Nº 53-10
CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.- Pérez Zeledón, a las
trece horas treinta minutos del veinticinco de mayo del dos mil diez.
Sesión ordinaria con asistencia de la Vicepresidenta Magistrada Villanueva,
quien sustituye en este acto al Presidente, Magistrado Mora, de la licenciada
Milena Conejo Aguilar, la doctora Lupita Chaves Cervantes, el licenciado
Alejandro López Mc Adam y el suplente máster Juan de Dios Salón López, quien
sustituye al licenciado Mario Mena Ayales por vacación. Asiste también el
Director Ejecutivo, licenciado Alfredo Jones León.
ARTÍCULO I
Se dispone llamar a la suplente licenciada Damaris Vargas Vásquez, para
que del 27 de mayo al 4 de junio del año en curso, sustituya al licenciado
Alejandro López Mc Adam, por vacaciones.
El Tribunal Agrario, el Despacho de la Presidencia y el Departamento de
Personal tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO II
Se aprueba el acta de la sesión N° 46-10 celebrada el 11 de mayo en curso.
También se aprueba la separata del acta N° 50-10 del 18 de los corrientes,
artículos LXI.
2
El Integrante Salon López se abstiene de votar por no haber participado en
esas sesiones.
ARTÍCULO III
Con ocasión del sentido fallecimiento del señor Cristino Ramírez Peña,
abuelo paterno del servidor Jorge Jiménez Ramírez, Técnico Administrativo de la
Administración Regional del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, se acuerda
expresar a don Jorge y a su estimable familia las condolencias de la Corte Plena y
de este Consejo.
ARTÍCULO IV
En razón del sentido fallecimiento del señor Bolivar Rojas Arias, abuelo
materno del señor Christopher Portuguez Rojas, Auxiliar de Servicios Generales
de la Sección de Limpieza y Jardinería del Departamento de Servicios Generales,
se acuerda expresar las condolencias de la Corte Plena y de este Consejo a don
Christopher y a su estimable familia.
ARTÍCULO V
En sesión Nº 40-10 celebrada el 27 de abril último, artículo XXXIV, al
conocerse la solicitud de la licenciada Ana Shirlenia Briceño Castro, Trabajadora
Social del Equipo Interdisciplinario del Segundo Circuito Judicial de San José,
para que se le concediera permiso con goce de salario durante tres semanas entre
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los meses de julio y agosto próximos para poder participar en una gira cultural con
el Grupo de Proyección Folklórica Kämuk de Costa Rica, en el Festival Culturas
del Mundo a realizarse en Francia, este Consejo denegó la gestión de doña Ana
Shirlenia, en razón de no encontrarse su solicitud dentro de los presupuestos que
establece el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Lo anterior, sin
perjuicio de que pudiera hacer uso de un adelanto de vacaciones, si tuviera derecho
a ello o bien gestionara un permiso sin goce de salario ante sus superiores, a fin de
que pudiera realizar la gira que da cuenta.
En relación con lo anterior, la licenciada Ana Shirlenia Briceño Castro, en su
citada condición, en correo electrónico de 14 de mayo en curso, presentó lo
siguiente:
“… - el pasado martes 27 de abril del presente año, en la sesión
número 40-10, en su artículo 34, se indica denegarme un permiso con
goce de salario por tres semanas para participar en una gira cultural
representando al país con el Grupo de Proyección Folklórica Kämuk, en
Festivales Mundiales a realizarse en Francia, viaje que debemos iniciar el
domingo 4 de julio, regresando al país el lunes 16 de agosto del presente
año.
De acuerdo a las limitaciones presupuestarias por las que atraviesa
nuestra institución, respetuosamente les solicito que interpongan sus
buenos oficios para que consideren la posibilidad de que se me brinde por
lo tanto solamente cinco días hábiles con goce de salario y su sustitución,
siendo que el restante de las seis semanas que comprende la gira, yo lo
asumiré por medio de mis vacaciones y de un permiso sin goce de salario,
para cubrir lo respectivo. Lo anterior en igualdad de condiciones con
respecto a la acordado en la Sesión 06-08, celebrada el veinticuatro de
enero del dos mil ocho, en su Artículo XV, en el cual se indica que se le
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brinda al compañero Carranza Chávez un permiso con goce de salario.
Teniéndose en cuenta que la actividad a la que asistiré también tiene un
enfoque cultural y de proyección al país.
Como les había mencionado en la anterior carta del 19 de abril,
2010, esta gira será declarada de interés cultural y oficializada, con lo
cual estaríamos viajando como representantes del gobierno de Costa Rica,
estos documentos se les aportarán en el momento que sean emitidos por
las autoridades gubernamentales respectivas.
Les adjunto la carta del Grupo de Proyección Folklórica Kämuk, en
la cual se explica con más detalle los objetivos de nuestro grupo y
también les adjunto la invitación oficial del Festival de Francia,
posteriormente les haré llegar la oficialización de la gira y su declaración
de interés cultural.
A su consideración les presento esta nueva solicitud y les agradezco
su atención y colaboración al respecto, en virtud de que esta gira
comprende de varias semanas y me representaría de un costo muy alto a
nivel económico el asistir sin la colaboración de ustedes, lo cual sin lugar
a dudas representaría para mi persona un incentivo más dentro de mi
desempeño en esta institución por parte de esta Autoridad Judicial.”
-0-
Por mayoría, se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia; por
tratarse de una actividad de enfoque cultural y de proyección al país, se concede
permiso con goce de salario únicamente por 5 días hábiles a la licenciada Ana
Shirlenia Briceño Castro, para que participe en la gira cultural con el Grupo de
Proyección Folklórica Kämuk de Costa Rica, en el Festival Culturas del Mundo a
realizarse en Francia.
La Magistrada Villanueva Monge y la licenciada Conejo Aguilar, votaron
por denegar la solicitud de la licenciada Briceño Castro, en razón de que las
5
previsiones económicas no permiten cubrir este tipo de sustituciones, y concederlo
sin sustitución conllevaría a una grave afectación al servicio público al que se debe
el Equipo Interdisciplinario del Segundo Circuito Judicial de San José.
Los Departamentos de Personal y Trabajo Social y Psicología tomarán nota
para lo que corresponda.
ARTÍCULO VI
Mediante oficio Nº 4450-DE-2010 de 17 de mayo en curso, el licenciado
Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, remitió nota Nº 3534-DP/10-2010 suscrita
por el licenciado Wilbert Kidd Alvarado, Jefe interino del Departamento de
Proveeduría, que literalmente dice:
“En sesión N° 78-09 celebrada el 19 de agosto de 2009, artículo
XIV el Consejo Superior dispuso adjudicar la Licitación Abreviada N°
2009LA-000077-PROV denominada “Contratación de servicios de
recolección de desechos infectocontagiosos para el Servicio Médico
del I y II Circuito Judicial de San José”, a la casa comercial Manejo
Profesional de Desechos S.A, cédula jurídica 3-101-310098 de la
siguiente manera:
“A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica (sic)
La recolección de los desechos infectocontagiosos para el Servicio
de Salud para Empleados del I y II Circuito Judicial de San José, para lo
cuál realizará la entrega de los recipientes y bolsas en forma diaria de
conformidad con la cantidad máxima ofertada.
El costo mensual del servicio asciende a ¢498.000,00.
El servicio no podrá iniciar antes del 03 de setiembre del año en
curso.
6
Todo de conformidad con las condiciones técnicas establecidas en
el cartel. “
Mediante oficio 246-OAT-10 de fecha 11 de marzo del año en
curso, la licenciada Vivian Chacón Madrigal, Jefa de la
Administración de Tribunales del I Circuito Judicial de San José,
solicitó a este Departamento la ampliación del contrato número 38-
01-09 por el “Servicio de recolección de desechos infectocontagiosos
para el Servicio de Salud para Empleados del Primer y Segundo
Circuito Judicial de San José”, para poder incorporar la Unidad
Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social, ya
que ese despacho maneja este tipo de desechos.
Así las cosas, se procede a analizar la aplicación del artículo 200
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el cual
posibilita a la Administración a adquirir suministros o servicios
adicionales de igual naturaleza, del mismo contratista, siempre que
se observen las siguientes condiciones:
200 Modificación unilateral del contrato. La Administración
podrá modificar unilateralmente sus contratos tan pronto éstos se
perfeccionen, aún antes de iniciar su ejecución y durante ésta, bajo las
siguientes reglas:
a) Que la modificación, aumento o disminución del objeto, no
le cambie su naturaleza, ni tampoco le impida cumplir con su
funcionalidad o fin inicialmente propuesto.
En este sentido, efectivamente se requiere de un aumento en la
recolección de desechos infectocontagiosos del contrato de referencia
para que se efectúen sobre las bases del contrato actual, producto de la
licitación abreviada N° 2009LA-000077-PROV “Contratación de
servicios de recolección de desechos infecto-contagiosos para el Servicio
Médico del I y II Circuito Judicial de San José”, tramitada en su
oportunidad, lo que no le impedirá cumplir con su funcionalidad o el fin
inicialmente propuesto, ya que lo que se requiere es lograr satisfacer la
necesidad de poder recolectar los desechos infecto-contagiosos de Unidad
Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I
Circuito Judicial de San José, servicio que corresponde a la misma
naturaleza del inicialmente contratado.
7
b) Que en caso de aumento se trate de bienes o servicios
similares.
El aumento del servicio requerido, corresponde a la recolección de
desechos infecto-contagiosos, los cuales se brindarán bajo las
condiciones requeridas en la licitación abreviada N° 2009LA-000077-
PROV Contratación de servicios de recolección de desechos infecto-
contagiosos para el Servicio Médico del I y II Circuito Judicial de San
José”, por lo cual el servicio requerido no será modificado.
c) Que no exceda el 50% del monto del contrato original,
incluyendo reajustes o revisiones, según corresponda.
El adendum al contrato se tramitaría para brindar el servicio de
recolección de desechos infecto-contagiosos, a la Unidad Médico Laboral
que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I Circuito Judicial de
San José, contratando la recolección de dos bolsas no punzo cortantes y
dos envases de desechos punzo cortantes, ambos quincenalmente, con un
costo mensual de ¢30.500,00.
Actualmente por este contrato se está pagando la suma de
¢498.000,00 mensual, mientras que como se dijo anteriormente la
ampliación que se pretende mensualmente ascendería a ¢30.500,00.
Así las cosas, se evidencia que la ampliación que se pretende, no
sobrepasa el 50% del costo del contrato original, ya que solo alcanzan un
6.12% del contrato de interés.
d) Que se trate de causas imprevisibles al momento de iniciar
el procedimiento, sea que la entidad no pudo conocerlas pese a haber
adoptado las medidas técnicas y de planificación mínimas cuando
definió el objeto.
La imprevisibilidad radica en que cuando se gestionó la contratación
inicial no se contaba con la Unidad Médico Laboral del Juzgado de
Seguridad Social, en razón de ello, no se pudo contemplar al inicio del
procedimiento original, sino que fue hasta diciembre del año 2009, que
entró a funcionar dicho despacho.
e) Que sea la mejor forma de satisfacer el interés público.
8
Dado que actualmente la empresa adjudicataria de este contrato
brinda el servicio para el Servicio Médico del I y II Circuito Judicial de
San José, es conveniente que sea la misma empresa la que brinde el
servicio requerido en la Unidad Médica Laboral ubicada en el Juzgado de
Seguridad Social del I Circuito Judicial de San José. Así las cosas, y en
vista de que se requiere contar a la brevedad con el servicio de
recolección de desechos infecto-contagiosos, por razones de salud del
público y del personal que ahí labora, es necesario ampliar el contrato
actual, esta ampliación constituye la mejor forma de satisfacer el interés
público.
f) Que la suma de la contratación original, incluyendo
reajustes o revisiones de precio, y el incremento adicional no superen el
límite previsto para el tipo de procedimiento tramitado.
En virtud de que el contrato original asciende a un monto anual de
¢5.976.000,00 y proyectado a 4 años de ¢23.904.000,00, es que se puede
concluir que el monto de la suma de la contratación original, más el
incremento adicional que esta modificación implica (monto anual de
¢366.000,00, y proyectado a 4 años de ¢1.464.000,00), es que se llega a
concluir que no exceden el límite previsto por la Ley en el año 2010 para
el procedimiento de licitación tramitado, sea Licitación Abreviada el cual
correspondía a ¢214.000.000,00.
RECOMENDACIÓN:
Por todo lo anterior, se solicita remitir este asunto a conocimiento
del Consejo Superior, a efecto de contar con la autorización para contratar
los servicios recolección de desechos infecto-contagiosos para el Servicio
de Salud de Empleados del I y II Circuito Judicial y la Unidad Médico
Laboral del Juzgado de Seguridad Social, con base en la aplicación del
artículo 200 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
sobre la adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2009LA-000077-
PROV. En cuanto a los recursos, se cuenta con la certificación de
contenido económico emitido por el Departamento Financiero Contable
mediante oficio N° 0347-P-2010 de fecha 12 de mayo del año en curso,
por la suma de ¢213.500,00, para hacerle frente a la erogación por la
prestación de los servicios de comentario para un período comprendido de
junio a diciembre del año en curso.
El detalle de la ampliación del contrato es el siguiente:
9
“A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica (sic)
La recolección de los desechos infectocontagiosos para la Unidad
Médico Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del I
Circuito Judicial de San José, de dos bolsas no punzo cortantes y dos
envases de desechos punzo cortantes, ambos quincenalmente.
El costo mensual del servicio asciende a ¢30.500,00.
Demás términos y condiciones conforme al contrato original.
EL GRAN TOTAL RECOMENDADO AMPLIAR ES DE
¢30.500,00 MENSUALES, PARA UN MONTO TOTAL POR LOS
SIETE MESES RESTANTES DE ESTE EJERCICIO
PRESUPUESTARIO DE ¢213.500,00.
Conforme al artículo 9 del Reglamento General de Contratación
Administrativa, la Administración del I Circuito Judicial de San José,
deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar en su
oportunidad el pago de las obligaciones que contraerá durante todos los
ejercicios presupuestarios que involucran la relación contractual.”
-0-
De conformidad con lo que establece el artículo 200 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa y al estar en ejecución el contrato y por
requerirse trabajos adicionales de igual naturaleza, se acordó: Acoger la
recomendación del Departamento de Proveeduría y por consiguiente autorizar la
ampliación del contrato de la Licitación Abreviada N° 2009LA-000077-PROV
denominada “Contratación de servicios de recolección de desechos
infectocontagiosos para el Servicio Médico del Primer y Segundo Circuito Judicial
de San José”, en un 6.12%, según el siguiente detalle:
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A: Manejo Profesional de Desechos S. A.; cédula jurídica Nº 3-101-310098.
La recolección de los desechos infectocontagiosos para la Unidad Médico
Laboral que se ubica en el Juzgado de Seguridad Social del Primer Circuito
Judicial de San José, de dos bolsas no punzo cortantes y dos envases de desechos
punzo cortantes, ambos quincenalmente, a partir del 1° de junio del año en curso.
El costo mensual del servicio asciende a ¢30.500,00 (treinta mil quinientos
colones exactos).
Demás términos y condiciones conforme al contrato original.
El total ampliado es de ¢30.500,00 (treinta mil quinientos colones exactos)
mensuales, para un monto total por los siete meses restantes de este ejercicio
presupuestario de ¢213.500,00 (doscientos trece mil quinientos colones exactos).
Conforme al artículo 9 del Reglamento General de Contratación
Administrativa, la Administración de los Tribunales de Justicia del Primer Circuito
Judicial de San José, deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar en su
oportunidad el pago de las obligaciones que contraerá durante todos los ejercicios
presupuestarios que involucran la relación contractual.
La Dirección Ejecutiva y el Departamento de Proveeduría tomarán nota para
lo que a cada uno corresponda. Se declara acuerdo firme
ARTÍCULO VII
11
Con vista en las proposiciones incluidas en la nómina elaborada por el
Departamento de Personal, se acordó: Aprobar en propiedad los siguientes
nombramientos:
DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
JUDICIAL DE LA UNIÓN DE TRES RÍOS (TRÁNSITO)
1. Chacón Murillo Pablo José
01-0991-0777
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-06-2010
Nómina No. 0297-2010
Puesto Nº 6626
Puesto anterior: 43330
Investigador 1
Oficina: Sección de Delitos Sexuales, Familia y Contra la Vida
DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
JUDICIAL DE SIQUIRRES
2. Fonseca Bustos Esmirna
07-0098-0935
Auxiliar de Servicios Calificados 1 (Operador de Radio)
12
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-08-2010
Nómina No. 0270-2010
Puesto Nº 47179
Puesto anterior: 112380
Auxiliar de Servicios Generales 2
Oficina: Sub-Delegación Regional de Siquirres
SERVICIO NOCTURNO
3. Araya Soto Róger Abelardo
01-0921-0120
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0294-2010
Puesto Nº 56858
Puesto anterior: 103742
Investigador 2
Oficina: Servicio Nocturno
SECCIÓN DE ASALTOS
4. Guzmán Valverde Luis Mauricio
02-0597-0395
13
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0307-2010
Puesto Nº 15417
Puesto anterior: 351388
Investigador 1
Oficina: Sección de Homicidios
SECCIÓN DE ROBO DE VEHÍCULOS
5. Arroniz Parrales Alexander Rafael
01-0994-0084
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0310-2010
Puesto Nº 6519
Puesto anterior: 15395
Investigador 2
Oficina: Departamento de Investigaciones Criminales
6. Sánchez Ramos Joaquín Rodolfo
01-1082-0104
14
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0310-2010
Puesto Nº 92445
Puesto anterior: 43306
Investigador 1
Oficina: Sección de Robo de Vehículos
SECCIÓN DE HOMICIDIOS
7. Brenes Gómez Leonardo Virgilio
01-0921-0927
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0293-2010
Puesto Nº 54097
Puesto anterior: 350227
Investigador 2
Oficina: Sección de Homicidios
SECCIÓN DE ROBOS Y HURTOS
8. Arias Vega Verny Gustavo
15
01-0885-0218
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0309-2010
Puesto Nº 15390
Puesto anterior: 54148
Investigador 2
Oficina: Unidad de Hurtos
9. Arboine Gómez Leidy Cecilia
07-0147-0342
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0309-2010
Puesto Nº 47085
Puesto anterior: 15493
Investigador 1
Oficina: Departamento de Investigaciones Criminales
DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE ALAJUELA
16
10. Rivera Olivares José Alberto
01-0793-0076
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010
Nómina No. 0301-2010
Puesto Nº 359345
Puesto anterior: 350250
Investigador 2
Oficina: Delegación Regional de Alajuela
11. Salazar Vega José Luis
02-0379-0302
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010
Nómina No. 0301-2010
Puesto Nº 359344
Puesto anterior: 24130
Investigador 2
Oficina: Oficina Regional de Grecia
DELEGACIÓN REGIONAL DEL ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN
17
JUDICIAL DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DE LA ZONA
ATLÁNTICA
12. Mora Torres Nelson Horacio
07-0128-0052
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-06-2010
Nómina No. 0303-2010
Puesto Nº 111253
Puesto anterior: 23238
Investigador 2
Oficina: Delegación Regional de Limón
SECCIÓN DE INGENIERÍA FORENSE DEL DEPARTAMENTO DE
LABORATORIOS CIENCIAS FORENSES
13. Ruíz Ramos Jorge Arturo
01-0665-0422
Jefe Sección de Tránsito y Planimetría
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 15-07-2010
Nómina No. 0260-2010
Puesto Nº 43455
18
Puesto anterior: 107829
Perito Judicial 1
Oficina: Sección de Ingeniería Forense
De conformidad con los artículos 33 y 34 inciso a) del Estatuto de Servicio
Judicial, los servidores nombrados en propiedad por primera vez deberán cumplir
un período de prueba de un año a partir de la fecha en que rige el nombramiento y
los servidores propietarios que pasen a ocupar otras plazas cumplirán un período
de prueba de 3 meses, en ambos casos en los puestos que están siendo nombrados.
El Departamento de Personal tomará nota los fines consiguientes. Se
declara acuerdo firme.
ARTÍCULO VIII
En sesión N° 50-2010 del 18 de mayo de este año, artículo LIV, al conocer
los argumentos ahí expuestos por la licenciada Alexandra Ledezma Venegas,
Investigadora de la Sección de Fraudes del Organismo de Investigación Judicial,
respecto a su inconformidad con la Jefatura por los nombramientos en propiedad
propuestos para las plazas de Oficial de Investigación, se acordó hacer de
conocimiento del licenciado Jorge Rojas Vargas, Director General del Organismo
de Investigación Judicial, esa gestión, para que se refiera a lo señalado por doña
Alexandra. Asimismo y en razón de que se evidenció la existencia de conflicto
19
entre la citada servidora y el señor Exleine Sánchez Torres, Jefe de la Sección de
Fraudes de ese Organismo, se dispuso que el licenciado Rojas Vargas hiciera los
nombramientos en propiedad para las plazas de Oficial de Investigación de la
Sección de Fraudes publicados mediante Concurso N° 011-2010.
Mediante nómina elaborada por el Departamento de Personal, se remitieron -
entre otros- las siguientes propuestas de nombramientos en propiedad, a saber:
ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN JUDICIAL
SECCIÓN DE FRAUDES
(…)
8. Mora Calderón German Martín
01-0779-0270
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0292-2010
Puesto Nº 6520
Puesto anterior: 43378
Investigador 1
Oficina: Sección de Fraudes
9. Ángulo de la O Nacira
20
05-0336-0546
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0292-2010
Puesto Nº 6589
Puesto anterior: 100993
Investigador 1
Oficina: Unidad de Anticorrupción y Enriquecimiento Ilícito
10. Brenes Flores José Manuel
01-0580-0841
Oficial de Investigación
Nombramiento en Propiedad rige a partir del: 01-07-2010
Nómina No. 0292-2010
Puesto Nº 6516
Puesto anterior: 43265
Investigador 1
Se acordó: Devolver al licenciado Jorge Rojas Vargas, Director del
Organismo de Investigación Judicial, las anteriores propuestas de nombramiento,
para que en cumplimiento a lo resuelto en la sesión N° 50-10 del 18 de mayo en
21
curso, artículo LIV, y por los motivos ahí señalados, proceda a realizar los
nombramientos en propiedad para las plazas de Oficial de Investigación de la
Sección de Fraudes publicados mediante Concurso N° 011-2010.
ARTÍCULO IX
En ejecución de lo dispuesto por la Corte Plena en sesión N° 35-00
celebrada el 11 de setiembre del 2000, artículo XXIX, se tienen por designados
como Jueces a los siguientes funcionarios, en los despachos y por las fechas que se
dirán:
1- EN EL JUZGADO DE PENSIONES ALIMENTARIAS DEL TERCER
CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSÉ
El 26 de mayo a:
Lic. Eduardo Arias Hernández
2- EN EL JUZGADO DE TRABAJO DE PUNTARENAS
El 27 de mayo a:
Licda. Mayela Gómez Pacheco
3- EN EL JUZGADO DE TRABAJO DE CARTAGO
El 28 de mayo a:
Licda. Doris Bravo Núñez
Licda. Mayela Gómez Pacheco
22
Licda. Derling Talavera Polanco
Lic. Eduardo Arias Hernández
4- EN EL JUZGADO DE FAMILIA DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL
DE SAN JOSÉ
El 28 de mayo a:
Lic. Willy Fernández Muñoz
Lic. Luis Guillermo Valverde Rivera
5- EN EL JUZGADO CIVIL MAYOR CUANTÍA DE CARTAGO
El 3 de junio a:
Lic. Jose Francisco Rivera Meza
Lic. Gustavo Irías Obando
6- EN EL JUZGADO CIVIL Y TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO
JUDICIAL DE ALAJUELA
El 7 de junio a:
Licda. Doris Bravo Nuñez
Licda. Mayela Gómez Pacheco
Licda. Derling Talavera Polanco
Licda. Ana Noelia Prendas Ugalde
Lic. Eduardo Arias Hernández
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Lic. Gustavo Irías Obando
Lic. José Francisco Rivera Meza. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO X
En sesión N° 49-09 celebrada el 12 de mayo de 2009, artículo XXI, de
conformidad con lo que establece el artículo 44, párrafo 4° de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, se prorrogó el permiso sin goce de salario, al licenciado Vladimir
Muñoz Hernández, Oficial de Investigación de la Sección de Estupefacientes del
Organismo de Investigación Judicial del 4 de junio de 2009 y hasta el 4 de junio
del 2010, a fin de que continuara laborando en el proyecto denominado Comisión
Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).
El licenciado Vladimir Muñoz Hernández, en su citado carácter, con el visto
bueno de la licenciada Emilia Damazzio Solano, Jefa de la Sección de
Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial, en nota de 12 de mayo en
curso, solicitó:
“… ante ustedes, la AMPLIACIÓN de la LICENCIA SIN
GOCE DE SALARIO, a partir del próximo 4 de Junio del 2010 por
un período de DOCE MESES más (04-05-2011) por las razones que a
continuación detallaré y con fundamento en lo que establecen los
numerales 41 y 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El 26 de noviembre del año 2008, presenté ante la jefatura de la
Sección de Estupefacientes, específicamente al licenciado Luis Guillermo
Fonseca Herrera, solicitud formal de una licencia sin goce de salario por
24
seis meses, mismos que iniciaban el 4 de diciembre de ese mismo año,
hasta el 4 de Junio del 2009, solicitud que fue otorgada, remitiéndose la
nota No 629-E-08 al Departamento de Gestión Humana para lo
correspondiente, contando para ello con el aval de la Jefatura
Departamental del O.I.J.
Dicho permiso inicial se fundamentó, en el trabajo de una Comisión
de la O.N.U en Guatemala, con el nombre de Comisión Internacional
contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), que viene desarrollando,
entre otros temas, investigaciones de estructuras clandestinas y grupos
paralelos, relacionadas con sectores de poder, que desde muchos años han
operado con toda impunidad en dicha nación, socavando con ello la
bases de Justicia de país, con todos los resultados conexos que ello
implica.
El trabajo que he venido desarrollando en dicha comisión desde el 8
de diciembre del 2008 a la fecha, ha consistido en colaborar, investigar y
asesorar investigaciones donde se encuentran relacionadas estructuras
importantes del narcotráfico, en su mayoría ligadas a algunos de los
principales carteles de la droga mexicanos, dado que mi experiencia en la
Policía Judicial desde el año 90 ha sido en la Sección de Estupefacientes,
lo que me ha permitido comprender y colaborar en las investigaciones de
este tipo de delitos.
En fecha del 04 de Mayo del 2009 remití al Consejo Superior de la
Corte Suprema de Justicia una solicitud de Ampliación de Licencia sin
Goce de Salario, por un periodo adicional de un año, a saber del 04 de
Junio del 2009 al 04 de Junio del 2010, permiso que fue autorizado en
Artículo XXI, sesión No. 49-09 celebrada el 12 de Mayo del 2009, hasta
el 04 de Junio del 2010. En setiembre del 2009 la Asamblea de las
Naciones Unidas, en acuerdo con el Gobierno de Guatemala, acordaron
ampliar el Mandato de la CICIG por un nuevo período de dos años,
vigentes hasta Setiembre del 2011, con la finalidad no solo de continuar
sus labores, sino de culminar de forma exitosa la misión encomendada a
este equipo internacional, lo que implica dar continuidad al trabajo que se
ha venido desarrollando y por ende, la necesidad de que el personal que
ya está inmerso en esta labor continúe igualmente en dicho proyecto.
Así las cosas, desde mi punto de vista Profesional y Laboral tengo
mucho interés en continuar un año más laborando en dicho proyecto, ya
que significa una experiencia invaluable en lo que a investigación se
25
refiere, máxime tomando en consideración que hoy por hoy, Guatemala,
se encuentra librando una lucha importante contra el poder internacional
del Narcotráfico, guerra que para muchos ya esta perdida, pero que
consideramos que dar eso por sentado, no solo afectará a dicha nación
hermana, sino que implicará que sus consecuencias afectarán y avanzarán
hasta nuestro país, como ya lo ha venido demostrando la infiltración de
carteles mexicanos y guatemaltecos en el territorio nacional.
No está de más indicar que en el mismo proyecto de la CICIG se
encuentran dos fiscales del Ministerio Publico, a saber la licenciada
Berenice Smith y el licenciado Cristian Ulate, así como el licenciado
Carlos Enrique Chacón Vásquez, del Organismo de Investigación
Judicial, quienes han venido realizando una labor encomiable y
profesional en dicha comisión Internacional.
Adjunto a la presente copia de referencia del puesto que ocupo en
esta Comisión, en la que se indican las funciones y atribuciones de la
labor que realizo, indicando además que recientemente fui ascendido en
grado de P-3 a P-4, equivalente al puesto intermedio de investigadores
policiales, dentro la estructura organizacional de la Comisión, como
reconocimiento a la labor que de forma constante y humilde he venido
realizando y también como muestra de la voluntad de los jerarcas de la
CICIG de continuar contando con mis servicios hasta el 2011 sí eso es
posible.
Finalizo la presente agradeciendo su atención y consideración a la
misma, debiendo agregar que de forma verbal he dialogado con la
licenciada Emilia Damazzio Solano, Jefe a.i. de la Sección de
Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial, quién en calidad
de jefe inmediata ha manifestado su aval a mi solicitud, lo que puede ser
ratificado por ella misma mediante su correo electrónico
emadazzio@poder-judicial.go.cr o en su defecto, de forma directa en la
citada oficina del O.I.J.”
-0-
De conformidad con lo que establece el artículo 44, párrafo 4° de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, se acordó: 1.) Prorrogar el permiso sin goce de
salario, al licenciado Vladimir Muñoz Hernández, del 5 de junio de este año y
26
hasta el 4 de junio del 2011, a fin de que continúe laborando en el proyecto
denominado Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG).
2.) Comunicar a don Vladimir que tiene el deber de estarse a lo establecido en la
Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, tal
como se indica en el pronunciamiento emitido por la Contraloría General de la
República, conocido en la sesión Nº 66-05 del 25 de agosto del 2005, artículo LI y
comunicado mediante circular Nº 138-2005 publicado en el Boletín Judicial Nº
207 del 27 de octubre del 2005, así como también al acuerdo tomado por la Corte
Plena en sesión Nº 03-2006 del 27 de febrero del 2006, artículo XII. Será el
petente quien deba valorar las obligaciones que tiene en razón del cargo que ocupa
en este Poder de la República.
La Sección de Estupefacientes del Organismo de Investigación Judicial y el
Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara
acuerdo firme.
ARTÍCULO XI
En sesión Nº 28-09 celebrada el 24 de marzo del 2009, artículo LXII, se
acordó que el perfil para el puesto de Perito Judicial 1 de la Sección de Ingeniería
Forense del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses del Organismo de
Investigación Judicial, debería ser graduado de la carrera de ingeniería mecánica o
27
física. Asimismo, se autorizó al servidor Luis Rolando Amores Cambronero, Perito
Judicial 1 de la citada Sección, para que en el término de dos años y medio,
reuniera los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de Puesto para
ocupar el citado puesto.
Posteriormente, en sesión Nº 56-09 del 26 de mayo del 2009, artículo LXIII,
se acordó que el perfil para el puesto N° 543261 de Perito Judicial 1 de la Sección
de Ingeniería Forense del Departamento de Laboratorios de Ciencias Forenses del
Organismo de Investigación Judicial, debería ser graduado en la carrera de
ingeniería mecánica o física. Al propio tiempo se autorizó al servidor José Luis
Peraza Álvarez, Perito Judicial 1 de la citada Sección, para que en el plazo de dos
años y medio, reuniera los requisitos establecidos en el Manual Descriptivo de
Puesto para ocupar el citado puesto.
Por último, en sesión N° 08-10 celebrada el 28 de enero de este año, artículo
XVII, se autorizó a los servidores José Luis Peraza Álvarez y Luis Amores
Cambronero, Peritos Judiciales 1 de la Sección de Ingeniería Forense del citado
Departamento, para que se ausentaran la primera audiencia de los miércoles de
cada semana, durante el primer cuatrimestre de este año, a fin de que asistieran a
lecciones en la Universidad Autónoma de Centroamérica.
En oficio Nº 466-ING-2010 de 13 de mayo en curso, los señores José Luis
28
Peraza Álvarez y Luis Amores Cambronero, Peritos Judiciales 1, con el visto del
ingeniero Jorge Ruiz Ramos, Jefe interino de dicha Sección indicada, solicitaron lo
siguiente:
“… y quienes nos encontramos cursando la carrera de ingeniería
mecánica (requisito aprobado para el puesto) nuevamente apelamos a
ustedes, no solo tomando en cuenta los acuerdos tomados en sesiones
números 28-09 del 24 de marzo de 2009, artículo LXII, y 56-09 del 26 de
mayo de 2009, artículo LXIII por este consejo, sino también los buenos
resultados obtenidos tanto laboral como académicamente, para que si a
bien lo consideran nos puedan conceder permiso para ausentarnos del
despacho durante la segunda audiencia de los miércoles de cada semana,
propiamente el periodo comprendido entre el 12 de mayo y 18 de agosto
próximo (II cuatrimestre), a fin de que podamos asistir a lecciones del
curso Métodos Numérico, mismo que se impartirá de las 14:00 a las
17:00 en la sede central de la Universidad Autónoma de Centroamérica.
No omitimos manifestarles que al igual que en el primer
cuatrimestre se estará reponiendo las horas no laboradas durante la
jornada vespertina, lo anterior a fin de mantener nuestro trabajo al día y
sin que se afecte sustancialmente el servicio público, asimismo se estarán
atendiendo prioritariamente los asuntos urgentes, tanto en la oficina como
en la atención de sitios de suceso e inspecciones.”
-0-
Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia, autorizar a los
servidores José Luis Peraza Álvarez y Luis Amores Cambronero, para que se
ausenten del despacho la segunda audiencia de los miércoles de cada semana,
durante el segundo cuatrimestre de este año, a fin de que asistan a lecciones en la
Universidad Autónoma de Centroamérica, lo anterior por considerar este Consejo
que a futuro podría ser de interés institucional los estudios que ellos realizan. Se
29
toma nota de la forma en que repondrán el tiempo que ocupe en dichas labores, a
fin de mantener el trabajo al día y sin que se afecte sustancialmente el servicio
público a sus cargos, por lo que en caso de tener que atender un asunto urgente o
que amerite su presencia no podrán abandonar el despacho. A esos efectos deberá
coordinar lo pertinente con la jefatura.
Asimismo, comprobarán el resultado final que obtengan en el mencionado
curso ante el Departamento de Personal.
Debe entenderse, además, que el consentimiento de la Jefatura, se da porque
esa oficina cuenta con personal suficiente para hacerle frente a la ausencia
temporal de los citados servidores y no requiere de recurso humano adicional.
La Sección de Ingeniería Forense del Departamento de Ciencias Forenses y
el Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se
declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XII
Mediante oficio Nº FGR-445-2010 de 17 de mayo en curso el doctor
Francisco Dall’ Anese Ruiz, Fiscal General de la República manifestó lo siguiente:
“Se ha recibido invitación del Sistema de Integración
Centroamericana (SICA), para la participación de dos Fiscales en el
Curso de Alta Formación de Cuadros Dirigentes de los Países del SICA,
que tendrá lugar el primer módulo, del 07 al 18 de junio del 2010 de
forma presencial en San Salvador- El Salvador, segundo módulo del 20
de setiembre al 01 de octubre del 2010 en el mismo lugar, y el tercer
módulo a distancia del 21 de junio al 17 de setiembre del 2010.
30
Es por lo anteriormente expuesto que, solicito permiso con goce de
salario del 06 de junio al 19 de junio del 2010 y del 19 de setiembre al 02
de octubre del 2010, ambos días inclusive, para los Fiscales Adjuntos
Edgar Ramírez Villalobos, Fiscal Adjunto del Primer Circuito Judicial de
la Zona Sur y Walter Espinoza Espinoza Fiscal Adjunto de la Fiscalía
Adjunta de Narcotráfico, así como pasaporte de servicio para ambos
funcionarios.
Los organizadores del taller correrán con todos los gastos de
transporte, hospedaje y alimentación.”
-0-
Se acordó: Acoger la anterior solicitud, en consecuencia: 1.) Conceder
permiso con goce de salario a los licenciados Edgar Ramírez Villalobos y Walter
Espinoza Espinoza, a fin de que del 6 al 19 de junio y del 19 de setiembre al 2 de
octubre del año en curso, participen en el curso denominado “Alta Formación de
Cuadros Dirigentes de los Países del SICA”, a realizarse en San Salvador- El
Salvador. Lo anterior en el entendido de que los gastos de transporte, alimentación
y hospedaje, serán cubiertos por los organizadores del evento. 2.) En virtud de la
importancia del contenido de la capacitación a recibir, don Edgar y don Walter,
deberán coordinar lo necesario, a fin de transmitir los conocimientos adquiridos a
otros servidores y servidoras judiciales a los que les pueda ser de beneficio en el
cumplimiento de sus labores, según los requerimientos institucionales. El
Departamento de Personal deberá llevar un registro para garantizar que la difusión
de esos conocimientos sea realizado, a esos efectos las personas a la que se le ha
31
concedido el permiso deberán informar a ese departamento la forma en que se
ejecutó.
La Fiscalía General de la República y el Departamento de Personal, tomarán
nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XIII
En nota de 14 de mayo en curso, el licenciado Enrique Campos Moraga,
Defensor Público del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, en lo que
interesa manifestó:
“… estos son los cursos que estaré impartiendo durante este II
cuatrimestre, 2010, en la Universidad Metropolitana Castro Carazo, los
días martes de las 20 horas a las 22 horas, desarrollando el curso de
Teoría General de Contrato I, y los días lunes de las 17 horas a las 19:30
curso de Teoría General de Contrato I, y miércoles de 19:30 a las 22
horas Teoría General del Proceso, en la Universidad Latina.”
-0-
De conformidad con la resolución de la Sala Constitucional N° 2009-001660
de las 11:51 horas del 6 febrero de 2009, se acordó: Tomar nota de que el
licenciado Enrique Campos Moraga impartirá lecciones en la Universidad Castro
Carazo y en la Universidad Latina, fuera de horario laboral y dentro de los límites
señalados por este Consejo, asimismo de presentarse algún asunto urgente
suspenderá su participación para atenderlo.
La Defensa Pública del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica y el
32
Departamento de Personal, tomarán nota para los fines consiguientes. Se declara
este acuerdo firme.
ARTÍCULO XIV
En sesión N° 07-10 celebrada el 26 de enero de este año, artículo XXV, se
autorizó a la servidora Elizabeth Fallas Espinoza, Auxiliar Judicial 2 del Juzgado
Civil, Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, para que se ausentara del
despacho los jueves de cada semana, durante el primer cuatrimestre del año en
curso, a partir de las 15:30 horas, a fin de que asistiera a lecciones en la
Universidad Latina de Costa Rica.
La servidora Elizabeth Fallas Espinoza, en su expresado carácter, en oficio
N° 02-EFE-2010 de 12 de mayo en curso, solicitó:
“…, por medio de la presente les extiendo un respetuoso saludo, y a
la vez aprovecho la misma para darles mi más grande agradecimiento por
el permiso concedido para ausentarme los días jueves de cada semana
durante el primer cuatrimestre del año en curso con el fin de asistir a
lecciones en la Universidad Latina.
El principal motivo que me impulsa a suscribir esta nota es para
pedirles de la manera más atenta posible interpongan sus buenos oficios y
me sea concedido un permiso para asistir a lecciones. Lo anterior de
conformidad con lo preceptuado en el artículo 137 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, toda vez que deseo poder continuar con mis estudios
universitarios.
Actualmente sigo cursando la carrera de Licenciatura en Derecho,
en la Universidad Latina de Costa Rica en la sede de Pérez Zeledón. Este
año se me nombró interinamente en la plaza vacante número 359264 del
juzgado supra citado.
33
En la sesión número 07-10 celebrada el 26 de enero del año en
curso, el honorable Consejo Superior de la manera más gentil me
concedieron el permiso solicitado en el oficio 01-EFE-2010 de fecha 20
de enero del dos mil diez. El anterior acuerdo literalmente dice así:
“Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia: 1)
Autorizar a la servidora Elizabeth Fallas Espinoza para que se ausente
del despacho los jueves de cada semana, durante e/primer cuatrimestre
del año en curso, a partir de las 15:30 horas, a fin de que asista a
lecciones en la Universidad Latina de Costa Rica. 2) Señalar a la
señorita Elizabeth Fallas Espinoza que el anterior permiso se da por
tratarse de una hora por semana y que se encuentra finalizando el grado
de Licenciatura en Derecho. Es entendido que deberá reponer el tiempo
que ocupe en dichas labores, a fin de mantener el trabajo al día y sin que
se afecte sustancialmente el servicio público a su cargo, por lo que en
caso de tener que atender un asunto urgente o que amerite su presencia
no podrá abandonar el despacho. A esos efectos deberá coordinar lo
pertinente con la jefatura.
Asimismo, la servidora deberá comprobar ante el Departamento de
Personal el resultado final que obtenga del mencionado curso.
Debe entenderse, además de que el consentimiento de la jefatura
respectiva se da, porque esa oficina cuenta con personal suficiente para
hacerle frente a la ausencia temporal de la citada servidora y no requiere
de recurso humano adicional....”
Mi situación es similar a lo expuesto en la solicitud anterior, ya que
DEBO TRASLADARME DESDE MI LUGAR DE TRABAJO EN
BUENOS AIRES DE PUNTARENAS HASTA MI CENTRO DE
ESTUDIOS EN SAN ISIDRO DE PÉREZ ZELEDÓN. Se me dificulta
demasiado trasladarme ya que el único medio con el que cuento para
hacerlo es en autobús, aunado a lo anterior, en este cantón no se cuenta
con un servicio constante de buses y los que más se acomodan a mi
necesidad son los de la empresa Tracopa R.L. los cuales no tienen horario
fijo.
El bus en el que llego más exacto a mí hora de entrada a lecciones
pasa por Buenos Aires entre las quince horas treinta minutos o las quince
horas y cincuenta minutos. El tiempo que duran los buses en llegar a
34
Pérez Zeledón es de una hora y media, por lo que llego en la mayoría de
ocasiones después de la hora de entrada a clases. Lo anterior no ha
opacado mis deseos de superación, todo lo contrario, continuo
esforzándome para concluir mis estudios y ser una persona profesional y
preparada para brindar un mejor servicio a nuestra querida institución.
En esta ocasión quisiera solicitarles nuevamente su comprensión y
ayuda para que me sea concedido el permiso respectivo durante este mi
segundo cuatrimestre de Licenciatura; y como lo mencioné en mi anterior
solicitud, por los otros cuatrimestres siguientes a fin de no ver afectados
mis deseos de superación.
El permiso correspondiente para este cuatrimestre sería para
ausentarme del despacho aproximadamente a las 15:30 horas, los días
lunes y martes de cada semana. Estoy plenamente consciente de que
dicho permiso corresponde a dos horas por semana, pero deseo
manifestarles que me es necesario e indispensable contar con dicho
permiso para así poder llegar a recibir las clases de los cursos de Derecho
Procesal Laboral y Derecho Internacional Público, impartidos los días
lunes y martes respectivamente, ambas con hora de entrada a las cinco de
la tarde y la salida a las siete y treinta de la noche.
En este cuatrimestre que acaba de finalizar en el despacho se
tomaron las medidas pertinentes para no afectar el desempeño de los
servicios ofrecidos. Asimismo cuento con el visto bueno de mi jefe el
Licenciado Jean Carlos Céspedes Mora, Juez del Juzgado Civil, Trabajo,
Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, el cual estará remitiéndoles la
nota respectiva, indicando que no tiene ninguna objeción con que se me
otorgue el mencionado permiso, ya que él es la persona más consciente de
mi desempeño y de si cumplo con mis labores aun ausentándome del
despachos
En la visita que realizó inspección judicial el desempeño con que
calificaron a la suscrita y al Despacho en general fue excelente, por lo que
estoy segura de que durante este año se mantendrá en las mismas
condiciones y de hecho se está implementando métodos para mejorar
nuestro rendimiento aún más. Por lo anterior, en el despacho hemos
logrado hacerle frente a mi ausencia.
En el Juzgado se cuenta con el personal necesario para cubrir todas
las necesidades, por lo que no se necesita de sustitución para la suscrita.
35
Además, me comprometo a mantener mi escritorio completamente al día
y de ser necesario no tengo ningún inconveniente en laboral en horario
extra para lograr mis objetivos y cumplir con todas mis obligaciones.
Considero la suscrita la posibilidad de reponer el tiempo otorgado,
en un horario posterior al horario de salida, o bien como me sea indicado
por ustedes o por mi jefe el Licenciado Jean Carlos. Este permiso al igual
que el anterior, lo solicito por el plazo de cuatro meses los cuales serían:
mayo, junio, julio y agosto, correspondientes al tiempo de duración de mi
segundo cuatrimestre en la carrera de Licenciatura en Derecho. Con la
finalidad de asistir a las lecciones de Derecho Procesal Laboral y Derecho
Internacional Público, impartidas los días lunes y martes de cada semana,
desde las cinco de la tarde a siete y treinta de la noche.
Tome en cuenta su estimable autoridad que entre Buenos Aires y
Pérez Zeledón existe un aproximado de sesenta y nueve kilómetros de
distancia, que los buses que se trasladan en dicha ruta no cuentan con
hora fija para pasar por Buenos Aires, y que dichos autobuses tardan una
hora y media para llegar a Pérez Zeledón. Y si no se me concediera dicho
permiso la suscrita no tendría la posibilidad de asistir a esos cursos ya que
si no viajo en el mencionado autobús, el próximo en salir para Pérez
Zeledón es a las cinco de la tarde.
Reitero mi agradecimiento por su comprensión y mi compromiso
con el Poder Judicial y con el servicio que se debe brindar a los usuarios.
Sinceramente consta en los resultados que el Despacho se maneja de la
mejor manera y de que mi ausencia esas dos horas por semana no afectan
las labores, y como indiqué no tengo ninguna objeción en trabajar y
esforzarme más, así sea en horario extra después del cierre de labores
diarias o bien fines de semana con el objetivo de recuperar las horas en
que no estuve laborando.
Adjunto copia de comprobante de matricula, copia del horario
correspondiente a este cuatrimestre, copia del acuerdo tomado por el
Consejo Superior y certificación expedida por el Licenciado Jorge
Barboza Álvarez, quien fue la persona asignada para impartir el curso de
Derecho Procesal Civil III, curso en el cual obtuve su autorización en el
mes de enero.
Agradezco de antemano toda la colaboración que me puedan brindar
para poder seguir con mis estudios, y a la vez seguir prestando mi
36
colaboración como Auxiliar Judicial 2 en el Juzgado ídem y para el
honorable Poder Judicial.”
-0-
En relación con la gestión anterior, en nota de 17 de mayo en curso, el
licenciado Jean Carlos Céspedes Mora, Juez Coordinador del Juzgado Civil,
Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, comunicó lo siguiente:
“(…)
El principal motivo que me impulsa a suscribir esta nota, es para
manifestarles mi visto bueno y autorización con relación a la solicitud de
permiso que ha interpuesto ante sus oficios la señorita Elizabeth Fallas
Espinoza para poder retirarse los días lunes y martes de cada semana
hasta el mes de agosto incluso a las quince horas treinta minutos a efecto
de trasladarse hacia la ciudad de Pérez Zeledón a recibir lecciones de la
carrera de derecho que cursa. No omito manifestar que el Juzgado ha
tomado las previsiones necesarias para que durante la ausencia de la
señorita, no se vea afectado el buen servicio al usuario. De la misma
forma, informo que a nivel de carga de trabajo, Elizabeth se encuentra
totalmente al día, por lo que de aprobar el permiso para ausentarse dentro
de la hora indicada, no se verá amenazado el ritmo de tramitación de los
expedientes a su cargo.”
-0-
Se acordó: Acoger la solicitud anterior, en consecuencia: 1.) Autorizar a la
servidora Elizabeth Fallas Espinoza para que se ausente del despacho los lunes y
martes de cada semana, durante el segundo cuatrimestre del año en curso, a partir
de las 15:30 horas, a fin de que asista a lecciones en la Universidad Latina de
Costa Rica. 2.) Señalar a la señorita Fallas Espinoza que el anterior permiso se da
por tratarse de dos horas por semana y por encontrarse finalizando el grado de
37
Licenciatura en Derecho. Es entendido que deberá reponer el tiempo que ocupe en
dichas labores, a fin de mantener el trabajo al día y sin que se afecte el servicio
público a su cargo, por lo que en caso de tener que atender un asunto urgente o que
amerite su presencia no podrá abandonar el despacho. A esos efectos deberá
coordinar lo pertinente con la jefatura.
Asimismo, la servidora deberá comprobar ante el Departamento de Personal
el resultado final que obtenga del mencionado curso.
Debe entenderse, además, que el consentimiento de la jefatura respectiva se
da, porque esa oficina cuenta con personal suficiente para hacerle frente a la
ausencia temporal de la citada servidora y no requiere de recurso humano
adicional.
El Tribunal de la Inspección Judicial, Departamento de Personal y el Juzgado
Civil, Trabajo, Familia y Penal Juvenil de Buenos Aires, tomarán nota para los
fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XV
El doctor Marvin Carvajal Pérez, Director de la Escuela Judicial, en oficio
N° EJ-DIR-138-2010 de 12 de mayo en curso, informó lo siguiente:
“La Escuela Judicial dentro del plan anual aprobado para este 2010
programó la realización de tres Ciclos Iberoamericanos de
Videoconferencias, el primero de ellos dará inicio en el mes de junio
próximo y se tratará sobre “Propiedad Intelectual”.
38
Este ciclo, al igual que los otros ciclos que se programan a lo largo
del año, estará dirigido a funcionarios y funcionarias judiciales,
gubernamentales y no gubernamentales, abogados y abogadas litigantes,
estudiantes de Derecho y público en general, sin embargo, contará con la
particularidad de que nos estaremos enlazando a cinco países
latinoamericanos, desde los cuales en algunas de las fechas programadas
para las actividades, los expositores que abordarán los temas definidos
para este ciclo serán de esos países. Las fechas programadas para llevar a
cabo estas videoconferencias son 4, 11, 18 y 25 de junio de 2010, de 2:00
a 4:00 p.m., en el auditorio “Miguel Blanco Quirós”, con transmisión a
diferentes circuitos del país, adjunto remito el respectivo programa.
De acuerdo con lo anterior, se solicita aprobar la realización de
dicha actividad, así como la asistencia de los funcionarios y las
funcionarias judiciales que participarán como expositoras y asistentes,
siempre y cuando no se afecte el servicio ni se interrumpan diligencias
previamente programadas en sus respectivos despachos.”
-0-
Se acordó: Acoger la anterior solicitud, en consecuencia: 1.) Autorizar la
realización de la actividad denominada: "Ciclo de Videoconferencias sobre
Propiedad Intelectual", las que se llevarán a cabo el 4, 11, 18 y 25 de junio de este
año, en el tanto sean a partir de las 15:00 a las 17:00 horas, en el auditorio “Miguel
Blanco Quirós”, así como la participación de las servidoras y servidores judiciales
interesados en asistir y expositores también. Lo anterior en el entendido de que las
jefaturas respectivas velarán para que no se afecte el servicio público a cargo de
los que se autoriza a asistir, lo cual implica que en caso de que tengan diligencias
programadas no podrán alterar en modo alguno la fecha de su realización y
deberán atenderlas, asimismo de presentarse algún asunto urgente suspenderán su
39
participación para conocerlo.
El Departamento de Personal y la Escuela Judicial, tomarán nota para los
fines consiguientes. Se declara este acuerdo firme.
ARTÍCULO XVI
La señora Magistrada Anabelle León Feoli, Presidenta de la Sala Primera, en
correo electrónico de 15 de mayo de este año, solicitó al Departamento de Personal
el trámite de su jubilación a partir del 1° de junio del año en curso, únicamente
para fijar derecho.
En atención a lo anterior, el máster Francisco Arroyo Meléndez y la
licenciada Olga Guerrero Córdoba, por su orden, Jefe del Departamento de
Personal y Jefa interina de la Administración de Personal, en oficio Nº 035-CJ-
2010 del 18 de los corrientes, comunicaron lo siguiente:
40
ASUNTO: Solicitud de Fijar Derecho presentada por Anabelle León Feoli, cédula Nº 01-0466-0883, a
A
S
partir del 01 de junio del 2010.
U 31 de mayo del 2010 el(la) señor(a) Anabelle León Feoli habrá laborado para este Poder por espacio de
Al
27 años, 3 mes(es), 8 día (s).
TOTAL TIEMPO SERVIDO: 27 años, 3 mes(es), 8 día (s).
TOTAL TIEMPO 6 años, 7 mes(es), 21 día (s).
RECONOCIDO:
TOTAL GENERAL: 33 años, 10 mes(es), 29 día (s).
EDAD: 53 años, 6 mes(es), 2 día (s).
ÚLTIMO CARGO EN MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA, SALA
ÚLTIMO CARGO MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA, SALA
DESEMPEÑADO:
ÚLTIMO SALARIO PRIMERA
¢ 6,328,852.83
DEVENGADO:
PUESTOS DESEMPEÑADOS EN EL PERIODO DE 33.33 % DEL SALARIO DEVENGADO
MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA ¢ 2,152,581.00
SALARIO PROMEDIO: ¢ 5,702,826.41
MONTO DE JUBILACIÓN: ¢ 5,547,870.82 (97.28% del salario promedio de los veinticuatro mejores
salarios)
NORMA LEGAL: "Cálculos hechos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del
Poder Judicial 7605 (Ley Actual)."
FÓRMULA APLICADA: SALARIO PROMEDIO * Edad del Servidor = Monto de Jubilación
55 años
-0-
Se acordó: Aprobar el derecho a la jubilación de la señora Magistrada
Anabelle León Feoli y conforme lo solicitó, se deja en suspenso la fecha a partir de
la cual se acogerá a ese derecho.
El Departamento de Personal tomará nota para lo que corresponda. Se
declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XVII
En sesión de Corte Plena N° 14-10 celebrada el 17 de mayo en curso,
41
artículo XVII, se tomó el acuerdo que literalmente dice:
El Consejo Superior, en sesión extraordinaria N° 38-10
(Presupuesto 2011) celebrada el 21 de abril último, artículo XVII, tomó
nota del oficio DM-830-2010 del Ministerio de Hacienda y dispuso
hacerlo de conocimiento de la Corte Plena.
El oficio del Ministerio de Hacienda que se da cuenta, literalmente dice:
“Como es de su conocimiento, como producto de la crisis financiera
internacional que con especial rigor sacudió la economía costarricense el
año anterior, misma que se tradujo en una importante caída de los
ingresos fiscales para el caso del Gobierno de la República: el Poder
Ejecutivo ha debido tomar especiales acciones en procura de controlar el
gasto público a consecuencia de lo anterior.
En el contexto anterior, me dirijo a usted en ocasión de instarle
respetuosamente, para que se sume a los esfuerzos que en materia de
control del gasto público implementa de Gobierno de la República, a
efectos de que en la formulación presupuestaria para el Ejercicio 2011,
Anteproyecto de Presupuesto de su representada, no exceda los
¢249.622,1 millones y no se incremente el gasto por la creación de plazas.
Debe considerarse sin embargo, que el monto de referencia
constituye un 8.27% de la proyección preliminar de ingresos corrientes
del Gobierno Central para el ejercicio 2011. El monto aquí comunicado
deviene de un especial esfuerzo fiscal para asignar a ese Poder de la
República los recursos que garanticen el efectivo cumplimiento de las
encomiendas establecidas a ese Órgano Judicial en la Constitucional
Política y el resto de la legislación aplicable.
No omito recordarle que el Anteproyecto de cita deberá ser remitido
a este Despacho, a más tardar el 15 de junio del presente año, conforme lo
establecido en el artículo 46 del Reglamento a la Ley de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y sus
reformas.”
-0-
Se acordó: Tomar nota. Se declara acuerdo firme.”
-0-
42
Se dispuso: Tomar nota del acuerdo de la Corte Plena. Se declara acuerdo
firme.
ARTÍCULO XVIII
El señor Arturo Durán Barquero, Asistente Judicial de la Sala
Constitucional, en nota de 25 de marzo del año en curso, comunicó lo siguiente:
“Por medio de la presente me permito comunicarles, para los fines
correspondientes, que en el RECURSO DE AMPARO número 07-
012526-0007-CO promovido por FRANCISCO CHAVARRÍA
UMAÑA, contra DIRECTOR EJECUTIVO DEL PODER
JUDICIAL, se ha dictado el voto número 2010-05872 de las catorce
horas y treinta y cinco minutos del veinticuatro de marzo del dos mil diez,
cuya parte dispositiva, literalmente dice: «Se declara con lugar el recurso.
Se anula el procedimiento de ejecución seguido en contra de Francisco
Chavarría Umaña, cédula de identidad número 1-688-433, a partir de la
resolución número 1245-06 de las 10:45 horas del 17 de mayo de 2006, la
cual ordena el auto de inicio. Se condena al Estado al pago de las costas,
daños y perjuicios causados, los que se liquidarán en ejecución de
sentencia de lo contencioso administrativo.”
-0-
Se dispuso: Tomar nota de la comunicación de la Sala Constitucional. Se
declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XIX
La licenciada Bernardita Madrigal Córdoba, Subdirectora del Departamento
de Planificación, presenta mediante oficio Nº 723-PLA-2010 del 4 de mayo de
2010, el informe Nº 094-EST-2010 suscrito por el máster Franklin González
43
Morales, Jefe de la Sección de Estadística, referente al movimiento de trabajo en
los despachos competentes en materia Contenciosa Administrativa durante el
2009.
El informe contiene el análisis y presentación de tres cuadros estadísticos,
sobre los principales movimientos ocurridos en los cuatro despachos judiciales
competentes en materia Contencioso Administrativa de primera instancia durante
el 2009.
Los hechos más relevantes de esta jurisdicción, se exponen de seguido:
De previo se debe indicar, que las estadísticas consignadas no contemplan
la labor desarrollada por el Juzgado Especializado de Cobro del Estado
del Segundo Circuito Judicial de San José, al trasladarse el registro de los
asuntos asumidos por este despacho a los cuadros relacionados con la
materia Civil, en respuesta a las observaciones emitidas por la
Coordinación de la Comisión de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa, en el sentido de que el contenido de estas demandas no
forman parte de la jurisdicción Contenciosa, tanto desde el punto de vista
estructural como de la competencia, por esta razón su seguimiento estará
disponible en la materia Civil por tratarse de procesos de tipo cobratorio.
Esta coyuntura ocasiona variaciones en los datos del presente año
respecto a las cifras consignadas en el 2008, cuando entró en vigencia el
nuevo Código Procesal Contencioso Administrativo, con el propósito de
lograr una mayor celeridad en los procesos a través de la implementación
de diversos procedimientos tales como la oralidad, la conciliación, la
aplicación de medidas cautelares; entre otros, y cuando de manera
simultánea se crearon el nuevo Juzgado Contencioso Administrativo y el
Tribunal Procesal Contencioso Administrativo; además, del mencionado
Juzgado de Cobro del Estado, todos del Segundo Circuito Judicial de San
José.
En consecuencia, al examinar la evolución de los indicadores de Gestión
Judicial se percibe la tercer disminución anual consecutiva en la tasa de
congestión (4,1 en el 2009), con lo cual se corrobora que cada vez es
menor el esfuerzo que deben realizar estos despachos para que no existan
44
retrasos en la prestación del servicio a los usuarios, mientras que la tasa
de pendencia exterioriza su segunda baja sucesiva (50,1%) luego de
exhibir un modelo irregular a lo largo la década, en contraste con la tasa
de resolución al mostrar su tercer aumento progresivo (24,3%), aunque
los cambios asociados a este último indicador transcurrieron en forma
mucho más moderada respecto a las variaciones reflejadas por la tasa de
pendencia, siendo estos dos indicadores complementarios entre sí, a pesar
de no existir una simetría opuesta entre éstos como producto del flujo
considerable y heterogéneo de los casos reentrados y abandonados, dada
la naturaleza de los asuntos relacionados con esta materia.
En esta ocasión los despachos contenciosos admitieron 5303 casos nuevos,
por lo que el ingreso de demandas experimentó bajas porcentuales del
84,7% y del 78,7% en comparación con las cifras registradas en el 2007 y
el 2008 respectivamente (34612 y 24862 casos), fenómeno que se
encuentra explicado en los puntos anteriores.
De esta manera, la entrada esboza su segunda reducción anual
progresiva, por lo que se interrumpe la tendencia creciente expresada por
esta variable durante el período 2002-2007, en especial durante el
cuatrienio 2004-2007.
Ahora, no se debe dejar de lado que el 92.2% de los asuntos
entrados se admiten en el Juzgado y Tribunal que operan con la nueva
legislación.
La cantidad de procesos fenecidos en la actualidad llegó a 16717, con lo
cual finaliza el crecimiento mostrado por la resolución en el trienio 2006-
2008, a pesar del principio de una tramitación más expedita que pretende
implementar el nuevo Código Procesal Contencioso, entre otras cosas.
El circulante al finalizar el 2009 acumuló 34413 expedientes en esta
materia, por lo que la pendencia registra -al igual que la entrada- su
segunda baja de manera sucesiva, posterior a una serie de cambios
tendientes -en términos generales- al aumento desde el 2002.
Estas disminuciones también obedecen a la entrada en vigencia del
nuevo Código Procesal Contencioso, además de la ausencia de los
registros correspondientes al Juzgado de Cobro del Estado, por los
motivos expuestos anteriormente.
En torno a la variable circulante, se debe advertir el aumento que
sufre éste tanto en el Juzgado como el Tribunal Contencioso nuevos, el
primero aumenta en 722 asuntos (50.1%) y el segundo en 1156 (96.7%).
Finalmente, el número de sentencias dictadas en esta jurisdicción presentó
su segundo crecimiento de manera continua al fallarse 6518 casos en esta
oportunidad.
No obstante, se debe señalar que la variación más significativa se
45
evidenció con la implementación de la nueva legislación en el 2008 (2254
vs 6358 asuntos), dado que el alza actual tan solo supera en 160
disposiciones a la cifra consignada en ese último año.
Se acordó: 1) Tener por rendido el informe sobre el movimiento de trabajo
ocurrido en los cuatro despachos judiciales competentes en materia Contencioso
Administrativa de primera instancia durante el 2009, elaborado por la Sección de
Estadística del Departamento de Planificación; y ordenar su publicación en
Intranet. 2) Reconocer al personal profesional y auxiliar de estos despachos, la
atención que han tenido en la tramitación de esta materia, el esfuerzo realizado
para la implementación de los nuevos procedimientos establecidos en el Código
Procesal Contencioso, tales como la oralidad, la conciliación, la aplicación de
medidas cautelares, entre otros; y que han venido a incidir positivamente en el
trámite de estos procesos, lo cual se ha visto reflejado en el continuo aumento de
su tasa de resolución; por lo que se les insta a seguir mejorando el desempeño y
que implementen aquellas “buenas prácticas” que coadyuven a reducir el circulante
y agilizar su gestión, en procura de un mejoramiento continuo en el servicio que se
brinda a las personas usuarias.
ARTÍCULO XX
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial, en oficio N° 1264 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de
46
lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION
FUNCIONARIO FINAL
06-000032-031-IJ Lic. Luis Gustavo Auxiliar de Servicios Generales de la Sin lugar*
Ortega Álvarez Unidad Administrativa Regional de Pérez
Zeledón
08-000922-031-IJ Licda. Yulieth Jueza Penal de Puntarenas y Jueza Penal Sin lugar*
Jiménez Torrentes y de Turno Extraordinario de Puntarenas
Licda. Marjorie respectivamente.
Álvarez Morales.
09-000176-031-IJ Heiner Cortés Oficial de Investigación de la Unidad de Sin lugar*
Carrera Robos del O.IJ.
09-000320-031-IJ Wilson Chonkan Los dos primeros jueces de los Sin lugar*
Chan, Gerardo Tribunales de Nicoya y el último juez del
Alfaro Vargas y Tribunal Penal de San José
Jorge Esteban Pérez
Cedeño
09-000524-031-IJ Shirley Porter Mata Administradora de la Unidad Se desestima*
Administrativa de Pococí
09-000579-031-IJ Licda. Yulieth Jueza Penal de Puntarenas Sin lugar*
Jiménez Torrentes
09-000894-031-IJ Steven Taylor Organismo de Investigación Judicial de Se desestima*
Hernandez Heredia
*No tienen solicitud de desestimación”
-0-
Se acordó: 1.) Tener por recibido el informe N° 1264-2010 referente al
listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la Inspección
Judicial. 2.) Anular la resolución N° 216-2010 y reenviar el expediente N° 09-
000894-031-IJ al Tribunal de la Inspección Judicial, dado que conforme lo ha
señalado este Consejo, la circunstancia de que el encausado ya no labore para la
institución, no debe limitar el trámite ni la resolución del procedimiento, siendo
47
que lo que se resuelva se consignará en el expediente personal del ex servidor.
La Magistrada Villanueva Monge y la licenciada Conejo Aguilar votaron por
anular la resolución N° 1139-2009 y devolver el expediente N° 06-000032-031-IJ,
de conformidad con el numeral 213 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por
considerar que lo resuelto en sede penal, para el caso concreto, difiere de lo que
eventualmente se puede sancionar, dadas las circunstancias, en la vía
administrativa, tal y como lo estableció el a quo en su voto de minoría.
ARTÍCULO XXI
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial, en oficio N° 1271 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de
lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION
FUNCIONARIO FINAL
09-000170-031-IJ LICDA. ARLETTE BRENES JUEZA DE TRABAJO DEL II SIN LUGAR
RUIZ CIRCUITO JUDICIAL DE SAN JOSE
09-000230-031-IJ JUZGADO PENAL DE ARCHIVAR
TURNO
EXTRAORDINARIO DEL II
CIRCUITO JUDICIAL DE
SAN JOSE
09-000356-031-IJ LUIS FERNANDO UMAÑA PROFESIONAL DE LA SECCION DE SIN LUGAR
UGALDE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
DEL DEPARTAMENTO DE
SERVICIOS GENERALES
09-000375-031-IJ LIC. RODRIGO CALVO JUEZ CIVIL DE SANTA CRUZ SIN LUGAR
48
SANCHEZ
09-000392-031-IJ LICDA. SHIRLEY UGALDE JUEZA PENAL DE SAN JOSE DESESTIMAR
OROZCO
09-000433-031-IJ MARLON POYSER FISCALES AUXILIARES DE SIN LUGAR
WATSON Y OTRA GOLFITO
09-000437-031-IJ LICDA. LIANA MATA JUEZA DE VIOLENCIA SIN LUGAR
MENDEZ DOMESTICA DE PEREZ ZELEDON
09-000485-031-IJ LIC. RICARDO ALVAREZ JUEZ QUINTO CIVIL DE MAYOR ARCHIVAR
TORRES Y OTROS CUANTIA DE SAN JOSE
09-000515-031-IJ ERICK TENORIO ROJAS AUXILIAR JUDICIAL DEL SIN LUGAR
JUZGADO DE PENSIONES
ALIMENTARIAS Y VIOLENCIA
DOMESTICA DE ESCAZU
09-000527-031-IJ LICDA. SIRIA CARMONA JUEZA CONTENCIOSO ARCHIVAR
CASTRO ADMINISTRATIVO Y CIVIL DE
HACIENDA
09-000591-031-IJ VICTOR HIDALGO NOTIFICADOR DEL JUZGADO SIN LUGAR
RODRIGUEZ CONTRAVENCIONAL Y DE
MENOR CUANTIA DE ESCAZU
09-000602-031-IJ LIC. RODOLFO VÁSQUEZ JUEZ AGRARIO DE SAN CARLOS DESESTIMAR
VÁSQUEZ
09-000614-031-IJ IGNORADO ARCHIVAR
09-000718-031-IJ LIC. JOSE ALEXANDER JUEZ SUPERNUMERARIO DE LA SIN LUGAR
VARGAS ESPINOZA PRESIDENCIA DE LA CORTE
09-000723-031-IJ JUZGADO DE PENSIONES ARCHIVAR
ALIMENTARIAS DE
NICOYA
09-000795-031-IJ LICDA. VIVIAN COLES JUEZA DEL TRIBUNAL PENAL DE SIN LUGAR
CALDERON DESAMPARADOS
09-000831-031-IJ IGNORADO ARCHIVAR”
-0-
Se acordó: Tener por recibido el oficio N° 1271 -2010 del 06 de mayo del
2010, referente al listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la
Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones finales
emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio de cita, no
encuentra este Consejo, que en ninguna de ellas concurran las causales de nulidad
prevista en el artículo 210 ibídem, sin embargo por haberse constatado que la
49
causa seguida en el expediente N° 09-000356-031-IJ, contra el servidor Luis
Fernando Umaña Ugalde, Profesional de la Sección de Arquitectura del
Departamento de Servicios Generales, se archivó por haber prescrito la potestad
disciplinaria, se solicita al Tribunal de la Inspección Judicial que informe a este
Consejo, los motivos que existieron para que se atrasara la resolución de la causa
anteriormente mencionada, lo que provocó su prescripción.
ARTÍCULO XXII
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial, en oficio N° 1266 de 6 de mayo en curso, en cumplimiento de
lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION
FUNCIONARIO FINAL
08-000170-031-IJ LIC. ISRAEL JAEN FISCAL DE BRIBRI SIN LUGAR
CAMBRONERO
08-000798-031-IJ ALVARO CESPEDES AUXILIAR SIN LUGAR
MYRIE SUPERNUMERARIO DE LA
SUB-UNIDAD
ADMINISTRATIVA REGIONAL
DE GUAPILES
08-000818-031-IJ ANA BEATRIZ JEFE DEL DEPARTAMENTO SIN LUGAR
MENDEZ ALVARADO DE SERVICIOS GENERALES
08-000902-031-IJ LICDA. VIVIANA JUEZA DE MENOR CUANTIA ARCHIVAR
EUGENIA SALAS DE SAN CARLOS
HERNANDEZ
08-000987-031-IJ SIGIFREDO SANCHEZ OFICIAL DE INVESTIGACION SIN LUGAR”
CERDAS DE LA SECCION
50
ESTUPEFACIENTES DEL O.I.J.
-0-
Se acordó: 1.- Tener por recibido el Informe N° 1266-10 del Tribunal de la
Inspección Judicial referente al listado de las resoluciones dictadas por el Tribunal
de la Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones
finales emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio de cita, no
encuentra este Consejo, que en ninguna de ellas concurran las causales de nulidad
prevista en el artículo 210 ibídem, sin embargo respecto a la causa seguida en el
expediente N° 08-000818-031-IJ, contra la servidora Ana Beatriz Méndez
Alvarado, Jefa del Departamento de Servicios Generales, se archivó por haber
prescrito la potestad disciplinaria, por lo que se solicita al Tribunal de la
Inspección Judicial informe a este Consejo, los motivos que existieron para que se
atrasara la resolución de la causa anteriormente mencionada, lo que provocó la
prescripción de la misma.
ARTÍCULO XXIII
En sesión N° 7-10 celebrada el 26 de enero del año en curso, artículo LXXIV,
se conoció la nota suscrita por la máster Lucrecia Chaves Torres, Jefa de la
Sección Administrativa de la Carrera Judicial, en la que consultó si la plaza
extraordinaria N° 359623, perteneciente al Juzgado de Ejecución de la Pena de San
51
José, seguiría siendo destacada en el Juzgado de Ejecución de la Pena del Primer
Circuito Judicial de Alajuela, tal y como venía funcionado el año anterior, a esos
efectos este Consejo dispuso que previamente a resolver lo que correspondiera
remitir la gestión de la máster Chaves Torres al Departamento de Planificación,
para que a la brevedad indicara si se mantenían las mismas condiciones que
justificaron el traslado de la citada plaza al Juzgado de Ejecución de la Pena de
Alajuela, e informara a este Consejo.
La licenciada Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de
Planificación, presenta mediante oficio Nº 607-PLA-2010 del 8 de abril de 2010, el
informe Nº 014-PI-2010-B suscrito por el Máster Andrés Méndez Bonilla, Jefe de
la Sección de Proyección Institucional, referente a “determinar si se mantienen
las condiciones que en su momento justificaron el traslado de una plaza de
Juez y otra de Auxiliar Judicial del Juzgado de Ejecución de la Pena del I
Circuito Judicial de San José a su homólogo del I Circuito Judicial de
Alajuela.”
El informe contiene las siguientes conclusiones y recomendaciones, las
cuales fueron puestas previamente en conocimiento de la Máster Leda Corrales
Barboza, Jueza Coordinadora del Juzgado de Ejecución de la Pena de San José y
del Licenciado Marino Sagot Somarribas, Juez Coordinador del Juzgado de
52
Ejecución de la Pena de Alajuela; quienes emitieron una serie de observaciones,
que fueron consideradas en el estudio.
“(...)
IV. CONCLUSIONES
4.1. Mediante oficio 082-PLA-PI-2009, se recomendó la asignación en forma
ordinaria de una plaza de Juez 2 y una de Auxiliar Judicial 2 para el
Juzgado de Ejecución de la Pena del I Circuito Judicial de San José.
Asignación de recurso que fue aprobada por el Consejo Superior en
sesión 38-09, Artículo III.
4.2. En sesión del Consejo Superior Nº 046-09, artículo XXVIII, se consideró
conveniente que transitoriamente el Juzgado de Ejecución de la Pena de
Alajuela utilizara las plazas extraordinarias de Juez y de Auxiliar Judicial
asignadas a su homólogo de San José, para atender asuntos de la Ley de
Penalización de la Violencia Doméstica contra las Mujeres.
4.3. Por razones de recorte presupuestario, el Consejo Superior en la sesión N°
50-09, celebrada el doce de mayo del 2009, acordó efectuar un recorte en
el presupuesto del Poder Judicial, dejando para futuros presupuestos
algunas de las plazas dadas en forma ordinaria y extraordinaria para el
2010, entre las plazas recortadas se encuentran las otorgadas en forma
ordinaria para el Juzgado de Ejecución de la Pena del Primer Circuito
Judicial de Alajuela, según conclusión 3.2. anterior.
4.4. En sesión 73-09, artículo XLVIII, el Consejo Superior dispuso mantener
las plazas de Juez 2 y Auxiliar Judicial 2 en el Juzgado de Ejecución de la
Pena del Primer Circuito Judicial de Alajuela, hasta tanto finalice el
informe integral que está realizando el Departamento de Planificación
sobre los Juzgados de Ejecución de la Pena a nivel nacional.
4.5. De acuerdo al análisis de cargas de trabajo generales de ambos Juzgados,
se logra concluir que el Juzgado de Alajuela tiene alrededor de un 200%
más de asuntos entrados que su homólogo de San José, de igual forma
logra terminar mayor cantidad de asuntos, siendo interesante observar que
los niveles de circulante son similares en ambos despachos. En este
mismo sentido, debe indicarse que el Juzgado de San José muestra un
buen nivel de asuntos terminados en relación con los entrados, similar
situación se logra observar en su homólogo de Alajuela.
53
4.6. Al llevar a cabo un análisis de carga de trabajo de asuntos entrados por
Juez y por Auxiliar Judicial, se concluye que con el personal ordinario el
Juzgado de San José muestra niveles de carga de trabajo por debajo de los
parámetros establecidos de 60 asuntos por Juez y 50 por Auxiliar Judicial,
mientras que su homólogo de Alajuela igualmente considerando
únicamente personal ordinario supera esos parámetros. Por otro lado, al
considerar las plazas extraordinarias asignadas por Ley de Penalización
de la Violencia Doméstica contra las Mujeres para ambos despachos, el
Juzgado de San José, al contar con mayor personal presenta niveles
siempre por debajo del parámetro establecido y el de Alajuela con la
utilización de esas plazas, por Juez siempre supera el parámetro, pero por
Auxiliar Judicial se establece dentro de éste. Finalmente, al considerar el
préstamo de plazas extraordinarias del Juzgado de Ejecución de la Pena
de San José a su homólogo de Alajuela, los niveles de asuntos entrados
por Juez y por Auxiliar Judicial muestran niveles de 48 y 22 asuntos
respectivamente, siempre por debajo del parámetro y el Juzgado de
Alajuela muestra 64 asuntos por Juez y 43 asuntos por Auxiliar, lo cual
aliviana en alguna medida la carga de trabajo y se ubica por Juez casi en
el parámetro establecido, mientras que por Auxiliar Judicial siempre por
debajo.
4.7. El Juzgado de Ejecución de la Pena del I Circuito Judicial de San José,
tiene a su haber la administración de una base de datos nacional en
relación con sentencias y expedientes en la materia, tareas a cargo de los
Auxiliares Judiciales de ese despacho, que conforme la carga de trabajo
analizada, se concluye que pueden atender esa demanda de trabajo, sin
que por ello, se esté menoscabando la gestión propia del Juzgado.
4.8. Al llevar a cabo un análisis de centros y población penitenciaria a los
cuales se presta atención por parte de cada Juzgado, se logra constatar que
ambos Juzgados atienden 10 Centros y Oficinas. En este sentido, el
Juzgado de Alajuela cubre una población de 5478 personas, mientras que
su homólogo de San José presta atención a 4300 personas, con lo cual el
Juzgado de Alajuela supera al de San José en un 27% en cuanto a la
atención de población penitenciaria.
4.9. En relación con el estudio integral de Juzgados de Ejecución de la Pena al
cual se hace alusión, se concluye que el se ha venido atendiendo
paulatinamente, conforme la política presupuestaria establecida por la
Corte Plena para el 2010 y 2011, de forma tal que se han llevado a cabo
54
análisis integrales en los Juzgados de Ejecución de la Pena de Alajuela y
de Limón y están en proceso análisis en Heredia y en Puntarenas, con lo
cual se logra cubrir un 80% de los despachos de este tipo, quedando
pendiente únicamente el de San José y el de Liberia que inició funciones
recientemente pero que al analizar el de Puntarenas, se tomará en
consideración, en razón de que el de Puntarenas era el que atendía
anteriormente la zona de Guanacaste.
4.10. Es del caso indicar que está en proceso, el informe mediante el cual se
analiza en forma integral la continuidad para el 2011, de las plazas
asignadas a los Juzgados de Ejecución de la Pena del país para atender la
Ley de Penalización de Violencia Contra Las Mujeres, informe que se
remitirá en su oportunidad al ente superior.
V. RECOMENDACIONES
5.1. De conformidad con lo expuesto anteriormente, es criterio de este
despacho que la plaza de juez/a 2 y de auxiliar judicial 2 asignadas al
Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, en forma extraordinaria
para prever el impacto de la Ley de Penalización de la Violencia
Doméstica contra las Mujeres, continúen en calidad de préstamo por el
2010 en el Juzgado de Ejecución de la Pena de Alajuela, en vista de que
se estima que las cargas de trabajo de ese despacho lo ameritan y se
lograría una mejor utilización de los recursos, considerando que el
Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, puede atender su carga de
trabajo con el personal que tiene en la actualidad. Lo anterior, salvo que
tal y como se indicó en informes anteriores en cuanto al tema; que en
razón del impacto de la Ley de Penalización de la Violencia Doméstica
contra las Mujeres, objetivo por el cual se asignó el recurso, sea necesario
disponer de las plazas en el Juzgado de Ejecución de la Pena de San José,
por tanto el traslado sigue siendo transitorio.”
-0-
Se acordó: 1) Tener por recibido el informe Nº 607-PLA-2010 del
Departamento de Planificación y acoger sus recomendaciones; en consecuencia, se
dispone mantener por el resto del presente año, en el Juzgado de Ejecución de la
Pena de Alajuela, la plaza de juez/a 2 y la de auxiliar judicial 2 que fueron
55
asignadas al Juzgado de Ejecución de la Pena de San José, en forma extraordinaria
para prever el impacto de la Ley de Penalización de la Violencia Doméstica contra
las Mujeres, y que se ha venido cediendo en calidad de préstamo a su homólogo de
Alajuela. 2) Dejar constancia de que este tema fue resuelto en la sesión 41-10 del
28 de abril de 2010, artículo II de este Consejo para el Proyecto de Presupuesto del
2011, en la cual se dispuso: “...2) Que todas las plazas que actualmente se
mantienen en forma extraordinaria para la aplicación de la Ley de
Penalización de la Violencia contra las Mujeres, continúen en forma
extraordinaria para el 2011.”
La Magistrada Villanueva Monge además vota en el sentido de solicitar al
Departamento de Planificación que de acuerdo con la entrada en vigencia de la Ley
de Penalización de la Violencia Doméstica contra las Mujeres, analice la
organización de esos Juzgados y determine la necesidad de que las plazas creadas
para la Ley de Penalización que se han destinado a los despachos donde no ha
aumentado el trabajo por aplicación de la normativa, cumplan su finalidad.
El Departamento de Planificación tomará nota para lo que corresponda.
ARTÍCULO XXIV
Con oficio N° 780-PLA-2010 de 13 de mayo en curso, la licenciada
Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de Planificación remitió
56
el informe N° 103-EST-2010, suscrito por el máster Franklin González Morales,
Jefe de la Sección de Estadística, sobre la labor efectuada en el Tribunal de
Casación en Materia Penal Juvenil durante el 2009, el cual literalmente dice:
“TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL JUVENIL
Los aspectos de mayor relevancia, producto de la labor realizada por este
Tribunal, se describen a continuación:
En el último decenio, con excepción de los años 2000, 2001 y 2004, la
entrada a este Tribunal ha superado los 100 asuntos anuales. Además, en
los tres últimos años el volumen de casos ingresados se ha mantenido
estable y su promedio se encuentra en alrededor de los 123 asuntos.
En el 2009, del Juzgado Penal Juvenil de San José es de donde proviene la
mayor cantidad de recursos de casación que ingresan al Tribunal, siendo
los delitos contra la vida los de más incidencia.
Del cálculo de los indicadores de gestión judicial se desprende que la tasa
de congestión durante el 2009 es la más baja registrada en la última
década, lo que deja entrever que el Tribunal trabaja casi al día; por su
parte, la tasa de resolución es consistente al alcanzar más de un 90% en el
2009 y se constituye en la más alta del último decenio.
Los casos terminados, alcanzan su punto más alto del decenio en el 2003
con 201 asuntos. En el 2009, se revierte una tendencia descendente al
alcanzar los 136 asuntos resueltos, 20 más que el año anterior.
La existencia al finalizar llega a los 15 asuntos, un nivel bajo, producto de
haber resuelto más asuntos que los entrados; no obstante, de haber tenido
un nivel resolutivo similar al del 2005 o 2006, el circulante al finalizar
sería prácticamente nulo.
La duración promedio en el 2009 llega a un mes tres semanas, una semana
más que el año anterior, lo cual es consecuencia del trámite dado a
asuntos de más vieja data.
Por primera vez se calcula la duración promedio, según tipo de voto de
57
fondo, en ese sentido, los asuntos con lugar duran lo mismo que la
duración promedio; los parcialmente con lugar dos meses y una semana y
los sin lugar un mes y tres semanas.
I. INDICADORES DE GESTIÓN
La tendencia seguida por los indicadores de la gestión judicial, a saber:
tasa de congestión1, pendencia y resolución2, desarrollada por este
Tribunal en los últimos diez años se desglosa a continuación:
200 200
VARIABLES 2000 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
1 2
Circulante al inicio 9 38 86 132 43 33 28 25 15 25
Casos entrados 86 94 128 112 92 158 147 118 126 125
Casos reentrados 0 0 0 0 10 1 0 0 0 1
Casos salidos 57 46 82 201 112 164 150 128 116 136
Circulante al finalizar 38 86 132 43 33 28 25 15 25 15
200 200
INDICADORES 2000 1 2 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Tasa de congestión 1.67 2.87 2.61 1.21 1.29 1.17 1.17 1.12 1.22 1.11
Tasa de pendencia 40.0 65.2 61.7 17.6 22.8 14.6 14.3 10.5 17.7 9.9
Tasa de resolución 60.0 34.8 38.3 82.4 77.2 85.4 85.7 89.5 82.3 90.1
En el gráfico que de seguido se presenta, se puede observar que
después de que la tasa de congestión alcanzó el valor más alto del último
decenio en el 2001, ha venido descendiendo aún y con las fluctuaciones
en los años intermedios hasta ubicarse en el 2009 en 1.11, valor que se
constituye en el más bajo del período de análisis. Este valor indica que en
el 2009 el Tribunal debió tramitar 1.11 veces más casos de los que se
1
Esta tasa determina el grado de saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario
se ha aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno), existe congestión en
un Juzgado, materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno), no registra
congestión, por lo que se le ha dado trámite en el período a todos los casos ingresados y pendientes;
esto significa que no tiene casos pendientes para el año siguiente.
2
Tanto la tasa pendencia o asuntos pendientes como la resolución en realidad son porcentajes puros y
simples. Con la primera se refiere a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser tramitados o
bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por terminado. Por su parte, la resolución va a
indicar cuántos de los expedientes que estaban de la carga de trabajo se les dio término.
58
pudo resolver para que la congestión fuera nula.
Gráfico Nº 1
Tendencia histórica anual de la tasa de congestión calculada para el
Tribunal de Casación Penal Juvenil para el período
2000 - 2009
3,1 2,87
2,8 2,61
2,5
T
A 2,2
S 1,9
A
1,6 1,67
1,21 1,29
1,3 1,17 1,17 1,22 1,11
1,12
1
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.
La tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es
de 100%, debido a que un asunto o esta pendiente o resuelto.
Por primera vez en estos últimos diez años, la tasa de resolución en
el 2009 supera el 90% y por ende la de pendencia baja del 10%, lo que
demuestra un mejor rendimiento, lo cual repercute en beneficio del
usuario.
59
Gráfico Nº 2
Tendencia histórica anual de las tasas de pendencia y resolución
calculadas para el Tribunal de Casación Penal Juvenil para el
período 2000 - 2009
100 90,1
85,4 85,7 89,5 82,3
82,4
P 77,2
O 80
R 65,2 61,7
60,0
C 60
E
Pendientes Resolución
N
T 40
A 40,0 34,8 38,3 17,6 22,8
J 14,6 14,3 17,7
E
20 10,5 9,9
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.
De seguido, se presenta el resultado de la exploración estadística de
las principales variables estadísticas.
II. CASOS ENTRADOS
2.1 Patrón general
Para el decenio 2000-2009, los casos entrados han tenido un
comportamiento fluctuante, pues se han tenido variaciones crecientes y
decrecientes durante este período. La excepción se presenta en los tres
últimos años, en que se advierte cierta estabilidad. Así, en el 2009 la
entrada fue de 125 asuntos, uno menos que el año anterior y quince más
que el 2007, lo que evidencia lo comentado, tal y como se observa en el
siguiente gráfico:
60
Gráfico Nº 3
Comportamiento histórico de la carga de trabajo y del número de
casos entrados en el Tribunal de Casación Penal Penal Juvenil
2000 - 2009
300
244 Carga de trabajo Casos entrados
250
214
C 200 192 175
A 145 151
132 143 141
S 150
O 95 158
147
S 100 128 118 126 125
112
94 92
50 86
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
Por su parte, la carga de trabajo (casos entrados, más reentrados,
más el circulante al inicio) sigue una tendencia similar o paralela a la de
los casos entrados durante toda la década.
2.2 Entrados por tipo de asunto
En comparación con el 2008, los recursos de casación disminuyen,
mientras que los de revisión se incrementan; no obstante, el peso relativo
de los primeros sigue siendo alto, en vista de que constituyen el 86.4% de
lo entrado, mientras las revisiones un 12.8%.
61
Gráfico N°4
Distribución de los casos entrados por tipo de asunto
ingresado en el Tribunal de Casación Penal Juvenil durante
el 2008-2009
108
Recurso de casación
114
Tipo de asunto
Procedimiento de 16
revisión 11 2009
2008
1
Competencia
1
0 20 40 60 80 100 120
Número de casos
Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación
2.3 Casaciones entradas por despacho de procedencia.
Durante el 2009, del Juzgado Penal Juvenil de San José es de donde
proviene el 21.3% de de las casaciones ingresadas al Tribunal,
constituyéndose en el de mayor participación; sin embargo, disminuye su
volumen en comparación con el año anterior que fue de 48 asuntos y
ahora es de 23; es decir, se reduce en casi la mitad.
2.4 Casaciones entradas por delito
En este apartado se han conjuntado de acuerdo con la familia del
delito aquellos recursos de casación ingresados en el transcurso del 2009.
De esta forma, se determina que un 36.1% corresponde a delitos contra la
vida, un 28.7% contra la propiedad y un 20.4% a delitos sexuales, lo que
al sumarlo registra un 85.2%. El restante 14.8% le concierne a otros tipos
de delito.
62
Gráfico N°5
Distribución porcentual del número de casaciones entradas a Tribunal de Casación por
titulo de delito para el 2009
(TOTAL: 108 casaciones)
Otros delitos
Contra la vida
14,8%
36,1%
Delitos sexuales
20,4%
Contra la propiedad
28,7%
Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación
III. CASOS TERMINADOS
3.1 Patrón general
Tal y como se muestra en el siguiente gráfico, los casos terminados
a lo largo del decenio han tenido un comportamiento fluctuante, donde en
el 2003 alcanza el mayor volumen con 201 asuntos resueltos. Es
importante destacar el descenso en el nivel resolutivo en el período 2005-
2008, cuya variación relativa negativa es de 29.3%, dejando la
incertidumbre de que si se hubiese mantenido el volumen de resoluciones
de años anteriores el circulante al finalizar sería nulo. En el 2009, se
invierte la tendencia descendente apuntada anteriormente y se logran
terminar 20 asuntos más que en el año anterior, alcanzando un incremento
porcentual de 17.2%.
63
Gráfico Nº 6
Comportamiento histórico del número de casos terminados en el
Tribunal de Casación Penal Juvenil 2000 - 2009
220
200 201
180 164
150
C 160 136
A 140 128
116
S 120
O 100 82
112
S 80 57
60 46
40
20
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
ANO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
3.2 Votación de fondo
Los votos de fondo están constituidos por los recursos de casación,
revisión y de queja que han sido catalogados “con o sin lugar”. En el
siguiente gráfico se determina que el 94.9% de los casos terminados (136)
corresponden a votos de fondo, de ellos un 92.2% se refieren propiamente
a los recursos de casación, mientras que el 7% a los de revisión y
solamente un 0.8% a los de queja.
64
Gráfico N°7
Distribución porcentual de los casos terminados en el Tribunal de
Casación ubicado en el II Circ.Jud. de San José en materia Penal
juvenil durante el 2009
En quejas
0.8%
En revisiones
No de fondo Por el fondo 7.0%
5,1% 94.9%
En
casaciones
92.2%
Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación
3.3. Casaciones votadas por el fondo
En el siguiente desglose se puede apreciar la serie completa, para
el último decenio, de los recursos de casación votados por el fondo,
donde en la mayoría de los años, los recursos catalogados “con lugar” son
los de más incidencia; no obstante, en los dos últimos años al agregarle
los votos “parcialmente con lugar” a los “con lugar” hace que el valor
relativo sea similar y se ubique en alrededor del 52%.
Recursos de Casación votados
Volumen por tipo Proporción
Año
Con lugar Sin Con lugar (parcial Sin
Total Con lugar
Parcial lugar y total) lugar
---
2000 49 35 14 71.4% 28.6%
---
2001 31 23 8 74.2% 25.8%
---
2002 66 32 34 48.5% 51.5%
2003 90 53 --- 37 58.9% 41.1%
2004 81 44 --- 37 54.3% 45.7%
65
2005 148 82 --- 66 55.4% 44.6%
2006 127 52 --- 75 40.9% 59.1%
2007 104 38 --- 66 36.5% 63.5%
2008 94 46 3 42 52.1% 47.9%
2009 119 52 11 56 52.9% 47.1%
IV. CASOS EN TRÁMITE AL FINALIZAR
Luego de la fuerte entrada de asuntos en el 2002 y que generó un
alza importante en el circulante al finalizar, los casos en trámite han
venido en descenso y para el 2009 se ubican en 15 asuntos pendientes,
valor que se constituye junto con el del 2007, en el volumen más bajo
registrado en el decenio bajo análisis, lo que implica que el Tribunal ha
realizado un esfuerzo por mantener nivel resolutivo notable, lo que se
constituye en un hecho favorable para los usuarios.
Gráfico N° 8
Tendencia histórica anual del número de casos penales juveniles en
trámite al finalizar del Tribunal de Casación Penal para el período
2000-2009
140 132
120
Número de casos.
100 86
80
60
38 43
40 33
28 25 25
15 15
20
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Años
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de
Planificación
V. PROMEDIO DE DURACIÓN
66
En comparación con el período anterior, la duración promedio de los
votos de fondo durante el 2009 se ve incrementada en una semana, al
registrar un tiempo de un mes con tres semanas, siendo los votos “con
lugar” y “sin lugar” los de mayor trascendencia.
RECURSOS
TRIMESTRE DURACIÓN PROMEDIO
VOTADOS
TOTAL 119 1 mes 3 semanas
Enero-Marzo 36 2 meses 0 semanas
Abril-Junio 26 2 meses 2 semanas
Julio-Setiembre 26 1 mes 2 semanas
Octubre-Diciembre 31 1 mes 1 semana
El tiempo de duración obtenido está determinado por el tiempo que
tienen los expedientes de haber ingresado al despacho y el de votación.
Así, del siguiente desglose se establece que aproximadamente siete de
cada diez votos tienen un tiempo transcurrido de un mes o menos.
Número de casos
Tiempo transcurrido
2008 2009
TOTAL 94 119
1 a 7 días 3 9
8 a 14 días 10 17
15 a 21 días 13 19
22 a 29 días 14 22
1 mes 16 17
2 meses 26 11
3 meses 4 5
4 meses 5 3
5 meses 2 8
6 meses --- 3
67
7 meses --- 3
8 meses 1 ---
9 meses --- 1
10 meses --- 1
No menos importante el hecho de que durante el 2009 se calcula por
primera vez la duración promedio por tipo de recurso de fondo, así las
cosas se tiene que los asuntos con lugar registran 1 mes y 3 semanas, los
parcialmente con lugar 2 meses y 1 semana y los sin lugar 1 mes y 3
semanas.”
-0-
Se acordó: 1) Tener por rendido el informe N° 780-PLA-2010 del
Departamento de Planificación, sobre la labor efectuada en el Tribunal de Casación
en Materia Penal Juvenil durante el 2009". 2) Reconocer el esfuerzo realizado por
el personal del Tribunal analizado, por cuanto se encuentra al día respecto a su
gestión, y la tasa de congestión durante el 2009 es la más baja registrada en la
última década, lo que deja entrever que esa oficina trabaja casi al día, así como que
la tasa de resolución es consistente al alcanzar más de un 90% en el 2009, siendo la
más alta del último decenio. 3) Instar a la oficina sujeta de análisis, para que
mantenga su buen desempeño.
ARTÍCULO XXV
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial, en oficio N° 1279 de 10 de mayo en curso, en cumplimiento
de lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
68
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCI
FUNCIONARIO ON FINAL
10-000035-031- IGNORADO RECHAZAR
IJ DE PLANO
10-000047-031- LIC. EUGENIO JUEZ CIVIL DE MAYOR RECHAZAR
IJ MOLINA SEQUEIRA CUANTIA DE SAN CARLOS DE PLANO
10-000103-031- JUZGADO PENAL DE DESESTIMA
IJ HEREDIA R
10-000195-031- JUZGADO CIVIL DE RECHAZAR
IJ HEREDIA DE PLANO
10-000243-031- JUZGADO CIVIL DE RECHAZAR
IJ SANTA CRUZ DE PLANO”
-0-
Se acordó: 1.) Tener por recibido el oficio N° 1279-2010 del 10 de mayo del
2010, referente al listado de las resoluciones finales dictadas por el Tribunal de la
Inspección Judicial. 2.) En línea con lo establecido en el artículo 213 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, luego de analizar cada una de las resoluciones finales
emitidas por ese Tribunal Disciplinario, contenidas en el oficio referido, no
encuentra este Órgano, que en alguna de ellas concurran las causales de nulidad
prevista en el artículo 210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente
al citado Tribunal. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XXVI
Con oficio N° 737-PLA-2010 de 10 de mayo en curso, la licenciada
Bernardita Madrigal Córdoba, Subjefa del Departamento de Planificación remitió
69
el informe N° 097-EST-2010, suscrito por el Máster Franklin González Morales,
Jefe de la Sección de Estadística, relacionado con el trabajo efectuado en los
Tribunales de Casación Penal durante el 2009; además, se hace un análisis
pormenorizado de lo acaecido durante la última década, el cual literalmente dice:
“TRIBUNALES DE CASACIÓN PENAL
De seguido se describen los aspectos más relevantes, producto de la
información estadística obtenida de la década y en particular durante el
2009:
De manera general, en los últimos diez años los casos entrados han
experimentado una tendencia al crecimiento, pues han pasado de 808
asuntos a principios del decenio a 2290 en el 2009.
Los recursos de casación se convierten en el tipo de asunto de mayor
ingreso, pues se constituyen en aproximadamente dos terceras partes de
los asuntos entrados.
Las casaciones entradas por delitos sexuales son las de mayor incidencia,
en vista de que aproximadamente tres de cada diez son de este tipo de
delito.
El crecimiento relativo de los casos terminados en estos últimos diez años
ha sido de 178.7% al pasar de 780 en el 2000 a 2174 en el 2009.
La existencia al finalizar el 2009 alcanza los 504 expedientes repartidos
en los diferentes tribunales; no obstante, es importante señalar que en
comparación con el año anterior se dio un crecimiento, cuya variación
relativa es de 34.8%, sea el más significativo desde la entrada en
funcionamiento de estos tribunales.
La duración promedio general llega a los “dos meses tres semanas”, una
semana más que el año anterior, lo cual es consecuencia de la tramitación
de una menor proporción de asuntos menores a los tres meses.
Es importante destacar que por primera vez se elabora la duración
70
promedio por tipo de voto, los asuntos con lugar registran tres meses, los
con lugar parcial dos meses y una semana y los sin lugar dos meses y tres
semanas.
I. INDICADORES DE GESTIÓN
Los indicadores utilizados para analizar la gestión judicial son: tasa de
congestión1, tasa de pendencia y tasa de resolución2.
En la tabla y gráficos siguientes se puede apreciar la evolución de estos
indicadores en el último decenio.
VARIABLES 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Circulante al inicio 166 194 302 451 433 317 221 266 273 374
Casos entrados 808 883 917 937 1059 1053 1254 1957 2276 2290
Casos reentrados 0 0 0 0 1 0 0 9 23 14
Casos salidos 780 775 768 955 1176 1149 1209 1959 2198 2174
Circulante al finalizar 194 302 451 433 317 221 266 273 374 504
INDICADORES 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
Tasa de congestión 1.25 1.39 1.59 1.45 1.27 1.19 1.22 1.14 1.17 1.23
Tasa de pendencia 19.9 28.0 37.0 31.2 21.2 16.1 18.0 13.9 14.5 18.8
Tasa de resolución 80.1 72.0 63.0 68.8 78.8 83.9 82.0 86.1 85.5 81.2
En el gráfico N° 1, se aprecia la tendencia seguida por de la tasa de
congestión, donde del 2000 al 2002 se produce un incremento constante
hasta llegar al valor más alto de la serie de 1.59. A partir del 2003 y hasta
el 2008 ha venido en descenso, lo que se traduce en una mejora del
servicio; en el 2009 se ascendió a 1.23, lo cual sugiere una leve desmejora
1
Esta tasa determina el grado de saturación o retraso existente, si este ha disminuido o por el contrario se
ha aumentado a través del tiempo. Si la tasa de congestión es mayor a 1 (uno), existe congestión en un
Juzgado, materia o Sistema Judicial. Si la tasa de congestión es igual a 1 (uno), no registra congestión,
por lo que se le ha dado trámite en el período a todos los casos ingresados y pendientes; esto significa que
no tiene casos pendientes para el año siguiente.
2
La pendencia o asuntos pendientes, se refieren a la cantidad de expedientes que están a la espera de ser
tramitados o bien que ya iniciaron su tramitación pero aún no se da por terminado. Por su parte, la
resolución va a indicar cuántos de los expedientes que estaban pendientes se les dio término.
71
del servicio, lo que significa en este año los tribunales tenían que tramitar
1.23 veces más casos de los que pudo resolver para que la congestión
fuera nula.
Gráfico Nº 1
Tendencia histórica anual de la tasa de congestión calculada
para el Tribunal de Casación Penal para el período 2000 -
2009
2
1,8
T 1,59
1,6
A 1,45
S 1,39
A 1,4 1,25 1,27
1,19 1,22 1,17 1,23
1,14
1,2
1
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.
La tasa de pendencia y resolución son complementarias y su suma es de
100%, debido a que un asunto o está pendiente o está resuelto.
Al analizar la tendencia mostrada en los últimos diez años, se determina
que, la tasa de pendencia del 2000 al 2002 experimenta el mayor
crecimiento de la serie; sin embargo, a partir del 2003 y hasta el 2007
tiende a disminuir casi de forma continua. Ahora, para los dos años
siguientes, 2008 y 2009 se registran aumentos consecutivos, pues la tasa
de pendencia obtiene un valor de 18.8%, mientras que un año antes era de
14.5%. Por su parte, la tasa de resolución tiene una situación inversa a la
de pendencia, llegando a contabilizar en el 2009 un 81.2%, lo cual
significa que en los dos últimos años ha venido en descenso el nivel
resolutivo.
72
Gráfico Nº 2
Tendencia histórica anual de las tasas de pendencia y
resolución calculadas para el Tribunal de Casación Penal
para el período 2000 - 2009
100 83,9 82,0 86,1 85,5 81,2
80,1 78,8
72,0 68,8
C 80 63,0
A 60 Pendientes Resolución
S 37,0
40 28,0 31,2
O 19,9 21,2 18,8
16,1 18,0 13,9 14,5
S 20
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación.
II. CASOS ENTRADOS
2.1. Patrón general
Al analizar el decenio 2000-2009, se determina un incremento de los
casos entrados y que al final se constituye o asciende en términos
relativos en un 183.4%.
Además, tal y como se consignó en la edición anterior, los casos entrados
desde la vigencia de la Ley de la Apertura de la Casación Penal vienen en
franco crecimiento; no obstante, en los últimos años este crecimiento no
es tan marcado como al principio. Así, en el 2009 se da un aumento de 14
asuntos en comparación con el año anterior, al establecerse una entrada
de 2276 en el 2008, mientras que un año después es de 2290.
2.2 Entrada neta
La entrada neta se obtiene al restar de la entrada general, aquellos asuntos
catalogados como conflicto de competencia (incompetencias). Al igual
que los casos entrados generales, la entrada neta sigue el mismo
comportamiento a lo largo del decenio; es decir, crece de manera
constante desde el 2000 y en los últimos años la pendiente es más
73
pronunciada; sin embargo, tanto en el 2005 como en el 2009 se presentan
disminuciones, tal y como se muestra en el siguiente gráfico:
Gráfico Nº 3
Comportamiento histórico anual de la entrada neta en materia
Penal en los Tribunales de Casación. 2000 - 2009
2500
2205 2159
1881
2000
C
1500
A 1220
S 1044 1027
O 859 894 917
1000 761
S
500
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 AÑO
2006 2007 2008 2009
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
74
2.3 Casaciones y revisiones entradas
Los recursos de casación ingresados siguen una tendencia similar a la
entrada general y a la entrada neta, lo cual se debe a su peso (66.2%)
estadístico. Durante el 2009 se reportan 1515 recursos de este tipo, 49
menos que en el 2008. En cuanto a los recursos de revisión, se reducen
en 31 asuntos respecto del 2008 y alcanza los 286. Estos resultados
pueden ser observados en el siguiente gráfico.
Gráfico Nº 4
Comportamiento histórico anual del número de casos, recursos de
Casación y Revisión entrados en materia Penal en los tribunales de
Casación. 2000-2009
2700
2276 2290
2400 TOTAL Casaciones Revisiones
2100 1957
C 1800 1564 1515
A 1500 1254 1338
S 1053
1200 1059
O 808 883 917 937
S 900 759
646 686 646
483 552 551
600
317 286
300 81 104 119 122 170
62 86 100
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
2.4 Entrada comparada con la Sala III
En la edición anterior se comenta que con la Ley de Apertura de la
Casación, el ingreso de los recursos de ese tipo a la Sala Tercera se
presentaría en menor proporción que los entrados a los Tribunales de
Casación Penal, situación que antes de la apertura se daba en sentido
inverso.
La tendencia esperada se viene dando según lo comentado, al
registrar la Sala Tercera menos de 1000 casaciones ingresadas en el 2008;
75
sin embargo, es necesario destacar los incrementos consecutivos que se
han anotado en la Sala en los dos últimos años, incluso en el 2009 llegan
a los 1053, sea 137 más que el año anterior para un incremento relativo
del 15%, mientras que en conjunto, los Tribunales de Casación alcanzan
los 1515 recursos, 49 menos que en el 2008.
Gráfico Nº 5
Comportamiento histórico anual del número de recursos de Casación
entrados en la Sala Tercera y en los tribunales de Casación Penal
2000-2009
2000
Sala Tercera
Tribunales de Casación 1564 1515
R
1500 1338
E
1187
C 1104 1150 1053
U 908 916
869 856
R 1000 785
S 646
O 759
646 686 646
S 500 552 551
483
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
2.5 Procedencia de las casaciones entradas
En el siguiente desglose se muestra el volumen de asuntos entrados
de acuerdo con la procedencia; lo anterior, según los tribunales de juicio
ubicados en las cabeceras de circuito, donde ocho de 14 despachos
presenta variaciones negativas en comparación con el año anterior. Los
tribunales del Primer y Segundo Circuito Judicial de San José, así como el
primero de Guanacaste, y el Tribunal de Cartago son lo despachos de
donde proceden la mayor cantidad de asuntos. Los recursos procedentes
de estas oficinas superan los 100 recursos en cada una de ellas.
Variación (*)
Tribunal de cabecera de circuito de Año
2008/2009
donde proviene el Recurso de Casación
2007 2008 2009 Absolut Relativa
76
a
Total 1338 1564 1515 -49 -3.1%
Primer Circuito Judicial de San José 195 242 192 -50 -20.7%
De la Zona Sur 87 127 84 -43 -33.9%
Segundo Circuito Judicial de Guanacaste 38 67 31 -36 -53.7%
De la Zona Sur, Sede Corredores 29 56 79 23 41.1%
De Cartago 87 113 106 -7 -6.2%
Primer Circuito Judicial de Guanacaste 67 92 116 24 26.1%
Primer Circuito Judicial Zona Atlántica 41 59 48 -11 -18.6%
Segundo Circuito Judicial de Alajuela 97 113 71 -42 -37.2%
Primer Circuito Judicial de Alajuela 77 90 94 4 4.4%
Tercer Circuito Judicial de Alajuela 27 33 20 -13 -39.4%
Segundo Circuito Judicial Zona Atlántica 43 46 59 13 28.3%
De Heredia 78 73 87 14 19.2%
De Puntarenas 88 79 76 -3 -3.8%
Segundo Circuito Judicial de San José 119 96 104 8 8.3%
Oficinas periféricas y otros despachos 265 278 348 70 25.2%
Nota: (*) En las cifras totales, se muestra el cálculo de la variación solo para los tribunales
cabecera de circuito y por lo tanto no se incluye el dato de la "oficinas periféricas y otros
despachos"
2.6 La distribución por delito
En el siguiente gráfico se muestra la distribución porcentual de las
casaciones ingresadas por tipo de delito, donde destaca el incremento en
los delitos sexuales, pues pasan de 27.4% en el 2008 a 30.4% en el 2009.
De igual forma, los casos por narcotráfico pasan de 12.6% a 18.8%. En
sentido contrario, las lesiones decrecen, en vista de que en el 2008
registraron 16% y un año después 11.7%.
77
Gráfico Nº 6
Distribución porcentual del número de casaciones entradas en el Tribunal
de Casación Penal por grupos de delito. 2009
Otros delitos
Usurpación 15,8%
Delitos sexuales
2,7% 30,4%
Infracción a leyes
2,8%
Agresión con arma
3,8%
Acción privada
3,6% Narcotráfico
Robos y hurtos 18,8%
Desobediencia
6,4%
4,0% Lesiones
11,7%
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de
2.7 Entrada por tribunal
Del total de casos ingresados (2290), 51 de cada 100 lo hacen en el
Tribunal del Segundo Circuito Judicial de San José, mientras que
aproximadamente 20 de cada 100 pasan a formar parte del Tribunal del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela. El 17.7% y 11.7% restantes
corresponde a casos que ingresan al Tribunal de Cartago y al del Segundo
Circuito Judicial de Guanacaste, respectivamente.
78
Gráfico N° 7
Distribución porcentual de los casos entrados por tribunal de
casación penal durante el 2009
(Total de casos entrados 2290)
Tribunal del II
Circ. Jud. de
100% Guanacaste
Tribunal de 11,7%
Cartago
75% 17,7%
Tribunal del III
Porcentaje
Circ. Jud. de
50% Alajuela
19,5%
Tribunal del II
25% Circ. Jud. San José
51,0%
0%
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
III. CASOS TERMINADOS
3.1. Patrón general
Luego de haber obtenido aumentos significativos durante tres años
consecutivos, en el 2009 los asuntos entrados decrecen (24 casos) para
una variación porcentual negativa de 1.1%.
Aún con las fluctuaciones registradas por esta variable en los
últimos diez años, prácticamente su tendencia ha sido la del crecimiento y
con la puesta en marcha de la Ley de Apertura de la Casación Penal en
los últimos años se acentuó todavía más, así del 2000 al 2009 su
crecimiento porcentual ha sido de un 178.7%.
Por su parte, los recursos de casación votados por el fondo registran
un comportamiento similar al del total general resuelto, tal y como se
observa en el siguiente gráfico. Estos recursos serán analizados
posteriormente.
79
Gráfico Nº 8
Comportamiento histórico anual del número de casos terminados en los
tribunales de Casación Penal. 2000-2009
2400 2198 2174
TOTAL Casaciones 1959
1800
C
A 1176 1149 1209
S 1200 955
O 780 775 768 1287 1224
S 1105
600
638 605 610
517
388 388 367
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
3.2 Terminados por tribunal
Al efectuar la relación casos terminados versus los entrados para
cada uno de los tribunales se determina que, los casos resueltos fueron
menores a los casos entrados; no obstante, es destacable que en todos se
evidencia que se resuelven más de 90 asuntos por cada 100 entrados.
80
Gráfico N° 9
Relación de los casos terminados respecto a los casos entrados
según tribunal de casación durante el 2009
Guanacaste 96,3%
Alajuela
Tribunal
95,5%
San José 95,1%
Cartago 92,9%
50% 75% 100%
Porcentaje
Elaborado por: Sección de Estadística del Departamento de Planificación
.
3.3. Terminados por tipo
En comparación con el 2008, los recursos de casación resueltos
disminuyen porcentualmente; sin embargo, se mantienen por encima del
50%. Por su parte, las prorrogas de prisión preventiva como segundo tipo
terminado en importancia alcanzan el 15.1%, mientras que un año antes
era de 13.6%. Los demás tipos de asunto dados por concluidos no
sobrepasan el 10%.
81
Gráfico Nº 10
Comparación de las distribuciones porcentuales de los casos terminados en el
Tribunal de Casación Penal según tipo de asunto votado para el 2008 y 2009
54,3%
Recursos de casación
57,6%
Tipo de asunto votado
Prórroga definida 15,1%
13,6%
Inadmisibles 9,0%
7,1%
Recursos de revisión 6,9%
7,7%
2009
Incompetencias 6,9%
7,7% 2008
Otro tipo de resolución 7,8%
6,2%
0,00% 10,00% 20,00% 30,00% 40,00% 50,00% 60,00% 70,00%
Porcentajes
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
3.4 Votos de fondo en casaciones
Porcentualmente no existe mayor variación en comparación con los
últimos años, entre los recursos de casación votados “sin lugar” y lo
votado “con lugar”, el cual incluye parcialmente, pues se mantienen
alrededor del 59% y 41%, respectivamente.
Recursos de Casación
Diferencia
Año Sin Con Lugar (total y
% % porcentual
Lugar parcial)
2000 200 51.5 188 48.5 -3.0
2001 202 52.1 186 47.9 -4.2
2002 180 49.0 187 51.0 2.0
2003 293 56.7 224 43.3 -13.4
2004 355 55.6 283 44.3 -11.3
2005 330 54.5 275 45.5 -9.0
2006 350 57.4 260 42.6 -14.8
2007 659 59.6 446 40.4 -19.2
2008 771 59.9 516 40.1 -19.8
2009 719 58.7 505 41.3 -17.5
82
3.5 Votos de fondo en revisiones
Por sexto año consecutivo, los votos de fondo en revisiones
catalogados “sin lugar” experimentan un incremento, mientras que los
votos “con lugar” y “parcialmente con lugar” presentan fluctuaciones, lo
que hace difícil determinar o pronosticar una tendencia. Estos resultados
se muestran en el siguiente desglose.
Procedimientos de Revisión
Diferencia
Año Sin Con Lugar (total y
% % porcentual
lugar parcial
2000 25 61.0 16 39.0 -22.0
2001 31 70.5 13 29.5 -41.0
2002 31 54.4 26 45.6 -8.8
2003 17 51.5 16 48.5 -3
2004 31 62.0 19 38.0 -24
2005 50 61.0 32 39.0 -22
2006 63 79.7 16 20.3 -59.5
2007 76 76.0 24 24.0 -52
2008 89 58.9 62 41.1 -17.9
2009 96 67.6 46 32.4 -35.2
3.6. La inadmisibilidad
En comparación con el año anterior, los recursos declarados
inadmisibles (196), crecieron en 39 recursos, lo que significa un
incremento relativo de 24.8%. La mayoría de estos recursos (63.8%)
fueron señalados por el Tribunal de Casación del Segundo Circuito
Judicial de San José.
Casos Razón de
Año Inadmisibles
entrados inadmisibilidad
2001 883 70 7.9
2002 917 70 7.6
2003 937 150 16.0
2004 1059 115 10.9
83
2005 1053 144 13.6
2006 1254 121 9.6
2007 1957 131 6.7
2008 2276 157 6.9
2009 2290 196 8.6
Ahora, al analizar la razón de inadmisibilidad por Tribunal, solo el
del Segundo Circuito Judicial de San José (10.7%), supera a la “razón
general” (8.6%).
Casos Razón de
TRIBUNAL Inadmisibles
entrados inadmisibilidad
TOTAL 2290 196 8.6
II Circ. Jud. San José 1168 125 10.7
III Circ. Jud. Alajuela 447 36 8.1
Cartago 406 19 4.7
II Circ. Jud. Guanacaste 269 16 5.9
IV. CASOS EN TRÁMITE AL FINALIZAR
4.1. Patrón general
De manera general, el circulante al finalizar en los Tribunales de
Casación Penal en los últimos diez años se puede separar en tres fases;
una que va del 2000 al 2002, donde se viene en claro crecimiento, otra
que va del 2003 al 2005 la cual decrece y la última del 2006 al 2009 en
que nuevamente vuelve a crecer. En esta última fase el crecimiento ha
sido acelerado, llegando en el 2009 a los 504 expedientes pendientes de
trámite, siendo que un año antes el circulante fue de 374, sea 130 asuntos
más para una variación relativa de 34.8%.
84
Gráfico Nº 11
Comportamiento histórico anual del número de casos en trámite
al finalizar el año en el Tribunal de Casación Penal. 2000 - 2009
600
504
500 451 433
C 400 374
A 317
302
S 300 266 273
O 221
194
S 200
100
0
2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
4.2 Existencia por despacho
Durante el 2009 se revierte lo acaecido en los dos años anteriores,
en vista de que en todos los tribunales se registra un incremento en la
existencia al finalizar, principalmente en el del Segundo Circuito Judicial
de San José, el del Tercer Circuito judicial de Alajuela y en el de Cartago,
donde el primero sobrepasa los 200 asuntos y en el caso del segundo y
tercero, la existencia es superior a los 100 expedientes, escenarios que
anteriormente no se habían presentado.
85
Gráfico Nº 12
Comportamiento histórico anual del número de casos en trámite al
finalizar el año según Tribunal de Casación Penal. 2007 - 2009
300
II C.J. San José III C.J. Alajuela
Cartago II C.J. Guanacaste 233
C 200 186
176
A
S 122
O 97 105
S 100 87
72
44
29
0
2007 2008 2009
AÑO
Elaborado por: Sección de Estadística, Departamento de Planificación
4.3 Existencia según tiempo de espera en despacho
En promedio y de manera general, se estima que los expedientes
tienen un tiempo de espera de tres meses para su trámite respectivo.
Ahora, al analizar por despacho este tiempo, se determina que en el del
Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José y de Alajuela, son los son
los que registran el mayor tiempo de espera, con tres meses tres semanas
y dos meses tres semanas, respectivamente.
86
Tiempo de espera en Tribunal
asuntos pendientes al final II C.J de III C.J. de II C.J de
del 2009 TOTAL Cartago
San José Alajuela Guanacaste
TOTAL 504 233 122 105 44
Menos de un mes 103 42 28 25 8
1 Mes 71 30 14 17 10
2 Meses 112 48 24 23 17
3 Meses 74 30 16 22 6
4 Meses 40 14 14 10 2
5 Meses 33 14 13 5 1
6 Meses 18 9 7 2 ---
7 Meses 18 13 5 --- ---
8 Meses 15 14 1 --- ---
9 Meses 4 3 --- 1 ---
10 Meses 3 3 --- --- ---
11 Meses 6 6 --- --- ---
12 Meses 3 3 --- --- ---
13 Meses 1 1 --- --- ---
14 Meses 1 1 --- --- ---
19 Meses 1 1 --- --- ---
20 Meses 1 1 --- --- ---
4.4 Existencia según ingreso a la esfera penal
En el siguiente desglose se consigna la cantidad de expedientes que
se encuentran pendientes de trámite al final del 2009 de acuerdo con el
año en que ingresaron a la corriente judicial. De él se puede determinar
que en promedio tienen aproximadamente cuatro años en espera de una
resolución.
AÑO DE TRIBUNAL
ENTRADA AL II C.J DE III C.J. DE II C.J DE
SISTEMA PENAL TOTAL CARTAGO
SAN JOSÉ ALAJUELA GUANACASTE
TOTAL 504 233 122 105 44
1993 1 1 0 0 0
1996 1 0 0 0 1
87
1997 1 0 0 1 0
1998 2 1 0 1 0
1999 2 1 0 1 0
2000 5 4 0 1 0
2001 5 3 0 2 0
2002 5 4 0 1 0
2003 20 13 1 5 1
2004 33 20 8 5 0
2005 60 35 13 11 1
2006 83 37 25 17 4
2007 121 47 33 31 10
2008 108 37 36 20 15
2009 57 30 6 9 12
A continuación se enlistan aquellos casos que tienen más de cinco
años de haber ingresado a la esfera penal y que aún están a la espera de
una resolución definitiva, esto es que ingresaron antes del 2005, en total
suman 75 expedientes.
FECHA DE
EXPEDIENTE HECHO PUNIBLE (*) TRIBUNAL DE CASACION
ENTRADA
93-000066-0023-PE Robo Agravado 21/10/2009 II Circ.Jud. de San José
96-200274-0396-PE (en blanco) 12/11/2009 II Circ.Jud. Guanacaste
Transporte de Droga, Sustancias o
97-200325-0030-PE Productos sin Autorización Legal 25/08/2009 Cartago
98-000311-0219-PE Violación 07/10/2009 Cartago
98-002818-0042-PE Robo Agravado 14/11/2008 II Circ.Jud. de San José
99-002282-0276-PE Violación 27/11/2009 II Circ.Jud. de San José
99-200190-0359-PE Usurpación 02/11/2009 Cartago
Comercio de Drogas, Sustancias o
00-000877-0513-PE Productos sin Autorización Legal 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José
00-001041-0064-PE Violación 04/11/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
00-002030-0042-PE Edad e Incapaces 04/11/2009 II Circ.Jud. de San José
00-002585-0175-PE Violación 27/01/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
00-200484-0306-PE Edad e Incapaces 03/07/2009 II Circ.Jud. de San José
01-000041-0016-TP Corrupción 21/10/2009 II Circ.Jud. de San José
01-018173-0042-PE Homicidio Calificado 02/10/2009 II Circ.Jud. de San José
01-200676-0486-PE Usurpación 20/11/2009 II Circ.Jud. de San José
01-200721-0359-PE Peculado 26/11/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
01-202741-0345-PE Edad e Incapaces 13/10/2009 Cartago
02-000315-0569-PE Lesiones Culposas 13/11/2009 Cartago
88
Abusos Sexuales Personas Menores
02-000431-0609-PE Edad e Incapaces 31/08/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
02-001591-0283-PE Edad e Incapaces 15/12/2009 II Circ.Jud. de San José
02-200288-0486-PE Violación Agravada 20/11/2009 II Circ.Jud. de San José
02-203451-0275-PE Tenencia de Droga 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José
Almacenamiento de Drogas,
Sustancias o Productos sin
03-000329-0062-PE Autorización Legal 15/10/2009 Cartago
03-000475-0609-PE Agresión con Armas 28/04/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
03-000749-0573-PE Edad e Incapaces 18/11/2009 II Circ.Jud. de San José
03-000848-0597-PE Prevaricato 05/11/2009 II Circ.Jud. de San José
03-001190-0648-PE (en blanco) 17/12/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
03-001250-0369-PE Edad e Incapaces 30/11/2009 II Circ.Jud. de San José
03-001434-0219-PE Violación 18/12/2009 Cartago
03-001518-0647-PE Infracción. Ley Forestal 25/06/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
03-003087-0175-PE Edad e Incapaces 03/12/2009 II Circ.Jud. de San José
Relaciones Sexuales Personas
03-003360-0059-PE Menores de Edad 13/11/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
03-004287-0042-PE Edad e Incapaces 04/12/2009 II Circ.Jud. de San José
03-006648-0042-PE Lesiones Culposas 08/09/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
03-200073-0396-PE Edad e Incapaces 25/11/2009 II Circ.Jud. Guanacaste
03-200111-0431-PE Usurpación 02/09/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
03-200464-0634-PE Violación 21/09/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
03-200681-0485-PE Edad e Incapaces 18/11/2009 Cartago
03-200712-0485-PE Violación 15/08/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
03-201530-0485-PE Edad e Incapaces 29/07/2009 II Circ.Jud. de San José
03-201582-0275-PE Robo Agravado 30/10/2009 II Circ.Jud. de San José
03-201750-0275-PE Violación 14/10/2009 II Circ.Jud. de San José
04-000041-0559-PE Homicidio Simple 18/12/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
04-000074-0609-PE Violación 04/12/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-000158-0277-TP Edad e Incapaces 14/10/2009 II Circ.Jud. de San José
04-000185-0609-PE Violación 15/10/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
Abusos Sexuales Personas Menores
04-000197-0609-PE Edad e Incapaces 01/12/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-000377-0569-PE Edad e Incapaces 05/11/2009 II Circ.Jud. de San José
04-000402-0609-PE Violación 12/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
Abusos Sexuales Personas Menores
04-000809-0369-PE Edad e Incapaces 27/01/2009 II Circ.Jud. de San José
04-000882-0609-PE Violación 12/11/2009 II Circ.Jud. de San José
89
Abusos Sexuales Personas Menores
04-000964-0573-PE Edad e Incapaces 09/12/2009 II Circ.Jud. de San José
Posesión de Drogas, Sustancias o
04-001109-0061-PE Productos 28/09/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
04-001145-0219-PE Violación 26/11/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
04-001287-0219-PE Edad e Incapaces 14/09/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
04-001337-0219-PE Edad e Incapaces 05/11/2009 Cartago
Transporte de Droga, Sustancias o
04-001678-0219-PE Productos sin Autorización Legal 25/08/2009 Cartago
Abusos Sexuales Personas Menores
04-001839-0276-PE Edad e Incapaces 30/10/2009 II Circ.Jud. de San José
04-007728-0647-PE Uso de Documento Falso 06/01/2009 II Circ.Jud. de San José
04-014583-0042-PE Lesiones Culposas 10/11/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-019447-0042-PE Edad e Incapaces 17/12/2009 II Circ.Jud. de San José
04-200048-0331-PE Lesiones Culposas 19/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
Abusos Sexuales Personas Menores
04-200187-0479-PE Edad e Incapaces 24/07/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-200320-0278-PE Edad e Incapaces 25/09/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-200377-0801-PE Edad e Incapaces 25/11/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
04-200396-0456-PE Estafa 25/08/2009 Cartago
04-200475-0485-PE Violación 28/10/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-200832-0456-PE Edad e Incapaces 12/08/2009 II Circ.Jud. de San José
04-200997-0485-PE Violación 18/06/2009 II Circ.Jud. de San José
Abusos Sexuales Personas Menores
04-201054-0431-PE Edad e Incapaces 14/10/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
04-202098-0275-PE Resistencia 07/05/2009 II Circ.Jud. de San José
Posesión de Drogas, Sustancias o
04-203100-0305-PE Productos 04/12/2009 III Circ. Jud. de Alajuela (San Ramón)
04-600857-0498-TC (en blanco) 24/07/2009 II Circ.Jud. de San José
04-601910-0491-TC Lesiones Culposas 27/07/2009 II Circ.Jud. de San José
04-602160-0498-TC Lesiones Culposas 16/06/2009 II Circ.Jud. de San José
(*) En algunos casos aparece en blanco, pues el delito no fue suministrado en el listado por el despacho.
V. DURACIÓN PROMEDIO
En los dos últimos años se han presentado aumentos consecutivos
de una semana en la duración promedio de los recursos de casación
votados en cada uno de esos años, lo cual es producto principalmente por
una menor proporción de recursos votados cuya duración es igual o
menor a los tres meses.
90
Recursos Porcentaje de Casaciones
Año Votados Duración Promedio votadas (duración igual o
menor de 3 meses)
2003 517 6 meses 2 semanas 34.8
2004 638 5 meses 1 semana 47.7
2005 605 5 meses 0 semanas 50.9
2006 610 3 meses 1 semana 63.6
2007 1105 2 meses 1 semana 81.5
2008 1287 2 meses 2 semanas 76.4
2009 1224 2 meses 3 semanas 73.5
Por tribunal, tanto el de Casación Penal de Cartago como el del
Tercer Circuito Judicial de Alajuela, son los que presentan las duraciones
más altas en comparación con la duración general, diferencia que es de un
mes respecto del primero y de tres semanas sobre el segundo.
DURACIÓN PROMEDIO
TRIBUNAL DE CASACIÓN
2007 2008 2009
2 meses 3
TOTAL 2 meses 1 semana 2 meses 2 semana
semanas
II Circuito Judicial de San José 2 meses 1 semana 2 meses 2 semana 2 meses 2 semana
III Circ. Jud. de Alajuela 2 meses 0 semanas 3 meses 0 semana 3 meses 2 semanas
Cartago ------------ 2 meses 1 semana 3 meses 3 semanas
II de Guanacaste ------------ 1 meses 2 semana 1 mes 1 semana”
-0-
Se acordó: 1) Tener por rendido el informe N° 737-PLA-2010 del
Departamento de Planificación, sobre el trabajo efectuado en los Tribunales de
Casación Penal durante el 2009; y el análisis pormenorizado de lo acaecido
durante la última década. 2) Tomar nota de los resultados obtenidos en el estudio,
tales como el crecimiento relativo de los casos terminados en los últimos diez años
al pasar de 780 en el 2000 a 2174 en el 2009, que la duración promedio general
91
aumentó una semana más respecto al 2008 y que el crecimiento en la existencia
final de asuntos, alcanzó los 504 expedientes repartidos en los diferentes
tribunales, siendo que respecto al año anterior se dio un crecimiento de 34.8%, el
más significativo desde la entrada en funcionamiento de estos tribunales. 3)
Solicitar a los despachos analizados, que reduzcan la duración promedio y le den
prioridad a los asuntos que según el estudio tienen más de cinco años de haber
ingresado a la esfera penal y que aún están a la espera de una resolución definitiva.
ARTÍCULO XXVII
La servidora Sindy Pérez Abarca, Auxiliar Judicial del Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur,
en nota de 11 de mayo en curso, solicitó lo siguiente:
“… tengo una hija de cinco años, la cual según diagnóstico médico
tiene (Síndrome de Moebius) asociado a P.C.I. con leve atrofia cortico-
subcortical, por lo que depende totalmente de mí y en lo que yo le pueda
ayudar, ya que ella no camina ni habla, esto ha ocasionado cambios en mi
diario vivir, ya que tengo que llevarla a terapias y como está en etapa
escolar a las clases de Materno Interactivo todos los días de lunes a
viernes, debido a esto es indispensable que yo esté durante las clases para
la realización de diferentes actividades en el aula.
Por otra parte yo provengo de un núcleo familiar en donde soy hija
única y mis padres están muy mayores como para asignarles esta
responsabilidad, por lo que no tengo a nadie que me pueda suplir o ayudar
con mi hija.
Debido a esta situación estoy incapacitada ya que esto afecta mi
salud y me dan Reacciones Depresivas con Reacción de Stress agudo,
actualmente tengo control en Psiquiatría, mi deseo es poder estar con mi
92
hija para poder llevarla al materno y por mi horario de trabajo se me
dificulta, cabe mencionar que como madre he podido ver como ella ha
superado muchas etapas a través de toda la estimulación que ha recibido,
y que se le brinda en las diferentes actividades que realiza en el Materno,
terapia de lenguaje, terapia física, por lo que es de suma importancia su
integración con otros niños.
Es por lo anterior que les solicito con mucho respeto se me otorgue
un permiso con goce de salario por seis meses a partir del treinta y uno de
mayo del año en curso, para así estar con mi hija todos los días en sus
terapias y darle continuidad a su tratamiento; con un seguimiento formal
de terapia el resultado será más positivo en lo que se refiere al caminar de
mi hija, ahora que ella está pequeña, dado que entre más grande más
difícil será su recuperación. Asimismo quiero indicarles que estoy
anuente a un cambio de oficina o de horario donde yo pueda trabajar
después de las cuatro de la tarde o alguna otra forma donde yo pueda
trabajar y que esto no afecte para que yo este con mi hija en sus terapias y
clases de materno. Adjunto dictámenes médicos, y oficios.”
-0-
En sesión Nº 45-09 celebrada el 5 de mayo del 2009, artículo XVI, por las
especiales circunstancias que motivan la gestión, y por ser procedente la tutela de
los derechos fundamentales la menor de edad, se acordó autorizar a la servidora
Sindy Pérez Abarca para que se ausentara del despacho los martes y la segunda
audiencia de los jueves, a fin de que asistiera con su hija a las terapias que da
cuenta en ese acuerdo. En el entendido de que la auxiliar supernumeraria destacada
en el Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de la Zona Sur, cubriría sus funciones durante ese lapso, y doña Sindy mantendría
su trabajo al día.
93
Informa la Integrante Conejo Aguilar, que sobre este asunto conversó
personalmente con la servidora Sindy Pérez Abarca durante la visita realizada a la
Zona Sur, así como don el licenciado Jesús, coordinador de la Defensa Pública de
ese lugar e integrante del Consejo de Administración de Circuito, y por teléfono
con el Juez Contravencional. Tanto don Jesús como el juez le manifestaron tener
muy buenas referencias del trabajo desempeñado por la citada servidora. Señala
doña Milena que la señora Pérez Abarca se ha estado incapacitando debido a la
situación por la que atraviesa por la salud de su hija, agrega que doña Sindy tiene
todo el interés de continuar trabajando y a la vez es consciente y le preocupa de
que su situación podría prolongarse. Como resultado doña Milena les propuso
remitir el tema anterior a conocimiento del Consejo de Administración de Circuito
para que ahí se valore la situación y traten de buscar la manera de ayudarla, no
omite indicar que doña Sindy está de acuerdo en trasladarse a laborar a un horario
vespertino dentro del mismo juzgado u otro despacho del Circuito, la cual estima
es la mejor solución al problema planteado.
Se acordó: 1) Tener por hechas las manifestaciones de la Integrante Conejo.
2) Acoger parcialmente la anterior solicitud y de conformidad con la resolución de
la Sala Constitucional Nº 2005-11262 de las 15:00 horas del 24 de agosto del
2005, conceder permiso con goce de salario a la servidora Pérez Abarca, a partir
94
del 31 de mayo en curso y hasta por diez días hábiles para que se dedique atender
la situación de que dio cuenta. 3) En razón de las especiales circunstancias y
conforme lo propuso la Integrante Conejo, se estima procedente realizar un cambio
de horario a la citada servidora de manera que le facilite atender mejor su
situación, por lo que deberá la jefatura del despacho conjuntamente con el Consejo
de Administración del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur, aplicar la
recomendación hecha e informar a este Órgano Superior la manera en que se
llevará a cabo.
El Departamento de Personal tomará nota para los fines consiguientes.
ARTÍCULO XXVIII
El máster José Luis Bermúdez Obando, la licenciada Olga Guerrero Córdoba
y el licenciado Randall Castillo Hernández, por su orden, Jefes de Administración
Humana, de Administración de Personal y Profesional 1 de la Unidad de
Jubilaciones y Pensiones, en oficio N° 398-UJP-2010 de 14 de abril último,
recibido el 14 de mayo en curso, indicaron lo siguiente:
“En relación al tema que nos ocupa a continuación se transcribe el
acuerdo tomado por el Consejo Superior:
Sesión Nº 71- 07, celebrada el 25 de setiembre del 2007, artículo
XLV:
"Autorizar para que en aquellos casos en que se descubran diferencias
similares a las anteriormente descritas se pueda aplicar de una vez el ajuste
correspondiente sin que medie el respectivo acuerdo y así lo hagan saber a este
95
Consejo, para lo que corresponda. En ese sentido se tiene por modificado el
acuerdo tomado en sesión Nº 30-06 celebrada el 2 de mayo del 2006, artículo
XCI."
En virtud de lo anterior, a continuación se remite el detalle
correspondiente a las diferencias que deben ser canceladas a los
siguientes jubilados judiciales:
Detalle de Cesantía
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia
Reajuste de
Abdalla Arrieta Faez 01-0458-0129 pago 4,444,193.80 4,463,747.29 19,553.49
Reajuste de
Alfaro Muñoz Carlos 02-0365-0447 pago 13,913,686.83 13,985,429.33 71,742.50
Alvarado Herra José Reajuste de
Luis 01-0586-0155 pago 10,762,398.84 11,095,893.15 333,494.31
Reajuste de
Arce Montero Gilberto 01-0498-0119 pago 4,519,458.46 4,529,753.03 10,294.57
Bernabe Lewell Gretel Reajuste de
Yolanda 07-0068-0974 pago 11,735,664.07 11,909,447.76 173,783.69
Brenes Ramírez Reajuste de
Salomon 03-0196-0454 pago 2,981,005.63 3,016,288.97 35,283.34
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Differentia
Calvo Serrano Silvia Reajuste de
Elena 01-0612-0116 pago 4,919,373.05 4,926,224.07 6,851.02
Castante Castillo Reajuste de
German 01-0431-0835 pago 12,667,272.67 12,737,436.23 70,163.56
Díaz Vásquez Edwin Reajuste de
De Jesús 05-0172-0170 pago 6,421,194.60 6,422,999.70 1,805.10
Elizondo Picado María Reajuste de
Cruz 01-0452-0125 pago 3,821,595.13 3,829,693.96 8,098.83
Espinoza Reyes Luis Reajuste de
Alberto 05-0161-0782 pago 6,388,348.27 6,415,234.38 26,886.11
González Murrillo Reajuste de
Gonzalo 02-0279-0527 pago 3,320,876.47 3,424,838.44 103,961.97
Guzmán Sandí José Reajuste de
Miguel 03-0202-0409 pago 3,321,950.74 3,323,881.72 1,930.98
Herrera Corrales Reajuste de
Alfredo 03-0202-0239 pago 7,011,322.55 7,054,676.99 43,354.44
Jiménez Mora José Reajuste de
Antonio 01-0553-0146 pago 10,738,140.25 10,743,610.33 5,470.08
96
Ledezma Rodríguez Reajuste de
María 02-0335-0944 pago 2,452,374.11 2,576,914.71 124,540.60
Lucas Bonilla Carlos Reajuste de
Fernando 08-0047-0746 pago 3,727,891.95 3,813,613.13 85,721.18
Reajuste de
Molina Roman José 03-0235-0335 pago 12,467,712.30 12,833,690.53 365,978.23
Montoya Villalobos Reajuste de
Andrés 06-0096-0181 pago 12,191,159.50 12,249,175.06 58,015.56
Ortiz Vargas Joaquín Reajuste de
Adrián 04-0117-0147 pago 4,494,539.10 4,519,728.16 25,189.06
Reajuste de
Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 pago 12,785,368.60 12,973,438.88 188,070.28
Reajuste de
Ramírez Rojas Lidia 01-0383-0623 pago 2,905,117.03 2,921,262.96 16,145.93
Retana Morales Leda Reajuste de
María 01-0519-0095 pago 4,084,102.91 4,111,685.17 27,582.26
Sánchez Méndez Luis Reajuste de
Antonio 01-0438-0432 pago 3,390,723.90 3,406,322.96 15,599.06
Sancho Solorzano Reajuste de
Carlos Luis 04-0112-0883 pago 2,565,883.27 3,209,183.54 643,300.27
Reajuste de
Sandí Murcia Miriam 01-0430-0895 pago 10,877,704.55 10,943,543.52 65,838.97
Valverde Peña Rafael Reajuste de
Angel 07-0049-1183 pago 4,284,722.13 4,307,784.44 23,062.31
Reajuste de
Vargas Durán Leonel 01-0494-0834 pago 5,184,722.01 5,205,897.75 21,175.74
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia
Vargas Salazar Luis Reajuste de
Roy 01-0757-0805 pago 10,704,812.29 10,707,819.33 3,007.04
Villalobos Miranda Reajuste de
Franklin 06-0109-0544 pago 3,817,230.43 3,821,151.62 3,921.19
Zelaya Muñoz José Reajuste de
Gustavo 02-0314-0196 pago 11,496,521.97 11,519,587.04 23,065.07
Detalle de Vacaciones
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia
Reajuste de
pago período
Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2006-2007 982,723.70 999,071.00 16,347.30
Reajuste de
pago período
Abdalla Arrieta Faez 01-0458-0129 2007-2008 444,419.32 446,374.67 1,955.35
Reajuste de
Jacamo Jiménez pago período
William Manuel 01-0682-0576 2007-2008 361,036.80 689,252.00 328,215.20
97
Reajuste de
Mora Cascante pago período
Fernando 01-0512-0699 2007-2008 50,504.00 50,543.00 39.00
Reajuste de
pago período
Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2007-2008 1,373,887.50 1,395,588.50 21,701.00
Reajuste de
Sancho Solorzano pago período
Carlos Luis 04-0112-0883 2007-2008 332,234.00 343,689.70 11,455.70
Reajuste de
pago período
Solano Solís Minor 01-0509-0137 2007-2008 432,124.50 637,898.10 205,773.60
Reajuste de
Ulloa González Luis pago período
Alberto 01-0478-0025 2007-2008 546,671.10 557,813.00 11,141.90
Reajuste de
Alvarado Herra José pago período
Luis 01-0586-0155 2008-2009 623,599.40 625,085.30 1,485.90
Reajuste de
Bernabe Lewell Gretel pago período
Yolanda 07-0068-0974 2008-2009 1,321,737.89 1,409,227.82 87,489.93
Reajuste de
Brenes Ramírez pago período
Salomon 03-0196-0454 2008-2009 245,807.80 246,158.30 350.50
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia
Reajuste de
Calvo Serrano Silvia pago período
Elena 01-0612-0116 2008-2009 628,374.97 628,898.78 523.81
Reajuste de
Díaz Vásquez Edwin pago período
De Jesús 05-0172-0170 2008-2009 554,580.18 554,689.06 108.88
Reajuste de
González Murrillo pago período
Gonzalo 02-0279-0527 2008-2009 341,519.84 349,527.56 8,007.72
Reajuste de
Guzmán Sandí José pago período
Miguel 03-0202-0409 2008-2009 284,133.57 284,258.22 124.65
Reajuste de
Herrera Corrales pago período
Alfredo 03-0202-0239 2008-2009 553,291.09 554,501.61 1,210.52
Reajuste de
Jacamo Jiménez pago período
William Manuel 01-0682-0576 2008-2009 361,036.80 1,175,504.50 814,467.70
98
Reajuste de
Ledezma Rodríguez pago período
María 02-0335-0944 2008-2009 367,875.11 375,464.31 7,589.21
Reajuste de
pago período
Molina Roman José 03-0235-0335 2008-2009 486,403.90 570,889.60 84,485.70
Reajuste de
Palacio Reyes Clary pago período
Del Rosario 02-0346-0145 2008-2009 471,741.79 497,949.67 26,207.88
Reajuste de
Pérez Segura Martín pago período
Juvenal 09-0036-0970 2008-2009 176,426.90 179,240.80 2,813.90
Reajuste de
pago período
Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2008-2009 1,262,802.70 1,282,720.00 19,917.30
Reajuste de
pago período
Ramírez Rojas Lidia 01-0383-0623 2008-2009 44,652.00 44,803.37 151.37
Reajuste de
Sancho Solorzano pago período
Carlos Luis 04-0112-0883 2008-2009 479,918.10 488,131.80 8,213.70
Reajuste de
pago período
Sandí Murcia Miriam 01-0430-0895 2008-2009 1,414,324.80 1,417,934.79 3,609.99
Reajuste de
Ulloa González Luis pago período
Alberto 01-0478-0025 2008-2009 894,435.49 907,780.16 13,344.67
Reajuste de
pago período
Alfaro Muñoz Carlos 02-0365-0447 2009-2010 1,394,585.54 1,398,498.12 3,912.58
Reajuste de
Alvarado Herra José pago período
Luis 01-0586-0155 2009-2010 401,929.42 428,086.60 26,157.18
Monto Monto
Nombre Cédula Motivo Cancelado correspondiente Diferencia
Reajuste de
pago período
Arce Montero Gilberto 01-0498-0119 2009-2010 282,977.98 283,835.86 857.88
Reajuste de
Cascante Castillo pago período
German 01-0431-0835 2009-2010 1,233,211.91 1,240,052.86 6,840.95
Reajuste de
Espinoza Reyes Luis pago período
Alberto 05-0161-0782 2009-2010 119,799.76 122,824.45 3,024.69
Reajuste de
Jiménez Mora José pago período
Antonio 01-0553-0146 2009-2010 872,473.90 873,007.23 533.33
Lucas Bonilla Carlos 08-0047-0746 Reajuste de 280,238.43 288,274.79 8,036.36
99
Fernando pago período
2009-2010
Reajuste de
pago período
Molina Roman José 03-0235-0335 2009-2010 1,246,771.23 1,283,369.05 36,597.82
Reajuste de
Montoya Villalobos pago período
Andrés 06-0096-0181 2009-2010 1,032,151.22 1,037,095.24 4,944.02
Reajuste de
Ortiz Vargas Joaquín pago período
Adrián 04-0117-0147 2009-2010 224,863.91 227,127.75 2,263.84
Reajuste de
Pérez Segura Martín pago período
Juvenal 09-0036-0970 2009-2010 33,301.69 48,424.06 15,122.37
Reajuste de
pago período
Picado Chaves Rafael 01-0478-0434 2009-2010 1,013,065.17 1,019,177.46 6,112.29
Reajuste de
Retana Morales Leda pago período
María 01-0519-0095 2009-2010 452,725.37 461,304.26 8,578.89
Reajuste de
Sánchez Méndez Luis pago período
Antonio 01-0438-0432 2009-2010 275,496.32 277,017.23 1,520.91
Reajuste de
Sancho Solorzano pago período
Carlos Luis 04-0112-0883 2009-2010 104,141.95 124,860.88 20,718.93
Reajuste de
Valverde Peña Rafael pago período
Angel 07-0049-1183 2009-2010 343,057.53 345,306.31 2,248.78
Reajuste de
pago período
Vargas Durán Leonel 01-0494-0834 2009-2010 94,126.37 96,508.64 2,382.27
Reajuste de
Villalobos Miranda pago período
Franklin 06-0109-0544 2009-2010 238,660.63 239,389.16 728.53
Por otra parte, al Sr. Luis Alberto Ulloa González (jubilado judicial)
se le deberá realizar el cobro de ¢472,688.52 por concepto de reajuste en
el pago en la cesantía, en vista que al momento de calcular los salarios
correspondientes para determinar el monto que le correspondía girar se
sobrevaloró el valor del anual de carrera profesional, generando un salario
incorrecto de referencia para determinar la suma correcta a girar,
seguidamente se detalla lo indicado:
100
Detalle de Cesantía
Nombre Cédula Motivo Monto Monto Diferencia
Cancelado correspondiente
Ulloa González Luis 01-0478-0025 Reajuste de pago 12,062,080.90 11,589,392.38 -472,688.52
Alberto
Es importante mencionar, que mediante el oficio 0397-UJP-2009 de
fecha 13 de Abril del presente año, se le informó al Departamento
Financiero Contable acerca de dichos reajustes.
Así las cosas, se eleva el presente informe para lo que a bien
estimen disponer.”
-0-
Se acordó: 1) Acoger el informe anterior y conforme se indica, autorizar el
reajuste en las jubilaciones de las y los jubilados señalados en la lista transcrita. 2)
En cuanto a la suma por cobrar al señor Ulloa González, la Sección de Cobro
Administrativo deberá realizar las diligencias de recuperación del monto que
adeuda atendiendo el debido proceso.
Los Departamentos de Personal y Financiero Contable tomarán nota para los
fines consiguientes.
ARTÍCULO XXIX
El licenciado Francisco Segura Montero, Subdirector General del Organismo
de Investigación Judicial y el máster Marvin Salas Zúñiga, Jefe del Departamento
de Laboratorios de Ciencias Forenses, en oficio Nº 072-DCF-2010 de 12 de mayo
en curso, solicitaron lo siguiente:
101
“… respetuosamente su colaboración con el propósito de instar a
los Juzgados a nivel nacional a dar prioridad a los peritos del
Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación
Judicial cuando son citados a brindar testimonio experto para que se
realice de manera expedita.
Lo anterior por cuanto, en ocasiones, los mismos deben esperar a
que otros testigos de parte sean llamados, lo que ocasiona que los peritos
sean atendidos ya bastante avanzado el día, o bien, que deban incluso
permanecer, sobre todo en zonas rurales, por espacio de más de un día en
esa jurisdicción.
Esta situación incrementa los gastos por conceptos de viáticos y
otros rubros, y principalmente afecta la eficiencia del Departamento de
Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial, al mantener a
los peritos períodos de tiempo importantes fuera de los laboratorios,
dejando su trabajo pendiente de realización lo que, por ende, contribuye a
la mora judicial.
Conviene indicar que esta situación de priorizar los testimonios de
los peritos en Corte se ha presentado ya en otros países donde la prueba
pericial se integra de manera oral al debate, situación que les permite
regresar a sus funciones habituales sin retraso, tomando en cuenta que hay
pericias pendientes correspondientes a otras causas judiciales que deben
ser atendidas.
Se considera conveniente el instar a todos los Juzgados que cuenten
con los recursos de Videoconferencia de permitir el testimonio de
nuestros peritos por esta vía, lo anterior tomando en consideración los
factores ya mencionados para lo cual el Departamento de Ciencias
Forenses se avocará a contar con la disponibilidad de dicho medio de
comunicación del que se prevé alta demanda para éste y otros usos, tal
como la capacitación de Jueces, Fiscales, Investigadores y el mismo
personal del Departamento o bien brindar charlas a Instituciones análogas
amigas en el exterior.
Con base en lo anterior, se solicita respetuosamente a este
honorable Consejo Superior, considerar la petición del Departamento de
Ciencias Forenses para optimizar el uso de los recursos y brindar un
mejor servicio al usuario, considerando sobre todo el aumento del número
de casos atendidos de los últimos dos años que deja al Departamento de
102
Ciencias Forenses en una posición vulnerable que obliga a maximizar aún
más la optimización de los recursos.”
-0-
Se acordó: 1) Acoger la gestión anterior y conforme se solicita, instar a las
juezas y jueces del país, a que den prioridad de atención a los peritos del
Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial
cuando son citados a brindar testimonio lo anterior por considerarse conveniente
para un mejor aprovechamiento de los recursos públicos. 2) Instarlos a la vez hacer
uso de las videoconferencias como herramienta de agilización de los procesos
judiciales.
La Secretaría General de la Corte tomará nota para los fines consiguientes.
ARTÍCULO XXX
En sesión Nº 31-10 celebrada 6 de abril último, artículo XLVI, se tomó el
acuerdo que literalmente dice:
“En oficio N° J.D.M.L. 2010-0522 de 18 de marzo último, la
doctora Leslie Solano Calderón, Jefa del Departamento de Medicina
Legal y el doctor Raúl Bonilla Montero, Jefe interino de la Sección de
Patología Forense, manifestaron lo siguiente:
“(…)
Con el fin de hacerlo de conocimiento y aprobación de los
miembros del Consejo Superior, nos permitimos solicitar el permiso
respectivo para que el servidor judicial Giovanni Arguedas Aguilar,
cédula 1-499-953, quien ha laborado para la Sección de Patología
Forense del Departamento de Medicina Legal desde hace
aproximadamente 30 años y actualmente se desempeña como
103
recepcionista de morgue en esta sección, pueda hacer uso del transporte
que facilita la Sección de Transporte del Organismo de Investigación
Judicial de lunes a viernes a las 6:00 a.m. y a las 2:00 p.m.
Este servicio de transporte es facilitado por la Sección de Transporte
desde hace varios años para el traslado de personal técnico y médico que
labora en horario de 6:00 a 2:00 p.m.
Consideramos de gran importancia destacar al señor Arguedas
Aguilar para la atención de los usuarios en el horario citado dada su
amplia experiencia y conocimiento de los asuntos que se tramitan para
contribuir así con las políticas de servicio público de excelencia que
implementa el Poder Judicial en todo el país.”
-0-
Se acordó: Trasladar al licenciado Jorge Rojas Vargas, Director del
Organismo de Investigación Judicial, la gestión que presenta el señor
Arguedas Aguilar para que valore su viabilidad, por tratarse de un medio
de transporte de ese organismo.”
-0-
En atención a lo anterior, el licenciado Francisco Segura Montero, Director
General interino del Organismo de Investigación Judicial en oficio Nº 523-DG-10
de 13 de mayo en curso, informó lo siguiente:
“… sobre la solicitud realizada a esta Dependencia mediante el
artículo XLVI de la sesión N° 31-10 del 06 de abril último,
específicamente en torno a la gestión promovida ante el Honorable
Consejo Superior por parte del servidor Giovanni Arguedas Aguilar,
quien solicita ser trasladado con recursos institucionales de la Sección de
Transportes de este Organismo de lunes a viernes, por laborar una jornada
de 6:00 a.m. a 2:00 p.m. en la Sección de Patología Forense del
Departamento de Medicina Legal, me permito pronunciarme de la
siguiente manera:
Efectivamente, la Sección de Transportes del O.I.J. cuenta con un
vehículo en que se traslada para cumplir el horario de las 6:00 a.m. a las
2:00 p.m., algunos servidores que han sido debidamente autorizados para
104
ello por el Consejo Superior; no obstante, con las aprobaciones ya
otorgadas por parte de ese Honorable Órgano, el transporte que se utiliza
para esos efectos algunos días se traslada con el chofer más cuatro
pasajeros, para una ocupación total del mismo, por lo que acceder a esta
solicitud, eventualmente implicaría tener que destinar en algunos casos
dos choferes y dos vehículos con tales propósitos, ya que no se cuenta con
alguna buseta o microbús para dichos traslados, situación que se
considera contraria a los objetivos del buen servicio público, ya que se
comprometerían más recursos aún para atender requerimientos
particulares de los funcionarios.
A la vez, es del caso indicar que, salvo mejor criterio de ese
Órgano Superior, el suscrito no considera que el Sr. Arguedas Aguilar
tenga algún derecho adquirido para solicitar tal prerrogativa, ya que si
bien éste cuenta con aproximadamente 30 años de laborar para el Poder
Judicial, hasta donde se entiende lo hacía en otro puesto, utilizando
incluso el servicio de bus suministrado a los servidores antiguos de la
Ciudad Judicial de San Joaquín de Flores, y no es hasta hace poco que
con su anuencia pasa a desempeñarse en el nuevo cargo con horario de
6:00 a.m. a 2:00 p.m., por lo que se entiende que el servidor estuvo de
acuerdo con las condiciones del nuevo puesto que desempeña, entre ellas
el horario, de tal forma que debe trasladarse a laborar por sus propios
medios o de lo contrario, a criterio de esta Representación, el mismo
debería devolverse a su puesto anterior y la Administración nombrar en
esa plaza a alguna persona que pueda desplazarse a laborar sin
colaboración institucional, ya que desde una óptima de maximización de
recursos, parece oportuno tomar acciones para eliminar estas prácticas en
lugar de acrecentarlas.”
-0-
Se acordó: Tener por rendido el informe anterior y por los motivos ahí
señalados, denegar la gestión presentada.
ARTÍCULO XXXI
Mediante oficio N° 3257-10 del 7 de abril de este año, la Secretaría General
de la Corte, remitió a la Dirección Ejecutiva para informe, lo manifestado por el
105
licenciado Franklin Alpízar Hernández, Abogado y Notario, en nota de 5 de ese
mes, que literalmente dice:
“Les escribo para comentarles dos situaciones que se me han
presentado en los Tribunales de Alajuela:
La primera ha sido el día 26 de marzo del año en curso, teniendo
una audiencia señalada en el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Alajuela, a las trece y treinta horas, me presenté a las instalaciones y
experimenté una situación que me causó asombro.
a. Los expedientes colocados una covacha de zinc, en el área de
espera del público, sin ninguna seguridad de nada, ahí cualquiera puede
llevarse un expediente y nadie supo nada. Área que además sirve de
parqueo y archivo de los expedientes de tránsito y Juzgado Civil de
Menor Cuantía.
b. En el área de atención al público, un mostrador de un metro
donde para que atiendan a una persona tiene que salir la otra.
c- En la Sala de Juicio no había aire acondicionado y pese a estar
instalado, según se me indicó es nuevo pero no sirve y el área
administrativa no ha contactado a los proveedores para que lo cambien e
instalen uno nuevo como corresponde.
La audiencia se tuvo que celebrar a puertas abiertas a treinta y siete
grados de temperatura, al punto que al final de la audiencia estaba
sofocado y con dolor de cabeza del calor. Bueno mi estancia fue un ratito
me pregunto cómo harán los Jueces de ese Tribunal, que pasan ahí ocho o
más horas al día.
Me causa extrañeza la indiferencia del Poder Judicial por las
condiciones infrahumanas en que los han puesto a laborar no solo a los
Jueces, sino también al resto del personal, ni que se diga de los
ciudadanos y de los abogados litigantes que tenemos que concurrir a esos
estrados, en una zona en donde del calor no se puede ni pensar.
No podemos dormir en cama de oro, mientras otro compatriota
duerma en el fango, dijo un pensador.
La situación realmente me ha dejado consternado, y me pregunto
106
qué hicieron estos profesionales en quienes el Poder ha confiado la
administración de justicia los ha dejado en condiciones tales, que parece
que se les quiere castigar y de verdad les digo, así no se puede trabajar.
Por otra parte, porqué si al Poder Judicial le corresponde hacer
cumplir las leyes, - y hasta he pensado en el amparo - los constructores de
la remodelación del Edificio de los Tribunales de Alajuela, se han
apropiado del derecho de calle en parte trasera del edificio, cuál es la
normativa que los ampara o cuál es ese estatus especial que durante todo
este tiempo han cerrado a su antojo y libre arbitrio esa calle, que pasaría
en este país si todos los que construyen hiciéramos lo mismo, se predica
con el ejemplo y cuál es el ejemplo que da para todos los ciudades (sic)
las acciones del Poder Judicial al cerrar una calle para la construcción de
su edificio, cuando es claro y evidente que podían acomodarse como
cualquier otro constructor, y que hasta se dieron el súper lujo de cerrar
con malla como si fueran terrenos de su propiedad.
Señalo para notificaciones el fax: 2487-7756.”
-0-
Informa la Secretaria General que la gestión anterior, fue comunicada
mediante oficio recordatorio N° 4113-10 de 7 de mayo en curso, a la Dirección
Ejecutiva.
En atención a lo anterior, el licenciado Alfredo Jones León, Director
Ejecutivo, con oficio Nº 4228-DE-2010 de 11 de los corrientes, remitió nota Nº
473-ARICJA-2010 de misma fecha, suscrita por el licenciado Rónald Vargas
Bolaños, Administrador Regional del Primer Circuito Judicial de Alajuela, que
literalmente dice:
“En atención a su atento oficio 4040-DE-2010, sobre la queja
presentada por el señor Franklin Alpízar Hernández, me permito
manifestarle lo siguiente:
107
1. Cuando se creó el Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de
Alajuela se tomó la decisión que compartieran espacio con el Juzgado
Civil de Menor Cuantía; sin embargo, la Jueza Coordinadora del Tribunal
de Trabajo me solicitó que les buscara alguna opción para separar
físicamente los dos despachos. Al no autorizarse el alquiler de un local
para ellos, les manifesté como alternativa viable habilitarles un espacio en
él área trasera del inmueble, misma que se utiliza como parqueo, a lo que
la Licda. Agüero estuvo de acuerdo pues se trataría de una solución
temporal por cuanto ya iba a iniciar la construcción del edificio. De esta
forma se habilitó un espacio para los auxiliares judiciales y un área de
espera para las personas que deban esperar algún juicio o que se les tome
la demanda. En esa área se han colocado expedientes terminados; sin
embargo, los mismos han sido reubicados en un espacio dentro del
archivo del Juzgado de Tránsito ya que se eliminó gran parte de su
documentación.
2. En cuanto al mostrador lo deben compartir tanto el personal
manifestador del Juzgado Civil de Menor Cuantía y como del Tribunal de
Trabajo por cuanto no hay posibilidad para ampliarlo, es por ello que
requerimos de nuestros usuarios un poco de paciencia, sin embargo, en su
mayoría a los usuarios del Tribunal de Trabajo los trasladan al lugar
donde están los auxiliares judiciales de ese despacho para atenderlos.
3. La sala de juicio que utiliza el Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía cuenta con su aire acondicionado, sin embargo, el mismo ha
presentado problemas en cuanto a la potencia del mismo (enfría muy
poco), ya esta Administración está realizando las gestiones junto con la
Unidad de Ejecución y Verificación contractual para el reclamo de la
respectiva garantía. Le adjunto último correo al respecto.
Es importante indicar que el problema de espacio físico de ese
despacho estará resuelto una vez que nos entreguen la torre este de los
Tribunales de Justicia de Alajuela.
Por último, en cuanto al cierre parcial de la calle trasera del edificio
de los Tribunales de Justicia de Alajuela, me permito indicar que
contamos con el permiso respectivo de la Municipalidad de Alajuela y se
hizo de esa forma para evitar cualquier accidente que pudiera ocurrirle a
algún ciudadano que pase por el lugar.”
-0-
108
Informa la Secretaria General, que mediante oficio N° 4273-2010 de 13 de
mayo en curso, procedió a dar respuesta al licenciado Alpízar Hernández, a las
inquietudes por él indicadas.
Por último, el licenciado Franklin Alpízar Hernández, en correo electrónico
de 13 de este mes, manifestó:
“Es evidente que a la fecha no se ha resuelto nada sobre mis quejas,
el despacho judicial, continúa sin aire acondicionado, los expedientes no
han sido archivados o remesados para ser enviados a San Pablo de
Heredia. La anuencia de los funcionarios no es una excusa para tenerlos
en un lugar insalubre, violatorio de los derechos humanos y sobre todo
contra la salud pública, los administrados no dimos nuestra anuencia para
que la prestación del servicio público, sea contra la salud.
En cuanto al cierre de vías desde cuando le compete a la
Municipalidad de Alajuela, esto nunca, los funcionarios públicos no
pueden disponer de los bienes del dominio público y conforme la misma
jurisprudencia de la Sala Constitucional, es materia reservada única y
exclusivamente al Ministerio de Obras Públicas y Transportes, conforme
lo establece la ley de tránsito y por tiempo determinado y previamente
establecido, es evidente la ilegalidad que el mismo Administrador
reconoce, solicito la apertura de inmediato de la calle en cuestión, ya que
se ha dispuesto de bienes del dominio público sin las debidas
autorizaciones y ante la ilegalidad del acto del Poder Judicial, deben de
predicar con el ejemplo y volver las cosas a su estado, y asumir sus
responsabilidades bajo los apercibimientos que establece la constitución
política y la ley General de Administración Pública y Código Procesal
Administrativo.
Pido sea resuelto lo pedido.”
-0-
Al respecto manifiesta el licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo,
que como lo señala el licenciado Ronald Vargas en su oportunidad se conversó con
109
la licenciada Grace Agüero Alvarado, Jueza Coordinadora del Tribunal de Trabajo
de Menor Cuantía de Alajuela, quien le manifestó estar de acuerdo en ubicar el
Tribunal en el lugar en que se hizo, aunque es claro que no cuenta con las mejores
condiciones físicas, mientras se concluye la remodelación y ampliación del
edificio. Que en estos días se ha colocado un rótulo que permita que los usuarios
determinen el lugar en que se encuentra el Tribunal. Agrega el licenciado Jones
León que Don Ronald informa que los expedientes a que se refiere don Franklin ya
fueron enviados al Archivo Judicial y que la clausura de la calle se dio en razón de
que la Municipalidad expresamente lo autorizó para evitar cualquier accidente que
pudiera sufrir la población que transite por ese lugar, mientras se construye y
amplia el edificio.
Se acordó: 1) Tener por hechas las manifestaciones de la Secretaria General
y del Director Ejecutivo. 2) Hacer este acuerdo de conocimiento del licenciado
Franklin Alpízar, a quien se le agradece su preocupación por el bienestar de las y
los servidores judiciales que laboran en el edificio de los Tribunales de Justicia de
Alajuela. 3) En lo que respecta a los problemas que se presentan con el aire
acondicionado indicado, la Dirección Ejecutiva tomará nota para lo de su cargo.
ARTÍCULO XXXII
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
110
Inspección Judicial, en oficio N° 1278 de 7 de mayo en curso, en cumplimiento de
lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION
FUNCIONARIO FINAL
09-000919-031-IJ Licda. Marlene Solís Jueza de Pensiones Alimentarias de Se desestima
Blanco, Licda. Irma Hatillo y Jueza Civil Y Trabajo de
Páez Sibaja. Hatillo, respectivamente
09-000944-031-IJ Lic. Gustavo Juez Civil de Puntarenas Se desestima
Fernández Zelada
09-000989-031-IJ Licda. Patricia Jueza Contravencional de Upala Se desestima
Montero Morales
09-000990-031-IJ Juzgado Se desestima
Contravencional de
Palmares
09-000992-031-IJ Sandra Porras Notificadora del Juzgado Se desestima
Campos Contravencional y de Menor Cuantía
de Tilarán
09-000994-031-IJ Msc. Maribel Seing Jueza Civil del II Circuito Judicial de Se desestima
Murillo San José
09-000996-031-IJ Tribunal de Juicio y Se desestima*
Defensa Pública de
Alajuela
09-000999-031-IJ Ricardo Barrantes Juez del Juzgado Cobro de San José Se desestima
López
*No tienen solicitud de desestimación”
-0-
De conformidad con lo que establece el artículo 213 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, luego de revisadas cada una de las resoluciones finales emitidas por
el Tribunal de la Inspección Judicial, en ninguna de ellas se determinó que
concurre alguna de las causales de nulidad prevista en el artículo 210 ibídem, que
111
motiven ordenar el reenvío correspondiente al Tribunal de la Inspección Judicial,
en consecuencia, se acordó: Tomar nota de lo resuelto por el Tribunal de la
Inspección Judicial en las resoluciones que se consignan en el listado adjunto.
ARTÍCULO XXXIII
El señor Mario Quesada Matamoros, Asistente Judicial del Tribunal de la
Inspección Judicial, en oficio N° 1280 de 10 de mayo en curso, en cumplimiento
de lo ordenado por la Corte Plena, en sesión N° 43-01 del 3 de diciembre del 2001,
artículo XII, remitió el listado de las resoluciones finales dictadas por ese Tribunal,
dentro de los siguientes asuntos:
“No. EXPED. NOMBRE DEL CARGO RESOLUCION
FUNCIONARIO FINAL
09-001036-031-IJ JUZGADO PENAL DE DESESTIMAR
PUNTARENAS
09-001047-031-IJ JUZGADO DESESTIMAR
ESPECIALIZADO DE
COBRO DE SAN JOSE
09-001062-031-IJ JUZGADO DESESTIMAR
CONTRAVENCIONAL DE
PURISCAL
09-001092-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO DESESTIMAR
DE LIMON
09-001109-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO ARCHIVAR
DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSE
09-001114-031-IJ JUZGADO SEXTO CIVIL DESESTIMAR
DE MAYOR CUANTIA DE
SAN JOSE
09-001120-031-IJ MSC. ADRIAN MOLINA JUEZ PENAL DE DESESTIMAR
ELIZONDO HEREDIA
09-001093-031-IJ IGNORADO DESESTIMAR
09-001137-031-IJ JUZGADO CIVIL DE DESESTIMAR
112
CARTAGO
09-001142-031-IJ JUZGADO DE VIOLENCIA DESESTIMAR
DOMESTICA DEL II
CIRCUITO JUDICIAL DE
SAN JOSE
09-001156-031-IJ JUZGADO DE TRABAJO DESESTIMAR”
DEL II CIRCUITO
JUDICIAL DE SAN JOSE
-0-
Se tiene por recibido el Informe N° 1280-10 del Tribunal de la Inspección
Judicial referente al listado de las resoluciones dictadas por el Tribunal de la
Inspección Judicial. De conformidad con lo que establece el artículo 213 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, luego de revisadas cada una de las resoluciones
finales emitidas por el Tribunal de la Inspección Judicial, en ninguna de ellas se
determinó que concurre alguna de las causales de nulidad prevista en el artículo
210 ibídem, que motiven ordenar el reenvío correspondiente al Tribunal de la
Inspección Judicial, en consecuencia se acordó: Tomar nota de lo resuelto por el
Tribunal de la Inspección Judicial, en los procedimientos administrativos
disciplinarios contenidos en el Informe N° 1280-2010. Se declara acuerdo firme.
ARTÍCULO XXXIV
La licenciada Emilia Ureña Solís, Jueza Penal del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur, mediante correo electrónico de 20 de mayo en curso, comunicó lo
siguiente:
113
“… que el Lic. Juan Elpidio Cascante Cortés, Juez de Violencia
Doméstica de Pérez Zeledón, se le impusieron medidas cautelares
alternativas a la prisión preventiva y entre estas la suspensión en el
ejercicio del cargo por quince días, a solicitud del Ministerio Público y en
causa penal que se tramita en su contra por el delito de Abuso sexual de
persona mayor de edad en perjuicio de Lilliam López Madrigal Medida
que se tomó ya que el hecho denunciado presuntamente fue
cometido cuando ejercía sus funciones de Juez de Violencia Doméstica,
la ofendida es una usuaria o víctima en un proceso de violencia
doméstica.”
-0-
Para los fines correspondientes, la licenciada Ureña Solís, en su citada
condición, remite Constancia de Audiencia de Medida Cautelar, en que da cuenta
que el Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, a
las once horas cincuenta minutos del día veinte de mayo del dos mil diez, dentro
de las medidas cautelares impuestas al licenciado Juan Elpidio Cascante Cortés, la
que interesa resolvió:
“…3- Por el plazo de quince días, que vencen el nueve de junio del
año en curso, se suspende en el ejercicio del cargo y de conformidad con
el art 244 del Código Procesal Penal y tomando en consideración que el
hecho investigado presuntamente fue perpetrado en el ejercicio de las
funciones de Juez de Violencia Doméstica de Pérez Zeledón. Se dispuso
además poner en conocimiento del Consejo Superior del Poder Judicial
esta situación. Se le hizo ver al encartado las consecuencias del
incumplimiento en el sentido de que se le podrán imponer otras medidas
más gravosas como la prisión preventiva. La defensa interpuso recurso
de apelación, por lo que se dispone remitir los autos al Tribunal de Juicio
a la mayor brevedad.”
-0-
Informa la Secretaría General de la Corte, que en consulta realizada vía
114
telefónica a la licenciada Emilia Ureña Solís aclaró que la suspensión en el
ejercicio del cargo impuesta al señor Cascante Cortés lo es con goce de salario.
Se acordó: 1.) Tomar nota de la comunicación hecha por la licenciada Emilia
Ureña Solís y tener por suspendido con goce de salario en el ejercicio del cargo,
por el plazo de quince días a contar del 20 de mayo en curso, al licenciado Juan
Elpidio Cascante Cortés, conforme lo dispuso el Juzgado Penal del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur, mediante resolución de las once horas cincuenta minutos
del veinte de mayo del dos mil diez. 2) Se previene al señor Cascante Cortés, que
debe señalar como medio para atender notificaciones, número de fax, cuenta de
correo electrónico o cualquier otro medio que permita la seguridad del acto de
comunicación conforme a lo dispuesto en el capítulo III de la Ley de
Notificaciones N° 8687 del 4 de diciembre del 2008. En caso de no cumplir con
esta prevención, las resoluciones que se dicten posteriormente se le notificarán de
forma automática, conforme lo dispone el artículo XI de la referida Ley de
Notificaciones. 3) Hacer este acuerdo de conocimiento del Tribunal de la
Inspección Judicial, el Despacho de la Presidencia y del Departamento de Personal
para lo que a cada uno corresponda.
ARTÍCULO XXXV
La Corte Plena en la sesión N° 4-10 celebrada el 1° de febrero del 2010, artículo
115
VII, en lo conducente, dispuso lo siguiente:
“Por unanimidad, se acordó: Aprobar la propuesta del Consejo
Superior, en el sentido que la Sección Administrativa de la Carrera
Judicial deberá excluir de las ternas por el plazo de 5 años (plazo
prudencial que se fija en aplicación de los artículos 358 en relación
con el 57 y 58 del Código Penal) a los servidores a quienes se les ha
revocado el nombramiento como juez o jueza de la República, en
razón de que han perdido una de las condiciones esenciales para ser
nombrados en ese cargo.”
-0-
Por su parte, el Consejo Superior en la sesión N° 30-10 celebrada el 25 de
marzo de este año, artículo XXVII, dispuso comunicar al Departamento de
Personal que ese Órgano interpreta que la medida de excluir de las ternas por el
plazo de 5 años a los servidores a quienes se les ha revocado el nombramiento
como juez o jueza de la República, en razón de que han perdido una de las
condiciones esenciales para ser nombrados en ese cargo, procede aún en el caso de
que la revocatoria fuere cuando se desempeñaba en otro puesto.
Con relación a los acuerdos de cita, la Integrante Conejo Aguilar, señala que
recibió consulta por parte de la Sección Administrativa de la Carrera Judicial,
sobre los alcances del acuerdo de Corte Plena, en el sentido de si éste aplica
también a los jueces suplentes.
Se dispuso: 1) Aclarar al Consejo de la Judicatura que este Consejo estima
que el acuerdo tomado por la Corte Plena en la sesión N° 4-10 celebrada el 1° de
febrero del 2010, artículo VII, es para los jueces y juezas titulares y suplentes 1, 2,
116
y 3. 2) Trasladar a la Corte Plena la solicitud de aclaración y que se refiere a las
categorías de jueces y juezas 4 y 5 para lo que a bien estime resolver.
ARTÍCULO XXXVI
El licenciado Tomás Flores Badilla, Juez Coordinador del Juzgado
Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires, en oficio N° 274-0444-
2010 de 6 de mayo del presente año, manifiesta lo siguiente:
“El Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires,
se conforma por el siguiente personal: Un notificador, Un asistente
Judicial, Tres Auxiliares Judiciales; además de que llevamos cinco
materias: Pensiones Alimentarias, Faltas y Contravenciones, Tránsito,
Laboral y Civil de Menor Cuantía y Comisiones. Y tenemos los siguientes
sistemas: COSEVI, SDJ, JMS, STT.-
El desempeño de las funciones se desglosa de la siguiente manera:
El Notificador se encarga de: notificar todos los expedientes del despacho,
además tiene el recargo de confeccionar la correspondencia corriente y
certificada, anotar y entregar todas las citas al Oficial Citador, anotar y
entregar las Órdenes de Apremio a la Policía de Proximidad de Buenos
Aires.-
La Asistente Judicial se encarga de: la confección de los informes
mensuales y trimestrales, llevar el control de las agendas, anotar todas la
entradas y salidas en los libros del despacho así como las denuncias y
demandas nuevas de todas la materias, además de llevar actualizada esta
información en los sistemas de libros “JMS” y en el sistema de Tránsito
“STT”, Ingresar todos los asuntos nuevos de Pensión Alimentaria, Civil y
Laboral al SDJ, para iniciar con los Depósitos Judiciales, consultas
generales de los sistemas, revisar, sellar y pasar todos los expedientes al
notificador, cuanto éste los devuelve revisarlos y pasarlos a cada una de
las auxiliares, firmar comisiones, realizar los pedidos de materiales, llevar
el control de activos, además de todos los asuntos administrativos que se
presenten.
Las Auxiliares Judiciales que desglosaremos con los números “2”, “3” y
“4”, se desempeñan de la siguiente
manera:
La Auxiliar Judicial N° 2 lleva los asuntos de Civil y Laboral de
117
Menor Cuantía. Recibir denuncias de FC y demandas de PA por rol.
Además del recargo de las órdenes de apremio, autorización de los
depósitos en garantía y de pago no automático, actualización de la tarjeta
electrónica de todos los expedientes de Pensión Alimentaria Pares.
Contestar las consultas telefónicas propias de las materias. Confeccionar
las certificaciones de Pensión Alimentaria. Ir a sacar copias de
expedientes con las partes a una librería externa durante una semana al
mes. Atender al público una o dos veces a la semana, además de asistir a
la compañera que esta atendiendo, es decir, si la funcionaria que esta
atendiendo debe recibir una denuncia, demanda o manifestación, la
asistente debe recibir todos lo que corresponda a ese día.
La Auxiliar Judicial N°3 lleva los todos los asuntos de Pensión
Alimentaria, que al Primer Trimestre del 2010 el circulante llegó a 751
expedientes, de los cuales 131 están en trámite y 620 en etapa de
ejecución, éstos últimos a los cuales hay que derivar todos los procesos
nuevos que presentan las partes en cuanto a Procesos de Rebajo o
Aumento de la Pensión Alimentaria, Exclusiones de Beneficiarios, Gastos
Extraordinarios Escolares, Médicos etc. Recibir denuncias de FC y
demandas de PA por rol. Los Aumentos Automáticos de todos los
procesos que están en etapa de ejecución que como se indico son 620
expedientes Para darle una referencia a esta fecha llevamos 101 aumentos
automáticos al 30 de Abril del 2010. Contestar las consultas telefónicas
propias de la materia, que son bastantes en promedio unas cincuenta
llamadas telefónicas. Confeccionar las certificaciones de Pensión
Alimentaria. Ir a sacar copias de expedientes con las partes a una librería
externa durante una semana al mes. Atender al público una o dos veces a
la semana, además de asistir a la compañera que esta atendiendo, es decir,
si la funcionaria que esta atendiendo debe recibir una denuncia, demanda
o manifestación, la asistente debe recibir todos lo que corresponda a ese
día.
La Auxiliar Judicial N°4 lleva los asuntos de Faltas y
Contravenciones y Tránsito, así como también las comisiones de Tránsito.
Llevar el Sistema del COSEVI, en donde debe realizar todos los
levantamientos de los gravámenes de licencias prescritos que estén a la
orden del Despacho con el código 0444. Muchos de estos levantamientos
son solicitados vía telefónica por los imputados. Así como también la
devolución de placas de vehículos a los cuales se les han confiscado. Ir a
sacar copias de expedientes con las partes a una librería externa durante
una semana al mes. Recibir denuncias de FC y demandas de PA por rol.
Contestar las consultas telefónicas propias de las materias. Confeccionar
las certificaciones de Pensión Alimentaria. Además del recargo de las
118
órdenes de apremio, autorización de los depósitos en garantía y de pago
no automático, actualización de la tarjeta electrónica de todos los
expedientes de Pensión Alimentaria Impares. Atender al público una o
dos veces a la semana, además de asistir a la compañera que esta
atendiendo, es decir, si la funcionaria que esta atendiendo debe recibir
una denuncia, demanda o manifestación, la asistente debe recibir todos lo
que corresponda a ese día.
El volumen del trabajo de este juzgado se ha venido incrementado
día a día debido a que la población ha crecido y se reciben más demandas
en todas las materias (ver el circulante en el último informe trimestral),
además es importante recalcar que contamos desde hace más de veinte
años con el mismo personal, pero el trabajo no se mantiene igual,
debiendo los servidores hacer grandes esfuerzos para mantener al día el
despacho y no incurrir en mora judicial. Se debe tomar en cuenta que el
día que la auxiliar atiende al público y asiste, el trabajo de escritorio se
queda para los tres días restantes. Debiendo los demás compañeros
también atender en el despacho si el otro está ocupado. También cada
semana le corresponde a cada una (3 auxiliares y 1 asistente) alistar los
expedientes para cada juez, anotar en la agenda si se realizó o no la
audiencia y hacer la constancia en los expedientes que no se haya
realizado la audiencia.
Aunado a lo anterior es importante mencionar, que de acuerdo a las
materias que se tramitan en un Juzgado Contravencional de Menor
Cuantía como el nuestro, la mayoría de los procesos tiene como garantía
procesal que la parte demandante o demandada puede interponer su
acción en el despacho, de lo anterior menciono como ejemplo las
denuncias de contravenciones, demandas laborales, contestaciones de
éstas, pensiones alimentarias e incidentes, apelaciones en tránsito e
indagatorias, lo que conlleva que el poco personal esté dedicado el mayor
tiempo al recibo de éstos trámites en el Despacho, lo que no permite que
en su labor cotidiana pueda tramitar las demás etapas de cada demanda.-
Buenos Aires es el tercer cantón de la provincia de Puntarenas,
posee nueve distritos: Buenos Aires, Volcán, Potrero Grande, Boruca,
Pilas, Colinas, Chánguena, Biolley y Brunka, tiene una extensión
territorial de 2.384.22 kilómetros cuadrados y una población que se
detalle en el siguiente cuadro: Información suministrada por la
Municipalidad de Buenos Aires.
Al 30 de junio
119
Provincia, cantón y distrito Total Hombres Mujeres
Buenos Aires
Buenos Aires 48 303 25 270 23 033
Volcán 20 882 10 597 10 285
Potrero Grande 5 179 2 742 2 437
Boruca 6 151 3 269 2 882
Pilas 3 369 1 793 1 576
Colinas 1 851 1 013 838
Chánguena 1 666 894 772
Biolley 3 203 1 743 1 460
Brunka 3 510 1 904 1 606
2 492 1 315 1 177
Además, cuenta con TIERRAS EN RESERVAS INDÍGENAS por
un total de 682,91 kilómetros cuadrados, que representan casi un 30% del
total (28.8%). Esta es una zona de mucha población indígena que hace
uso todos los días de los servicios que presta este despacho.
De acuerdo a la última visita realizada por el Inspector Judicial el
señor Ramón Rojas Sáenz el 14 de Abril anterior, indico en su informe,
en cuanto al estado general de la oficina, quiso destacar sobre el ingreso
de los procesos nuevos en materia de civil ya que se ha incrementado con
relación al último trimestre del 2009 en un 56% motivando dicho
crecimiento en los procesos monitorios (Ley de Cobro Judicial).
Asimismo indico, que se denota el aumento en el circulante de las
Pensiones Alimentarias de 57 procesos. El señor Ramón Rojas Saénz
indico que en relación al trámite de los diferente procesos, el plazo del
proveído y traslado se ha incrementado con relación al año 2008, en 2,14
días y hábiles y 3,78, respectivamente y en términos generales, sin
embargo dichos términos en la materia de pensión alimentaria se
establecieron en 24,28 y 15,63 días hábiles, lo cual implica un
crecimiento bastante alto, en relación con visitas anteriores.
Cabe indicar que para el año 2007 se nos aprobó una plaza de auxiliar
judicial 1 con prioridad 2 y fue rechazada por el Ministerio de Hacienda,
razón por la que solicitamos nuevamente que esta plaza sean con
prioridad 1 o sea que se nos otorgue dicha plaza, asimismo y de que
conformidad con el artículo 44, párrafo 4° de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, y por tratarse de un asunto de interés institucional, conceder
permiso con goce de salario y sustitución a una auxiliar judicial para
disminuir el circulante del despacho y equiparar cargar de trabajo, cabe
120
indicar que esta zona es netamente indígena por lo que para dar un mejor
servicio se requiere de una buena mano de obra.
En otro orden de ideas se les solicita que se estudie el
requerimiento de una plaza en informática en esta ciudad, lo anterior por
cuanto la cantidad de despachos existentes en Buenos Aires, es decir,
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía, Fiscalía, OIJ, Defensa
Pública, Juzgado Penal, Juzgado Familia Civil y Laboral de Mayor
Cuantía, además de la ya existencia del Proyecto de la Oficina
Centralizada de Notificaciones, influye en la necesidad de contar con un
profesional en informática que atienda todas las consultas, problemas y
pueda ayudarnos a todos los funcionarios para el desarrollo normal de sus
labores.
Cabe indicar que esta solicitud se le había dirigido a ustedes en
fecha Marzo del 2009, pero no se le dio viabilidad al estudio por cuanto
se hizo referencia a los procesos de formulación presupuestaria para este
año. Y el criterio emitido por el Administrador de Pérez Zeledón.
Para indicarles a manera de ejemplo la necesidad de esta plaza es
muy importante, no solo por el hecho de que los informáticos de Pérez
Zeledón nos prestan colaboración una o dos veces a la semana y que a
veces entre tantas consultas y problemas generados en referencia a la
informática no pueden ser solucionados todos, por la alta demanda.
Somos muchos usuarios y a veces los problemas generados se dan en días
en que no hay visita por parte del informático. Y es ahí en donde
necesitamos de personal capacitado para que nos ayuden.
En el Juzgado Contravencional existe una persona que nos presta
colaboración cuando tenemos algún problema, pero esta situación no esta
bien, ya que se le esta dando un recargo de trabajo al funcionario, y que
esta persona debe realizar estas funciones aunque no le correspondan,
además de que se atrasa en sus funciones asignadas. De esta manera ha
sido la única forma de que los problemas diarios que se presenten sean
solucionados, tanto así que tuve que prohibirle a la funcionaria que fuera
a otros despachos que llamaban para que fueran a solucionarles los
problemas informáticos, ya que era algo diario y a cada rato. Aquí sería
importante que realicen entrevistas a los funcionarios de los demás
despachos para confirmar esta situación.
Se debe mencionar también que en Pérez Zeledón ya entraron a
121
trabajar con el Sistema de Gestión, a partir del mes de Abril 2010, esto
hace que en algunas ocasiones, no en todas, los informáticos no puedan
visitarnos ya que están muy ocupados, y éstos tienen que atender todos
los funcionarios de Pérez Zeledón, es decir 237 usuarios, más todas las
funciones propias de sus cargos y ahora el nuevo Sistema de Gestión
recién implantado, por lo que algunas veces tenemos que esperarnos a
veces hasta una semana para que se solucione algún problema.
Considero esta situación algo que se sale de control y que necesita
atención inmediata. Esta solicitud es de índole muy esencial, nosotros
como representante del Poder Judicial y dando énfasis a los que nos
recalca el Doctor Luis Paulino Mora Mora una “Justicia Pronta y
Cumplida”, debemos cumplirlo y por eso debe dar esta plaza lo antes
posible.”
-0-
Manifiesta la Integrante Conejo que en visita realizada a ese despacho judicial
(7 y 8 abril de este año) pudo constatar que la organización y trámite de los
procesos puede ser objeto de mejoras sobre todo ahora que cuentan con dos plazas
de juez, por lo que estima que se deben aplicar mejores prácticas y con ello
determinar si se hace necesario asignar personal adicional al despacho, como
ejemplo mencionó un caso en la tramitación de las pensiones alimentarias, en el
que se llevan a cabo actuaciones que no se realizan en otros despachos, y eso
implica mayor trabajo para el personal, asimismo recomendó que se debería
implementar con mayor énfasis el uso de la oralidad.
Agrega doña Milena que el propio Consejo de Administración podría
involucrase para hacer propuestas y mejorar la organización del despacho y que en
vista de que la Administración tuvo que ocupar todo su personal supernumerario
122
para la implantación del sistema de gestión existía una propuesta de su parte sobre
la posibilidad de conceder un permiso con goce de salario a dos auxiliares
supernumerarios para que se dediquen al sistema de gestión como proyecto y que
la administración continúe por su parte brindando la colaboración.
Se acordó: 1) Tomar nota de lo señalado por el licenciado Flores Badilla. 2)
Tener por hechas las manifestaciones de la licenciada Conejo, acoger su propuesta
para que el despacho utilice más la oralidad como medio de resolución más
expedito de los asuntos y solicitar al Consejo de Administración de Pérez Zeledón
realice una visita al Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Buenos Aires
para que se constate y analice la situación de este, para lo cual podría contar
también con la asesoría del Departamento de Planificación. 3) Acoger la propuesta
referente a reforzar la Administración para que continúe dando apoyo a los
despachos con mayor retraso que lo requieran, por lo que de conformidad con lo
que establece el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y por tratarse de
un asunto de interés institucional, se concede permiso con goce de salario y
sustitución a dos auxiliares supernumerarios del 16 de junio al 31 de julio del 2010
para que se dediquen al proyecto de implantación del sistema de gestión en el I
Circuito de la Zona Sur, y sus suplentes sean asignados donde la demanda de
servicio público lo requiera.
123
El Departamento de Personal tomará nota para los fines consiguientes.
ARTÍCULO XXXVII
En atención de la reunión realizada hoy, 25 de mayo del presente año, con el
Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, respecto a
la situación del Tribunal de ese lugar, que dentro de los puntos esbozados por el
licenciado José Luis Cambronero, en que dio cuenta del esfuerzo realizado el cual
se refleja en el aumento en la realización de juicios tomando en consideración de
que se trata de un tribunal mixto aunado a la implementación de la oralidad,
estiman necesario la creación de una sección segunda se acordó: Solicitar al
Despacho de la Presidencia que dentro de las posibilidades, analice la viabilidad de
asignar una plaza de juez para ese tribunal.
ARTÍCULO XXXVIII
Con motivo de la reunión hoy, 25 de mayo del presente año con el Consejo de
Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se recibió al señor
Alcides Arce, Director de la Fuerza Pública de la región de Pérez Zeledón, quien
hizo referencia y a la vez presenta a conocimiento de este Consejo, una estadística
en materia de flagrancia y contravenciones, y expresó la necesidad de creación de
un Tribunal de Flagrancia en esa localidad, con el fin de reducir la incidencia
delictiva de ese lugar, gestión que hace suya también el Consejo de
124
Administración.
Aprehensiones realizadas en el Cantón de Pérez Zeledón por la Fuerza Pública.
Enero-abril 2009 vrs 2010
Enero-abril año 2009 año 2010 Dif. 2009-2010
Total de aprehendidos 68 58 -13,26%
por delitos contra la
Propiedad
Reincidentes delitos 11 05 -54,26%
contra la propiedad
Total de Aprehensiones 797 1017 27,60%
por distintos delitos
Total de reincidentes 116 144 24,13%
por delitos varios
Denuncias ingresadas al 354 419 18,36%
OIJ por delitos contra la
propiedad
Total de denuncias ingresadas al OIJ por delitos contra la Propiedad en la Región
Brunca.
Enero- abril 2009 vrs 2010
Año Pérez Corredores Osa Golfito Buenos Coto Total
Zeledón Aires Brus general
2009 354 118 105 74 60 50 761
2010 419 130 113 98 95 26 881
Total 773 248 218 172 155 76 1642
general
Como se puede observar las aprehensiones por delitos varios en el
cantón de Pérez Zeledón se han incrementado en un 27,60% comparando
el 1° cuatrimestre del año 2009 vrs 2010. Importante señalar que durante
este primer cuatrimestre del año en curso los reincidentes por diferentes
tipos de aprehensiones han incrementado con respecto al año anterior en
un 24,13%.
Asimismo se señala que las denuncias por delitos contra la
Propiedad en el Cantón de Pérez Zeledón es la más alta de la Región
Brunca, con respecto a todos los demás cantones que componen dicha
región. Y dichas denuncias vienen en incremento pues se presenta un
aumento de 18,36%. Misma característica se presenta en la región Brunca
125
con acrecentamiento entre el 1° cuatrimestre del año 2009 vrs 2010 en los
delios contra la propiedad en un 15,76%.
El fin del tribunal de flagrancia es brindar un orden procesal penal
de llegar a una Justicia pronta y cumplida. Con el respeto de los derechos
constitucionales que tienen todas las partes involucradas en el proceso.
Esto significa que la gente acude a los tribunales de justicia por medio de
la Fuerza Pública con su respectivo informe policial e imputado,
solicitando precisamente que se resuelva el conflicto en el cual se ven
involucrados, pero el denunciante cuando pasa el tiempo, y no tienen
noticias de que es lo que está sucediendo con su proceso, entra el
desgano, entra la apatía de que los tribunales no funcionan como debieran
ser, Por lo que es necesario en el Cantón de Pérez Zeledón, o en la región
Brunca se establezca El sistema de flagrancia ya que este ha venido a
reducir los tiempos de solución de casos, en diferentes partes de San José,
primero por el tipo de delito que le toca conocer, que es un delito in
flagranti (normalmente delitos contra la propiedad u otros) y segundo
porque al reducirse los tiempos las victimas y testigos mantienen el
interés de cooperar con la administración de justicia.”
-0-
Se acordó: Agradecer la presencia del señor Alcides Arce y en cuanto a su
informe y solicitud se traslada a la Comisión de Flagrancias para su análisis.
ARTÍCULO XXXIX
Como resultado de la reunión sostenida hoy con el Consejo de
Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, el representante de los
jueces y juezas 3, licenciado Manuel Rodriguez Arroyo, solicita se haga una
reforma legal, toda vez que el Juzgado de Familia de Pérez Zeledón está
resolviendo asuntos de pensiones y niñez y adolescencia de Buenos Aires y no
propiamente del citado circuito Judicial.
126
Se acordó: 1) Hacer lo anterior de conocimiento de la Comisión de la
Jurisdicción de Familia, para su estudio e informe, con la finalidad que se facilite
el acceso de la justicia en esa materia, y se amplíe la competencia de los tribunales
en Pérez Zeledón. 2) El Departamento de Planificación analizará la redacción de
un proyecto de ley.
ARTÍCULO XL
Como resultado de la reunión sostenida con el Consejo de Administración del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, hoy 25 de mayo en curso, el representante
de los jueces y juezas 3, licenciado Manuel Rodriguez Arroyo expresa la necesidad
de contar con apoyo del Colegio de Abogados y Abogadas, así como de la
Universidad de Costa Rica, para la defensa gratuita de personas usuarias y de los
consultorios jurídicos en Pérez Zeledón acordó: Poner en conocimiento de la
Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas del país y de la Facultad de
Derecho de la Universidad de Costa Rica, para que se tramite la solicitud
presentada y a la vez se comisiona a la Integrante Lupita Chaves Cervantes para
que de seguimiento a la inquietud presentada.
ARTÍCULO XLI
En reunión de hoy, 25 de mayo en curso, con el Consejo de Administración del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur el, el representante de los jueces y juezas 3,
127
licenciado Manuel Rodriguez Arroyo, específicamente en materia de familia,
expresa la preocupación que existe por el retraso que se da en la realización y
rendición de los dictámenes por parte del equipo interdisciplinario de Trabajo
Social y Psicología, así como que solamente se asigna a una profesional para el
Juzgado de Familia y existen otras profesionales que también pueden realizar esa
labor, se acordó: Solicitar a la máster María del Rosario González Brenes, Jefa del
Departamento de Trabajo Social y Psicología, que de forma inmediata formule un
plan con los recursos existentes para evitar el retraso que se dice se da en la
entrega de dictámenes de Psicología y Trabajo Social en el Juzgado de Familia de
Pérez Zeledón.
ARTÍCULO XLII
Con motivo de la reunión realizada hoy, 25 de mayo del presente año, con el
Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, la
servidora Alejandra Ortega, en su condición de representante de los trabajadores,
expresó la necesidad de que las y los servidores judiciales reciban mayor
capacitación acorde con la materia del despacho en que se encuentren nombrados,
así como también se analice la posibilidad de realizar con mayor periodicidad los
cursos de “Estilos de Vida Saludable”, acordó: 1) Trasladar a la Escuela Judicial
la inquietud de la capacitación de los servidores en las materias que se encuentren
128
nombrados para que sea tomado en cuenta a futuro dentro de los planes de trabajo.
2) Que el Departamento de Personal valore la posibilidad de reprogramar con
mayor frecuencia la realización del curso “Estilos de Vida Saludable” para el
Circuito Judicial de la Zona Sur.
ARTÍCULO XLIII
Con ocasión de la reunión realizada hoy, el 25 de mayo del presente año, con
el Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se
acordó: Comisionar al licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, para
que coordine lo correspondiente, con el fin de que un profesional en psicología se
traslade desde San José a los Tribunales de Pérez Zeledón y atienda a las
servidoras y servidores judiciales que requieran atención, evitándose así el
desplazamiento de servidoras y servidores hasta San José.
ARTÍCULO XLIV
En reunión sostenida el día de hoy, 25 de mayo en curso con el Consejo de
Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se conoce la
exposición que hace el representante de los jueces y juezas 1 de ese lugar,
licenciada Luz Marina Fernández, en que da cuenta sobre la necesidad de contar
con un profesional en informática que pueda se ubicado permanentemente en la
129
zona de Buenos Aires, ya que con la única plaza que se cuenta está concentrada en
Pérez Zeledón.
Al respecto aclara el máster Luis Fernando Vargas Mora, en condición de
Secretario del Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, que una vez por semana el profesional en informática atiende la zona de
Buenos Aires, que actualmente por encontrarse avocado en la implementación del
sistema de gestión se ha reducido sus visitas, pero que dentro de sus funciones está
el de atender esa zona también.
Se acordó: Tener por hechas las manifestaciones anteriores y hacerlas del
conocimiento de la Dirección Ejecutiva para lo de su cargo.
ARTÍCULO XLV
Como resultado de la reunión sostenida el 25 de mayo del presente año con
el Consejo de Administración del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, se
acordó: Trasladar al Departamento de Personal para su estudio e informe, la
posibilidad de ampliar el servicio de Médico para Empleados hacia otras zonas y
en particular a Pérez Zeledón, tomando en consideración los requerimientos
básicos establecidos por el Ministerio de Salud y valorando las facilidades
existentes en cada lugar para acceder al servicio de salud.
130
ARTÍCULO XLVI
Se acordó: Agradecer al Consejo de Administración del Primer Circuito
Judicial de la Zona Sur por haber recibido a las y los Integrantes del Consejo
Superior en reunión llevada a cabo en ese lugar el pasado 25 de mayo del año en
curso y reconocer el interés y preocupación demostrado por las y los representantes
de cada uno de los sectores para solventar situaciones que buscan como fin ulterior
la buena administración de los recursos y atención al servicio público y los aportes
brindados para buscar soluciones en la administración de justicia en esa
jurisdicción.
Hacer este acuerdo de conocimiento de los demás Consejos de Circuito del
país.
A las 3,15 horas terminó la sesión.