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10/28/2011
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Universidad de Sonora Unidad Regional Sur





ACADEMIA

REVISTA JURIDICA DE LA ACADEMIA DE DERECHO

UNIVERSIDAD DE SONORA

UNIDAD REGIONAL SUR

EDICIÓN ESPECIAL

INCLUYE LOS TEMAS DEL PRIMER SEMINARIODE ACTUALIZACIÓN

EN DERECHO PENAL

ARTÍCULOS



LOS ACTOS DE COMERCIO



TRASCENDENCIA DE LAS REFORMAS Y ADICIONES AL CÓDIGO PENAL

SONORENSE



INFORMÁTICA JURÍDICA APLICADA AL PROCEDIMIENTO PENAL



TEORÍA DEL DELITO



ARRAIGO



EN MEMORIA DE ALEJO: EL AMIGO









MARZO DEL 2004

Universidad de Sonora Unidad Regional Sur



DIRECTORIO

Ing. Héctor César Ornelas Vizcarra metas propuestas al inicio de la empresa; ser

Vicerrector autofinanciable.

Lic. Luz Haydeé Cruz Morales

Director de la División de Ciencias Para el logro de tan ansiado y anhelado

Económicas y Sociales hecho, la academia de derecho con el pleno

Lic. María del Rosario Molina González apoyo de la Jefatura del Departamento de

Jefe del Departamento de Ciencias Ciencias Sociales que dirige la Lic. Maria del

Sociales Rosario Molina González a través de una

Lic. Ramón Corona Anduaga amplia coordinación; ha realizado una serie de

Presidente de la Academia de Derecho eventos, como el curso de Garantías del

Gobernado bajo la instrucción del Dr. Alberto

CONSEJO EDITORIAL del Castillo del Valle, el Primer Seminario de

Actualización en Derecho Penal otorgado al

Lic. Ramón Corona Anduaga personal de la Delegación Sur de la

Procuraduría General de Justicia en el Estado,

Lic. Francisco Javier Valdez Valenzuela

entre otros, que han permitido la generación

Lic. María del Rosario Molina González de recursos, que al utilizarse honesta y

correctamente nos permitimos una edición

Lic. María de Jesús Camargo Pacheco

mas de este órgano de difusión académico,

Lic. Iliana Guadalupe Cortéz A. que seguros estamos iremos mejorando;

tomando en cuenta su opinión y/o sugerencia

Lic. Liliana del Carmen Lagarda Navarro

que gustosa y respetuosamente recibiremos en

Lic. David Hernández Aguirre los teléfonos y/o domicilio de nuestra

institución, alma máter UNISON.

Lic. José Raúl García Bojórquez

COLABORADORES



Lic. Jesús Alonso Vega Gastélum

Lic. María de Jesús Camargo Pacheco

Lic. Jesús Adolfo López Gaxiola

Lic. Rafael Campoy Mendoza GRACIAS.

Lic. Félix Mauro Higuera Sánchez

Lic. Ramón Corona Anduaga





EDITORIAL

Toda institución educativa tiene

como misión fundamental preparar a los

estudiantes para que les sean útiles a la

sociedad en que se desarrollan; hoy la

academia de derecho forjadora y

promotora de este esfuerzo editorial, tiene

el beneplácito de expresarle amable

lector, que hemos alcanzado otra de las

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ÍNDICE









LOS ACTOS DE COMERCIO

(SEGUNDA PARTE) 1





TRASCENDENCIA DE LAS

REFORMAS Y ADICIONES AL

CÓDIGO PENAL SONORENSE

4





INFORMATICA JURÍDICA

APLICADA AL PROCEDIMIENTO

PENAL 7





TEORÍA DEL DELITO 9



ARRAIGO 11



EN MEMORIA DE ALEJO: EL

AMIGO 14

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LOS ACTOS DE COMERCIO VIII.- Las empresas de transporte de personas

LIC. FELIX MAURO HIGUERA o cosas por tierra o por agua, y las empresas

SANCHEZ de turismo,

IX.- las librerías, y las empresas editoriales y

SEGUNDA PARTE tipográficas,

X.- Las empresas de comisiones, de agencias,

Ahora bien el articulo 75 del de oficinas de negocios, comerciales y

Código de comercio Mexicano para establecimientos de ventas en publico

nuestros juristas tiene una importancia almoneda.

capital, siendo como es una disposición XI.- las empresas de espectáculos públicos.

simplemente enunciativa, ay quienes XII.- las operaciones de comisión mercantil.

consideran que no puede tener la XIII.- las operaciones de mediación en

importancia que se le ha querido atribuir, negocios mercantiles.

y menos aun si consideramos que el XIV.- las operaciones de bancos,

citado articulo hace una impropia XV.- Todos los contratos relativos al comercio

enumeración en la que incluye cosas, que marítimo y a la navegación interior y exterior.

por serlo, no encuadran dentro de la XVI Los contratos de seguros de toda

denominación de acto, ya que mas que especie, siempre que sean hechos por

normativo, el contenido del articulo es empresas.

didáctico por ser ejemplificativo. XVII.- Los depósitos por causas de comercio.

XVIII.- Los depósitos en los almacenes

Dice el artículo 75: La ley reputa actos de generales y todas las operaciones hechas sobre

comercio: los certificados de depósitos, y bonos de

I.- Todas las adquisiciones, prenda librados por los mismos.

enajenaciones, y alquileres verificados XIX.- Los Cheques, letras de cambio, remesas

con propósito de especulación comercial, de dinero de una Plaza a otra, entre toda clase

de mantenimientos, artículos, muebles, y de personas.

mercaderías sea en estado natural , sea, XX.- Los valores u otros títulos a la orden o la

después de trabajos o labrado. portador, y las obligaciones de los

II.- Las compras y ventas de bienes comerciantes, a no ser que se pruebe que se

inmuebles, cuando se hagan con dicho derivan de una acusa extraña al comercio,.

propósito, de especulación comercial. XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y

III.- Las compras y ventas de porciones, banqueros.

acciones, y obligaciones de las sociedades XXII.- Los contratos y obligaciones de los

mercantiles; empleados de comerciantes en lo que

IV.- Los contratos relativos a concierne al comercio del negociante que los

obligaciones del estado u otros títulos de tiene a su servicio.

crédito XXIII.- La enajenación que le propietario o el

corriente en el comercio. cultivador hagan de los productos de su finca

V.- Las empresas de abastecimientos y o de su cultivo.

suministros. XXIV.- Las operaciones contenidas en la ley

VI.- las empresas de construcciones y general de títulos y operaciones de crédito.

trabajos públicos y privados. XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza

VII.- Las empresas de fabricas y análoga a los expresados en este Código.

manufacturas.

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Hay quienes sostienen que “la materia

Por tradición se ha considerado al mercantil, de acuerdo con el sistema de

acto de comercio como la clave del nuestro código de comercio, esta delimitada

sistema mercantil, pues mas que su en razón de los actos de comercio, aunque

celebración determina la aplicabilidad de estos no constituyan su único contenido. Esto

esta rama del derecho, la figura misma no ha querido significar “Que el acto de

del comerciante no existe, según la comercio absorba por completo el derecho

opinión dominante, sino únicamente la Mercantil. Significa sencillamente que el

función del acto de comercio, inspirado acotamiento del derecho mercantil, se realiza

en esta concepción, nuestro código de por medio de actos de comercio, por que son

comercio en su articulo Primero ellos los que reclaman un tratamiento distinto

manifiesta que ”los actos de comerciales al de los actos sometidos al derecho civil.”

sólo se regirán por lo dispuesto en este La mayor parte de las relaciones de

Código y las demás leyes aplicables”. derecho entre los hombres tienen por causa

Como la solemne declaración de que sus actos jurídicos, los cuales se ejecutan para

disposiciones son aplicables solo a los producir uno o varios efectos de derecho, que

actos de comercio; sin embargo en su son también jurídicos ya para la

artículo tercero. Se contradice determinación de los actos de comercio se

manifestando “ se reputan en derecho han seguido dos sistemas el Objetivo y el

comerciantes: I.- Las Personas que Subjetivo.

teniendo capacidad legal para ejercer el El Sistema Subjetivo viene ha ser

hacen de el su ocupación ordinaria. II.- cuando lo ejecuta un comerciante; es por el

Las sociedades constituidas con arreglo a sujeto por el cual se determina el carácter

las leyes mercantiles. III.- las sociedades comercial del acto.

extranjeras o las agencias y sucursales

de éstas, que dentro del territorio nacional El Sistema Objetivo, son los actos

ejerzan actos de comercio”, a lo que a la mercantiles aquellos en los que la

lectura del citado precepto habla del mercantilidad se determina de acuerdo con sus

comerciante y sus obligaciones, con lo caracteres intrínsecos lo son

cual se pone en evidencia de que nuestro independientemente de quien los lleva a cabo.

código de comercio no es solo aplicable a

los actos de comercio. Lo cierto es que Según los juristas manifiestan “Es aun

conforme a la interpretación que se ha una dificultad insuperable, encontrar el

dado comúnmente a este concepto de atinado criterio determinante tanto de lo que

comerciante individual que lo menciona debe entenderse por acto de comercio como de

el artículo tercero tiene como su clasificación ya que la ley mexicana no da

fundamento el acto de comercio. un criterio general a ese respecto, sino que

sigue sin definir cuales son los actos de

Muy distintos mercantilistas comercio, hace de ellos una enumeración y

consideran a la noción de acto de eso no limitativa, sino enunciativa; dejando el

comercio como una noción fundamental. campo abierto a la analogía y además

Quizá este punto de vista se ha exagerado frecuentemente asocia con actos disímbolos, o

pero lo que si resulta indudable que no ha bien se contradice y repite, en los diversos

habido un acuerdo para definirlos. grupos de su enumeración”

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La clasificación de los actos de pueden serlos y dejan de serlos, según

comercio se ha hecho desde muy concurran para cada uno de ellos, ciertas y

diferentes puntos de vista. Ya sea según determinadas condiciones” y estos son

de que el acto sea calificado de mercantil agrupados en cuatro categorías:

independientemente de la persona que lo a).- Actos Que responden a la noción

realiza o justamente en consideración a económica de comercio.

dicha persona se distinguen los actos de b).- Actos realizados por empresas.

comercio objetivos y subjetivos, son acto c).- actos que se relacionan con otras

de comercio objetivos en el derecho empresas.

mexicano entre otros los señalados en las d).- Actos que se refieren a un ejercicio

fracciones III, IV, XIX y XX del artículo profesional.

75 . Así mismo son acto de comercio De la clasificación anterior se

Subjetivos las obligaciones de los considera acertada la distinción entre los actos

comerciantes si no se prueba que derivan absolutamente mercantiles y los actos

de causa extraña al comercio fracciones relativamente mercantiles, y a los que prefiere

XX y XXII del artículo 75 del código de llamar a los segundos como “actos de

comercio . mercantilidad condicionada, ya que el

adverbio relativamente, parece apuntar a otro

acto con el cual aquel de que se trata está en

Por otro lado se pueden distinguir una relación de la que deriva el carácter

actos intrínsecamente mercantiles de comercial, cuando lo cierto es que de este

aquellos que lo son por conexión, en la depende, en muchos casos de las

enumeración del artículo 75, la mayoría circunstancias en que se realiza el propio

de los casos se refieren a actos de acto.” De lo cual concluimos que debido a la

comercio las fracciones I a la XVI y gran dinámica cambiante de nuestro derecho

XVIII a XXIII. Solo son actos de principalmente la rama mercantil y su gran

comercio conexos los depósitos, por influencia globalizadora pronto surgirá una

causa de comercio así como la fianza y la definición y clasificación definitiva.

prenda, dado su carácter típicamente

accesorio”.

Otra clasificación Que se destaca

basándose en el Código de Comercio

Italiano, y que ha tenido gran éxito en

México, con evidente olvido de la

diferente estructura de ambos

ordenamientos, es la que distingue los

actos de comercio absolutamente

mercantiles de aquellos que solo lo son

relativamente. Se estiman como actos de

comercio absolutamente mercantiles

aquellos que siempre lo son” sea

cualquiera quien los ejecute, en cualquier

forma y con cualquier propósito”

“Son actos de comercio

relativamente mercantiles aquellos que

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TRASCENDENCIA DE LAS los daños y perjuicios ocasionados, se incluyo

REFORMAS Y ADICIONES AL en la parte relativa de manera individual e

CÓDIGO PENAL SONORENSE independiente, una fracción concerniente a la

reparación del daño Moral, concediéndose con

M.P. JESUS ALONSO VEGA ello la enorme importancia que reviste esta

GASTELUM afectación a la victima del delito y que desde

siempre había quedado en el olvido, por tal

Como es del dominio publico, con razón la apropia ley se encargo, para no dejar

fecha diecinueve de diciembre del año ningún resquicio a la interpretación de señalar

Dos Mil Dos, entraron en vigor una serie que debe entenderse por esta indemnización

de reformas y adiciones al código penal que se hace a la victima del delito,

para nuestro estado, mismas que resultan entendiéndose esta como el sufrimiento que el

ser de enorme importancia, ya que a ilícito origine a una persona, ya sea en sus

través de ellas, el legislador sonorense, sentimientos afectos, creencias, decoro, honor,

por un lado dio respuesta inmediata y reputación, vida privada, configuración o

contundente a los reclamos ciudadanos aspecto físico, en general los resultados y

dentro del combate a la criminalidad y repercusiones que se produzcan en la victima,

por el otro, se logro la debida adecuación desde luego este daño moral, viene a

de la ley a la realidad social de nuestros repercutir en los valores espirituales que

días, toda vez que las ultimas reformas fueron lesionados y que únicamente puede ser

integrales databan del año 1994, es decir, regulado por el juez en forma discrecional y

habían trascurrido mas de ocho años, por prudente. El propio código hace mención de

tanto se exigía y era ya una imperiosa algunos ilícitos en donde ya existe una

necesidad, el contar con nuevas conductas presunción de daño moral como lo son: La

delictivas mediante las cuales se corrupción de menores e incapaces, violación,

tipificaran y castigaran los nuevos rostros violencia intrafamiliar, rapto, abusos

delictivos que se han estado presentando deshonestos, pornografía infantil, privación

en Sonora, como por ejemplo La ilegal de la libertad, secuestro y homicidio.

pornografía infantil, que al no existir De la misma forma, dentro de la

antes de esa fecha en nuestro catalogo aplicación de sanciones por lo delitos culposos

punitivo, generaba desde luego o de imprudencia, se agravo la penalidad para

impunidad, incertidumbre, dificultad el conductor de un vehículo que

técnica-jurídica e impotencia tanto de encontrándose en estado de ebriedad o bajo el

autoridades como de la propia victima, de influjo de alguna droga cause la muerte de una

ahí la enorme importancia y trascendencia o más personas, ya que en estos casos se

de la actividad legislativa en ese sentido. incremento el mínimo y máximo de la pena,

Así las cosas por razones de espacio, por lo que al darse un caso bajo tales

solamente nos referiremos a aquellas circunstancias, la sanción será de uno a nueve

reformas y adiciones que de manera años de prisión, además que el responsable no

selectiva se consideren mas relevantes, tendrá derecho de obtener su libertad

claro esta, sin menospreciar ninguna provisional bajo caución o fianza, al

importancia a las restantes, de esta considerarse el homicidio culposo como

manera tenemos que dentro de el capitulo grave, corriéndose la misma suerte en cuanto a

correspondiente a la sanción pecuniaria, la agravación de la pena, por el conductor de

que desde luego atañe a la reparación de

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un transporte de servicio publico, privado miembros de la sociedad, lo es el de

o escolar. Pornografía Infantil, esto debido a que por

Se realizo reforma al articulo 103 desgracia y por causa de situaciones

del Código Penal Sonorense, relativo a la multifactoriales, se han detectado casos que ya

prescripción de las acciones penales, ya afectan a nuestra niñez así como también el

que anteriormente dicho dispositivo incremento desmesurado de personas que

contenía una redacción poco entendible y gustan de este tipo de material erótico,

que generaba una gran cantidad de máxime la gran facilidad que existe para

confusiones, por lo que hoy contamos con accesar a el sin ningún tipo de contacto

una redacción practica, sencilla y personal, esto debido a medios electrónicos

entendible al señalarse que la acción como el Internet, por tal motivo este delito

penal que nazca de un delito de querella, castiga a quien produzca dicho material

que sea instantáneo, continuado o pornográfico con menores de edad a través de

permanente prescribirá en tres años. la procuración, facilitación, inducción o por la

Siguiendo el mismo orden de fuerza física o moral, así como también a los

ideas y dentro de los delitos contra la individuos que se encarguen de la

seguridad publica, se creo el capitulo reproducción, circulación o venta de los

Sexto, para dar un nacimiento a una productos, estableciéndose una pena que va de

nueva figura delictiva, denominada los cinco a los doce años de prisión ordinaria,

Delincuencia Organizada, para así además de considerarse como un delito grave

prevenir mediante la amenaza publica de y sin derecho a la libertad mediante el pago de

la pena y castigar con la mayor una fianza.

contundencia posible, a los grupos de Dentro de los delitos de carácter sexual

individuos, que se organizan con la única también fue creada una nueva figura delictiva

finalidad de llevar a cabo conductas bajo la denominación de Hostigamiento

delictivas graves y que causen un fuerte Sexual, ilícito que nació en México desde el

impacto social, ya que para que exista año de 1991, lo que significo de alguna

este delito, tiene que coincidir un acuerdo manera un logro mas de los movimientos

previo para cometer delitos como el feministas que cada vez generan mas fuerza y

homicidio, el secuestro, la pornografía resultados a la vista, en ese sentido, hoy en

infantil, el abigeato, el robo de vehículos sonora, se castiga a todo aquel individuo que

de propulsión mecánica y robo a solicite favores de naturaleza sexual para si o

instituciones bancarias, por lo que la para un tercero, con el anuncio expreso o

simple enumeración de los mismos, desde tácito de causar un mal a la victima, esto

luego justifica esta nueva figura delictiva, dentro del campo, laboral, docente o

así como también la penalidad que no es domestico, por lo que ante ello,

menor a los cuatro años de prisión y que primordialmente el sexo femenino que se ve

incluso puede llegara a los diez años, que mayormente atacado o vulnerado a través de

todavía se vera aumentada, si el ese tipo de agresiones cuenta ahora con un

delincuente es o haya sido servidor instrumento jurídico al que puede referirse

publico de alguna institución de para solicitar se le haga justicia.

seguridad publica. Otro de los delitos que era necesario

Uno de los delitos que prácticamente actualizarlo para que tuvieran cabida las

fueron creados por una exigencia marcada nuevas tendencias criminales, lo era el de

y permanente de prácticamente todos los secuestro, mismo que sufrió variadas reformas

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y adiciones, que impactaron en cuanto a otros los comercializan, los enajenan, los

las penalidades y tipificaciones, entre las alteran para ocultar su identidad original y

principales podemos hacer referencia a otros mas se encargan de hacer los traslados a

las adiciones mediante las cuales también otros lugares o entidades federativas,

se considera para la aplicación de la circunstancias que antes de las mencionadas

penalidad el hecho de que algún pariente reformas, era muy difícil de encuadrarlas

consanguíneo del secuestrado dentro del típicamente dentro de la antigua concepción

segundo grado muera por alteraciones de general del delito, por lo que ahora exista ya

salud que se produjo como consecuencia mejor abundancia legislativa, lo que ha

directa del delito, ya sea durante el logrado que no queden conductas sin castigo,

secuestro mismo o dentro de los sesenta finalmente en los delitos de Fraude y Abuso

días de llevado a cabo este, así también de Confianza, se entendió la necesidad de

cuando el secuestrado muera dentro de castigar con mayor severidad y sin mayores

los propios sesenta días después de haber formulismos o requisitos procedimentales, a

sido liberado, debido a alteraciones de los delincuentes que hacen de este tipo de

salud que sean como consecuencia del delitos su modus vivendi y que desde luego

citado delito; dentro del secuestro, hoy se afectan el patrimonio de varias personas, por

castiga también y por primera vez a quien lo que nuestra legislación actual establece, que

actué como intermediario en las cuando exista identidad de propósito delictivo

negociaciones del rescate sin la y se afecte a tres o mas sujetos pasivos, el

aprobación de quienes representen o delito será de carácter oficioso y además será

gestionen a favor de la victima, quienes considerado como grave, con todas las

difundan públicamente las pretensiones o consecuencias legales que ello acarrea.

mensajes de los secuestradores, a quien En fin, las adecuaciones al código

intimide a la victima para que no penal para el estado, realmente y de acuerdo a

colaboren con las autoridades; de la la experiencia que se ha obtenido desde su

misma forma se introdujo lo que nueva vigencia a la fecha, a sido de excelentes

coloquialmente se conoce como secuestro resultados, ya que en la practica ministerial y

Express, que es cuando se impide a una judicial, a sido posible procesar a un mayor

persona desplazarse por un termino no numero de delincuentes, mientras que otros

mayor a veinticuatro horas, ante la cada vez mayor difusión de la ley, han

manteniéndolo en el interior de un preferido abstenerse de cometer alguna

vehículo o en otro lugar con el propósito conducta delictiva y esto desde luego significa

de obligarlo por medio de la violencia un enorme y profundo beneficio al entorno

física o moral a través de un tercero para social, por lo que corresponde a todo los

obtener dinero o cualquier otro objeto. profesionistas del derecho, funcionarios

En materia de robo de vehículos públicos y además mantener el propósito de

también se adicionaron nuevas conductas difundir la ley, para que en base al

delictivas, esto en virtud que las bandas conocimiento de ello, se logren los fines

de roba carros han proliferado en nuestra concernientes.

entidad federativa, convirtiéndose incluso

ya en una delincuencia organizada, en

donde existe jerarquías y división de

trabajo, y además unos se encargan de

desmantelar los vehículos mientras que

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"Informática jurídica aplicada al El primero, la Internet como

procedimiento penal" fuente de consulta, en donde se

analizaron algunos sitios de interés

Concientes de que para el jurista, entre los que

actualmente se le pide a los destacan: el Instituto de

egresados de nuestras Instituciones Investigaciones Jurídicas, en donde

de Educación Superior, el manejo de se realizó la consulta de algunos

las nuevas tecnologías como una documentos Constitucionales

habilidad complementaria a su históricos como las distintas

preparación profesional, y que es el constituciones y proyectos de

funcionario quien en primera instancia Constitución anteriores a la

requiere del dominio de las mismas, Constitución de 1917, haciendo un

para poder aplicarlas a su actividad análisis comparativo entre los

cotidiana, es la razón por la cual se principios penales contenidos en

decidió incluir esta temática dentro algunas de ellas, se realizó la

del Primer Seminario de consulta cronológica y por artículo de

Actualización en Derecho Penal. las diferentes reformas que ha sufrido

la Constitución de 1917 hasta febrero

El Módulo V “Informática del 2004, ubicando las modificaciones

jurídica aplicada al procedimiento de artículos de mayor relevancia en

penal”, procuró como objetivo materia penal como el 20

principal proporcionar a los asistentes Constitucional, así mismo se hizo la

los conocimientos y habilidades consulta de las leyes federales y

mínimas que le permitieran locales que están disponibles en esta

aprovechar las nuevas tecnologías dirección electrónica para ubicar de

en el procedimiento penal. ellas a las que se refieren a la materia

penal, se hizo la consulta de

Entre los objetivos particulares legislación y jurisprudencia

del curso destacaron los siguientes: internacional a fin de utilizarlos como

1.- Utilizar la gran diversidad de instrumentos de comparación con las

herramientas de consulta que se leyes penales Mexicanas y, por último

ofrecen vía Internet en la elaboración se hizo la consulta de los libros y

de ponencias, en la elaboración de artículos en línea sobre las

artículos publicables sobre temas de novedades en la dogmática jurídico

actualidad en materia penal, o bien penal; en relación a la página de la

para incrementar el acervo cultural cámara de diputados, la consulta

sobre el antecedente y actualidad de versó sobre la lectura de las

la dogmática jurídico-penal. iniciativas de ley en discusión y de los

2.- Utilizar los programas en CD- dictámenes, así como también en la

ROOM relacionados con la materia visualización de los las legislaciones

penal a fin de apoyarse en la federales e internacionales que a

fundamentación de las distintas texto completo aparecen disponibles,

actuaciones procesales. así como también algunos vínculos a

Son dos los temas que se sitios de interés general como

analizaron a lo largo del curso: diccionarios y enciclopedias en línea;

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de la página de la Secretaría de penales, así como también se hizo el

Gobernación se analizó la parte análisis relacionado de un mismo tipo

relativa a la consulta actualizada al penal en los códigos de varios

día del Diario Oficial de la estados y jurisprudencia para conocer

Federación, complementandola con las variantes en cada una de ellas así

la consulta de los índices del diario como sus interpretaciones, y por

que se encuentra en la página del último se guardaron los resultados de

Instituto de Investigaciones jurídicas; la búsquedas editadas para consultas

por último en la página del Gobierno posteriores, lo anterior tratándose de

del Estado de Sonora se hizo la aquellas jurisprudencias que son más

consulta de las legislaciones, consultadas para evitar establecer

reglamentos y demás instrumentos criterios de búsqueda cada vez que

jurídicos que rigen al Estado de se requiera su visualización,

Sonora, poniendo especial atención permitiendo con ello el ahorro del

en el análisis de las referidas a la tiempo de consulta; y finalmente, el

materia penal, como la Ley Orgánica IUS 2002 fue otro de los software

del Poder Judicial de la Federación, analizados en cual versa sobre la

Ley de Protección a las víctimas de consulta de jurisprudencias y tesis

los delitos, Ley de Ejecución de aisladas de las diversas materias,

sanciones y Código Penal de señalando las diversas alternativas

Sonora. para la consulta como lo es la

consulta tradicional, la consulta

El segundo, Software especial, la consulta por materia y la

jurídicos en materia penal y consulta por tema, destacándose las

constitucional, el primero de ellos ventajas y desventajas de cada

fue precisamente el de Legislación procedimiento de búsqueda y

Penal 2003, en donde se realizó la haciendo ejercicios que reforzaran la

consulta de los diferentes utilización de cada uno de ellos. En

instrumentos jurídicos que existen en todos los casos se trabajó en un

materia penal en el ámbito procesador de palabras para el

internacional, nacional y local, manejo de las tesis copiadas.

utilizando algunos mecanismos de

búsqueda para eficientar la utilización Por último se les sugirió a los

del software como lo es la edición de asistentes al curso la lectura de los

la consulta utilizando algunos manuales: la Internet como fuente de

operadores lógicos, la consulta de los consulta y recursos jurídicos

antecedentes históricos de algunas disponibles en Internet, lo anterior

legislaciones, de sus reformas, de para reforzar los conocimientos

sus interpretaciones judiciales, etc., adquiridos durante el curso, mismos

se hizo también la exposición de los que se pueden accesar vía Internet

principales comandos utilizados en el en la sección Seminario de

programa. Se hicieron algunos Actualización en derecho penal, en la

ejercicios prácticos para la búsqueda dirección:

de jurisprudencias relacionados http://cursweb.educadis.uson.mx/

específicamente con algunos tipo mcamargo/

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TEORÍA DEL DELITO Genericamente, consiste en el desprecio

LIC. RAFAEL CAMPOY MENDOZA del sujeto por el orden jurídico y por los

mandatos y prohibiciones que tienden a

TEORÍA DEL DELITO: es aquella que constituirlo y conservarlo desden que se

nos permite analizar cuales son los manifiesta por franca oposición en el

elementos que de manera necesaria y dolo, o directamente por indolencia o

constante estarán presentes en el delito, desatención nacidas del desinteres o

así como también se encarga de subestimación del mal manejo frente a los

determinar que es lo que sucede cuando propios deseos en la culpa.

cualquiera de esos elementos se encuentra

ausente. DEFINICION DE LA PUNIBILIDAD:

Fernando Castellanos Tena dice que la

ELEMENTOS DEL DELITO punibilidad consiste en el merecimiento

TRADICIONALMENTE de una pena en función de la realización

CONSIDERADOS COMO ASPECTOS de cierta conducta, un comportamiento es

POSITIVOS DEL DELITO: punible cuando se hace acreedor a una

a) Conducta sancion.

b) Tipicidad Por nuestra parte, pensamos que por

c) Antijuricidad punibilidad debe entenderse la imposición

d) Culpabilidad del castigo establecido en la Ley penal

e) Punibilidad para la conducta delictiva, o en otras

palabras, la punibilidad es la penitencia

LA CONDUCTA COMO ELEMENTO que corresponde a un delito.

DEL DELITO CONSISTE EN:

En un hacer o no hacer, es decir ELEMENTOS NEGATIVOS DEL

constituye un comportamiento del DELITO:

hombre en base a su razón e inteligencia. 1. Ausencia de conducta

2. Atipicidad

LA DEFINICION DE 3. Causas de justificación

ANTIJURICIDAD: 4. Inculpabilidad

La violación de la Ley penal por una 5. Excusas absolutorias

conducta o hecho.

TAL Y COMO SE DEFINIO A LA

COMO SE DEFINE LA CONDUCTA, ESTA ES:

CULPABILIDAD: Dice Fernando Castellanos Tena que

Para Cuello Calon, la conducta es conducta es comportamiento humano

culpable cuando a causa de las relaciones voluntario, positivo o negativo,

psíquicas existentes entre ella y su autor, encaminado a un propósito.

debe ser jurídicamente reprochable.

Celestino Porte Pletit Candaudap define a ¿QUE DEBE ENTENDERSE POR

la culpabilidad como el nexo intelectual y AUSENCIA DE CONDUCTA?

emocional que liga al sujeto con el La falta de acción u omisión y las causas

resultado de su acto. excluyentes de conducta son: Vis

Ignacio Villalobos dice al respecto de la Absoluta, Vis Mayor y Actos Reflejos.

culpabilidad:

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¿COMO SE DESCRIBE LA

ATIPICIDAD?

Si la tipicidad es la adecuación de la

conducta al tipo, la atipicidad es la

ausencia de adecuación o la no

adecuación de la conducta al tipo.



¿QUE SE ENTIENDE POR AUSENCIA

DE ANTIJURICIDAD?

Es el aspecto negativo del delito por la

justificación que hace la propia Ley de la

conducta antijurídica y las causas de

justificación son: legitima defensa, estado

de necesidad, cumplimiento de un deber,

ejercicio de un derecho e impedimento

legitimo e insuperable.



¿COMO SE EXPLICA LA

INCULPABILIDAD COMO ASPECTO

NEGATIVO DEL DELITO?

Lo contrario de culpabilidad (ausencia de

culpabilidad). La inculpabilidad que se

caracteriza por la falta de intención, por

ello es que como dice Luis Jiménez de

Asua, la inculpabilidad consisten la

absolución del sujeto, en el juicio del

reproche, por haber operado, agregamos

nosotros una excluyente de culpabilidad,

como sucede en el error invencible, caso

fortuito, temor fundado, etc.



DEFINICION DE EXCUSAS

ABSOLUTORIAS:

Consiste en la no aplicación de la pena al

delincuente por razones de tipo social o

familiar.

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ARRAIGO Tratado elemental del derecho

Lic. Jesus Adolfo Lopéz Gaxiola Romano.



ANTECEDENTE Algunos tratadistas señalan a esta

figura como una acción preprocesal otros

El arraigo no es una figura lo contemplan como una medida

novedosa, dado a que tiene sus precautoria, no obstante todos y c/u de

antecedentes, en el propio estos culminan en lo mismo al referirse

Derecho Romano. que tal figura persigue como fin

Se manejaba en el Derecho inmediato “El aseguramiento del probable

comparado, dentro de las o probables responsables e la comisión de

obligaciones nacidas en los ex - delito señalados como grave” hasta en

delicto. tanto se desahoguen todas aquellas

Se caracterizaba o catalogaba probanzas con las cuales podamos

como una acción prejudicial, esto ejercitar el mecanismo primitivo de la

por el objeto de hacer resolver acción penal en su contra.

judicial de ciertas cuestiones de

Derecho o de hecho, cuya

solución podría ser útil al REQUISITOS DE FORMA

demandante, en vista de un

proceso anterior. 1.-La petición o promoción de solicitud

Ejemplo.- La ejecución directa del arraigo debe motivarse: Aquí

y personal en el cumplimientote comprende a las causas planteamientos y

una obligación surgida, en virtud consideraciones en forma desalojada,

de la acción indicativa, que pormenorizada y por supuesto

autorizaba al acreedor a retomar al concatenada de los elementos y datos

deudor condenando como (tendencias) que motiven al juzgador para

prisionero suyo, hasta en tanto el otorgamiento del mismo.

liquidaba el adeudo. 2.- Debe fundamentarse:

Requisito indispensable que se sujetara a

CONCLUSIÓN.- En este derecho los ordenamientos constitucionales

se establece esta figura como locales, leyes orgánicas, leyes adjetivas

obligación que establece una en la materia, todas que conforman la

acción de retención, - - - - de acción peticionaria por la formalidad del

prevención e incluso de caso; a falta de ello, dicha petición es nula

aprehensión, si existe la sospecha por carecer de técnica legal, en virtud de

que los inculpados quieran que la fundamentación es el requisito mas

abandonar el lugar donde tienen trascendental que requiere la petición.

que permanecer, ya que por

deudas de carácter civil, pos ARRAIGO

disposiciones del Estado a través

de la sujeción por tiempo - La petición o promoción de

determinado a no salir de la solicitud del arraigo debe

Ciudad dada la investigación que motivarse haciéndose mención

se realiza.- Eugene Petit. Obra a las causas, condiciones y

Universidad de Sonora Unidad Regional Sur



exigencias del uso en

particular,

- Contendrá los planteamientos

y consideración

pormenorizada-concatenada

de la Averiguación Previa.

Esto es la promoción debe

manejar considerándoos

razonados, lógicos y de

trascendencia legal. Puesto

que de aquí depende la

aceptación o rechazo de la

misma.

- La fundamentación es

requisito indispensable para

conformar la acción

peticionaria.



Requisitos de Fondo y forma.



- Autoridad ante quien se promueve

(Pedimento)

- Promoverte.

- Fundamentación



REQUISITOS ARRAIGO

PROVISIONAL



Cuando se trate de:

Delito grave y ante el Temor Fundado de

la evasión de la justicia por parte del

presunto responsable, Se decreta el

arraigo provisional con Fundamento en el

Art. 187 C.P.P.





- decretado el arraigo se solicita

la Ratificación del Juzgador,

para que lo haga dentro del

termino de 24 horas o lo

declare insubsistente;

notificándole inmediatamente

al indiciado.

- contra el decreto no procede

recurso alguno

Universidad de Sonora Unidad Regional Sur



EL EMBARGO. Si no se cumple se deja

insubsistente la medida, ya sea de

Definición. Afectación sobre un bien oficio o a petición de parte.

o un conjunto de bienes a los

resultados de un proceso pendiente Obligación legal.-

(embargo cautelar) Realizarse según los lineamientos

y reglas del Código Procesal en

ARTICULO 124 Bis. EL EMBARGO Materia Penal y Civil.

PRECAUTORIO ART. 146 Código

Procesal Penal del Estado de Sonora. Ejemplo.- “El embargo de

salarios para el pago de deudas

alimenticias”. Lo que se realiza

Quien lo promueve.- El Ministerio mediante la respectiva

Püblico notificación al patrón, e la orden

Como lo promueve. para que descuente del salario del

- De oficio a petición de la victima u trabajador la cantidad o

ofendido. porcentajes correspondientes, y lo

Ante quien lo promueve.- entregue directa a la parte

La autoridad Judicial. acreedora.

Con que fin lo promueve.-

Garantizar el pago de la reparación de

daños y perjuicios causados con

motivo del delito cometido.

Cuando procede.-

cuando no se haya ofrecido garantía

previa que garantice la reparación del

daño y perjuicio.



OBLIGACION:

Para quien lo promueve (MP) de

consignar el hecho presuntamente

delictivo



En que consiste la obligación.-

Consignar dentro de los 60 días

siguientes en que se acuerde el

embargo.



Efectos de la obligación.-

Si se cumple se deja

subsistente remitiéndose al

Órgano Jurisdiccional.(Juzgado

Penal)

Universidad de Sonora Unidad Regional Sur



TEMÁTICAS JURÍDICAS. División de Ciencias Económicas y

Sociales; efectuaron el V Simposium

Lic. Ramón Corona Anduaga. Nacional Jurídico Universitario que se

denominó precisamente Lic. Enrique

EN MEMORIA DE ALEJO: el amigo Alejo Urquidi Urbalejo; donde la

comunidad Universitaria le rindió un

homenaje y reconocimiento póstumo a

Reconocer y destacar “Alejo”, el maestro de muchos de

trayectorias personales y profesionales, es nosotros. Pero ¿Quién fue “Alejo”?.

cuestión de necesidad; hacerlo sobre

aquellos que trascienden aún después de Enrique Alejo Urquidi Urbalejo

su muerte, es un orgullo, aún cuando lo nace en esta bella Ciudad, en el año de

debiera ser mejor en vida, con lo cual 1946, y después de una ordinaria etapa de

advierto que no es una temática jurídica la estudios culmina la carrera de Licenciado

presente colaboración, pidiéndole cu en Derecho por parte de la Universidad de

comprensión. Guadalajara, en el año de 1962, lugar al

que había acudido en búsqueda de lo que

Cuando la muerte sorprende a nuestro municipio no le podía dar.

una persona que está en aptitud y actitud

positiva resulta inadmisible aceptarlo, Alejo como así se le conoció,

más sin embargo lo hacemos porque la después de terminar su carrera se

naturaleza no se equivoca y si así lo involucra en el ejercicio de la misma a

dispone el creador, pues la resignación es través del despacho de otro gran maestro

el valor a fomentar y a cultivar. de la Unidad Regional Sur de la

Universidad de Sonora, el conspicuo

Existen personas que por sus Notario Público Máximo Othón

características personales trascienden por Urquidez, finado también, logrado

sus actos, dentro de la sociedad, la caminar a partir del año de 1980 por el

familia, la moral y el campo profesional mundo del ejercicio de la docencia,

entre otros, debiendo destacar de ello que precisamente en nuestra alma máter.

se trata de personas que seguramente

vienen dotadas de un don que les permite Alejo al incorporarse a la planta

asumir varios y diferenciados roles con docente de la Unidad Regional Sur de la

humildad, calidad de ser y Universidad de Sonora, lo hizo con la

responsabilidad. característica responsabilidad del docente

que quiere que sus alumnos aprendan en

Los días próximos pasados, en las aulas lo que en los despachos,

nuestra ciudad se llevó a cabo por parte oficinas, Juzgados o Ministerios

de mi Alma Máter, Universidad de Públicos, habrán de aplicar en el ejercicio

Sonora, Unidad Regional Sur, un evento y defensa del Estado de Derecho, y así se

que por su relevancia adquirió matices de hizo merecedor en el año de 1988, a una

nacionales, en un marco de afectividad plaza de tiempo completo y tomando casi

dentro de uno de academicismo, ya que el de manera radical la opción del abandono

Departamento de Ciencias Sociales y la de la abogacía como actividad primordial.

Academia de Derecho, dependientes de la

Universidad de Sonora Unidad Regional Sur



El Licenciado Enrique Alejo

Urquidi Urbalejo no era un tipo de pasivo Maestro de Derecho y Presidente

era al contrario un activísimo miembro de de la Academia

la sociedad, que lo mismo se involucraba

en tareas altruistas y solidarias, que

deportivas, sociales o de otra índole,

siempre procurando servir a quien de él lic_rcorona@navojoa.uson.com.

pudiera necesitar; así tuvo la oportunidad

de pertenecer a privilegiados clubes de

servicio social como el activo 20-30, hoy

desaparecido, al Club de Leones A.C.,

del cual llegó a ser presidente en nuestra

localidad, destacando en cada uno de

ellos. De igual manera perteneció a la

Liga Instruccional de Béisbol de Navojoa,

Sonora, A. C. de la cual fue un entusiasta

promotor e instructor con los chiquillos.



En la Universidad, además de

sus cátedras donde impartió las materias

de Derecho del Trabajo, Derecho

Mercantil y Derecho Procesal Civil, logró

conducir por senderos exitosos la

Academia de Derecho, dentro de la cual

impulsó los primeros tres Simposiums,

entre otras actividades complementarias a

la docencia; siendo por ello que el V

Simposium llevó su nombre como un

justo reconocimiento a quien tuvo

siempre la inquietud de otorgarle a su

semejantes una posibilidad de desarrollo

profesional.; y hoy a escasos siete meses

de su partida física, estamos convencidos

de que su obra trasciende y permite el

recuerdo alegre y franco de quien con su

profesionalismo y su ejemplo se ganó un

espacio par ser recordado.









Gracias.



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