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RFP-Metro Ethernet

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EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.









TÉRMINOS DE REFERENCIA









INVITACIÓN PÚBLICA No. 10153102









OBJETO









SUMINISTRO DE BIENES (HARDWARE Y SOFTWARE), LICENCIAMIENTO DE USO

DEL SOFTWARE PARA IMPLEMENTACIÓN DE UNA SOLUCIÓN METRO ETHERNET

QUE INTEROPERE E INTERFUNCIONE CON LAS REDES DE ETB QUE INCLUYA LA

PLATAFORMA DE GESTIÓN Y LOS SERVICIOS DE INSTALACIÓN,

CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, PUESTA EN SERVICIO,Y OPCIONALMENTE, LOS

SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO









Agosto de 2010

CAPITULO I............................................................................................................................................. 4



1 PRECISIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES...................................................................................... 4



1.1 OBJETO ......................................................................................................................................... 4



1.2 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN......................................................... 4



1.3 VALOR Y ENTREGA DE TÉRMINOS DE REFERENCIA .......................................................................... 4



1.4 ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ............................................ 4

1.5 PAGO DE TÉRMINOS E INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES ................................................................... 5

1.6 LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS .......................................................... 5

1.7 GARANTÍA DE SERIEDAD ................................................................................................................ 5

1.8 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ESTUDIO DE LAS OFERTAS .............................................................. 6

1.9 NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN ..................................................................................................... 6

1.10 AJUSTES PRESUPUESTALES ........................................................................................................... 7

1.11 ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO ............................................................................. 7

1.12 PRÓRROGAS ................................................................................................................................ 7

1.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ........................................................................................... 8

1.14 GARANTÍAS ................................................................................................................................. 8

1.15 TERMINACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 9

1.16 MULTAS....................................................................................................................................... 9

1.17 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO - ANS .................................................................................... 9

1.18 CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA ............................................................................................. 9

1.19 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO ...................................................................................................... 9

CAPITULO II .......................................................................................................................................... 10

2 CONDICIONES FINANCIERAS............................................................................................................ 10

2.1 PRECIOS......................................................................................................................................... 10

2.2 VALOR DE LA OFERTA ................................................................................................................... 10

2.3 CUBRIMIENTO DE LA OFERTA ....................................................................................................... 11

2.4 IMPUESTOS Y FACTURACION ........................................................................................................ 12

2.4.1 IMPUESTO A LAS VENTAS ............................................................................................................. 12

2.4.2 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A

PROVEEDORES NACIONALES................................................................................................................. 12

2.4.3 RETENCIÓN A TITULO DE IVA EN CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADOS CON NO

RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................................................................... 12

2.4.4 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PROVEEDORES NO

RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................................................................... 12

2.4.5 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA APLICABLE A SERVICIOS

TÉCNICOS PRESTADOS POR NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................... 12

2.4.6 RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE ............................................................................ 13

2.5 REQUISITOS EN LA FACTURACION ................................................................................................. 13

2.6 CONDICIONES GENERALES .............................................................................................................. 14

2.6.2 PROVEEDOR NACIONAL: .............................................................................................................. 15

2.7 FORMA DE PAGO ......................................................................................................................... 15

2.8 ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS .............................................................................................. 18

2.9 REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN MAYORES

VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO ............................................................................. 18



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2.10 RESPUESTA PUNTO A PUNTO ..................................................................................................... 18

2.11 SISTEMA DE EVALUACIÓN FINANCIERA DE LAS OFERTAS.............................................................. 19

2.12 PONDERACION ECONÓMICA DE LAS OFERTAS ............................................................................. 19



3.1 OBJETIVO .................................................................................................................................... 21



3.2 ALCANCE ..................................................................................................................................... 21



3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS...................................... 21



3.4 PRUEBAS ..................................................................................................................................... 22



3.5 SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO................................................................. 24



3.6 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO .................................................................. 24



3.7 SOLICITUD DE PEDIDOS ................................................................................................................ 24



3.9 TIPOLOGÍAS DE LOS EQUIPOS....................................................................................................... 27



3.10 EQUIPOS TIPO I Y II .................................................................................................................... 28



3.11 EQUIPOS TIPO III - BOGOTÁ........................................................................................................ 32



3.12 EQUIPOS TIPO III - NACIONAL ..................................................................................................... 36



3.13 CALIDAD DE SERVICIO (QOS) ...................................................................................................... 39



3.14 SEGURIDAD ............................................................................................................................... 41



3.15 OTROS REQUERIMIENTOS .......................................................................................................... 43









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CAPITULO I





1 PRECISIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES



1.1 OBJETO



La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. en adelante ETB, está interesada en

recibir ofertas para contratar el suministro de bienes (hardware y software), licenciamiento de uso del

software para implementación de una solución Metro Ethernet que interopere e interfuncione con las redes

de ETB, que incluya la plataforma de gestión y los servicios de instalación, configuración, pruebas, puesta

en servicio, y opcionalmente, los servicios de soporte técnico y entrenamiento, de conformidad con las

condiciones previstas en el presente documento, en el Manual de Contratación y las Condiciones Generales

de Contratación de ETB vigentes, los cuales deben ser consultados en la página Web www.etb.com.co



El contrato se ejecutará con base en pedidos que formule ETB a través del supervisor del contrato, sin que

se obligue a cursar un número determinado de ellos ni una cantidad determinada en los que formule, pues

depende de sus requerimientos puntuales. El precio del eventual contrato que llegare a suscribirse será

estimado, y el cupo de recursos que se le asignen podrá o no agotarse. El oferente acepta esta condición

con la presentación de la oferta, y en consecuencia, renuncia a intentar reclamación alguna con ocasión de

ella, cualquiera fuere el resultado de la ejecución contractual.



No se acepta la presentación de ofertas parciales.



Esta invitación no constituye oferta mercantil.



1.2 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN



La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado

con anterioridad a esta invitación.





1.3 VALOR Y ENTREGA DE TÉRMINOS DE REFERENCIA

Los términos de referencia tendrán un valor no reembolsable de $927.000,00 y serán entregados a partir del

24 de agosto de 2010, en la Gerencia de Adquisiciones y Suministros, ubicada en la Carrera 7 No. 20 – 99,

2° piso, previa consignación de su valor únicamente en cheque de gerencia o en efectivo en la cuenta de

Ahorros No. 22006272030-5 del Banco Popular. Igualmente podrán ser consultados en la página Web

www.etb.com.co

Si el interesado en participar no atiende el medio de pago previsto anteriormente, y opta por realizar

transacción electrónica de fondos, asume las consecuencias del resultado de la operación aún en el evento

en que la oferta hubiera sido recibida por el Equipo de Compras respectivo. En efecto, si la transferencia es

rechazada al momento de realizarla o posteriormente, cualquiera fuere el motivo del rechazo, la oferta no

será considerada. El oferente acepta esta condición y renuncia a intentar reclamación alguna con ocasión

de haber intentado un pago que no se realizó.





1.4 ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA



Podrá requerirse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido de este documento, mediante

solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Adquisiciones y Suministros, ubicada en la carrera 7 No. 20 – 99, 2°

piso, dentro de los 8 días hábiles siguientes a la fecha señalada en el numeral anterior.

ETB dará respuesta escrita a las solicitudes recibidas, dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento

del plazo previsto en el párrafo anterior.



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Las aclaraciones y modificaciones serán publicadas en la página Web de ETB www.etb.com.co



1.5 PAGO DE TÉRMINOS E INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES



Será requisito para presentar oferta, haber cancelado el valor de los términos de referencia. El no pago será

causal de no recibo de la oferta o de descarte de la misma, si aquella se hubiere recibido bajo el entendido

de haberse realizado aquel, conforme a lo previsto en el numeral 1.3.



Será requisito para celebrar el contrato que resulte de la presente invitación, la inscripción en la base de

datos de proveedores de ETB. Los requisitos de inscripción se pueden consultar en la página Web de ETB.





1.6 LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS





Las ofertas se recibirán en la Gerencia de Adquisiciones y Suministros de ETB, ubicada en la Cra. 7 Nº 20-

99 Piso 2 el 13 de septiembre de 2010 a las 10 horas en los términos del artículo 829 del Código de

Comercio.



La oferta deberá presentarse por escrito en 3 paquetes sellados y rotulados, que contengan en forma

separada la información jurídica, económica y técnica; cada uno de ellos en original y 1 copia de un mismo

tenor, numeradas en forma continua con un índice que contenga una relación de todos los capítulos,

formatos y anexos que la conforman, señalando el número de página donde se localizan. Además, el

oferente deberá presentar una copia en medio digital CD-R de la información técnica de la oferta en formato

no re-escribible debidamente rotulado. El documento en medio digital debe tener en su índice enlaces o

hipervínculos que faciliten su revisión. En caso de contradicción entre la información contenida en la copia

del medio magnético y la copia física, prevalecerá la información de la copia física.



El líder del proceso de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros levantará un acta en la cual dejará

constancia de las propuestas recibidas con el nombre del oferente, fecha y hora de recibo.



El oferente deberá diligenciar el anexo Nº 1 de este capítulo, el cual deberá suscribirse por el

representante legal o apoderado debidamente constituido. En el caso de ofertas conjuntas, las

declaraciones contenidas en el documento suscrito por el representante de la respectiva asociación

se entenderá referido a todas las personas que la integran.



Las observaciones o sugerencias que efectúe el oferente en relación con aspectos jurídicos, financieros o

técnicos, deberán consignarse en el acápite de la oferta que desarrolle cada capítulo. De localizarse en sitio

diferente dentro de la oferta, no serán consideradas.





1.7 GARANTÍA DE SERIEDAD



Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá constituir garantía o póliza expedidas por una

entidad bancaria o compañía de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en la que

figure como asegurado/beneficiario la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., otorgada a

favor de particulares, por un valor asegurado de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DE PESOS

($173.000.000,00)



La póliza debe acompañarse de las condiciones generales del contrato de seguro y del comprobante

de pago de prima.



La garantía debe estar vigente por un periodo de 3 meses a partir de la fecha establecida para la

presentación de ofertas. Cuando los plazos fijados en el presente documento sean prorrogados, el oferente

se obliga a ampliar la vigencia de la póliza hasta la fecha a la cual se desplaza la firma del contrato.





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1.8 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ESTUDIO DE LAS OFERTAS



Durante la etapa de estudio de las ofertas, ETB podrá solicitar al oferente las aclaraciones y explicaciones

que estime necesarias, sin que con ocasión de las mismas éste pueda adicionar o modificar las condiciones

de su oferta. Las solicitudes de ETB y las respuestas del oferente deberán constar por escrito.



El oferente deberá dar respuesta a estas solicitudes dentro los 2 días hábiles siguientes al recibo de la

comunicación en tal sentido.



ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los 45 días hábiles siguientes a su recibo, plazo que se

distribuirá así: 15 días hábiles para los estudios jurídico, económico y técnico. 30 días hábiles para la

realización de las pruebas de laboratorio a que alude el numeral 3.4 del presente documento, a los equipos

de las ofertas que resulten hábiles luego de los mencionados estudios.





1.9 NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN



ETB podrá adelantar una etapa de negociación dentro de los 8 días hábiles siguientes al vencimiento de la

etapa prevista en el numeral anterior, con el propósito de obtener ventajas económicas o competitivas,

plazo dentro del cual se estudiarán las contraofertas, si a éstas hay lugar.



Dentro de los primeros 4 días hábiles se efectuará la negociación técnica de las ofertas que hayan superado

satisfactoriamente las pruebas mencionadas en el numeral anterior y hayan obtenido los 5 mayores

puntajes en las evaluaciones, sumado el técnico y el económico. En caso que haya empate en el 5º mayor

puntaje, se negociarán todas las ofertas empatadas. Conforme con lo anterior, es posible que un mismo

oferente participe en la negociación con una oferta básica y una alternativa, por estar ambas ubicadas en

los 5 mayores puntajes.



Al iniciar la negociación técnica, ETB informará a cada oferente las correcciones aritméticas realizadas por

ETB a su o sus ofertas con las cuales esté participando. Los puntajes técnicos obtenidos en la etapa de

estudio de las ofertas no serán objeto de modificación y no serán informados.



La negociación económica, a la cual acudirán los oferentes con quienes se haya realizado la técnica,

tendrá lugar dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto para la negociación

técnica. El sistema de negociación podrá ser el previsto en el inciso segundo del artículo 20 del Manual de

Contratación de ETB.



La audiencia se realizará con sujeción a las siguientes reglas:



i. ETB informará por escrito la fecha, hora y lugar en que se realizará la audiencia, a la cual podrán asistir

únicamente el representante legal del oferente o su apoderado debidamente constituido, acreditado y

facultado para adoptar decisiones, y máximo dos personas más.



Así mismo, informará el factor de conversión para las ofertas presentadas en modalidad FCA (cálculo de

los gastos de logística incluidos los tributos aduaneros para poner los bienes en el territorio

nacional). Durante la negociación, para efecto de comparación de precios de las contraofertas, el precio

ofertado FCA se incrementará en el valor correspondiente a dicho porcentaje.



ii. Es decisión de cada oferente presentar o no postura, pero no será posible retirarla una vez presentada.

En caso de no presentar o no ser entregada en tiempo, se tomará como base para efectos de evaluación,

la última postura presentada o la oferta inicial, según el caso.



iii. El oferente interesado en presentarla, deberá proponer un mejor precio de la oferta hábil de menor precio

o de la postura presentada en la ronda anterior, según el caso, información que será suministrada a los

participantes en forma previa a la presentación de la postura en la respectiva ronda.



iv. Las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la postura

anterior, aún cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB

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ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto

de ello efectuará la corrección del precio total de oferta.



v. Las posturas serán recibidas en medio digital (CD), diligenciando los mismos anexos financieros de la

oferta inicial. En presencia de los asistentes se imprimirán y se suscribirán por el Representante Legal o

su apoderado. La postura que no sea entregada en el tiempo establecido no será tenida en cuenta.



vi. El CD y el documento impreso se entregará en sobre cerrado al delegado del Equipo de Estudios

Económicos de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros para la evaluación financiera en cada ronda.



vii. Efectuada la determinación del precio final de la oferta, en cada ronda, se eliminará al oferente que

obtenga el menor puntaje, sumados el técnico y el económico. El oferente descalificado no podrá

continuar en la negociación, salvo que esté participando con dos ofertas, caso en el cual continuará con

la otra. Si existe empate entre dos o más ofertas, no se descalificará ninguna



viii. Finalizadas las rondas, se anunciarán los puntajes técnicos y los económicos obtenidos como resultado

de la última postura.



ix. ETB podrá abstenerse de adjudicar. La oferta favorecida será la que obtenga el mayor puntaje, sumados

el técnico y el económico. En el evento de un empate, se preferirá la oferta que haya obtenido el mayor

puntaje económico. Si existe empate en ambos puntajes, se solicitará una nueva contraoferta a los

oferentes empatados hasta obtener un mejor precio.



x. La decisión de adjudicación se comunicará en la audiencia o por escrito dentro de los 2 días siguientes a

su realización y será publicada en la página Web www.etb.com.co.



xi. ETB podrá suspender la audiencia si lo considera necesario, caso en el cual, se señalará fecha y hora

para su reanudación.



xii. En caso que no proceda la conformación dinámica de ofertas, la adjudicación se hará dentro de los 5

días hábiles siguientes a la negociación o del recibo de la decisión en la Gerencia de Adquisiciones y

Suministros, si aquella no se realizó.





1.10 AJUSTES PRESUPUESTALES



De ser necesario, ETB, a través del soporte administrativo correspondiente, realizará los ajustes

presupuestales requeridos, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la adjudicación.





1.11 ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO



El contrato deberá suscribirse dentro de los 11 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de

adjudicación en el equipo jurídico, plazo que se distribuirá así: (i) Para su elaboración: 6 días hábiles; (ii)

para firma por parte del apoderado de ETB, 2 días hábiles. (iii) Para su suscripción por parte del contratista:

3 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación que le curse el Equipo de Compras de la Gerencia de

Adquisiciones y Suministros de ETB.





1.12 PRÓRROGAS



Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el

tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no

hábil.







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1.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO





El plazo de ejecución del contrato será de 2 años, contado a partir de la orden escrita de su inicio, previa

aprobación de los certificados de seguro.



El plazo para formulación de pedidos por parte de ETB será de 10 meses, a partir de la fecha en la que se

imparta dicha orden.



El plazo de entrega de los bienes correspondientes a cada pedido es de 45 días si la modalidad de entrega

es DDP o local, y de 30 si es FCA. El plazo para la prestación de los servicios de instalación, configuración,

pruebas y puesta en servicio se definirá por el supervisor del contrato en cada pedido, pero no podrá

exceder de xxx.



En el evento en que ETB opte por contratar los servicios de entrenamiento y soporte técnico, o al plazo

señalado en el párrafo primero se le sumará 1 año, contado a partir del recibo definitivo.





1.14 GARANTÍAS



El Contratista deberá amparar los siguientes riesgos conforme con lo previsto en el parágrafo 2º del artículo

24 y Anexo C del nuevo Manual de Contratación de ETB:



(i) CUMPLIMIENTO: Por un valor asegurado del 20% del precio del contrato antes de IVA, vigente

desde la firma del contrato hasta la fecha de liquidación del mismo.

(ii) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor

asegurado del 5% del precio de los servicios contratados antes de IVA, vigente por el plazo de

ejecución del contrato y 3 años más.

(iii) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Vigente por el plazo de ejecución del contrato.

Su valor asegurado será del 15% del precio del contrato antes de IVA, hasta el recibo definitivo. En

caso de contratarse los servicios de entrenamiento y soporte técnico, a partir de dicho recibo se

reducirá, calculando su valor sobre el precio de los servicios antes de IVA hasta la terminación del

contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que pueda iniciar ETB contra el contratista por los

daños que no se hallen cubiertos por este amparo y las que instauren los terceros contra ella.

(iv) CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor asegurado del 20% del precio de los

bienes y del licenciamiento de uso del software antes de IVA, vigente durante 2 años, contados a

partir de la fecha de recibo definitivo y su constitución será requisito para la suscripción del acta de

correspondiente.

(v) SUMINISTRO DE REPUESTOS: Por un valor asegurado del 10% del precio de los bienes antes de

IVA, vigente durante 5 años contados a partir del recibo definitivo de los mismos y su constitución

será requisito para la suscripción del acta de correspondiente.



Para la obtención de los primeros certificados de seguro de que trata el “INSTRUCTIVO PARA LA

EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL

EXTRACONTRACTUAL (Anexo C del Manual de Contratación), dentro de los 3 días hábiles siguientes a la

entrega del contrato firmado, el Contratista deberá suministrar a la Unidad de Expedición del Asegurador y

el Intermediario, ubicada en la Carrera 8ª No. 20-56, 9° piso, Gerencia de Riesgos y Seguros, los

documentos mencionados en el Numeral A del citado instructivo.



Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro,

deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado instructivo. Si ya tiene asignado

el cupo, los certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la entrega

del contrato firmado.



Los certificados de seguro que se requieran en caso de prórroga o adición del contrato, deberán obtenerse

dentro de los 2 días hábiles siguientes al del respectivo acuerdo.







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1.15 TERMINACIÓN DEL CONTRATO



No obstante lo previsto en el numeral 1.13, el contrato terminará por las causales legales o por las

siguientes: (i) Por mutuo acuerdo. (ii) Unilateralmente por ETB, en cualquier tiempo, dando aviso al

Contratista con una antelación mínima de 30 días calendario, sin que por esto haya lugar a indemnización

alguna. ETB solo pagará al Contratista las sumas correspondientes a los bienes y servicios recibidos a

satisfacción, correspondientes a pedidos cursados en forma previa al aviso de terminación.





1.16 MULTAS



En el evento de mora en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones no sujetas a Acuerdos de

Niveles de Servicios, ETB podrá imponer al contratista multas equivalentes al 1.5% del precio de la parte

incumplida del correspondiente pedido por cada semana de atraso o proporcional por fracción, sin perjuicio

de la aplicación de la cláusula penal compensatoria. El valor total de las multas no excederá el 20% del

precio del contrato.





1.17 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO - ANS

Por incumplimiento a los Acuerdos de Niveles de Servicio –ANS, de los servicios de soporte técnico, en

caso de contratarse estos últimos, ETB dará aplicación a lo establecido en el anexo 7 del Capítulo 3 del

presente documento.





1.18 CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA



En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones del contratista, ETB podrá

aplicar a su cargo una cláusula penal compensatoria cuyo monto será del 20% del precio del contrato si el

incumplimiento es total y proporcional si es parcial. La pena no exime del cumplimiento de la obligación

principal ni del pago de los perjuicios que superen el valor de este porcentaje.





1.19 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO



El contrato se liquidará por las partes dentro de los 4 meses siguientes a su terminación.









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CAPITULO II



2 CONDICIONES FINANCIERAS



En atención a que el contrato se ejecutará mediante la administración de un cupo de recursos económicos

asignado a este proyecto, las siguientes son las precisiones a las condiciones financieras aplicables a la

presente contratación, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente

documento.



El cupo de recursos asignado a la presente contratación es hasta la suma de mil dos millones veinte dos mil

trescientos sesenta y tres pesos colombianos ($1.002.022.363) incluido IVA.



2.1 PRECIOS



ETB solicita que los bienes y servicios que hacen parte de la presente contratación sean cotizados bajo el

sistema de precios unitarios fijos netos, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el

presente documento. Los precios cotizados permanecerán fijos durante el plazo de ejecución del contrato,

por lo tanto no estarán sujetos a reajustes por ningún motivo, a excepción del suministro y servicio de

instalación de repuestos, en caso de llegar a contratarse.



Suministro de repuestos:



Para efecto de la realización de compras futuras de repuestos durante el período de vigencia de la garantía

de suministro de repuestos pactada, el proveedor deberá especificar en su oferta si los precios consignados

en el anexo financiero correspondiente permanecerán fijos o serán variables y, en el último caso, deberá

señalar la respectiva fórmula de reajuste, la cual tendrá los siguientes topes:

Para repuestos cotizados en moneda extranjera: IPC del país de origen de los bienes, entre la fecha de

recibo definitivo de los bienes y la fecha de realización de la compra futura.

Para la aplicación de reajustes de precios ETB tomará el menor porcentaje que resulte entre la aplicación

de la fórmula de reajuste y los topes máximos de reajustes de precios, para la fracción de año se tomará

proporcional al número de meses y de días.

En el evento de aplicación de la fórmula, el proveedor deberá, junto con la factura correspondiente, anexar

los boletines oficiales donde se indiquen los índices relacionados en su fórmula.



Servicio de instalación de repuestos:



El oferente deberá presentar oferta a precios unitarios fijos netos, de conformidad con las especificaciones

técnicas contenidas en el presente documento. Los precios cotizados por el oferente permanecerán fijos

durante el primer año de ejecución de contrato. Para el segundo año de ejecución del mismo, los precios

podrán ser revisados de común acuerdo pudiendo estos disminuir, quedar iguales o aumentar; para el

último caso, el precio no podrán exceder el Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional para la

República de Colombia del año inmediatamente anterior, certificado por el DANE (Departamento

Administrativo Nacional de Estadística).



Serán por cuenta del contratista, y se consideran incluidos como parte del precio, todos los impuestos,

derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes a la fecha de suscripción del contrato. Si

durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos serán asumidos por quien corresponda de

acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado.

De todo pago o abono en cuenta, ETB hará las retenciones de ley a que haya lugar.



2.2 VALOR DE LA OFERTA



Para la presentación de la oferta, los oferentes deberán diligenciar en su totalidad los siguientes anexos

financieros, de acuerdo con las condiciones técnicas contenidas en el presente documento para los

siguientes escenarios de evaluación. En caso que el oferente no cotice la totalidad de los anexos solicitados,

su oferta será descartada.





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ESCENARIO 1: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,

configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos

incluido en el servicio de soporte técnico)

ESCENARIO 2: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,

configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos

aparte del servicio de soporte técnico).



En el evento que el oferente presente una oferta técnica alternativa, deberá diligenciar los anexos

financieros que se modifican, especificando en cada uno de ellos que se trata de la oferta alternativa.



2.2.1 OFERENTE EXTRANJERO



Anexo N° 1: Relación de precios para Bienes de importados, suministrados bajo la modalidad de

entrega FCA (Bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de entrega

convenida en el país de exportación).

Anexo N° 2: Relación de precios para Bienes importados, suministrados bajo la modalidad de

entrega DDP (Sitios de instalación)

Anexo N° 3: Relación de precios para los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta

en servicio

Anexo N° 4: Relación de precios para Entrenamiento

Anexo N° 5: Relación de Precios para Servicios de Soporte Técnico

Anexo N° 6: Cuadro Resumen del Valor estimado de la Oferta FCA y DDP

Anexo N° 7: Cuadro de Pesos y Volúmenes de los Bienes de Producción Extranjera suministrados

bajo la modalidad de entrega FCA, incluido el empaque y embalaje









2.2.2. OFERENTE NACIONAL





Anexo N° 8: Relación de precios para Bienes de Producción Extranjera suministrados localmente

Anexo N° 3: Relación de precios para los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta

en servicio

Anexo N° 4: Relación de precios para Entrenamiento

Anexo N° 5: Relación de Precios para Servicios de Soporte Técnico

Anexo N° 9: Cuadro Resumen del Valor estimado de la Oferta de venta local



NOTA 1 : Las cantidades incluidas en los Anexos Financieros son estimadas, y serán utilizadas solamente

para efectos del cálculo del valor estimado de la oferta, por lo tanto en ejecución del contrato éstas podrán

aumentar o disminuir en función de los requerimientos de ETB. ETB no se obliga a solicitar una cantidad

determinada ni una cantidad mínima de las mismas.



NOTA 2: Todos los anexos deberán ser suministrados tanto en forma impresa como en medio

magnético, utilizando el formato en Excel suministrado para tal fin. De presentarse discrepancias entre

la información suministrada en medio físico (papel) y la entregada en medio magnético, prevalecerá la

información suministrada en medio físico (papel).



2.3 CUBRIMIENTO DE LA OFERTA



El oferente deberá revisar detenidamente las especificaciones técnicas de los bienes y servicios y en

general lo exigido en la presente invitación y tenerlo en cuenta al elaborar su oferta. Es entendido que en el

valor de la oferta quedan incluidos todos los costos directos e indirectos, bienes, elementos, unidades,

módulos, materiales, honorarios, viáticos, transporte; así como los gastos que deberá hacer el proveedor

en la ejecución contractual y otros que graven capital, renta y en general todo cuanto sea necesario y

conveniente para dar cabal cumplimiento al contrato. De manera que aquellos costos, gastos, bienes,

honorarios, elementos, viáticos, transporte, material y demás egresos no previstos en la propuesta no serán

asumidos por ETB, ni cargados a ésta de forma alguna.



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2.4 IMPUESTOS Y FACTURACION







Si la oferta es presentada por un proveedor extranjero que cuenta con una sucursal constituida en Colombia

a través de la cual realizará algunas o todas las actividades tendientes a cubrir el objeto de la presente

contratación, deberá especificar en su oferta cuales serán estas labores y el valor correspondiente. Es de

anotar que el valor de las actividades desarrolladas por la sucursal no será girado al exterior y debe ser

facturado directamente por la sucursal, para lo cual se observarán las condiciones determinadas para la

forma de pago para proveedor nacional.



2.4.1 IMPUESTO A LAS VENTAS







El proveedor nacional debe discriminar con exactitud el precio correspondiente a los bienes y servicios

objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas que afecte la misma, indicando la base sobre la

cual se liquida de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta. En el evento en

que el proveedor nacional no discrimine el IVA y se cause dicho impuesto, ETB lo considerará incluido en el

valor de los bienes y servicios relacionados en la oferta.



En la cláusula de precio del contrato se deberán discriminar cada uno de los conceptos que lo conforman y

el IVA, si éste se causa.







2.4.2 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A

PROVEEDORES NACIONALES







El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta e IVA, se determinará de conformidad con la

normatividad vigente, habiéndose establecido previamente, si el proveedor es declarante o no del impuesto

sobre la renta, si es gran Contribuyente o Autorretenedor y el régimen de Impuesto sobre las ventas al cual

pertenece (común o simplificado) o si vende o presta servicios excluidos del IVA.



2.4.3 RETENCIÓN A TITULO DE IVA EN CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CELEBRADOS CON NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA







Para efectos de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, en el contrato

respectivo se deberá discriminar el valor del impuesto sobre las ventas generado, que será objeto de

retención por parte del contratante. El contrato servirá como soporte para todos los efectos tributarios.



2.4.4 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PROVEEDORES

NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA







El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta, se determinará al momento de efectuar el

correspondiente pago o abono en cuenta, de acuerdo con las normas tributarias vigentes para pagos al

exterior. Sobre los bienes importados bajo la modalidad FCA y DDP, ETB no aplicará retención en la fuente

a título de renta, de acuerdo con el artículo 24 del Estatuto tributario y el concepto DIAN No. 71190 de 2005.



2.4.5 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA APLICABLE A

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SERVICIOS TÉCNICOS PRESTADOS POR NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA







El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la Renta para estos casos, se aplicará de acuerdo con

las normas tributarias vigentes.



2.4.6 RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE







ETB se encuentra exenta del impuesto de timbre conforme a lo establecido en los artículos 532 y 533 del

Estatuto Tributario, teniendo en cuenta que reúne las características señaladas en la Sentencia C-736

proferida por la Corte Constitucional, según la cual, “Las empresas de servicios públicos mixtas y privadas

en las cuales haya cualquier porcentaje de participación pública, son entidades descentralizadas y

constitucionalmente conforman la Rama Ejecutiva”.



De conformidad con el parágrafo dos del articulo 519 del Estatuto Tributario, a partir del 1 de Enero de

2010, la tarifa aplicable por concepto del Impuesto de Timbre, será del 0%.



2.4.7 RETENCIÓN en la fuente a título de impuesto de industria y comercio



2.4.7.1 Proveedor Nacional



El proveedor deberá informar el régimen del impuesto de industria y comercio al cual pertenece (común o

simplificado), la actividad económica y la tarifa del impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., o en

las ciudades del país que le corresponda. En caso de no informarla, le será asignada la tarifa de retención

más alta, la cual se aplicará al momento que se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta.



2.4.7.2 Proveedor No Residente ni Domiciliado en el País



Sobre los bienes importados bajo la modalidad FCA y DDP no se efectuará retención en la fuente a título de

ICA. Sobre los bienes importados enajenados en Colombia, los servicios prestados en el territorio nacional

y el licenciamiento de software, ETB practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar de acuerdo

con las normas tributarias municipales respectivas.



2.5 REQUISITOS EN LA FACTURACION



2.5.1 PROVEEDOR NACIONAL



El proveedor estará obligado a informar al momento de la facturación el régimen de Impuesto sobre las

Ventas al cual pertenece (común o simplificado) o si los bienes que vende o los servicios que presta se

encuentran excluidos del IVA y si es declarante o no del impuesto sobre la renta, si es Gran Contribuyente o

Autorretenedor de Renta y las disposiciones que lo autorizan. Como el objeto del contrato comprende la

adquisición de bienes y servicios, para mayor claridad en la liquidación de los impuestos el proveedor

deberá facturar por separado los bienes y servicios (factura para bienes y factura para servicios), sin que se

afecten por este requisito los períodos de pago establecidos en la forma de pago.



Si el proveedor factura a través de apoderado, el documento deberá expresar que se expide por cuenta y a

nombre del poderdante.



2.5.2 PROVEEDOR NO RESIDENTE NI DOMICILIADO EN EL PAIS



Para el proveedor extranjero, los documentos soporte con los cuales solicitará los pagos por concepto de

los bienes suministrados y los servicios prestados y el licenciamiento de software, será la factura comercial

que emita el contratista.



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2.5.3 FACTURACIÓN PARA CONTRATISTAS EN CONSORCIO, UNION TEMPORAL O CUALQUIER

FORMA DE ASOCIACION



En el evento en que la oferta sea presentada bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquier

forma de asociación, los miembros de estos podrán optar por facturar cada uno de ellos en forma

independiente o en consorcio o unión temporal, lo cual se informará en la oferta.

En la oferta se deberá indicar si la facturación se va a realizar por separado o en consorcio o unión temporal.



Cuando se opte por facturar independientemente, en el contrato se deberá informar: (1) el NIT de cada uno

de los miembros, en el caso que sea procedente, (2) el porcentaje o valor de los ingresos que le

corresponda a cada uno de estos. Los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de

asociación deberán facturar sus ingresos de acuerdo con su participación establecida en el Documento

Consorcial.



Cuando se opte por facturar a través de consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación, en

la facturación se deberá informar: (1) el número del NIT del consorcio o unión temporal, (2) el régimen

tributario al cual pertenece el consorcio o unión temporal, (3) el porcentaje o valor de los ingresos que le

corresponda a cada uno de los miembros, (4) el nombre o razón social de cada uno de los miembros, y, (5)

el NIT de cada uno de estos, excepto cuando alguno de los miembros sea una persona no domiciliada o no

residente en Colombia.



Si la modalidad de asociación está conformada por persona no domiciliada o no residente y persona

nacional el documento de cobro deberá presentarse en forma separada (uno por cada persona).





2.6 CONDICIONES GENERALES

Las siguientes son las condiciones financieras generales de la presente invitación:



2.6.1 PROVEEDOR EXTRANJERO:



Teniendo en cuenta que ETB requiere recibir cotizaciones de los bienes importados bajo las modalidades

de entrega FCA (bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de entrega convenida en el país

de exportación) y DDP (sitios de instalación de conformidad con lo especificado en el capítulo técnico del

presente documento), las siguientes son las condiciones financieras generales de la presente invitación:



 El precio FCA y DDP correspondiente a los bienes importados, así como el licenciamiento de uso de

software, el suministro de repuestos y la plataforma de gestión, deberán cotizarse en dólares de los

Estados Unidos de América, mientras que los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta

en servicio, el soporte técnico, el entrenamiento, y el servicio de instalación de repuestos deberán

cotizarse obligatoriamente en pesos colombianos.

 Los valores cotizados en dólares deberán presentarse hasta con dos decimales y los valores cotizados

en pesos colombianos deberán presentarse en números enteros, es decir sin incluir decimales. En el

primer caso, ETB tomará los dos primeros decimales; en el segundo, ETB se reserva el derecho de

ajustar al peso por exceso o por defecto.

 Para efectos de la presente contratación, los términos FCA y DDP se interpretarán de acuerdo con la

definición contenida en INCOTERMS 2000, así: “Entrega FCA es aquella en la cual el vendedor

entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en

el lugar convenido” y “Entrega DDP es aquella en la cual la mercancía es entregada en el lugar de

destino convenido en el país de importación, libre de derechos”. Para la entrega FCA se entiende que

los bienes deberán entregarse en las bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de

entrega convenida en el país de exportación; para la entrega DDP se entiende que esta se realizará en

los sitios de instalación especificados en el capítulo técnico contenido en el presente documento.

 Para la cotización bajo la modalidad de entrega FCA, el oferente deberá especificar la ciudad de

entrega de la mercancía así como el volumen y peso de la misma incluido el embalaje de esta. La

información sobre peso y volumen de los equipos y elementos, contenida en la propuesta, será el

máximo aceptado por ETB para efecto de transporte y nacionalización de los mismos. En el evento de

requerirse o presentarse modificación que implique aumento de estas cantidades, todos los posibles

sobrecostos que se generen serán asumidos por la parte que efectúe el requerimiento o modificación.

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 El Contratista deberá cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el Anexo

Financiero de responsabilidades derivadas de la entrega FCA de los bienes importados, ó en el Anexo

Financiero de Responsabilidades derivadas de la entrega DDP de los bienes importados, según la

adjudicación se efectúe en una u otra modalidad de entrega. En caso que la adjudicación se efectúe

bajo la modalidad de entrega DDP, el contratista deberá observar que ETB será el importador de los

bienes.





2.6.2 PROVEEDOR NACIONAL:





 Los bienes de producción extranjera, así como el licenciamiento de uso de software, el suministro de

repuestos y la plataforma de gestión, deberán cotizarse en dólares de los Estados Unidos de América,

mientras que los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta en servicio, el soporte

técnico, el entrenamiento, y el servicio de instalación de repuestos deberán cotizarse obligatoriamente

en pesos colombianos.

 Los valores cotizados en dólares deberán presentarse hasta con dos decimales y los valores cotizados

en pesos colombianos deberán presentarse en números enteros, es decir sin incluir decimales. En el

primer caso, ETB tomará los dos primeros decimales; en el segundo, ETB se reserva el derecho de

ajustar al peso por exceso o por defecto.

 Es de anotar que ETB no será el importador de los bienes de producción extranjera objeto del contrato,

por lo tanto los bienes de producción extranjera suministrados por el oferente nacional se sujetarán al

régimen de compra local. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 87 del

Decreto 2685 de 1999, EL CONTRATISTA deberá suministrar a ETB, copia de las declaraciones de

importación que acrediten la legal introducción de la mercancía al país.

 Cuando por causas imputables al contratista se desplace alguno de los eventos contractualmente

previstos para la liquidación de la TRM, ETB liquidará a la menor tasa representativa del mercado que

resulte de la comparación entre la contractualmente pactada y la vigente en el momento de realización

del evento. Este valor será descontado de las sumas en pesos colombianos que se le adeuden al

proveedor. Si por causas imputables a ETB, las fechas contractualmente pactadas sufren modificación,

se aplicará el tipo de cambio vigente en la fecha de realización del evento. En el evento que por

hechos de terceros, debidamente comprobados y comunicados a ETB por el proveedor dentro de los 5

días hábiles siguientes a su ocurrencia, se desplace alguno de los eventos contractualmente previstos

para efectuar el pago, las partes de común acuerdo determinarán la correspondiente tasa

representativa del mercado que se aplicará. Si el proveedor no notifica a ETB con el plazo

anteriormente anotado, ETB liquidará a la menor tasa representativa del mercado que resulte de la

comparación entre la contractualmente pactada y la vigente en el momento de realización del evento.





2.7 FORMA DE PAGO



ETB pagará el precio de cada pedido de la siguiente forma:



2.7.1 PROVEEDOR EXTRANJERO



2.7.1.1 EQUIPOS



El cien por ciento del precio FCA o DDP de los bienes se pagará de la siguiente forma:



(a) El 40% del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario

siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura comercial por el

100% de los bienes recibidos, acompañada del Aviso de Cobro del Contratista y el Acta de Inicio de

Instalación de los equipos, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y

el contratista.

(b) El 30% del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario

siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de Cobro del

Contratista acompañado del Acta de Recibo Provisional de los equipos, la cual debe estar

debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.



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(c) El 30% restante del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días

calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de

Cobro del Contratista acompañado del Acta de Recibo Definitivo de los equipos, la cual debe estar

debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.



Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a), (b) y (c) deben

discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.



2.7.1.2 Licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión



El cien por ciento del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión se pagará de la

siguiente forma:



(a) El 50% del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, mediante giro

directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de

Cuentas por Pagar de ETB de la factura por 100% de las licencias instaladas/de los bienes

recibidos y de las licencias instaladas, acompañada del Aviso de Cobro del contratista acompañado

del Acta de Recibo provisional de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el

supervisor del contrato y el contratista.

(b) El 50% restante del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, mediante

giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de

Cuentas por Pagar de ETB del Aviso de Cobro del contratista acompañado del Acta de Recibo

definitivo de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el

contratista.



Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a) y (b) deben

discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.



2.7.1.3 SUMINISTRO DE REPUESTOS



El 100% del precio FCA o DDP de los bienes se pagará mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45)

días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura

correspondiente, acompañada del Acta de recibo a satisfacción de los repuestos instalados, la cual debe

estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.



2.7.2PROVEEDOR NACIONAL



2.7.2.1 EQUIPOS



El cien por ciento del precio de los equipos de producción extranjera se pagarán de la siguiente forma:



(a) El 40% del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente

prevista para el inicio de instalación de los bienes, a los cuarenta y cinco (45) días calendario

siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura comercial por el

100% de los bienes recibidos, acompañada del Aviso de Cobro del Contratista y el Acta de Inicio de

Instalación de los equipos, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y

el contratista. NOTA: Para efectos de la suscripción del Acta de Inicio de Instalación de los equipos,

el contratista deberá entregar al supervisor del contrato, fotocopia de las declaraciones de

importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al país.

(b) El 30% del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente

prevista para el recibo provisional de los equipos, a los cuarenta y cinco (45) días calendario

siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de Cobro del

Contratista acompañado del Acta de Recibo Provisional de los equipos, la cual debe estar

debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.

(c) El 30% restante del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha

contractualmente prevista para el recibo definitivo de los equipos, a los cuarenta y cinco (45) días

calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de



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Cobro del Contratista acompañado del Acta de Recibo Definitivo de los equipos, la cual debe estar

debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.



Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a), (b) y (c) deben

discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.



2.7.2.2 LICENCIAMIENTO DE USO DEL SOFTWARE/PLATAFORMA DE GESTIÓN



El cien por ciento del precio del licenciamiento de uso del software se pagará de la siguiente forma:



a) El 50% del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión se pagará, a la tasa

representativa del mercado de la fecha contractualmente prevista para el recibo provisional de la

solución, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de

Cuentas por Pagar de ETB de la factura por el cien por ciento de las licencias instaladas/ de los

bienes recibidos y de las licencias instaladas, acompañada del Aviso de Cobro del contratista y del

Acta de Recibo provisional de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor

del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de la suscripción del Acta de de Recibo provisional

de la solución, el contratista deberá entregar al supervisor del contrato, fotocopia de las

declaraciones de importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al país.

b) El 50% restante del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, a la tasa

representativa del mercado del a fecha contractualmente prevista para el recibo definitivo de la

solución, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de

Cuentas por Pagar de ETB del Aviso de Cobro del contratista, acompañado del Acta de Recibo

definitivo de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el

contratista.



Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a) y (b) deben

discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.



2.7.2.3 SUMINISTRO DE REPUESTOS



El 100% de los repuestos se pagará, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente

prevista para el recibo de los repuestos instalados, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a

la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura correspondiente, acompañado del

Acta de Recibo de los repuestos debidamente instalados, la cual debe estar debidamente suscrita por el

supervisor del contrato y el contratista.



Nota: Para efectos del pago previsto en el párrafo anterior, EL CONTRATISTA deberá entregar al supervisor del

contrato fotocopias de las declaraciones de importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al

país, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 3 y 87 del Decreto 2685 de 1999.



2.7.3 PROVEEDOR NACIONAL Y EXTRANJERO



2.7.3.1 SERVICIOS DE INSTALACION, CONFIGURACION, PRUEBAS Y PUESTA EN

SERVICIO/SERVICIOS DE /ENTRENAMIENTO/INSTALACIÓN DE REPUESTOS



El cien por ciento del precio de los servicios se pagarán en pesos colombianos, a los cuarenta y cinco (45)

días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura

comercial acompañada del Acta de recibo a satisfacción de los correspondientes servicios, la cual debe

estar suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.



2.7.3.2 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO



El 100% del precio de los servicios de soporte se pagarán en pesos colombianos mediante cortes

mensuales vencidos, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de

Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial, acompañada del Acta de recibo a satisfacción del

correspondiente servicio, la cual debe estar suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.

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Nota: Para efectos de la firma del Acta de recibo de los servicios a que se hace referencia en el numeral

2.7.3, el contratista deberá acreditar el pago de la nómina, así como de sus obligaciones en materia

de seguridad social (ARP, EPS y AFP) y aportes parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación)

respecto del personal utilizado para ejecutar el contrato.



2.8 ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS

Para los pagos en pesos colombianos el Contratista deberá establecer el número de cuenta, modalidad de

ésta (ahorro o corriente), y entidad financiera a la que deben abonarse los pagos. Así mismo, en el evento

de cambio de la cuenta, el contratista deberá informar de inmediato y por escrito a la Coordinación de

Pagaduría de ETB dicho cambio, anexando el Certificado de Existencia y Representación legal (de

expedición no superior a 30 días), Nit y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.



Para efectos de los pagos al exterior, el Contratista deberá indicar el banco corresponsal y número de

cuenta a través del cual se realice el respectivo pago.



2.9 REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN

MAYORES VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO

Cuando se identifiquen mayores valores entregados al contratista por cualquier concepto, éstos deben ser

desagregados y reintegrados a ETB indexados, para lo cual se seguirá el siguiente procedimiento:





2.9.1 Para Valores Cotizados en Dólares de los Estados Unidos de América, Pagaderos en Pesos

Colombianos:

 Se determinará la fecha en que se efectúo el respectivo pago.

 Se determinará el mayor monto pagado en dólares de los Estados Unidos de América.

 Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.

 Se indexará el monto en dólares entre la fecha en que se efectuó el respectivo pago y la fecha de

devolución, utilizando la tasa de inflación registrada en los Estados Unidos de América durante dicho

período. Este valor indexado será convertido a pesos colombianos utilizando la tasa representativa del

mercado vigente en la fecha de devolución.



2.9.2 Para Valores Cotizados y Pagaderos en Pesos Colombianos

 Se determinará la fecha en que se efectuó el respectivo pago.

 Se determinará el mayor monto pagado en pesos colombianos.

 Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.

 Se indexará el monto en pesos entre la fecha en que se efectúo el respectivo pago y la fecha de

devolución, utilizando los índices de precios al consumidor en el ámbito nacional, para la República de

Colombia certificados por el DANE para dicho período. En caso de no contar con la inflación

correspondiente al período a actualizar se tomará el promedio mensual o diario corrido del año, según

sea el caso se hará el cálculo con base en ésta. Para el caso de enero, por no tener información que

permita establecer el promedio, se tomará la del mismo período del año inmediatamente anterior.

 Para este cálculo se incluye el valor del IVA correspondiente.



2.9.3 PARA VALORES COTIZADOS Y PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA



 Se determinará la fecha en que se efectúo el respectivo pago.

 Se determinará el mayor monto pagado en dólares de los Estados Unidos de América.

 Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.

 Se indexará el monto en dólares entre la fecha en que se efectuó el respectivo pago y la fecha de

devolución, utilizando la tasa de inflación registrada en los Estados Unidos de América durante dicho

período.



2.10 RESPUESTA PUNTO A PUNTO





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El Oferente deberá responder punto a punto lo solicitado en cada numeral del presente capítulo. En el

evento de no hacerlo se entenderá que lo acepta en su totalidad. Dicha respuesta se puede realizar

mediante una comunicación donde el oferente acepte todas las condiciones del capítulo financiero.



2.11 SISTEMA DE EVALUACIÓN FINANCIERA DE LAS OFERTAS

El sistema de evaluación financiera de las ofertas comprende por una parte la evaluación sobre las

condiciones financieras solicitadas por ETB en comparación con las propuestas por el oferente, y por otra la

ponderación económica de las ofertas.



2.12 PONDERACION ECONÓMICA DE LAS OFERTAS

Las ofertas que cumplan con las condiciones financieras contenidas en el presente documento, serán

ponderadas desde el punto de vista económico como se explica más adelante, teniendo en cuenta que ETB

ha asignado un puntaje máximo de seiscientos (600) puntos, para cada uno de los escenarios objeto de

evaluación.



La ponderación económica de las ofertas se realizará de manera independiente para cada uno de los

escenarios:



ESCENARIO 1: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,

configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos

incluido en el servicio de soporte técnico)

ESCENARIO 2: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,

configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos

por aparte del servicio de soporte técnico).





Para fines de comparación, las ofertas presentadas en dólares de los Estados Unidos de América, se

convertirán a pesos Colombianos teniendo en cuenta la TRM vigente en la fecha de cierre de la presente

solicitud de ofertas.



La ponderación económica se realizará mediante la aplicación del siguiente procedimiento en cada

escenario:

 En primera instancia las ofertas serán analizadas para determinar si en los cálculos se han

cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de evaluación y

selección, ETB realizará las correcciones necesarias.



ETB podrá hacer correcciones aritméticas a los valores consignados por el oferente en el Anexos

financieros solicitados en los siguientes casos:



 Cuando al verificar el valor consignado en la columna valor total, éste difiera del valor resultante

de multiplicar las cantidades del ítem por el precio unitario total respectivo.

 Cuando al verificar las sumas y multiplicaciones totales y parciales de los mencionados anexos

se encuentren errores aritméticos.

 En caso de presentarse discrepancias entre los valores presentados en los diferentes anexos

de precios, ETB podrá hacer las correcciones necesarias y tomará para ello el valor que resulte

de la aplicación de los precios unitarios, del anexo correspondiente de la oferta.

 Es importante anotar que si se presentan inconsistencias entre los valores presentados

físicamente (papel) y los valores del medio magnético, prevalecerán los valores presentados en

medio físico (papel).

 Para efectos de la comparación de las ofertas de compraventa internacional cotizadas bajo la

modalidad de entrega FCA, las ofertas de compraventa internacional cotizadas bajo la

modalidad de entrega DDP y las ofertas de venta local de bienes, el Equipo de Comercio

Exterior de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros calculará el factor de conversión por

concepto de gastos de logística e impuestos de importación, aplicable a cada una de las ofertas

bajo modalidad de entrega FCA, de tal forma que la ponderación económica de las mismas se

efectúe a todo costo. Cabe anotar que el factor de conversión se calculará con base en el valor



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FCA corregido de la oferta, la ciudad de entrega de los bienes en el exterior, así como el peso y

volumen de los mismos debidamente embalados, información esta que es suministrada por el

oferente en los anexos financieros.



 Se le asignará el máximo puntaje económico al oferente que presente el menor valor estimado de

oferta.

 El puntaje económico para las demás ofertas, se asignará aplicando la siguiente fórmula:







(Cmaxj * Pminj)

Cij = -------------------------



Pij

donde:



Cij : Puntaje obtenido por la oferta i en el escenario j de evaluación

Cmaxj: Máximo Puntaje económico (600 puntos)

Pij : Valor estimado de la oferta i (incluidas las correcciones aritméticas), para el escenario j de



evaluación



Pminj: Oferta de menor valor estimado dentro del Rango de ofertas (incluidas las correcciones



aritméticas), para el escenario j de evaluación.









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CAPITULO III



3 GENERALIDADES



3.1 OBJETIVO



Suministro de bienes (software y hardware) y licenciamiento de uso de software para la implementación de

una solución Metro Ethernet que interopere e interfuncione con las redes de ETB, que incluya la plataforma

de gestión y los servicios de instalación, configuración, pruebas, puesta en servicio, y opcionalmente el

servicio de soporte técnico y entrenamiento.



Los equipos conformarán la capa de acceso dentro de la arquitectura de red de ETB para dar cubrimiento

nacional. Los equipos tendrán que interoperar e interfuncionar con las redes de ETB relacionadas en el

Anexo 1 – ESTADO ACTUAL DE LAS REDES DE ETB, para permitir desarrollar nuevos productos que

impliquen el acceso y agregación de usuarios finales de banda ancha, voz, datos, video, seguridad, calidad

de servicio y tecnologías de Multicast, hasta servicios de Internet y contenido.





3.2 ALCANCE



3.2.1 ETB en su permanente interés de fortalecer su estructura para atender las necesidades del

mercado, se obliga a contar con una infraestructura robusta y escalable que le permita prestar una amplia

gama de servicios como Internet Banda Ancha y VoIP, al igual que servicios futuros como Multimedia, IPTV

y redes móviles, entre otros, los cuales deben estar enmarcados en el buen tratamiento del tráfico en cuanto

a calidad del servicio (QoS), ingeniería de tráfico, seguridad, entre otras, de cara a proporcionar al cliente

una óptima calidad.



3.2.2 La solución propuesta debe ser escalable e interoperable con todos los tipos y gamas de equipos de

la red de acceso (MetroEthernet existente – Huawei y Cisco-, IP DSLAM, MPLS, entre otras) y pos CPE de

cliente para la prestación de los servicios de conectividad avanzada IP e Internet Dedicado.







3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS



3.3.1 Los requerimientos expresados en este capítulo se clasifican en:



a). Mínimo obligatorio: son aquellos requerimientos expresados en términos tales como “ETB

REQUIERE” o “EL OFERENTE DEBE”, indicando que son de cumplimiento obligatorio. El oferente

debe manifestar CUMPLE o NO CUMPLE a las especificaciones técnicas de este tipo. En caso de

que la respuesta a un requerimiento sea CUMPLE y se solicite ampliación a la respuesta, el

oferente debe complementar la misma con el descriptivo que satisfaga la afirmación. Por lo tanto, en

los casos en los que el oferente responda “CUMPLE” pero la explicación o información adicional

demuestre un incumplimiento parcial o total, o manifieste condicionamiento al cumplimiento, la

respuesta será considerada como “NO CUMPLE”, por lo que tratándose de un requerimiento

obligatorio la oferta será calificada como NO CUMPLE.



b). Deseables: Son aquellas condiciones expresadas en términos tales como “ES DESEABLE”,

“ETB ESPERA”, “ETB DESEA”, y tiene asociado un valor o calificación que se alcanza en su

totalidad al cumplir con el requerimiento (no hay calificaciones intermedias por cumplimientos

parciales). Las condiciones calificables se identifican en cada numeral antecedidas por la expresión

[CALIFICABLE POR XX PUNTOS]. Así mismo, si la respuesta al requerimiento es evasiva, si no se

suministra la aclaración o explicación solicitada, o si a pesar de haberse expresado “CUMPLE”, la

respuesta recibida al requerimiento no se satisface total o parcialmente, o su cumplimiento se sujeta

a condición, el requerimiento se calificará con cero (0) puntos, pero no conlleva al descarte de la

oferta.





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3.3.2 ETB requiere que el oferente responda de forma completa los requerimientos del presente

documento utilizando componentes de hardware y software nuevos, aún cuando el oferente considere

viable reutilizar componentes ya existentes, para lo que tendrá la posibilidad de entregar una propuesta

alternativa utilizando componentes previamente instalados en la compañía, que será estudiada sólo

después de cumplir con todos los requerimientos de la propuesta básica. La propuesta alternativa debe

entregarse como oferta independiente (incluyendo, respuestas, anexos técnicos, anexos financieros y

demás documentos soporte relacionados con la misma), para lo cual será ponderada de igual forma que la

básica. Es importante resaltar que de reutilizar componentes ya existentes, se debe garantizar el

desempeño de la red, plataforma o elementos existentes.



3.3.3 El oferente debe mencionar explícitamente cuándo una funcionalidad o característica descrita no

viene implementada o no será entregada como parte de la solución, de lo contrario, ETB entiende que la

misma forma parte de la oferta y así será exigida.



3.3.4 Si la respuesta es referida a un catálogo o descriptivo técnico, éste debe ser entregado junto con la

oferta indicando el sitio del mismo en el que se localiza la correspondiente descripción, para su verificación.



3.3.5 Los documentos exigidos en el presente capítulo que no hayan sido aportados con la oferta, podrán

ser requeridos durante la etapa de estudio de ofertas. De no atenderse el requerimiento, se calificará como

NO CUMPLE.



3.3.6 La respuesta a las especificaciones técnicas debe mantener la numeración, con índice que

contenga la relación de todos los numerales y anexos que la conforman y debe ser presentada en dos

documentos impresos (original y copia). Además el oferente debe presentar una copia de la información

técnica en medio digital (en CD), formato no re-escribible y debidamente rotulado. El documento en CD

debe tener su índice de enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión.



3.3.7 Todos los documentos que integren la oferta deben ser redactados en idioma español, a excepción

de los que contengan información técnica, los cuales pueden ser presentados en inglés. Si se presenta

información técnica en idioma inglés y español conjuntamente, en caso de discrepancia prevalecerá la

información suministrada en español.



3.3.8 El oferente debe acompañar la oferta técnica con los mismos anexos solicitados en el capítulo

financiero incluyendo cada uno de los componentes y sus cantidades pero excluyendo los precios.



3.3.9 Durante el estudio de ofertas, ETB se reserva el derecho de solicitar a los oferentes una

presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos específicos de la propuesta, sin que sea posible

realizar modificaciones a la oferta presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas

oportunamente por ETB.



3.3.10 Las ofertas que cumplan los requerimientos mínimos obligatorios serán ponderadas y clasificadas,

tomando como referencia los requerimientos DESEABLES. ETB ha asignado un puntaje técnico máximo de

300 puntos para equipos Tipo I y II, y 200 puntos para los equipos Tipo III (Bogotá - 100 y Nacional - 100),

para un total de 500 puntos.



3.4 PRUEBAS



Protocolo de Pruebas Técnicas Previas a la Etapa de Negociación



3.4.1 Los proveedores que superen la etapa de evaluación de ofertas en su totalidad (jurídica, financiera y

técnicamente) deberán ejecutar el protocolo de pruebas técnicas descrito en el ANEXO 5 – PROTOCOLO

DE PRUEBAS EQUIPOS METRO ETHERNET. Además de probar las funcionalidades técnicas solicitadas

en el presente documento a cada uno de los equipos, ETB podrá incluir en el protocolo de pruebas

cualquier funcionalidad técnica que desee verificar y que se encuentre incluida en los manuales técnicos de

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los equipos entregados por el proveedor antes de culminar la etapa de evaluación de ofertas.



3.4.2 Todas las pruebas deben realizarse con el mismo Firmware. Cualquier modificación a éste implicará

el reinicio y verificación de todas las pruebas, por lo que solo será permitido un cambio máximo. De superar

la cantidad máxima de cambios antes de superar completamente las pruebas, el protocolo no será cumplido

por el oferente y por ende la oferta será descalificada.



3.4.3 Para la validación del correcto funcionamiento de características técnicas específicas que requieran

de estrés, saturación o límite de capacidad operativa del equipo y que no se puedan verificar en el

laboratorio de ETB, el oferente debe garantizar su funcionamiento mediante certificado emitido por la casa

matriz del equipo.



3.4.4 Durante el estudio de ofertas, ETB se reserva el derecho de solicitar a los oferentes una

presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos, sin que sea posible realizar modificaciones a la

oferta ya presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas oportunamente por ETB.



3.4.5 Las pruebas se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio de ETB ubicado en la central de

San José.





Pruebas De Aceptación Provisional (PAC - Provisional Acceptance Certification)



3.4.6 Las Pruebas de Aceptación Provisional son aquellas que se llevan a cabo para verificar que los

equipos, sistemas y demás elementos cumplen con los requisitos mínimos para puesta en servicio y se

realizan cuando (i) los equipos se instalan en la respectiva central/nodo a la que han sido asignados, (ii) la

plataforma de gestión se encuentra instalada y (iii) cuando el contratista haya manifestado que los equipos y

sistemas se encuentran listos para iniciar pruebas provisionales. Ver Anexo 3 – SERVICIOS DE

ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO.



3.4.7 La aceptación provisional para puesta en servicio de los equipos está condicionada a que los

equipos se encuentren total y completamente gestionado desde la plataforma de gestión y que la

documentación respectiva haya sido validada por ETB.



3.4.8 El contratista y ETB una vez firmada el acta de inicio del contrato revisarán en conjunto el protocolo

de pruebas de aceptación provisional en un tiempo no mayor a 30 días. Para la reunión de definición del

protocolo, el contratista debe haber enviado con 15 días de antelación el documento sugerido para cada

una de las tipologías de equipos relacionadas en el numeral 3.9.



3.4.9 Cada fase de pruebas debe contener los indicadores necesarios para determinar si la prueba en

cuestión fue aprobada o no. Estos indicadores serán definidos de acuerdo con las condiciones de la red de

ETB y en función del cumplimiento a las funcionalidades y capacidades contratadas considerando en

cualquier caso el peor escenario.



3.4.10 En caso de que existan fallas o pendientes que no impidan la entrada en servicio de los equipos,

ETB suscribirá el acta de aceptación provisional de los equipos, dejando constancia en ella de las fallas o

pendientes u observaciones que encontrase o hiciese, estableciéndose un plazo máximo de veinte (20) días

calendario para que el contratista las subsane. Antes de cumplidos los veinte (20) días el contratista

informará por escrito la fecha para revisar conjuntamente el levantamiento de las fallas o pendientes. Este

evento solo se podrá presentar una única vez, por lo que de ocurrir una nueva falla o pendiente se

procederá inmediatamente a aplicar las sanciones a que haya lugar y no se establecerán nuevos plazos.





Pruebas en Servicio







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3.4.11 El tiempo para las pruebas en servicio es de seis (6) meses, considerando como pruebas en

servicio aquellas mediante las cuales se verifica que los equipos instalados están trabajando con la

funcionalidad especificada y dentro de los parámetros de desempeño requeridos por ETB; basadas en la

operación con tráfico real resultante de la interconexión con las redes existentes de ETB. Las pruebas en

servicio iniciarán una vez se ha suscrito el acta de recibo provisional de los equipos, elementos y sistema de

gestión adquiridos (PAC - Provisional Acceptance Certification).



3.4.12 Una vez superada la etapa de pruebas en servicio, se procederá a suscribir el acta de recibo

definitivo (FAC - Final Acceptance Certification) de entrega de los equipos, elementos y sistema de gestión

adquiridos a entera satisfacción de ETB.



3.4.13 Las modificaciones requeridas para la solución de fallas durante las pruebas serán realizadas por el

contratista sin costo adicional para ETB de acuerdo a los tiempos de atención establecidos y a lo

mencionado en el ANEXO 3 - SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO. En caso de no

cumplirse con lo requerido, se procederá a aplicar las sanciones a que haya lugar.







3.5 SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO

REQUERIMIENTO MÍNIMO OBLIGATORIO





3.5.1 El contratista debe cumplir con lo con la totalidad de los requerimientos descritos en el ANEXO 3 -

SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO.







3.6 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO



3.6.1 El oferente debe cotizar dentro de los anexos financieros los servicios de soporte técnico y

entrenamiento, para lo cual se debe cumplir con la totalidad de los requerimientos y planteamientos

descritos en los anexos: ANEXO 7 – SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA EQUIPOS METRO

ETHERNET y ANEXO 9 – SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO. Este requerimiento es de obligatorio

cumplimiento desde el punto de vista de la oferta, sin embargo es claro que ETB una vez suscrito el

contrato los podrá adquirir opcionalmente.







3.7 SOLICITUD DE PEDIDOS



3.7.1 El contratista debe tener en cuenta que para la formalización de cada pedido por parte del

supervisor y en caso de estimarse necesario, éste puede solicitar una reunión de entendimiento técnico

para determinar los requerimientos específicos. Lo acordado en dicha reunión se consignará en un acta que

suscribirán las partes, en donde básicamente se acordará las cantidades por tipo de equipo y el precio de

los bienes y servicios asociados, conforme con lo previsto en el contrato.



3.7.2 El tiempo de entrega máximo de los bienes de producción extranjera será de 45 días para compra

DDP ó local y de 30 días para FCA.



3.7.3 En caso de ser requerido un elemento adicional a los cotizados, se tienen los 2 siguientes

escenarios y procedimientos de actualización de los anexos de precios unitarios:



3.7.3.1 Propietarios: Elementos desarrollados por el fabricante de los equipos como rack, subrack, tarjetas,

updates y upgrades entre otros, desarrollados en exclusividad por el fabricante de los equipos. El supervisor

podrá solicitar la cotización del mismo a través de una reunión de entendimiento técnico, la que debe ser

acompañada por la certificación de casa matriz en donde se especifique que el elemento es propietario a la



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solución, así como el(los) proveedor(es) o representante(s) que puede suministrar el elemento. En caso de

que el contratista no sea el único proveedor o representante para suministrar el elemento, se debe soportar

el proceso de adición de elementos con mínimo 2 cotizaciones más de los distribuidores relacionados por el

fabricante, siempre y cuando se cumpla con este criterio, de lo contrario con el distribuidor adicional. Para el

proceso descrito sólo se aceptarán los siguientes criterios para que un nuevo elemento pueda ser incluido

dentro del contrato:

 Que ETB requiera productos que no hayan sido contemplados dentro del contrato; pero que sus

características técnicas ofrezcan beneficios para el desarrollo del proyecto y los crecimientos

estimados de la red.

 Que el contratista libere productos que cuenten con características superiores a los ofertados y

que ETB considere son de su beneficio.



3.7.3.2 Genéricos: Elementos que puedan ser suministrados por otros proveedores (no propietarios y

sustentados bajo certificación de casa matriz) y que funcionalmente complementan la solución propuesta

como por ejemplo patch cord, conectores, y cables entre otros. El supervisor solicitará al contratista y

mínimo a 2 proveedores más la cotización del elemento, para realizar el estudio de mercado y negociación

que sustente la adición del elemento al listado de precios unitarios del contrato. El proceso descrito sólo se

aceptará bajo el siguiente criterio para que un nuevo elemento pueda ser incluido dentro del contrato:

 Que ETB requiera productos que no hayan sido contemplados dentro del contrato; pero que sus

características técnicas ofrezcan beneficios para el desarrollo del proyecto y los crecimientos

estimados de la red.



3.7.4 Para actualización o reemplazo de elementos se formalizará en la reunión de entendimiento técnico

y en ella misma se procederá a la definición de costos y negociación de descuentos.



3.7.5 El contratista, con el ánimo de realizar actualización del listado de precios unitarios, deberá entregar

una relación de costos, nuevos productos o versiones liberadas al mercado para cada uno de los

componentes a adquirirse durante el presente contrato. En todo caso, el precio final no podrá exceder el

pactado inicialmente en el contrato.







3.8 CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES



Los bienes a adquirir mediante la presente invitación deben cumplir con las siguientes condiciones de

calidad y correcto funcionamiento:



3.8.1 Los bienes ofertados a ETB serán nuevos y de primera calidad, no solo en su fabricación y en los

materiales que se utilicen sino también para resistir dentro de los rangos de temperatura, humedad y demás

condiciones solicitadas por ETB. El OFERENTE garantiza la calidad de los bienes suministrados, su

correcto y estable funcionamiento y conectividad, que interoperen e interfuncionen con las redes de ETB y

la realización de todas las funcionalidades solicitadas por ETB, siempre que se cumplan las condiciones

técnicas de operación recomendadas por él o por el fabricante.



3.8.2 Si los equipos adquiridos por ETB presentan fallas atribuibles al software, hardware o en sí mismo al

equipo, a los parámetros de pre-configuración y/o defaults de fábrica, o simplemente no realiza alguna de

las funcionalidades específicas aquí solicitadas, incluso estando ya instalados, el CONTRATISTA

reconocerá los gastos de mantenimiento correctivo asumidos y realizará las acciones respectivas,

incluyendo correctivos en sitio para los equipos que se encuentren instalados. En consecuencia, se obliga

durante un plazo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de recibo a satisfacción de los bienes, a

reemplazar sin costo alguno para ETB, y a su entera satisfacción, en un tiempo máximo de 45 días

calendario contados a partir de la comunicación que le curse ETB, todas aquellas unidades que resultaren

de mala calidad o con defectos de diseño y/o fabricación, cuyo funcionamiento no sea correcto o no realicen

alguna de las funcionalidades o compatibilidades contratadas. El Contratista asumirá así mismo el costo de

los daños y perjuicios que con ocasión de las fallas a que alude la presente cláusula cause a ETB, tales

como, los costos relativos a la atención de reclamos, descuentos ocasionados por incumplimiento a los

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acuerdos de niveles de servicio.



3.8.3 Se entiende por correcto funcionamiento lo siguiente:





 Que los bienes suministrados ejecuten las funciones que les son propias y para las cuales fueron

diseñados, libres de errores o defectos.

 Que los bienes suministrados sean aptos para el servicio para el cual fueron adquiridos y no existan

eventuales vicios de diseño, calidad y fabricación, que impidan su óptima utilización y su funcionamiento

idóneo y eficaz.

 Que los bienes suministrados cumplan con los requisitos mínimos definidos previamente por ETB para

su recibo y cumplan con las especificaciones oficiales publicadas por el fabricante.









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REQUERIMIENTOS TÉCNICOS





3.9 TIPOLOGÍAS DE LOS EQUIPOS

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS



3.9.1 Los equipos Metro Ethernet de acceso (objeto del presente RFP) deben garantizar su

interoperabilidad e interfuncionalidad con las redes descritas en el ANEXO 1 – ESTADO ACTUAL DE LAS

REDES DE ETB y los equipos de la red Metro Ethernet actual cuyas referencias son:

 Cisco Catalyst 4507R

 Huawei Quidway S6506R

 Huawei Quidway S6503

 Huawei Quidway S6502

 Huawei Quidway S9303

 Huawei Quidway S9306

 Huawei Quidway S9312

 Huawei Quidway S5300C Series

 Huawei Quidway S5300TP Series

 Huawei NE80E



3.9.2 La solución debe garantizar técnicamente la integración con las plataformas de gestión existentes,

para lo cual se debe cumplir con la totalidad de los requerimientos descritos en el ANEXO 6 –

PLATAFORMA DE GESTIÓN PARA EQUIPOS METRO ETHERNET, sin que esto implique impacto alguno

para los clientes de ETB.



3.9.3 Los equipos de acceso Metro Ethernet deben poder ser instalados en las siguientes topologías:

anillo, dual homing, estrella, bus o buses protegidos mediante interfaces de 1 Giga Ethernet con

configuración de protocolos de alta redundancia.



3.9.4 Todos los requerimientos solicitados deben cumplirse de acuerdo al estándar solicitado en cada

numeral, excepto en aquellos donde se especifique claramente la posibilidad de cumplir por medio de una

solución propietaria.



TIPO I: Equipos en edificios de ETB o centrales de Bogotá



3.9.5 Los equipos ofertados para Bogotá deben ser switches de capa 3 según el modelo OSI con un

mínimo de 2 puertos 10 Gbps ópticos, 60 puertos en interfaces Giga Ethernet en fibra hacia los clientes y 24

puertos eléctricos Fast/Giga Ethernet. Estos switches deben incluir todas las funcionalidades de

MetroEthernet (MEF) con enlaces de Uplink en interfaces 1xGigabit Ethernet y 10xGigabit Ethernet ópticas

en fibra monomodo.



3.9.6 Los puertos de Uplink Gigabit Ethernet deben soportar diferentes tipos de interface estándar (ej: SX,

LX o ZX) en referencia a la distancia.



3.9.7 Los equipos deben ser modulares y serán interconectados a los equipos Carrier Ethernet

actualmente instalados en la ciudad de Bogotá en las centrales de ETB (Referencia Huawei NE80E).







TIPO II: Equipos en nodos nacionales



3.9.8 Los equipos ofertados para la solución nacional deben ser switches de capa 3 según el modelo OSI

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que soporten módulos de puertos Fast Ethernet y Giga Ethernet. El equipo debe incluir todas las

funcionalidades Metro Ethernet (MEF) y deben contar por lo menos con 24 puertos en interfaces Giga

Ethernet en fibra y 48 puertos Fast/Giga Ethernet eléctricos para agregación de clientes. El equipo debe

contar con por lo menos dos interfaces de Uplink 1xGiga Ethernet ópticas en fibra monomodo y contar con

la posibilidad de instalar puertos (tarjetas) 1xGigabit Ethernet (ópticos o eléctricos) adicionales tanto para

agregación de clientes como también para Uplink.



3.9.9 Los equipos deben soportar la operación de todas sus interfaces a velocidad de línea para todo

tamaño de paquete, aún cuando estén trabajando con todos los servicios que puede tener configurados

como QoS, Multicast, filtros.



3.9.10 Estos equipos se interconectarán con los equipos Metro Ethernet actualmente instalados (Huawei

S650x, S930x y S530x), Carrier Ethernet (Huawei NE80E) o MPLS (Juniper serie SX y MX) a nivel nacional

en los nodos de ETB, para lo que se debe asegurar la correcta interoperabilidad de los equipos ofertados

con las plataformas relacionadas.



TIPO III: Anillos de Acceso



3.9.11 Los sitios estimados para instalar estos equipos son los concentradores remotos y clientes

corporativos, para lo que el oferente debe incluir la interconexión e interoperabilidad de equipos tipo I y II

interconectados en anillo, estrella, buses, buses protegidos o dual homing, mediante interfaces de 1 Giga

Ethernet. Los equipos deben soportar por lo menos 12 puertos Giga Ethernet en fibra y 12 puertos

Fast/Giga Ethernet eléctricos.



3.9.12 Serán instalados en topología anillo, estrella, bus, bus protegido o dual homing hacia los equipos

Tipo I y II, o a los equipos ya existentes, agregando DSLAM remotos o clientes corporativos. Los equipos

deberán contar con mecanismos de redundancia para las topologías mencionadas.







3.10 EQUIPOS TIPO I Y II

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS





3.10.1 Los equipos deben estar orientados a soluciones Metro Ethernet.



3.10.2 Los equipos deben cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic

Management Phase 1 (MEF 14).



3.10.3 Los equipos ofertados deben estar disponibles en el mercado actualmente (no podrán corresponder

a diseños y/o desarrollos futuros).



3.10.4 Los equipos ofertados deben ser modulares. Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de

necesitar ampliación de puertos para clientes o para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por

ejemplo esquema de licenciamiento para efectos de crecimiento en tarjetas y/o puertos).







3.10.5 La cantidad mínima de puertos debe ser la indicada, teniendo como base lo descrito en ANEXO 2 -

PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.



3.10.6 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.



3.10.7 Los puertos para agregación de clientes en cobre deben ser 100/1000BaseT con interface RJ-45 full

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dúplex de acuerdo con los estándares IEEE 802.3ab (Ethernet). Los puertos deben soportar auto

negociación.



3.10.8 Todos los puertos de 1 Gbps indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra deben

soportar interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo con el estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y

monomodo configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable) estándar.



3.10.9 Los puertos de 10 Gbps Ethernet deben cumplir con el estándar IEEE 802.3ae con fibras ópticas

multimodo y monomodo configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable) estándar.



3.10.10 Las características de los conectores de fibra deben ser estándar de las siguientes características,

con posibilidad de conectores SC, LC y FC:

 SFP 10 Km 1310 nm – fibra monomodo

 SFP 40 Km 1310 nm – fibra monomodo

 SFP 70 Km 1550 nm – fibra monomodo



3.10.11 Los equipos deben contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de Hardware

(módulos) del equipo “en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica

algún tipo de licenciamiento adicional (funcionalidades conocidas como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot

Switchover), caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.10.12 Los equipos deben contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de

los componentes del equipo, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se

debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional),

caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.10.13 Los equipos ofertados deben ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que

garantice una disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software.



3.10.14 Los equipos deben contar con redundancia en procesadora (main control board).



3.10.15 Los equipos deben contar con por lo menos 6 ventiladores redundantes.



3.10.16 Los equipos deben poder continuar su operación sin interrupción de ningún servicio ante la falla de

uno de sus ventiladores.



3.10.17 El oferente debe indicar el tiempo máximo para realizar el switchover de las tarjetas controladoras.



3.10.18 Los equipos deben contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply).

Especificar si la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada

exclusivamente para este fin.



3.10.19 Los equipos se deben alimentar a -48 VDC.



3.10.20 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2

- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.



3.10.21 Los equipos deben cumplir con los siguientes protocolos Capa 2 para efectos de redundancia: STP

(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia

garantizados para cada protocolo.



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3.10.22 La capacidad de Memoria RAM instalada por defecto en el equipo debe ser de por lo menos 512M.



3.10.23 Los equipos deben hacer Backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía FTP o

TFTP.



3.10.24 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de patches sin interrupción de ningún

servicio.



3.10.25 En caso de un Upgrade o parche fallido, el equipo debe contar con la posibilidad de realizar un

rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior bajo el sistema operativo inmediatamente

anterior.



3.10.26 Todos los puertos de los equipos deben ser Non-Blocking, todos los puertos (ópticos y eléctricos)

deben poder operar a máxima velocidad a la vez.



3.10.27 Todos los puertos de los equipos ofertados deben soportar transporte troncal de VLAN.



3.10.28 Los equipos deben soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).



3.10.29 Los equipos deben soportar Selective QinQ.



3.10.30 Los equipos deben tener la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una

interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).



3.10.31 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes), por

lo que debe sustentar su respuesta indicando cuál es el tamaño máximo de paquetes soportado por las

interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet respectivas.



3.10.32 Los equipos deben soportar Multicast VLAN Registration (MVR).



3.10.33 Los equipos deben contar con una funcionalidad técnica para suprimir el tráfico broadcast, multicast

y/o unicast desconocido.



3.10.34 Los equipos deben soportar listas de control de acceso.



3.10.35 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.



3.10.36 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131



3.10.37 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.



3.10.38 Los equipos deben soportar Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE 802.3ad.



3.10.39 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no

consecutivos y de diferentes tarjetas.



3.10.40 Los equipos deben soportar 802.3AB (Link Layer Discovery Protocol - LLDP)



3.10.41 Los equipos deben soportar la funcionalidad de VLAN Translation.

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3.10.42 Los equipos deben soportar completamente el protocolo IEEE 802.3ah.



3.10.43 Los equipos deben soportar completamente el protocolo IEEE 802.1ag.



3.10.44 Los equipos deben soportar el protocolo IGMPv1/v2/v3.



3.10.45 Los equipos deben poder transportar de forma transparente los siguientes protocolos: IPv4, IPv6,

OSPF, IS-IS, BGP, IPsec, ARP, RARP, RIPv1/v2, ICMP, ICMPv6.



3.10.46 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.



3.10.47 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.



3.10.48 Los equipos deben cumplir con el estándar IEEE 802.1p Layer 2 QoS.



3.10.49 Los equipos deben soportar marcas DSCP, ToS e IP Precedence.



3.10.50 Los equipos deben soportar SNMP v1/v2/v3.



3.10.51 Los equipos deben soportar limitar el ancho de banda por puerto.



3.10.52 Los equipos deben soportar limitar el ancho de banda por VLAN.



3.10.53 Los equipos deben cumplir con la norma RoHS (Restriction of Hazardous Substances Directive).



3.10.54 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y

ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS



3.10.55 El oferente debe suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.



3.10.56 El oferente debe suministrar las hojas de datos y los manuales de los equipos Tipo I y Tipo II

ofertados.



3.10.57 El oferente debe suministrar la información relacionada con todos los requerimientos de espacio y

energía que se requeriría para la correcta instalación de los equipos ofertados (por lo menos informar:

rangos de voltaje de operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo,

consumo de potencia promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).



3.10.58 El oferente debe suministrar la información relacionada con las características físicas de los

chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de rack, largo, ancho, alto, profundidad y peso).



3.10.59 El oferente debe suministrar la información relacionada con las condiciones físicas que soportan los

equipos, por lo menos informe: rango de temperatura de operación, rango de temperatura de

almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que soportan en operación y en almacenamiento,

disipación de calor y consumo de potencia y demás factores que considere importantes.



3.10.60 El oferente debe indicar el MTBF de cada uno de los componentes de los equipos Tipo I y II (chasis,

tipos de tarjetas, fuentes, etc).





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REQUERIMIENTOS DESEABLES





3.10.61 [CALIFICABLE _ 24] Los equipos soportan hasta 55.000 direcciones MAC diferentes.



3.10.62 [CALIFICABLE _ 48] Los equipos soportan hasta 80.000 direcciones MAC diferentes.



3.10.63 [CALIFICABLE _ 64] Los equipos soportan más de 80.000 direcciones MAC diferentes.



3.10.64 [CALIFICABLE _ 32] Los equipos cumplen con el estándar ITU Y.1731



3.10.65 [CALIFICABLE _ 16] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.

1731 (ETB acepta cómo válido un protocolo propietario), para lo cual debe indicar cómo realiza las

siguientes funcionalidades:





 Throughput

 Frame Loss

 Frame Delay

 Delay Variation (Jitter)



3.10.66 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cumplan con el estándar IEEE 802.17 Resilient

Packet Ring Working Group (RPRWG).



3.10.67 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cumplan con el estándar G.8032 (Ethernet Ring

Protection).



3.10.68 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten Virtual Router Redundancy Protocol

(VRRP) – RFC 3768.



3.10.69 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cuenten con la posibilidad de realizar upgrades sin

indisponibilidad de ninguno de los componentes del equipo, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los

servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de

licenciamiento adicional.



3.10.70 [CALIFICABLE _ 4] Es deseable que el equipo soporte el protocolo L2TP de acuerdo con el RFC

2661 (Layer two tunneling protocol).



3.10.71 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con

MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y

MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).



3.10.72 [CALIFICABLE _ 4] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos bajo un protocolo

propietario. Indicar cómo realiza la funcionalidad.



3.10.73 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de

los recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren

para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.







3.11 EQUIPOS TIPO III - BOGOTÁ

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS



Página 32 de 43

3.11.1 El equipo debe estar orientado a soluciones MetroEthernet.



3.11.2 El equipo debe cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic

Management Phase 1 (MEF 14).



3.11.3 El equipo debe estar disponible en el mercado actualmente (no podrán corresponder a diseños y/o

desarrollos futuros).



3.11.4 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2

- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.



3.11.5 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.



3.11.6 Todos los puertos indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra deben soportar

interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo al estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y monomodo

configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable).



3.11.7 Dentro de la gama de SFP o GBIC que se puedan implementar en los puertos ópticos de este

equipo debe estar los siguientes (siendo siempre estándar):

 Hasta 10 KM - 1310nm

 Hasta 40 KM - 1310nm

 Hasta 70 KM - 1550nm



3.11.8 El equipo debe contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de hardware (módulos)

“en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de

licenciamiento adicional (funcionalidad conocida como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot switcover), caso

en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.11.9 El equipo debe contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de sus

componentes, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se debe especificar

si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional, caso en el cual el

oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.11.10 El equipo ofertado debe ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que garantice

una disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software. El oferente debe certificar cómo

cumple con este requerimiento.



3.11.11 El equipo debe contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply). Especificar si

la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada exclusivamente para

este fin.



3.11.12 El equipo debe contar con redundancia de ventiladores.



3.11.13 El equipo debe cumplir con los siguientes parámetros:





Procesamiento (pps) 65 Mpps

Backplane (bps) 48 Gbps



3.11.14 El equipo debe cumplir con los siguientes protocolos capa 2 para efectos de redundancia: STP

(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia



Página 33 de 43

garantizados para cada protocolo.



3.11.15 El equipo debe soportar por lo menos 32.000 direcciones MAC diferentes.



3.11.16 El equipo debe soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).



3.11.17 El equipo debe contar con la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una

interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).



3.11.18 Todos los puertos del equipo ofertado deben soportar transporte troncal de VLAN.



3.11.19 Todos los puertos de cada una de las tarjetas que se puedan instalar en el equipo deben poder

subir a su máxima velocidad (Non Blocking)



3.11.20 El equipo debe soportar limitar ancho de banda por puerto.



3.11.21 El equipo debe soportar limitar ancho de banda por VLAN.



3.11.22 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes).

Indique cuál es el tamaño máximo de paquetes soportado por las interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet

respectivas.



3.11.23 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por puerto.



3.11.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.



3.11.25 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131



3.11.26 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.



3.11.27 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.



3.11.28 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.



3.11.29 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv4.



3.11.30 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv6.



3.11.31 Los equipos deben poder hacer backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía

FTP o TFTP.



3.11.32 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de parches sin interrupción de ningún

servicio.



3.11.33 En caso de un Upgrade o parche fallido, el equipo debe contar con la posibilidad de realizar un

rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior con el sistema operativo inmediatamente

anterior.





Página 34 de 43

3.11.34 Los equipos deben soportar completamente Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE

802.3ad.



3.11.35 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no

consecutivos y de diferente tarjeta.



3.11.36 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.3ah.



3.11.37 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.1ag.



3.11.38 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y

ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS



3.11.39 Los equipos deben alimentarse a 110 VAC ó -48 VDC



3.11.40 Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de necesitar ampliación de puertos para clientes o

para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por ejemplo tipos de tarjetas para los slots y esquema

de licenciamiento para efectos de crecimiento en puertos). ETB podrá requerir al oferente para que la

allegue o complete dentro de la etapa de estudio de ofertas.



3.11.41 El oferente debe suministrar la información de todos los requerimientos de espacio y energía que se

requeriría para la correcta instalación del equipo ofrecido (Por lo menos informe: rangos de voltaje de

operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo, consumo de potencia

promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).



3.11.42 Indique las características físicas de los chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de

rack, largo, ancho, alto, profundidad, peso, etc).



3.11.43 Indique las condiciones físicas que soportan los equipos, por lo menos informe: rango de

temperatura de operación, rango de temperatura de almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que

soportan en operación y en almacenamiento, y demás factores que considere importantes.



3.11.44 El oferente deberá suministrar la hoja de datos y los manuales del equipo ofrecido.



3.11.45 El oferente deberá suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.



3.11.46 Indique en una tabla el MTBF del equipo (chasis) ofrecido y de cada uno sus componentes (tarjetas

de línea, procesadora, fuente, etc).



REQUERIMIENTOS DESEABLES





3.11.47 [CALIFICABLE _ 24] Los equipos cumplen con el estándar la ITU Y.1731



3.11.48 [CALIFICABLE _12] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.

1731 (valido protocolo propietario), para lo cual debe indicar como realiza las siguientes funcionalidades:





 Throughput

 Frame Loss

 Frame Delay

 Delay Variation (Jitter)

Página 35 de 43

3.11.49 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte CWDM para optimizar la utilización de los

recursos de fibra óptica de ETB. Especifique cómo cumple con esta funcionalidad, la forma y elementos

adicionales que se requiere para poder implementar estos mecanismos.



3.11.50 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar IEEE 802.17 Resilient Packet

Ring Working Group (RPRWG).



3.11.51 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar G.8032 (Ethernet Ring

Protection).



3.11.52 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte upgrades sin indisponibilidad del equipo, ni

de sus componentes, ni de los servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta

funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional



3.11.53 [CALIFICABLE _8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con

MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y

MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).



3.11.54 [CALIFICABLE _4] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de los

recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren

para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.







3.12 EQUIPOS TIPO III - NACIONAL

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS





3.12.1 Los equipos deben estar orientado a soluciones MetroEthernet.



3.12.2 Los equipos deben cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic

Management Phase 1 (MEF 14).



3.12.3 Los equipos deben estar disponible en el mercado actualmente (no podrán corresponder a diseños

y/o desarrollos futuros).



3.12.4 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2

- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.



3.12.5 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.



3.12.6 Todos los puertos indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra, deben soportar

interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo al estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y monomodo

configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable).



3.12.7 Dentro de la gama de SFP o GBIC que se puedan implementar en los puertos ópticos de este

equipo debe estar los siguientes (siendo siempre estándar):

 Hasta 10 KM - 1310nm

 Hasta 40 KM - 1310nm

 Hasta 70 KM - 1550nm



3.12.8 Los equipos deben contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de hardware



Página 36 de 43

(módulos) “en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de

licenciamiento adicional (funcionalidad conocida como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot switcover), caso

en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.12.9 Los equipos deben contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de

sus componentes, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se debe

especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional), caso en

el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.12.10 Los equipos deben ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que garantice una

disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software. El oferente debe certificar cómo cumple

con este requerimiento.



3.12.11 Los equipos deben contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply).

Especificar si la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada

exclusivamente para este fin.



3.12.12 Los equipos deben contar con redundancia de ventiladores.



3.12.13 Los equipos deben cumplir con los siguientes parámetros:





Procesamiento (pps) 65 Mpps

Backplane (bps) 48 Gbps



3.12.14 Los equipos deben cumplir con los siguientes protocolos capa 2 para efectos de redundancia: STP

(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia

garantizados para cada protocolo.



3.12.15 Los equipos deben soportar por lo menos 32.000 direcciones MAC diferentes.



3.12.16 Los equipos deben soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).



3.12.17 Los equipos deben contar con la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una

interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).



3.12.18 Todos los puertos del os equipos deben soportar transporte troncal de VLAN.



3.12.19 Todos los puertos de cada una de las tarjetas que se puedan instalar en el equipo deben poder

subir a su máxima velocidad (Non Blocking)



3.12.20 Los equipos deben soportar limitar ancho de banda por puerto.



3.12.21 Los equipos deben soportar limitar ancho de banda por VLAN.



3.12.22 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes), para

lo cual se debe sustentar la respuesta indicando el tamaño máximo de paquetes soportado por las

interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet respectivas.



3.12.23 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por puerto.



Página 37 de 43

3.12.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.



3.12.25 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131



3.12.26 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.



3.12.27 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.



3.12.28 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.



3.12.29 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv4.



3.12.30 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv6.



3.12.31 Los equipos deben poder hacer Backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía

FTP o TFTP.



3.12.32 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de parches sin interrupción de ningún

servicio.



3.12.33 En caso de un Upgrade o parche fallido, los equipos deben contar con la posibilidad de realizar un

rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior con el sistema operativo inmediatamente

anterior.



3.12.34 Los equipos deben soportar completamente Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE

802.3ad.



3.12.35 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no

consecutivos y de diferente tarjeta.



3.12.36 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.3ah.



3.12.37 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.1ag.



3.12.38 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y

ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS



3.12.39 Los equipos deben alimentarse a 110 VAC ó -48 VDC



3.12.40 Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de necesitar ampliación de puertos para clientes o

para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por ejemplo tipos de tarjetas para los slots y esquema

de licenciamiento para efectos de crecimiento en puertos).



3.12.41 El oferente debe suministrar la información de todos los requerimientos de espacio y energía que se

requeriría para la correcta instalación del equipo ofrecido (Por lo menos informe: rangos de voltaje de

operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo, consumo de potencia

promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).



3.12.42 Indique las características físicas de los chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de



Página 38 de 43

rack, largo, ancho, alto, profundidad, peso, etc).



3.12.43 Indique las condiciones físicas que soportan los equipos, por lo menos informe: rango de

temperatura de operación, rango de temperatura de almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que

soportan en operación y en almacenamiento, y demás factores que considere importantes.



3.12.44 El oferente deberá suministrar la hoja de datos y los manuales del equipo ofrecido.



3.12.45 El oferente deberá suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.



3.12.46 Indique en una tabla el MTBF del equipo (chasis) ofrecido y de cada uno sus componentes (tarjetas

de línea, procesadora, fuente, etc).





REQUERIMIENTOS DESEABLES





3.12.47 [CALIFICABLE _24] Los equipos cumplen con el estándar la ITU Y.1731



3.12.48 [CALIFICABLE _12] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.

1731 (valido protocolo propietario), para lo cual debe indicar como realiza las siguientes funcionalidades:





 Throughput

 Frame Loss

 Frame Delay

 Delay Variation (Jitter)



3.12.49 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte CWDM para optimizar la utilización de los

recursos de fibra óptica de ETB. Especifique cómo cumple con esta funcionalidad, la forma y elementos

adicionales que se requiere para poder implementar estos mecanismos.



3.12.50 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar IEEE 802.17 Resilient Packet

Ring Working Group (RPRWG).



3.12.51 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar G.8032 (Ethernet Ring

Protection).



3.12.52 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte upgrades sin indisponibilidad del equipo, ni

de sus componentes, ni de los servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta

funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional



3.12.53 [CALIFICABLE _8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con

MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y

MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).



3.12.54 [CALIFICABLE _4] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de los

recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren

para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.







3.13 CALIDAD DE SERVICIO (QoS)

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS

Página 39 de 43

3.13.1 Los equipos deben contar con la funcionalidad de QoS jerárquico (A nivel de interface física a nivel

de VLAN y a nivel de clases etiquetadas).



3.13.2 Los equipos deben permitir la marcación de prioridades del tráfico por usuario, por grupos de

usuarios o por tipo de servicio (diferenciado por VLAN).



3.13.3 Los equipos deben soportar mecanismos de QoS que garanticen el correcto funcionamiento de

cualquier aplicación de voz o telefonía sobre IP. Explicar cuáles son estos mecanismos.



3.13.4 Los equipos deben soportar mecanismos de QoS que garanticen el correcto funcionamiento de

cualquier aplicación de TV Broadcasting o Video On Demand. Describa detalladamente los mecanismos

incluidos en los equipos ofrecidos.



3.13.5 Los equipos deben soportar control de ancho de banda máximo y mínimo en los puertos destinados

a la atención de clientes (Rate Limit).



3.13.6 Los equipos deben contar con características de manejo de tráfico (calidad, control de ancho de

banda, enrutamiento) de acuerdo a direcciones IP y puertos TCP/UDP.



3.13.7 Los equipos deben contar con la posibilidad de limitar la rata máxima de tráfico a intervalos de 64

Kbps en cada puerto en dirección al cliente.



3.13.8 Los equipos deben soportar Traffic Shaping (ingress and egress).



3.13.9 Los equipos deben soportar algoritmos necesarios para identificación y clasificación de tráfico,

manejo de colas, control de congestión, reserva de recursos en la red, que permitan dar tratamiento

diferenciado al tráfico entre usuarios y entre aplicativos o servicios. Explicar claramente cuáles son

soportados.



3.13.10 Los equipos deben permitir definir una calidad de servicio (QoS) por VLAN que permita ofrecer a un

mismo cliente diferentes calidades para diferentes tipos de tráfico, como mínimo 4 colas.



3.13.11 Los equipos deben soportar “tipo de servicio en IP” de acuerdo con el RFC 1349.



3.13.12 Los equipos deben soportar Scheduling de colas: WRR, SWRR, DRR, SP, WRR + SP y DRR + SP

que provean un mínimo ancho de banda configurable para cada cola así como CAR. Especificar el número

de colas soportado por interfaz de línea.



3.13.13 Los equipos deben soportar manejo de congestión Weighted Random Early Detection (WRED).



3.13.14 Los equipos deben soportar QoS basado en IEEE 802.1p, DSCP y CoS.



3.13.15 Los equipos deben contar con mecanismos para soportar clasificación de tráfico por VLAN, MAC

ADDRESS, IP, dirección origen y dirección destino en cada interfaz física y lógica (subinterfaces, etc.) del

equipo.



3.13.16 Los equipos deben soportar Class Based Weighted Fair Queing (CBWFQ)/Low Latency Queuing

(LLQ) y Shaping.



3.13.17 Los equipos deben soportar mapeo de parámetros de QoS de las VLAN que sean parte integral de

una VLAN troncal.

Página 40 de 43

3.13.18 Los equipos deben soportar Policy Based Routing (PBR).



3.13.19 Los equipos deben cumplir con los protocolos y estándares relacionados en ANEXO 4 –

PROTOCOLOS Y ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS







3.14 SEGURIDAD

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS





3.14.1 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad que garanticen la integridad de la

información almacenada en el dispositivo.



3.14.2 Los dispositivos deben implementar versiones seguras de los protocolos usados para backup y

restore de la configuración del dispositivo, así como para la realización de actualizaciones de firmware.



3.14.3 Los equipos deben garantizar que los usuarios que cursen tráfico por la red Metro Ethernet no

tengan acceso a la administración o información de los equipos.



3.14.4 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad apropiados para controlar adecuadamente

el acceso a la gestión de los mismos. Por favor especifique detalladamente todos los mecanismos de los

que se dispone para cumplir este requerimiento.



3.14.5 Los equipos deben contar con al menos tres niveles de acceso, para usuarios no privilegiados

(Usuarios con privilegios de solo lectura), usuarios con privilegio de lectura y escritura solo para actividades

de aprovisionamiento y diagnóstico, y usuarios privilegiados (Derechos de lectura y escritura total sobre la

configuración del equipo de acceso).



3.14.6 Los equipos deben soportar protocolos para autenticación de usuarios de gestión vía RADIUS (RFC

2865).



3.14.7 Los equipos deben poder almacenar los password de usuarios de administración locales de manera

segura (encriptado).



3.14.8 El equipo debe permitir la definición de password seguros para los usuarios de gestión almacenados

localmente. Se requiere que se cuente con mecanismos para forzar el cambio de password de manera

periódica mediante programación.



3.14.9 Los equipos deben soportar conexión a través de puerto seguro para la administración vía SSHv2

y/o https. Se requiere que las sesiones de gestión establecidas puedan ser controladas mediante definición

de time-out por sesión.



3.14.10 Los equipos deben soportar mecanismos para controlar el "L2 flooding". Situación en la cual el

tráfico cuya dirección MAC no se encuentre en la tabla de direcciones MAC del switch es reenviado a todos

los puertos y VLAN configurados en el equipo.



3.14.11 Los equipos deben contar con mecanismos para el control del tráfico Broadcast y Multicast que

pueda afectar el desempeño del dispositivo de la red o a los demás clientes. El oferente debe explicar en

detalle la operación y alcance de esta característica.



3.14.12 Los equipos deben soportar Autenticación de puerto dinámico IEEE 802.1x





Página 41 de 43

3.14.13 Los equipos deben soportar RMON, Herramienta para determinar la eficiencia mediante

estadísticas, históricos, alarmas y relación de acontecimiento.



3.14.14 Los equipos deben soportar DHCP Relay y soporte a la opción 82.



3.14.15 Los equipos que conforman la solución que atiendan clientes deben contar con la opción de

descartar información relacionada con protocolos STP, RSTP y MSTP (IEEE 802.1d, IEEE 802.1s y IEEE

802.1w).



3.14.16 Los equipos deben soportar mecanismos de control para evitar manipulaciones y/o ataques de STP

y/o RSTP. El oferente debe explicar en detalle la operación y alcance de esta característica.



3.14.17 Los equipos deben soportar VLAN Spanning tree Protocol (VSTP).



3.14.18 Los equipos deben contar con mecanismos para el control de suplantación de VLAN. Es decir,

cuando un cliente que ingresa a la red intenta alcanzar una VLAN a la que no pertenece o a la que

normalmente no debería tener acceso. (Switch spoofing o Double Tagging). El oferente debe explicar en

detalle la operación y alcance de esta característica.



3.14.19 Los equipos deben contar con la funcionalidad de Port Mirroring (1:1 Port Mirroring o N:1 Port

Mirroring)



3.14.20 Los equipos deben soportar la posibilidad de limitar el número de MAC aprendidas en cada puerto y

por VLAN. Esto con el fin de mitigar ataques relacionados con suplantación de direcciones MAC y/o llenado

de la tabla de direcciones MAC del switch. El oferente debe explicar en detalle la operación y alcance de

esta característica.



3.14.21 Los equipos deben contar con la funcionalidad de prevenir ataques DoS, DDoS y ARP.



3.14.22 Los equipos deben soportar aprovisionamiento automático (creación automática de VLAN).



3.14.23 Los equipos deben soportar la capacidad de habilitar o deshabilitar puertos vía gestión.



3.14.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso avanzadas. Especialmente listas de acceso

por VLAN.



3.14.25 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad que permitan controlar o mitigar ataques

de negación de servicio u otro tipo de tráfico malicioso a través de la red.



3.14.26 Los equipos deben soportar filtrado de tráfico a través de direcciones MAC.



3.14.27 Los equipos deben contar con mecanismos que permitan controlar y limitar el tráfico de protocolos

de capa dos generado por los clientes que puedan afectar a la red o a otros clientes. El oferente debe

explicar en detalle la operación y alcance de esta característica.



3.14.28 Los equipos deben incluir mecanismos de reportes, generación de alarmas o eventos y

sincronización de tiempo utilizando las versiones seguras de los protocolos comunes, tales como SNMPv3,

NTPv3 o SNTP v4, SYSLOG, etc.



3.14.29 Se requiere que los equipos cuenten con logs de auditoría y de fallos que registren las actividades

de los usuarios de gestión y del comportamiento del sistema respectivamente. Se requiere que estos logs

Página 42 de 43

puedan ser exportados a plataformas de análisis de eventos o SYSLOGs.







3.15 OTROS REQUERIMIENTOS

REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS





3.15.1 Los equipos deben ser administrables a través de una Interfaz de Línea de Comandos (Command

Line Interface - CLI) de manera local a través de un puerto serial o RJ45, y de manera remota a través de

protocolo Telnet.



3.15.2 Los equipos deben soportar autenticación centralizada.



3.15.3 Los equipos deben soportar IEEE 802.1ag (Connectivity Fault Management), Link Layer OAM (IEEE

802.3ah OAM) y Ethernet Local Management Interface (MEF 16 E-LMI). Indicar si esta funcionalidad se

implementa por software o por hardware. En el caso que sea por hardware mencionar las tarjetas y/o

accesorios necesarios para cumplir con la funcionalidad y si se requiere algún tipo de licenciamiento

adicional, caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.



3.15.4 Los equipos deben suministrar por lo menos las siguientes alarmas de falla: suministro de energía,

alta temperatura y estado de las fuentes de poder.





FIN DOCUMENTO









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