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Nº 53-10



CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.- Pérez Zeledón, a las



trece horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil diez.



Sesión ordinaria con asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Villanueva,



quien sustituye en este acto al Presidente, Magistrado Mora, de la licenciada



Milena Conejo Aguilar, la doctora Lupita Chaves Cervantes, el licenciado



Alejandro López Mc Adam y el suplente máster Juan de Dios Salón López, quien



sustituye al licenciado Mario Mena Ayales por vacación. Asiste también el



Director Ejecutivo, licenciado Alfredo Jones León.



ARTÍCULO I



Se dispone llamar a la suplente licenciada Damaris Vargas Vásquez, para



que del 27 de mayo al 4 de junio del año en curso, sustituya al licenciado



Alejandro López Mc Adam, por vacaciones.



El Tribunal Agrario, el Despacho de la Presidencia y el Departamento de



Personal tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO II



Se aprueba el acta de la sesión N° 46-10 celebrada el 11 de mayo en curso.



También se aprueba la separata del acta N° 50-10 del 18 de los corrientes,



artículos LXI.

2



El Integrante Salon López se abstiene de votar por no haber participado en



esas sesiones.



ARTÍCULO III



Con ocasión del sentido fallecimiento del señor Cristino Ramírez Peña,



abuelo paterno del servidor Jorge Jiménez Ramírez, Técnico Administrativo de la



Administración Regional del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, se acuerda



expresar a don Jorge y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y



de este Consejo.



ARTÍCULO IV



En razón del sentido fallecimiento del señor Bolivar Rojas Arias, abuelo



materno del señor Christopher Portuguez Rojas, Auxiliar de Servicios Generales



de la Sección de Limpieza y Jardinería del Departamento de Servicios Generales,



se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a don



Christopher y a su estimable familia.



ARTÍCULO V



En sesión Nº 40-10 celebrada el 27 de abril último, artículo XXXIV, al



conocerse la solicitud de la licenciada Ana Shirlenia Briceño Castro, Trabajadora



Social del Equipo Interdisciplinario del Segundo Circuito Judicial de San José,



para que se le concediera permiso con goce de salario durante tres semanas entre

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los meses de julio y agosto próximos para poder participar en una gira cultural con



el Grupo de Proyección Folklórica Kämuk de Costa Rica, en el Festival Culturas



del Mundo a realizarse en Francia, este Consejo denegó la gestión de doña Ana



Shirlenia, en razón de no encontrarse su solicitud dentro de los presupuestos que



establece el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Lo anterior, sin



perjuicio de que pudiera hacer uso de un adelanto de vacaciones, si tuviera derecho



a ello o bien gestionara un permiso sin goce de salario ante sus superiores, a fin de



que pudiera realizar la gira que da cuenta.



En relación con lo anterior, la licenciada Ana Shirlenia Briceño Castro, en su



citada condición, en correo electrónico de 14 de mayo en curso, presentó lo



siguiente:



“… - el pasado martes 27 de abril del presente año, en la sesión

número 40-10, en su artículo 34, se indica denegarme un permiso con

goce de salario por tres semanas para participar en una gira cultural

representando al país con el Grupo de Proyección Folklórica Kämuk, en

Festivales Mundiales a realizarse en Francia, viaje que debemos iniciar el

domingo 4 de julio, regresando al país el lunes 16 de agosto del presente

año.



De acuerdo a las limitaciones presupuestarias por las que atraviesa

nuestra institución, respetuosamente les solicito que interpongan sus

buenos oficios para que consideren la posibilidad de que se me brinde por

lo tanto solamente cinco días hábiles con goce de salario y su sustitución,

siendo que el restante de las seis semanas que comprende la gira, yo lo

asumiré por medio de mis vacaciones y de un permiso sin goce de salario,

para cubrir lo respectivo. Lo anterior en igualdad de condiciones con

respecto a la acordado en la Sesión 06-08, celebrada el veinticuatro de

enero del dos mil ocho, en su Artículo XV, en el cual se indica que se le

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brinda al compañero Carranza Chávez un permiso con goce de salario.

Teniéndose en cuenta que la actividad a la que asistiré también tiene un

enfoque cultural y de proyección al país.



Como les había mencionado en la anterior carta del 19 de abril,

2010, esta gira será declarada de interés cultural y oficializada, con lo

cual estaríamos viajando como representantes del gobierno de Costa Rica,

estos documentos se les aportarán en el momento que sean emitidos por

las autoridades gubernamentales respectivas.



Les adjunto la carta del Grupo de Proyección Folklórica Kämuk, en

la cual se explica con más detalle los objetivos de nuestro grupo y

también les adjunto la invitación oficial del Festival de Francia,

posteriormente les haré llegar la oficialización de la gira y su declaración

de interés cultural.



A su consideración les presento esta nueva solicitud y les agradezco

su atención y colaboración al respecto, en virtud de que esta gira

comprende de varias semanas y me representaría de un costo muy alto a

nivel económico el asistir sin la colaboración de ustedes, lo cual sin lugar

a dudas representaría para mi persona un incentivo más dentro de mi

desempeño en esta institución por parte de esta Autoridad Judicial.”

-0-



Por mayoría, se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia; por



tratarse de una actividad de enfoque cultural y de proyección al país, se concede



permiso con goce de salario únicamente por 5 días hábiles a la licenciada Ana



Shirlenia Briceño Castro, para que participe en la gira cultural con el Grupo de



Proyección Folklórica Kämuk de Costa Rica, en el Festival Culturas del Mundo a



realizarse en Francia.



La Magistrada Villanueva Monge y la licenciada Conejo Aguilar, votaron



por denegar la solicitud de la licenciada Briceño Castro, en razón de que las

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previsiones económicas no permiten cubrir este tipo de sustituciones, y concederlo



sin sustitución conllevaría a una grave afectación al servicio público al que se debe



el Equipo Interdisciplinario del Segundo Circuito Judicial de San José.



Los Departamentos de Personal y Trabajo Social y Psicología tomarán nota



para lo que corresponda.



ARTÍCULO VI



Mediante oficio Nº 4450-DE-2010 de 17 de mayo en curso, el licenciado



Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, remitió nota Nº 3534-DP/10-2010 suscrita



por el licenciado Wilbert Kidd Alvarado, Jefe interino del Departamento de



Proveeduría, que literalmente dice:



“En sesión N° 78-09 celebrada el 19 de agosto de 2009, artículo

XIV el Consejo Superior dispuso adjudicar la Licitación Abreviada N°

2009LA-000077-PROV denominada “Contratación de servicios de

recolección de desechos infectocontagiosos para el Servicio Médico

del I y II Circuito Judicial de San José”, a la casa comercial Manejo

Profesional de Desechos S.A, cédula jurídica 3-101-310098 de la

siguiente manera:



“A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica (sic)



La recolección de los desechos infectocontagiosos para el Servicio

de Salud para Empleados del I y II Circuito Judicial de San José, para lo

cuál realizará la entrega de los recipientes y bolsas en forma diaria de

conformidad con la cantidad máxima ofertada.



El costo mensual del servicio asciende a ¢498.000,00.



El servicio no podrá iniciar antes del 03 de setiembre del año en

curso.

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Todo de conformidad con las condiciones técnicas establecidas en

el cartel. “



Mediante oficio 246-OAT-10 de fecha 11 de marzo del año en

curso, la licenciada Vivian Chacón Madrigal, Jefa de la

Administración de Tribunales del I Circuito Judicial de San José,

solicitó a este Departamento la ampliación del contrato número 38-

01-09 por el “Servicio de recolección de desechos infectocontagiosos

para el Servicio de Salud para Empleados del Primer y Segundo

Circuito Judicial de San José”, para poder incorporar la Unidad

Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social, ya

que ese despacho maneja este tipo de desechos.



Así las cosas, se procede a analizar la aplicación del artículo 200

del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual

posibilita a la Administración a adquirir suministros o servicios

adicionales de igual naturaleza, del mismo contratista, siempre que

se observen las siguientes condiciones:



200 Modificación unilateral del contrato. La Administración

podrá modificar unilateralmente sus contratos tan pronto éstos se

perfeccionen, aún antes de iniciar su ejecución y durante ésta, bajo las

siguientes reglas:



a) Que la modificación, aumento o disminución del objeto, no

le cambie su naturaleza, ni tampoco le impida cumplir con su

funcionalidad o fin inicialmente propuesto.



En este sentido, efectivamente se requiere de un aumento en la

recolección de desechos infectocontagiosos del contrato de referencia

para que se efectúen sobre las bases del contrato actual, producto de la

licitación abreviada N° 2009LA-000077-PROV “Contratación de

servicios de recolección de desechos infecto-contagiosos para el Servicio

Médico del I y II Circuito Judicial de San José”, tramitada en su

oportunidad, lo que no le impedirá cumplir con su funcionalidad o el fin

inicialmente propuesto, ya que lo que se requiere es lograr satisfacer la

necesidad de poder recolectar los desechos infecto-contagiosos de Unidad

Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I

Circuito Judicial de San José, servicio que corresponde a la misma

naturaleza del inicialmente contratado.

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b) Que en caso de aumento se trate de bienes o servicios

similares.



El aumento del servicio requerido, corresponde a la recolección de

desechos infecto-contagiosos, los cuales se brindarán bajo las

condiciones requeridas en la licitación abreviada N° 2009LA-000077-

PROV Contratación de servicios de recolección de desechos infecto-

contagiosos para el Servicio Médico del I y II Circuito Judicial de San

José”, por lo cual el servicio requerido no será modificado.



c) Que no exceda el 50% del monto del contrato original,

incluyendo reajustes o revisiones, según corresponda.



El adendum al contrato se tramitaría para brindar el servicio de

recolección de desechos infecto-contagiosos, a la Unidad Médico Laboral

que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I Circuito Judicial de

San José, contratando la recolección de dos bolsas no punzo cortantes y

dos envases de desechos punzo cortantes, ambos quincenalmente, con un

costo mensual de ¢30.500,00.



Actualmente por este contrato se está pagando la suma de

¢498.000,00 mensual, mientras que como se dijo anteriormente la

ampliación que se pretende mensualmente ascendería a ¢30.500,00.

Así las cosas, se evidencia que la ampliación que se pretende, no

sobrepasa el 50% del costo del contrato original, ya que solo alcanzan un

6.12% del contrato de interés.



d) Que se trate de causas imprevisibles al momento de iniciar

el procedimiento, sea que la entidad no pudo conocerlas pese a haber

adoptado las medidas técnicas y de planificación mínimas cuando

definió el objeto.



La imprevisibilidad radica en que cuando se gestionó la contratación

inicial no se contaba con la Unidad Médico Laboral del Juzgado de

Seguridad Social, en razón de ello, no se pudo contemplar al inicio del

procedimiento original, sino que fue hasta diciembre del año 2009, que

entró a funcionar dicho despacho.



e) Que sea la mejor forma de satisfacer el interés público.

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Dado que actualmente la empresa adjudicataria de este contrato

brinda el servicio para el Servicio Médico del I y II Circuito Judicial de

San José, es conveniente que sea la misma empresa la que brinde el

servicio requerido en la Unidad Médica Laboral ubicada en el Juzgado de

Seguridad Social del I Circuito Judicial de San José. Así las cosas, y en

vista de que se requiere contar a la brevedad con el servicio de

recolección de desechos infecto-contagiosos, por razones de salud del

público y del personal que ahí labora, es necesario ampliar el contrato

actual, esta ampliación constituye la mejor forma de satisfacer el interés

público.



f) Que la suma de la contratación original, incluyendo

reajustes o revisiones de precio, y el incremento adicional no superen el

límite previsto para el tipo de procedimiento tramitado.



En virtud de que el contrato original asciende a un monto anual de

¢5.976.000,00 y proyectado a 4 años de ¢23.904.000,00, es que se puede

concluir que el monto de la suma de la contratación original, más el

incremento adicional que esta modificación implica (monto anual de

¢366.000,00, y proyectado a 4 años de ¢1.464.000,00), es que se llega a

concluir que no exceden el límite previsto por la Ley en el año 2010 para

el procedimiento de licitación tramitado, sea Licitación Abreviada el cual

correspondía a ¢214.000.000,00.



RECOMENDACIÓN:



Por todo lo anterior, se solicita remitir este asunto a conocimiento

del Consejo Superior, a efecto de contar con la autorización para contratar

los servicios recolección de desechos infecto-contagiosos para el Servicio

de Salud de Empleados del I y II Circuito Judicial y la Unidad Médico

Laboral del Juzgado de Seguridad Social, con base en la aplicación del

artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,

sobre la adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2009LA-000077-

PROV. En cuanto a los recursos, se cuenta con la certificación de

contenido económico emitido por el Departamento Financiero Contable

mediante oficio N° 0347-P-2010 de fecha 12 de mayo del año en curso,

por la suma de ¢213.500,00, para hacerle frente a la erogación por la

prestación de los servicios de comentario para un período comprendido de

junio a diciembre del año en curso.



El detalle de la ampliación del contrato es el siguiente:

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“A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica (sic)



La recolección de los desechos infectocontagiosos para la Unidad

Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I

Circuito Judicial de San José, de dos bolsas no punzo cortantes y dos

envases de desechos punzo cortantes, ambos quincenalmente.



El costo mensual del servicio asciende a ¢30.500,00.



Demás términos y condiciones conforme al contrato original.



EL GRAN TOTAL RECOMENDADO AMPLIAR ES DE

¢30.500,00 MENSUALES, PARA UN MONTO TOTAL POR LOS

SIETE MESES RESTANTES DE ESTE EJERCICIO

PRESUPUESTARIO DE ¢213.500,00.



Conforme al artículo 9 del Reglamento General de Contratación

Administrativa, la Administración del I Circuito Judicial de San José,

deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar en su

oportunidad el pago de las obligaciones que contraerá durante todos los

ejercicios presupuestarios que involucran la relación contractual.”

-0-



De conformidad con lo que establece el artículo 200 del Reglamento a la



Ley de Contratación Administrativa y al estar en ejecución el contrato y por



requerirse trabajos adicionales de igual naturaleza, se acordó: Acoger la



recomendación del Departamento de Proveeduría y por consiguiente autorizar la



ampliación del contrato de la Licitación Abreviada N° 2009LA-000077-PROV



denominada “Contratación de servicios de recolección de desechos



infectocontagiosos para el Servicio Médico del Primer y Segundo Circuito Judicial



de San José”, en un 6.12%, según el siguiente detalle:

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A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica Nº 3-101-310098.



La recolección de los desechos infectocontagiosos para la Unidad Médico



Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito



Judicial de San José, de dos bolsas no punzo cortantes y dos envases de desechos



punzo cortantes, ambos quincenalmente, a partir del 1° de junio del año en curso.



El costo mensual del servicio asciende a ¢30.500,00 (treinta mil quinientos



colones exactos).



Demás términos y condiciones conforme al contrato original.



El total ampliado es de ¢30.500,00 (treinta mil quinientos colones exactos)



mensuales, para un monto total por los siete meses restantes de este ejercicio



presupuestario de ¢213.500,00 (doscientos trece mil quinientos colones exactos).



Conforme al artículo 9 del Reglamento General de Contratación



Administrativa, la Administración de los Tribunales de Justicia del Primer Circuito



Judicial de San José, deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar en su



oportunidad el pago de las obligaciones que contraerá durante todos los ejercicios



presupuestarios que involucran la relación contractual.



La Dirección Ejecutiva y el Departamento de Proveeduría tomarán nota para



lo que a cada uno corresponda. Se declara acuerdo firme



ARTÍCULO VII

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Con vista en las proposiciones incluidas en la nómina elaborada por el



Departamento de Personal, se acordó: Aprobar en propiedad los siguientes



nombramientos:



DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN



JUDICIAL DE LA UNIÓN DE TRES RÍOS (TRÁNSITO)



1. Chacón Murillo Pablo José



01-0991-0777



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-06-2010



Nómina No. 0297-2010



Puesto Nº 6626



Puesto anterior: 43330



Investigador 1



Oficina: Sección de Delitos Sexuales, Familia y Contra la Vida



DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN



JUDICIAL DE SIQUIRRES



2. Fonseca Bustos Esmirna



07-0098-0935



Auxiliar de Servicios Calificados 1 (Operador de Radio)

12



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-08-2010



Nómina No. 0270-2010



Puesto Nº 47179



Puesto anterior: 112380



Auxiliar de Servicios Generales 2



Oficina: Sub-Delegación Regional de Siquirres



SERVICIO NOCTURNO



3. Araya Soto Róger Abelardo



01-0921-0120



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0294-2010



Puesto Nº 56858



Puesto anterior: 103742



Investigador 2



Oficina: Servicio Nocturno



SECCIÓN DE ASALTOS



4. Guzmán Valverde Luis Mauricio



02-0597-0395

13



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0307-2010



Puesto Nº 15417



Puesto anterior: 351388



Investigador 1



Oficina: Sección de Homicidios



SECCIÓN DE ROBO DE VEHÍCULOS



5. Arroniz Parrales Alexander Rafael



01-0994-0084



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0310-2010



Puesto Nº 6519



Puesto anterior: 15395



Investigador 2



Oficina: Departamento de Investigaciones Criminales



6. Sánchez Ramos Joaquín Rodolfo



01-1082-0104

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Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0310-2010



Puesto Nº 92445



Puesto anterior: 43306



Investigador 1



Oficina: Sección de Robo de Vehículos



SECCIÓN DE HOMICIDIOS



7. Brenes Gómez Leonardo Virgilio



01-0921-0927



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0293-2010



Puesto Nº 54097



Puesto anterior: 350227



Investigador 2



Oficina: Sección de Homicidios



SECCIÓN DE ROBOS Y HURTOS



8. Arias Vega Verny Gustavo

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01-0885-0218



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0309-2010



Puesto Nº 15390



Puesto anterior: 54148



Investigador 2



Oficina: Unidad de Hurtos



9. Arboine Gómez Leidy Cecilia



07-0147-0342



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0309-2010



Puesto Nº 47085



Puesto anterior: 15493



Investigador 1



Oficina: Departamento de Investigaciones Criminales



DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN



JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA

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10. Rivera Olivares José Alberto



01-0793-0076



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010



Nómina No. 0301-2010



Puesto Nº 359345



Puesto anterior: 350250



Investigador 2



Oficina: Delegación Regional de Alajuela



11. Salazar Vega José Luis



02-0379-0302



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010



Nómina No. 0301-2010



Puesto Nº 359344



Puesto anterior: 24130



Investigador 2



Oficina: Oficina Regional de Grecia



DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN

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JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA



ATLÁNTICA



12. Mora Torres Nelson Horacio



07-0128-0052



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-06-2010



Nómina No. 0303-2010



Puesto Nº 111253



Puesto anterior: 23238



Investigador 2



Oficina: Delegación Regional de Limón



SECCIÓN DE INGENIERÍA FORENSE DEL DEPARTAMENTO DE



LABORATORIOS CIENCIAS FORENSES



13. Ruíz Ramos Jorge Arturo



01-0665-0422



Jefe Sección de Tránsito y Planimetría



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010



Nómina No. 0260-2010



Puesto Nº 43455

18



Puesto anterior: 107829



Perito Judicial 1



Oficina: Sección de Ingeniería Forense



De conformidad con los artículos 33 y 34 inciso a) del Estatuto de Servicio



Judicial, los servidores nombrados en propiedad por primera vez deberán cumplir



un período de prueba de un año a partir de la fecha en que rige el nombramiento y



los servidores propietarios que pasen a ocupar otras plazas cumplirán un período



de prueba de 3 meses, en ambos casos en los puestos que están siendo nombrados.



El Departamento de Personal tomará nota los fines consiguientes. Se



declara acuerdo firme.



ARTÍCULO VIII



En sesión N° 50-2010 del 18 de mayo de este año, artículo LIV, al conocer



los argumentos ahí expuestos por la licenciada Alexandra Ledezma Venegas,



Investigadora de la Sección de Fraudes del Organismo de Investigación Judicial,



respecto a su inconformidad con la Jefatura por los nombramientos en propiedad



propuestos para las plazas de Oficial de Investigación, se acordó hacer de



conocimiento del licenciado Jorge Rojas Vargas, Director General del Organismo



de Investigación Judicial, esa gestión, para que se refiera a lo señalado por doña



Alexandra. Asimismo y en razón de que se evidenció la existencia de conflicto

19



entre la citada servidora y el señor Exleine Sánchez Torres, Jefe de la Sección de



Fraudes de ese Organismo, se dispuso que el licenciado Rojas Vargas hiciera los



nombramientos en propiedad para las plazas de Oficial de Investigación de la



Sección de Fraudes publicados mediante Concurso N° 011-2010.



Mediante nómina elaborada por el Departamento de Personal, se remitieron -



entre otros- las siguientes propuestas de nombramientos en propiedad, a saber:



ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL



SECCIÓN DE FRAUDES



(…)



8. Mora Calderón German Martín



01-0779-0270



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0292-2010



Puesto Nº 6520



Puesto anterior: 43378



Investigador 1



Oficina: Sección de Fraudes



9. Ángulo de la O Nacira

20



05-0336-0546



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0292-2010



Puesto Nº 6589



Puesto anterior: 100993



Investigador 1



Oficina: Unidad de Anticorrupción y Enriquecimiento Ilícito



10. Brenes Flores José Manuel



01-0580-0841



Oficial de Investigación



Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010



Nómina No. 0292-2010



Puesto Nº 6516



Puesto anterior: 43265



Investigador 1



Se acordó: Devolver al licenciado Jorge Rojas Vargas, Director del



Organismo de Investigación Judicial, las anteriores propuestas de nombramiento,



para que en cumplimiento a lo resuelto en la sesión N° 50-10 del 18 de mayo en

21



curso, artículo LIV, y por los motivos ahí señalados, proceda a realizar los



nombramientos en propiedad para las plazas de Oficial de Investigación de la



Sección de Fraudes publicados mediante Concurso N° 011-2010.



ARTÍCULO IX



En ejecución de lo dispuesto por la Corte Plena en sesión N° 35-00



celebrada el 11 de setiembre del 2000, artículo XXIX, se tienen por designados



como Jueces a los siguientes funcionarios, en los despachos y por las fechas que se



dirán:



1- EN EL JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DEL TERCER



CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ



El 26 de mayo a:



Lic. Eduardo Arias Hernández



2- EN EL JUZGADO DE TRABAJO DE PUNTARENAS



El 27 de mayo a:



Licda. Mayela Gómez Pacheco



3- EN EL JUZGADO DE TRABAJO DE CARTAGO



El 28 de mayo a:



Licda. Doris Bravo Núñez



Licda. Mayela Gómez Pacheco

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Licda. Derling Talavera Polanco



Lic. Eduardo Arias Hernández



4- EN EL JUZGADO DE FAMILIA DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL



DE SAN JOSÉ



El 28 de mayo a:



Lic. Willy Fernández Muñoz



Lic. Luis Guillermo Valverde Rivera



5- EN EL JUZGADO CIVIL MAYOR CUANTÍA DE CARTAGO



El 3 de junio a:



Lic. Jose Francisco Rivera Meza



Lic. Gustavo Irías Obando



6- EN EL JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO



JUDICIAL DE ALAJUELA



El 7 de junio a:



Licda. Doris Bravo Nuñez



Licda. Mayela Gómez Pacheco



Licda. Derling Talavera Polanco



Licda. Ana Noelia Prendas Ugalde



Lic. Eduardo Arias Hernández

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Lic. Gustavo Irías Obando



Lic. José Francisco Rivera Meza. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO X



En sesión N° 49-09 celebrada el 12 de mayo de 2009, artículo XXI, de



conformidad con lo que establece el artículo 44, párrafo 4° de la Ley Orgánica del



Poder Judicial, se prorrogó el permiso sin goce de salario, al licenciado Vladimir



Muñoz Hernández, Oficial de Investigación de la Sección de Estupefacientes del



Organismo de Investigación Judicial del 4 de junio de 2009 y hasta el 4 de junio



del 2010, a fin de que continuara laborando en el proyecto denominado Comisión



Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).





El licenciado Vladimir Muñoz Hernández, en su citado carácter, con el visto



bueno de la licenciada Emilia Damazzio Solano, Jefa de la Sección de



Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial, en nota de 12 de mayo en



curso, solicitó:



“… ante ustedes, la AMPLIACIÓN de la LICENCIA SIN

GOCE DE SALARIO, a partir del próximo 4 de Junio del 2010 por

un período de DOCE MESES más (04-05-2011) por las razones que a

continuación detallaré y con fundamento en lo que establecen los

numerales 41 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.



El 26 de noviembre del año 2008, presenté ante la jefatura de la

Sección de Estupefacientes, específicamente al licenciado Luis Guillermo

Fonseca Herrera, solicitud formal de una licencia sin goce de salario por

24



seis meses, mismos que iniciaban el 4 de diciembre de ese mismo año,

hasta el 4 de Junio del 2009, solicitud que fue otorgada, remitiéndose la

nota No 629-E-08 al Departamento de Gestión Humana para lo

correspondiente, contando para ello con el aval de la Jefatura

Departamental del O.I.J.



Dicho permiso inicial se fundamentó, en el trabajo de una Comisión

de la O.N.U en Guatemala, con el nombre de Comisión Internacional

contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que viene desarrollando,

entre otros temas, investigaciones de estructuras clandestinas y grupos

paralelos, relacionadas con sectores de poder, que desde muchos años han

operado con toda impunidad en dicha nación, socavando con ello la

bases de Justicia de país, con todos los resultados conexos que ello

implica.



El trabajo que he venido desarrollando en dicha comisión desde el 8

de diciembre del 2008 a la fecha, ha consistido en colaborar, investigar y

asesorar investigaciones donde se encuentran relacionadas estructuras

importantes del narcotráfico, en su mayoría ligadas a algunos de los

principales carteles de la droga mexicanos, dado que mi experiencia en la

Policía Judicial desde el año 90 ha sido en la Sección de Estupefacientes,

lo que me ha permitido comprender y colaborar en las investigaciones de

este tipo de delitos.



En fecha del 04 de Mayo del 2009 remití al Consejo Superior de la

Corte Suprema de Justicia una solicitud de Ampliación de Licencia sin

Goce de Salario, por un periodo adicional de un año, a saber del 04 de

Junio del 2009 al 04 de Junio del 2010, permiso que fue autorizado en

Artículo XXI, sesión No. 49-09 celebrada el 12 de Mayo del 2009, hasta

el 04 de Junio del 2010. En setiembre del 2009 la Asamblea de las

Naciones Unidas, en acuerdo con el Gobierno de Guatemala, acordaron

ampliar el Mandato de la CICIG por un nuevo período de dos años,

vigentes hasta Setiembre del 2011, con la finalidad no solo de continuar

sus labores, sino de culminar de forma exitosa la misión encomendada a

este equipo internacional, lo que implica dar continuidad al trabajo que se

ha venido desarrollando y por ende, la necesidad de que el personal que

ya está inmerso en esta labor continúe igualmente en dicho proyecto.



Así las cosas, desde mi punto de vista Profesional y Laboral tengo

mucho interés en continuar un año más laborando en dicho proyecto, ya

que significa una experiencia invaluable en lo que a investigación se

25



refiere, máxime tomando en consideración que hoy por hoy, Guatemala,

se encuentra librando una lucha importante contra el poder internacional

del Narcotráfico, guerra que para muchos ya esta perdida, pero que

consideramos que dar eso por sentado, no solo afectará a dicha nación

hermana, sino que implicará que sus consecuencias afectarán y avanzarán

hasta nuestro país, como ya lo ha venido demostrando la infiltración de

carteles mexicanos y guatemaltecos en el territorio nacional.



No está de más indicar que en el mismo proyecto de la CICIG se

encuentran dos fiscales del Ministerio Publico, a saber la licenciada

Berenice Smith y el licenciado Cristian Ulate, así como el licenciado

Carlos Enrique Chacón Vásquez, del Organismo de Investigación

Judicial, quienes han venido realizando una labor encomiable y

profesional en dicha comisión Internacional.



Adjunto a la presente copia de referencia del puesto que ocupo en

esta Comisión, en la que se indican las funciones y atribuciones de la

labor que realizo, indicando además que recientemente fui ascendido en

grado de P-3 a P-4, equivalente al puesto intermedio de investigadores

policiales, dentro la estructura organizacional de la Comisión, como

reconocimiento a la labor que de forma constante y humilde he venido

realizando y también como muestra de la voluntad de los jerarcas de la

CICIG de continuar contando con mis servicios hasta el 2011 sí eso es

posible.



Finalizo la presente agradeciendo su atención y consideración a la

misma, debiendo agregar que de forma verbal he dialogado con la

licenciada Emilia Damazzio Solano, Jefe a.i. de la Sección de

Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial, quién en calidad

de jefe inmediata ha manifestado su aval a mi solicitud, lo que puede ser

ratificado por ella misma mediante su correo electrónico

emadazzio@poder-judicial.go.cr o en su defecto, de forma directa en la

citada oficina del O.I.J.”

-0-



De conformidad con lo que establece el artículo 44, párrafo 4° de la Ley



Orgánica del Poder Judicial, se acordó: 1.) Prorrogar el permiso sin goce de



salario, al licenciado Vladimir Muñoz Hernández, del 5 de junio de este año y

26



hasta el 4 de junio del 2011, a fin de que continúe laborando en el proyecto



denominado Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).



2.) Comunicar a don Vladimir que tiene el deber de estarse a lo establecido en la



Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, tal



como se indica en el pronunciamiento emitido por la Contraloría General de la



República, conocido en la sesión Nº 66-05 del 25 de agosto del 2005, artículo LI y



comunicado mediante circular Nº 138-2005 publicado en el Boletín Judicial Nº



207 del 27 de octubre del 2005, así como también al acuerdo tomado por la Corte



Plena en sesión Nº 03-2006 del 27 de febrero del 2006, artículo XII. Será el



petente quien deba valorar las obligaciones que tiene en razón del cargo que ocupa



en este Poder de la República.



La Sección de Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial y el



Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara



acuerdo firme.



ARTÍCULO XI



En sesión Nº 28-09 celebrada el 24 de marzo del 2009, artículo LXII, se



acordó que el perfil para el puesto de Perito Judicial 1 de la Sección de Ingeniería



Forense del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses del Organismo de



Investigación Judicial, debería ser graduado de la carrera de ingeniería mecánica o

27



física. Asimismo, se autorizó al servidor Luis Rolando Amores Cambronero, Perito



Judicial 1 de la citada Sección, para que en el término de dos años y medio,



reuniera los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Puesto para



ocupar el citado puesto.



Posteriormente, en sesión Nº 56-09 del 26 de mayo del 2009, artículo LXIII,



se acordó que el perfil para el puesto N° 543261 de Perito Judicial 1 de la Sección



de Ingeniería Forense del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses del



Organismo de Investigación Judicial, debería ser graduado en la carrera de



ingeniería mecánica o física. Al propio tiempo se autorizó al servidor José Luis



Peraza Álvarez, Perito Judicial 1 de la citada Sección, para que en el plazo de dos



años y medio, reuniera los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de



Puesto para ocupar el citado puesto.



Por último, en sesión N° 08-10 celebrada el 28 de enero de este año, artículo



XVII, se autorizó a los servidores José Luis Peraza Álvarez y Luis Amores



Cambronero, Peritos Judiciales 1 de la Sección de Ingeniería Forense del citado



Departamento, para que se ausentaran la primera audiencia de los miércoles de



cada semana, durante el primer cuatrimestre de este año, a fin de que asistieran a



lecciones en la Universidad Autónoma de Centroamérica.



En oficio Nº 466-ING-2010 de 13 de mayo en curso, los señores José Luis

28



Peraza Álvarez y Luis Amores Cambronero, Peritos Judiciales 1, con el visto del



ingeniero Jorge Ruiz Ramos, Jefe interino de dicha Sección indicada, solicitaron lo



siguiente:



“… y quienes nos encontramos cursando la carrera de ingeniería

mecánica (requisito aprobado para el puesto) nuevamente apelamos a

ustedes, no solo tomando en cuenta los acuerdos tomados en sesiones

números 28-09 del 24 de marzo de 2009, artículo LXII, y 56-09 del 26 de

mayo de 2009, artículo LXIII por este consejo, sino también los buenos

resultados obtenidos tanto laboral como académicamente, para que si a

bien lo consideran nos puedan conceder permiso para ausentarnos del

despacho durante la segunda audiencia de los miércoles de cada semana,

propiamente el periodo comprendido entre el 12 de mayo y 18 de agosto

próximo (II cuatrimestre), a fin de que podamos asistir a lecciones del

curso Métodos Numérico, mismo que se impartirá de las 14:00 a las

17:00 en la sede central de la Universidad Autónoma de Centroamérica.



No omitimos manifestarles que al igual que en el primer

cuatrimestre se estará reponiendo las horas no laboradas durante la

jornada vespertina, lo anterior a fin de mantener nuestro trabajo al día y

sin que se afecte sustancialmente el servicio público, asimismo se estarán

atendiendo prioritariamente los asuntos urgentes, tanto en la oficina como

en la atención de sitios de suceso e inspecciones.”

-0-



Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia, autorizar a los



servidores José Luis Peraza Álvarez y Luis Amores Cambronero, para que se



ausenten del despacho la segunda audiencia de los miércoles de cada semana,



durante el segundo cuatrimestre de este año, a fin de que asistan a lecciones en la



Universidad Autónoma de Centroamérica, lo anterior por considerar este Consejo



que a futuro podría ser de interés institucional los estudios que ellos realizan. Se

29



toma nota de la forma en que repondrán el tiempo que ocupe en dichas labores, a



fin de mantener el trabajo al día y sin que se afecte sustancialmente el servicio



público a sus cargos, por lo que en caso de tener que atender un asunto urgente o



que amerite su presencia no podrán abandonar el despacho. A esos efectos deberá



coordinar lo pertinente con la jefatura.



Asimismo, comprobarán el resultado final que obtengan en el mencionado



curso ante el Departamento de Personal.



Debe entenderse, además, que el consentimiento de la Jefatura, se da porque



esa oficina cuenta con personal suficiente para hacerle frente a la ausencia



temporal de los citados servidores y no requiere de recurso humano adicional.



La Sección de Ingeniería Forense del Departamento de Ciencias Forenses y



el Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se



declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XII



Mediante oficio Nº FGR-445-2010 de 17 de mayo en curso el doctor



Francisco Dall’ Anese Ruiz, Fiscal General de la República manifestó lo siguiente:



“Se ha recibido invitación del Sistema de Integración

Centroamericana (SICA), para la participación de dos Fiscales en el

Curso de Alta Formación de Cuadros Dirigentes de los Países del SICA,

que tendrá lugar el primer módulo, del 07 al 18 de junio del 2010 de

forma presencial en San Salvador- El Salvador, segundo módulo del 20

de setiembre al 01 de octubre del 2010 en el mismo lugar, y el tercer

módulo a distancia del 21 de junio al 17 de setiembre del 2010.

30





Es por lo anteriormente expuesto que, solicito permiso con goce de

salario del 06 de junio al 19 de junio del 2010 y del 19 de setiembre al 02

de octubre del 2010, ambos días inclusive, para los Fiscales Adjuntos

Edgar Ramírez Villalobos, Fiscal Adjunto del Primer Circuito Judicial de

la Zona Sur y Walter Espinoza Espinoza Fiscal Adjunto de la Fiscalía

Adjunta de Narcotráfico, así como pasaporte de servicio para ambos

funcionarios.



Los organizadores del taller correrán con todos los gastos de

transporte, hospedaje y alimentación.”



-0-



Se acordó: Acoger la anterior solicitud, en consecuencia: 1.) Conceder



permiso con goce de salario a los licenciados Edgar Ramírez Villalobos y Walter



Espinoza Espinoza, a fin de que del 6 al 19 de junio y del 19 de setiembre al 2 de



octubre del año en curso, participen en el curso denominado “Alta Formación de



Cuadros Dirigentes de los Países del SICA”, a realizarse en San Salvador- El



Salvador. Lo anterior en el entendido de que los gastos de transporte, alimentación



y hospedaje, serán cubiertos por los organizadores del evento. 2.) En virtud de la



importancia del contenido de la capacitación a recibir, don Edgar y don Walter,



deberán coordinar lo necesario, a fin de transmitir los conocimientos adquiridos a



otros servidores y servidoras judiciales a los que les pueda ser de beneficio en el



cumplimiento de sus labores, según los requerimientos institucionales. El



Departamento de Personal deberá llevar un registro para garantizar que la difusión



de esos conocimientos sea realizado, a esos efectos las personas a la que se le ha

31



concedido el permiso deberán informar a ese departamento la forma en que se



ejecutó.



La Fiscalía General de la República y el Departamento de Personal, tomarán



nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XIII



En nota de 14 de mayo en curso, el licenciado Enrique Campos Moraga,



Defensor Público del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en lo que



interesa manifestó:



“… estos son los cursos que estaré impartiendo durante este II

cuatrimestre, 2010, en la Universidad Metropolitana Castro Carazo, los

días martes de las 20 horas a las 22 horas, desarrollando el curso de

Teoría General de Contrato I, y los días lunes de las 17 horas a las 19:30

curso de Teoría General de Contrato I, y miércoles de 19:30 a las 22

horas Teoría General del Proceso, en la Universidad Latina.”

-0-



De conformidad con la resolución de la Sala Constitucional N° 2009-001660



de las 11:51 horas del 6 febrero de 2009, se acordó: Tomar nota de que el



licenciado Enrique Campos Moraga impartirá lecciones en la Universidad Castro



Carazo y en la Universidad Latina, fuera de horario laboral y dentro de los límites



señalados por este Consejo, asimismo de presentarse algún asunto urgente



suspenderá su participación para atenderlo.



La Defensa Pública del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica y el

32



Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara



este acuerdo firme.



ARTÍCULO XIV



En sesión N° 07-10 celebrada el 26 de enero de este año, artículo XXV, se



autorizó a la servidora Elizabeth Fallas Espinoza, Auxiliar Judicial 2 del Juzgado



Civil, Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, para que se ausentara del



despacho los jueves de cada semana, durante el primer cuatrimestre del año en



curso, a partir de las 15:30 horas, a fin de que asistiera a lecciones en la



Universidad Latina de Costa Rica.



La servidora Elizabeth Fallas Espinoza, en su expresado carácter, en oficio



N° 02-EFE-2010 de 12 de mayo en curso, solicitó:



“…, por medio de la presente les extiendo un respetuoso saludo, y a

la vez aprovecho la misma para darles mi más grande agradecimiento por

el permiso concedido para ausentarme los días jueves de cada semana

durante el primer cuatrimestre del año en curso con el fin de asistir a

lecciones en la Universidad Latina.



El principal motivo que me impulsa a suscribir esta nota es para

pedirles de la manera más atenta posible interpongan sus buenos oficios y

me sea concedido un permiso para asistir a lecciones. Lo anterior de

conformidad con lo preceptuado en el artículo 137 de la Ley Orgánica del

Poder Judicial, toda vez que deseo poder continuar con mis estudios

universitarios.



Actualmente sigo cursando la carrera de Licenciatura en Derecho,

en la Universidad Latina de Costa Rica en la sede de Pérez Zeledón. Este

año se me nombró interinamente en la plaza vacante número 359264 del

juzgado supra citado.

33





En la sesión número 07-10 celebrada el 26 de enero del año en

curso, el honorable Consejo Superior de la manera más gentil me

concedieron el permiso solicitado en el oficio 01-EFE-2010 de fecha 20

de enero del dos mil diez. El anterior acuerdo literalmente dice así:



“Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia: 1)

Autorizar a la servidora Elizabeth Fallas Espinoza para que se ausente

del despacho los jueves de cada semana, durante e/primer cuatrimestre

del año en curso, a partir de las 15:30 horas, a fin de que asista a

lecciones en la Universidad Latina de Costa Rica. 2) Señalar a la

señorita Elizabeth Fallas Espinoza que el anterior permiso se da por

tratarse de una hora por semana y que se encuentra finalizando el grado

de Licenciatura en Derecho. Es entendido que deberá reponer el tiempo

que ocupe en dichas labores, a fin de mantener el trabajo al día y sin que

se afecte sustancialmente el servicio público a su cargo, por lo que en

caso de tener que atender un asunto urgente o que amerite su presencia

no podrá abandonar el despacho. A esos efectos deberá coordinar lo

pertinente con la jefatura.



Asimismo, la servidora deberá comprobar ante el Departamento de

Personal el resultado final que obtenga del mencionado curso.



Debe entenderse, además de que el consentimiento de la jefatura

respectiva se da, porque esa oficina cuenta con personal suficiente para

hacerle frente a la ausencia temporal de la citada servidora y no requiere

de recurso humano adicional....”



Mi situación es similar a lo expuesto en la solicitud anterior, ya que

DEBO TRASLADARME DESDE MI LUGAR DE TRABAJO EN

BUENOS AIRES DE PUNTARENAS HASTA MI CENTRO DE

ESTUDIOS EN SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN. Se me dificulta

demasiado trasladarme ya que el único medio con el que cuento para

hacerlo es en autobús, aunado a lo anterior, en este cantón no se cuenta

con un servicio constante de buses y los que más se acomodan a mi

necesidad son los de la empresa Tracopa R.L. los cuales no tienen horario

fijo.



El bus en el que llego más exacto a mí hora de entrada a lecciones

pasa por Buenos Aires entre las quince horas treinta minutos o las quince

horas y cincuenta minutos. El tiempo que duran los buses en llegar a

34



Pérez Zeledón es de una hora y media, por lo que llego en la mayoría de

ocasiones después de la hora de entrada a clases. Lo anterior no ha

opacado mis deseos de superación, todo lo contrario, continuo

esforzándome para concluir mis estudios y ser una persona profesional y

preparada para brindar un mejor servicio a nuestra querida institución.



En esta ocasión quisiera solicitarles nuevamente su comprensión y

ayuda para que me sea concedido el permiso respectivo durante este mi

segundo cuatrimestre de Licenciatura; y como lo mencioné en mi anterior

solicitud, por los otros cuatrimestres siguientes a fin de no ver afectados

mis deseos de superación.



El permiso correspondiente para este cuatrimestre sería para

ausentarme del despacho aproximadamente a las 15:30 horas, los días

lunes y martes de cada semana. Estoy plenamente consciente de que

dicho permiso corresponde a dos horas por semana, pero deseo

manifestarles que me es necesario e indispensable contar con dicho

permiso para así poder llegar a recibir las clases de los cursos de Derecho

Procesal Laboral y Derecho Internacional Público, impartidos los días

lunes y martes respectivamente, ambas con hora de entrada a las cinco de

la tarde y la salida a las siete y treinta de la noche.



En este cuatrimestre que acaba de finalizar en el despacho se

tomaron las medidas pertinentes para no afectar el desempeño de los

servicios ofrecidos. Asimismo cuento con el visto bueno de mi jefe el

Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora, Juez del Juzgado Civil, Trabajo,

Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, el cual estará remitiéndoles la

nota respectiva, indicando que no tiene ninguna objeción con que se me

otorgue el mencionado permiso, ya que él es la persona más consciente de

mi desempeño y de si cumplo con mis labores aun ausentándome del

despachos



En la visita que realizó inspección judicial el desempeño con que

calificaron a la suscrita y al Despacho en general fue excelente, por lo que

estoy segura de que durante este año se mantendrá en las mismas

condiciones y de hecho se está implementando métodos para mejorar

nuestro rendimiento aún más. Por lo anterior, en el despacho hemos

logrado hacerle frente a mi ausencia.



En el Juzgado se cuenta con el personal necesario para cubrir todas

las necesidades, por lo que no se necesita de sustitución para la suscrita.

35



Además, me comprometo a mantener mi escritorio completamente al día

y de ser necesario no tengo ningún inconveniente en laboral en horario

extra para lograr mis objetivos y cumplir con todas mis obligaciones.



Considero la suscrita la posibilidad de reponer el tiempo otorgado,

en un horario posterior al horario de salida, o bien como me sea indicado

por ustedes o por mi jefe el Licenciado Jean Carlos. Este permiso al igual

que el anterior, lo solicito por el plazo de cuatro meses los cuales serían:

mayo, junio, julio y agosto, correspondientes al tiempo de duración de mi

segundo cuatrimestre en la carrera de Licenciatura en Derecho. Con la

finalidad de asistir a las lecciones de Derecho Procesal Laboral y Derecho

Internacional Público, impartidas los días lunes y martes de cada semana,

desde las cinco de la tarde a siete y treinta de la noche.



Tome en cuenta su estimable autoridad que entre Buenos Aires y

Pérez Zeledón existe un aproximado de sesenta y nueve kilómetros de

distancia, que los buses que se trasladan en dicha ruta no cuentan con

hora fija para pasar por Buenos Aires, y que dichos autobuses tardan una

hora y media para llegar a Pérez Zeledón. Y si no se me concediera dicho

permiso la suscrita no tendría la posibilidad de asistir a esos cursos ya que

si no viajo en el mencionado autobús, el próximo en salir para Pérez

Zeledón es a las cinco de la tarde.



Reitero mi agradecimiento por su comprensión y mi compromiso

con el Poder Judicial y con el servicio que se debe brindar a los usuarios.

Sinceramente consta en los resultados que el Despacho se maneja de la

mejor manera y de que mi ausencia esas dos horas por semana no afectan

las labores, y como indiqué no tengo ninguna objeción en trabajar y

esforzarme más, así sea en horario extra después del cierre de labores

diarias o bien fines de semana con el objetivo de recuperar las horas en

que no estuve laborando.



Adjunto copia de comprobante de matricula, copia del horario

correspondiente a este cuatrimestre, copia del acuerdo tomado por el

Consejo Superior y certificación expedida por el Licenciado Jorge

Barboza Álvarez, quien fue la persona asignada para impartir el curso de

Derecho Procesal Civil III, curso en el cual obtuve su autorización en el

mes de enero.



Agradezco de antemano toda la colaboración que me puedan brindar

para poder seguir con mis estudios, y a la vez seguir prestando mi

36



colaboración como Auxiliar Judicial 2 en el Juzgado ídem y para el

honorable Poder Judicial.”

-0-



En relación con la gestión anterior, en nota de 17 de mayo en curso, el



licenciado Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Coordinador del Juzgado Civil,



Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, comunicó lo siguiente:



“(…)



El principal motivo que me impulsa a suscribir esta nota, es para

manifestarles mi visto bueno y autorización con relación a la solicitud de

permiso que ha interpuesto ante sus oficios la señorita Elizabeth Fallas

Espinoza para poder retirarse los días lunes y martes de cada semana

hasta el mes de agosto incluso a las quince horas treinta minutos a efecto

de trasladarse hacia la ciudad de Pérez Zeledón a recibir lecciones de la

carrera de derecho que cursa. No omito manifestar que el Juzgado ha

tomado las previsiones necesarias para que durante la ausencia de la

señorita, no se vea afectado el buen servicio al usuario. De la misma

forma, informo que a nivel de carga de trabajo, Elizabeth se encuentra

totalmente al día, por lo que de aprobar el permiso para ausentarse dentro

de la hora indicada, no se verá amenazado el ritmo de tramitación de los

expedientes a su cargo.”

-0-



Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia: 1.) Autorizar a la



servidora Elizabeth Fallas Espinoza para que se ausente del despacho los lunes y



martes de cada semana, durante el segundo cuatrimestre del año en curso, a partir



de las 15:30 horas, a fin de que asista a lecciones en la Universidad Latina de



Costa Rica. 2.) Señalar a la señorita Fallas Espinoza que el anterior permiso se da



por tratarse de dos horas por semana y por encontrarse finalizando el grado de

37



Licenciatura en Derecho. Es entendido que deberá reponer el tiempo que ocupe en



dichas labores, a fin de mantener el trabajo al día y sin que se afecte el servicio



público a su cargo, por lo que en caso de tener que atender un asunto urgente o que



amerite su presencia no podrá abandonar el despacho. A esos efectos deberá



coordinar lo pertinente con la jefatura.



Asimismo, la servidora deberá comprobar ante el Departamento de Personal



el resultado final que obtenga del mencionado curso.



Debe entenderse, además, que el consentimiento de la jefatura respectiva se



da, porque esa oficina cuenta con personal suficiente para hacerle frente a la



ausencia temporal de la citada servidora y no requiere de recurso humano



adicional.



El Tribunal de la Inspección Judicial, Departamento de Personal y el Juzgado



Civil, Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, tomarán nota para los



fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XV



El doctor Marvin Carvajal Pérez, Director de la Escuela Judicial, en oficio



N° EJ-DIR-138-2010 de 12 de mayo en curso, informó lo siguiente:



“La Escuela Judicial dentro del plan anual aprobado para este 2010

programó la realización de tres Ciclos Iberoamericanos de

Videoconferencias, el primero de ellos dará inicio en el mes de junio

próximo y se tratará sobre “Propiedad Intelectual”.

38





Este ciclo, al igual que los otros ciclos que se programan a lo largo

del año, estará dirigido a funcionarios y funcionarias judiciales,

gubernamentales y no gubernamentales, abogados y abogadas litigantes,

estudiantes de Derecho y público en general, sin embargo, contará con la

particularidad de que nos estaremos enlazando a cinco países

latinoamericanos, desde los cuales en algunas de las fechas programadas

para las actividades, los expositores que abordarán los temas definidos

para este ciclo serán de esos países. Las fechas programadas para llevar a

cabo estas videoconferencias son 4, 11, 18 y 25 de junio de 2010, de 2:00

a 4:00 p.m., en el auditorio “Miguel Blanco Quirós”, con transmisión a

diferentes circuitos del país, adjunto remito el respectivo programa.



De acuerdo con lo anterior, se solicita aprobar la realización de

dicha actividad, así como la asistencia de los funcionarios y las

funcionarias judiciales que participarán como expositoras y asistentes,

siempre y cuando no se afecte el servicio ni se interrumpan diligencias

previamente programadas en sus respectivos despachos.”

-0-





Se acordó: Acoger la anterior solicitud, en consecuencia: 1.) Autorizar la



realización de la actividad denominada: "Ciclo de Videoconferencias sobre



Propiedad Intelectual", las que se llevarán a cabo el 4, 11, 18 y 25 de junio de este



año, en el tanto sean a partir de las 15:00 a las 17:00 horas, en el auditorio “Miguel



Blanco Quirós”, así como la participación de las servidoras y servidores judiciales



interesados en asistir y expositores también. Lo anterior en el entendido de que las



jefaturas respectivas velarán para que no se afecte el servicio público a cargo de



los que se autoriza a asistir, lo cual implica que en caso de que tengan diligencias



programadas no podrán alterar en modo alguno la fecha de su realización y



deberán atenderlas, asimismo de presentarse algún asunto urgente suspenderán su

39



participación para conocerlo.



El Departamento de Personal y la Escuela Judicial, tomarán nota para los



fines consiguientes. Se declara este acuerdo firme.



ARTÍCULO XVI



La señora Magistrada Anabelle León Feoli, Presidenta de la Sala Primera, en



correo electrónico de 15 de mayo de este año, solicitó al Departamento de Personal



el trámite de su jubilación a partir del 1° de junio del año en curso, únicamente



para fijar derecho.



En atención a lo anterior, el máster Francisco Arroyo Meléndez y la



licenciada Olga Guerrero Córdoba, por su orden, Jefe del Departamento de



Personal y Jefa interina de la Administración de Personal, en oficio Nº 035-CJ-



2010 del 18 de los corrientes, comunicaron lo siguiente:

40



ASUNTO: Solicitud de Fijar Derecho presentada por Anabelle León Feoli, cédula Nº 01-0466-0883, a

A

S

partir del 01 de junio del 2010.

U 31 de mayo del 2010 el(la) señor(a) Anabelle León Feoli habrá laborado para este Poder por espacio de

Al

27 años, 3 mes(es), 8 día (s).

TOTAL TIEMPO SERVIDO: 27 años, 3 mes(es), 8 día (s).

TOTAL TIEMPO 6 años, 7 mes(es), 21 día (s).

RECONOCIDO:

TOTAL GENERAL: 33 años, 10 mes(es), 29 día (s).

EDAD: 53 años, 6 mes(es), 2 día (s).

ÚLTIMO CARGO EN MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA, SALA

ÚLTIMO CARGO MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA, SALA

DESEMPEÑADO:

ÚLTIMO SALARIO PRIMERA

¢ 6,328,852.83

DEVENGADO:

PUESTOS DESEMPEÑADOS EN EL PERIODO DE 33.33 % DEL SALARIO DEVENGADO

MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA ¢ 2,152,581.00

SALARIO PROMEDIO: ¢ 5,702,826.41

MONTO DE JUBILACIÓN: ¢ 5,547,870.82 (97.28% del salario promedio de los veinticuatro mejores

salarios)

NORMA LEGAL: "Cálculos hechos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del

Poder Judicial 7605 (Ley Actual)."

FÓRMULA APLICADA: SALARIO PROMEDIO * Edad del Servidor = Monto de Jubilación





55 años







-0-



Se acordó: Aprobar el derecho a la jubilación de la señora Magistrada



Anabelle León Feoli y conforme lo solicitó, se deja en suspenso la fecha a partir de



la cual se acogerá a ese derecho.



El Departamento de Personal tomará nota para lo que corresponda. Se



declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XVII



En sesión de Corte Plena N° 14-10 celebrada el 17 de mayo en curso,

41



artículo XVII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:





El Consejo Superior, en sesión extraordinaria N° 38-10

(Presupuesto 2011) celebrada el 21 de abril último, artículo XVII, tomó

nota del oficio DM-830-2010 del Ministerio de Hacienda y dispuso

hacerlo de conocimiento de la Corte Plena.



El oficio del Ministerio de Hacienda que se da cuenta, literalmente dice:



“Como es de su conocimiento, como producto de la crisis financiera

internacional que con especial rigor sacudió la economía costarricense el

año anterior, misma que se tradujo en una importante caída de los

ingresos fiscales para el caso del Gobierno de la República: el Poder

Ejecutivo ha debido tomar especiales acciones en procura de controlar el

gasto público a consecuencia de lo anterior.



En el contexto anterior, me dirijo a usted en ocasión de instarle

respetuosamente, para que se sume a los esfuerzos que en materia de

control del gasto público implementa de Gobierno de la República, a

efectos de que en la formulación presupuestaria para el Ejercicio 2011,

Anteproyecto de Presupuesto de su representada, no exceda los

¢249.622,1 millones y no se incremente el gasto por la creación de plazas.



Debe considerarse sin embargo, que el monto de referencia

constituye un 8.27% de la proyección preliminar de ingresos corrientes

del Gobierno Central para el ejercicio 2011. El monto aquí comunicado

deviene de un especial esfuerzo fiscal para asignar a ese Poder de la

República los recursos que garanticen el efectivo cumplimiento de las

encomiendas establecidas a ese Órgano Judicial en la Constitucional

Política y el resto de la legislación aplicable.



No omito recordarle que el Anteproyecto de cita deberá ser remitido

a este Despacho, a más tardar el 15 de junio del presente año, conforme lo

establecido en el artículo 46 del Reglamento a la Ley de la

Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus

reformas.”

-0-



Se acordó: Tomar nota. Se declara acuerdo firme.”

-0-

42







Se dispuso: Tomar nota del acuerdo de la Corte Plena. Se declara acuerdo



firme.



ARTÍCULO XVIII



El señor Arturo Durán Barquero, Asistente Judicial de la Sala



Constitucional, en nota de 25 de marzo del año en curso, comunicó lo siguiente:



“Por medio de la presente me permito comunicarles, para los fines

correspondientes, que en el RECURSO DE AMPARO número 07-

012526-0007-CO promovido por FRANCISCO CHAVARRÍA

UMAÑA, contra DIRECTOR EJECUTIVO DEL PODER

JUDICIAL, se ha dictado el voto número 2010-05872 de las catorce

horas y treinta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diez,

cuya parte dispositiva, literalmente dice: «Se declara con lugar el recurso.

Se anula el procedimiento de ejecución seguido en contra de Francisco

Chavarría Umaña, cédula de identidad número 1-688-433, a partir de la

resolución número 1245-06 de las 10:45 horas del 17 de mayo de 2006, la

cual ordena el auto de inicio. Se condena al Estado al pago de las costas,

daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en ejecución de

sentencia de lo contencioso administrativo.”

-0-



Se dispuso: Tomar nota de la comunicación de la Sala Constitucional. Se



declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XIX



La licenciada Bernardita Madrigal Córdoba, Subdirectora del Departamento



de Planificación, presenta mediante oficio Nº 723-PLA-2010 del 4 de mayo de



2010, el informe Nº 094-EST-2010 suscrito por el máster Franklin González

43



Morales, Jefe de la Sección de Estadística, referente al movimiento de trabajo en



los despachos competentes en materia Contenciosa Administrativa durante el



2009.



El informe contiene el análisis y presentación de tres cuadros estadísticos,



sobre los principales movimientos ocurridos en los cuatro despachos judiciales



competentes en materia Contencioso Administrativa de primera instancia durante



el 2009.



Los hechos más relevantes de esta jurisdicción, se exponen de seguido:



 De previo se debe indicar, que las estadísticas consignadas no contemplan

la labor desarrollada por el Juzgado Especializado de Cobro del Estado

del Segundo Circuito Judicial de San José, al trasladarse el registro de los

asuntos asumidos por este despacho a los cuadros relacionados con la

materia Civil, en respuesta a las observaciones emitidas por la

Coordinación de la Comisión de la Jurisdicción Contencioso

Administrativa, en el sentido de que el contenido de estas demandas no

forman parte de la jurisdicción Contenciosa, tanto desde el punto de vista

estructural como de la competencia, por esta razón su seguimiento estará

disponible en la materia Civil por tratarse de procesos de tipo cobratorio.

Esta coyuntura ocasiona variaciones en los datos del presente año

respecto a las cifras consignadas en el 2008, cuando entró en vigencia el

nuevo Código Procesal Contencioso Administrativo, con el propósito de

lograr una mayor celeridad en los procesos a través de la implementación

de diversos procedimientos tales como la oralidad, la conciliación, la

aplicación de medidas cautelares; entre otros, y cuando de manera

simultánea se crearon el nuevo Juzgado Contencioso Administrativo y el

Tribunal Procesal Contencioso Administrativo; además, del mencionado

Juzgado de Cobro del Estado, todos del Segundo Circuito Judicial de San

José.

 En consecuencia, al examinar la evolución de los indicadores de Gestión

Judicial se percibe la tercer disminución anual consecutiva en la tasa de

congestión (4,1 en el 2009), con lo cual se corrobora que cada vez es

menor el esfuerzo que deben realizar estos despachos para que no existan

44



retrasos en la prestación del servicio a los usuarios, mientras que la tasa

de pendencia exterioriza su segunda baja sucesiva (50,1%) luego de

exhibir un modelo irregular a lo largo la década, en contraste con la tasa

de resolución al mostrar su tercer aumento progresivo (24,3%), aunque

los cambios asociados a este último indicador transcurrieron en forma

mucho más moderada respecto a las variaciones reflejadas por la tasa de

pendencia, siendo estos dos indicadores complementarios entre sí, a pesar

de no existir una simetría opuesta entre éstos como producto del flujo

considerable y heterogéneo de los casos reentrados y abandonados, dada

la naturaleza de los asuntos relacionados con esta materia.

 En esta ocasión los despachos contenciosos admitieron 5303 casos nuevos,

por lo que el ingreso de demandas experimentó bajas porcentuales del

84,7% y del 78,7% en comparación con las cifras registradas en el 2007 y

el 2008 respectivamente (34612 y 24862 casos), fenómeno que se

encuentra explicado en los puntos anteriores.

De esta manera, la entrada esboza su segunda reducción anual

progresiva, por lo que se interrumpe la tendencia creciente expresada por

esta variable durante el período 2002-2007, en especial durante el

cuatrienio 2004-2007.

Ahora, no se debe dejar de lado que el 92.2% de los asuntos

entrados se admiten en el Juzgado y Tribunal que operan con la nueva

legislación.

 La cantidad de procesos fenecidos en la actualidad llegó a 16717, con lo

cual finaliza el crecimiento mostrado por la resolución en el trienio 2006-

2008, a pesar del principio de una tramitación más expedita que pretende

implementar el nuevo Código Procesal Contencioso, entre otras cosas.

 El circulante al finalizar el 2009 acumuló 34413 expedientes en esta

materia, por lo que la pendencia registra -al igual que la entrada- su

segunda baja de manera sucesiva, posterior a una serie de cambios

tendientes -en términos generales- al aumento desde el 2002.

Estas disminuciones también obedecen a la entrada en vigencia del

nuevo Código Procesal Contencioso, además de la ausencia de los

registros correspondientes al Juzgado de Cobro del Estado, por los

motivos expuestos anteriormente.

En torno a la variable circulante, se debe advertir el aumento que

sufre éste tanto en el Juzgado como el Tribunal Contencioso nuevos, el

primero aumenta en 722 asuntos (50.1%) y el segundo en 1156 (96.7%).

 Finalmente, el número de sentencias dictadas en esta jurisdicción presentó

su segundo crecimiento de manera continua al fallarse 6518 casos en esta

oportunidad.

No obstante, se debe señalar que la variación más significativa se

45



evidenció con la implementación de la nueva legislación en el 2008 (2254

vs 6358 asuntos), dado que el alza actual tan solo supera en 160

disposiciones a la cifra consignada en ese último año.



Se acordó: 1) Tener por rendido el informe sobre el movimiento de trabajo



ocurrido en los cuatro despachos judiciales competentes en materia Contencioso



Administrativa de primera instancia durante el 2009, elaborado por la Sección de



Estadística del Departamento de Planificación; y ordenar su publicación en



Intranet. 2) Reconocer al personal profesional y auxiliar de estos despachos, la



atención que han tenido en la tramitación de esta materia, el esfuerzo realizado



para la implementación de los nuevos procedimientos establecidos en el Código



Procesal Contencioso, tales como la oralidad, la conciliación, la aplicación de



medidas cautelares, entre otros; y que han venido a incidir positivamente en el



trámite de estos procesos, lo cual se ha visto reflejado en el continuo aumento de



su tasa de resolución; por lo que se les insta a seguir mejorando el desempeño y



que implementen aquellas “buenas prácticas” que coadyuven a reducir el circulante



y agilizar su gestión, en procura de un mejoramiento continuo en el servicio que se



brinda a las personas usuarias.



ARTÍCULO XX



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la



Inspección Judicial, en oficio N° 1264 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de

46



lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:



No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION

FUNCIONARIO FINAL

06-000032-031-IJ Lic. Luis Gustavo Auxiliar de Servicios Generales de la Sin lugar*

Ortega Álvarez Unidad Administrativa Regional de Pérez

Zeledón

08-000922-031-IJ Licda. Yulieth Jueza Penal de Puntarenas y Jueza Penal Sin lugar*

Jiménez Torrentes y de Turno Extraordinario de Puntarenas

Licda. Marjorie respectivamente.

Álvarez Morales.

09-000176-031-IJ Heiner Cortés Oficial de Investigación de la Unidad de Sin lugar*

Carrera Robos del O.IJ.

09-000320-031-IJ Wilson Chonkan Los dos primeros jueces de los Sin lugar*

Chan, Gerardo Tribunales de Nicoya y el último juez del

Alfaro Vargas y Tribunal Penal de San José

Jorge Esteban Pérez

Cedeño

09-000524-031-IJ Shirley Porter Mata Administradora de la Unidad Se desestima*

Administrativa de Pococí

09-000579-031-IJ Licda. Yulieth Jueza Penal de Puntarenas Sin lugar*

Jiménez Torrentes

09-000894-031-IJ Steven Taylor Organismo de Investigación Judicial de Se desestima*

Hernandez Heredia

*No tienen solicitud de desestimación”



-0-



Se acordó: 1.) Tener por recibido el informe N° 1264-2010 referente al



listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la Inspección



Judicial. 2.) Anular la resolución N° 216-2010 y reenviar el expediente N° 09-



000894-031-IJ al Tribunal de la Inspección Judicial, dado que conforme lo ha



señalado este Consejo, la circunstancia de que el encausado ya no labore para la



institución, no debe limitar el trámite ni la resolución del procedimiento, siendo

47



que lo que se resuelva se consignará en el expediente personal del ex servidor.



La Magistrada Villanueva Monge y la licenciada Conejo Aguilar votaron por



anular la resolución N° 1139-2009 y devolver el expediente N° 06-000032-031-IJ,



de conformidad con el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por



considerar que lo resuelto en sede penal, para el caso concreto, difiere de lo que



eventualmente se puede sancionar, dadas las circunstancias, en la vía



administrativa, tal y como lo estableció el a quo en su voto de minoría.



ARTÍCULO XXI



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la



Inspección Judicial, en oficio N° 1271 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de



lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:



No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION

FUNCIONARIO FINAL

09-000170-031-IJ LICDA. ARLETTE BRENES JUEZA DE TRABAJO DEL II SIN LUGAR

RUIZ CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE

09-000230-031-IJ JUZGADO PENAL DE ARCHIVAR

TURNO

EXTRAORDINARIO DEL II

CIRCUITO JUDICIAL DE

SAN JOSE

09-000356-031-IJ LUIS FERNANDO UMAÑA PROFESIONAL DE LA SECCION DE SIN LUGAR

UGALDE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

DEL DEPARTAMENTO DE

SERVICIOS GENERALES

09-000375-031-IJ LIC. RODRIGO CALVO JUEZ CIVIL DE SANTA CRUZ SIN LUGAR

48



SANCHEZ

09-000392-031-IJ LICDA. SHIRLEY UGALDE JUEZA PENAL DE SAN JOSE DESESTIMAR

OROZCO

09-000433-031-IJ MARLON POYSER FISCALES AUXILIARES DE SIN LUGAR

WATSON Y OTRA GOLFITO

09-000437-031-IJ LICDA. LIANA MATA JUEZA DE VIOLENCIA SIN LUGAR

MENDEZ DOMESTICA DE PEREZ ZELEDON

09-000485-031-IJ LIC. RICARDO ALVAREZ JUEZ QUINTO CIVIL DE MAYOR ARCHIVAR

TORRES Y OTROS CUANTIA DE SAN JOSE

09-000515-031-IJ ERICK TENORIO ROJAS AUXILIAR JUDICIAL DEL SIN LUGAR

JUZGADO DE PENSIONES

ALIMENTARIAS Y VIOLENCIA

DOMESTICA DE ESCAZU

09-000527-031-IJ LICDA. SIRIA CARMONA JUEZA CONTENCIOSO ARCHIVAR

CASTRO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE

HACIENDA

09-000591-031-IJ VICTOR HIDALGO NOTIFICADOR DEL JUZGADO SIN LUGAR

RODRIGUEZ CONTRAVENCIONAL Y DE

MENOR CUANTIA DE ESCAZU

09-000602-031-IJ LIC. RODOLFO VÁSQUEZ JUEZ AGRARIO DE SAN CARLOS DESESTIMAR

VÁSQUEZ

09-000614-031-IJ IGNORADO ARCHIVAR

09-000718-031-IJ LIC. JOSE ALEXANDER JUEZ SUPERNUMERARIO DE LA SIN LUGAR

VARGAS ESPINOZA PRESIDENCIA DE LA CORTE

09-000723-031-IJ JUZGADO DE PENSIONES ARCHIVAR

ALIMENTARIAS DE

NICOYA

09-000795-031-IJ LICDA. VIVIAN COLES JUEZA DEL TRIBUNAL PENAL DE SIN LUGAR

CALDERON DESAMPARADOS

09-000831-031-IJ IGNORADO ARCHIVAR”

-0-

Se acordó: Tener por recibido el oficio N° 1271 -2010 del 06 de mayo del



2010, referente al listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la



Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la Ley



Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones finales



emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio de cita, no



encuentra este Consejo, que en ninguna de ellas concurran las causales de nulidad



prevista en el artículo 210 ibídem, sin embargo por haberse constatado que la

49



causa seguida en el expediente N° 09-000356-031-IJ, contra el servidor Luis



Fernando Umaña Ugalde, Profesional de la Sección de Arquitectura del



Departamento de Servicios Generales, se archivó por haber prescrito la potestad



disciplinaria, se solicita al Tribunal de la Inspección Judicial que informe a este



Consejo, los motivos que existieron para que se atrasara la resolución de la causa



anteriormente mencionada, lo que provocó su prescripción.



ARTÍCULO XXII



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la



Inspección Judicial, en oficio N° 1266 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de



lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:





“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION

FUNCIONARIO FINAL

08-000170-031-IJ LIC. ISRAEL JAEN FISCAL DE BRIBRI SIN LUGAR

CAMBRONERO

08-000798-031-IJ ALVARO CESPEDES AUXILIAR SIN LUGAR

MYRIE SUPERNUMERARIO DE LA

SUB-UNIDAD

ADMINISTRATIVA REGIONAL

DE GUAPILES

08-000818-031-IJ ANA BEATRIZ JEFE DEL DEPARTAMENTO SIN LUGAR

MENDEZ ALVARADO DE SERVICIOS GENERALES

08-000902-031-IJ LICDA. VIVIANA JUEZA DE MENOR CUANTIA ARCHIVAR

EUGENIA SALAS DE SAN CARLOS

HERNANDEZ

08-000987-031-IJ SIGIFREDO SANCHEZ OFICIAL DE INVESTIGACION SIN LUGAR”

CERDAS DE LA SECCION

50



ESTUPEFACIENTES DEL O.I.J.

-0-



Se acordó: 1.- Tener por recibido el Informe N° 1266-10 del Tribunal de la



Inspección Judicial referente al listado de las resoluciones dictadas por el Tribunal



de la Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la



Ley Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones



finales emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio de cita, no



encuentra este Consejo, que en ninguna de ellas concurran las causales de nulidad



prevista en el artículo 210 ibídem, sin embargo respecto a la causa seguida en el



expediente N° 08-000818-031-IJ, contra la servidora Ana Beatriz Méndez



Alvarado, Jefa del Departamento de Servicios Generales, se archivó por haber



prescrito la potestad disciplinaria, por lo que se solicita al Tribunal de la



Inspección Judicial informe a este Consejo, los motivos que existieron para que se



atrasara la resolución de la causa anteriormente mencionada, lo que provocó la



prescripción de la misma.



ARTÍCULO XXIII



En sesión N° 7-10 celebrada el 26 de enero del año en curso, artículo LXXIV,



se conoció la nota suscrita por la máster Lucrecia Chaves Torres, Jefa de la



Sección Administrativa de la Carrera Judicial, en la que consultó si la plaza



extraordinaria N° 359623, perteneciente al Juzgado de Ejecución de la Pena de San

51



José, seguiría siendo destacada en el Juzgado de Ejecución de la Pena del Primer



Circuito Judicial de Alajuela, tal y como venía funcionado el año anterior, a esos



efectos este Consejo dispuso que previamente a resolver lo que correspondiera



remitir la gestión de la máster Chaves Torres al Departamento de Planificación,



para que a la brevedad indicara si se mantenían las mismas condiciones que



justificaron el traslado de la citada plaza al Juzgado de Ejecución de la Pena de



Alajuela, e informara a este Consejo.



La licenciada Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de



Planificación, presenta mediante oficio Nº 607-PLA-2010 del 8 de abril de 2010, el



informe Nº 014-PI-2010-B suscrito por el Máster Andrés Méndez Bonilla, Jefe de



la Sección de Proyección Institucional, referente a “determinar si se mantienen



las condiciones que en su momento justificaron el traslado de una plaza de



Juez y otra de Auxiliar Judicial del Juzgado de Ejecución de la Pena del I



Circuito Judicial de San José a su homólogo del I Circuito Judicial de



Alajuela.”



El informe contiene las siguientes conclusiones y recomendaciones, las



cuales fueron puestas previamente en conocimiento de la Máster Leda Corrales



Barboza, Jueza Coordinadora del Juzgado de Ejecución de la Pena de San José y



del Licenciado Marino Sagot Somarribas, Juez Coordinador del Juzgado de

52



Ejecución de la Pena de Alajuela; quienes emitieron una serie de observaciones,



que fueron consideradas en el estudio.



“(...)

IV. CONCLUSIONES



4.1. Mediante oficio 082-PLA-PI-2009, se recomendó la asignación en forma

ordinaria de una plaza de Juez 2 y una de Auxiliar Judicial 2 para el

Juzgado de Ejecución de la Pena del I Circuito Judicial de San José.

Asignación de recurso que fue aprobada por el Consejo Superior en

sesión 38-09, Artículo III.



4.2. En sesión del Consejo Superior Nº 046-09, artículo XXVIII, se consideró

conveniente que transitoriamente el Juzgado de Ejecución de la Pena de

Alajuela utilizara las plazas extraordinarias de Juez y de Auxiliar Judicial

asignadas a su homólogo de San José, para atender asuntos de la Ley de

Penalización de la Violencia Doméstica contra las Mujeres.



4.3. Por razones de recorte presupuestario, el Consejo Superior en la sesión N°

50-09, celebrada el doce de mayo del 2009, acordó efectuar un recorte en

el presupuesto del Poder Judicial, dejando para futuros presupuestos

algunas de las plazas dadas en forma ordinaria y extraordinaria para el

2010, entre las plazas recortadas se encuentran las otorgadas en forma

ordinaria para el Juzgado de Ejecución de la Pena del Primer Circuito

Judicial de Alajuela, según conclusión 3.2. anterior.



4.4. En sesión 73-09, artículo XLVIII, el Consejo Superior dispuso mantener

las plazas de Juez 2 y Auxiliar Judicial 2 en el Juzgado de Ejecución de la

Pena del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hasta tanto finalice el

informe integral que está realizando el Departamento de Planificación

sobre los Juzgados de Ejecución de la Pena a nivel nacional.



4.5. De acuerdo al análisis de cargas de trabajo generales de ambos Juzgados,

se logra concluir que el Juzgado de Alajuela tiene alrededor de un 200%

más de asuntos entrados que su homólogo de San José, de igual forma

logra terminar mayor cantidad de asuntos, siendo interesante observar que

los niveles de circulante son similares en ambos despachos. En este

mismo sentido, debe indicarse que el Juzgado de San José muestra un

buen nivel de asuntos terminados en relación con los entrados, similar

situación se logra observar en su homólogo de Alajuela.

53





4.6. Al llevar a cabo un análisis de carga de trabajo de asuntos entrados por

Juez y por Auxiliar Judicial, se concluye que con el personal ordinario el

Juzgado de San José muestra niveles de carga de trabajo por debajo de los

parámetros establecidos de 60 asuntos por Juez y 50 por Auxiliar Judicial,

mientras que su homólogo de Alajuela igualmente considerando

únicamente personal ordinario supera esos parámetros. Por otro lado, al

considerar las plazas extraordinarias asignadas por Ley de Penalización

de la Violencia Doméstica contra las Mujeres para ambos despachos, el

Juzgado de San José, al contar con mayor personal presenta niveles

siempre por debajo del parámetro establecido y el de Alajuela con la

utilización de esas plazas, por Juez siempre supera el parámetro, pero por

Auxiliar Judicial se establece dentro de éste. Finalmente, al considerar el

préstamo de plazas extraordinarias del Juzgado de Ejecución de la Pena

de San José a su homólogo de Alajuela, los niveles de asuntos entrados

por Juez y por Auxiliar Judicial muestran niveles de 48 y 22 asuntos

respectivamente, siempre por debajo del parámetro y el Juzgado de

Alajuela muestra 64 asuntos por Juez y 43 asuntos por Auxiliar, lo cual

aliviana en alguna medida la carga de trabajo y se ubica por Juez casi en

el parámetro establecido, mientras que por Auxiliar Judicial siempre por

debajo.



4.7. El Juzgado de Ejecución de la Pena del I Circuito Judicial de San José,

tiene a su haber la administración de una base de datos nacional en

relación con sentencias y expedientes en la materia, tareas a cargo de los

Auxiliares Judiciales de ese despacho, que conforme la carga de trabajo

analizada, se concluye que pueden atender esa demanda de trabajo, sin

que por ello, se esté menoscabando la gestión propia del Juzgado.



4.8. Al llevar a cabo un análisis de centros y población penitenciaria a los

cuales se presta atención por parte de cada Juzgado, se logra constatar que

ambos Juzgados atienden 10 Centros y Oficinas. En este sentido, el

Juzgado de Alajuela cubre una población de 5478 personas, mientras que

su homólogo de San José presta atención a 4300 personas, con lo cual el

Juzgado de Alajuela supera al de San José en un 27% en cuanto a la

atención de población penitenciaria.



4.9. En relación con el estudio integral de Juzgados de Ejecución de la Pena al

cual se hace alusión, se concluye que el se ha venido atendiendo

paulatinamente, conforme la política presupuestaria establecida por la

Corte Plena para el 2010 y 2011, de forma tal que se han llevado a cabo

54



análisis integrales en los Juzgados de Ejecución de la Pena de Alajuela y

de Limón y están en proceso análisis en Heredia y en Puntarenas, con lo

cual se logra cubrir un 80% de los despachos de este tipo, quedando

pendiente únicamente el de San José y el de Liberia que inició funciones

recientemente pero que al analizar el de Puntarenas, se tomará en

consideración, en razón de que el de Puntarenas era el que atendía

anteriormente la zona de Guanacaste.



4.10. Es del caso indicar que está en proceso, el informe mediante el cual se

analiza en forma integral la continuidad para el 2011, de las plazas

asignadas a los Juzgados de Ejecución de la Pena del país para atender la

Ley de Penalización de Violencia Contra Las Mujeres, informe que se

remitirá en su oportunidad al ente superior.

V. RECOMENDACIONES



5.1. De conformidad con lo expuesto anteriormente, es criterio de este

despacho que la plaza de juez/a 2 y de auxiliar judicial 2 asignadas al

Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, en forma extraordinaria

para prever el impacto de la Ley de Penalización de la Violencia

Doméstica contra las Mujeres, continúen en calidad de préstamo por el

2010 en el Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela, en vista de que

se estima que las cargas de trabajo de ese despacho lo ameritan y se

lograría una mejor utilización de los recursos, considerando que el

Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, puede atender su carga de

trabajo con el personal que tiene en la actualidad. Lo anterior, salvo que

tal y como se indicó en informes anteriores en cuanto al tema; que en

razón del impacto de la Ley de Penalización de la Violencia Doméstica

contra las Mujeres, objetivo por el cual se asignó el recurso, sea necesario

disponer de las plazas en el Juzgado de Ejecución de la Pena de San José,

por tanto el traslado sigue siendo transitorio.”

-0-



Se acordó: 1) Tener por recibido el informe Nº 607-PLA-2010 del



Departamento de Planificación y acoger sus recomendaciones; en consecuencia, se



dispone mantener por el resto del presente año, en el Juzgado de Ejecución de la



Pena de Alajuela, la plaza de juez/a 2 y la de auxiliar judicial 2 que fueron

55



asignadas al Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, en forma extraordinaria



para prever el impacto de la Ley de Penalización de la Violencia Doméstica contra



las Mujeres, y que se ha venido cediendo en calidad de préstamo a su homólogo de



Alajuela. 2) Dejar constancia de que este tema fue resuelto en la sesión 41-10 del



28 de abril de 2010, artículo II de este Consejo para el Proyecto de Presupuesto del



2011, en la cual se dispuso: “...2) Que todas las plazas que actualmente se



mantienen en forma extraordinaria para la aplicación de la Ley de



Penalización de la Violencia contra las Mujeres, continúen en forma



extraordinaria para el 2011.”



La Magistrada Villanueva Monge además vota en el sentido de solicitar al



Departamento de Planificación que de acuerdo con la entrada en vigencia de la Ley



de Penalización de la Violencia Doméstica contra las Mujeres, analice la



organización de esos Juzgados y determine la necesidad de que las plazas creadas



para la Ley de Penalización que se han destinado a los despachos donde no ha



aumentado el trabajo por aplicación de la normativa, cumplan su finalidad.



El Departamento de Planificación tomará nota para lo que corresponda.



ARTÍCULO XXIV



Con oficio N° 780-PLA-2010 de 13 de mayo en curso, la licenciada



Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de Planificación remitió

56



el informe N° 103-EST-2010, suscrito por el máster Franklin González Morales,



Jefe de la Sección de Estadística, sobre la labor efectuada en el Tribunal de



Casación en Materia Penal Juvenil durante el 2009, el cual literalmente dice:



“TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL JUVENIL



Los aspectos de mayor relevancia, producto de la labor realizada por este

Tribunal, se describen a continuación:



 En el último decenio, con excepción de los años 2000, 2001 y 2004, la

entrada a este Tribunal ha superado los 100 asuntos anuales. Además, en

los tres últimos años el volumen de casos ingresados se ha mantenido

estable y su promedio se encuentra en alrededor de los 123 asuntos.



 En el 2009, del Juzgado Penal Juvenil de San José es de donde proviene la

mayor cantidad de recursos de casación que ingresan al Tribunal, siendo

los delitos contra la vida los de más incidencia.



 Del cálculo de los indicadores de gestión judicial se desprende que la tasa

de congestión durante el 2009 es la más baja registrada en la última

década, lo que deja entrever que el Tribunal trabaja casi al día; por su

parte, la tasa de resolución es consistente al alcanzar más de un 90% en el

2009 y se constituye en la más alta del último decenio.



 Los casos terminados, alcanzan su punto más alto del decenio en el 2003

con 201 asuntos. En el 2009, se revierte una tendencia descendente al

alcanzar los 136 asuntos resueltos, 20 más que el año anterior.



 La existencia al finalizar llega a los 15 asuntos, un nivel bajo, producto de

haber resuelto más asuntos que los entrados; no obstante, de haber tenido

un nivel resolutivo similar al del 2005 o 2006, el circulante al finalizar

sería prácticamente nulo.



 La duración promedio en el 2009 llega a un mes tres semanas, una semana

más que el año anterior, lo cual es consecuencia del trámite dado a

asuntos de más vieja data.



 Por primera vez se calcula la duración promedio, según tipo de voto de

57



fondo, en ese sentido, los asuntos con lugar duran lo mismo que la

duración promedio; los parcialmente con lugar dos meses y una semana y

los sin lugar un mes y tres semanas.



I. INDICADORES DE GESTIÓN



La tendencia seguida por los indicadores de la gestión judicial, a saber:

tasa de congestión1, pendencia y resolución2, desarrollada por este

Tribunal en los últimos diez años se desglosa a continuación:



200 200

VARIABLES 2000 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

1 2

Circulante al inicio 9 38 86 132 43 33 28 25 15 25

Casos entrados 86 94 128 112 92 158 147 118 126 125

Casos reentrados 0 0 0 0 10 1 0 0 0 1

Casos salidos 57 46 82 201 112 164 150 128 116 136

Circulante al finalizar 38 86 132 43 33 28 25 15 25 15



200 200

INDICADORES 2000 1 2 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Tasa de congestión 1.67 2.87 2.61 1.21 1.29 1.17 1.17 1.12 1.22 1.11

Tasa de pendencia 40.0 65.2 61.7 17.6 22.8 14.6 14.3 10.5 17.7 9.9

Tasa de resolución 60.0 34.8 38.3 82.4 77.2 85.4 85.7 89.5 82.3 90.1





En el gráfico que de seguido se presenta, se puede observar que

después de que la tasa de congestión alcanzó el valor más alto del último

decenio en el 2001, ha venido descendiendo aún y con las fluctuaciones

en los años intermedios hasta ubicarse en el 2009 en 1.11, valor que se

constituye en el más bajo del período de análisis. Este valor indica que en

el 2009 el Tribunal debió tramitar 1.11 veces más casos de los que se

1

Esta tasa determina el grado de saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario

se ha aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno), existe congestión en

un Juzgado, materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno), no registra

congestión, por lo que se le ha dado trámite en el período a todos los casos ingresados y pendientes;

esto significa que no tiene casos pendientes para el año siguiente.

2

Tanto la tasa pendencia o asuntos pendientes como la resolución en realidad son porcentajes puros y

simples. Con la primera se refiere a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser tramitados o

bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por terminado. Por su parte, la resolución va a

indicar cuántos de los expedientes que estaban de la carga de trabajo se les dio término.

58



pudo resolver para que la congestión fuera nula.



Gráfico Nº 1

Tendencia histórica anual de la tasa de congestión calculada para el

Tribunal de Casación Penal Juvenil para el período

2000 - 2009



3,1 2,87

2,8 2,61

2,5

T

A 2,2

S 1,9

A

1,6 1,67

1,21 1,29

1,3 1,17 1,17 1,22 1,11

1,12

1

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.









La tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es

de 100%, debido a que un asunto o esta pendiente o resuelto.



Por primera vez en estos últimos diez años, la tasa de resolución en

el 2009 supera el 90% y por ende la de pendencia baja del 10%, lo que

demuestra un mejor rendimiento, lo cual repercute en beneficio del

usuario.

59





Gráfico Nº 2

Tendencia histórica anual de las tasas de pendencia y resolución

calculadas para el Tribunal de Casación Penal Juvenil para el

período 2000 - 2009



100 90,1

85,4 85,7 89,5 82,3

82,4

P 77,2

O 80

R 65,2 61,7

60,0

C 60

E

Pendientes Resolución

N

T 40

A 40,0 34,8 38,3 17,6 22,8

J 14,6 14,3 17,7

E

20 10,5 9,9



0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.





De seguido, se presenta el resultado de la exploración estadística de

las principales variables estadísticas.



II. CASOS ENTRADOS



2.1 Patrón general



Para el decenio 2000-2009, los casos entrados han tenido un

comportamiento fluctuante, pues se han tenido variaciones crecientes y

decrecientes durante este período. La excepción se presenta en los tres

últimos años, en que se advierte cierta estabilidad. Así, en el 2009 la

entrada fue de 125 asuntos, uno menos que el año anterior y quince más

que el 2007, lo que evidencia lo comentado, tal y como se observa en el

siguiente gráfico:

60





Gráfico Nº 3

Comportamiento histórico de la carga de trabajo y del número de

casos entrados en el Tribunal de Casación Penal Penal Juvenil

2000 - 2009



300

244 Carga de trabajo Casos entrados

250

214

C 200 192 175

A 145 151

132 143 141

S 150

O 95 158

147

S 100 128 118 126 125

112

94 92

50 86



0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación







Por su parte, la carga de trabajo (casos entrados, más reentrados,

más el circulante al inicio) sigue una tendencia similar o paralela a la de

los casos entrados durante toda la década.



2.2 Entrados por tipo de asunto



En comparación con el 2008, los recursos de casación disminuyen,

mientras que los de revisión se incrementan; no obstante, el peso relativo

de los primeros sigue siendo alto, en vista de que constituyen el 86.4% de

lo entrado, mientras las revisiones un 12.8%.

61





Gráfico N°4

Distribución de los casos entrados por tipo de asunto

ingresado en el Tribunal de Casación Penal Juvenil durante

el 2008-2009

108

Recurso de casación

114

Tipo de asunto









Procedimiento de 16

revisión 11 2009

2008

1

Competencia

1



0 20 40 60 80 100 120



Número de casos

Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación





2.3 Casaciones entradas por despacho de procedencia.



Durante el 2009, del Juzgado Penal Juvenil de San José es de donde

proviene el 21.3% de de las casaciones ingresadas al Tribunal,

constituyéndose en el de mayor participación; sin embargo, disminuye su

volumen en comparación con el año anterior que fue de 48 asuntos y

ahora es de 23; es decir, se reduce en casi la mitad.



2.4 Casaciones entradas por delito



En este apartado se han conjuntado de acuerdo con la familia del

delito aquellos recursos de casación ingresados en el transcurso del 2009.

De esta forma, se determina que un 36.1% corresponde a delitos contra la

vida, un 28.7% contra la propiedad y un 20.4% a delitos sexuales, lo que

al sumarlo registra un 85.2%. El restante 14.8% le concierne a otros tipos

de delito.

62





Gráfico N°5

Distribución porcentual del número de casaciones entradas a Tribunal de Casación por

titulo de delito para el 2009

(TOTAL: 108 casaciones)

Otros delitos

Contra la vida

14,8%

36,1%







Delitos sexuales

20,4%









Contra la propiedad

28,7%

Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación







III. CASOS TERMINADOS



3.1 Patrón general





Tal y como se muestra en el siguiente gráfico, los casos terminados

a lo largo del decenio han tenido un comportamiento fluctuante, donde en

el 2003 alcanza el mayor volumen con 201 asuntos resueltos. Es

importante destacar el descenso en el nivel resolutivo en el período 2005-

2008, cuya variación relativa negativa es de 29.3%, dejando la

incertidumbre de que si se hubiese mantenido el volumen de resoluciones

de años anteriores el circulante al finalizar sería nulo. En el 2009, se

invierte la tendencia descendente apuntada anteriormente y se logran

terminar 20 asuntos más que en el año anterior, alcanzando un incremento

porcentual de 17.2%.

63





Gráfico Nº 6

Comportamiento histórico del número de casos terminados en el

Tribunal de Casación Penal Juvenil 2000 - 2009



220

200 201

180 164

150

C 160 136

A 140 128

116

S 120

O 100 82

112

S 80 57

60 46

40

20

0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

ANO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación







3.2 Votación de fondo



Los votos de fondo están constituidos por los recursos de casación,

revisión y de queja que han sido catalogados “con o sin lugar”. En el

siguiente gráfico se determina que el 94.9% de los casos terminados (136)

corresponden a votos de fondo, de ellos un 92.2% se refieren propiamente

a los recursos de casación, mientras que el 7% a los de revisión y

solamente un 0.8% a los de queja.

64





Gráfico N°7

Distribución porcentual de los casos terminados en el Tribunal de

Casación ubicado en el II Circ.Jud. de San José en materia Penal

juvenil durante el 2009



En quejas

0.8%



En revisiones

No de fondo Por el fondo 7.0%

5,1% 94.9%

En

casaciones

92.2%









Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación







3.3. Casaciones votadas por el fondo



En el siguiente desglose se puede apreciar la serie completa, para

el último decenio, de los recursos de casación votados por el fondo,

donde en la mayoría de los años, los recursos catalogados “con lugar” son

los de más incidencia; no obstante, en los dos últimos años al agregarle

los votos “parcialmente con lugar” a los “con lugar” hace que el valor

relativo sea similar y se ubique en alrededor del 52%.



Recursos de Casación votados

Volumen por tipo Proporción

Año

Con lugar Sin Con lugar (parcial Sin

Total Con lugar

Parcial lugar y total) lugar



---

2000 49 35 14 71.4% 28.6%

---

2001 31 23 8 74.2% 25.8%

---

2002 66 32 34 48.5% 51.5%

2003 90 53 --- 37 58.9% 41.1%

2004 81 44 --- 37 54.3% 45.7%

65



2005 148 82 --- 66 55.4% 44.6%

2006 127 52 --- 75 40.9% 59.1%

2007 104 38 --- 66 36.5% 63.5%

2008 94 46 3 42 52.1% 47.9%

2009 119 52 11 56 52.9% 47.1%



IV. CASOS EN TRÁMITE AL FINALIZAR



Luego de la fuerte entrada de asuntos en el 2002 y que generó un

alza importante en el circulante al finalizar, los casos en trámite han

venido en descenso y para el 2009 se ubican en 15 asuntos pendientes,

valor que se constituye junto con el del 2007, en el volumen más bajo

registrado en el decenio bajo análisis, lo que implica que el Tribunal ha

realizado un esfuerzo por mantener nivel resolutivo notable, lo que se

constituye en un hecho favorable para los usuarios.





Gráfico N° 8

Tendencia histórica anual del número de casos penales juveniles en

trámite al finalizar del Tribunal de Casación Penal para el período

2000-2009







140 132



120

Número de casos.









100 86

80

60

38 43

40 33

28 25 25

15 15

20

0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Años

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de

Planificación





V. PROMEDIO DE DURACIÓN

66



En comparación con el período anterior, la duración promedio de los

votos de fondo durante el 2009 se ve incrementada en una semana, al

registrar un tiempo de un mes con tres semanas, siendo los votos “con

lugar” y “sin lugar” los de mayor trascendencia.





RECURSOS

TRIMESTRE DURACIÓN PROMEDIO

VOTADOS





TOTAL 119 1 mes 3 semanas



Enero-Marzo 36 2 meses 0 semanas

Abril-Junio 26 2 meses 2 semanas

Julio-Setiembre 26 1 mes 2 semanas

Octubre-Diciembre 31 1 mes 1 semana





El tiempo de duración obtenido está determinado por el tiempo que

tienen los expedientes de haber ingresado al despacho y el de votación.

Así, del siguiente desglose se establece que aproximadamente siete de

cada diez votos tienen un tiempo transcurrido de un mes o menos.



Número de casos

Tiempo transcurrido

2008 2009





TOTAL 94 119



1 a 7 días 3 9

8 a 14 días 10 17

15 a 21 días 13 19

22 a 29 días 14 22

1 mes 16 17

2 meses 26 11

3 meses 4 5

4 meses 5 3

5 meses 2 8

6 meses --- 3

67



7 meses --- 3

8 meses 1 ---

9 meses --- 1

10 meses --- 1





No menos importante el hecho de que durante el 2009 se calcula por

primera vez la duración promedio por tipo de recurso de fondo, así las

cosas se tiene que los asuntos con lugar registran 1 mes y 3 semanas, los

parcialmente con lugar 2 meses y 1 semana y los sin lugar 1 mes y 3

semanas.”

-0-



Se acordó: 1) Tener por rendido el informe N° 780-PLA-2010 del



Departamento de Planificación, sobre la labor efectuada en el Tribunal de Casación



en Materia Penal Juvenil durante el 2009". 2) Reconocer el esfuerzo realizado por



el personal del Tribunal analizado, por cuanto se encuentra al día respecto a su



gestión, y la tasa de congestión durante el 2009 es la más baja registrada en la



última década, lo que deja entrever que esa oficina trabaja casi al día, así como que



la tasa de resolución es consistente al alcanzar más de un 90% en el 2009, siendo la



más alta del último decenio. 3) Instar a la oficina sujeta de análisis, para que



mantenga su buen desempeño.



ARTÍCULO XXV



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la



Inspección Judicial, en oficio N° 1279 de 10 de mayo en curso, en cumplimiento



de lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,

68



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:





“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCI

FUNCIONARIO ON FINAL

10-000035-031- IGNORADO RECHAZAR

IJ DE PLANO

10-000047-031- LIC. EUGENIO JUEZ CIVIL DE MAYOR RECHAZAR

IJ MOLINA SEQUEIRA CUANTIA DE SAN CARLOS DE PLANO

10-000103-031- JUZGADO PENAL DE DESESTIMA

IJ HEREDIA R

10-000195-031- JUZGADO CIVIL DE RECHAZAR

IJ HEREDIA DE PLANO

10-000243-031- JUZGADO CIVIL DE RECHAZAR

IJ SANTA CRUZ DE PLANO”

-0-

Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio N° 1279-2010 del 10 de mayo del



2010, referente al listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la



Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la Ley



Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones finales



emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio referido, no



encuentra este Órgano, que en alguna de ellas concurran las causales de nulidad



prevista en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente



al citado Tribunal. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XXVI



Con oficio N° 737-PLA-2010 de 10 de mayo en curso, la licenciada



Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de Planificación remitió

69



el informe N° 097-EST-2010, suscrito por el Máster Franklin González Morales,



Jefe de la Sección de Estadística, relacionado con el trabajo efectuado en los



Tribunales de Casación Penal durante el 2009; además, se hace un análisis



pormenorizado de lo acaecido durante la última década, el cual literalmente dice:



“TRIBUNALES DE CASACIÓN PENAL



De seguido se describen los aspectos más relevantes, producto de la

información estadística obtenida de la década y en particular durante el

2009:



 De manera general, en los últimos diez años los casos entrados han

experimentado una tendencia al crecimiento, pues han pasado de 808

asuntos a principios del decenio a 2290 en el 2009.



 Los recursos de casación se convierten en el tipo de asunto de mayor

ingreso, pues se constituyen en aproximadamente dos terceras partes de

los asuntos entrados.



 Las casaciones entradas por delitos sexuales son las de mayor incidencia,

en vista de que aproximadamente tres de cada diez son de este tipo de

delito.



 El crecimiento relativo de los casos terminados en estos últimos diez años

ha sido de 178.7% al pasar de 780 en el 2000 a 2174 en el 2009.



 La existencia al finalizar el 2009 alcanza los 504 expedientes repartidos

en los diferentes tribunales; no obstante, es importante señalar que en

comparación con el año anterior se dio un crecimiento, cuya variación

relativa es de 34.8%, sea el más significativo desde la entrada en

funcionamiento de estos tribunales.



 La duración promedio general llega a los “dos meses tres semanas”, una

semana más que el año anterior, lo cual es consecuencia de la tramitación

de una menor proporción de asuntos menores a los tres meses.



 Es importante destacar que por primera vez se elabora la duración

70



promedio por tipo de voto, los asuntos con lugar registran tres meses, los

con lugar parcial dos meses y una semana y los sin lugar dos meses y tres

semanas.



I. INDICADORES DE GESTIÓN



Los indicadores utilizados para analizar la gestión judicial son: tasa de

congestión1, tasa de pendencia y tasa de resolución2.



En la tabla y gráficos siguientes se puede apreciar la evolución de estos

indicadores en el último decenio.



VARIABLES 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009



Circulante al inicio 166 194 302 451 433 317 221 266 273 374



Casos entrados 808 883 917 937 1059 1053 1254 1957 2276 2290



Casos reentrados 0 0 0 0 1 0 0 9 23 14



Casos salidos 780 775 768 955 1176 1149 1209 1959 2198 2174



Circulante al finalizar 194 302 451 433 317 221 266 273 374 504







INDICADORES 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

Tasa de congestión 1.25 1.39 1.59 1.45 1.27 1.19 1.22 1.14 1.17 1.23



Tasa de pendencia 19.9 28.0 37.0 31.2 21.2 16.1 18.0 13.9 14.5 18.8



Tasa de resolución 80.1 72.0 63.0 68.8 78.8 83.9 82.0 86.1 85.5 81.2





En el gráfico N° 1, se aprecia la tendencia seguida por de la tasa de

congestión, donde del 2000 al 2002 se produce un incremento constante

hasta llegar al valor más alto de la serie de 1.59. A partir del 2003 y hasta

el 2008 ha venido en descenso, lo que se traduce en una mejora del

servicio; en el 2009 se ascendió a 1.23, lo cual sugiere una leve desmejora

1

Esta tasa determina el grado de saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario se

ha aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno), existe congestión en un

Juzgado, materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno), no registra congestión,

por lo que se le ha dado trámite en el período a todos los casos ingresados y pendientes; esto significa que

no tiene casos pendientes para el año siguiente.

2

La pendencia o asuntos pendientes, se refieren a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser

tramitados o bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por terminado. Por su parte, la

resolución va a indicar cuántos de los expedientes que estaban pendientes se les dio término.

71



del servicio, lo que significa en este año los tribunales tenían que tramitar

1.23 veces más casos de los que pudo resolver para que la congestión

fuera nula.





Gráfico Nº 1

Tendencia histórica anual de la tasa de congestión calculada

para el Tribunal de Casación Penal para el período 2000 -

2009

2



1,8

T 1,59

1,6

A 1,45

S 1,39

A 1,4 1,25 1,27

1,19 1,22 1,17 1,23

1,14

1,2



1

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.









La tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es de

100%, debido a que un asunto o está pendiente o está resuelto.





Al analizar la tendencia mostrada en los últimos diez años, se determina

que, la tasa de pendencia del 2000 al 2002 experimenta el mayor

crecimiento de la serie; sin embargo, a partir del 2003 y hasta el 2007

tiende a disminuir casi de forma continua. Ahora, para los dos años

siguientes, 2008 y 2009 se registran aumentos consecutivos, pues la tasa

de pendencia obtiene un valor de 18.8%, mientras que un año antes era de

14.5%. Por su parte, la tasa de resolución tiene una situación inversa a la

de pendencia, llegando a contabilizar en el 2009 un 81.2%, lo cual

significa que en los dos últimos años ha venido en descenso el nivel

resolutivo.

72





Gráfico Nº 2

Tendencia histórica anual de las tasas de pendencia y

resolución calculadas para el Tribunal de Casación Penal

para el período 2000 - 2009



100 83,9 82,0 86,1 85,5 81,2

80,1 78,8

72,0 68,8

C 80 63,0

A 60 Pendientes Resolución

S 37,0

40 28,0 31,2

O 19,9 21,2 18,8

16,1 18,0 13,9 14,5

S 20

0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.









II. CASOS ENTRADOS



2.1. Patrón general



Al analizar el decenio 2000-2009, se determina un incremento de los

casos entrados y que al final se constituye o asciende en términos

relativos en un 183.4%.



Además, tal y como se consignó en la edición anterior, los casos entrados

desde la vigencia de la Ley de la Apertura de la Casación Penal vienen en

franco crecimiento; no obstante, en los últimos años este crecimiento no

es tan marcado como al principio. Así, en el 2009 se da un aumento de 14

asuntos en comparación con el año anterior, al establecerse una entrada

de 2276 en el 2008, mientras que un año después es de 2290.



2.2 Entrada neta



La entrada neta se obtiene al restar de la entrada general, aquellos asuntos

catalogados como conflicto de competencia (incompetencias). Al igual

que los casos entrados generales, la entrada neta sigue el mismo

comportamiento a lo largo del decenio; es decir, crece de manera

constante desde el 2000 y en los últimos años la pendiente es más

73



pronunciada; sin embargo, tanto en el 2005 como en el 2009 se presentan

disminuciones, tal y como se muestra en el siguiente gráfico:





Gráfico Nº 3

Comportamiento histórico anual de la entrada neta en materia

Penal en los Tribunales de Casación. 2000 - 2009

2500

2205 2159



1881

2000





C

1500

A 1220

S 1044 1027

O 859 894 917

1000 761

S





500





0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 AÑO

2006 2007 2008 2009

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación

74



2.3 Casaciones y revisiones entradas



Los recursos de casación ingresados siguen una tendencia similar a la

entrada general y a la entrada neta, lo cual se debe a su peso (66.2%)

estadístico. Durante el 2009 se reportan 1515 recursos de este tipo, 49

menos que en el 2008. En cuanto a los recursos de revisión, se reducen

en 31 asuntos respecto del 2008 y alcanza los 286. Estos resultados

pueden ser observados en el siguiente gráfico.





Gráfico Nº 4

Comportamiento histórico anual del número de casos, recursos de

Casación y Revisión entrados en materia Penal en los tribunales de

Casación. 2000-2009

2700

2276 2290

2400 TOTAL Casaciones Revisiones



2100 1957

C 1800 1564 1515

A 1500 1254 1338

S 1053

1200 1059

O 808 883 917 937

S 900 759

646 686 646

483 552 551

600

317 286

300 81 104 119 122 170

62 86 100

0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación







2.4 Entrada comparada con la Sala III





En la edición anterior se comenta que con la Ley de Apertura de la

Casación, el ingreso de los recursos de ese tipo a la Sala Tercera se

presentaría en menor proporción que los entrados a los Tribunales de

Casación Penal, situación que antes de la apertura se daba en sentido

inverso.





La tendencia esperada se viene dando según lo comentado, al

registrar la Sala Tercera menos de 1000 casaciones ingresadas en el 2008;

75



sin embargo, es necesario destacar los incrementos consecutivos que se

han anotado en la Sala en los dos últimos años, incluso en el 2009 llegan

a los 1053, sea 137 más que el año anterior para un incremento relativo

del 15%, mientras que en conjunto, los Tribunales de Casación alcanzan

los 1515 recursos, 49 menos que en el 2008.





Gráfico Nº 5

Comportamiento histórico anual del número de recursos de Casación

entrados en la Sala Tercera y en los tribunales de Casación Penal

2000-2009

2000

Sala Tercera

Tribunales de Casación 1564 1515

R

1500 1338

E

1187

C 1104 1150 1053

U 908 916

869 856

R 1000 785

S 646

O 759

646 686 646

S 500 552 551

483



0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación







2.5 Procedencia de las casaciones entradas



En el siguiente desglose se muestra el volumen de asuntos entrados

de acuerdo con la procedencia; lo anterior, según los tribunales de juicio

ubicados en las cabeceras de circuito, donde ocho de 14 despachos

presenta variaciones negativas en comparación con el año anterior. Los

tribunales del Primer y Segundo Circuito Judicial de San José, así como el

primero de Guanacaste, y el Tribunal de Cartago son lo despachos de

donde proceden la mayor cantidad de asuntos. Los recursos procedentes

de estas oficinas superan los 100 recursos en cada una de ellas.



Variación (*)

Tribunal de cabecera de circuito de Año

2008/2009

donde proviene el Recurso de Casación

2007 2008 2009 Absolut Relativa

76



a

Total 1338 1564 1515 -49 -3.1%

Primer Circuito Judicial de San José 195 242 192 -50 -20.7%

De la Zona Sur 87 127 84 -43 -33.9%

Segundo Circuito Judicial de Guanacaste 38 67 31 -36 -53.7%

De la Zona Sur, Sede Corredores 29 56 79 23 41.1%

De Cartago 87 113 106 -7 -6.2%

Primer Circuito Judicial de Guanacaste 67 92 116 24 26.1%

Primer Circuito Judicial Zona Atlántica 41 59 48 -11 -18.6%

Segundo Circuito Judicial de Alajuela 97 113 71 -42 -37.2%

Primer Circuito Judicial de Alajuela 77 90 94 4 4.4%

Tercer Circuito Judicial de Alajuela 27 33 20 -13 -39.4%

Segundo Circuito Judicial Zona Atlántica 43 46 59 13 28.3%

De Heredia 78 73 87 14 19.2%

De Puntarenas 88 79 76 -3 -3.8%

Segundo Circuito Judicial de San José 119 96 104 8 8.3%

Oficinas periféricas y otros despachos 265 278 348 70 25.2%

Nota: (*) En las cifras totales, se muestra el cálculo de la variación solo para los tribunales

cabecera de circuito y por lo tanto no se incluye el dato de la "oficinas periféricas y otros

despachos"



2.6 La distribución por delito





En el siguiente gráfico se muestra la distribución porcentual de las

casaciones ingresadas por tipo de delito, donde destaca el incremento en

los delitos sexuales, pues pasan de 27.4% en el 2008 a 30.4% en el 2009.

De igual forma, los casos por narcotráfico pasan de 12.6% a 18.8%. En

sentido contrario, las lesiones decrecen, en vista de que en el 2008

registraron 16% y un año después 11.7%.

77





Gráfico Nº 6

Distribución porcentual del número de casaciones entradas en el Tribunal

de Casación Penal por grupos de delito. 2009



Otros delitos

Usurpación 15,8%

Delitos sexuales

2,7% 30,4%

Infracción a leyes

2,8%



Agresión con arma

3,8%



Acción privada

3,6% Narcotráfico

Robos y hurtos 18,8%

Desobediencia

6,4%

4,0% Lesiones

11,7%



Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de









2.7 Entrada por tribunal





Del total de casos ingresados (2290), 51 de cada 100 lo hacen en el

Tribunal del Segundo Circuito Judicial de San José, mientras que

aproximadamente 20 de cada 100 pasan a formar parte del Tribunal del

Tercer Circuito Judicial de Alajuela. El 17.7% y 11.7% restantes

corresponde a casos que ingresan al Tribunal de Cartago y al del Segundo

Circuito Judicial de Guanacaste, respectivamente.

78



Gráfico N° 7

Distribución porcentual de los casos entrados por tribunal de

casación penal durante el 2009

(Total de casos entrados 2290)

Tribunal del II

Circ. Jud. de

100% Guanacaste

Tribunal de 11,7%

Cartago

75% 17,7%

Tribunal del III

Porcentaje









Circ. Jud. de

50% Alajuela

19,5%

Tribunal del II

25% Circ. Jud. San José

51,0%



0%



Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación





III. CASOS TERMINADOS



3.1. Patrón general



Luego de haber obtenido aumentos significativos durante tres años

consecutivos, en el 2009 los asuntos entrados decrecen (24 casos) para

una variación porcentual negativa de 1.1%.



Aún con las fluctuaciones registradas por esta variable en los

últimos diez años, prácticamente su tendencia ha sido la del crecimiento y

con la puesta en marcha de la Ley de Apertura de la Casación Penal en

los últimos años se acentuó todavía más, así del 2000 al 2009 su

crecimiento porcentual ha sido de un 178.7%.



Por su parte, los recursos de casación votados por el fondo registran

un comportamiento similar al del total general resuelto, tal y como se

observa en el siguiente gráfico. Estos recursos serán analizados

posteriormente.

79





Gráfico Nº 8

Comportamiento histórico anual del número de casos terminados en los

tribunales de Casación Penal. 2000-2009

2400 2198 2174

TOTAL Casaciones 1959



1800

C

A 1176 1149 1209

S 1200 955

O 780 775 768 1287 1224

S 1105

600

638 605 610

517

388 388 367

0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación







3.2 Terminados por tribunal



Al efectuar la relación casos terminados versus los entrados para

cada uno de los tribunales se determina que, los casos resueltos fueron

menores a los casos entrados; no obstante, es destacable que en todos se

evidencia que se resuelven más de 90 asuntos por cada 100 entrados.

80





Gráfico N° 9

Relación de los casos terminados respecto a los casos entrados

según tribunal de casación durante el 2009







Guanacaste 96,3%





Alajuela

Tribunal









95,5%





San José 95,1%





Cartago 92,9%



50% 75% 100%

Porcentaje

Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación

.



3.3. Terminados por tipo



En comparación con el 2008, los recursos de casación resueltos

disminuyen porcentualmente; sin embargo, se mantienen por encima del

50%. Por su parte, las prorrogas de prisión preventiva como segundo tipo

terminado en importancia alcanzan el 15.1%, mientras que un año antes

era de 13.6%. Los demás tipos de asunto dados por concluidos no

sobrepasan el 10%.

81



Gráfico Nº 10

Comparación de las distribuciones porcentuales de los casos terminados en el

Tribunal de Casación Penal según tipo de asunto votado para el 2008 y 2009





54,3%

Recursos de casación

57,6%

Tipo de asunto votado









Prórroga definida 15,1%

13,6%

Inadmisibles 9,0%

7,1%

Recursos de revisión 6,9%

7,7%

2009

Incompetencias 6,9%

7,7% 2008

Otro tipo de resolución 7,8%

6,2%



0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% 50,00% 60,00% 70,00%

Porcentajes

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación









3.4 Votos de fondo en casaciones



Porcentualmente no existe mayor variación en comparación con los

últimos años, entre los recursos de casación votados “sin lugar” y lo

votado “con lugar”, el cual incluye parcialmente, pues se mantienen

alrededor del 59% y 41%, respectivamente.



Recursos de Casación

Diferencia

Año Sin Con Lugar (total y

% % porcentual

Lugar parcial)



2000 200 51.5 188 48.5 -3.0

2001 202 52.1 186 47.9 -4.2

2002 180 49.0 187 51.0 2.0

2003 293 56.7 224 43.3 -13.4

2004 355 55.6 283 44.3 -11.3

2005 330 54.5 275 45.5 -9.0

2006 350 57.4 260 42.6 -14.8

2007 659 59.6 446 40.4 -19.2

2008 771 59.9 516 40.1 -19.8

2009 719 58.7 505 41.3 -17.5

82



3.5 Votos de fondo en revisiones



Por sexto año consecutivo, los votos de fondo en revisiones

catalogados “sin lugar” experimentan un incremento, mientras que los

votos “con lugar” y “parcialmente con lugar” presentan fluctuaciones, lo

que hace difícil determinar o pronosticar una tendencia. Estos resultados

se muestran en el siguiente desglose.



Procedimientos de Revisión

Diferencia

Año Sin Con Lugar (total y

% % porcentual

lugar parcial



2000 25 61.0 16 39.0 -22.0

2001 31 70.5 13 29.5 -41.0

2002 31 54.4 26 45.6 -8.8

2003 17 51.5 16 48.5 -3

2004 31 62.0 19 38.0 -24

2005 50 61.0 32 39.0 -22

2006 63 79.7 16 20.3 -59.5

2007 76 76.0 24 24.0 -52

2008 89 58.9 62 41.1 -17.9

2009 96 67.6 46 32.4 -35.2





3.6. La inadmisibilidad



En comparación con el año anterior, los recursos declarados

inadmisibles (196), crecieron en 39 recursos, lo que significa un

incremento relativo de 24.8%. La mayoría de estos recursos (63.8%)

fueron señalados por el Tribunal de Casación del Segundo Circuito

Judicial de San José.



Casos Razón de

Año Inadmisibles

entrados inadmisibilidad

2001 883 70 7.9

2002 917 70 7.6

2003 937 150 16.0

2004 1059 115 10.9

83



2005 1053 144 13.6

2006 1254 121 9.6

2007 1957 131 6.7

2008 2276 157 6.9

2009 2290 196 8.6





Ahora, al analizar la razón de inadmisibilidad por Tribunal, solo el

del Segundo Circuito Judicial de San José (10.7%), supera a la “razón

general” (8.6%).





Casos Razón de

TRIBUNAL Inadmisibles

entrados inadmisibilidad



TOTAL 2290 196 8.6



II Circ. Jud. San José 1168 125 10.7

III Circ. Jud. Alajuela 447 36 8.1

Cartago 406 19 4.7

II Circ. Jud. Guanacaste 269 16 5.9

IV. CASOS EN TRÁMITE AL FINALIZAR



4.1. Patrón general



De manera general, el circulante al finalizar en los Tribunales de

Casación Penal en los últimos diez años se puede separar en tres fases;

una que va del 2000 al 2002, donde se viene en claro crecimiento, otra

que va del 2003 al 2005 la cual decrece y la última del 2006 al 2009 en

que nuevamente vuelve a crecer. En esta última fase el crecimiento ha

sido acelerado, llegando en el 2009 a los 504 expedientes pendientes de

trámite, siendo que un año antes el circulante fue de 374, sea 130 asuntos

más para una variación relativa de 34.8%.

84





Gráfico Nº 11

Comportamiento histórico anual del número de casos en trámite

al finalizar el año en el Tribunal de Casación Penal. 2000 - 2009



600

504

500 451 433

C 400 374

A 317

302

S 300 266 273

O 221

194

S 200



100



0

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación





4.2 Existencia por despacho



Durante el 2009 se revierte lo acaecido en los dos años anteriores,

en vista de que en todos los tribunales se registra un incremento en la

existencia al finalizar, principalmente en el del Segundo Circuito Judicial

de San José, el del Tercer Circuito judicial de Alajuela y en el de Cartago,

donde el primero sobrepasa los 200 asuntos y en el caso del segundo y

tercero, la existencia es superior a los 100 expedientes, escenarios que

anteriormente no se habían presentado.

85





Gráfico Nº 12

Comportamiento histórico anual del número de casos en trámite al

finalizar el año según Tribunal de Casación Penal. 2007 - 2009



300

II C.J. San José III C.J. Alajuela

Cartago II C.J. Guanacaste 233



C 200 186

176

A

S 122

O 97 105

S 100 87

72

44

29



0

2007 2008 2009

AÑO

Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación









4.3 Existencia según tiempo de espera en despacho





En promedio y de manera general, se estima que los expedientes

tienen un tiempo de espera de tres meses para su trámite respectivo.

Ahora, al analizar por despacho este tiempo, se determina que en el del

Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José y de Alajuela, son los son

los que registran el mayor tiempo de espera, con tres meses tres semanas

y dos meses tres semanas, respectivamente.

86





Tiempo de espera en Tribunal

asuntos pendientes al final II C.J de III C.J. de II C.J de

del 2009 TOTAL Cartago

San José Alajuela Guanacaste





TOTAL 504 233 122 105 44



Menos de un mes 103 42 28 25 8

1 Mes 71 30 14 17 10

2 Meses 112 48 24 23 17

3 Meses 74 30 16 22 6

4 Meses 40 14 14 10 2

5 Meses 33 14 13 5 1

6 Meses 18 9 7 2 ---

7 Meses 18 13 5 --- ---

8 Meses 15 14 1 --- ---

9 Meses 4 3 --- 1 ---

10 Meses 3 3 --- --- ---

11 Meses 6 6 --- --- ---

12 Meses 3 3 --- --- ---

13 Meses 1 1 --- --- ---

14 Meses 1 1 --- --- ---

19 Meses 1 1 --- --- ---

20 Meses 1 1 --- --- ---



4.4 Existencia según ingreso a la esfera penal



En el siguiente desglose se consigna la cantidad de expedientes que

se encuentran pendientes de trámite al final del 2009 de acuerdo con el

año en que ingresaron a la corriente judicial. De él se puede determinar

que en promedio tienen aproximadamente cuatro años en espera de una

resolución.



AÑO DE TRIBUNAL

ENTRADA AL II C.J DE III C.J. DE II C.J DE

SISTEMA PENAL TOTAL CARTAGO

SAN JOSÉ ALAJUELA GUANACASTE



TOTAL 504 233 122 105 44



1993 1 1 0 0 0

1996 1 0 0 0 1

87



1997 1 0 0 1 0

1998 2 1 0 1 0

1999 2 1 0 1 0

2000 5 4 0 1 0

2001 5 3 0 2 0

2002 5 4 0 1 0

2003 20 13 1 5 1

2004 33 20 8 5 0

2005 60 35 13 11 1

2006 83 37 25 17 4

2007 121 47 33 31 10

2008 108 37 36 20 15

2009 57 30 6 9 12





A continuación se enlistan aquellos casos que tienen más de cinco

años de haber ingresado a la esfera penal y que aún están a la espera de

una resolución definitiva, esto es que ingresaron antes del 2005, en total

suman 75 expedientes.



FECHA DE

EXPEDIENTE HECHO PUNIBLE (*) TRIBUNAL DE CASACION

ENTRADA

93-000066-0023-PE Robo Agravado 21/10/2009 II Circ.Jud. de San José

96-200274-0396-PE (en blanco) 12/11/2009 II Circ.Jud. Guanacaste

Transporte de Droga, Sustancias o

97-200325-0030-PE Productos sin Autorización Legal 25/08/2009 Cartago

98-000311-0219-PE Violación 07/10/2009 Cartago

98-002818-0042-PE Robo Agravado 14/11/2008 II Circ.Jud. de San José

99-002282-0276-PE Violación 27/11/2009 II Circ.Jud. de San José

99-200190-0359-PE Usurpación 02/11/2009 Cartago

Comercio de Drogas, Sustancias o

00-000877-0513-PE Productos sin Autorización Legal 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José

00-001041-0064-PE Violación 04/11/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

00-002030-0042-PE Edad e Incapaces 04/11/2009 II Circ.Jud. de San José

00-002585-0175-PE Violación 27/01/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

00-200484-0306-PE Edad e Incapaces 03/07/2009 II Circ.Jud. de San José

01-000041-0016-TP Corrupción 21/10/2009 II Circ.Jud. de San José

01-018173-0042-PE Homicidio Calificado 02/10/2009 II Circ.Jud. de San José

01-200676-0486-PE Usurpación 20/11/2009 II Circ.Jud. de San José

01-200721-0359-PE Peculado 26/11/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

01-202741-0345-PE Edad e Incapaces 13/10/2009 Cartago

02-000315-0569-PE Lesiones Culposas 13/11/2009 Cartago

88



Abusos Sexuales Personas Menores

02-000431-0609-PE Edad e Incapaces 31/08/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

02-001591-0283-PE Edad e Incapaces 15/12/2009 II Circ.Jud. de San José

02-200288-0486-PE Violación Agravada 20/11/2009 II Circ.Jud. de San José

02-203451-0275-PE Tenencia de Droga 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José

Almacenamiento de Drogas,

Sustancias o Productos sin

03-000329-0062-PE Autorización Legal 15/10/2009 Cartago

03-000475-0609-PE Agresión con Armas 28/04/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

03-000749-0573-PE Edad e Incapaces 18/11/2009 II Circ.Jud. de San José

03-000848-0597-PE Prevaricato 05/11/2009 II Circ.Jud. de San José

03-001190-0648-PE (en blanco) 17/12/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

03-001250-0369-PE Edad e Incapaces 30/11/2009 II Circ.Jud. de San José

03-001434-0219-PE Violación 18/12/2009 Cartago

03-001518-0647-PE Infracción. Ley Forestal 25/06/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

03-003087-0175-PE Edad e Incapaces 03/12/2009 II Circ.Jud. de San José

Relaciones Sexuales Personas

03-003360-0059-PE Menores de Edad 13/11/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

03-004287-0042-PE Edad e Incapaces 04/12/2009 II Circ.Jud. de San José

03-006648-0042-PE Lesiones Culposas 08/09/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

03-200073-0396-PE Edad e Incapaces 25/11/2009 II Circ.Jud. Guanacaste

03-200111-0431-PE Usurpación 02/09/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

03-200464-0634-PE Violación 21/09/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

03-200681-0485-PE Edad e Incapaces 18/11/2009 Cartago

03-200712-0485-PE Violación 15/08/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

03-201530-0485-PE Edad e Incapaces 29/07/2009 II Circ.Jud. de San José

03-201582-0275-PE Robo Agravado 30/10/2009 II Circ.Jud. de San José

03-201750-0275-PE Violación 14/10/2009 II Circ.Jud. de San José

04-000041-0559-PE Homicidio Simple 18/12/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

04-000074-0609-PE Violación 04/12/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-000158-0277-TP Edad e Incapaces 14/10/2009 II Circ.Jud. de San José

04-000185-0609-PE Violación 15/10/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

Abusos Sexuales Personas Menores

04-000197-0609-PE Edad e Incapaces 01/12/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-000377-0569-PE Edad e Incapaces 05/11/2009 II Circ.Jud. de San José

04-000402-0609-PE Violación 12/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

Abusos Sexuales Personas Menores

04-000809-0369-PE Edad e Incapaces 27/01/2009 II Circ.Jud. de San José

04-000882-0609-PE Violación 12/11/2009 II Circ.Jud. de San José

89



Abusos Sexuales Personas Menores

04-000964-0573-PE Edad e Incapaces 09/12/2009 II Circ.Jud. de San José

Posesión de Drogas, Sustancias o

04-001109-0061-PE Productos 28/09/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

04-001145-0219-PE Violación 26/11/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

04-001287-0219-PE Edad e Incapaces 14/09/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

04-001337-0219-PE Edad e Incapaces 05/11/2009 Cartago

Transporte de Droga, Sustancias o

04-001678-0219-PE Productos sin Autorización Legal 25/08/2009 Cartago

Abusos Sexuales Personas Menores

04-001839-0276-PE Edad e Incapaces 30/10/2009 II Circ.Jud. de San José

04-007728-0647-PE Uso de Documento Falso 06/01/2009 II Circ.Jud. de San José

04-014583-0042-PE Lesiones Culposas 10/11/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-019447-0042-PE Edad e Incapaces 17/12/2009 II Circ.Jud. de San José

04-200048-0331-PE Lesiones Culposas 19/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

Abusos Sexuales Personas Menores

04-200187-0479-PE Edad e Incapaces 24/07/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-200320-0278-PE Edad e Incapaces 25/09/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-200377-0801-PE Edad e Incapaces 25/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

04-200396-0456-PE Estafa 25/08/2009 Cartago

04-200475-0485-PE Violación 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-200832-0456-PE Edad e Incapaces 12/08/2009 II Circ.Jud. de San José

04-200997-0485-PE Violación 18/06/2009 II Circ.Jud. de San José

Abusos Sexuales Personas Menores

04-201054-0431-PE Edad e Incapaces 14/10/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

04-202098-0275-PE Resistencia 07/05/2009 II Circ.Jud. de San José

Posesión de Drogas, Sustancias o

04-203100-0305-PE Productos 04/12/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)

04-600857-0498-TC (en blanco) 24/07/2009 II Circ.Jud. de San José

04-601910-0491-TC Lesiones Culposas 27/07/2009 II Circ.Jud. de San José

04-602160-0498-TC Lesiones Culposas 16/06/2009 II Circ.Jud. de San José



(*) En algunos casos aparece en blanco, pues el delito no fue suministrado en el listado por el despacho.





V. DURACIÓN PROMEDIO



En los dos últimos años se han presentado aumentos consecutivos

de una semana en la duración promedio de los recursos de casación

votados en cada uno de esos años, lo cual es producto principalmente por

una menor proporción de recursos votados cuya duración es igual o

menor a los tres meses.

90





Recursos Porcentaje de Casaciones

Año Votados Duración Promedio votadas (duración igual o

menor de 3 meses)

2003 517 6 meses 2 semanas 34.8

2004 638 5 meses 1 semana 47.7

2005 605 5 meses 0 semanas 50.9

2006 610 3 meses 1 semana 63.6

2007 1105 2 meses 1 semana 81.5

2008 1287 2 meses 2 semanas 76.4

2009 1224 2 meses 3 semanas 73.5





Por tribunal, tanto el de Casación Penal de Cartago como el del

Tercer Circuito Judicial de Alajuela, son los que presentan las duraciones

más altas en comparación con la duración general, diferencia que es de un

mes respecto del primero y de tres semanas sobre el segundo.



DURACIÓN PROMEDIO

TRIBUNAL DE CASACIÓN

2007 2008 2009

2 meses 3

TOTAL 2 meses 1 semana 2 meses 2 semana

semanas

II Circuito Judicial de San José 2 meses 1 semana 2 meses 2 semana 2 meses 2 semana

III Circ. Jud. de Alajuela 2 meses 0 semanas 3 meses 0 semana 3 meses 2 semanas

Cartago ------------ 2 meses 1 semana 3 meses 3 semanas

II de Guanacaste ------------ 1 meses 2 semana 1 mes 1 semana”

-0-



Se acordó: 1) Tener por rendido el informe N° 737-PLA-2010 del



Departamento de Planificación, sobre el trabajo efectuado en los Tribunales de



Casación Penal durante el 2009; y el análisis pormenorizado de lo acaecido



durante la última década. 2) Tomar nota de los resultados obtenidos en el estudio,



tales como el crecimiento relativo de los casos terminados en los últimos diez años



al pasar de 780 en el 2000 a 2174 en el 2009, que la duración promedio general

91



aumentó una semana más respecto al 2008 y que el crecimiento en la existencia



final de asuntos, alcanzó los 504 expedientes repartidos en los diferentes



tribunales, siendo que respecto al año anterior se dio un crecimiento de 34.8%, el



más significativo desde la entrada en funcionamiento de estos tribunales. 3)



Solicitar a los despachos analizados, que reduzcan la duración promedio y le den



prioridad a los asuntos que según el estudio tienen más de cinco años de haber



ingresado a la esfera penal y que aún están a la espera de una resolución definitiva.



ARTÍCULO XXVII



La servidora Sindy Pérez Abarca, Auxiliar Judicial del Juzgado



Contravencional y de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur,



en nota de 11 de mayo en curso, solicitó lo siguiente:



“… tengo una hija de cinco años, la cual según diagnóstico médico

tiene (Síndrome de Moebius) asociado a P.C.I. con leve atrofia cortico-

subcortical, por lo que depende totalmente de mí y en lo que yo le pueda

ayudar, ya que ella no camina ni habla, esto ha ocasionado cambios en mi

diario vivir, ya que tengo que llevarla a terapias y como está en etapa

escolar a las clases de Materno Interactivo todos los días de lunes a

viernes, debido a esto es indispensable que yo esté durante las clases para

la realización de diferentes actividades en el aula.



Por otra parte yo provengo de un núcleo familiar en donde soy hija

única y mis padres están muy mayores como para asignarles esta

responsabilidad, por lo que no tengo a nadie que me pueda suplir o ayudar

con mi hija.



Debido a esta situación estoy incapacitada ya que esto afecta mi

salud y me dan Reacciones Depresivas con Reacción de Stress agudo,

actualmente tengo control en Psiquiatría, mi deseo es poder estar con mi

92



hija para poder llevarla al materno y por mi horario de trabajo se me

dificulta, cabe mencionar que como madre he podido ver como ella ha

superado muchas etapas a través de toda la estimulación que ha recibido,

y que se le brinda en las diferentes actividades que realiza en el Materno,

terapia de lenguaje, terapia física, por lo que es de suma importancia su

integración con otros niños.



Es por lo anterior que les solicito con mucho respeto se me otorgue

un permiso con goce de salario por seis meses a partir del treinta y uno de

mayo del año en curso, para así estar con mi hija todos los días en sus

terapias y darle continuidad a su tratamiento; con un seguimiento formal

de terapia el resultado será más positivo en lo que se refiere al caminar de

mi hija, ahora que ella está pequeña, dado que entre más grande más

difícil será su recuperación. Asimismo quiero indicarles que estoy

anuente a un cambio de oficina o de horario donde yo pueda trabajar

después de las cuatro de la tarde o alguna otra forma donde yo pueda

trabajar y que esto no afecte para que yo este con mi hija en sus terapias y

clases de materno. Adjunto dictámenes médicos, y oficios.”



-0-



En sesión Nº 45-09 celebrada el 5 de mayo del 2009, artículo XVI, por las



especiales circunstancias que motivan la gestión, y por ser procedente la tutela de



los derechos fundamentales la menor de edad, se acordó autorizar a la servidora



Sindy Pérez Abarca para que se ausentara del despacho los martes y la segunda



audiencia de los jueves, a fin de que asistiera con su hija a las terapias que da



cuenta en ese acuerdo. En el entendido de que la auxiliar supernumeraria destacada



en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial



de la Zona Sur, cubriría sus funciones durante ese lapso, y doña Sindy mantendría



su trabajo al día.

93



Informa la Integrante Conejo Aguilar, que sobre este asunto conversó



personalmente con la servidora Sindy Pérez Abarca durante la visita realizada a la



Zona Sur, así como don el licenciado Jesús, coordinador de la Defensa Pública de



ese lugar e integrante del Consejo de Administración de Circuito, y por teléfono



con el Juez Contravencional. Tanto don Jesús como el juez le manifestaron tener



muy buenas referencias del trabajo desempeñado por la citada servidora. Señala



doña Milena que la señora Pérez Abarca se ha estado incapacitando debido a la



situación por la que atraviesa por la salud de su hija, agrega que doña Sindy tiene



todo el interés de continuar trabajando y a la vez es consciente y le preocupa de



que su situación podría prolongarse. Como resultado doña Milena les propuso



remitir el tema anterior a conocimiento del Consejo de Administración de Circuito



para que ahí se valore la situación y traten de buscar la manera de ayudarla, no



omite indicar que doña Sindy está de acuerdo en trasladarse a laborar a un horario



vespertino dentro del mismo juzgado u otro despacho del Circuito, la cual estima



es la mejor solución al problema planteado.



Se acordó: 1) Tener por hechas las manifestaciones de la Integrante Conejo.



2) Acoger parcialmente la anterior solicitud y de conformidad con la resolución de



la Sala Constitucional Nº 2005-11262 de las 15:00 horas del 24 de agosto del



2005, conceder permiso con goce de salario a la servidora Pérez Abarca, a partir

94



del 31 de mayo en curso y hasta por diez días hábiles para que se dedique atender



la situación de que dio cuenta. 3) En razón de las especiales circunstancias y



conforme lo propuso la Integrante Conejo, se estima procedente realizar un cambio



de horario a la citada servidora de manera que le facilite atender mejor su



situación, por lo que deberá la jefatura del despacho conjuntamente con el Consejo



de Administración del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, aplicar la



recomendación hecha e informar a este Órgano Superior la manera en que se



llevará a cabo.



El Departamento de Personal tomará nota para los fines consiguientes.



ARTÍCULO XXVIII



El máster José Luis Bermúdez Obando, la licenciada Olga Guerrero Córdoba



y el licenciado Randall Castillo Hernández, por su orden, Jefes de Administración



Humana, de Administración de Personal y Profesional 1 de la Unidad de



Jubilaciones y Pensiones, en oficio N° 398-UJP-2010 de 14 de abril último,



recibido el 14 de mayo en curso, indicaron lo siguiente:



“En relación al tema que nos ocupa a continuación se transcribe el

acuerdo tomado por el Consejo Superior:



Sesión Nº 71- 07, celebrada el 25 de setiembre del 2007, artículo

XLV:



"Autorizar para que en aquellos casos en que se descubran diferencias

similares a las anteriormente descritas se pueda aplicar de una vez el ajuste

correspondiente sin que medie el respectivo acuerdo y así lo hagan saber a este

95



Consejo, para lo que corresponda. En ese sentido se tiene por modificado el

acuerdo tomado en sesión Nº 30-06 celebrada el 2 de mayo del 2006, artículo

XCI."



En virtud de lo anterior, a continuación se remite el detalle

correspondiente a las diferencias que deben ser canceladas a los

siguientes jubilados judiciales:



Detalle de Cesantía



Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia

Reajuste de

Abdalla Arrieta Faez 01-0458-0129 pago 4,444,193.80 4,463,747.29 19,553.49

Reajuste de

Alfaro Muñoz Carlos 02-0365-0447 pago 13,913,686.83 13,985,429.33 71,742.50

Alvarado Herra José Reajuste de

Luis 01-0586-0155 pago 10,762,398.84 11,095,893.15 333,494.31

Reajuste de

Arce Montero Gilberto 01-0498-0119 pago 4,519,458.46 4,529,753.03 10,294.57

Bernabe Lewell Gretel Reajuste de

Yolanda 07-0068-0974 pago 11,735,664.07 11,909,447.76 173,783.69



Brenes Ramírez Reajuste de

Salomon 03-0196-0454 pago 2,981,005.63 3,016,288.97 35,283.34

Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Differentia

Calvo Serrano Silvia Reajuste de

Elena 01-0612-0116 pago 4,919,373.05 4,926,224.07 6,851.02

Castante Castillo Reajuste de

German 01-0431-0835 pago 12,667,272.67 12,737,436.23 70,163.56

Díaz Vásquez Edwin Reajuste de

De Jesús 05-0172-0170 pago 6,421,194.60 6,422,999.70 1,805.10

Elizondo Picado María Reajuste de

Cruz 01-0452-0125 pago 3,821,595.13 3,829,693.96 8,098.83

Espinoza Reyes Luis Reajuste de

Alberto 05-0161-0782 pago 6,388,348.27 6,415,234.38 26,886.11

González Murrillo Reajuste de

Gonzalo 02-0279-0527 pago 3,320,876.47 3,424,838.44 103,961.97

Guzmán Sandí José Reajuste de

Miguel 03-0202-0409 pago 3,321,950.74 3,323,881.72 1,930.98

Herrera Corrales Reajuste de

Alfredo 03-0202-0239 pago 7,011,322.55 7,054,676.99 43,354.44

Jiménez Mora José Reajuste de

Antonio 01-0553-0146 pago 10,738,140.25 10,743,610.33 5,470.08

96



Ledezma Rodríguez Reajuste de

María 02-0335-0944 pago 2,452,374.11 2,576,914.71 124,540.60

Lucas Bonilla Carlos Reajuste de

Fernando 08-0047-0746 pago 3,727,891.95 3,813,613.13 85,721.18

Reajuste de

Molina Roman José 03-0235-0335 pago 12,467,712.30 12,833,690.53 365,978.23

Montoya Villalobos Reajuste de

Andrés 06-0096-0181 pago 12,191,159.50 12,249,175.06 58,015.56

Ortiz Vargas Joaquín Reajuste de

Adrián 04-0117-0147 pago 4,494,539.10 4,519,728.16 25,189.06

Reajuste de

Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 pago 12,785,368.60 12,973,438.88 188,070.28

Reajuste de

Ramírez Rojas Lidia 01-0383-0623 pago 2,905,117.03 2,921,262.96 16,145.93

Retana Morales Leda Reajuste de

María 01-0519-0095 pago 4,084,102.91 4,111,685.17 27,582.26

Sánchez Méndez Luis Reajuste de

Antonio 01-0438-0432 pago 3,390,723.90 3,406,322.96 15,599.06

Sancho Solorzano Reajuste de

Carlos Luis 04-0112-0883 pago 2,565,883.27 3,209,183.54 643,300.27

Reajuste de

Sandí Murcia Miriam 01-0430-0895 pago 10,877,704.55 10,943,543.52 65,838.97

Valverde Peña Rafael Reajuste de

Angel 07-0049-1183 pago 4,284,722.13 4,307,784.44 23,062.31

Reajuste de

Vargas Durán Leonel 01-0494-0834 pago 5,184,722.01 5,205,897.75 21,175.74

Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia

Vargas Salazar Luis Reajuste de

Roy 01-0757-0805 pago 10,704,812.29 10,707,819.33 3,007.04

Villalobos Miranda Reajuste de

Franklin 06-0109-0544 pago 3,817,230.43 3,821,151.62 3,921.19

Zelaya Muñoz José Reajuste de

Gustavo 02-0314-0196 pago 11,496,521.97 11,519,587.04 23,065.07



Detalle de Vacaciones



Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia

Reajuste de

pago período

Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2006-2007 982,723.70 999,071.00 16,347.30

Reajuste de

pago período

Abdalla Arrieta Faez 01-0458-0129 2007-2008 444,419.32 446,374.67 1,955.35

Reajuste de

Jacamo Jiménez pago período

William Manuel 01-0682-0576 2007-2008 361,036.80 689,252.00 328,215.20

97



Reajuste de

Mora Cascante pago período

Fernando 01-0512-0699 2007-2008 50,504.00 50,543.00 39.00

Reajuste de

pago período

Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2007-2008 1,373,887.50 1,395,588.50 21,701.00

Reajuste de

Sancho Solorzano pago período

Carlos Luis 04-0112-0883 2007-2008 332,234.00 343,689.70 11,455.70

Reajuste de

pago período

Solano Solís Minor 01-0509-0137 2007-2008 432,124.50 637,898.10 205,773.60

Reajuste de

Ulloa González Luis pago período

Alberto 01-0478-0025 2007-2008 546,671.10 557,813.00 11,141.90







Reajuste de

Alvarado Herra José pago período

Luis 01-0586-0155 2008-2009 623,599.40 625,085.30 1,485.90

Reajuste de

Bernabe Lewell Gretel pago período

Yolanda 07-0068-0974 2008-2009 1,321,737.89 1,409,227.82 87,489.93



Reajuste de

Brenes Ramírez pago período

Salomon 03-0196-0454 2008-2009 245,807.80 246,158.30 350.50

Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia

Reajuste de

Calvo Serrano Silvia pago período

Elena 01-0612-0116 2008-2009 628,374.97 628,898.78 523.81

Reajuste de

Díaz Vásquez Edwin pago período

De Jesús 05-0172-0170 2008-2009 554,580.18 554,689.06 108.88

Reajuste de

González Murrillo pago período

Gonzalo 02-0279-0527 2008-2009 341,519.84 349,527.56 8,007.72

Reajuste de

Guzmán Sandí José pago período

Miguel 03-0202-0409 2008-2009 284,133.57 284,258.22 124.65

Reajuste de

Herrera Corrales pago período

Alfredo 03-0202-0239 2008-2009 553,291.09 554,501.61 1,210.52

Reajuste de

Jacamo Jiménez pago período

William Manuel 01-0682-0576 2008-2009 361,036.80 1,175,504.50 814,467.70

98



Reajuste de

Ledezma Rodríguez pago período

María 02-0335-0944 2008-2009 367,875.11 375,464.31 7,589.21

Reajuste de

pago período

Molina Roman José 03-0235-0335 2008-2009 486,403.90 570,889.60 84,485.70

Reajuste de

Palacio Reyes Clary pago período

Del Rosario 02-0346-0145 2008-2009 471,741.79 497,949.67 26,207.88

Reajuste de

Pérez Segura Martín pago período

Juvenal 09-0036-0970 2008-2009 176,426.90 179,240.80 2,813.90

Reajuste de

pago período

Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2008-2009 1,262,802.70 1,282,720.00 19,917.30

Reajuste de

pago período

Ramírez Rojas Lidia 01-0383-0623 2008-2009 44,652.00 44,803.37 151.37

Reajuste de

Sancho Solorzano pago período

Carlos Luis 04-0112-0883 2008-2009 479,918.10 488,131.80 8,213.70

Reajuste de

pago período

Sandí Murcia Miriam 01-0430-0895 2008-2009 1,414,324.80 1,417,934.79 3,609.99

Reajuste de

Ulloa González Luis pago período

Alberto 01-0478-0025 2008-2009 894,435.49 907,780.16 13,344.67

Reajuste de

pago período

Alfaro Muñoz Carlos 02-0365-0447 2009-2010 1,394,585.54 1,398,498.12 3,912.58

Reajuste de

Alvarado Herra José pago período

Luis 01-0586-0155 2009-2010 401,929.42 428,086.60 26,157.18

Monto Monto

Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia

Reajuste de

pago período

Arce Montero Gilberto 01-0498-0119 2009-2010 282,977.98 283,835.86 857.88

Reajuste de

Cascante Castillo pago período

German 01-0431-0835 2009-2010 1,233,211.91 1,240,052.86 6,840.95

Reajuste de

Espinoza Reyes Luis pago período

Alberto 05-0161-0782 2009-2010 119,799.76 122,824.45 3,024.69

Reajuste de

Jiménez Mora José pago período

Antonio 01-0553-0146 2009-2010 872,473.90 873,007.23 533.33

Lucas Bonilla Carlos 08-0047-0746 Reajuste de 280,238.43 288,274.79 8,036.36

99



Fernando pago período

2009-2010

Reajuste de

pago período

Molina Roman José 03-0235-0335 2009-2010 1,246,771.23 1,283,369.05 36,597.82

Reajuste de

Montoya Villalobos pago período

Andrés 06-0096-0181 2009-2010 1,032,151.22 1,037,095.24 4,944.02

Reajuste de

Ortiz Vargas Joaquín pago período

Adrián 04-0117-0147 2009-2010 224,863.91 227,127.75 2,263.84

Reajuste de

Pérez Segura Martín pago período

Juvenal 09-0036-0970 2009-2010 33,301.69 48,424.06 15,122.37

Reajuste de

pago período

Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2009-2010 1,013,065.17 1,019,177.46 6,112.29

Reajuste de

Retana Morales Leda pago período

María 01-0519-0095 2009-2010 452,725.37 461,304.26 8,578.89

Reajuste de

Sánchez Méndez Luis pago período

Antonio 01-0438-0432 2009-2010 275,496.32 277,017.23 1,520.91

Reajuste de

Sancho Solorzano pago período

Carlos Luis 04-0112-0883 2009-2010 104,141.95 124,860.88 20,718.93

Reajuste de

Valverde Peña Rafael pago período

Angel 07-0049-1183 2009-2010 343,057.53 345,306.31 2,248.78

Reajuste de

pago período

Vargas Durán Leonel 01-0494-0834 2009-2010 94,126.37 96,508.64 2,382.27

Reajuste de

Villalobos Miranda pago período

Franklin 06-0109-0544 2009-2010 238,660.63 239,389.16 728.53



Por otra parte, al Sr. Luis Alberto Ulloa González (jubilado judicial)

se le deberá realizar el cobro de ¢472,688.52 por concepto de reajuste en

el pago en la cesantía, en vista que al momento de calcular los salarios

correspondientes para determinar el monto que le correspondía girar se

sobrevaloró el valor del anual de carrera profesional, generando un salario

incorrecto de referencia para determinar la suma correcta a girar,

seguidamente se detalla lo indicado:

100



Detalle de Cesantía



Nombre Cédula Motivo Monto Monto Diferencia

Cancelado correspondiente

Ulloa González Luis 01-0478-0025 Reajuste de pago 12,062,080.90 11,589,392.38 -472,688.52

Alberto



Es importante mencionar, que mediante el oficio 0397-UJP-2009 de

fecha 13 de Abril del presente año, se le informó al Departamento

Financiero Contable acerca de dichos reajustes.



Así las cosas, se eleva el presente informe para lo que a bien

estimen disponer.”



-0-



Se acordó: 1) Acoger el informe anterior y conforme se indica, autorizar el



reajuste en las jubilaciones de las y los jubilados señalados en la lista transcrita. 2)



En cuanto a la suma por cobrar al señor Ulloa González, la Sección de Cobro



Administrativo deberá realizar las diligencias de recuperación del monto que



adeuda atendiendo el debido proceso.



Los Departamentos de Personal y Financiero Contable tomarán nota para los



fines consiguientes.



ARTÍCULO XXIX



El licenciado Francisco Segura Montero, Subdirector General del Organismo



de Investigación Judicial y el máster Marvin Salas Zúñiga, Jefe del Departamento



de Laboratorios de Ciencias Forenses, en oficio Nº 072-DCF-2010 de 12 de mayo



en curso, solicitaron lo siguiente:

101



“… respetuosamente su colaboración con el propósito de instar a

los Juzgados a nivel nacional a dar prioridad a los peritos del

Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación

Judicial cuando son citados a brindar testimonio experto para que se

realice de manera expedita.



Lo anterior por cuanto, en ocasiones, los mismos deben esperar a

que otros testigos de parte sean llamados, lo que ocasiona que los peritos

sean atendidos ya bastante avanzado el día, o bien, que deban incluso

permanecer, sobre todo en zonas rurales, por espacio de más de un día en

esa jurisdicción.



Esta situación incrementa los gastos por conceptos de viáticos y

otros rubros, y principalmente afecta la eficiencia del Departamento de

Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial, al mantener a

los peritos períodos de tiempo importantes fuera de los laboratorios,

dejando su trabajo pendiente de realización lo que, por ende, contribuye a

la mora judicial.



Conviene indicar que esta situación de priorizar los testimonios de

los peritos en Corte se ha presentado ya en otros países donde la prueba

pericial se integra de manera oral al debate, situación que les permite

regresar a sus funciones habituales sin retraso, tomando en cuenta que hay

pericias pendientes correspondientes a otras causas judiciales que deben

ser atendidas.



Se considera conveniente el instar a todos los Juzgados que cuenten

con los recursos de Videoconferencia de permitir el testimonio de

nuestros peritos por esta vía, lo anterior tomando en consideración los

factores ya mencionados para lo cual el Departamento de Ciencias

Forenses se avocará a contar con la disponibilidad de dicho medio de

comunicación del que se prevé alta demanda para éste y otros usos, tal

como la capacitación de Jueces, Fiscales, Investigadores y el mismo

personal del Departamento o bien brindar charlas a Instituciones análogas

amigas en el exterior.



Con base en lo anterior, se solicita respetuosamente a este

honorable Consejo Superior, considerar la petición del Departamento de

Ciencias Forenses para optimizar el uso de los recursos y brindar un

mejor servicio al usuario, considerando sobre todo el aumento del número

de casos atendidos de los últimos dos años que deja al Departamento de

102



Ciencias Forenses en una posición vulnerable que obliga a maximizar aún

más la optimización de los recursos.”

-0-



Se acordó: 1) Acoger la gestión anterior y conforme se solicita, instar a las



juezas y jueces del país, a que den prioridad de atención a los peritos del



Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial



cuando son citados a brindar testimonio lo anterior por considerarse conveniente



para un mejor aprovechamiento de los recursos públicos. 2) Instarlos a la vez hacer



uso de las videoconferencias como herramienta de agilización de los procesos



judiciales.



La Secretaría General de la Corte tomará nota para los fines consiguientes.



ARTÍCULO XXX



En sesión Nº 31-10 celebrada 6 de abril último, artículo XLVI, se tomó el



acuerdo que literalmente dice:



“En oficio N° J.D.M.L. 2010-0522 de 18 de marzo último, la

doctora Leslie Solano Calderón, Jefa del Departamento de Medicina

Legal y el doctor Raúl Bonilla Montero, Jefe interino de la Sección de

Patología Forense, manifestaron lo siguiente:



“(…)



Con el fin de hacerlo de conocimiento y aprobación de los

miembros del Consejo Superior, nos permitimos solicitar el permiso

respectivo para que el servidor judicial Giovanni Arguedas Aguilar,

cédula 1-499-953, quien ha laborado para la Sección de Patología

Forense del Departamento de Medicina Legal desde hace

aproximadamente 30 años y actualmente se desempeña como

103



recepcionista de morgue en esta sección, pueda hacer uso del transporte

que facilita la Sección de Transporte del Organismo de Investigación

Judicial de lunes a viernes a las 6:00 a.m. y a las 2:00 p.m.



Este servicio de transporte es facilitado por la Sección de Transporte

desde hace varios años para el traslado de personal técnico y médico que

labora en horario de 6:00 a 2:00 p.m.



Consideramos de gran importancia destacar al señor Arguedas

Aguilar para la atención de los usuarios en el horario citado dada su

amplia experiencia y conocimiento de los asuntos que se tramitan para

contribuir así con las políticas de servicio público de excelencia que

implementa el Poder Judicial en todo el país.”



-0-

Se acordó: Trasladar al licenciado Jorge Rojas Vargas, Director del

Organismo de Investigación Judicial, la gestión que presenta el señor

Arguedas Aguilar para que valore su viabilidad, por tratarse de un medio

de transporte de ese organismo.”

-0-



En atención a lo anterior, el licenciado Francisco Segura Montero, Director



General interino del Organismo de Investigación Judicial en oficio Nº 523-DG-10



de 13 de mayo en curso, informó lo siguiente:



“… sobre la solicitud realizada a esta Dependencia mediante el

artículo XLVI de la sesión N° 31-10 del 06 de abril último,

específicamente en torno a la gestión promovida ante el Honorable

Consejo Superior por parte del servidor Giovanni Arguedas Aguilar,

quien solicita ser trasladado con recursos institucionales de la Sección de

Transportes de este Organismo de lunes a viernes, por laborar una jornada

de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. en la Sección de Patología Forense del

Departamento de Medicina Legal, me permito pronunciarme de la

siguiente manera:



Efectivamente, la Sección de Transportes del O.I.J. cuenta con un

vehículo en que se traslada para cumplir el horario de las 6:00 a.m. a las

2:00 p.m., algunos servidores que han sido debidamente autorizados para

104



ello por el Consejo Superior; no obstante, con las aprobaciones ya

otorgadas por parte de ese Honorable Órgano, el transporte que se utiliza

para esos efectos algunos días se traslada con el chofer más cuatro

pasajeros, para una ocupación total del mismo, por lo que acceder a esta

solicitud, eventualmente implicaría tener que destinar en algunos casos

dos choferes y dos vehículos con tales propósitos, ya que no se cuenta con

alguna buseta o microbús para dichos traslados, situación que se

considera contraria a los objetivos del buen servicio público, ya que se

comprometerían más recursos aún para atender requerimientos

particulares de los funcionarios.



A la vez, es del caso indicar que, salvo mejor criterio de ese

Órgano Superior, el suscrito no considera que el Sr. Arguedas Aguilar

tenga algún derecho adquirido para solicitar tal prerrogativa, ya que si

bien éste cuenta con aproximadamente 30 años de laborar para el Poder

Judicial, hasta donde se entiende lo hacía en otro puesto, utilizando

incluso el servicio de bus suministrado a los servidores antiguos de la

Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores, y no es hasta hace poco que

con su anuencia pasa a desempeñarse en el nuevo cargo con horario de

6:00 a.m. a 2:00 p.m., por lo que se entiende que el servidor estuvo de

acuerdo con las condiciones del nuevo puesto que desempeña, entre ellas

el horario, de tal forma que debe trasladarse a laborar por sus propios

medios o de lo contrario, a criterio de esta Representación, el mismo

debería devolverse a su puesto anterior y la Administración nombrar en

esa plaza a alguna persona que pueda desplazarse a laborar sin

colaboración institucional, ya que desde una óptima de maximización de

recursos, parece oportuno tomar acciones para eliminar estas prácticas en

lugar de acrecentarlas.”



-0-



Se acordó: Tener por rendido el informe anterior y por los motivos ahí



señalados, denegar la gestión presentada.



ARTÍCULO XXXI



Mediante oficio N° 3257-10 del 7 de abril de este año, la Secretaría General



de la Corte, remitió a la Dirección Ejecutiva para informe, lo manifestado por el

105



licenciado Franklin Alpízar Hernández, Abogado y Notario, en nota de 5 de ese



mes, que literalmente dice:



“Les escribo para comentarles dos situaciones que se me han

presentado en los Tribunales de Alajuela:



La primera ha sido el día 26 de marzo del año en curso, teniendo

una audiencia señalada en el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de

Alajuela, a las trece y treinta horas, me presenté a las instalaciones y

experimenté una situación que me causó asombro.



a. Los expedientes colocados una covacha de zinc, en el área de

espera del público, sin ninguna seguridad de nada, ahí cualquiera puede

llevarse un expediente y nadie supo nada. Área que además sirve de

parqueo y archivo de los expedientes de tránsito y Juzgado Civil de

Menor Cuantía.



b. En el área de atención al público, un mostrador de un metro

donde para que atiendan a una persona tiene que salir la otra.



c- En la Sala de Juicio no había aire acondicionado y pese a estar

instalado, según se me indicó es nuevo pero no sirve y el área

administrativa no ha contactado a los proveedores para que lo cambien e

instalen uno nuevo como corresponde.



La audiencia se tuvo que celebrar a puertas abiertas a treinta y siete

grados de temperatura, al punto que al final de la audiencia estaba

sofocado y con dolor de cabeza del calor. Bueno mi estancia fue un ratito

me pregunto cómo harán los Jueces de ese Tribunal, que pasan ahí ocho o

más horas al día.



Me causa extrañeza la indiferencia del Poder Judicial por las

condiciones infrahumanas en que los han puesto a laborar no solo a los

Jueces, sino también al resto del personal, ni que se diga de los

ciudadanos y de los abogados litigantes que tenemos que concurrir a esos

estrados, en una zona en donde del calor no se puede ni pensar.

No podemos dormir en cama de oro, mientras otro compatriota

duerma en el fango, dijo un pensador.



La situación realmente me ha dejado consternado, y me pregunto

106



qué hicieron estos profesionales en quienes el Poder ha confiado la

administración de justicia los ha dejado en condiciones tales, que parece

que se les quiere castigar y de verdad les digo, así no se puede trabajar.



Por otra parte, porqué si al Poder Judicial le corresponde hacer

cumplir las leyes, - y hasta he pensado en el amparo - los constructores de

la remodelación del Edificio de los Tribunales de Alajuela, se han

apropiado del derecho de calle en parte trasera del edificio, cuál es la

normativa que los ampara o cuál es ese estatus especial que durante todo

este tiempo han cerrado a su antojo y libre arbitrio esa calle, que pasaría

en este país si todos los que construyen hiciéramos lo mismo, se predica

con el ejemplo y cuál es el ejemplo que da para todos los ciudades (sic)

las acciones del Poder Judicial al cerrar una calle para la construcción de

su edificio, cuando es claro y evidente que podían acomodarse como

cualquier otro constructor, y que hasta se dieron el súper lujo de cerrar

con malla como si fueran terrenos de su propiedad.



Señalo para notificaciones el fax: 2487-7756.”



-0-



Informa la Secretaria General que la gestión anterior, fue comunicada



mediante oficio recordatorio N° 4113-10 de 7 de mayo en curso, a la Dirección



Ejecutiva.



En atención a lo anterior, el licenciado Alfredo Jones León, Director



Ejecutivo, con oficio Nº 4228-DE-2010 de 11 de los corrientes, remitió nota Nº



473-ARICJA-2010 de misma fecha, suscrita por el licenciado Rónald Vargas



Bolaños, Administrador Regional del Primer Circuito Judicial de Alajuela, que



literalmente dice:



“En atención a su atento oficio 4040-DE-2010, sobre la queja

presentada por el señor Franklin Alpízar Hernández, me permito

manifestarle lo siguiente:

107





1. Cuando se creó el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de

Alajuela se tomó la decisión que compartieran espacio con el Juzgado

Civil de Menor Cuantía; sin embargo, la Jueza Coordinadora del Tribunal

de Trabajo me solicitó que les buscara alguna opción para separar

físicamente los dos despachos. Al no autorizarse el alquiler de un local

para ellos, les manifesté como alternativa viable habilitarles un espacio en

él área trasera del inmueble, misma que se utiliza como parqueo, a lo que

la Licda. Agüero estuvo de acuerdo pues se trataría de una solución

temporal por cuanto ya iba a iniciar la construcción del edificio. De esta

forma se habilitó un espacio para los auxiliares judiciales y un área de

espera para las personas que deban esperar algún juicio o que se les tome

la demanda. En esa área se han colocado expedientes terminados; sin

embargo, los mismos han sido reubicados en un espacio dentro del

archivo del Juzgado de Tránsito ya que se eliminó gran parte de su

documentación.



2. En cuanto al mostrador lo deben compartir tanto el personal

manifestador del Juzgado Civil de Menor Cuantía y como del Tribunal de

Trabajo por cuanto no hay posibilidad para ampliarlo, es por ello que

requerimos de nuestros usuarios un poco de paciencia, sin embargo, en su

mayoría a los usuarios del Tribunal de Trabajo los trasladan al lugar

donde están los auxiliares judiciales de ese despacho para atenderlos.



3. La sala de juicio que utiliza el Tribunal de Trabajo de Menor

Cuantía cuenta con su aire acondicionado, sin embargo, el mismo ha

presentado problemas en cuanto a la potencia del mismo (enfría muy

poco), ya esta Administración está realizando las gestiones junto con la

Unidad de Ejecución y Verificación contractual para el reclamo de la

respectiva garantía. Le adjunto último correo al respecto.



Es importante indicar que el problema de espacio físico de ese

despacho estará resuelto una vez que nos entreguen la torre este de los

Tribunales de Justicia de Alajuela.



Por último, en cuanto al cierre parcial de la calle trasera del edificio

de los Tribunales de Justicia de Alajuela, me permito indicar que

contamos con el permiso respectivo de la Municipalidad de Alajuela y se

hizo de esa forma para evitar cualquier accidente que pudiera ocurrirle a

algún ciudadano que pase por el lugar.”

-0-

108



Informa la Secretaria General, que mediante oficio N° 4273-2010 de 13 de



mayo en curso, procedió a dar respuesta al licenciado Alpízar Hernández, a las



inquietudes por él indicadas.



Por último, el licenciado Franklin Alpízar Hernández, en correo electrónico



de 13 de este mes, manifestó:



“Es evidente que a la fecha no se ha resuelto nada sobre mis quejas,

el despacho judicial, continúa sin aire acondicionado, los expedientes no

han sido archivados o remesados para ser enviados a San Pablo de

Heredia. La anuencia de los funcionarios no es una excusa para tenerlos

en un lugar insalubre, violatorio de los derechos humanos y sobre todo

contra la salud pública, los administrados no dimos nuestra anuencia para

que la prestación del servicio público, sea contra la salud.



En cuanto al cierre de vías desde cuando le compete a la

Municipalidad de Alajuela, esto nunca, los funcionarios públicos no

pueden disponer de los bienes del dominio público y conforme la misma

jurisprudencia de la Sala Constitucional, es materia reservada única y

exclusivamente al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, conforme

lo establece la ley de tránsito y por tiempo determinado y previamente

establecido, es evidente la ilegalidad que el mismo Administrador

reconoce, solicito la apertura de inmediato de la calle en cuestión, ya que

se ha dispuesto de bienes del dominio público sin las debidas

autorizaciones y ante la ilegalidad del acto del Poder Judicial, deben de

predicar con el ejemplo y volver las cosas a su estado, y asumir sus

responsabilidades bajo los apercibimientos que establece la constitución

política y la ley General de Administración Pública y Código Procesal

Administrativo.



Pido sea resuelto lo pedido.”

-0-



Al respecto manifiesta el licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo,



que como lo señala el licenciado Ronald Vargas en su oportunidad se conversó con

109



la licenciada Grace Agüero Alvarado, Jueza Coordinadora del Tribunal de Trabajo



de Menor Cuantía de Alajuela, quien le manifestó estar de acuerdo en ubicar el



Tribunal en el lugar en que se hizo, aunque es claro que no cuenta con las mejores



condiciones físicas, mientras se concluye la remodelación y ampliación del



edificio. Que en estos días se ha colocado un rótulo que permita que los usuarios



determinen el lugar en que se encuentra el Tribunal. Agrega el licenciado Jones



León que Don Ronald informa que los expedientes a que se refiere don Franklin ya



fueron enviados al Archivo Judicial y que la clausura de la calle se dio en razón de



que la Municipalidad expresamente lo autorizó para evitar cualquier accidente que



pudiera sufrir la población que transite por ese lugar, mientras se construye y



amplia el edificio.



Se acordó: 1) Tener por hechas las manifestaciones de la Secretaria General



y del Director Ejecutivo. 2) Hacer este acuerdo de conocimiento del licenciado



Franklin Alpízar, a quien se le agradece su preocupación por el bienestar de las y



los servidores judiciales que laboran en el edificio de los Tribunales de Justicia de



Alajuela. 3) En lo que respecta a los problemas que se presentan con el aire



acondicionado indicado, la Dirección Ejecutiva tomará nota para lo de su cargo.



ARTÍCULO XXXII



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la

110



Inspección Judicial, en oficio N° 1278 de 7 de mayo en curso, en cumplimiento de



lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:





“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION

FUNCIONARIO FINAL

09-000919-031-IJ Licda. Marlene Solís Jueza de Pensiones Alimentarias de Se desestima

Blanco, Licda. Irma Hatillo y Jueza Civil Y Trabajo de

Páez Sibaja. Hatillo, respectivamente

09-000944-031-IJ Lic. Gustavo Juez Civil de Puntarenas Se desestima

Fernández Zelada

09-000989-031-IJ Licda. Patricia Jueza Contravencional de Upala Se desestima

Montero Morales

09-000990-031-IJ Juzgado Se desestima

Contravencional de

Palmares

09-000992-031-IJ Sandra Porras Notificadora del Juzgado Se desestima

Campos Contravencional y de Menor Cuantía

de Tilarán

09-000994-031-IJ Msc. Maribel Seing Jueza Civil del II Circuito Judicial de Se desestima

Murillo San José

09-000996-031-IJ Tribunal de Juicio y Se desestima*

Defensa Pública de

Alajuela

09-000999-031-IJ Ricardo Barrantes Juez del Juzgado Cobro de San José Se desestima

López

*No tienen solicitud de desestimación”



-0-

De conformidad con lo que establece el artículo 213 de la Ley Orgánica del



Poder Judicial, luego de revisadas cada una de las resoluciones finales emitidas por



el Tribunal de la Inspección Judicial, en ninguna de ellas se determinó que



concurre alguna de las causales de nulidad prevista en el artículo 210 ibídem, que

111



motiven ordenar el reenvío correspondiente al Tribunal de la Inspección Judicial,



en consecuencia, se acordó: Tomar nota de lo resuelto por el Tribunal de la



Inspección Judicial en las resoluciones que se consignan en el listado adjunto.



ARTÍCULO XXXIII



El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la



Inspección Judicial, en oficio N° 1280 de 10 de mayo en curso, en cumplimiento



de lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,



artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,



dentro de los siguientes asuntos:





“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION

FUNCIONARIO FINAL

09-001036-031-IJ JUZGADO PENAL DE DESESTIMAR

PUNTARENAS

09-001047-031-IJ JUZGADO DESESTIMAR

ESPECIALIZADO DE

COBRO DE SAN JOSE

09-001062-031-IJ JUZGADO DESESTIMAR

CONTRAVENCIONAL DE

PURISCAL

09-001092-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO DESESTIMAR

DE LIMON

09-001109-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO ARCHIVAR

DEL II CIRCUITO

JUDICIAL DE SAN JOSE

09-001114-031-IJ JUZGADO SEXTO CIVIL DESESTIMAR

DE MAYOR CUANTIA DE

SAN JOSE

09-001120-031-IJ MSC. ADRIAN MOLINA JUEZ PENAL DE DESESTIMAR

ELIZONDO HEREDIA

09-001093-031-IJ IGNORADO DESESTIMAR

09-001137-031-IJ JUZGADO CIVIL DE DESESTIMAR

112



CARTAGO

09-001142-031-IJ JUZGADO DE VIOLENCIA DESESTIMAR

DOMESTICA DEL II

CIRCUITO JUDICIAL DE

SAN JOSE

09-001156-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO DESESTIMAR”

DEL II CIRCUITO

JUDICIAL DE SAN JOSE





-0-



Se tiene por recibido el Informe N° 1280-10 del Tribunal de la Inspección



Judicial referente al listado de las resoluciones dictadas por el Tribunal de la



Inspección Judicial. De conformidad con lo que establece el artículo 213 de la Ley



Orgánica del Poder Judicial, luego de revisadas cada una de las resoluciones



finales emitidas por el Tribunal de la Inspección Judicial, en ninguna de ellas se



determinó que concurre alguna de las causales de nulidad prevista en el artículo



210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente al Tribunal de la



Inspección Judicial, en consecuencia se acordó: Tomar nota de lo resuelto por el



Tribunal de la Inspección Judicial, en los procedimientos administrativos



disciplinarios contenidos en el Informe N° 1280-2010. Se declara acuerdo firme.



ARTÍCULO XXXIV



La licenciada Emilia Ureña Solís, Jueza Penal del Primer Circuito Judicial



de la Zona Sur, mediante correo electrónico de 20 de mayo en curso, comunicó lo



siguiente:

113



“… que el Lic. Juan Elpidio Cascante Cortés, Juez de Violencia

Doméstica de Pérez Zeledón, se le impusieron medidas cautelares

alternativas a la prisión preventiva y entre estas la suspensión en el

ejercicio del cargo por quince días, a solicitud del Ministerio Público y en

causa penal que se tramita en su contra por el delito de Abuso sexual de

persona mayor de edad en perjuicio de Lilliam López Madrigal Medida

que se tomó ya que el hecho denunciado presuntamente fue

cometido cuando ejercía sus funciones de Juez de Violencia Doméstica,

la ofendida es una usuaria o víctima en un proceso de violencia

doméstica.”



-0-



Para los fines correspondientes, la licenciada Ureña Solís, en su citada



condición, remite Constancia de Audiencia de Medida Cautelar, en que da cuenta



que el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, a



las once horas cincuenta minutos del día veinte de mayo del dos mil diez, dentro



de las medidas cautelares impuestas al licenciado Juan Elpidio Cascante Cortés, la



que interesa resolvió:



“…3- Por el plazo de quince días, que vencen el nueve de junio del

año en curso, se suspende en el ejercicio del cargo y de conformidad con

el art 244 del Código Procesal Penal y tomando en consideración que el

hecho investigado presuntamente fue perpetrado en el ejercicio de las

funciones de Juez de Violencia Doméstica de Pérez Zeledón. Se dispuso

además poner en conocimiento del Consejo Superior del Poder Judicial

esta situación. Se le hizo ver al encartado las consecuencias del

incumplimiento en el sentido de que se le podrán imponer otras medidas

más gravosas como la prisión preventiva. La defensa interpuso recurso

de apelación, por lo que se dispone remitir los autos al Tribunal de Juicio

a la mayor brevedad.”

-0-



Informa la Secretaría General de la Corte, que en consulta realizada vía

114



telefónica a la licenciada Emilia Ureña Solís aclaró que la suspensión en el



ejercicio del cargo impuesta al señor Cascante Cortés lo es con goce de salario.



Se acordó: 1.) Tomar nota de la comunicación hecha por la licenciada Emilia



Ureña Solís y tener por suspendido con goce de salario en el ejercicio del cargo,



por el plazo de quince días a contar del 20 de mayo en curso, al licenciado Juan



Elpidio Cascante Cortés, conforme lo dispuso el Juzgado Penal del Primer Circuito



Judicial de la Zona Sur, mediante resolución de las once horas cincuenta minutos



del veinte de mayo del dos mil diez. 2) Se previene al señor Cascante Cortés, que



debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, cuenta de



correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de



comunicación conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la Ley de



Notificaciones N° 8687 del 4 de diciembre del 2008. En caso de no cumplir con



esta prevención, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de



forma automática, conforme lo dispone el artículo XI de la referida Ley de



Notificaciones. 3) Hacer este acuerdo de conocimiento del Tribunal de la



Inspección Judicial, el Despacho de la Presidencia y del Departamento de Personal



para lo que a cada uno corresponda.



ARTÍCULO XXXV



La Corte Plena en la sesión N° 4-10 celebrada el 1° de febrero del 2010, artículo

115



VII, en lo conducente, dispuso lo siguiente:



“Por unanimidad, se acordó: Aprobar la propuesta del Consejo

Superior, en el sentido que la Sección Administrativa de la Carrera

Judicial deberá excluir de las ternas por el plazo de 5 años (plazo

prudencial que se fija en aplicación de los artículos 358 en relación

con el 57 y 58 del Código Penal) a los servidores a quienes se les ha

revocado el nombramiento como juez o jueza de la República, en

razón de que han perdido una de las condiciones esenciales para ser

nombrados en ese cargo.”

-0-



Por su parte, el Consejo Superior en la sesión N° 30-10 celebrada el 25 de



marzo de este año, artículo XXVII, dispuso comunicar al Departamento de



Personal que ese Órgano interpreta que la medida de excluir de las ternas por el



plazo de 5 años a los servidores a quienes se les ha revocado el nombramiento



como juez o jueza de la República, en razón de que han perdido una de las



condiciones esenciales para ser nombrados en ese cargo, procede aún en el caso de



que la revocatoria fuere cuando se desempeñaba en otro puesto.



Con relación a los acuerdos de cita, la Integrante Conejo Aguilar, señala que



recibió consulta por parte de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial,



sobre los alcances del acuerdo de Corte Plena, en el sentido de si éste aplica



también a los jueces suplentes.



Se dispuso: 1) Aclarar al Consejo de la Judicatura que este Consejo estima



que el acuerdo tomado por la Corte Plena en la sesión N° 4-10 celebrada el 1° de



febrero del 2010, artículo VII, es para los jueces y juezas titulares y suplentes 1, 2,

116



y 3. 2) Trasladar a la Corte Plena la solicitud de aclaración y que se refiere a las



categorías de jueces y juezas 4 y 5 para lo que a bien estime resolver.



ARTÍCULO XXXVI



El licenciado Tomás Flores Badilla, Juez Coordinador del Juzgado



Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, en oficio N° 274-0444-



2010 de 6 de mayo del presente año, manifiesta lo siguiente:



“El Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires,

se conforma por el siguiente personal: Un notificador, Un asistente

Judicial, Tres Auxiliares Judiciales; además de que llevamos cinco

materias: Pensiones Alimentarias, Faltas y Contravenciones, Tránsito,

Laboral y Civil de Menor Cuantía y Comisiones. Y tenemos los siguientes

sistemas: COSEVI, SDJ, JMS, STT.-

El desempeño de las funciones se desglosa de la siguiente manera:

El Notificador se encarga de: notificar todos los expedientes del despacho,

además tiene el recargo de confeccionar la correspondencia corriente y

certificada, anotar y entregar todas las citas al Oficial Citador, anotar y

entregar las Órdenes de Apremio a la Policía de Proximidad de Buenos

Aires.-

La Asistente Judicial se encarga de: la confección de los informes

mensuales y trimestrales, llevar el control de las agendas, anotar todas la

entradas y salidas en los libros del despacho así como las denuncias y

demandas nuevas de todas la materias, además de llevar actualizada esta

información en los sistemas de libros “JMS” y en el sistema de Tránsito

“STT”, Ingresar todos los asuntos nuevos de Pensión Alimentaria, Civil y

Laboral al SDJ, para iniciar con los Depósitos Judiciales, consultas

generales de los sistemas, revisar, sellar y pasar todos los expedientes al

notificador, cuanto éste los devuelve revisarlos y pasarlos a cada una de

las auxiliares, firmar comisiones, realizar los pedidos de materiales, llevar

el control de activos, además de todos los asuntos administrativos que se

presenten.

Las Auxiliares Judiciales que desglosaremos con los números “2”, “3” y

“4”, se desempeñan de la siguiente

manera:

La Auxiliar Judicial N° 2 lleva los asuntos de Civil y Laboral de

117



Menor Cuantía. Recibir denuncias de FC y demandas de PA por rol.

Además del recargo de las órdenes de apremio, autorización de los

depósitos en garantía y de pago no automático, actualización de la tarjeta

electrónica de todos los expedientes de Pensión Alimentaria Pares.

Contestar las consultas telefónicas propias de las materias. Confeccionar

las certificaciones de Pensión Alimentaria. Ir a sacar copias de

expedientes con las partes a una librería externa durante una semana al

mes. Atender al público una o dos veces a la semana, además de asistir a

la compañera que esta atendiendo, es decir, si la funcionaria que esta

atendiendo debe recibir una denuncia, demanda o manifestación, la

asistente debe recibir todos lo que corresponda a ese día.

La Auxiliar Judicial N°3 lleva los todos los asuntos de Pensión

Alimentaria, que al Primer Trimestre del 2010 el circulante llegó a 751

expedientes, de los cuales 131 están en trámite y 620 en etapa de

ejecución, éstos últimos a los cuales hay que derivar todos los procesos

nuevos que presentan las partes en cuanto a Procesos de Rebajo o

Aumento de la Pensión Alimentaria, Exclusiones de Beneficiarios, Gastos

Extraordinarios Escolares, Médicos etc. Recibir denuncias de FC y

demandas de PA por rol. Los Aumentos Automáticos de todos los

procesos que están en etapa de ejecución que como se indico son 620

expedientes Para darle una referencia a esta fecha llevamos 101 aumentos

automáticos al 30 de Abril del 2010. Contestar las consultas telefónicas

propias de la materia, que son bastantes en promedio unas cincuenta

llamadas telefónicas. Confeccionar las certificaciones de Pensión

Alimentaria. Ir a sacar copias de expedientes con las partes a una librería

externa durante una semana al mes. Atender al público una o dos veces a

la semana, además de asistir a la compañera que esta atendiendo, es decir,

si la funcionaria que esta atendiendo debe recibir una denuncia, demanda

o manifestación, la asistente debe recibir todos lo que corresponda a ese

día.

La Auxiliar Judicial N°4 lleva los asuntos de Faltas y

Contravenciones y Tránsito, así como también las comisiones de Tránsito.

Llevar el Sistema del COSEVI, en donde debe realizar todos los

levantamientos de los gravámenes de licencias prescritos que estén a la

orden del Despacho con el código 0444. Muchos de estos levantamientos

son solicitados vía telefónica por los imputados. Así como también la

devolución de placas de vehículos a los cuales se les han confiscado. Ir a

sacar copias de expedientes con las partes a una librería externa durante

una semana al mes. Recibir denuncias de FC y demandas de PA por rol.

Contestar las consultas telefónicas propias de las materias. Confeccionar

las certificaciones de Pensión Alimentaria. Además del recargo de las

118



órdenes de apremio, autorización de los depósitos en garantía y de pago

no automático, actualización de la tarjeta electrónica de todos los

expedientes de Pensión Alimentaria Impares. Atender al público una o

dos veces a la semana, además de asistir a la compañera que esta

atendiendo, es decir, si la funcionaria que esta atendiendo debe recibir

una denuncia, demanda o manifestación, la asistente debe recibir todos lo

que corresponda a ese día.

El volumen del trabajo de este juzgado se ha venido incrementado

día a día debido a que la población ha crecido y se reciben más demandas

en todas las materias (ver el circulante en el último informe trimestral),

además es importante recalcar que contamos desde hace más de veinte

años con el mismo personal, pero el trabajo no se mantiene igual,

debiendo los servidores hacer grandes esfuerzos para mantener al día el

despacho y no incurrir en mora judicial. Se debe tomar en cuenta que el

día que la auxiliar atiende al público y asiste, el trabajo de escritorio se

queda para los tres días restantes. Debiendo los demás compañeros

también atender en el despacho si el otro está ocupado. También cada

semana le corresponde a cada una (3 auxiliares y 1 asistente) alistar los

expedientes para cada juez, anotar en la agenda si se realizó o no la

audiencia y hacer la constancia en los expedientes que no se haya

realizado la audiencia.

Aunado a lo anterior es importante mencionar, que de acuerdo a las

materias que se tramitan en un Juzgado Contravencional de Menor

Cuantía como el nuestro, la mayoría de los procesos tiene como garantía

procesal que la parte demandante o demandada puede interponer su

acción en el despacho, de lo anterior menciono como ejemplo las

denuncias de contravenciones, demandas laborales, contestaciones de

éstas, pensiones alimentarias e incidentes, apelaciones en tránsito e

indagatorias, lo que conlleva que el poco personal esté dedicado el mayor

tiempo al recibo de éstos trámites en el Despacho, lo que no permite que

en su labor cotidiana pueda tramitar las demás etapas de cada demanda.-



Buenos Aires es el tercer cantón de la provincia de Puntarenas,

posee nueve distritos: Buenos Aires, Volcán, Potrero Grande, Boruca,

Pilas, Colinas, Chánguena, Biolley y Brunka, tiene una extensión

territorial de 2.384.22 kilómetros cuadrados y una población que se

detalle en el siguiente cuadro: Información suministrada por la

Municipalidad de Buenos Aires.



Al 30 de junio

119



Provincia, cantón y distrito Total Hombres Mujeres

Buenos Aires

Buenos Aires 48 303 25 270 23 033

Volcán 20 882 10 597 10 285

Potrero Grande 5 179 2 742 2 437

Boruca 6 151 3 269 2 882

Pilas 3 369 1 793 1 576

Colinas 1 851 1 013 838

Chánguena 1 666 894 772

Biolley 3 203 1 743 1 460

Brunka 3 510 1 904 1 606

2 492 1 315 1 177









Además, cuenta con TIERRAS EN RESERVAS INDÍGENAS por

un total de 682,91 kilómetros cuadrados, que representan casi un 30% del

total (28.8%). Esta es una zona de mucha población indígena que hace

uso todos los días de los servicios que presta este despacho.



De acuerdo a la última visita realizada por el Inspector Judicial el

señor Ramón Rojas Sáenz el 14 de Abril anterior, indico en su informe,

en cuanto al estado general de la oficina, quiso destacar sobre el ingreso

de los procesos nuevos en materia de civil ya que se ha incrementado con

relación al último trimestre del 2009 en un 56% motivando dicho

crecimiento en los procesos monitorios (Ley de Cobro Judicial).

Asimismo indico, que se denota el aumento en el circulante de las

Pensiones Alimentarias de 57 procesos. El señor Ramón Rojas Saénz

indico que en relación al trámite de los diferente procesos, el plazo del

proveído y traslado se ha incrementado con relación al año 2008, en 2,14

días y hábiles y 3,78, respectivamente y en términos generales, sin

embargo dichos términos en la materia de pensión alimentaria se

establecieron en 24,28 y 15,63 días hábiles, lo cual implica un

crecimiento bastante alto, en relación con visitas anteriores.



Cabe indicar que para el año 2007 se nos aprobó una plaza de auxiliar

judicial 1 con prioridad 2 y fue rechazada por el Ministerio de Hacienda,

razón por la que solicitamos nuevamente que esta plaza sean con

prioridad 1 o sea que se nos otorgue dicha plaza, asimismo y de que

conformidad con el artículo 44, párrafo 4° de la Ley Orgánica del Poder

Judicial, y por tratarse de un asunto de interés institucional, conceder

permiso con goce de salario y sustitución a una auxiliar judicial para

disminuir el circulante del despacho y equiparar cargar de trabajo, cabe

120



indicar que esta zona es netamente indígena por lo que para dar un mejor

servicio se requiere de una buena mano de obra.



En otro orden de ideas se les solicita que se estudie el

requerimiento de una plaza en informática en esta ciudad, lo anterior por

cuanto la cantidad de despachos existentes en Buenos Aires, es decir,

Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía, Fiscalía, OIJ, Defensa

Pública, Juzgado Penal, Juzgado Familia Civil y Laboral de Mayor

Cuantía, además de la ya existencia del Proyecto de la Oficina

Centralizada de Notificaciones, influye en la necesidad de contar con un

profesional en informática que atienda todas las consultas, problemas y

pueda ayudarnos a todos los funcionarios para el desarrollo normal de sus

labores.



Cabe indicar que esta solicitud se le había dirigido a ustedes en

fecha Marzo del 2009, pero no se le dio viabilidad al estudio por cuanto

se hizo referencia a los procesos de formulación presupuestaria para este

año. Y el criterio emitido por el Administrador de Pérez Zeledón.



Para indicarles a manera de ejemplo la necesidad de esta plaza es

muy importante, no solo por el hecho de que los informáticos de Pérez

Zeledón nos prestan colaboración una o dos veces a la semana y que a

veces entre tantas consultas y problemas generados en referencia a la

informática no pueden ser solucionados todos, por la alta demanda.

Somos muchos usuarios y a veces los problemas generados se dan en días

en que no hay visita por parte del informático. Y es ahí en donde

necesitamos de personal capacitado para que nos ayuden.



En el Juzgado Contravencional existe una persona que nos presta

colaboración cuando tenemos algún problema, pero esta situación no esta

bien, ya que se le esta dando un recargo de trabajo al funcionario, y que

esta persona debe realizar estas funciones aunque no le correspondan,

además de que se atrasa en sus funciones asignadas. De esta manera ha

sido la única forma de que los problemas diarios que se presenten sean

solucionados, tanto así que tuve que prohibirle a la funcionaria que fuera

a otros despachos que llamaban para que fueran a solucionarles los

problemas informáticos, ya que era algo diario y a cada rato. Aquí sería

importante que realicen entrevistas a los funcionarios de los demás

despachos para confirmar esta situación.



Se debe mencionar también que en Pérez Zeledón ya entraron a

121



trabajar con el Sistema de Gestión, a partir del mes de Abril 2010, esto

hace que en algunas ocasiones, no en todas, los informáticos no puedan

visitarnos ya que están muy ocupados, y éstos tienen que atender todos

los funcionarios de Pérez Zeledón, es decir 237 usuarios, más todas las

funciones propias de sus cargos y ahora el nuevo Sistema de Gestión

recién implantado, por lo que algunas veces tenemos que esperarnos a

veces hasta una semana para que se solucione algún problema.



Considero esta situación algo que se sale de control y que necesita

atención inmediata. Esta solicitud es de índole muy esencial, nosotros

como representante del Poder Judicial y dando énfasis a los que nos

recalca el Doctor Luis Paulino Mora Mora una “Justicia Pronta y

Cumplida”, debemos cumplirlo y por eso debe dar esta plaza lo antes

posible.”

-0-



Manifiesta la Integrante Conejo que en visita realizada a ese despacho judicial



(7 y 8 abril de este año) pudo constatar que la organización y trámite de los



procesos puede ser objeto de mejoras sobre todo ahora que cuentan con dos plazas



de juez, por lo que estima que se deben aplicar mejores prácticas y con ello



determinar si se hace necesario asignar personal adicional al despacho, como



ejemplo mencionó un caso en la tramitación de las pensiones alimentarias, en el



que se llevan a cabo actuaciones que no se realizan en otros despachos, y eso



implica mayor trabajo para el personal, asimismo recomendó que se debería



implementar con mayor énfasis el uso de la oralidad.



Agrega doña Milena que el propio Consejo de Administración podría



involucrase para hacer propuestas y mejorar la organización del despacho y que en



vista de que la Administración tuvo que ocupar todo su personal supernumerario

122



para la implantación del sistema de gestión existía una propuesta de su parte sobre



la posibilidad de conceder un permiso con goce de salario a dos auxiliares



supernumerarios para que se dediquen al sistema de gestión como proyecto y que



la administración continúe por su parte brindando la colaboración.



Se acordó: 1) Tomar nota de lo señalado por el licenciado Flores Badilla. 2)



Tener por hechas las manifestaciones de la licenciada Conejo, acoger su propuesta



para que el despacho utilice más la oralidad como medio de resolución más



expedito de los asuntos y solicitar al Consejo de Administración de Pérez Zeledón



realice una visita al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires



para que se constate y analice la situación de este, para lo cual podría contar



también con la asesoría del Departamento de Planificación. 3) Acoger la propuesta



referente a reforzar la Administración para que continúe dando apoyo a los



despachos con mayor retraso que lo requieran, por lo que de conformidad con lo



que establece el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por tratarse de



un asunto de interés institucional, se concede permiso con goce de salario y



sustitución a dos auxiliares supernumerarios del 16 de junio al 31 de julio del 2010



para que se dediquen al proyecto de implantación del sistema de gestión en el I



Circuito de la Zona Sur, y sus suplentes sean asignados donde la demanda de



servicio público lo requiera.

123



El Departamento de Personal tomará nota para los fines consiguientes.



ARTÍCULO XXXVII



En atención de la reunión realizada hoy, 25 de mayo del presente año, con el



Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, respecto a



la situación del Tribunal de ese lugar, que dentro de los puntos esbozados por el



licenciado José Luis Cambronero, en que dio cuenta del esfuerzo realizado el cual



se refleja en el aumento en la realización de juicios tomando en consideración de



que se trata de un tribunal mixto aunado a la implementación de la oralidad,



estiman necesario la creación de una sección segunda se acordó: Solicitar al



Despacho de la Presidencia que dentro de las posibilidades, analice la viabilidad de



asignar una plaza de juez para ese tribunal.



ARTÍCULO XXXVIII



Con motivo de la reunión hoy, 25 de mayo del presente año con el Consejo de



Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se recibió al señor



Alcides Arce, Director de la Fuerza Pública de la región de Pérez Zeledón, quien



hizo referencia y a la vez presenta a conocimiento de este Consejo, una estadística



en materia de flagrancia y contravenciones, y expresó la necesidad de creación de



un Tribunal de Flagrancia en esa localidad, con el fin de reducir la incidencia



delictiva de ese lugar, gestión que hace suya también el Consejo de

124



Administración.



Aprehensiones realizadas en el Cantón de Pérez Zeledón por la Fuerza Pública.

Enero-abril 2009 vrs 2010



Enero-abril año 2009 año 2010 Dif. 2009-2010

Total de aprehendidos 68 58 -13,26%

por delitos contra la

Propiedad

Reincidentes delitos 11 05 -54,26%

contra la propiedad

Total de Aprehensiones 797 1017 27,60%

por distintos delitos

Total de reincidentes 116 144 24,13%

por delitos varios

Denuncias ingresadas al 354 419 18,36%

OIJ por delitos contra la

propiedad







Total de denuncias ingresadas al OIJ por delitos contra la Propiedad en la Región

Brunca.

Enero- abril 2009 vrs 2010



Año Pérez Corredores Osa Golfito Buenos Coto Total

Zeledón Aires Brus general

2009 354 118 105 74 60 50 761

2010 419 130 113 98 95 26 881

Total 773 248 218 172 155 76 1642

general



Como se puede observar las aprehensiones por delitos varios en el

cantón de Pérez Zeledón se han incrementado en un 27,60% comparando

el 1° cuatrimestre del año 2009 vrs 2010. Importante señalar que durante

este primer cuatrimestre del año en curso los reincidentes por diferentes

tipos de aprehensiones han incrementado con respecto al año anterior en

un 24,13%.

Asimismo se señala que las denuncias por delitos contra la

Propiedad en el Cantón de Pérez Zeledón es la más alta de la Región

Brunca, con respecto a todos los demás cantones que componen dicha

región. Y dichas denuncias vienen en incremento pues se presenta un

aumento de 18,36%. Misma característica se presenta en la región Brunca

125



con acrecentamiento entre el 1° cuatrimestre del año 2009 vrs 2010 en los

delios contra la propiedad en un 15,76%.



El fin del tribunal de flagrancia es brindar un orden procesal penal

de llegar a una Justicia pronta y cumplida. Con el respeto de los derechos

constitucionales que tienen todas las partes involucradas en el proceso.

Esto significa que la gente acude a los tribunales de justicia por medio de

la Fuerza Pública con su respectivo informe policial e imputado,

solicitando precisamente que se resuelva el conflicto en el cual se ven

involucrados, pero el denunciante cuando pasa el tiempo, y no tienen

noticias de que es lo que está sucediendo con su proceso, entra el

desgano, entra la apatía de que los tribunales no funcionan como debieran

ser, Por lo que es necesario en el Cantón de Pérez Zeledón, o en la región

Brunca se establezca El sistema de flagrancia ya que este ha venido a

reducir los tiempos de solución de casos, en diferentes partes de San José,

primero por el tipo de delito que le toca conocer, que es un delito in

flagranti (normalmente delitos contra la propiedad u otros) y segundo

porque al reducirse los tiempos las victimas y testigos mantienen el

interés de cooperar con la administración de justicia.”

-0-



Se acordó: Agradecer la presencia del señor Alcides Arce y en cuanto a su



informe y solicitud se traslada a la Comisión de Flagrancias para su análisis.



ARTÍCULO XXXIX



Como resultado de la reunión sostenida hoy con el Consejo de



Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, el representante de los



jueces y juezas 3, licenciado Manuel Rodriguez Arroyo, solicita se haga una



reforma legal, toda vez que el Juzgado de Familia de Pérez Zeledón está



resolviendo asuntos de pensiones y niñez y adolescencia de Buenos Aires y no



propiamente del citado circuito Judicial.

126



Se acordó: 1) Hacer lo anterior de conocimiento de la Comisión de la



Jurisdicción de Familia, para su estudio e informe, con la finalidad que se facilite



el acceso de la justicia en esa materia, y se amplíe la competencia de los tribunales



en Pérez Zeledón. 2) El Departamento de Planificación analizará la redacción de



un proyecto de ley.



ARTÍCULO XL



Como resultado de la reunión sostenida con el Consejo de Administración del



Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hoy 25 de mayo en curso, el representante



de los jueces y juezas 3, licenciado Manuel Rodriguez Arroyo expresa la necesidad



de contar con apoyo del Colegio de Abogados y Abogadas, así como de la



Universidad de Costa Rica, para la defensa gratuita de personas usuarias y de los



consultorios jurídicos en Pérez Zeledón acordó: Poner en conocimiento de la



Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas del país y de la Facultad de



Derecho de la Universidad de Costa Rica, para que se tramite la solicitud



presentada y a la vez se comisiona a la Integrante Lupita Chaves Cervantes para



que de seguimiento a la inquietud presentada.



ARTÍCULO XLI



En reunión de hoy, 25 de mayo en curso, con el Consejo de Administración del



Primer Circuito Judicial de la Zona Sur el, el representante de los jueces y juezas 3,

127



licenciado Manuel Rodriguez Arroyo, específicamente en materia de familia,



expresa la preocupación que existe por el retraso que se da en la realización y



rendición de los dictámenes por parte del equipo interdisciplinario de Trabajo



Social y Psicología, así como que solamente se asigna a una profesional para el



Juzgado de Familia y existen otras profesionales que también pueden realizar esa



labor, se acordó: Solicitar a la máster María del Rosario González Brenes, Jefa del



Departamento de Trabajo Social y Psicología, que de forma inmediata formule un



plan con los recursos existentes para evitar el retraso que se dice se da en la



entrega de dictámenes de Psicología y Trabajo Social en el Juzgado de Familia de



Pérez Zeledón.



ARTÍCULO XLII



Con motivo de la reunión realizada hoy, 25 de mayo del presente año, con el



Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, la



servidora Alejandra Ortega, en su condición de representante de los trabajadores,



expresó la necesidad de que las y los servidores judiciales reciban mayor



capacitación acorde con la materia del despacho en que se encuentren nombrados,



así como también se analice la posibilidad de realizar con mayor periodicidad los



cursos de “Estilos de Vida Saludable”, acordó: 1) Trasladar a la Escuela Judicial



la inquietud de la capacitación de los servidores en las materias que se encuentren

128



nombrados para que sea tomado en cuenta a futuro dentro de los planes de trabajo.



2) Que el Departamento de Personal valore la posibilidad de reprogramar con



mayor frecuencia la realización del curso “Estilos de Vida Saludable” para el



Circuito Judicial de la Zona Sur.



ARTÍCULO XLIII



Con ocasión de la reunión realizada hoy, el 25 de mayo del presente año, con



el Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se



acordó: Comisionar al licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, para



que coordine lo correspondiente, con el fin de que un profesional en psicología se



traslade desde San José a los Tribunales de Pérez Zeledón y atienda a las



servidoras y servidores judiciales que requieran atención, evitándose así el



desplazamiento de servidoras y servidores hasta San José.



ARTÍCULO XLIV



En reunión sostenida el día de hoy, 25 de mayo en curso con el Consejo de



Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se conoce la



exposición que hace el representante de los jueces y juezas 1 de ese lugar,



licenciada Luz Marina Fernández, en que da cuenta sobre la necesidad de contar



con un profesional en informática que pueda se ubicado permanentemente en la

129



zona de Buenos Aires, ya que con la única plaza que se cuenta está concentrada en



Pérez Zeledón.



Al respecto aclara el máster Luis Fernando Vargas Mora, en condición de



Secretario del Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona



Sur, que una vez por semana el profesional en informática atiende la zona de



Buenos Aires, que actualmente por encontrarse avocado en la implementación del



sistema de gestión se ha reducido sus visitas, pero que dentro de sus funciones está



el de atender esa zona también.



Se acordó: Tener por hechas las manifestaciones anteriores y hacerlas del



conocimiento de la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo.





ARTÍCULO XLV









Como resultado de la reunión sostenida el 25 de mayo del presente año con



el Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se



acordó: Trasladar al Departamento de Personal para su estudio e informe, la



posibilidad de ampliar el servicio de Médico para Empleados hacia otras zonas y



en particular a Pérez Zeledón, tomando en consideración los requerimientos



básicos establecidos por el Ministerio de Salud y valorando las facilidades



existentes en cada lugar para acceder al servicio de salud.

130



ARTÍCULO XLVI



Se acordó: Agradecer al Consejo de Administración del Primer Circuito



Judicial de la Zona Sur por haber recibido a las y los Integrantes del Consejo



Superior en reunión llevada a cabo en ese lugar el pasado 25 de mayo del año en



curso y reconocer el interés y preocupación demostrado por las y los representantes



de cada uno de los sectores para solventar situaciones que buscan como fin ulterior



la buena administración de los recursos y atención al servicio público y los aportes



brindados para buscar soluciones en la administración de justicia en esa



jurisdicción.



Hacer este acuerdo de conocimiento de los demás Consejos de Circuito del



país.







A las 3,15 horas terminó la sesión.


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