microesfera de acuerdo con lo indicado en el proyecto, se
deberá considerar que será necesario el repintado del señalamiento para entrega de los trabajos al organismo.
Se colocará un señalamiento provisional para evitar que la pista se queden sin marcas, este costo deberá quedar
incluido en el correspondiente al del señalamiento horizontal con pintura reflejante. Aeropuertos y Servicios
Auxiliares no reconocerá ningún cargo adicional por omisión de este concepto en el análisis respectivo.
Se procederá al delineado de las rayas y marcas por pintar y se barrerán y limpiarán cuidadosamente las zonas que
serán pintadas. En caso de ser necesario se darán riegos de agua para oxidar el mortero asfaltico y proceder lo más
pronto posible a la aplicación de la pintura, cuidando de que el pavimento no esté húmedo.
El alineamiento de las rayas se deberá hacer señalando un punto de ellas a distancias no mayores de cincuenta (50)
metros en tangentes y en curvas a las distancias que fije el proyecto y/o ordene el "Organismo"; apoyándose en
estos puntos se tenderá un cordón para guiar la máquina pintarrayas; se aplicará la pintura en una o más frajas,
cuyo ancho y características fijará en cada caso el proyecto y/o el "Organismo".
La máquina pintarrayas o aplicador mecánico, debe ser capaz de desarrollar una presión de aire suficiente para
ejecutar una buena pulverización, deberá tener espreas y atomizadores, para producir un ancho mínimo de quince
(15) centímetros, así como para agitar mecánicamente la pintura durante el funcionamiento de la máquina.
La pintura se aplicará tal como viene de fabrica y por ningún motivo se le añadirá adelgazador. Su distribución será
uniforme, es decir, sin tramos escasos o con exceso de pintura, debiéndose aplicar en las cantidades que fije el
proyecto y/o ordene el "Organismo", de acuerdo con el siguiente criterio:
Cubrimiento de pintura 3.33 metros cuadrados por litro
Espesor de pintura húmeda 0.3 milímetros
c).- Riego de Taponamiento.
En el área marcada en el proyecto y/o donde se requiera o lo ordene la supervisión contratada por el “Organismo”,
antes de iniciar con el Riego de Taponamiento, se deberá efectuar el calafateo de juntas y grietas, retiro de material
vegetal, conformación y relleno de depresiones.
El Riego de taponamiento se aplicará mediante una mezcla compuesta de emulsión de rompimiento rápido y agua, la
proporción del agua y emulsión será del 80 % y 20 % respectivamente y la dosificación de dicha mezcla por metro
cuadrado de 0.5 a 0.6 litros. Dichas dosificaciones y proporcionamientos se deberán afinar en el campo mediante
tramos de prueba fuera de la Pista, por parte del residente de obra de la contratista, en coordinación con la
supervisión contratada por el “Organismo”, de tal manera de observar el comportamiento de la mezcla aplicada en
un solo riego, ya que de ser necesario se deberá aplicar en dos riegos sucesivos, con dosificación de la mezcla por
metro cuadrado de 0.3 litros por cada riego o la que indique la supervisión contratada por el “Organismo”.
Los trabajos anteriormente mencionados se llevarán a cabo, cuidando de no manchar lámparas de borde, así como
otros elementos adyacentes a las áreas por taponar; en caso de manchar los citados elementos, estos tendrán que ser
desmanchados y/o repintados sin cargo extra para el “Organismo”.
En donde existan zonas erosionadas y/o descarnadas en la superficie del pavimento; se aplicará un mortero asfáltico
elaborado con arena fina y emulsión antes de aplicar el riego de taponamiento.
El Riego de taponamiento deberá estar en condiciones de operación en un máximo de dos horas y de tal manera que los
neumáticos de las aeronaves no se impregnen con material asfáltico.
NORMAS COMPLEMENTARIAS
( N. C. )
INDICE
N.C. No. 1.- NORMA COMPLEMENTARIA GENERAL DE CONSTRUCCION E INSTALACIONES
N.C. No. 2.- PAGO POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA
N.C. No. 3.- MATERIALES
N. C. No. 4.- BANCOS PROPUESTOS POR EL “CONTRATISTA”
N.C. No. .5.- ACARREO CUANDO SE TRATE DE OBRAS QUE SE PAGUEN POR UNIDAD DE
OBRA TERMINADA
N. C. No. 6.- REQUISITOS ADICIONALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
N. C. No. 7.- LIMPIEZA GENERAL DE LA OBRA
N. C. No.8 .- REQUISITOS ADICIONALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
N. C. No. 9.- NORMAS, RECOMENDACIONES E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD
N. C. No. 10.- BOLETINES TECNICOS OBLIGATORIOS
N. C. No. 11.- REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE PRECIO UNITARIO FUERA DE CATALOGO.
N. C. No. 12.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
N.C. No. 1.- NORMA COMPLEMENTARIA GENERAL DE CONSTRUCCIÓN E INSTALACIONES
Las normas vigentes para este proyecto serán:
Regirá la Normatividad para la Infraestructura del Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT), Edición 2000. La carpeta 3 en sus partes: N. CTR. CAR. 1.01 TERRACERÍAS y N.
CTR. CAR. 1.02 ESTRUCTURAS. La carpeta 4 en sus partes: N. CTR. CAR. 1.03 DRENAJE Y
SUBDRENAJE, Y N. CTR. CAR. 1.04 PAVIMENTOS. La carpeta 5 en su parte: N. CTR. CAR. 1.07
SEÑALAMIENTO Y DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD. La carpeta 6 en sus partes N. CAL. 1.01 NORMA
Ejecución del Control de Calidad durante la Construcción y/o Conservación, y N. CMT 4.05 MATERIALES
ASFÁLTICOS, ADITIVOS Y MEZCLAS, NORMA Calidad de Materiales Asfálticos. La carpeta 7 en su
Libro MMP MÉTODOS DE MUESTREO Y PRUEBAS DE MATERIALES en su parte 4, Materiales para
Pavimentos, título 05, Materiales Asfálticos, Aditivos y Mezclas. Anexo 14 al Convenio sobre Aviación
Civil Internacional Vol. I Diseño y Operaciones de Aeródromos, Tercera Edición, de la Organización de
Aviación Civil Internacional (OACI).
La contratación y ejecución de las obras contenidas en los conceptos de las formas C-1 del Pliego de
Requisitos, se sujetarán a las Normas Generales para Construcción e Instalaciones de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes (SCT) en vigor, que se señalan a continuación, así como a los acuerdos
internacionales, siempre y cuando no contravengan al Proyecto.
La Normas vigentes para este proyecto serán:
a) Normas para Construcción e Instalaciones
El libro 3, en su parte 3.01 título:
El libro 4, en su parte 4.01 títulos:
b) Normas y Métodos Recomendados Internacionalmente
c) Las presentes Normas Complementarias ( N. C. )
d) Las Especificaciones Particulares ( E. P. ) del Proyecto
De existir una discrepancia entre lo indicado en las normas antes mencionadas regirá lo indicado en las
Especificaciones Particulares ( E. P. ).
N. C. No. 2.- PAGO POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA
Conjunto de disposiciones y requisitos generales establecidos por el Organismo, Aeropuertos y Servicios
Auxiliares, que deben aplicarse en la ejecución y equipamiento de las obras, así como también en la
supervisión de los trabajos, comprendiendo la ejecución, la medición y la base de pago de los conceptos
de trabajo.
El Pago por Unidad de Obra Terminada (P.U.O.T.) se entenderá como la entrega al Contratista del importe
del concepto de obra que agrupa todas las fases necesarias para la terminación del trabajo, como son:
los costos de los materiales y/o equipo, de instalación permanente y/o temporal, y todo lo que directa o
indirectamente se requiere para la ejecución de los trabajos, los costos de los equipos utilizados para la
ejecución de los trabajos incluyendo los tiempos de espera y acarreos en su caso, los cargos por
herramienta, equipo de seguridad, incluyendo la instalación, los costos del control topográfico y de calidad
de los materiales.
Desinstalación y/o Instalación de equipos, para la ejecución de la obra hasta su terminación, de acuerdo
con el Proyecto, las Normas Técnicas y las Especificaciones Particulares si las hubiese, así como las
condiciones climáticas, geológicas y todas las otras características locales, que pueden influir en el costo
de la construcción.
Conforme a esta modalidad, al elaborar el Precio Unitario (P.U.) respectivo, el Contratista tomará en
cuenta que tiene libertad de seleccionar el equipo, el procedimiento de construcción y el de control de
calidad que empleará, los cuales deberán ser previamente autorizados por el Organismo.
N. C. No. 3.- MATERIALES
Los materiales que se utilicen en la ejecución de la obra, deberán cumplir con las Normas Mexicanas
(NMX), las Normas para Construcción e Instalaciones en vigor de la Secretaría de Comunicaciones y
Transportes (SCT), excepto en los casos en que las características estén señaladas expresamente en el
proyecto y/o Especificaciones Particulares.
De aquellos materiales no comprendidos en los libros 3.01 y 4.01 de las Normas de Construcción e
Instalaciones y de Calidad de los Materiales de la S.C.T., se ha indicado la marca y sus características
con el fin de que el Contratista forme su criterio acerca de la calidad que exigirá el Organismo.
El uso de materiales no autorizados previamente por el Organismo, será por cuenta y riesgo del
Contratista.
Cuando se trate de cambios, reposiciones o rehabilitaciones de instalaciones existentes, aún en el caso
de obras nuevas, el Contratista deberá tomar en cuenta la necesidad de uniformizar los equipos,
materiales y accesorios para facilitar su mantenimiento.
N. C. No. 4.- BANCOS PROPUESTOS POR EL “CONTRATISTA”
Los materiales producto de préstamo de banco, que se utilicen para la formación de las diferentes capas
de las terracerías y/o pavimentos, deberán cumplir con las Normas de Calidad de la S. C. T. y/o lo
indicado en el proyecto, estos bancos serán propuestos por el “Contratista” y para su uso deberán contar
con la aprobación del “Organismo”.
Si los bancos propuestos por el Contratista, los cuales sirvieron para el análisis del Precio Unitario ( P. U.
) correspondiente no cumplen con la calidad requerida, el “Organismo” podrá exigir el cambio de banco
para que cumpla con las Normas de Calidad, dicho cambio de banco no será objeto de ninguna
reclamación en cuanto a costo.
Los bancos de materiales propuestos en el proyecto, sólo son de carácter informativo, el Organismo” no
aceptará reclamación alguna, si estos bancos no cumplen con las normas de calidad requeridas, por lo
que será responsabilidad del “Contratista” verificar la calidad del banco propuesto.Estos bancos deberán
indicarse claramente en la propuesta, anexando antecedentes de calidad que garanticen el cumplimiento
de los requisitos especificados.
La unidad de medición y la base de pago para cada capa de terracería y/o pavimento, será la indicada
para cada concepto en particular, de acuerdo a lo indicado en las Normas Generales para Construcción e
Instalaciones, y/o a lo indicado en la Especificación Particular ( E. P. ) correspondiente, así como en la
relación de conceptos de obra Forma C-1.
El pago de regalías por explotación de los bancos, propuestos por el “Contratista” previa autorización del
“Organismo”, así como los propuestos en el proyecto deberán quedar integrados en el P. U. respectivo.
El Organismo podrá solicitar al contratista las pruebas de laboratorio realizadas a los materiales para
proceder a su verificación.
El “Organismo” no aceptará ninguna reclamación por omisión de este concepto en el P. U.
correspondiente
N. C. No. 5.- ACARREO CUANDO SE TRATE DE OBRAS QUE SE PAGUEN POR UNIDAD DE OBRA
TERMINADA
Todo tipo de acarreo deberá ser incluido en el análisis del Precio Unitario (P.U.) correspondiente, cuando
se traten de obras que se paguen por unidad de obra terminada.
Para este análisis, el Contratista deberá considerar las tarifas autorizadas por la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes para las asociaciones y/o uniones de fleteros y/o transportistas de la
entidad, en una proporción de 50 % de camiones de la empresa y 50 % de dichas asociaciones y/o
uniones de transportistas.
Los costos de los acarreos deberán incluir esperas y todo lo necesario para la correcta ejecución de este.
El Organismo no aceptará ninguna reclamación por omisión de este concepto en el Precio Unitario (P.U.)
correspondiente.
N. C. No. 6.- REQUISITOS ADICIONALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
a).- El Contratista está obligado a guardar las Normas de seguridad establecidas por las autoridades de
Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) y de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), durante
todo el tiempo que dure esta obra, asimismo deberá incluir en sus indirectos de obra, los señalamientos
provisionales, señalamiento luminoso con focos rojos, acordonamiento y todo aquello que indiquen las
autoridades aeronáuticas, así como el equipamiento necesario para cumplir con las disposiciones de
dichas autoridades.
b).- El Contratista se deberá sujetar a los horarios de trabajo que indiquen las autoridades de la Dirección
General de Aeronáutica Civil y/o Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
c).- El Contratista deberá dotar a sus vehículos y equipo que trabajen en las áreas de operación del
Aeropuerto con balizamiento de protección, consistente en faros giratorios o cintilantes con luz color
ámbar colocados en la parte más elevada del vehículo o equipo; así como bandera de noventa por
noventa (90 x 90) centímetros con cuadros rojos y blancos de treinta por treinta (30 x 30) centímetros,
alternados; los cuadros rojos se colocarán en las esquinas. Deberá contar con el equipo de comunicación
necesarios para la coordinación de los trabajos con las autoridades del Organismo y de la Dirección
General de Aeronáutica Civil.
d).- El personal que el Contratista emplee en los trabajos objeto de esta obra, deberá estar capacitado
para trabajos en áreas de maniobras de aeropuertos con conocimiento de los reglamentos que existan al
respecto.
e).- El Contratista deberá presentar a la consideración de las autoridades del Organismo y de la Dirección
de Aeronáutica Civil, el programa de obra a más tardar 5 días después de la firma del contrato, indicando
accesos y vías internas a utilizar durante la construcción, este programa deberá ser presentado en planta
y deberá considerar que se trabajará en horarios nocturnos de aproximadamente seis (6:00) horas
mínimo. Este horario podría variar de acuerdo a las necesidades del Aeropuerto ó a las disposiciones de
las autoridades aeronáuticas en coordinación con la supervisión del Organismo . El Contratista deberá
considerar en sus costos indirectos que sus vehículos de transporte tendrán que efectuar recorridos por el
camino perimetral, evitando efectuar cruces en Pista y el menor número de calles de rodaje y además que
el acceso de vehículos estará regulado, de forma que únicamente se permitirá el ingreso máximo de cinco
(5) vehículos con su respectiva madrina.
f).- El Contratista deberá tomar en cuenta todo lo indicado en estas Normas Complementarias ( N. C.
) y Especificaciones Particulares ( E. P. ), para la elaboración de sus Precios Unitarios (P. U. ) y
Programas de Obra (forma C-3); así como el personal necesario para el control topográfico y la
instalación de un laboratorio permamente de campo con el personal y equipo necesarios para el control
de calidad de la obra, que el Contratista deberá efectuar y que también deberán ser considerados en sus
costos indirectos.
g).- El Contratista deberá considerar en sus indirectos los señalamientos para la delimitación de las áreas
de trabajo como son: señalamiento luminoso, acordonamiento, etc.
h) La visita en el lugar de la obra, es necesaria para tener un panorama amplio en la elaboración de sus
precios unitarios.
i) En lo relativo al suministro de los materiales, el contratista deberá asegurar que éstos estén disponibles
en cantidad y calidad suficientes en todo momento, durante el proceso de la obra.
j) Anexa a la propuesta técnica y como requisito indispensable el contratista está obligado a presentar el
diseño Marshall completo del proyecto del mortero asfáltico, que cumpla con las especificaciones
establecidas, así como los antecedentes de calidad de los materiales pétreos; en caso de que está
información es incompleta será motivo de descalificación.
k) El contratista deberá contemplar en su propuesta que todo el equipo que proponga utilizar deberá estar
concentrado en el sitio de los trabajos, en perfectas condiciones, el contratista y será revisado por la
supervisión del Organismo, y en caso de no estar en perfecta condiciones, el contratista deberá de
reemplazar dicho equipo al momento, sin que ello signifique incremento en los precios unitarios ó
reclamación alguna por parte del contratista.
l) Para el tendido del mortero asfáltico y acabado superficial, el contratista deberá tener especial atención
ya que el Organismo será muy estricto en verificar que se cumpla con los niveles de rasante del proyecto,
la textura de la carpeta deberá de ser uniforme y no deberá de presentar zonas clasificadas. En su caso
el Organismo determinará el procedimiento de construcción que garantice la correcta ejecución de los
trabajos, sin que ello signifique incremento en los precios unitarios o reclamación alguna del contratista.
m)Para la compactación del mortero asfáltico no se permitirá el uso de equipos remolcados o jalados con
tractor agrícola, sólo se permitirá el uso de equipos de compactación autopropulsados.
n) El contratista será responsable de realizar los trámites necesarios por conducto de la administración
del Aeropuerto, para introducir personal al aeropuerto; cualquier demora en el inicio de los trabajos por
negligencia de la propia empresa no justificará reprogramación alguna.
o) En el caso de que la empresa cause daños a las instalaciones del aeropuerto ( lámparas, etc.) éstos
serán reparados por la empresa sin ningún cargo adicional para el organismo.
p) La empresa deberá considerar en su presupuesto un plazo máximo de veinte ( 20 ) días a partir de la
fecha de inicio de los trabajos para: trituración, producción de agregados, suministro de productos
asfálticos, realización de pruebas, ect., así mismo deben de contar con el equipo suficiente y el personal
necesario para iniciar el tendido del mortero asfáltico, exactamente al concluir el plazo anterior.
q) Es indispensable que la contratista cuente con experiencia en estos tipos de trabajos y haya trabajado
como mínimo en dos ocasiones en este tipo de obra en aeropuertos, la cual deberá comprobar y externar
por escrito en su propuesta técnica, la falta de este documento será motivo de descalificación.
N. C. No. 7.- LIMPIEZA GENERAL DE LA OBRA
La limpieza general de la obra y de las zonas adyacentes de trabajo, incluyendo las Vialidades de acceso
y salida al sitio de los trabajos, tanto durante el proceso de la misma, así como al final para la entrega de
las obras, deberán considerarse por el Contratista como parte de los costos directos de cada precio
unitario. El Organismo exigirá esa limpieza tanto en el proceso, como para recepción final de los trabajos,
pero no reconocerá reclamación alguna de este concepto..
N. C. No. 8.- REQUISITOS ADICIONALES PARA LA EJECUCION DE LA OBRA
1.- Para la ejecución de esta obra el contratista deberá considerar que los trabajos serán ejecutados en
horarios restringidos, normalmente durante la noche. Al final del turno se dejará el área de trabajo limpia,
libre de obstáculos que pudieran interrumpir las operaciones del aeropuerto.
2.- El contratista deberá considerar para la ejecución de la obra y formulación de sus precios unitarios, un
programa de trabajo específico, para cada uno de sus elementos precisando fechas en que se ejecutarán
los trabajos, así mismo deberá considerar las pruebas de control de calidad y control topográfico
necesario para la correcta ejecución de los trabajos.
De existir discrepancias entre los resultados de la contratista y los del organismo, podrá recurrirse la
certificación de los resultados por un tercero, los costos de esta tercería serán cubiertos por la entidad
que incurra en la equivocación. La selección de la tercería será por Aeropuertos y servicios Auxiliares.
Las instrucciones que se dicten a lo largo de la ejecución de los trabajos, aún cuando se señalen en
minutas de trabajo, deberán ser asentadas en la Bitácora de Obra.
3.- El contratista deberá considerar que el equipo propuesto en sus análisis de precios unitarios deberá
estar en óptimas condiciones mecánicas y de funcionamiento, y será el mínimo indispensable para llevar
a cabo los trabajos conforme a los rendimientos prácticos. El equipo adicional que requiera tener en
cuenta para cubrir la eventualidad de una avería, deberá ser integrada al análisis del precio unitario
correspondiente, a fin de evitar cualquier interferencia en la adecuada operación del aeropuerto, ya que sí
esta se suscitase por causas imputables al Contratista, este cubrirá los daños y perjuicios que ocasione
dicha interferencia o afectación. El no tomar en cuenta lo anterior, no será motivo de reclamaciones
posteriores y el “Organismo no reconocerá pago alguno por este concepto, se exigirá además el remplazo
de equipo que no cumpla con los requisitos para la realización de los trabajos, esto no será motivo de
modificación al P. U respectivo.
N. C. No. 9.- NORMAS, RECOMENDACIONES E IMPLEMENTOS DE SEGURIDAD
a).- Implementos de seguridad para el cierre a las operaciones de posiciones en Pista, Rodaje y
Plataforma
Estos se efectuarán con conos reflejantes (tránsito), colocando sobre el elemento a balizar,
así como luces de obstrucción nocturna (rojas).
Personal con su respectiva banderola durante las horas de trabajo en los cruces de rodajes
con el camino de acceso a la obra, chalecos reflejantes nocturnos y lámparas sordas
intermitentes rojo y blanco, una unidad automotor (con funciones de patrulla), para efectuar
rondines los días que dure la obra. Esta unidad debe estar especialmente destinada para
cumplir con esta función y de uso exclusivo para efectuar estos rondines.
Este personal correrá bajo la nómina de la compañía Contratista que gane el concurso y
estará bajo la dirección y capacitación de la área de Operaciones del aeropuerto, 24:00
horas antes del inicio de las obras.
b).- Implementos de seguridad
1.- Cartulinas de identificación para todos los vehículos que accesarán exclusivamente por las
puertas autorizadas.
2.- Gafetes para el personal de la empresa contratista, exclusivamente para las áreas y zonas
de obra.
3.- Banderas a cuadros rojos y blancos para los vehículos, que invariablemente tengan nexos
en lo relacionado a la obra, las que serán entregadas al operador para su colocación en la
parte alta de los vehículos al entrar y retiradas en el momento de su salida o retiro del
aeropuerto.
4.- Lonas para camiones, obligatorias para todos los camiones materialistas inmediatamente
después de cargados y antes de cualquier movimiento en el interior del aeropuerto.
5.- Torretas cintilantes invariablemente para todas las unidades que tengan movimiento en el
interior del aeropuerto, durante el tiempo que permanezcan en él.
6.- Los vehículos materialistas no podrán circular en el interior del aeropuerto si no lo hacen
guiados por un vehículo madrina y/o carro guía que haya sido capacitado para tal efecto, sin
que este convoy exceda de cinco unidades más el carro guía.
7.- El número máximo de vehículos que puede ser guiado por el carro guía será de cinco
vehículos en caravana, compactos y a velocidad máxima de veinte (20) kilómetros por hora.
N.C. No. 10.- BOLETINES TECNICOS OBLIGATORIOS
Previo a la ejecución de la obra y durante el desarrollo de la misma, la empresa deberá sujetarse a las
NORMAS GENERALES, a las Especificaciones Particulares de la Obra, así como a los BOLETINES
TECNICOS OBLIGATORIOS Y REGLAMENTOS APLICABLES:
NORMAS APLICABLES A OBRAS DE CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO EN AEROPUERTOS
FEDERALES
Número A-402-008 del año 1989;
Número A-006/91 de fecha 10 de mayo de 1991
Número A-007/91 de fecha 10 de mayo de 1991
Número A-012/91 de fecha marzo de 1992
Número A-017/91 de fecha 31 de mayo de 1993
Emitidos por la SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, a través de la Dirección
General de Aeronáutica Civil ( D .G. A. C. ).
REGLAMENTO PARA CONDUCTORES Y ACTIVIDADES QUE DESEMPEÑARAN LOS BANDEREROS
Por su propia seguridad, la de las aeronaves y la de todos, en general, debe leer cuidadosamente las
instrucciones que a continuación se le indican:
1.- Su camión deberá estar en perfectas condiciones, por ejemplo, mecánicas, de frenos y de luces.
2.- Deberá circular únicamente por los caminos que se le indiquen.
3.- No se le permitirá la entrada al aeropuerto si no cuenta con lo siguiente:
a).- Permiso, el cual deberá colocar en la parte derecha del parabrisas (cartulina numerada).
b).- Bandera, a cuadros rojos y blancos, en la parte más alta de su camión.
c).- Lona para cubrir el material que transporte
4.- No deberá circular a más de veinte (20) kilómetros por hora.
5.- En los cruceros encontrará a bandereros que le indicarán si puede cruzar o debe detenerse.
"Si no cumple con estos requisitos, está poniendo en peligro la seguridad de las aeronaves, la de los
pasajeros y la suya propia."
N. C. No. 11.- REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE PRECIO UNITARIO FUERA DE CATALOGO.
De ser necesario durante la ejecución de la obra, puede requerirse la ejecución de trabajos fuera de
catalogo, la solicitud del Precio Unitario respectivo deberá ser acompañada de:
Solicitud de la Empresa contratista
Presupuesto de Obra Extraordinaria, acompañado de los generadores respectivos.
Análisis de Precio Unitario, avalados por la supervisión
Reporte fotográfico en caso de ser posible.
Soporte de Costos Básicos.
Notas de Bitácora y/o minuta de trabajo.
N. C. No. 12.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
I ADMINISTRATIVAS.
1.1 La responsabilidad de la empresa constructora es la realización de la obra en tiempo y costo dentro
de los parámetros establecidos en la licitación y contrato.
1.2 Deberá en todo momento mantener los índices de calidad y costo requeridos por el organismo.
1.3 Dar seguimiento al proceso de obra y realizar la entrega en tiempo y en forma, de las fianzas de
anticipo y cumplimiento y todos los documentos que pudieran retrasar los tiempos del inicio del
proceso de obra, incluyendo sus estimaciones.
1.4 Colocar letreros indicando los avances de obra, el tipo de la misma, su duración y quien la realiza,
en colaboración con el aeropuerto.
1.5 Dar seguimiento a la elaboración y cobro de las estimaciones de acuerdo al avance de la obra y
realizar control de verificación, en conjunto con la supervisión, a los 15%, 30%, 45%, 60%, 75% y
90%.
1.6 Demostrar la existencia de cartas de intención, por parte de los proveedores, para el suministro de
los materiales necesarios para la realización de los trabajos.
1.7. Realizar la elaboración del aviso de terminación de obra, acta de recepción, la entrega de
manuales de operación y mantenimiento, planos actualizados, estimación de finiquito, fianza de
vicios ocultos y recepción de finiquito.
1.8. Realizar estimaciones en tiempo y forma, conciliadas con la supervisión, para el buen avance de
las obras, física y administrativa
1.10 La contratista pagará el costo de la supervisión, si no existe de reprogramación en tiempo.
1.11 Se procederá a la rescisión del contrato de la constructora conforme a los artículos 124, 125, 126,
127, 128, 129, 130, 131, 132, 133 y 134 del reglamento de la LOPSRM. vigente
1.12. Deberá comprobar la aplicación total del anticipo, a mas tardar, al tener un avance del 5% de la
obra.
1.13. Deberá proporcionar a la supervisora, los planos actualizados, manuales y garantías de los
equipos instalados y todos los documentos que le sean solicitados para la elaboración del finiquito
de obra.
1.14 Deberá conciliar y coordinar la logística de la obra y su programa, con la supervisión en los dos
días siguientes a la fecha de fallo.
1.15 Deberá conocer el proyecto ejecutivo y no realizará ningún cambio en la obra, si este fuera el caso
deberá conseguir autorización por escrito del Subdirector de obras.
1.16 Deberá cumplir con el programa de obra, en tiempo, forma y costo, por lo que suministrará los
materiales, herramienta y equipo con toda oportunidad
1.17 Deberá cumplir con la plantilla de personal técnico, permanentemente, durante el proceso de la
obra
1.18 Se deberá sujetar a las condiciones de operación, horarios y seguridad del aeropuerto.
1.19 Deberá instalar los sanitarios para sus empleados y no permitirá el uso de las instalaciones del
aeropuerto, este costo deberá prorratearlos en sus indirectos correspondientes.
1.20 La obra deberá mantenerse limpia y ordenada, en dado caso protegida con tapiales o cintas, si es
necesario y/o solicitado por la supervisión del Organismo, letreros y avisos, además de cualquier
otro indicado por la administración del aeropuerto, este costo deberá prorratearlo en el costo de
sus indirectos.
1.21 Deberá elaborar sus estimaciones en tiempo y forma acompañados de croquis, fotografías (minimo
una de cada concepto estimado) y números generadores que seran foliados progresivamente y
presentarlas a la supervisión para su conciliación y aprobación.
1.22 Deberá desinstalar bodegas, almacenes, baños y cualquier otro tipo de instalaciones provisionales
requeridas en la ejecución de los trabajos, limpiar y retirar todos los materiales sobrantes, estos
costos deberá prorratearlos en sus costos indirectos.
1.23 Deberá seguir y respetar las gráficas de tiempos de elaboración de los trabajos, en caso de no
hacerlo, se vera sujeta a las sanciones que marca la LOPSRM y las indicadas por el organismo.
II TECNICAS
2.1 Obtener el proyecto ejecutivo y catalogo de conceptos, revisarlos y aclarar cualquier duda u
omisión, con la supervisora contratada o con el área correspondiente.
2.2 Verificar con un estudio del mercado local, de los materiales, maquinaria y mano de obra,
necesarios para la realización de la obra, que el monto ofrecido y contratado, no rebasara la
cantidad asignada
2.3 Realizar lo logística de la obra, tiempos y movimientos, localizando los lugares específicos para los
materiales, casetas de obra, bodegas, almacenes así como el calendario de obra y la secuencia de
los trabajos.
2.5. Realizar puntos de control en los porcentajes de avance del 15%, 30%, 45%, 60%, 75% y 90%,
conciliarlo con la supervisión contratada, y realizar las acciones y adecuaciones necesarias para el
avance de los trabajos.
2.6 Revisar las tolerancias máximas para estos puntos de control y que no excedan del 2%, 4%, 6%,
3% y 4% sucesivamente, en caso de no cumplir con estos desfasamiento, la constructora, primero
recibirá una amonestación (15%) y posteriormente (30%) recibirá un oficio con aviso de inicio de
rescisión de contrato, al cumplirse el 45% y continuar con el atraso máximo permitido, se realizará
de inmediato la rescisión administrativa.
2.7 No realizar ningún cambio en el proyecto ejecutivo; Sin embargo, en caso de ser necesario, estos
cambios solo se realizarán con autorización escrita del Subdirector de construcción.
2.8. Realizar conjuntamente con la supervisora, el programa calendarizado de ejecución de los
trabajos.
2.9 Dberá de contar con la existencia en el sitio de los trabajos, del personal técnico y administrativo,
material necesario, maquinaria y equipo y todo lo establecido en la licitación, conforme a lo
establecido en el programa de adquisiciones y durante el desarrollo de la obra
III LEGALES
3.1. Conocer la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la misma y su reglamento, la
Normatividad de ASA., las normas de construcción de S:C:T: y los reglamentos de los aeropuertos.
3.2 Proporcionar los nombres y direcciones de los socios de la empresa constructora.
3.3 Abrir bitácora de obra y asentar todos los eventos relevantes que acontezcan en la misma.
3.4 Deberá conocer el proceso de rescisión de contrato y las causas que lo ameritan.
ESPECIFICACIONES PARTICULARES
( E. P. )
E. P. No. 1.- SEÑALAMIENTO CON PINTURA REFLEJANTE, POR UNIDAD DE OBRA
TERMINADA
E. P. No. 2.- MORTERO ASFÁLTICO, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA
E. P. No. 3.- RIEGO DE TAPONAMIENTO, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA
E. P. No. 1.- SEÑALAMIENTO CON PINTURA REFLEJANTE, POR UNIDAD DE OBRA
TERMINADA
MATERIALES
La pintura reflejante deberá llenar los siguientes requisitos de calidad:
1.- De las esferas de vidrio reflejante:
a.- Calidad de las esferas.
Deberán ser incoloras, limpias y transparentes, con un índice de reflexión por el método de
inmersión de 1.9 mínimo; no deberán perder su transparencia al ser sumergidas en solución
normal de cloruro de calcio durante 3 horas, ni deberán obscurecerse al tratarse con sulfuro de
sodio.
b.- Tamaño de las esferas
Los tamaños de las esferas, deberán sujetarse a lo indicado en la siguiente tabla:
MALLA PORCENTAJE
MINIMO MAXIMO
100 ---
Pasando la No. 14
Retenido en la No. 10 20
18
Retenido en la No. 30 85
30
Retenido en la No. 5 50
40
Pasando la No. 40 --- 5
El tamaño de las esferas se determinará de acuerdo con lo señalado en la Especificación ASTM-D-1214
c.- Imperfección de las esferas
El porcentaje de esferas imperfectas, determinando conforme a lo señalado en la Especificación ASTM-D-
1214, no deberá exceder del treinta por ciento (30%) en peso.
d.- Condiciones de aplicación
La pintura deberá tener las características requeridas para usarse en pavimentos de concreto hidráulico y
asfáltico, como guía reflejante para la operación de las aeronaves y tener la consistencia necesaria para ser
aplicada con equipo de aspersión. Será del tipo de riego por gravedad, es decir de aquel en que las esferas
de vidrio se dejan caer por medios apropiados para que se depositen sobre la pintura húmeda, conforme
esta va siendo aplicada por la máquina pintadora y cuando se use con este equipo deberá ser capaz de
producir una raya continua de ancho uniforme y del espesor requerido.
2.- De la pintura reflejante integral
a.- Color
La pintura deberá tener después de que las esferas hayan sido esparcidas, el color blanco estándar o el
color amarillo señalado en el proyecto y/o ordenado por el "Organismo", no deberá contener ninguna
materia orgánica colorante, ni se decolorará bajo la acción de los rayos solares.
b.- Sangrado
Cuando la pintura sea sometida a la prueba sobre subestratos de alquitrán y asfalto señalado en la
especificación ASTM-D-969, la clasificación numérica de las pinturas tanto blanca como amarilla no será
menor de seis (6). Para el sangrado, las pinturas se probarán conteniendo la cantidad especificada de
esferas de vidrio.
c.- Intemperismo acelerado
La pintura, al pasar por la prueba de intemperismo acelerado señalada en la especificación 141 Método
6152 de la FTMS, con lámpara de arco de doble carbón durante 600 horas, no deberá mostrar sino una
ligera decoloración y no más de veinte por ciento (20%) de pérdida de esferas.
d.- Tiempo de secado
Cuando la pintura sea probada de acuerdo con la especificación ASTM-D-711, deberá secar hasta que no
se desplace ni se levante en un lapso no mayor de 45 minutos.
El Contratista, estará obligado a emplear en el pintado de las marcas de señalamiento fijadas en el proyecto
y/o ordenadas por el "Organismo", tanto pintura como esferas de vidrio que cumplan con los requisitos de
calidad antes estipulados y que si llegado el caso, al ejecutar los trabajos con el o los productos
considerados en su proposición, no se obtienen resultados satisfactorios a juicio de el "Organismo", se
compromete y obliga a substituirlos de inmediato por otros productos que reúnan dichos requisitos y a
reparar o reponer el pintado de las marcas de señalamiento defectuosas, sin que ello sea motivo de
modificación alguna al precio unitario ni compensación alguna por la reparación o reposición del trabajo
defectuoso.
EJECUCIÓN
La máquina aplicadora de pintura deberá tener un dispositivo espaciador de esferas en un ancho mínimo de
15 cm.
La pintura se aplicará tal como viene de fabrica y por ningún motivo se le añadirá adelgazador. Su
distribución será uniforme, es decir, sin tramos escasos o con exceso de pintura, debiéndose aplicar en las
cantidades que fije el proyecto y/o el "Organismo", en el señalamiento provisional y el definitivo.
MARCAS DE SEÑALAMIENTO
a.- Materiales Pintura para pavimentos con esferas reflejantes
b.- Color: Blanco en Pista,
Amarilla en Rodaje
Amarilla, Roja, Blanca en Plataforma
Negro para ribetear y borrado
señalamiento existente
c.- Cubrimiento de pintura 3.33 metros cuadrados por litro
d.- Espesor de pintura húmeda 0.3 milímetros
e.- Esferas por litro 1.20 kilogramos
f.- Tamaño de esferas de 0.38 mm a 1.38 mm
g.- Índice de reflexión 1.90
MEDICIÓN
La medición de pintura reflejante, con esferas aplicadas, se hará tomando como unidad el metro cuadrado (
m2 ) de superficie pintada, redondeando el resultado a la unidad.
BASE DE PAGO
El pago por unidad de obra completamente terminada de marcas de señalamiento y números designadores
de pista, con pintura reflejante, se hará al precio fijado en el contrato para el metro cuadrado, este precio
unitario incluye lo que corresponda por: barrido y limpieza, trazado de las señales, trazo con aparato, valor
de adquisición de la pintura y de las esferas, carga, descarga, almacenamiento y transporte hasta los sitios
de utilización, mermas y desperdicios, mano de obra y equipos requeridos para las operaciones previas y
para el pintado de las señales, limpieza de la obra y en general todo lo necesario para la correcta ejecución
del trabajo.
E. P No. 2.- MORTERO ASFÁLTICO, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA.
Se colocará en la Pista 09-27 en los 30 metros centrales ó en donde lo marque y/o lo indique la supervisión
del Organismo.
Antes del tendido del mortero asfáltico sobre la superficie de rodamiento ésta deberá estar exenta de
materias extrañas o polvo, previa limpieza de las grietas mediante sopleteado y retiro de materia de las
mismas, se procederá al calafateo mediante el siguiente procedimiento:
a).- Para grietas entre 3 y 10 milímetros.
- Cemento asfáltico AC - 20 40 Kg. 83.00 %
- Aserrín de hule de cachete de llanta 3 Kg. 6.25 %
- Polietileno 5 Kg. 10.75 %
b).- Para grietas y/o juntas mayores de 10 milímetros a la mezcla anterior, deberá agregarse 10 Kg. de
arena fina libre de impurezas.
Calafateo de grietas con el procedimiento anterior, por unidad de obra terminada, el costo de estos trabajos
según sea el caso, será prorrateado en el metro cuadrado de mortero asfáltico.
La empresa contratista deberá verificar en campo las condiciones de la carpeta asfáltica, base para incluir
en caso necesario un riego de taponamiento rejuvenecedor de la capa, la dosificación será fijada por la
supervisión del Organismo, para el producto asfáltico será una emulsión catiónica de rompimiento rápido
del tipo ECR-60 y/o el propuesto por el Organismo previa autorización. El Organismo podrá ordenar la
colocación de este riego de taponamiento rejuvenecedor, deberá ser incluido en el costo del mortero
asfáltico, no reconocerá ningún pago extra por omisión de este concepto en el análisis respectivo.
El costo de estos trabajos de calafateo y riego de taponamiento, será prorrateado en el metro cuadrado de
mortero asfáltico, por unidad de obra terminada.
El tendido de mortero asfáltico se aplicará por medios mecánicos mediante equipo Young ó similar en las
zonas y espesores indicados en el proyecto ó donde lo indique la supervisión del Organismo.
Los requisitos que deberán cumplir los materiales para la elaboración del mortero asfáltico son los siguiente:
El espesor mínimo del mortero será de 6.00 mm.
MATERIALES
El material pétreo empleado en la construcción del mortero asfáltico deberá ser una arena bien graduada
(criterio SUCS) y cementante, fino no plástico y que cumpla con los requisitos que a continuación se
indican:
1.-Granulometría:
Abertura de malla Mortero 3 mm Mortero 9mm
(milímetros) % que pasa % que no pasa
9.6 100 100
4.75 100 90-100
2.36 90-100 65-90
1.18 65-90 45-70
0.60 40-65 30-50
0.30 25-42 18-30
0.15 15-30 10-21
0.075 10-20 7-15
Indice plástico: 7% máximo
Límite líquido: 30% máximo
Contracción lineal: 2% máximo
Equivalente de arena: 60% mínimo
Desgaste determinado de acuerdo con el método de prueba de abrasión en húmedo: 10% máximo.
Afinidad con el asfálto.
Desgaste determinado en la prueba de los ángeles: 35% máximo.
MATERIALES ASFÁLTICO
El producto asfáltico para la elaboración del mortero asfáltico será una emulsión super estable de
rompimiento controlado; la calidad de este producto es responsabilidad del constructor, con un tiempo de
mezclado mínimo de 2 minutos y un rompimiento entre 10 y 30 minutos, así mismo deberá cumplir con los
requisitos que fija el capítulo 5 “ Materiales Asfálticos” del libro VIII (Primera edición, 1981) de las Normas
de Construcción de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a excepción de la penetración del
residuo de la destilación: la cual deberá ser de 80 a 100 grados de penetración.
MEZCLA DE MORTERO
La dosificación de la emulsión asfáltica, agregados pétreos, agua y filler, cemento ó cal estará dada por el
Contratista bajo su responsabilidad.
En caso de ser necesario se adicionará un aditivo retardante o acelerante según se requiera.
La mezcla asfáltica deberá cumplir con lo siguiente:
Perdida por abrasión en ensayo por vía húmeda (prueba W.T.A.T.): 0.04 g/cm2 max.
Adicionalmente se deberá cumplir con lo siguiente:
Residuo asfáltico: de 10 a 14 % sobre pétreo (Mortero 3 mm)
Residuo asfáltico: de 8.5 a 10 5% sobre pétreo (Mortero 9 mm)
Agua de amasado:10 a15 % sobre el pétre
Agua total:10.0 a 20.0 % sobre el pétreo.
EJECUCIÓN
Antes de aplicar el mortero asfáltico sobre la superficie de rodamiento, ésta deberá estar exenta de materias
extrañas o polvo.
Previa limpieza de las grietas mediante sopleteado y retiro de materia orgánica de las mismas se procederá
al calafateo mediante un mortero asfáltico con tamaño máximo de partículas de 1.0 mm y emulsión de
rompimiento lento; para grietas con abertura menor a 1.5 mm éstas se sellarán con emulsión.
El costo de estos trabajos según sea el caso, será prorrateado en el metro cuadrado de mortero asfáltico.
En el momento en que indique la Supervisión del Organismo y de tal manera que la mezcla asfáltica no
sufra desplazamientos, se procederá a compactar la capa mediante 4 a 8 pasadas de un compactador
neumático autopropulsado con peso de 4 a 6 toneladas y/o las necesarias para la correcta ejecución de los
trabajos.
La capa de mortero deberá estar en condiciones de operación en un máximo de dos horas y de tal manera
que los neumáticos de las aeronaves no se impregnen con material asfáltico o partículas de arena. No se
permitirá la aplicación de cemento hidráulico sobre la superficie de mortero, salvo autorización expresa del
organismo, el cual determinará el porcentaje por aplicar; sin embargo no se reconocerá incremento alguno
en el precio.
El precio unitario por metro cuadrado de mortero asfáltico, deberá contemplar la eliminación total de las
capas de pintura en las marcas de señalamiento horizontal, y/o caucho adherido a la superficie del
pavimento con el objeto de lograr una buena adherencia entre el mortero y la superficie del pavimento
existente, el costo de estos trabajos deberán de contemplarse en el precio unitario del mortero asfáltico.
En caso de requerirse capas adicionales para renivelar depresiones, estas serán ordenadas expresamente
por la supervisión del organismo y su cuantificación se hará por metro cuadrado; la verificación del espesor
se llevará a cabo mediante calas.
El mortero asfáltico, por unidad de obra terminada, se medirá tomando como unidad el metro cuadrado (m2)
BASE DE PAGO
Este precio unitario incluye lo que corresponda por: Sellado de grietas, riego de rejuvenecimiento y/o
taponamiento. Desmonte y despalme de los bancos; extracción del material aprovechable y del desperdicio,
cualquiera que sea su clasificación, en su caso, valor de adquisición de los materiales, instalaciones y
desmantelamiento de la planta; cribado y desperdicios del cribado; cemento portland; cal hidratada;
emulsión asfáltica; agua; elaboración del mortero asfáltico, cargas y descargas de los materiales; todos los
acarreos; barrido de la superficie por tratar; aplicación; derechos de patente; regalías; los tiempos de los
vehículos empleados en los transportes durante las cargas y descargas; el calafateo de grietas; equipo de
seguridad para trabajos en áreas de operación aeronáutica; aditivos, en su caso y compactación;
eliminación del señalamiento horizontal y/o caucho, equipo y operación del alumbrado y todo lo necesario
para su correcta ejecución de este trabajo a satisfacción del Organismo.
E. P. No.- 03 RIEGO DE TAPONAMIENTO.
EJECUCIÓN:
En donde lo indique el proyecto y/o la supervisión contratada por el Organismo, antes de iniciar con el Riego de
Taponamiento, se deberá efectuar el calafateo de juntas y grietas, retiro de material vegetal y conformación y
relleno de depresiones.
Se procederá al calafateo de las grietas con una mezcla elaborada con la dosificación aproximada de los
siguientes productos, cuyo costo deberá ser prorrateado en el precio unitario del metro cuadrado de riego
de taponamiento.
a).- Para grietas entre 3 y 10 milímetros.
- Cemento asfáltico AC - 20 40 Kg. 83.00 %
- Aserrín de hule de cachete de llanta 3 Kg. 6.25 %
- Polietileno 5 Kg. 10.75 %
b).- Para grietas y/o juntas mayores de 10 milímetros a la mezcla anterior, deberá agregarse 10 Kg. de
arena fina libre de impurezas.
Los diferentes productos mencionados anteriormente, se deberán mezclar a una temperatura del orden
de 180 a 200 ºC. La mezcla así obtenida deberá aplicarse inmediatamente ya que solidifica rápidamente.
El contratista podrá proponer otros productos para el sello de grietas, previa autorización del Organismo
Para la aplicación de la mezcla utilizada en el calafateo y sellado de grietas se deberán emplear
inyectores a presión, efectuando el trabajo hacia arriba para evitar que queden vacíos atrapados y
eliminando el excedente para evitar irregularidades en la superficie.
El Riego de taponamiento se aplicará mediante una mezcla compuesta de emulsión de rompimiento rápido y agua, la
proporción del agua y emulsión será del 80 % y 20 % respectivamente y la dosificación de dicha mezcla por metro
cuadrado de 0.5 a 0.6 litros. Dichas dosificaciones y proporcionamientos se deberán afinar en el campo mediante
tramos de prueba fuera de la pista, por parte el residente de obra de la contratista en coordinación con la
supervisión contratada por el “Organismo”, de tal manera de observar el comportamiento de la mezcla aplicada en
un solo riego, ya que de ser necesario se deberá aplicar en dos riegos sucesivos, con dosificación de la mezcla por
metro cuadrado de 0.3 litros por cada riego ó la que indique el supervisor del “Organismo”. sin exceder del límite
establecido.
La mezcla de emulsión - agua deberá romper y secar en un tiempo máximo de dos horas, para lo cual el
“Organismo” hará las pruebas físicas que considere pertinentes y de tal manera que los neumáticos del
equipo empleado para dichas verificaciones no se impregnen con la emulsión; el segundo riego en caso
de ser necesario se aplicará una vez que haya fraguado la emulsión del primer riego.
Para el Riego de liga se empleará una emulsión asfáltica de rompimiento rápido, del tipo RR-2K, que
cumpla con los requisitos vigentes establecidos en las Normas de la S.C.T., además de lo siguiente:
CARACTERÍSTICAS NORMA
- Pruebas al producto asfáltico RR-2K
- Viscosidad Saybolt-Furol, a 50 °C: 20 – 100 segundos
- Residuo de la Destilación; por ciento en peso: 60 mínimo
- Asentamiento en 5 días; diferencia en por ciento: 5 máximo
- Retenido en malla Núm. 20; por ciento: 0.10 máximo
- Carga de la partícula: Positiva
- Disolvente en volumen; por ciento: 3 % máximo
PRUEBAS AL RESIDUO DE LA DESTILACION
- Penetración, 25°C, 100g, 5 segundos: 100 – 250 grados
- Ductilidad, a 25 °C : 40 cm, mínima
- Solubilidad en tricloroetileno de carbono; por ciento: 97.5 mínima
- Los trabajos anteriormente mencionados se llevarán a cabo protegiendo el señalamiento horizontal y /o
previo borrado del mismo, lámparas de borde, así como otros elementos adyacentes a las áreas por
taponar se protegerán en forma adecuada, para no mancharlas, en caso de manchar los citados
elementos, éstos tendrán que ser desmanchados y/o repintados sin cargo extra para el “Organismo”.
- Existen zonas erosionadas y/o descarnadas en la superficie del pavimento; en las cuales se aplicará un
mortero asfáltico elaborado con arena fina y emulsión, cuyo costo deberá ser prorrateado en el precio
unitario del metro cuadrado de riego de taponamiento.
- En la elaboración de su precio unitario el contratista deberá considerar que el pago se efectuará por
metro cuadrado de taponamiento, independientemente de su porcentaje de mezcla con agua para su
aplicación.
MEDICIÓN
El Riego de taponamiento por unidad de obra terminada, se medirá en el sitio de la obra tomando como
unidad el metro cuadrado (m2) y se pagará, al precio fijado en el contrato para el litro de emulsión pura.
BASE DE PAGO.
Este precio unitario incluye lo que corresponda por: Calafateo, que incluye la adquisición de materiales,
transporte al lugar de la obra, calentamiento, mezclado, colocación, sopleteado, retiro de material vegetal
existente.,borrado del señalamiento existente, sellado de grietas, todos los materiales, equipos, mano de
obra y acarreos necesarios para la elaboración y colocación del mortero asfáltico necesario para reponer
áreas descarnadas, recargue con material en zonas bajas, retiro de material excedente de riego de
taponamiento, costo del equipo, mano de obra y materiales requeridos para la realización de estos
trabajos, limpieza, acarreos y tratamientos necesarios para la ejecución de los trabajos, equipo de
alumbrado para trabajos nocturnos, para el riego de taponamiento, la adquisición de la emulsión, limpieza
del tanque en que se transporte, arrastre y carga del material al lugar de almacenamiento, descarga en el
depósito, costo por almacenamiento, carga del depósito al equipo de transporte, adquisición del agua y su
transporte al lugar de la obra, mezcla de los materiales, protección de las lámparas y señalamiento
horizontal, así como de otros elementos adyacentes a las áreas por taponar para no mancharlos,
aplicación de los riegos sucesivos de taponamiento, todas las operaciones de calentamiento y bombeo
requeridas, los tiempos de los vehículos empleados en el transporte y riego durante las cargas y las
descargas, los acarreos necesarios del almacén al lugar de utilización, el barrido de la superficie, y todo lo
necesario para la correcta ejecución de este trabajo a juicio del "Organismo".
Aeropuertos y Licitación Número:
Servicios SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN
Auxiliares GERENCIA DE OBRAS Y CONSERVACIÓN
SUBGERENCIA DE ESTUDIOS Forma C- 1
Obra: MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE TAPOMANIENTO Y SEÑALAMIENTO Aeropuerto: Tuxtla Gutierrez, Chis.
RELACION DE CONCEPTOS Y CANTIDADES DE OBRA PARA EXPRESION DE HORIZONTAL EN PISTA No. 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN
PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICION( FORMA C-1) PISTA 16-34”
O B R A P R E C I O U N I T A R I O
C O N C E P T O S CANTIDAD CON IMPORTE
UNIDAD CON LETRA
Nº ESPECIFICACION D E S C R I P C I O N DE OBRA NUMERO EN $
I.- PISTA 09-27
A 3.01.02 ESTRUCTURAS Y OBRAS DE DRENAJE
047-W RECUBRIMIENTO CON PINTURA
E. P. No. 1 MARCAS DE SEÑALAMIENTO DE PINTURA REFLEJANTE, POR UNIDAD DE OBRA
TERMINADA
1.- a).- Pintura blanca 6,000 m2
B.- 3.01.03 PAVIMENTOS
086-N MORTEROS ASFALTICOS
2.- E..P. No 2 Mortero asfáltico y su aplicación, por unidad de obra terminada (Inciso 083-H.01) 75,000 m2
086-G MATERIALES ASFALTICOS
G.07 Materiales Asfalticos por unidad de obra terminada (inciso 076-H.05)
b).- Asfaltos rebajados
2).- Empleados en riegos
3.- E. P. No. 3 RIEGO DE TAPONAMIENTO, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA 37,500 m2
IMPORTE PARTIDA I
Monto de esta Hoja $
Parcial Acumulado $
NOMBRE DE LA EMPRESA O PERSONA FISICA NOMBRE Y CARGO DEL SIGNATARIO Importe de la Proposición
HOJA 1 DE 2
Licitación Número:
Forma C- 1
Aeropuertos y
Servicios SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCIÓN Obra: MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO DE TAPOMANIENTO Y SEÑALAMIENTO Aeropuerto: Tuxtla Gutierrez, Chis.
GERENCIA DE OBRAS PARA EXPRESION DE
RELACION DE CONCEPTOS Y CANTIDADES DE OBRA Y CONSERVACIÓN
Auxiliares HORIZONTAL EN PISTA No. 09-27, ASÍ COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN
SUBGERENCIA DE ESTUDIOS
PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICION( FORMA C-1) PISTA 16-34”
O B R A P R E C I O U N I T A R I O
C O N C E P T O S CANTIDAD CON IMPORTE
UNIDAD CON LETRA
Nº ESPECIFICACION D E S C R I P C I O N DE OBRA NUMERO EN $
II.- PISTA 16-34
C PAVIMENTOS
086-G MATERIALES ASFALTICOS
G.07 Materiales Asfalticos por unidad de obra terminada (inciso 076-H.05)
b).- Asfaltos rebajados
2).- Empleados en riegos
4 E. P. No. 3 RIEGO DE TAPONAMIENTO, POR UNIDAD DE OBRA TERMINADA 20,000 m2
IMPORTE PARTIDA II
IMPORTE TOTAL DE LA PROPOSICIÓN
Monto de esta Hoja $
Parcial Acumulado $
NOMBRE DE LA EMPRESA O PERSONA FISICA NOMBRE Y CARGO DEL SIGNATARIO Importe de la Proposición
HOJA 2 DE 2
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-8
MODELO DE CONTRATO
DE SERVICIOS RELACIONADOS
CON LA OBRA PUBLICA DEBIDAMENTE
FIRMADO Y MANIFESTACIÓN
ESCRITA DE CONOCER EL
CONTENIDO DEL MODELO DEL
CONTRATO Y SU CONFORMIDAD DE
AJUSTARSE A SUS TÉRMINOS.
(ESTE ÚLTIMO DOCUMENTO SERÁ
PREPARADO POR EL LICITANTE).
SE ANEXA
MODELO DE
CONTRATO DE
SERVICIOS
RELACIONADOS
CON LA OBRA
PUBLICA
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
CONTRATO NÚMERO 000-00-0000-00
CONTRATO DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PUBLICA QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, AEROPUERTOS Y SERVICIOS
AUXILIARES, REPRESENTADO POR EL SEÑOR --------------------------------------, EN SU CARACTER DE ----------------------------------------------------------, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "A.S.A.", Y POR LA OTRA -----------------------------------------------------------------------------------------------,
REPRESENTADA POR --------------------------------------------------- A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL CONTRATISTA", AL TENOR
DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. “A.S.A.” declara que:
I.1 Que es un Organismo Descentralizado del Gobierno Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, en los términos del Decreto
Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día veintidós de agosto del dos mil dos, por el que se abroga el que creó a
Aeropuertos y Servicios Auxiliares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día doce de junio de mil novecientos sesenta y cinco.
I.2 Estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con la Clave ASA-650610-
2U9.
I.3 Que su REPRESENTANTE, el ARQUITECTO ENRIQUE MEJIA ROJO, acredita su personalidad y manifiesta que las facultades con las
que comparece no le han sido revocadas, ni en forma alguna modificadas, lo que acredita con el Testimonio de la Escritura Pública
número 24,145 Volumen 506 de fecha 22 DE FEBRERO DEL 2001, pasada ante la fe del Licenciado JORGE ALFREDO RUIZ DEL RIO
ESCALANTE, titular de la Notaria Pública número 168 del DISTRITO FEDERAL.
I.4 La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para cubrir las erogaciones provenientes del presente Contrato, autorizó la inversión
respectiva para el presente ejercicio presupuestal, mediante el oficio de Liberación de Inversión número ASA/DG/042/2003 de fecha 23 DE
ENERO DEL 2003, en virtud de lo cual "A.S.A." cuenta con saldo disponible, dentro de su presupuesto aprobado, en la partida correspondiente:
4P020.- REALIZACION DE LAS OBRAS REQUERIDAS Y LA ADQUISICION DE EQUIPOS PARA LA MODERNIZACION,
REHABILITACION Y AMPLIACION DE INFRAESTRUCTURA AEROPORTUARIA, 6107.- SERVICIOS RELACIONADOS CON OBRAS
PUBLICAS, SUPERVISION.
I.5 La adjudicación del presente Contrato se realizó mediante el procedimiento de: LICITACION PUBLICA NACIONAL NUMERO 09085002-
019-03, CUYO FALLO FUE EMITIDO EL DIA --------------------------------, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 27 FRACCION I DE LA LEY
DE OBRAS PUBLICAS Y DE SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.
II “EL CONTRATISTA” declara que:
II.1 Que es una persona moral constituida conforme a las leyes mexicanas, según consta en la Escritura Pública número --------- Volumen -----------
de fecha -----------------------, pasada ante la fe del señor Licenciado ---------------------------------------------- Titular de la Notaría Pública número --------
del -------------------------, e inscrita en el Registro Público de Comercio, de la Ciudad de ------------------------------------------------ bajo el Folio Mercantil
número ------------- de fecha ----------------------------------.
II.2 Que su ---------------------- el -----------------------------------------------, acredita su personalidad y manifiesta que las facultades con las que comparece
no le han sido revocadas, ni en forma alguna modificadas, lo que acredita con el Testimonio de la Escritura Pública número ----------------- Libro -
------------ de fecha ------------------------ pasada ante la fe del señor Licenciado ----------------------------------, Titular de la Notaría Pública número -------
---- del -------------------------------------------.
II.3 Bajo protesta de decir verdad, es mexicano y conviene, para el caso de cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano
por cuanto a este Contrato se refiere y, consecuentemente, no invocar la protección de ningún gobierno extranjero, bajo pena de perder
en favor de la Nación Mexicana todo derecho emanado de este Contrato.
II.4 Tiene capacidad jurídica para contratar, y reúne las condiciones técnicas, y económicas para obligarse a la ejecución de los servicios de
este contrato.
II.5 Estar dado de alta en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con la clave: ----------------------
-.
II.6 Conoce el contenido y los requisitos que establecen la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento,
así como el contenido de los anexos que a continuación se detallan:
ANEXO No. 1 DICTAMEN TECNICO
ANEXO No. 2 PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS
ANEXO No. 3 PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS DE UTILIZACION DEL
PERSONAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIO ENCARGADO DE LA DIRECCION, SUPERVISION Y
ADMINISTRACION DE LOS TRABAJOS
ANEXO No. 4 REQUISITOS O ALCANCES DE LA SUPERVISION
ANEXO No. 5 RELACION DE CONCEPTOS Y SERVICIOS PARA LA EXPRESION DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO
TOTAL DE LA PROPOSICION. (FORMA C-1)
ANEXO No. 6 RESUMEN POR PARTIDAS DE LA RELACION DE CONCEPTOS Y CANTIDADES DE SERVICIOS PARA
EXPRESION DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICION.
(FORMA C-2)
ANEXO No. 7 PROGRAMA DE EROGACIONES DE LA EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS. (FORMA C-3)
ANEXO No. 8 NORMAS BASICAS PARA LA REVISION DE PRECIOS UNITARIOS FUERA DEL CATALOGO ORIGINAL Y
AJUSTE DE COSTOS.
Anexos que se agregan a este Contrato debidamente firmados por las partes para que pasen a formar parte del mismo.
II.7 Que, bajo protesta de decir verdad, declara que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 51 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, asimismo que ninguna de las personas que forman parte de esta sociedad desempeña
algún empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentra inhabilitado para desempeñarlo.
III Ambas partes declaran que:
III.1 La bitácora de los trabajos será el único instrumento que servirá de base para constatar los cambios, modificaciones o alteraciones que se
presenten en la ejecución de los trabajos.
En caso de que tales circunstancias no estén explícitamente indicadas en la bitácora de los trabajos, no serán reconocidas por las partes.
Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
C L A U S U L A S
PRIMERA OBJETO DEL CONTRATO.- "A.S.A." encomienda a "EL CONTRATISTA" la prestación de los servicios consistentes en:
SUPERVISION Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA: MORTERO ASFALTICO, RIEGO DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO
HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASI COMO RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34, EN EL AEROPUERTO DE TUXTLA
GUTIERREZ, CHIS., y éste se obliga a realizarlos hasta su terminación acatando para ello lo establecido en los diversos
ordenamientos legales, normas y anexos señalados en el punto II.6 del capítulo de Declaraciones de este Contrato, así como en las
Normas de Construcción vigentes en el lugar donde deben realizarse los servicios, mismas disposiciones que se tienen por
reproducidas como parte integrante de este Contrato.
SEGUNDA MONTO DEL CONTRATO.- El monto total del presente Contrato es de: $ ------------- (----------------------------------- PESOS 00/100 M.N.)
más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), el cual será trasladado en los términos de la ley de la materia.
TERCERA PLAZO DE EJECUCION.- “EL CONTRATISTA” se obliga a iniciar los servicios objeto de este contrato el día 26 DE MAYO DEL
2003 y a concluirlos el día 2 DE SEPTIEMBRE DEL 2003, de conformidad con el Programa anexo número 2 (DOS), por lo que el
plazo será de 100 (CIEN) días naturales.
CUARTA “EL CONTRATISTA".- Declina al anticipo relativo a este contrato, en virtud de contar recursos económicos suficientes para la
ejecución de los trabajos.
QUINTA FORMA DE PAGO.- Las partes convienen que los servicios objeto del presente contrato se paguen mediante la formulación de
estimaciones y facturas con una periodicidad no mayor de un mes. “EL CONTRATISTA” deberá presentarlas a la residencia de obra
dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones, que hubiere fijado “A.S.A.” en la
bitácora de obra, acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago, en términos del Artículo 102 del
Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la residencia de obra para realizar la revisión y
autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor de 15 (quince) días siguientes a su presentación.
Las estimaciones por servicios ejecutados deberán pagarse por parte de “A.S.A.”, bajo su responsabilidad, en un plazo no mayor de
20 (veinte) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por el funcionario de que se trate, conforme a
lo establecido en el Articulo 54 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Para tales efectos, "EL CONTRATISTA" recibirá de "A.S.A." el pago total que debe cubrírsele por unidad de concepto de servicios
terminados, ejecutados conforme a los términos de referencia y normas de calidad.
En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se
resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
La autorización de las estimaciones y facturas, se hará por conducto del área de "A.S.A." responsable de los trabajos, o de la persona
o personas que dicha área designe, dentro de un plazo de 3 (tres) días hábiles siguientes a su presentación.
El contratista será el único responsable de que las facturas que se presenten para su pago, cumplan con los requisitos
administrativos y fiscales, por lo que el atraso en su pago por la falta de alguno de éstos o por su presentación incorrecta, no será
motivo para solicitar el pago de los gastos financieros a que hace referencia el artículo 55 de la ley.
Asimismo no implicará retraso en el programa de ejecución de la obra y, por tanto, no se considerará como incumplimiento del
contrato y causa de rescisión administrativa, el atraso que tenga lugar por la falta de pago de estimaciones, debiendo documentarse
tal situación y registrarse en la bitácora.
"EL CONTRATISTA" acepta que "A.S.A.", al realizar el pago de las estimaciones y facturas le retenga, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 191 de la Ley Federal de Derechos, un 5 (cinco) al millar de las mismas estimaciones y facturas, por
concepto de derechos de inspección de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
En el caso de incumplimiento en los pagos de estimaciones, facturas y ajustes de costos, "A.S.A.", a solicitud de "EL
CONTRATISTA", pagará gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida en el procedimiento establecido en
el Código Fiscal de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se
calcularán sobre las cantidades no pagadas, y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo hasta la fecha en que
"A.S.A." ponga las cantidades a disposición de "EL CONTRATISTA".
En el supuesto de que "EL CONTRATISTA" reciba pagos en exceso, deberá de reintegrar a "A.S.A." las cantidades pagadas en
exceso, más los intereses correspondientes, conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Los cargos se calcularán sobre las
cantidades en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta la fecha en que "EL
CONTRATISTA" ponga efectivamente las cantidades a disposición de "A.S.A.", de conformidad con lo establecido en el Artículo 55
de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos, ya que “A.S.A.” tendrá el derecho de
reclamar por trabajos faltantes o mal ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.
SEXTA LUGAR DE PAGO.- Las partes acuerdan que el lugar en que "A.S.A." cubrirá los pagos derivados de este Contrato será: La Caja
General ubicada en las Oficinas Generales de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, sita en la Avenida 602 número 161, Colonia San
Juan de Aragón, Delegación Venustiano Carranza, Código Postal 15620, de la Ciudad de México, Distrito Federal.
SEPTIMA GARANTIAS.- "EL CONTRATISTA" se obliga a constituir en la forma, términos y procedimientos previstos en la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las garantías a que haya lugar con motivo de la celebración de
este Contrato y, en su caso, Convenios Modificatorios, Convenios Adicionales y Ajustes de Costos en los términos de la Cláusula
Décima Primera.
1.- Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de éste Contrato "EL CONTRATISTA" deberá presentar a favor y
satisfacción de "A.S.A.", dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que "EL
CONTRATISTA" reciba copia del fallo de adjudicación, o siguientes a la fecha en que se le entregue copia del contrato, en
caso de Adjudicación Directa, deberá presentar a favor de “A.S.A.” póliza de fianza otorgada por Institución debidamente
autorizada por el 10% (diez por ciento) del importe de la prestación de los servicios contratados.
Si "EL CONTRATISTA" no presenta la fianza en la forma y términos asentados en está Cláusula, "A.S.A." podrá determinar la
rescisión administrativa del Contrato.
“EL CONTRATISTA” por medio de este instrumento, renuncia expresamente a su derecho de compensación que pudiera hacer
valer en contra de “A.S.A.”, dando cumplimiento con esta renuncia a lo establecido en el último párrafo del articulo 118 Bis de la
Ley Federal de Instituciones de Fianzas.
La póliza de fianza que garantice el cumplimiento del Contrato deberá contener las siguientes declaraciones expresas:
a) Que se otorga de conformidad con lo establecido en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas y
su Reglamento.
b) Que la fianza se otorga en los términos del presente Contrato.
c) Que la fianza continuará vigente en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor para el cumplimiento de las
obligaciones que se afianzan, aún cuando hayan sido solicitadas o autorizadas extemporáneamente.
d) Que la fianza continuará en vigor en caso de que se detecten defectos de elaboración o responsabilidades derivadas del
Contrato, y se cancelará hasta que se corrijan los defectos y se satisfagan las responsabilidades.
e) Que la fianza garantiza la ejecución total de los servicios materia del Contrato citado, aún cuando parte de ellas se
subcontraten de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el mismo.
f) Que para cancelar la fianza será requisito indispensable la conformidad expresa y por escrito de "A.S.A.", que la producirá
sólo cuando "EL CONTRATISTA" haya cumplido con todas las obligaciones a su cargo que se deriven del Contrato.
g) Que la Institución Afianzadora acepta expresamente lo preceptuado en los Artículos 93, 94 y 118, de la Ley de
Instituciones de Fianzas otorgando la Afianzadora el consentimiento a que se refiere el Artículo 119 del citado
ordenamiento.
Si transcurrido el plazo señalado en el primer párrafo de esta Cláusula no se hubiere otorgado la fianza respectiva, "A.S.A." podrá
declarar la rescisión administrativa del Contrato.
OCTAVA CONTRATO INTUITU PERSONAE.- En virtud de ser el presente un Contrato Intuitu Personae, "EL CONTRATISTA" no podrá
ceder en ningún caso, ya sea en todo o en parte, los derechos y obligaciones derivados del mismo para la realización de los servicios
a otras personas físicas o morales, excepto los derechos de cobro que se deriven a su favor, de las estimaciones de los servicios,
facturas o contrarecibos que se generen en los términos del presente Contrato, debiendo cumplir para ello con los términos y
condiciones que se establecen en la siguiente Cláusula.
Tampoco podrá "EL CONTRATISTA" subcontratar la ejecución de los servicios o parte de la misma, salvo en los supuestos y con
arreglo a los requisitos previstos en el Cuarto Párrafo del Artículo 47 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas. Siendo en este caso el contratista el único responsable de las obligaciones que adquieran con las personas que
subcontraten para la realización de la obra. Los subcontratistas no tendrán ninguna relación con “A.S.A.” por lo que no podrá ejercer
acción o derecho que hacer valer en su contra.
NOVENA CESION DE DERECHOS DE COBRO.- "EL CONTRATISTA" que decida ceder o gravar sus derechos de cobro, deberá cumplir
para ello con las siguientes condiciones:
I) Aviso previo expreso y por escrito a "A.S.A.", preferentemente a través de un Fedatario Público de la constitución del
gravamen o de la cesión de derechos celebrada, en la que se indique claramente el número, fecha y objeto del contrato
fuente, las facturas y, en su caso, contrarecibos materia del gravamen o de la cesión, así como el importe y la fecha de
cada uno de ellos, el importe total de la cesión o gravamen con el desglose correspondiente, y cualquier otro dato o
documento indispensable que se requiera, el aviso que aquí se menciona deberá darse cuando menos con 15 (quince)
días naturales de anticipación.
De existir una cesión o gravamen anterior, deberá expresarlo así y aportar los datos y documentos que permitan su
plena identificación.
El aviso se dará simultáneamente a las Gerencias de Precios Unitarios, Tesorería y Presupuesto y Dirección General
Adjunta de Asuntos Jurídicos, “A.S.A.” podrá solicitar cualquier otro dato o documento que estime necesario.
II) La notificación de la cesión o de la constitución de un gravamen sobre los derechos de cobro, deberá ser hecha a
“A.S.A.” dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la celebración del Contrato entre cedente y cesionario, o
acreedor o deudor pignoraticio, o entre las partes que celebren el contrato o acto jurídico cuyo objeto sea ceder o
gravar a favor de una de ellas el cobro de las facturas y contrarecibos materia del Contrato.
III) “A.S.A.” tendrá facultad para rescindir de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial el Contrato, cuando
una vez notificada la cesión de derechos de crédito que comprenda, éstos sean cobrados por el cedente, deudor
pignoraticio, fideicomitente o cualquier persona distinta del nuevo Titular del derecho, cuando después de ser
cobradas las facturas o contrarecibos, unas u otros se hagan figurar por “EL CONTRATISTA” en un contrato de
cesión de crédito o de constitución de constitución de garantía prendaria, de fideicomiso en garantía, o cualquier otro
acto jurídico que tenga como consecuencia conferir los derechos de ”EL CONTRATISTA” a los créditos generados
conforme a este Contrato o preferencia sobre dichos créditos.
IV) Queda expresamente convenido, y así lo admite “EL CONTRATISTA”, que “A.S.A.” no asume ninguna
responsabilidad frente a terceros por el incumplimiento del contrato, convenio o acto jurídico a través del cual “EL
CONTRATISTA” sea sustituido en los créditos que surgieron a su favor conforme a lo estipulado en el presente
instrumento.
V) Con fundamento en el Artículo 55 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas, si con motivo de la cesión de los derechos de cobro solicitada por el contratista se origina un retraso en el
pago, no procederá el pago de ningún gasto financiero.
VI) "A.S.A." y “EL CONTRATISTA” convienen en que en caso de rescisión de este Contrato, los créditos a favor de
terceros tendrán la siguiente prelación u orden de preferencia en su pago:
1) Créditos a favor de los trabajadores de "EL CONTRATISTA".
2) Créditos fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación.
3) Créditos a favor de "A.S.A.", teniendo preferencia dentro de éstos, los que resulten de la falta de amortización
del anticipo o anticipos que se hayan otorgado a "EL CONTRATISTA" a cuenta de este Contrato.
4) Otros créditos a favor de terceros, distintos a los referidos en los incisos anteriores.
DECIMA ABSTENCION EN PROCEDIMIENTOS Y ADJUDICACION DE CONTRATOS.- "EL CONTRATISTA" se obliga expresamente a
abstenerse, por si o a través de empresas que formen parte de su mismo grupo, de presentar proposiciones o de participar de modo
alguno en la licitación de una obra, en el evento que los servicios objeto del presente Contrato se refieran a servicios de coordinación,
supervisión y control de calidad e instalaciones, laboratorio de mecánica de suelos o de resistencia de materiales, radiografías
industriales, preparación de especificaciones de construcción, presupuesto base, o la elaboración de cualquier documento para la
licitación de la adjudicación del correspondiente contrato de obra o prestación de servicios relacionados con los dictámenes, peritajes
y avalúos.
DECIMA
PRIMERA AJUSTES DE COSTOS.- "A.S.A." y "EL CONTRATISTA" acuerdan la revisión y ajuste de los costos que integran los precios
pactados en este Contrato, cuando a partir de la presentación de propuestas ocurran circunstancias no previstas en el contrato que
determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos
cuando procedan, deberán ser ajustados atendiendo al procedimiento de ajuste de costos establecido en la Fracción I del Artículo 57
y Fracción II del Artículo 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Articulo 201 de su Reglamento.
El aumento o reducción correspondiente deberá constar por escrito.
El procedimiento de ajuste de costos no podrá ser modificado durante la vigencia del contrato.
Las normas básicas para la revisión de los precios unitarios y ajuste de costos se señalan en el anexo número 8 (OCHO) del
presente contrato.
Con fundamento en el Artículo 145 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, los índices
bases que servirán para el cálculo de los ajustes de costos en el contrato, serán los que correspondan a la fecha del acto de
presentación y apertura de proposiciones.
Los precios originales de los insumos considerados por el licitante, deberán ser los que prevalezcan al momento de la presentación y
apertura de las propuestas y no podrán modificarse o sustituirse por ninguna variación que ocurra entre la fecha de su presentación y
el último día del mes del ajuste.
Cuando el atraso sea por causa imputable a “EL CONTRATISTA”, procederá el ajuste de costos exclusivamente para los trabajos
pendientes de ejecutar conforme al programa que se hubiere convenido.
Los precios originales del Contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos objeto del presente, el ajuste se aplicará a
los costos directos, conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio de este Contrato; el
costo por financiamiento estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés que el contratista haya considerado en su propuesta, y a
los demás lineamientos que para tal efecto emita la Contraloría.
DECIMA
SEGUNDA REPRESENTANTES DE LAS PARTES.- "EL CONTRATISTA" se obliga a establecer antes de la iniciación de los servicios, en el
sitio de realización de los mismos, un representante permanente, manifestando que quedará como Supervisor de Obra, quién
contará con las facultades legales suficientes para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aun
aquellas de carácter personal, incluyendo la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento por su parte de este contrato.
"A.S.A." en términos del artículo 87 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, se
reserva el derecho de su aceptación y lo podrá ejercer en cualquier momento.
"A.S.A." en apego a lo dispuesto en los Artículos 53 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, 83 y 84
del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, designa como su residente de obra para
tratar los asuntos relacionados con, o derivados de los servicios al ------------------------------------------------, con las facultades y
obligaciones mencionadas en los artículos señalados.
DECIMA
TERCERA PROPIEDAD DE LOS SERVICIOS.- "EL CONTRATISTA", conviene en que no podrá divulgar por medio de publicaciones,
conferencias, informes o cualesquiera otra forma o medio, los datos y resultados obtenidos de los servicios objeto de este Contrato,
sin autorización expresa dada por escrito de "A.S.A.", pues dichos datos y resultados son propiedad de ésta última.
DECIMA
CUARTA RELACIONES LABORALES.- "EL CONTRATISTA" como empresario y patrón del personal que ocupará para la ejecución de los
servicios objeto del presente Contrato, será el único responsable de los derechos y obligaciones que en materia de trabajo, seguridad
social y demás ordenamientos aplicables, tengan sus trabajadores y empleados, por lo tanto, “EL CONTRATISTA” conviene en
responder a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que éstos presenten en su contra o en contra de
“A.S.A.” en razón de que en el presente contrato ha manifestado tener la capacidad jurídica, patrimonio propio para contratar, y reúne
las condiciones técnicas y la solvencia económica necesaria para obligarse a responder de la relación laboral con las personas
físicas que contrate para llevar a cabo los servicios objeto de este Contrato.
Para efectos del párrafo anterior, “EL CONTRATISTA” como persona moral, su o sus representantes, quienes firman el presente
Contrato, se obligan a sacar a salvo y en paz a “A.S.A.” de cualquier juicio de carácter laboral o de cualquier otro juicio que haya sido
instaurado en contra de éste último, desde el momento mismo en que “A.S.A.” sea emplazada al proceso laboral, judicial o
administrativo respectivo.
“EL CONTRATISTA” se obliga a reembolsar a “A.S.A.”, los gastos, daños y perjuicios, incluidos los honorarios de abogados y demás
gastos que se generen de las demandas instauradas en su contra por trabajadores o empleados que tengan la relación laboral con
“EL CONTRATISTA”, para lo cual, autoriza a “A.S.A.”, para que el importe de dichos gastos, se deduzcan de las facturas o recibos
que se encuentren pendientes de pago, esto independientemente de las acciones legales que pueda ejercer “A.S.A.”, en contra de
“EL CONTRATISTA” o sus representantes.
DECIMA
QUINTA RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.- "EL CONTRATISTA" se obliga a prestar los servicios objeto del presente Contrato,
conforme a los términos de referencia establecidos en el anexo número 4 (CUATRO) de este contrato y a que la prestación de
dichos servicios se efectúe a la plena satisfacción de "A.S.A.", así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos de
calidad y vicios ocultos de los mismos, así como de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte o de sus
trabajadores se lleguen a causar a "A.S.A." o a terceros, en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del
Contrato, hasta por el monto total de la misma.
“EL CONTRATISTA” deberá de cumplir independientemente de lo antes establecido, con las funciones de supervisión señaladas en
el Artículo 86 Fracciones I a la XIV del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DECIMA
SEXTA PENAS CONVENCIONALES POR INCUMPLIMIENTO AL PROGRAMA.- “A.S.A.” tendrá la facultad de verificar en todo momento,
por sí o por conducto de la persona que él designe, que los servicios objeto del presente contrato se estén ejecutando en tiempo por
“EL CONTRATISTA”, para lo cual “A.S.A.” comparará periódicamente el avance de los servicios con el programa de trabajo, anexo
número 2 (DOS), en la inteligencia de que al llevarse a cabo la verificación, de los servicios mal ejecutados se tendrán por no
realizados.
Si en la verificación mencionada en el párrafo anterior, resulta que el importe de la obra realmente ejecutada es menor de la
establecida en dicho programa, “A.S.A.” retendrá el 5% (cinco por ciento) de la diferencia surgida entre dichos importes, multiplicando
por el número de meses transcurridos que se encuentren atrasados hasta la fecha de la revisión. La retención económica se aplicara
a la estimación que se encuentre en proceso en la fecha que se determine el atraso, misma que “EL CONTRATISTA” podrá
recuperar, en las próximas estimaciones, siempre y cuando regularice los tiempos y montos de atraso indicados en el programa de
obra aprobado.
La aplicación de las retenciones antes citadas, tendrá el carácter de definitiva, si a la fecha pactada de terminación de los
servicios, éstos no se han concluido por causas imputables a “EL CONTRATISTA”.
Independientemente de lo citado en el párrafo precedente, si “EL CONTRATISTA” no inicia o concluye los servicios en la fecha
señalada en la Cláusula Tercera de este contrato, deberá pagar mensualmente como pena convencional a “A.S.A.”, el
equivalente al 10% (diez por ciento) del importe de los servicios no ejecutados hasta esa fecha en términos del programa de
obra, hasta en tanto no queden concluidos a satisfacción de “A.S.A.”, en la inteligencia de que “A.S.A.” podrá rescindir el
presente contrato, una vez que el importe de dicha pena convencional, sea igual y/o rebase el monto de la garantía de
cumplimiento otorgada por “EL CONTRATISTA” en términos de la Cláusula Séptima anterior.
Adicionalmente a las penas convencionales antes mencionadas si “EL CONTRATISTA”, no concluye los trabajos en la fecha
señalada, como pena convencional, deberá cubrir a “A.S.A.”, la cantidad de uno al millar sobre los montos no ejecutados, incluyendo
convenios, en su caso, por cada día calendario de demora, hasta en tanto los trabajos queden concluidos a satisfacción de “A.S.A”.
Para determinar las retenciones y, en su caso la aplicación de la sanción estipulada, no se tomarán en cuenta las demoras
motivadas por caso fortuito o causa de fuerza mayor, o cualquier otra causa no imputable a “EL CONTRATISTA”, en tal evento,
“A.S.A.” hará al programa las modificaciones que a su juicio procedan.
Independientemente de los párrafos anteriores “A.S.A.” podrá exigir el cumplimiento del Contrato o rescindirlo
administrativamente. Para el caso de que “A.S.A.” optase por rescindir el Contrato por causas imputables a “EL
CONTRATISTA”, procederá a hacer efectivas las garantías, absteniéndose de cubrir los importes resultantes de los servicios
efectuados aún no liquidados, hasta en tanto se otorgue el finiquito correspondiente, el que se hará dentro de los 20 (veinte)
días naturales siguientes a la fecha de notificación de la rescisión administrativa.
Las penas convencionales en ningún caso podrán ser superiores, en su conjunto al monto de la garantía de cumplimiento.
Lo anterior, sin perjuicio de las responsabilidades adicionales que en el caso pudieran existir.
No podrán considerarse como casos fortuitos o de fuerza mayor los retardos en la ejecución de obras originados por las
condiciones climatológicas normales de la zona.
DECIMA
SEPTIMA SUPERVISION Y SERVICIOS DE APOYO.- En el caso que “A.S.A.” tenga contratados con terceros supervisión y servicio de apoyo
y que estén ligados a la fecha de terminación de los trabajos objeto de este contrato según programa, “EL CONTRATISTA” en este
acto acepta y se obliga a pagar los importes que se generen por estos conceptos, durante todo el tiempo que se exceda al plazo de
ejecución del contrato original y hasta la terminación de los trabajos a entera satisfacción de “A.S.A.”, mismos que serán deducidos
de los pagos (estimaciones o finiquitos) que “A.S.A.” deba realizar a “EL CONTRATISTA”.
Por lo tanto, “EL CONTRATISTA” acepta saber y conocer que las deducciones que “A.S.A.” llegue a realizar por estos conceptos en
las estimaciones o finiquitos que estén en proceso de pago, son independientes de cualquier otra retención, deducción o concepto
que se haya considerado en este contrato.
DECIMA
OCTAVA SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- “A.S.A.” podrá suspender temporalmente en todo o en
parte la prestación de los servicios contratados en cualquier momento por causas justificadas o razones de interés general, sin
que ello implique su terminación definitiva.
Para tal efecto, “A.S.A.” emitirá un comunicado a “EL CONTRATISTA” en el que se expresen los motivos y justificaciones de la
suspensión temporal, la fecha prevista para la reanudación de los servicios, el día y hora en que debe pasar a firmar el
convenio de suspensión del contrato.
“EL CONTRATISTA” podrá suspender la prestación de los servicios contratados, cuando la misma se imposibilite por caso
fortuito o fuerza mayor, es decir, por circunstancias imprevisibles o inevitables, que no hayan sido propiciadas por “EL
CONTRATISTA” y que impidan la ejecución de dichos servicios. En este supuesto deberá suscribir un convenio donde se
reconozca el plazo de la suspensión y las fechas de reinicio y terminación de los servicios, sin modificar el plazo de ejecución
establecido en el contrato.
Si “EL CONTRATISTA” opta por la terminación anticipada del Contrato deberá presentar su solicitud escrita a “A.S.A.” quien
resolverá dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a la recepción de la misma. En caso de negativa, será necesario
que “EL CONTRATISTA” obtenga de la autoridad judicial la declaratoria correspondiente.
Cuando concurran razones de interés general que den origen a la terminación anticipada de este contrato, “A.S.A.” lo notificará
por escrito a “EL CONTRATISTA” con 30 (treinta) días naturales de anticipación y le pagará los trabajos ejecutados, así como
los gastos no recuperables, limitándose éstos a los mencionados en el Artículo 116 del Reglamento de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DECIMA
NOVENA RESCISION DEL CONTRATO.- La contravención a las disposiciones, lineamientos, bases y procedimientos que establecen la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, así como el incumplimiento de cualesquiera de las
obligaciones de "EL CONTRATISTA" estipuladas en el presente Contrato, dará derecho a su rescisión administrativa inmediata sin
responsabilidad para "A.S.A.".
Cuando "A.S.A." determine rescindir administrativamente el contrato, dicha rescisión operará de pleno derecho sin necesidad de
declaración judicial, bastando para ello cumplir con el procedimiento que se establece en el párrafo siguiente, en tanto que si es "EL
CONTRATISTA" quien determine rescindirlo administrativamente será necesario que acuda ante la autoridad judicial federal y
obtenga la declaración correspondiente.
Cuando "A.S.A." estime que "EL CONTRATISTA" incumplió con alguna de las obligaciones que asumió al celebrar este contrato o en
su caso, incurrió en alguno de los supuestos mencionados en el Artículo 127 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas, se le
comunicará por escrito para que en un plazo de 15 (quince) días hábiles contados a partir del siguiente en que reciba la
comunicación, para que manifieste lo que a su derecho convenga. "A.S.A.", dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la
conclusión de dicho plazo, resolverá lo procedente pudiendo exigir a "EL CONTRATISTA" el cumplimiento del Contrato y aplicar las
penas convenidas en el mismo, o bien rescindir administrativamente el Contrato, cuya resolución hará del conocimiento de "EL
CONTRATISTA" en forma fehaciente.
“A.S.A.” iniciará los tramites para hacer efectivas las garantías correspondientes, cuando se dé por rescindido administrativamente el
presente contrato.
“EL CONTRATISTA” con fundamento en el segundo párrafo del artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con
las Mismas, otorga su más amplio consentimiento que en derecho proceda para que “A.S.A.”, tome posesión inmediata de todos y
cada uno de los documentos necesarios para el cumplimiento de los servicios objeto de éste contrato, sin responsabilidad alguna.
Quedando en total y absoluta libertad de contratar, por medio del procedimiento que estime conveniente, con otra empresa distinta
los servicios que se dejaron de ejecutar por “EL CONTRATISTA”. Esta facultad consentida será ejercida por “A.S.A.” a partir del
momento en que se notifique a “EL CONTRATISTA” la voluntad de rescindir administrativamente el presente contrato.
Para efectos de que “A.S.A.” tome posesión inmediata de todos y cada uno de los documentos necesarios para el cumplimiento de
los servicios objeto de éste contrato, los cuales se realizarán en presencia de un fedatario público un acta circunstanciada en la que
se haga constar los documentos que recibe, y el estado en que se encuentren. Dicha acta deberá contener como mínimo lo
establecido en el Artículo 130 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y de Servicios Relacionados con las Mismas.
"A.S.A." se abstendrá de cubrir los importes resultantes de servicios ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito
respectivo, lo que deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la rescisión
administrativa. En dicho finiquito deberá preverse el sobrecosto de los servicios aún no ejecutados que se encuentren atrasados
conforme al programa vigente, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y equipos que, en su caso, le hayan sido
entregados a "EL CONTRATISTA" por "A.S.A.", de conformidad con la Fracción II del Artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas
Si del finiquito resulta que existen saldos a favor de “A.S.A.”, el importe de los mismos se deducirá de las cantidades pendientes por
cubrir por concepto de servicios.
De igual manera, "EL CONTRATISTA" deberá reintegrar a "A.S.A." los anticipos que tenga pendientes de amortizar en un plazo de
10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha en que sea notificada la rescisión de que se trata.
Si "EL CONTRATISTA" no reintegra el saldo por amortizar en el plazo señalado en el párrafo anterior, cubrirá a "A.S.A." gastos
financieros conforme a al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de
créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales, desde que se
venció el plazo, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de "A.S.A.".
VIGESIMA Cuando se determine la suspensión de los servicios o se rescinda administrativamente el contrato por causas imputables a "A.S.A.",
este pagará los servicios ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente
comprobados y se relacionen directamente con este contrato.
VIGESIMA
PRIMERA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS.- La recepción de los servicios ya sea total o parcial, se realizará conforme a lo establecido en el
Artículo 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y Artículos 135, 136, 137 y 138 de su Reglamento;
así como las modalidades que los mismos prevén, reservándose “A.S.A.” el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal
ejecutados en exceso o por pago de lo indebido.
Para tales efectos, el procedimiento de recepción se sujetará a lo indicado , que en forma sintetizada se describe a continuación:
1.-- Para iniciar el procedimiento de recepción de los servicios, el contratista a través de la bitácora o por oficio, deberá
notificar en un término de 10 (diez) días naturales posteriores a la fecha de terminación real por escrito a “A.S.A.”, la
terminación de ellos, para lo cual anexará los documentos que lo soporten e incluirá una relación de las estimaciones o de
gastos aprobados, monto ejercido y créditos a favor o en contra, “A.S.A.” verificará que dichos trabajos estén
debidamente concluidos dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la notificación.
Si durante la verificación de los servicios “A.S.A.” encuentra deficiencias en la terminación de los mismos, deberá solicitar
por escrito al contratista su reparación, a efecto de que éstas se corrijan conforme a las condiciones requeridas en el
contrato.
Una vez que “A.S.A.” haya constatado la terminación de los servicios, procederá a su recepción dentro de los 15 (quince)
días naturales siguientes, suscribiendo un “ACTA DE RECEPCIÓN” de acuerdo a lo establecido en el Artículo 64 de la
Ley de Obras públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, dicha acta deberá contener cuando mínimo lo
establecido en el Artículo 137 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.
En el acto de entrega de los servicios, “EL CONTRATISTA” quedará obligado a responder de los defectos que resulten,
de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido en los términos señalados en el contrato
y en el Código Civil Federal.
2.- Tratándose de recepción parcial, cuando a juicio de “A.S.A.” existan partes de los servicios que puedan considerarse
terminados y cada uno de ellos utilizable, en razón de las características de los trabajos materia del Contrato, previo
acuerdo entre las partes se podrán realizar recepciones parciales.
Una vez concluidos los servicios, no obstante su recepción formal, “EL CONTRATISTA” quedará obligado a responder de
los defectos que resulten en los mismos, de los vicios ocultos, y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere
incurrido en los términos señalados en el Contrato y en el Código Civil Federal.
3.- Para garantizar durante un plazo de 12 (doce) meses el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el párrafo
anterior, previamente a el acta de entrega-recepción de los trabajos, “EL CONTRATISTA”, a su elección deberá constituir
fianza por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total ejercido del contrato, presentar una carta de crédito
irrevocable por el equivalente al 5% (cinco por ciento) del mismo monto, o bien, portar recursos líquidos por una cantidad
equivalente al 5% (cinco por ciento) de dicho monto en fideicomisos especialmente constituidos para ello.
Los recursos aportados en fideicomiso deberán invertirse en instrumentos de renta fija.
“EL CONTRATISTA”, en su caso, podrá retirar sus aportaciones en fideicomiso, y los respectivos rendimientos,
transcurridos 12 (doce) meses a partir de la fecha de terminación de los trabajos.
Quedaran a salvo los derechos de “A.S.A.” para exigir el pago de las cantidades no cubiertas de la indemnización que a
su juicio corresponda, una vez que se hagan efectivas las garantías constituidas, conforme al Artículo 66 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
VIGÉSIMA
SEGUNDA FINIQUITO.- “A.S.A.” no estará obligado a dar trámite a las solicitudes o documentación que presente “EL
CONTRATISTA” fuera del plazo establecido en esta cláusula.
De existir desacuerdo entre “A.S.A.” y “EL CONTRATISTA” respecto al finiquito, o bien, este último no presente toda la
documentación necesaria para realizarlo dentro del plazo establecido en esta cláusula, “A.S.A.” procederá a elaborar el finiquito,
comunicando su resultado a “EL CONTRATISTA” dentro de un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de su
emisión, una vez notificado el resultado a “EL CONTRATISTA”, éste tendrá un plazo de 15 (quince) días naturales para alegar
lo que a su derecho corresponda, si transcurrido el término “EL CONTRATISTA”, no realiza ninguna gestión, se dará por
aceptado, dejando “A.S.A.” la cantidad correspondiente a su disposición en el lugar de pago citado en la Cláusula Sexta de este
contrato o bien, requerirá a “EL CONTRATISTA” el pago vigente, así como lo relativo a la recuperación de los materiales y
equipos que, en su caso, le hayan sido entregados a “EL CONTRATISTA” por “A.S.A.”, de conformidad con la Fracción II del
Artículo 62 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Si del finiquito resulta que existen saldos a favor de “A.S.A.”, el importe de los mismos se deducirá de las cantidades pendientes
por cubrir por concepto de servicios.
Si “EL CONTRATISTA” no reintegra el saldo por amortizar en el plazo señalado en el párrafo anterior, cubrirá a “A.S.A.” gastos
financieros conforme al procedimiento establecido en el Código Fiscal de la Federación, en los casos de prórroga para el pago
de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales, desde
que se venció el plazo, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “A.S.A.”.
VIGÉSIMA
TERCERA LEGISLACION.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los servicios objeto de este Contrato a todas y
cada una de las Cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen la Ley
de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento, las que se tienen por reproducidas formando parte
integrante de este Contrato.
En lo no previsto por esta Ley serán aplicables, supletoriamente, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles.
VIGESIMA
CUARTA JURISDICCION Y TRIBUNALES COMPETENTES.- Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, así como para
aquello que no este expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la
Ciudad de MEXICO, DISTRITO FEDERAL, por lo que "EL CONTRATISTA" renuncia a cualquier otro fuero que pudiera
corresponderle por cualquier motivo.
VIGESIMA
QUINTA Para los efectos administrativos o legales de este Contrato, las partes señalan como su domicilio: "A.S.A.", el localizado en:
AVENIDA 602 NUMERO 161, COLONIA SAN JUAN DE ARAGON, EN LA CIUDAD DE MEXICO 15620, DISTRITO FEDERAL.
EL CONTRATISTA", ubicado en: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Asimismo, “EL CONTRATISTA” se obliga a notificar cualquier cambio de domicilio que realice, dentro de los siguientes 5 días
naturales, contados a partir de que se realice éste cambio, cualquier contravención a esta cláusula será motivo suficiente para
rescindir el presente contrato.
El presente Contrato se firma en la Ciudad de MEXICO, DISTRITO FEDERAL, a los ------------------- días del mes de ----------------- del año DOS MIL TRES,
en original y dos copias.
AEROPUERTOS Y SERVICIOS "EL CONTRATISTA"
AUXILIARES
ARQ. ENRIQUE MEJIA ROJO
SUBDIRECTOR DE CONSTRUCCION
___________________________________________
ARQ. ISAAC PEREA PERALTA
GERENTE DE OBRAS Y CONSERVACION.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-9
NORMAS BASICAS PARA LA REVISIÓN
DE PRECIOS UNITARIOS NO PREVISTOS
EN EL CATALOGO ORIGINAL DEL
CONTRATO Y AJUSTE DE COSTOS
DEBIDAMENTE FIRMADOS
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
NORMAS BASICAS PARA LA REVISION DEL AJUSTE DE COSTOS Y DE PRECIOS
UNITARIOS DE CONCEPTOS FUERA DE CATALOGO
1.0 BASES LEGALES.
1.1 Las presentes Normas están basadas en la Normatividad de la Ley de Obras Públicas y
Servicios Relacionadas con las mismas, el Reglamento de la Abrogada Ley de Obras
Públicas y las Reglas Generales para la Contratación y Ejecución de Obras Públicas y de
Servicios Relacionados con las mismas para las Dependencias y Entidades de la
Administración Pública Federal, Sección 5. Aplicable a los objetivos de la Gerencia de
Precios Unitarios.
2.0 FUENTES DE INFORMACIÓN
Para la revisión y análisis de los precios unitarios de conceptos fuera de catálogo y ajuste
de costos, la Gerencia de Precios Unitarios utilizará las siguientes fuentes de información:
2.1 INFORMACIÓN INTERNA
Propuesta Original de el Contratista.
Contrato de Obra Pública y/o Servicios Relacionados con la misma.
Matrices de precios unitarios de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
Matrices de precios unitarios de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Fórmulas para el cálculo de ajuste de costos de Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
2.2 INFORMACION EXTERNA
Los índices nacionales de precios productor con servicios que determine el Banco
de México, y que se publiquen como éste resuelva (Cuando no se disponga de los
índices, se determinarán según los precios que la Gerencia de Precios Unitarios
investigue, utilizando los lineamientos y metodología que expida el Banco de
México)
Manual de costos para Constructores (PRISMA)
Bimsa, Comunicaciones, S.A. de C.V.
Tabulador de salarios mínimos de la Comisión Nacional de salarios Mínimos.
3.0 FLUJO DE LAS SOLICITUDES
3.1 Las solicitudes tanto de conceptos fuera de catálogo como ajuste de costos, serán
remitidas por el Contratista a la Gerencia responsable de la obra, anexando la
información y documentos indicados en estas normas.
3.2 Las Gerencias responsables revisarán, avalarán y enviarán las solicitudes a la
Gerencia de Precios Unitarios, en caso de que lo consideren procedente, en un plazo
máximo de seis días calendario.
En caso de no proceder la solicitud, la Gerencia responsable comunicará a el
Contratista en el plazo señalado en el párrafo anterior.
La Gerencia de Precios Unitarios estudiará, analizará, dictaminará y enviará el
resultado a las Gerencias responsables solicitantes, marcando copia para su
conocimiento y aplicación a la Supervisión externa y al contratista.
4.0 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS PARA CONCEPTOS FUERA DE CATÁLOGO.
Deberán integrarse conforme se señala en el INSTRUCTIVO PARA AUTORIZACIÓN
DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS QUE SE PRESENTA EN ESTE DOCUMENTO.
5.0 REVISIÓN DE AJUSTE DE COSTOS.
5.1 ARTICULO 56 de la Ley de Obras Públicas Y Servicios Relacionados con las
mismas.
“Cuando ocurran circunstancias de orden económico no previstas en el contrato, que
determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados
conforme al programa pactado, dichos costos, podrán ser revisados, atendiendo a lo
acordado por las partes en el respectivo contrato. El aumento o reducción
correspondientes deberá constar por escrito.
No dará lugar a ajuste de costos las cuotas, compensatorias a que, conforme a la Ley
de la materia, pudiese estar sujeta la importación de bienes contemplados en la
realización de la obra”.
5.2 La revisión será promovida por el Contratista mediante solicitud escrita dirigida a la
Gerencia responsable de la obra.
5.3 ARTICULO 57 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
El ajuste de costos para la presente licitación es el procedimiento I. La revisión de
cada uno de los precios unitarios del contrato.
5.4 ARTICULO 58 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
El procedimiento de ajuste de costos deberá pactarse en el contrato y se sujetará a lo
siguiente.
I. Los ajustes se calcularán a partir de la fecha en que se haya producido el
incremento o decremento en el costo de los insumos, respecto de los trabajos
pendientes de ejecutar, conforme al programa de ejecución pactado en el contrato
o, en caso de existir atraso no imputable al contratista, con respecto al programa
que se hubiere convenido.
Cuando el atraso sea por causa imputable al contratista, procederá el ajuste de
costos exclusivamente para los trabajos pendientes de ejecutar conforme al
programa que se hubiere convenido.
Para efectos de la revisión y ajuste de los costos, la fecha de origen de los precios
será la del acto de presentación y apertura de proposiciones;
II. Los incrementos o decrementos de los costos de los insumos serán calculados
con base en los índices nacionales de precios productor con servicios que
determine el Banco de México. Cuando los índices que requiera el contratista y
la dependencia o entidad no se encuentren dentro de los publicados por el
Banco de México, las dependencias y entidades procederán a calcularlos
conforme a los precios que investiguen, utilizando los lineamientos y
metodología que expida el Banco de México;
III. Los precios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de
los trabajos contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos,
conservando constantes los porcentajes de indirectos y utilidad originales
durante el ejercicio del contrato; el costo por financiamiento estará sujeto a las
variaciones de la tasa de interés que el contratista haya considerado en su
propuesta, y
IV. A los demás lineamientos que para tal efecto emita la Contraloría.
5.5 El importe de o los ajustes resultantes, deberá afectarse en un porcentaje igual al
del o los anticipos concedidos. (Fracción VII del Articulo 27 del Reglamento de la
Ley de Obras Públicas).
5.6 Las solicitudes para revisión de ajuste de costos se integrarán de la siguiente
manera:
Solicitud por escrito de el Contratista con sello y firma de acuse de recibo de la
Gerencia responsable.
Estudio del factor de ajuste de costos, elaborado por el Contratista, conforme al
procedimiento pactado en el contrato respectivo, debidamente autorizado por
la Gerencia responsable de que procede por encontrarse en programa
conforme al programa vigente.
Prórrogas y reprogramaciones autorizadas, generadas por causas no
imputables a el Contratista.
Firma de la Supervisión autorizando conceptos susceptibles de impacto,
volúmenes de obra y período de los conceptos pendientes de ejecutar a la
fecha del impacto según programa o reprogramación autorizado por causas no
imputables a el contratista.
“INSTRUCTIVO PARA AUTORIZACION DE TRABAJOS EXTRAORDINARIOS”
PRECIOS UNITARIOS FUERA DE CATALOGO
CUANDO A JUICIO DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES, SEA NECESARIO LLEVAR
A CABO TRABAJOS EXTRAORDINARIOS QUE NO ESTÉN COMPRENDIDOS EN EL
PROYECTO Y EN EL PROGRAMA, SE PROCEDERÁ DE LA SIGUIENTE MANERA:
A).- SI EXISTEN CONCEPTOS Y PRECIOS ESTIPULADOS EN EL CONTRATO QUE SEAN
APLICABLES A LOS TRABAJOS DE QUE SE TRATA, “ASA” ESTARÁ FACULTADA PARA
ORDENAR A “EL CONTRATISTA “, SU EJECUCIÓN Y ESTE SE OBLIGA A REALIZARLOS
CONFORME A DICHOS PRECIOS.
B).- SI NO EXISTEN PRECIOS UNITARIOS APLICABLES, “EL CONTRATISTA”, A REQUERIMIENTO DE
“ASA” Y EN UN PLAZO NO MAYOR DE 10 DÍAS CALENDARIO SOMETERÁ A CONSIDERACIÓN
DEL ORGANISMO LOS NUEVOS PRECIOS UNITARIOS, ACOMPAÑADOS DE SUS
RESPECTIVOS ANÁLISIS Y DEMÁS DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLA MÁS ADELANTE, EN
LA INTELIGENCIA DE QUE PARA ANALIZAR ESTOS PRECIOS, DEBERÁ APLICAR EL MISMO
CRITERIO QUE HUBIERE SEGUIDO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS
ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO.
“ASA” RESOLVERÁ EN UN PLAZO NO MAYOR DE 30 DÍAS CALENDARIO, A PARTIR DE LA
FECHA EN LA CUAL “EL CONTRATISTA” PRESENTE SUS PRECIOS UNITARIOS DEBIDAMENTE
ANALIZADOS.
ESTOS CONCEPTOS SERÁN DENOMINADOS “PRECIOS UNITARIOS FUERA DE CATALOGO”.
PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS FUERA DE
CATALOGO
1.- RESIDENCIA DE SUPERVISIÓN
1.1 ORDENA LA EJECUCIÓN DE CONCEPTOS FUERA DE CATALOGO A TRAVÉS DE LA
BITÁCORA DE OBRA, FIRMANDO DE CONFORMIDAD “EL CONTRATISTA”.
1.2 SOLICITA ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS PARA CONCEPTOS FUERA DE
CATÁLOGO.
2.- EL CONTRATISTA
2.1 ELABORA ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS Y LOS ENTREGA AL SUPERVISOR DE
“ASA” DENTRO DEL PLAZO DE 10 (DIEZ), DÍAS CALENDARIO; A PARTIR DE LA ORDEN
DE EJECUCIÓN DE CONCEPTOS FUERA DE CATÁLOGO.
DEBERÁ MARCAR COPIA DEL OFICIO DE ENTREGA A LA OFICINA DE CONTROL DE
GESTIÓN DE LA SUBDIRECCIÓN CORRESPONDIENTE, EN OFICINAS CENTRALES.
REALIZARÁ LA SOLICITUD APEGÁNDOSE A LOS CRITERIOS EMPLEADOS POR EL
MISMO EN LOS ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS DEL CONCURSO.
LOS INDIRECTOS Y LA UTILIDAD NO SERÁN SUSCEPTIBLES DE CAMBIO,
PERMANECIENDO CONSTANTE LOS PORCENTAJES CONSIDERADOS PARA
EFECTOS DEL CONCURSO.
LOS COSTOS DE LOS MATERIALES SERÁN LOS OFICIALES QUE IMPEREN EN EL
MOMENTO DE EJECUCIÓN DEL CONCEPTO; EN CASO DE QUE UN INSUMO ESTE
INCLUIDO EN ALGÚN CONCEPTO DE LA PROPOSICIÓN ORIGINAL SE
ACTUALIZARÁ CONFORME LOS RELATIVOS PUBLICADOS POR SECODAM,
SIEMPRE Y CUANDO SEA PROCEDENTE Y SE UTILIZARÁ EN EL ESTUDIO DEL
NUEVO PRECIO.
LOS SALARIOS SERÁN LOS DE LA PROPOSICIÓN ORIGINAL, ACTUALIZÁNDOLOS
SI EXISTIERA UN INCREMENTO OFICIAL POSTERIOR A LA FECHA DE LA
PROPOSICIÓN.
LOS COSTOS HORARIOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO EN SU CASO SE
ANALIZARÁN UTILIZANDO EL MISMO CRITERIO EMPREADO EN LOS ANÁLISIS DE
PRECIOS UNITARIOS DEL CONCURSO.
ELABORARÁ RELACIÓN DE CONCEPTOS Y PRECIOS UNITARIOS PROPUESTOS,
INDICANDO LAS CANTIDADES DE OBRA Y SU IMPORTE TOTAL.
PRESENTARÁ LOS CONCEPTOS FUERA DE CATALOGO CON UN NÚMERO
CONSECUTIVO DESDE EL PRINCIPIO HASTA EL FIN DE LA OBRA.
ACOMPAÑARÁ LOS ANÁLISIS DE LOS PRECIOS UNITARIOS CON COPIAS DE LAS
FACTURAS DE LOS MATERIALES O EQUIPOS INVOLUCRADOS EN EL ANÁLISIS,
COPIAS DE NOTAS DE BITÁCORA, FOTOGRAFÍAS, CROQUIS Y GENERADORES
DEL ANÁLISIS DEL PRECIO UNITARIO FACILITEN EL ESTUDIO DE LOS MISMOS.
3.- RESIDENCIA DE SUPERVISIÓN
3.1 RECIBE DOCUMENTACIÓN DE LA PROPUESTA DE PRECIOS UNITARIOS POR PARTE
DE “EL CONTRATISTA”.
3.2 REVISA, ELABORA COMENTARIOS Y LOS ANOTA EN LA MISMA PROPUESTA DE “EL
CONTRATISTA”, FIRMA APROBANDO LOS CONCEPTOS FUERA DE CATALOGO Y
ENVIA A LA GERENCIA RESPONSABLE DE LA OBRA EN UN PLAZO NO MAYOR DE 6
(SEIS) DÍAS CALENDARIO.
3.3 CONSERVA COPIA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE ENVIÓ A LA GERENCIA
RESPONSABLE DE LA OBRA.
4.- GERENCIA RESPONSABLE DE LA OBRA
4.1 RECIBE SOLICITUD DE “EL CONTRATISTA” POR CONDUCTO DE LA RESIDENCIA DE
SUPERVISIÓN CON LOS COMENTARIOS CORRESPONDIENTES REVISA Y, EN SU
CASO, REMITE LA SOLICITUD A LA GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS DEL
ORGANISMO EN UN PLAZO NO MAYOR DE 6 (SEIS) DÍAS CALENDARIO, A PARTIR DE
SU RECEPCIÓN, OBSERVANDO LOS SIGUIENTES PUNTOS:
ENVIARÁ SIEMPRE LOS ORIGINALES DE LA DOCUMENTACIÓN DE “EL
CONTRATISTA”, CON EL VISTO BUENO, NOMBRE Y FIRMA DEL SUPERVISOR DE
LA OBRA, Y QUE MANIFIESTEN SELLOS Y FIRMAS DE ACUSE DE RECIBO POR
PARTE DE LA GERENCIA.
INDICARA CLARAMENTE LOS CONCEPTOS QUE A SU JUICIO PROCEDAN.
INCLUIRÁ COMENTARIOS, NOTAS ACLARATORIAS Y CROQUIS CON
DIMENSIONES.
REVISARÁ Y AMPLIARÁ, EN SU CASO LA DESCRIPCIÓN DE LOS CONCEPTOS.
REVISARÁ Y ANOTARÁ EL PERÍODO DE EJECUCIÓN DE CADA CONCEPTO.
AUTORIZARÁ DE QUE PROCEDE EL CONCEPTO Y LA CANTIDAD.
5.- GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
5.1 RECIBE LA DOCUMENTACIÓN POR PARTE DE LA GERENCIA RESPONSABLE DE LA
OBRA.
5.2 COMUNICA EN UN PLAZO DE 4 (CUATRO) DÍAS CALENDARIO MÁXIMO, POR
ESCRITO A “EL CONTRATISTA” EL INICIO DEL ESTUDIO DE SUS PRECIOS UNITARIOS
FUERA DE CATALOGO Y LE SEÑALA UN PLAZO DE 4 (CUATRO) DÍAS CALENDARIO
MÁXIMO PARA QUE ASISTA A LA GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS PARA QUE, EN
SU CASO PRESENTE LA DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA QUE APOYE SU
SOLICITUD.
DE NO PRESENTARSE “EL CONTRATISTA” EN EL PLAZO SEÑALADO “ASA”
PROCEDERÁ A ELABORAR LOS ESTUDIOS EN FORMA UNILATERAL.
5.3 EN SU CASO, HARÁ PARTICIPAR AL REPRESENTANTE DE LA GERENCIA
RESPONSABLE DE LA OBRA Y, DE SER NECESARIO LA RESIDENCIA DE
SUPERVISIÓN A SOLICITUD DE LA PROPIA GERENCIA, ASÍ COMO A “EL
CONTRATISTA”.
5.4 UNA VEZ REALIZADOS LOS ESTUDIOS CORRESPONDIENTES Y FIRMADO POR LOS
RESPONSABLES, OBTIENE LA AUTORIZACIÓN DEL SUBDIRECTOR DE
CONSTRUCCIÓN.
5.5 ENVIARÁ EL OFICIO-DICTAMEN TÉCNICO A LA GERENCIA RESPONSABLE DE LA
OBRA, EN UN PLAZO MÁXIMO DE 20 (VEINTE) DÍAS CALENDARIO A PARTIR DE LA
RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD MARCANDO COPIA DE ESTE A LA SUPERVISION
EXTERNA Y AL CONTRATISTA.
6.- CONTRATISTA.
6.1 RECIBE COPIA DEL OFICIO-DICTAMEN DE LA GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS Y
PREPARA EL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE CON LOS PRECIOS
AUTORIZADOS POR “ASA” PARA SU PRESENTACIÓN A LA GERENCIA
RESPONSABLE.
7.- GERENCIA RESPONSABLE.
7.1 RECIBE PRESUPUESTO DEL CONTRATISTA, REVISA Y AUTORIZA, PARA EN SU
CASO, ENVÍAR A LA GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS PARA PROCEDER A LA
ELABORACIÓN DEL CONVENIO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL
ARTÍCULO 59, DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON
LAS MISMAS.
NOTA: EN CASO DE QUE ALGUNA DE LAS INSTANCIAS DEVUELVAN LA DOCUMENTACION
PRESENTADA POR NO REUNIR LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS, SE INICIARÁ
NUEVAMENTE EL CÓMPUTO DE LOS DÍAS DE TRAMITACIÓN.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-10
CRITERIOS DETALLADOS
PARA LA
ADJUDICACIÓN
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
CRITERIOS DETALLADOS PARA LA ADJUDICACIÓN
EN EL ASPECTO TÉCNICO:
I. Que cada documento contenga toda la información solicitada;
II. Que los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección de la supervisión de
la obra, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria para llevar la adecuada
administración de los trabajos.
En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deban cumplir los
licitantes, se deberán considerar, entre otros, el grado académico de preparación
profesional, la experiencia laboral específica en proyectos similares y la capacidad
técnica de las personas físicas que estarán relacionados con la ejecución de los
trabajos;
III. Que los licitantes cuenten con el equipo de laboratorio y técnico (topografía y
computo) adecuado, suficiente y necesario, sea o no propio, para desarrollar las
supervisiones de obra que se convocan;
IV. Que la planeación integral propuesta por el licitante para el desarrollo y organización
de los proyectos, sea congruente con las características, complejidad y magnitud de
los mismos;
V. Que el procedimiento de ejecución descrito sea aceptable porque demuestra que el
licitante conoce los trabajos a realizar y que tiene la capacidad y la experiencia para
ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe ser acorde con el programa
de ejecución considerado en su propuesta, y
VI. De los estados financieros, las dependencias y entidades de acuerdo con las
características, magnitud y complejidad de los trabajos, determinarán en las bases de
licitación, aquellos aspectos que se verificarán, entre otros:
a. Que el capital neto de trabajo del licitante sea suficiente para el financiamiento
de los trabajos a realizar, de acuerdo con su análisis financiero presentado;
b. Que el licitante tenga capacidad para pagar sus obligaciones, y
c. El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la rentabilidad de la
empresa.
VII. De los programas:
a. Que el programa de ejecución del proyecto corresponda al plazo establecido por
la comprobante;
b. Que los programas de utilización del personal técnico, administrativo y de
servicios encargado de la dirección, supervisión y administración del proyecto y
equipo, sean congruentes con el programa de ejecución general y con el
procedimiento de ejecución del proyecto a realizar;
EN EL ASPECTO ECONÓMICO
I. Que cada documento contenga toda la información solicitada, y
II. Que los precios propuestos por el licitante sean aceptables, es decir, que sean
acordes con las condiciones vigentes en el mercado nacional o de la zona o región en
donde se ejecutarán los proyectos, individualmente o conformando la propuesta total.
I. De la relación de conceptos y servicios para la expresión de precios unitarios y monto
total de la proposición:
a. Que en todos y cada uno de los conceptos que lo integran se establezca el
importe del precio unitario;
b. Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra,
los cuales deben ser coincidentes; en caso de diferencia, deberá prevalecer el
que coincida con el análisis de precio unitario correspondiente o el consignado
con letra cuando no se tenga dicho análisis, y
c. Verificar que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en
el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones
correspondientes; el monto correcto, será el que se considerará para el análisis
comparativo de las proposiciones;
II. Verificar que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, se haya
realizado de acuerdo con lo establecido en el Reglamento, debiendo revisar:
a. Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos,
indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales;
b. Que los costos directos se integren con los correspondientes a materiales, mano
de obra y equipo;
c. Que los precios básicos de adquisición de los materiales considerados en los
análisis correspondientes, se encuentren dentro de los parámetros de precios
vigentes en
el mercado;
d. Que los costos básicos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los
factores de salario real a los sueldos y salarios de los técnicos y trabajadores,
conforme a lo previsto en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas.
e. Que los costos horarios por la utilización de equipo se hayan determinado por
hora efectiva de trabajo, debiendo analizarse para cada equipo, incluyendo,
cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados;
III. Verificar que los análisis de costos directos se hayan estructurado y determinado de
acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas:
a. Que los costos de los materiales considerados por el licitante, sean congruentes
con la relación de los costos básicos y con las normas de calidad especificadas
en las bases de la licitación;
b. Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante, sean
congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que
prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos, y
c. Que los costos horarios de equipo que se hayan determinado con base en el
precio considerados como nuevos;
IV. Verificar que los análisis de costos indirectos se hayan estructurado y determinado de
acuerdo con lo previsto en el Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas:
a. Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe
correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el
monto del costo directo;
b. Constatar que para el análisis de los costos indirectos se hayan considerado
adecuadamente los correspondientes a las oficinas centrales del licitante, los
que comprenderán únicamente los necesarios para dar apoyo técnico y
administrativo al personal encargado directamente de los trabajos.
c. Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a
las bases de la licitación, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario
específico;
V. Verificar que en el análisis y cálculo del costo financiero se haya estructurado y
determinado considerando lo siguiente:
a. Que los ingresos por concepto del pago de las estimaciones, consideren la
periodicidad y su plazo de trámite y pago; deduciendo del monto de las
estimaciones la amortización de los anticipos;
b. Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma
de los costos directos e indirectos;
c. Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador
económico específico;
d. Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución
valorizado con montos mensuales, y
e. Que la mecánica para el análisis y cálculo del costo por financiamiento empleada
por el licitante sea congruente con lo que se establezca en las bases de la
licitación;
VI. Verificar que el cálculo e integración del cargo por utilidad, se haya estructurado y
determinado considerando que dentro de su monto, queden incluidas la ganancia que
el contratista estima que debe percibir por la ejecución de los trabajos, así como las
deducciones e impuestos correspondientes, no siendo necesario su desglose;
VII. Verificar que el importe total de la propuesta sea congruente con todos los
documentos que la integran, y
VIII. Que los programas específicos de erogaciones calendarizados y cuantificados del
personal técnico, administrativo y de servicios encargado de la dirección,
supervisión y administración del proyecto y equipo sean congruentes con el
programa de erogaciones de la ejecución general de los trabajos, así como con los
programas presentados en la propuesta técnica.
De acuerdo con el Articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad
con lo establecido en la Regla 2.1.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en
el Diario Oficial de la Federación el día 30 de mayo del 2002, Aeropuertos y Servicios
Auxiliares no formalizará contrato si la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
Servicio de Administración Tributaria (SAT) notifica al Organismo que la empresa
ganadora no se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales, salvo que el SAT
otorgue un oficio dirigido a Aeropuertos y Servicios Auxiliares, indicando que la
empresa se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-11
DESCRIPCIÓN DE LA PLANEACIÓN
INTEGRAL DEL LICITANTE PARA REALIZAR
LA SUPERVISION DE LA OBRA, INCLUYENDO
EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE LOS
TRABAJOS
(DOCUMENTOS QUE SERAN
PREPARADOS POR EL PARTICIPANTE)
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-12
MANIFESTACION ESCRITA DE
CONOCER LOS ALCANCES DE LA
OBRA, PROYECTOS
ARQUITECTONICOS Y DE INGENIERIA,
NORMAS DE CALIDAD DE LOS
MATERIALES, ESPECIFICACIONES
GENERALES Y PARTICULARES
EMITIDAS POR ASA, PARA LA
SUPERVISION DE LA OBRA, ASI COMO
LEYES Y REGLAMENTOS APLICABLES
Y SU CONFORMIDAD DE AJUSTARSE
EN SUS TERMINOS (DOCUMENTO QUE
SERA PREPARADO POR EL LICITANTE)
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-13
MANIFESTACION ESCRITA DE QUE POR
SI MISMO O A TRAVES DE INTERPOSITA
PERSONA SE ABSTENDRAN DE
ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE
SERVIDORES PUBLICOS DE LA
DEPENDENCIA, INDUZCAN O ALTEREN
LAS EVALUACIONES DE LAS
DE LAS PROPUESTAS, EL RESULTADO
DEL PROCEDIMIENTO DE
CONTRATACION Y CUALQUIER OTRO
ASPECTO QUE LES OTORGUEN
CONDICIONES MAS VENTAJOSAS, CON
RELACION A LOS DEMAS
PARTICIPANTES (DOCUMENTO QUE
SERA PREPARADO POR EL LICITANTE)
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-14
CURRICULUM DE LOS PROFESIONALES
TECNICOS AL SERVICIO DEL
LICITANTE, IDENTIFICANDO A LOS QUE
SE ENCARGARAN DE LA EJECUCION Y
ADMINISTRACION DEL SERVICIO, LOS
QUE DEBAN TENER EXPERIENCIA EN
SUPERVISION DE CARACTERISTICAS
TECNICAS Y MAGNITUD SIMILAR
(DOCUMENTO QUE SERA PREPARADO
POR EL LICITANTE)
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-15
IDENTIFICACION DE LOS TRABAJOS
REALIZADOS POR EL LICITANTE Y SU
PERSONAL, QUE ACREDITEN LA
EXPERIENCIA Y LA CAPACIDAD
TECNICA REQUERIDA, ANEXANDO
DOCUMENTACIÓN QUE COMPRUEBE
SU PARTICIPACION, ANOTANDO EL
NOMBRE DEL CONTRATANTE,
DESCRIPCION DEL SERVICIO,
IMPORTES TOTALES, IMPORTES
EJERCIDOS O POR EJERCER Y LAS
FECHAS PREVISTAS DE TERMINACION,
SEGÚN SEA EL CASO
(DOCUMENTO QUE SERA PREPARADO
POR EL LICITANTE)
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. T-16
RELACIÓN DE PLANOS Y
MANIFESTACIÓN ESCRITA DEL
LICITANTE INDICANDO DE QUE
CONOCE LOS PLANOS DE LA OBRA Y
QUE FUERON TOMADOS EN
CONSIDERACIÓN PARA LA
INTEGRACIÓN DE SU PROPUESTA, DE
NO HABER PLANOS LO DEBERÁ
MANIFESTAR.
(DOCUMENTO QUE SERA PREPARADO
POR EL LICITANTE)
“ SUPERVISIÓN Y CONTROL TOTAL DE LA OBRA: MORTERO ASFÁLTICO, RIEGO
DE TAPONAMIENTO Y SEÑALAMIENTO HORIZONTAL EN PISTA 09-27, ASÍ COMO
RIEGO DE TAPONAMIENTO EN PISTA 16-34”
Aeropuerto de Tuxtla Gutiérrez, Chis.
RELACION DE PLANOS
No. Clave Nombre
1.- S/C PLANO GENERAL
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-17
CARTA COMPROMISO
DE LA PROPOSICIÓN; SEÑALANDO EL
MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN
SIN INCLUIR EL I.V.A.
Se anexa
Formato
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
CARTA COMPROMISO DE LA PROPOSICION
México, D. F. a
ARQ. ERNESTO VELASCO LEON
Director General de
Aeropuertos y Servicios Auxiliares.
P r e s e n t e.
Me refiero a la licitación Número _____________________________ relativa a:
________________________________________________________________________________.
Sobre el particular manifiesto a usted que:
Oportunamente se recogió el Pliego de Requisitos relativo a la Licitación de que se trata y se ha tomado debida nota de
los datos y las bases a que se sujetará éste y conforme a los cuales se llevará a cabo la obra. Se aceptan íntegramente
los requisitos contenidos en el citado Pliego y para tal efecto se devuelve debidamente firmado por el suscrito, en el
plazo fijado en el mismo.
Igualmente expongo que se han tomado las providencias a que se refiere el Pliego de Requisitos, (Anexo A).
Asimismo manifiesto que esta Empresa conoce la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas en
vigor y su Reglamento, así como las Normas Generales de Construcción vigentes en la SCT y las especificaciones del
Proyecto, y que acepta que tales documentos se rigen en lo conducente, respecto a la licitación indicada y demás actos
que de él deriven.
De conformidad con lo anterior, se presenta la proposición respectiva, la que con un importe total de:-----------
$_________________ (_____________________________________ M.N.), sin incluir el IVA, se encuentra requisitada
e integrada en la forma que establece la Cláusula Novena del Pliego de Requisitos.
Asímismo, expreso que para la iniciación de los trabajos, el anticipo correspondiente al __% (_________________ por
ciento) del monto total de la proposición --------------------------------------------$___________________
(___________________________________________ M.N.), deberá aplicarse exclusivamente para
______________________.
Además comunico a usted, que mi Representante Técnico en los trabajos de supervisón de obra será el
C. ____________________________ con cédula número ______________ expedida por la Dirección General de
Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y quien conoce las Normas de Construcción de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, el proyecto y las especificaciones particulares (ANEXO No. 8) y tiene suficiente
experiencia en obras de la índole de la que se llevará a cabo.
A t e n t a m e n t e.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-18
RELACION DE CONCEPTOS Y
SERVICIOS PARA LA EXPRESIÓN
DE PRECIOS UNITARIOS Y MONTO
TOTAL DE LA PROPOSICIÓN
(FORMA C-1)
Se anexa
Formato
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
RELACION DE CONCEPTOS Y SERVICIOS PARA LA EXPRESION DE PRECIOS UNITARIOS Y
MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN FORMA C-1
Anexo No.E-18
PORCENTAJE PRECIO UNITARIO (SIN I.V.A.)
CONCEPTO PARTICIPACION UNIDAD CANTIDAD NUMERO CON LETRA TOTAL
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-19
RESUMEN POR PARTIDAS DE LA
RELACION DE CONCEPTOS Y
CANTIDADES PARA LA EXPRESIÓN DE
PRECIOS UNITARIOS Y MONTO TOTAL
DE LA PROPOSICIÓN
(FORMA C-2)
Se anexa
formato
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No E-19
RESUMEN POR PARTIDAS DE LA RELACION DE CONCEPTOS Y CANTIDADES
PARA EXPRESION DE PRECIOS UNITARIOS Y
MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN
CLAVE PARTIDA TOTAL
SIN I.V.A.
SUMA
I.V.A.
TOTAL DE LA PROPUESTA:
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-20
PROGRAMA DE EROGACIONES DE LA
EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS,
CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO
MENSUALMENTE; DIVIDIDO EN PARTIDAS Y
SUBPARTIDAS DEBIENDO HABER
CONGRUENCIA CON LOS PROGRAMAS
PRESENTADOS EN LA ETAPA TECNICA
(FORMA C-3)
Se anexa
formato
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE CONCURSOS PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
PROGRAMA DE EROGACIONES DE LA EJECUCION GENERAL DE LOS TRABAJOS, CALENDARIZADO Y
CUANTIFICADO MENSUALMENTE; DIVIDIDO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS
ANEXO No.E-20
P R O G R A M A
No. CATEGORIA TOTALES EN DIAS
CONCURSO No.: FECHA DE FECHA DE TERMINACION:
INICIO:
OBRA:
AEROPUERTO:
NOMBRE DE LA EMPRESA O
PERSONA FISICA
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-21
ANÁLISIS PARA LA DETERMINACIÓN
DEL FACTOR DE SALARIO REAL
CONFORME A LO PREVISTO
POR EL REGLAMENTO DE LA LEY DE
OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS
PRESENTANDO ACTUALIZADOS LOS
PORCENTAJES DE LAS CUOTAS DEL
IMSS PARA EL AÑO 2003, PARA CUOTA
FIJA Y EXCEDENTES DE TRES
SALARIOS MINIMOS GENERALES EN EL
DISTRITO FEDERAL, SAR E INFONAVIT,
ETC.
Se anexa
Ejemplo
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
ANALISIS PARA LA DETERMINACION DEL FACTOR DEL SALARIO REAL
CONFORME A LO PREVISTO EN EL REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS
Los datos que a continuación se expresan tienen únicamente carácter ilustrativo y por lo tanto, las cifras
anotadas en cuanto, la mano de obra, tan solo se consignan para ilustrar el análisis, por lo que los
LICITANTES deberán tomar en cuenta las condiciones reales de la obra.
DATOS BASICOS PARA DETERMINAR EL SALARIO REAL.
Determinación del factor del Salario Real conforme a lo previsto por el Reglamento de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
DESCRIPCION DE LA OBRA:
AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
AEROPUERTO
LICITACION No.
CALCULO DEL FACTOR DE SALAR
EJEMPLO
HOJA:
FIRMA DE:
CLAVES CONCEPTO NO. DE DIAS
DIAN DIAS CALENDARIO EJERCICIO ANUAL 365
DIAGUI DIAS AGUINALDO AL AÑO 15
PRIVAC DIAS POR PRIMA VACACIONAL 1.5
PRIDOM DIAS POR PRIMA DOMINICAL 0
DIPAG DIAS PAGADOS AL AÑO 381.5
FACTOR DE INTEGRACION DE SALARIO O SBC (DIPAG)/(DIAN) 1.04521
SEPDIA SEPTIMO DIA 52.14
VACAC DIAS DE VACACIONES POR AÑO ( ______ DIAS POR AÑO) 6
FESOFI DIAS FESTIVOS OFICIALES AL AÑO ( ______ DIAS POR AÑO) 6
ENFER DIAS POR ENFERMEDAD 3
CLIMA DIAS POR CONDICIONES CLIMATICAS 0
DINLA DIAS NO LABORADOS AL AÑO 67.14
DILAB DIAS CALENDARIO LABORADOS AL AÑO = (DIAN) - (DINLA) 297.86
FIDNL FACTOR DE INCREMENTO POR DIAS NO LABORABLES 1.28080
TABLA DE CALCULO POR OBLIGACIONES PATRONALES
RETIRO, CESANTIA EDAD AV.
CUOTA FIJA EXCED. 3 x SMGDF PRESTAC. DINERO GTOS MED. PENSION RIESGO DE TRAB. INVALIDEZ Y VIDA 2.00% DEL SAR+ 3.15% DE
CESANTIA Y EDAD AVANZADA
CATEGORIA SALARIO DIARIO NOMINAL SALARIO INTEGRADO
17.150% 3.550% 0.700% 1.050% 7.58875% 1.750% 5.150%
PEON 54.68 57.15 7.49 0.00 0.40 0.60 4.34 1.00 2.94
AYUDANTE DE PINTOR 57.41 60.01 7.49 0.00 0.42 0.63 4.55 1.05 3.09
AYUDANTE DE OPERADOR 57.41 60.01 7.49 0.00 0.42 0.63 4.55 1.05 3.09
AYUDANTE GENERAL 57.41 60.01 7.49 0.00 0.42 0.63 4.55 1.05 3.09
OFICIAL ALBAÑIL (RASTRILLERO) 87.49 91.45 7.49 0.00 0.64 0.96 6.94 1.60 4.71
PINTOR 87.49 91.45 7.49 0.00 0.64 0.96 6.94 1.60 4.71
OPERADOR DE VEHICULO MEDIANO 107.99 112.87 7.49 0.00 0.79 1.19 8.57 1.98 5.81
OPERADOR DE VEHICULO PESADO 146.27 152.88 7.49 0.78 1.07 1.61 11.60 2.68 7.87
OPERADOR DE MAQUINA PESADA 155.84 162.88 7.49 1.13 1.14 1.71 12.36 2.85 8.39
CABO 87.49 91.45 7.49 0.00 0.64 0.96 6.94 1.60 4.71
OFICIAL ALBAÑIL ESPECIALIZADO 183.18 191.46 7.49 2.15 1.34 2.01 14.53 3.35 9.86
NOTA: OP SE CALCULA A PARTIR DE LOS PORCENTAJES DE CUOTAS OBRERO PATRONALES
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-22
ANALISIS DE CADA UNO DE LOS PRECIOS
UNITARIOS DE LOS CONCEPTOS DE
TRABAJO SOLICITADOS EN LA FORMA C-1
Se anexa
formato
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANALISIS DETALLADO DE LOS PRECIOS UNITARIOS
Anexo No. E-22
UNIDAD
DESCRIPCION DEL CONCEPTO
CONCEPTO UNIDAD
CANTIDAD PRECIO COSTO DIR.
COSTO DIRECTO
COSTO INDIRECTO %
SUMA
COSTO DE FINANCIAMIENTO %
SUMA
UTILIDAD %
SUMA
CARGOS ADICIONALES
SECODAM 0.5 %
PRECIO UNITARIO......................
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-23
ANALISIS DETALLADO PARA LA
DETERMINACION DE LOS COSTOS
INDIRECTOS
Se anexa ejemplo
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION ANÁLISIS DEL FACTOR DE
INDIRECTOS
ANÁLISIS DETALLADO PARA LA DETERMINACIÓN DEL COSTO INDIRECTO
Los costos indirectos corresponden a los gastos generales necesarios para la ejecución de los trabajos, no
incluidos en los costos directos que realiza el Contratista, tanto en sus oficinas centrales como en la obra, y
comprenden entre otros: los gastos por administración, organización, dirección técnica, vigilancia, supervisión,
construcción de instalaciones generales necesarias para realizar conceptos de trabajo, el transporte de
maquinaria o equipo de laboratorio de materiales, científico, imprevistos y, en su caso, prestaciones laborales y
sociales correspondientes al personal directivo y administrativo.
Para su determinación, se deberá considerar que el costo correspondiente a las oficinas centrales del
contratista, comprenderá únicamente los gastos necesarios para dar apoyo técnico y administrativo a la
superintendencia del contratista, encargada directamente de los trabajos. En el caso de los costos indirectos de
oficinas de campo se deberán considerar todos los conceptos que de él se deriven.
Los costos indirectos se expresarán como un porcentaje del costo directo de cada concepto de trabajo. Dicho porcentaje se
calculará sumando los importes de los gastos generales que resulten aplicables y dividiendo esta suma entre el costo directo
total de la supervisión de la obra de que se trate.
Para nuestro ejemplo, a continuación se enlistan como ilustración, los gastos generales más frecuentes de posible
aplicación, que deberán tomarse en consideración para integrar el costo indirecto. Estos gastos son supuestos, por lo que el
licitante aplicará datos reales de su empresa, así como datos productos de su experiencia.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION ANÁLISIS DEL FACTOR
DE INDIRECTOS
ADMON. ADMON
CENTRAL DE OBRA
1.- HONORARIOS, SUELDOS Y PRESTACIONES.
1.1 PERSONAL DIRECTIVO 30.00 0.00
1.2. PERSONAL TECNICO 80.00 280.00
1.3. PERSONAL ADMINISTRATIVO 20.00 120.00
1.4 CUOTA PATRIMONIAL DEL SEGURO SOCIAL
E INFONAVIT; PARA REMUNERACIONES
PAGADAS EN LOS INCISOS 1.1 A 1.3; 29.40 90.50
1.5 PRESTACIONES A QUE OBLIGA LA LEY
FEDERAL DEL TRABAJO PARA EL PERSONAL
ENUNCIADO EN LOS INCISOS1.1 A 1.3; 38.70 119.00
1.6 PASAJES Y VIATICOS DEL PERSONAL 20.00 0.00
1.7 LOS QUE DERIVEN DE LA SUSCRIPCION DE
CONTRATOS, PARA PERSONAL ENINCIADO
EN LOS INCISOS 1.1 A 1.3 2.00 2.00
2. DEPRECIACION, MANTENIMIENTO Y RENTAS
2.1 EDIFICIOS Y LOCALES; 10.00 30.00
2.2 LOCALES DE MANTENIMIENTO Y GUARDA; 0.00 0.00
2.3 BODEGAS 0.00 12.00
2.4 INSTALACIONES GENERALES; 0.00 4.00
2.5 EQUIPOS, MUEBLES Y ENSERES 20.00 6.00
2.6 DEPRECIACIÓN O RENTA Y OPERACIÓN DE 67.50 135.00
VEHICULOS, Y
2.7 CAMPAMENTOS 0.00 0.00
LICITANTE
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL
SIGNATARIO
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION ANÁLISIS DEL FACTOR
DE INDIRECTOS
ADMON. ADMON
CENTRAL DE OBRA
3. SERVICIOS
3.1 CONSULTORES, ASESORES, SERVICIOS
Y LABORATORIOS 10.00 0.00
3.2 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES 0.00 12.00
4 FLETES Y ACARREOS
4.1. DE CAMPAMENTO 0.00 0.00
4.2. DE EQUIPO DE CONSTRUCCION 0.00 5.00
4.3 DE PLANTAS Y ELEMENTOS PARA
INSTALACIONES Y; 0.00 0.00
4.4. MOBILIARIO 0.00 1.50
5 GASTOS DE OFICINA
5.1. PAPELERIA Y UTILES DE ESCRITORIO 2.00 3.00
5.2 CORREOS, FAX, TELEFONOS, TELEGRAFOS 5.62 3.00
RADIO:
5.3 EQUIPO DE COMPUTACION 24.00 8.00
5.4 SITUACION DE FONDOS; 0.00 0.00
5.5 COPIAS Y DUPLICADOS 1.20 1.20
5.6 LUZ, GAS Y OTROS CONSUMOS, Y 4.00 3.50
5.7 GASTOS DE LICITACION 15.00 0.00
6 CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO; 6.00 0.00
7 SEGURIDAD E HIGIENE 0.00 0.00
LICITANTE
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL
SIGNATARIO
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION ANÁLISIS DEL FACTOR
DE INDIRECTOS
ADMON. ADMON
CENTRAL DE OBRA
8. SEGURO Y FIANZAS; Y 10.00 0.00
9.0 TRABAJOS PREVIOS Y AUXILIARES DE LOS
SIGUIENTES TRABAJOS:
9.1 CONSTRUCCION Y CONSERVACION DE
CAMINOS DE ACCESOS; 0.00 15.00
9.2 MONTAJES Y DESMANTELAMIENTOS DE
EQUIPO , Y 0.00 5.00
9.3 CONSTRUCCION DE INSTALACIONES
GENERALES 0.00 0.00
a. DE CAMPAMENTOS 0.00 5.00
b. DE EQUIPO DE CONSTRUCCION 0.00 5.00
c. DE PLANTAS Y ELEMENTOS PARA 0.00 0.00
INSTALACIONES
SUMAS 395.42 865.70
ADMINISTRACION CENTRAL
395.42/9,000.00 (Monto total Obra A.C.D.) = 4.39 %
ADMINISTRACION DE OBRA
865.70/9,000.00 (Monto total Obra A.C.D.) = 9.62 %
LICITANTE
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL
SIGNATARIO
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-23ª
ANALISIS DETALLADO DEL COSTO
DE FINANCIAMIENTO
Se anexa
ejemplo
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION ANÁLISIS DEL FACTOR DE
INDIRECTOS
EXPRESIÓN DE LOS CARGOS POR FINANCIAMIENTO, UTILIDAD Y CARGOS
ADICIONALES
A) CARGOS POR FINANCIAMIENTO
El costo de financiamiento de los trabajos, estará representado por un porcentaje de la suma de los
costos directos e indirectos; para la determinación de éste costo deberán considerarse los gastos que
realizará el contratista en la ejecución de los trabajos, los pagos por anticipos y estimaciones que recibirá
y la tasa de interés aplicable por financiamiento deberá calcularse por el contratista con base en un
indicador económico específico, el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del
contrato, debiendo adjuntarse el análisis correspondiente.
Para éste ejemplo: = 0.1662%
B) CARGOS POR UTILIDAD
Corresponden a la ganancia que recibe el contratista por la ejecución satisfactoria del concepto de
trabajo, será fijado por el propio contratista y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los
cargos directos, indirectos y de financiamiento. En el documento E-20B deberá consignarse el cargo por
utilidad correspondiente en porcentaje.
Para éste ejemplo: = 10%
Estos cargos deberán sujetarse a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su
Reglamento.
C) CARGOS ADICIONALES
Los cargos adicionales son las erogaciones que debe realizar el contratista, por estar convenidos como obligaciones
adicionales o porque derivan de un impuesto o derecho que se cause con motivo de la ejecución de los trabajos y
que no forman parte de los costos directos e indirectos y por financiamiento, ni del cargo por utilidad.
Únicamente quedarán incluidos, aquellos cargos que deriven de ordenamientos legales aplicables o de disposiciones
administrativas que emitan autoridades competentes en la materia, como impuestos locales y federales y gastos de
inspección y supervisión.
Los cargos adicionales no deberán ser afectados por los porcentajes determinados para los costos indirectos y de
financiamiento, ni por el cargo de utilidad.
Estos cargos deberán adicionarse al precio unitario después de la utilidad, y solamente serán ajustados cuando las
disposiciones legales que les dieron origen, establezcan un incremento o decremento para los mismos.
D) SECODAM 0.5%
SUBDIRECCIÓN DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
ANALISIS DEL COSTO DE FINANCIAMIENTO
Anexo No. E – 23A
MESES 0
CONCEPTO 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 TOTALES
Mano de obra 10.00 20.00 30.00 40.00 50.00 50.00 40.00 30.00 20.00 10.00 300.00
Materiales 100.00 95.00 105.00 130.00 125.00 120.00 110.00 85.00 85.00 50.00 1005.00
Maquinária y equipo 10.00 20.00 25.00 15.00 15.00 15.00 20.00 10.00 15.00 8.00 153.00
COSTO DIRECTO 120.00 135.00 160.00 185.00 190.00 185.00 170.00 125.00 120.00 68.00 1458.00
COSTO INDIRECTO 21.60 24.30 28.80 33.30 34.20 33.30 30.60 22.50 21.60 12.24 262.44
COSTO DIRECTO + INDIRECTO 141.60 159.30 188.80 218.30 224.20 218.30 200.60 147.50 141.60 80.24 1720.44
Erogaciones acumuladas 141.60 300.90 489.70 708.00 932.20 1150.50 1351.10 1498.60 1640.20 1720.44
Estimaciones de obra 141.94 189.25 198.71 217.64 236.56 274.41 246.02 198.71 123.01 66.24 1892.48
Estimaciones acumuladas 141.94 331.18 529.90 747.53 984.09 1258.50 1504.52 1703.24 1826.25 1892.48
Anticipo 567.75
Cobros con anticipo y amortización 0.00 0.00 99.36 132.47 139.10 152.34 165.59 192.09 172.22 139.10 86.11 46.37 1324.74
Cobros acumulados 0.00 0.00 99.36 231.83 370.93 523.27 688.86 880.95 1053.17 1192.26 1278.37 1324.74
Diferencia entre erogaciones y cobros 426.15 266.85 177.40 91.57 6.47 -59.48 -94.49 -49.90 -19.29 39.57
Tasa de interés 15.40% / 12=1.2833 -0.76 -1.21 -0.64 -0.25
Interés acumulado -0.76 -1.98 -2.62 -2.86
(MILES DE PESOS)
=
% DE COSTO DE FINANCIAMIENTO =
COSTO FINANCIERO 2.86 X 100 = 0.1662%
COSTO DIRECTO + COSTO INDIRECTO 1720.44
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCIÓN
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-23b
ANÁLISIS DE LA UTILIDAD
Se anexa
ejemplo
CARGO POR UTILIDAD
Cargo por utilidad es la ganancia que recibe el contratista por la ejecución del
concepto de trabajo; será fijado por el propio contratista y estará representado por
un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y financiamiento.
Este cargo, deberá considerar las deducciones correspondientes al impuesto
sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de las
empresas.
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
R E S U M E N
ADMINISTRACION CENTRAL: 4.39 %
ADMINISTRACION DE OBRA: 9.62 %
==================
A) SUMA CARGO INDIRECTO: 14.01%
B) CARGO POR FINANCIAMIENTO: 0.1662 %
C) CARGO POR UTILIDAD: 10.00 %
D) CARGOS ADICIONALES: 0.50%
==================
TOTAL 26.25%
LICITANTE
NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL
SIGNATARIO
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
ANEXO No. E-24
PROGRAMA DE EROGACIONES
CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO EN
PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE
UTILIZACION MENSUAL DEL PERSONAL
TECNICO, ADMINISTRATIVO Y DE
SERVICIOS ENCARGADO DE LA
DIRECCION, SUPERVISIÓN,
ADMINISTRACION Y EJECUCION DE LOS
TRABAJOS
Se anexa
formato
SUBDIRECCION DE CONSTRUCCION
GERENCIA DE PRECIOS UNITARIOS
SUBGERENCIA DE ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS
Anexo No. E-24
PROGRAMA DE EROGACIONES CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO EN PARTIDAS Y SUBPARTIDAS DE UTILIZACION MENSUAL DEL PERSONAL TECNICO Y
ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS ENCARGADO DE LA DIRECCION, SUPERVISION, ADMINISTRACION Y EJECUCION DE LOS TRABAJOS DE SUPERVISION
No. PARTIDAS UNIDAD AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO AÑO TOTAL
MES MES MES MES MES MES MES PRESUP.
TOTALES
FECHA DE TERMINACION TOTAL NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE
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