EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P.
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INVITACIÓN PÚBLICA No. 10153102
OBJETO
SUMINISTRO DE BIENES (HARDWARE Y SOFTWARE), LICENCIAMIENTO DE USO
DEL SOFTWARE PARA IMPLEMENTACIÓN DE UNA SOLUCIÓN METRO ETHERNET
QUE INTEROPERE E INTERFUNCIONE CON LAS REDES DE ETB QUE INCLUYA LA
PLATAFORMA DE GESTIÓN Y LOS SERVICIOS DE INSTALACIÓN,
CONFIGURACIÓN, PRUEBAS, PUESTA EN SERVICIO,Y OPCIONALMENTE, LOS
SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO
Agosto de 2010
CAPITULO I............................................................................................................................................. 4
1 PRECISIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES...................................................................................... 4
1.1 OBJETO ......................................................................................................................................... 4
1.2 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN......................................................... 4
1.3 VALOR Y ENTREGA DE TÉRMINOS DE REFERENCIA .......................................................................... 4
1.4 ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ............................................ 4
1.5 PAGO DE TÉRMINOS E INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES ................................................................... 5
1.6 LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS .......................................................... 5
1.7 GARANTÍA DE SERIEDAD ................................................................................................................ 5
1.8 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ESTUDIO DE LAS OFERTAS .............................................................. 6
1.9 NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN ..................................................................................................... 6
1.10 AJUSTES PRESUPUESTALES ........................................................................................................... 7
1.11 ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO ............................................................................. 7
1.12 PRÓRROGAS ................................................................................................................................ 7
1.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO ........................................................................................... 8
1.14 GARANTÍAS ................................................................................................................................. 8
1.15 TERMINACIÓN DEL CONTRATO ..................................................................................................... 9
1.16 MULTAS....................................................................................................................................... 9
1.17 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO - ANS .................................................................................... 9
1.18 CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA ............................................................................................. 9
1.19 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO ...................................................................................................... 9
CAPITULO II .......................................................................................................................................... 10
2 CONDICIONES FINANCIERAS............................................................................................................ 10
2.1 PRECIOS......................................................................................................................................... 10
2.2 VALOR DE LA OFERTA ................................................................................................................... 10
2.3 CUBRIMIENTO DE LA OFERTA ....................................................................................................... 11
2.4 IMPUESTOS Y FACTURACION ........................................................................................................ 12
2.4.1 IMPUESTO A LAS VENTAS ............................................................................................................. 12
2.4.2 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A
PROVEEDORES NACIONALES................................................................................................................. 12
2.4.3 RETENCIÓN A TITULO DE IVA EN CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CELEBRADOS CON NO
RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................................................................... 12
2.4.4 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PROVEEDORES NO
RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................................................................... 12
2.4.5 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA APLICABLE A SERVICIOS
TÉCNICOS PRESTADOS POR NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA ....................................... 12
2.4.6 RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE ............................................................................ 13
2.5 REQUISITOS EN LA FACTURACION ................................................................................................. 13
2.6 CONDICIONES GENERALES .............................................................................................................. 14
2.6.2 PROVEEDOR NACIONAL: .............................................................................................................. 15
2.7 FORMA DE PAGO ......................................................................................................................... 15
2.8 ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS .............................................................................................. 18
2.9 REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN MAYORES
VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO ............................................................................. 18
Página 2 de 43
2.10 RESPUESTA PUNTO A PUNTO ..................................................................................................... 18
2.11 SISTEMA DE EVALUACIÓN FINANCIERA DE LAS OFERTAS.............................................................. 19
2.12 PONDERACION ECONÓMICA DE LAS OFERTAS ............................................................................. 19
3.1 OBJETIVO .................................................................................................................................... 21
3.2 ALCANCE ..................................................................................................................................... 21
3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS...................................... 21
3.4 PRUEBAS ..................................................................................................................................... 22
3.5 SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO................................................................. 24
3.6 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO .................................................................. 24
3.7 SOLICITUD DE PEDIDOS ................................................................................................................ 24
3.9 TIPOLOGÍAS DE LOS EQUIPOS....................................................................................................... 27
3.10 EQUIPOS TIPO I Y II .................................................................................................................... 28
3.11 EQUIPOS TIPO III - BOGOTÁ........................................................................................................ 32
3.12 EQUIPOS TIPO III - NACIONAL ..................................................................................................... 36
3.13 CALIDAD DE SERVICIO (QOS) ...................................................................................................... 39
3.14 SEGURIDAD ............................................................................................................................... 41
3.15 OTROS REQUERIMIENTOS .......................................................................................................... 43
Página 3 de 43
CAPITULO I
1 PRECISIÓN A LAS CONDICIONES GENERALES
1.1 OBJETO
La EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P. en adelante ETB, está interesada en
recibir ofertas para contratar el suministro de bienes (hardware y software), licenciamiento de uso del
software para implementación de una solución Metro Ethernet que interopere e interfuncione con las redes
de ETB, que incluya la plataforma de gestión y los servicios de instalación, configuración, pruebas, puesta
en servicio, y opcionalmente, los servicios de soporte técnico y entrenamiento, de conformidad con las
condiciones previstas en el presente documento, en el Manual de Contratación y las Condiciones Generales
de Contratación de ETB vigentes, los cuales deben ser consultados en la página Web www.etb.com.co
El contrato se ejecutará con base en pedidos que formule ETB a través del supervisor del contrato, sin que
se obligue a cursar un número determinado de ellos ni una cantidad determinada en los que formule, pues
depende de sus requerimientos puntuales. El precio del eventual contrato que llegare a suscribirse será
estimado, y el cupo de recursos que se le asignen podrá o no agotarse. El oferente acepta esta condición
con la presentación de la oferta, y en consecuencia, renuncia a intentar reclamación alguna con ocasión de
ella, cualquiera fuere el resultado de la ejecución contractual.
No se acepta la presentación de ofertas parciales.
Esta invitación no constituye oferta mercantil.
1.2 INVALIDEZ DE INFORMACIONES PREVIAS A ESTA INVITACIÓN
La información contenida en este documento sustituye totalmente aquella que pudiere haberse suministrado
con anterioridad a esta invitación.
1.3 VALOR Y ENTREGA DE TÉRMINOS DE REFERENCIA
Los términos de referencia tendrán un valor no reembolsable de $927.000,00 y serán entregados a partir del
24 de agosto de 2010, en la Gerencia de Adquisiciones y Suministros, ubicada en la Carrera 7 No. 20 – 99,
2° piso, previa consignación de su valor únicamente en cheque de gerencia o en efectivo en la cuenta de
Ahorros No. 22006272030-5 del Banco Popular. Igualmente podrán ser consultados en la página Web
www.etb.com.co
Si el interesado en participar no atiende el medio de pago previsto anteriormente, y opta por realizar
transacción electrónica de fondos, asume las consecuencias del resultado de la operación aún en el evento
en que la oferta hubiera sido recibida por el Equipo de Compras respectivo. En efecto, si la transferencia es
rechazada al momento de realizarla o posteriormente, cualquiera fuere el motivo del rechazo, la oferta no
será considerada. El oferente acepta esta condición y renuncia a intentar reclamación alguna con ocasión
de haber intentado un pago que no se realizó.
1.4 ACLARACIONES O MODIFICACIONES A LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA
Podrá requerirse aclaraciones o modificaciones respecto del contenido de este documento, mediante
solicitud escrita dirigida a la Gerencia de Adquisiciones y Suministros, ubicada en la carrera 7 No. 20 – 99, 2°
piso, dentro de los 8 días hábiles siguientes a la fecha señalada en el numeral anterior.
ETB dará respuesta escrita a las solicitudes recibidas, dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento
del plazo previsto en el párrafo anterior.
Página 4 de 43
Las aclaraciones y modificaciones serán publicadas en la página Web de ETB www.etb.com.co
1.5 PAGO DE TÉRMINOS E INSCRIPCIÓN DE PROVEEDORES
Será requisito para presentar oferta, haber cancelado el valor de los términos de referencia. El no pago será
causal de no recibo de la oferta o de descarte de la misma, si aquella se hubiere recibido bajo el entendido
de haberse realizado aquel, conforme a lo previsto en el numeral 1.3.
Será requisito para celebrar el contrato que resulte de la presente invitación, la inscripción en la base de
datos de proveedores de ETB. Los requisitos de inscripción se pueden consultar en la página Web de ETB.
1.6 LUGAR, FECHA Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se recibirán en la Gerencia de Adquisiciones y Suministros de ETB, ubicada en la Cra. 7 Nº 20-
99 Piso 2 el 13 de septiembre de 2010 a las 10 horas en los términos del artículo 829 del Código de
Comercio.
La oferta deberá presentarse por escrito en 3 paquetes sellados y rotulados, que contengan en forma
separada la información jurídica, económica y técnica; cada uno de ellos en original y 1 copia de un mismo
tenor, numeradas en forma continua con un índice que contenga una relación de todos los capítulos,
formatos y anexos que la conforman, señalando el número de página donde se localizan. Además, el
oferente deberá presentar una copia en medio digital CD-R de la información técnica de la oferta en formato
no re-escribible debidamente rotulado. El documento en medio digital debe tener en su índice enlaces o
hipervínculos que faciliten su revisión. En caso de contradicción entre la información contenida en la copia
del medio magnético y la copia física, prevalecerá la información de la copia física.
El líder del proceso de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros levantará un acta en la cual dejará
constancia de las propuestas recibidas con el nombre del oferente, fecha y hora de recibo.
El oferente deberá diligenciar el anexo Nº 1 de este capítulo, el cual deberá suscribirse por el
representante legal o apoderado debidamente constituido. En el caso de ofertas conjuntas, las
declaraciones contenidas en el documento suscrito por el representante de la respectiva asociación
se entenderá referido a todas las personas que la integran.
Las observaciones o sugerencias que efectúe el oferente en relación con aspectos jurídicos, financieros o
técnicos, deberán consignarse en el acápite de la oferta que desarrolle cada capítulo. De localizarse en sitio
diferente dentro de la oferta, no serán consideradas.
1.7 GARANTÍA DE SERIEDAD
Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá constituir garantía o póliza expedidas por una
entidad bancaria o compañía de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en la que
figure como asegurado/beneficiario la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S.A. E.S.P., otorgada a
favor de particulares, por un valor asegurado de CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES DE PESOS
($173.000.000,00)
La póliza debe acompañarse de las condiciones generales del contrato de seguro y del comprobante
de pago de prima.
La garantía debe estar vigente por un periodo de 3 meses a partir de la fecha establecida para la
presentación de ofertas. Cuando los plazos fijados en el presente documento sean prorrogados, el oferente
se obliga a ampliar la vigencia de la póliza hasta la fecha a la cual se desplaza la firma del contrato.
Página 5 de 43
1.8 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ESTUDIO DE LAS OFERTAS
Durante la etapa de estudio de las ofertas, ETB podrá solicitar al oferente las aclaraciones y explicaciones
que estime necesarias, sin que con ocasión de las mismas éste pueda adicionar o modificar las condiciones
de su oferta. Las solicitudes de ETB y las respuestas del oferente deberán constar por escrito.
El oferente deberá dar respuesta a estas solicitudes dentro los 2 días hábiles siguientes al recibo de la
comunicación en tal sentido.
ETB realizará el estudio de las ofertas dentro de los 45 días hábiles siguientes a su recibo, plazo que se
distribuirá así: 15 días hábiles para los estudios jurídico, económico y técnico. 30 días hábiles para la
realización de las pruebas de laboratorio a que alude el numeral 3.4 del presente documento, a los equipos
de las ofertas que resulten hábiles luego de los mencionados estudios.
1.9 NEGOCIACIÓN Y ADJUDICACIÓN
ETB podrá adelantar una etapa de negociación dentro de los 8 días hábiles siguientes al vencimiento de la
etapa prevista en el numeral anterior, con el propósito de obtener ventajas económicas o competitivas,
plazo dentro del cual se estudiarán las contraofertas, si a éstas hay lugar.
Dentro de los primeros 4 días hábiles se efectuará la negociación técnica de las ofertas que hayan superado
satisfactoriamente las pruebas mencionadas en el numeral anterior y hayan obtenido los 5 mayores
puntajes en las evaluaciones, sumado el técnico y el económico. En caso que haya empate en el 5º mayor
puntaje, se negociarán todas las ofertas empatadas. Conforme con lo anterior, es posible que un mismo
oferente participe en la negociación con una oferta básica y una alternativa, por estar ambas ubicadas en
los 5 mayores puntajes.
Al iniciar la negociación técnica, ETB informará a cada oferente las correcciones aritméticas realizadas por
ETB a su o sus ofertas con las cuales esté participando. Los puntajes técnicos obtenidos en la etapa de
estudio de las ofertas no serán objeto de modificación y no serán informados.
La negociación económica, a la cual acudirán los oferentes con quienes se haya realizado la técnica,
tendrá lugar dentro de los 4 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo previsto para la negociación
técnica. El sistema de negociación podrá ser el previsto en el inciso segundo del artículo 20 del Manual de
Contratación de ETB.
La audiencia se realizará con sujeción a las siguientes reglas:
i. ETB informará por escrito la fecha, hora y lugar en que se realizará la audiencia, a la cual podrán asistir
únicamente el representante legal del oferente o su apoderado debidamente constituido, acreditado y
facultado para adoptar decisiones, y máximo dos personas más.
Así mismo, informará el factor de conversión para las ofertas presentadas en modalidad FCA (cálculo de
los gastos de logística incluidos los tributos aduaneros para poner los bienes en el territorio
nacional). Durante la negociación, para efecto de comparación de precios de las contraofertas, el precio
ofertado FCA se incrementará en el valor correspondiente a dicho porcentaje.
ii. Es decisión de cada oferente presentar o no postura, pero no será posible retirarla una vez presentada.
En caso de no presentar o no ser entregada en tiempo, se tomará como base para efectos de evaluación,
la última postura presentada o la oferta inicial, según el caso.
iii. El oferente interesado en presentarla, deberá proponer un mejor precio de la oferta hábil de menor precio
o de la postura presentada en la ronda anterior, según el caso, información que será suministrada a los
participantes en forma previa a la presentación de la postura en la respectiva ronda.
iv. Las posturas no podrán contener precios unitarios superiores a los ofertados inicialmente o en la postura
anterior, aún cuando el valor total de la oferta resulte inferior. En caso de presentarse esta situación, ETB
Página 6 de 43
ajustará el precio unitario respectivo, con base en la oferta inicial o la postura anterior y como producto
de ello efectuará la corrección del precio total de oferta.
v. Las posturas serán recibidas en medio digital (CD), diligenciando los mismos anexos financieros de la
oferta inicial. En presencia de los asistentes se imprimirán y se suscribirán por el Representante Legal o
su apoderado. La postura que no sea entregada en el tiempo establecido no será tenida en cuenta.
vi. El CD y el documento impreso se entregará en sobre cerrado al delegado del Equipo de Estudios
Económicos de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros para la evaluación financiera en cada ronda.
vii. Efectuada la determinación del precio final de la oferta, en cada ronda, se eliminará al oferente que
obtenga el menor puntaje, sumados el técnico y el económico. El oferente descalificado no podrá
continuar en la negociación, salvo que esté participando con dos ofertas, caso en el cual continuará con
la otra. Si existe empate entre dos o más ofertas, no se descalificará ninguna
viii. Finalizadas las rondas, se anunciarán los puntajes técnicos y los económicos obtenidos como resultado
de la última postura.
ix. ETB podrá abstenerse de adjudicar. La oferta favorecida será la que obtenga el mayor puntaje, sumados
el técnico y el económico. En el evento de un empate, se preferirá la oferta que haya obtenido el mayor
puntaje económico. Si existe empate en ambos puntajes, se solicitará una nueva contraoferta a los
oferentes empatados hasta obtener un mejor precio.
x. La decisión de adjudicación se comunicará en la audiencia o por escrito dentro de los 2 días siguientes a
su realización y será publicada en la página Web www.etb.com.co.
xi. ETB podrá suspender la audiencia si lo considera necesario, caso en el cual, se señalará fecha y hora
para su reanudación.
xii. En caso que no proceda la conformación dinámica de ofertas, la adjudicación se hará dentro de los 5
días hábiles siguientes a la negociación o del recibo de la decisión en la Gerencia de Adquisiciones y
Suministros, si aquella no se realizó.
1.10 AJUSTES PRESUPUESTALES
De ser necesario, ETB, a través del soporte administrativo correspondiente, realizará los ajustes
presupuestales requeridos, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la adjudicación.
1.11 ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El contrato deberá suscribirse dentro de los 11 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de
adjudicación en el equipo jurídico, plazo que se distribuirá así: (i) Para su elaboración: 6 días hábiles; (ii)
para firma por parte del apoderado de ETB, 2 días hábiles. (iii) Para su suscripción por parte del contratista:
3 días hábiles siguientes al recibo de la comunicación que le curse el Equipo de Compras de la Gerencia de
Adquisiciones y Suministros de ETB.
1.12 PRÓRROGAS
Los plazos establecidos en el presente capítulo podrán ser prorrogados antes de su vencimiento por el
tiempo que ETB considere conveniente. Para el cómputo de los mismos, el sábado se considera día no
hábil.
Página 7 de 43
1.13 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato será de 2 años, contado a partir de la orden escrita de su inicio, previa
aprobación de los certificados de seguro.
El plazo para formulación de pedidos por parte de ETB será de 10 meses, a partir de la fecha en la que se
imparta dicha orden.
El plazo de entrega de los bienes correspondientes a cada pedido es de 45 días si la modalidad de entrega
es DDP o local, y de 30 si es FCA. El plazo para la prestación de los servicios de instalación, configuración,
pruebas y puesta en servicio se definirá por el supervisor del contrato en cada pedido, pero no podrá
exceder de xxx.
En el evento en que ETB opte por contratar los servicios de entrenamiento y soporte técnico, o al plazo
señalado en el párrafo primero se le sumará 1 año, contado a partir del recibo definitivo.
1.14 GARANTÍAS
El Contratista deberá amparar los siguientes riesgos conforme con lo previsto en el parágrafo 2º del artículo
24 y Anexo C del nuevo Manual de Contratación de ETB:
(i) CUMPLIMIENTO: Por un valor asegurado del 20% del precio del contrato antes de IVA, vigente
desde la firma del contrato hasta la fecha de liquidación del mismo.
(ii) SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor
asegurado del 5% del precio de los servicios contratados antes de IVA, vigente por el plazo de
ejecución del contrato y 3 años más.
(iii) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: Vigente por el plazo de ejecución del contrato.
Su valor asegurado será del 15% del precio del contrato antes de IVA, hasta el recibo definitivo. En
caso de contratarse los servicios de entrenamiento y soporte técnico, a partir de dicho recibo se
reducirá, calculando su valor sobre el precio de los servicios antes de IVA hasta la terminación del
contrato. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que pueda iniciar ETB contra el contratista por los
daños que no se hallen cubiertos por este amparo y las que instauren los terceros contra ella.
(iv) CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Por un valor asegurado del 20% del precio de los
bienes y del licenciamiento de uso del software antes de IVA, vigente durante 2 años, contados a
partir de la fecha de recibo definitivo y su constitución será requisito para la suscripción del acta de
correspondiente.
(v) SUMINISTRO DE REPUESTOS: Por un valor asegurado del 10% del precio de los bienes antes de
IVA, vigente durante 5 años contados a partir del recibo definitivo de los mismos y su constitución
será requisito para la suscripción del acta de correspondiente.
Para la obtención de los primeros certificados de seguro de que trata el “INSTRUCTIVO PARA LA
EXPEDICIÓN DE GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL
EXTRACONTRACTUAL (Anexo C del Manual de Contratación), dentro de los 3 días hábiles siguientes a la
entrega del contrato firmado, el Contratista deberá suministrar a la Unidad de Expedición del Asegurador y
el Intermediario, ubicada en la Carrera 8ª No. 20-56, 9° piso, Gerencia de Riesgos y Seguros, los
documentos mencionados en el Numeral A del citado instructivo.
Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la comunicación al contratista de la asignación del cupo de seguro,
deberá remitir los documentos señalados en el numeral C del mencionado instructivo. Si ya tiene asignado
el cupo, los certificados de seguro deberán solicitarse dentro de los 2 días hábiles siguientes a la entrega
del contrato firmado.
Los certificados de seguro que se requieran en caso de prórroga o adición del contrato, deberán obtenerse
dentro de los 2 días hábiles siguientes al del respectivo acuerdo.
Página 8 de 43
1.15 TERMINACIÓN DEL CONTRATO
No obstante lo previsto en el numeral 1.13, el contrato terminará por las causales legales o por las
siguientes: (i) Por mutuo acuerdo. (ii) Unilateralmente por ETB, en cualquier tiempo, dando aviso al
Contratista con una antelación mínima de 30 días calendario, sin que por esto haya lugar a indemnización
alguna. ETB solo pagará al Contratista las sumas correspondientes a los bienes y servicios recibidos a
satisfacción, correspondientes a pedidos cursados en forma previa al aviso de terminación.
1.16 MULTAS
En el evento de mora en el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones no sujetas a Acuerdos de
Niveles de Servicios, ETB podrá imponer al contratista multas equivalentes al 1.5% del precio de la parte
incumplida del correspondiente pedido por cada semana de atraso o proporcional por fracción, sin perjuicio
de la aplicación de la cláusula penal compensatoria. El valor total de las multas no excederá el 20% del
precio del contrato.
1.17 ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO - ANS
Por incumplimiento a los Acuerdos de Niveles de Servicio –ANS, de los servicios de soporte técnico, en
caso de contratarse estos últimos, ETB dará aplicación a lo establecido en el anexo 7 del Capítulo 3 del
presente documento.
1.18 CLÁUSULA PENAL COMPENSATORIA
En caso de incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones del contratista, ETB podrá
aplicar a su cargo una cláusula penal compensatoria cuyo monto será del 20% del precio del contrato si el
incumplimiento es total y proporcional si es parcial. La pena no exime del cumplimiento de la obligación
principal ni del pago de los perjuicios que superen el valor de este porcentaje.
1.19 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se liquidará por las partes dentro de los 4 meses siguientes a su terminación.
Página 9 de 43
CAPITULO II
2 CONDICIONES FINANCIERAS
En atención a que el contrato se ejecutará mediante la administración de un cupo de recursos económicos
asignado a este proyecto, las siguientes son las precisiones a las condiciones financieras aplicables a la
presente contratación, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente
documento.
El cupo de recursos asignado a la presente contratación es hasta la suma de mil dos millones veinte dos mil
trescientos sesenta y tres pesos colombianos ($1.002.022.363) incluido IVA.
2.1 PRECIOS
ETB solicita que los bienes y servicios que hacen parte de la presente contratación sean cotizados bajo el
sistema de precios unitarios fijos netos, de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el
presente documento. Los precios cotizados permanecerán fijos durante el plazo de ejecución del contrato,
por lo tanto no estarán sujetos a reajustes por ningún motivo, a excepción del suministro y servicio de
instalación de repuestos, en caso de llegar a contratarse.
Suministro de repuestos:
Para efecto de la realización de compras futuras de repuestos durante el período de vigencia de la garantía
de suministro de repuestos pactada, el proveedor deberá especificar en su oferta si los precios consignados
en el anexo financiero correspondiente permanecerán fijos o serán variables y, en el último caso, deberá
señalar la respectiva fórmula de reajuste, la cual tendrá los siguientes topes:
Para repuestos cotizados en moneda extranjera: IPC del país de origen de los bienes, entre la fecha de
recibo definitivo de los bienes y la fecha de realización de la compra futura.
Para la aplicación de reajustes de precios ETB tomará el menor porcentaje que resulte entre la aplicación
de la fórmula de reajuste y los topes máximos de reajustes de precios, para la fracción de año se tomará
proporcional al número de meses y de días.
En el evento de aplicación de la fórmula, el proveedor deberá, junto con la factura correspondiente, anexar
los boletines oficiales donde se indiquen los índices relacionados en su fórmula.
Servicio de instalación de repuestos:
El oferente deberá presentar oferta a precios unitarios fijos netos, de conformidad con las especificaciones
técnicas contenidas en el presente documento. Los precios cotizados por el oferente permanecerán fijos
durante el primer año de ejecución de contrato. Para el segundo año de ejecución del mismo, los precios
podrán ser revisados de común acuerdo pudiendo estos disminuir, quedar iguales o aumentar; para el
último caso, el precio no podrán exceder el Índice de Precios al Consumidor a nivel Nacional para la
República de Colombia del año inmediatamente anterior, certificado por el DANE (Departamento
Administrativo Nacional de Estadística).
Serán por cuenta del contratista, y se consideran incluidos como parte del precio, todos los impuestos,
derechos, tasas y contribuciones de cualquier orden, vigentes a la fecha de suscripción del contrato. Si
durante su ejecución los impuestos aumentan o se crean nuevos serán asumidos por quien corresponda de
acuerdo con la Ley; si disminuyen o se suprimen se pagará sobre lo efectivamente causado.
De todo pago o abono en cuenta, ETB hará las retenciones de ley a que haya lugar.
2.2 VALOR DE LA OFERTA
Para la presentación de la oferta, los oferentes deberán diligenciar en su totalidad los siguientes anexos
financieros, de acuerdo con las condiciones técnicas contenidas en el presente documento para los
siguientes escenarios de evaluación. En caso que el oferente no cotice la totalidad de los anexos solicitados,
su oferta será descartada.
Página 10 de 43
ESCENARIO 1: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,
configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos
incluido en el servicio de soporte técnico)
ESCENARIO 2: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,
configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos
aparte del servicio de soporte técnico).
En el evento que el oferente presente una oferta técnica alternativa, deberá diligenciar los anexos
financieros que se modifican, especificando en cada uno de ellos que se trata de la oferta alternativa.
2.2.1 OFERENTE EXTRANJERO
Anexo N° 1: Relación de precios para Bienes de importados, suministrados bajo la modalidad de
entrega FCA (Bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de entrega
convenida en el país de exportación).
Anexo N° 2: Relación de precios para Bienes importados, suministrados bajo la modalidad de
entrega DDP (Sitios de instalación)
Anexo N° 3: Relación de precios para los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta
en servicio
Anexo N° 4: Relación de precios para Entrenamiento
Anexo N° 5: Relación de Precios para Servicios de Soporte Técnico
Anexo N° 6: Cuadro Resumen del Valor estimado de la Oferta FCA y DDP
Anexo N° 7: Cuadro de Pesos y Volúmenes de los Bienes de Producción Extranjera suministrados
bajo la modalidad de entrega FCA, incluido el empaque y embalaje
2.2.2. OFERENTE NACIONAL
Anexo N° 8: Relación de precios para Bienes de Producción Extranjera suministrados localmente
Anexo N° 3: Relación de precios para los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta
en servicio
Anexo N° 4: Relación de precios para Entrenamiento
Anexo N° 5: Relación de Precios para Servicios de Soporte Técnico
Anexo N° 9: Cuadro Resumen del Valor estimado de la Oferta de venta local
NOTA 1 : Las cantidades incluidas en los Anexos Financieros son estimadas, y serán utilizadas solamente
para efectos del cálculo del valor estimado de la oferta, por lo tanto en ejecución del contrato éstas podrán
aumentar o disminuir en función de los requerimientos de ETB. ETB no se obliga a solicitar una cantidad
determinada ni una cantidad mínima de las mismas.
NOTA 2: Todos los anexos deberán ser suministrados tanto en forma impresa como en medio
magnético, utilizando el formato en Excel suministrado para tal fin. De presentarse discrepancias entre
la información suministrada en medio físico (papel) y la entregada en medio magnético, prevalecerá la
información suministrada en medio físico (papel).
2.3 CUBRIMIENTO DE LA OFERTA
El oferente deberá revisar detenidamente las especificaciones técnicas de los bienes y servicios y en
general lo exigido en la presente invitación y tenerlo en cuenta al elaborar su oferta. Es entendido que en el
valor de la oferta quedan incluidos todos los costos directos e indirectos, bienes, elementos, unidades,
módulos, materiales, honorarios, viáticos, transporte; así como los gastos que deberá hacer el proveedor
en la ejecución contractual y otros que graven capital, renta y en general todo cuanto sea necesario y
conveniente para dar cabal cumplimiento al contrato. De manera que aquellos costos, gastos, bienes,
honorarios, elementos, viáticos, transporte, material y demás egresos no previstos en la propuesta no serán
asumidos por ETB, ni cargados a ésta de forma alguna.
Página 11 de 43
2.4 IMPUESTOS Y FACTURACION
Si la oferta es presentada por un proveedor extranjero que cuenta con una sucursal constituida en Colombia
a través de la cual realizará algunas o todas las actividades tendientes a cubrir el objeto de la presente
contratación, deberá especificar en su oferta cuales serán estas labores y el valor correspondiente. Es de
anotar que el valor de las actividades desarrolladas por la sucursal no será girado al exterior y debe ser
facturado directamente por la sucursal, para lo cual se observarán las condiciones determinadas para la
forma de pago para proveedor nacional.
2.4.1 IMPUESTO A LAS VENTAS
El proveedor nacional debe discriminar con exactitud el precio correspondiente a los bienes y servicios
objeto de la oferta y el valor del impuesto sobre las ventas que afecte la misma, indicando la base sobre la
cual se liquida de acuerdo con las normas vigentes en la fecha de presentación de la oferta. En el evento en
que el proveedor nacional no discrimine el IVA y se cause dicho impuesto, ETB lo considerará incluido en el
valor de los bienes y servicios relacionados en la oferta.
En la cláusula de precio del contrato se deberán discriminar cada uno de los conceptos que lo conforman y
el IVA, si éste se causa.
2.4.2 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA E IVA APLICABLE A
PROVEEDORES NACIONALES
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta e IVA, se determinará de conformidad con la
normatividad vigente, habiéndose establecido previamente, si el proveedor es declarante o no del impuesto
sobre la renta, si es gran Contribuyente o Autorretenedor y el régimen de Impuesto sobre las ventas al cual
pertenece (común o simplificado) o si vende o presta servicios excluidos del IVA.
2.4.3 RETENCIÓN A TITULO DE IVA EN CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
CELEBRADOS CON NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
Para efectos de lo dispuesto en el numeral 3º del artículo 437-2 del Estatuto Tributario, en el contrato
respectivo se deberá discriminar el valor del impuesto sobre las ventas generado, que será objeto de
retención por parte del contratante. El contrato servirá como soporte para todos los efectos tributarios.
2.4.4 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA A PROVEEDORES
NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la renta, se determinará al momento de efectuar el
correspondiente pago o abono en cuenta, de acuerdo con las normas tributarias vigentes para pagos al
exterior. Sobre los bienes importados bajo la modalidad FCA y DDP, ETB no aplicará retención en la fuente
a título de renta, de acuerdo con el artículo 24 del Estatuto tributario y el concepto DIAN No. 71190 de 2005.
2.4.5 RETENCIÓN EN LA FUENTE A TÍTULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA APLICABLE A
Página 12 de 43
SERVICIOS TÉCNICOS PRESTADOS POR NO RESIDENTES NI DOMICILIADOS EN COLOMBIA
El porcentaje de retención a título de Impuesto sobre la Renta para estos casos, se aplicará de acuerdo con
las normas tributarias vigentes.
2.4.6 RETENCIÓN A TÍTULO DE IMPUESTO DE TIMBRE
ETB se encuentra exenta del impuesto de timbre conforme a lo establecido en los artículos 532 y 533 del
Estatuto Tributario, teniendo en cuenta que reúne las características señaladas en la Sentencia C-736
proferida por la Corte Constitucional, según la cual, “Las empresas de servicios públicos mixtas y privadas
en las cuales haya cualquier porcentaje de participación pública, son entidades descentralizadas y
constitucionalmente conforman la Rama Ejecutiva”.
De conformidad con el parágrafo dos del articulo 519 del Estatuto Tributario, a partir del 1 de Enero de
2010, la tarifa aplicable por concepto del Impuesto de Timbre, será del 0%.
2.4.7 RETENCIÓN en la fuente a título de impuesto de industria y comercio
2.4.7.1 Proveedor Nacional
El proveedor deberá informar el régimen del impuesto de industria y comercio al cual pertenece (común o
simplificado), la actividad económica y la tarifa del impuesto de industria y comercio en Bogotá, D.C., o en
las ciudades del país que le corresponda. En caso de no informarla, le será asignada la tarifa de retención
más alta, la cual se aplicará al momento que se efectúe el correspondiente pago o abono en cuenta.
2.4.7.2 Proveedor No Residente ni Domiciliado en el País
Sobre los bienes importados bajo la modalidad FCA y DDP no se efectuará retención en la fuente a título de
ICA. Sobre los bienes importados enajenados en Colombia, los servicios prestados en el territorio nacional
y el licenciamiento de software, ETB practicará las retenciones en la fuente a que haya lugar de acuerdo
con las normas tributarias municipales respectivas.
2.5 REQUISITOS EN LA FACTURACION
2.5.1 PROVEEDOR NACIONAL
El proveedor estará obligado a informar al momento de la facturación el régimen de Impuesto sobre las
Ventas al cual pertenece (común o simplificado) o si los bienes que vende o los servicios que presta se
encuentran excluidos del IVA y si es declarante o no del impuesto sobre la renta, si es Gran Contribuyente o
Autorretenedor de Renta y las disposiciones que lo autorizan. Como el objeto del contrato comprende la
adquisición de bienes y servicios, para mayor claridad en la liquidación de los impuestos el proveedor
deberá facturar por separado los bienes y servicios (factura para bienes y factura para servicios), sin que se
afecten por este requisito los períodos de pago establecidos en la forma de pago.
Si el proveedor factura a través de apoderado, el documento deberá expresar que se expide por cuenta y a
nombre del poderdante.
2.5.2 PROVEEDOR NO RESIDENTE NI DOMICILIADO EN EL PAIS
Para el proveedor extranjero, los documentos soporte con los cuales solicitará los pagos por concepto de
los bienes suministrados y los servicios prestados y el licenciamiento de software, será la factura comercial
que emita el contratista.
Página 13 de 43
2.5.3 FACTURACIÓN PARA CONTRATISTAS EN CONSORCIO, UNION TEMPORAL O CUALQUIER
FORMA DE ASOCIACION
En el evento en que la oferta sea presentada bajo la modalidad de consorcio, unión temporal o cualquier
forma de asociación, los miembros de estos podrán optar por facturar cada uno de ellos en forma
independiente o en consorcio o unión temporal, lo cual se informará en la oferta.
En la oferta se deberá indicar si la facturación se va a realizar por separado o en consorcio o unión temporal.
Cuando se opte por facturar independientemente, en el contrato se deberá informar: (1) el NIT de cada uno
de los miembros, en el caso que sea procedente, (2) el porcentaje o valor de los ingresos que le
corresponda a cada uno de estos. Los integrantes del consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de
asociación deberán facturar sus ingresos de acuerdo con su participación establecida en el Documento
Consorcial.
Cuando se opte por facturar a través de consorcio, unión temporal o cualquier otra forma de asociación, en
la facturación se deberá informar: (1) el número del NIT del consorcio o unión temporal, (2) el régimen
tributario al cual pertenece el consorcio o unión temporal, (3) el porcentaje o valor de los ingresos que le
corresponda a cada uno de los miembros, (4) el nombre o razón social de cada uno de los miembros, y, (5)
el NIT de cada uno de estos, excepto cuando alguno de los miembros sea una persona no domiciliada o no
residente en Colombia.
Si la modalidad de asociación está conformada por persona no domiciliada o no residente y persona
nacional el documento de cobro deberá presentarse en forma separada (uno por cada persona).
2.6 CONDICIONES GENERALES
Las siguientes son las condiciones financieras generales de la presente invitación:
2.6.1 PROVEEDOR EXTRANJERO:
Teniendo en cuenta que ETB requiere recibir cotizaciones de los bienes importados bajo las modalidades
de entrega FCA (bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de entrega convenida en el país
de exportación) y DDP (sitios de instalación de conformidad con lo especificado en el capítulo técnico del
presente documento), las siguientes son las condiciones financieras generales de la presente invitación:
El precio FCA y DDP correspondiente a los bienes importados, así como el licenciamiento de uso de
software, el suministro de repuestos y la plataforma de gestión, deberán cotizarse en dólares de los
Estados Unidos de América, mientras que los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta
en servicio, el soporte técnico, el entrenamiento, y el servicio de instalación de repuestos deberán
cotizarse obligatoriamente en pesos colombianos.
Los valores cotizados en dólares deberán presentarse hasta con dos decimales y los valores cotizados
en pesos colombianos deberán presentarse en números enteros, es decir sin incluir decimales. En el
primer caso, ETB tomará los dos primeros decimales; en el segundo, ETB se reserva el derecho de
ajustar al peso por exceso o por defecto.
Para efectos de la presente contratación, los términos FCA y DDP se interpretarán de acuerdo con la
definición contenida en INCOTERMS 2000, así: “Entrega FCA es aquella en la cual el vendedor
entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en
el lugar convenido” y “Entrega DDP es aquella en la cual la mercancía es entregada en el lugar de
destino convenido en el país de importación, libre de derechos”. Para la entrega FCA se entiende que
los bienes deberán entregarse en las bodegas del embarcador designado por ETB en la ciudad de
entrega convenida en el país de exportación; para la entrega DDP se entiende que esta se realizará en
los sitios de instalación especificados en el capítulo técnico contenido en el presente documento.
Para la cotización bajo la modalidad de entrega FCA, el oferente deberá especificar la ciudad de
entrega de la mercancía así como el volumen y peso de la misma incluido el embalaje de esta. La
información sobre peso y volumen de los equipos y elementos, contenida en la propuesta, será el
máximo aceptado por ETB para efecto de transporte y nacionalización de los mismos. En el evento de
requerirse o presentarse modificación que implique aumento de estas cantidades, todos los posibles
sobrecostos que se generen serán asumidos por la parte que efectúe el requerimiento o modificación.
Página 14 de 43
El Contratista deberá cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el Anexo
Financiero de responsabilidades derivadas de la entrega FCA de los bienes importados, ó en el Anexo
Financiero de Responsabilidades derivadas de la entrega DDP de los bienes importados, según la
adjudicación se efectúe en una u otra modalidad de entrega. En caso que la adjudicación se efectúe
bajo la modalidad de entrega DDP, el contratista deberá observar que ETB será el importador de los
bienes.
2.6.2 PROVEEDOR NACIONAL:
Los bienes de producción extranjera, así como el licenciamiento de uso de software, el suministro de
repuestos y la plataforma de gestión, deberán cotizarse en dólares de los Estados Unidos de América,
mientras que los servicios de instalación, configuración, pruebas y puesta en servicio, el soporte
técnico, el entrenamiento, y el servicio de instalación de repuestos deberán cotizarse obligatoriamente
en pesos colombianos.
Los valores cotizados en dólares deberán presentarse hasta con dos decimales y los valores cotizados
en pesos colombianos deberán presentarse en números enteros, es decir sin incluir decimales. En el
primer caso, ETB tomará los dos primeros decimales; en el segundo, ETB se reserva el derecho de
ajustar al peso por exceso o por defecto.
Es de anotar que ETB no será el importador de los bienes de producción extranjera objeto del contrato,
por lo tanto los bienes de producción extranjera suministrados por el oferente nacional se sujetarán al
régimen de compra local. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 87 del
Decreto 2685 de 1999, EL CONTRATISTA deberá suministrar a ETB, copia de las declaraciones de
importación que acrediten la legal introducción de la mercancía al país.
Cuando por causas imputables al contratista se desplace alguno de los eventos contractualmente
previstos para la liquidación de la TRM, ETB liquidará a la menor tasa representativa del mercado que
resulte de la comparación entre la contractualmente pactada y la vigente en el momento de realización
del evento. Este valor será descontado de las sumas en pesos colombianos que se le adeuden al
proveedor. Si por causas imputables a ETB, las fechas contractualmente pactadas sufren modificación,
se aplicará el tipo de cambio vigente en la fecha de realización del evento. En el evento que por
hechos de terceros, debidamente comprobados y comunicados a ETB por el proveedor dentro de los 5
días hábiles siguientes a su ocurrencia, se desplace alguno de los eventos contractualmente previstos
para efectuar el pago, las partes de común acuerdo determinarán la correspondiente tasa
representativa del mercado que se aplicará. Si el proveedor no notifica a ETB con el plazo
anteriormente anotado, ETB liquidará a la menor tasa representativa del mercado que resulte de la
comparación entre la contractualmente pactada y la vigente en el momento de realización del evento.
2.7 FORMA DE PAGO
ETB pagará el precio de cada pedido de la siguiente forma:
2.7.1 PROVEEDOR EXTRANJERO
2.7.1.1 EQUIPOS
El cien por ciento del precio FCA o DDP de los bienes se pagará de la siguiente forma:
(a) El 40% del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario
siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura comercial por el
100% de los bienes recibidos, acompañada del Aviso de Cobro del Contratista y el Acta de Inicio de
Instalación de los equipos, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y
el contratista.
(b) El 30% del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario
siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de Cobro del
Contratista acompañado del Acta de Recibo Provisional de los equipos, la cual debe estar
debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
Página 15 de 43
(c) El 30% restante del precio de los equipos, mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días
calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de
Cobro del Contratista acompañado del Acta de Recibo Definitivo de los equipos, la cual debe estar
debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a), (b) y (c) deben
discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.
2.7.1.2 Licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión
El cien por ciento del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión se pagará de la
siguiente forma:
(a) El 50% del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, mediante giro
directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de
Cuentas por Pagar de ETB de la factura por 100% de las licencias instaladas/de los bienes
recibidos y de las licencias instaladas, acompañada del Aviso de Cobro del contratista acompañado
del Acta de Recibo provisional de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el
supervisor del contrato y el contratista.
(b) El 50% restante del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, mediante
giro directo, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de
Cuentas por Pagar de ETB del Aviso de Cobro del contratista acompañado del Acta de Recibo
definitivo de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el
contratista.
Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a) y (b) deben
discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.
2.7.1.3 SUMINISTRO DE REPUESTOS
El 100% del precio FCA o DDP de los bienes se pagará mediante giro directo, a los cuarenta y cinco (45)
días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura
correspondiente, acompañada del Acta de recibo a satisfacción de los repuestos instalados, la cual debe
estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
2.7.2PROVEEDOR NACIONAL
2.7.2.1 EQUIPOS
El cien por ciento del precio de los equipos de producción extranjera se pagarán de la siguiente forma:
(a) El 40% del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente
prevista para el inicio de instalación de los bienes, a los cuarenta y cinco (45) días calendario
siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura comercial por el
100% de los bienes recibidos, acompañada del Aviso de Cobro del Contratista y el Acta de Inicio de
Instalación de los equipos, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y
el contratista. NOTA: Para efectos de la suscripción del Acta de Inicio de Instalación de los equipos,
el contratista deberá entregar al supervisor del contrato, fotocopia de las declaraciones de
importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al país.
(b) El 30% del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente
prevista para el recibo provisional de los equipos, a los cuarenta y cinco (45) días calendario
siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de Cobro del
Contratista acompañado del Acta de Recibo Provisional de los equipos, la cual debe estar
debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
(c) El 30% restante del precio de los equipos, a la tasa representativa del mercado de la fecha
contractualmente prevista para el recibo definitivo de los equipos, a los cuarenta y cinco (45) días
calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, del Aviso de
Página 16 de 43
Cobro del Contratista acompañado del Acta de Recibo Definitivo de los equipos, la cual debe estar
debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a), (b) y (c) deben
discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.
2.7.2.2 LICENCIAMIENTO DE USO DEL SOFTWARE/PLATAFORMA DE GESTIÓN
El cien por ciento del precio del licenciamiento de uso del software se pagará de la siguiente forma:
a) El 50% del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión se pagará, a la tasa
representativa del mercado de la fecha contractualmente prevista para el recibo provisional de la
solución, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de
Cuentas por Pagar de ETB de la factura por el cien por ciento de las licencias instaladas/ de los
bienes recibidos y de las licencias instaladas, acompañada del Aviso de Cobro del contratista y del
Acta de Recibo provisional de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor
del contrato y el contratista. NOTA: Para efectos de la suscripción del Acta de de Recibo provisional
de la solución, el contratista deberá entregar al supervisor del contrato, fotocopia de las
declaraciones de importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al país.
b) El 50% restante del precio del licenciamiento de uso del software/plataforma de gestión, a la tasa
representativa del mercado del a fecha contractualmente prevista para el recibo definitivo de la
solución, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de
Cuentas por Pagar de ETB del Aviso de Cobro del contratista, acompañado del Acta de Recibo
definitivo de la solución, la cual debe estar debidamente suscrita por el supervisor del contrato y el
contratista.
Los Avisos de cobro del Contratista a los que se hace referencia en los literales (a) y (b) deben
discriminar el porcentaje a pagar de conformidad con lo contractualmente pactado.
2.7.2.3 SUMINISTRO DE REPUESTOS
El 100% de los repuestos se pagará, a la tasa representativa del mercado de la fecha contractualmente
prevista para el recibo de los repuestos instalados, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a
la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB de la factura correspondiente, acompañado del
Acta de Recibo de los repuestos debidamente instalados, la cual debe estar debidamente suscrita por el
supervisor del contrato y el contratista.
Nota: Para efectos del pago previsto en el párrafo anterior, EL CONTRATISTA deberá entregar al supervisor del
contrato fotocopias de las declaraciones de importación en donde conste que los bienes ingresaron legalmente al
país, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 3 y 87 del Decreto 2685 de 1999.
2.7.3 PROVEEDOR NACIONAL Y EXTRANJERO
2.7.3.1 SERVICIOS DE INSTALACION, CONFIGURACION, PRUEBAS Y PUESTA EN
SERVICIO/SERVICIOS DE /ENTRENAMIENTO/INSTALACIÓN DE REPUESTOS
El cien por ciento del precio de los servicios se pagarán en pesos colombianos, a los cuarenta y cinco (45)
días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de Cuentas por Pagar de ETB, de la factura
comercial acompañada del Acta de recibo a satisfacción de los correspondientes servicios, la cual debe
estar suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
2.7.3.2 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO
El 100% del precio de los servicios de soporte se pagarán en pesos colombianos mediante cortes
mensuales vencidos, a los cuarenta y cinco (45) días calendario siguientes a la radicación, en el Equipo de
Cuentas por Pagar de ETB, de la factura comercial, acompañada del Acta de recibo a satisfacción del
correspondiente servicio, la cual debe estar suscrita por el supervisor del contrato y el contratista.
Página 17 de 43
Nota: Para efectos de la firma del Acta de recibo de los servicios a que se hace referencia en el numeral
2.7.3, el contratista deberá acreditar el pago de la nómina, así como de sus obligaciones en materia
de seguridad social (ARP, EPS y AFP) y aportes parafiscales (ICBF, SENA, Cajas de Compensación)
respecto del personal utilizado para ejecutar el contrato.
2.8 ABONO DE PAGO A CONTRATISTAS
Para los pagos en pesos colombianos el Contratista deberá establecer el número de cuenta, modalidad de
ésta (ahorro o corriente), y entidad financiera a la que deben abonarse los pagos. Así mismo, en el evento
de cambio de la cuenta, el contratista deberá informar de inmediato y por escrito a la Coordinación de
Pagaduría de ETB dicho cambio, anexando el Certificado de Existencia y Representación legal (de
expedición no superior a 30 días), Nit y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
Para efectos de los pagos al exterior, el Contratista deberá indicar el banco corresponsal y número de
cuenta a través del cual se realice el respectivo pago.
2.9 REINTEGRO DE DINEROS POR PARTE DE LOS CONTRATISTAS CUANDO SE IDENTIFIQUEN
MAYORES VALORES ENTREGADOS POR CUALQUIER CONCEPTO
Cuando se identifiquen mayores valores entregados al contratista por cualquier concepto, éstos deben ser
desagregados y reintegrados a ETB indexados, para lo cual se seguirá el siguiente procedimiento:
2.9.1 Para Valores Cotizados en Dólares de los Estados Unidos de América, Pagaderos en Pesos
Colombianos:
Se determinará la fecha en que se efectúo el respectivo pago.
Se determinará el mayor monto pagado en dólares de los Estados Unidos de América.
Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.
Se indexará el monto en dólares entre la fecha en que se efectuó el respectivo pago y la fecha de
devolución, utilizando la tasa de inflación registrada en los Estados Unidos de América durante dicho
período. Este valor indexado será convertido a pesos colombianos utilizando la tasa representativa del
mercado vigente en la fecha de devolución.
2.9.2 Para Valores Cotizados y Pagaderos en Pesos Colombianos
Se determinará la fecha en que se efectuó el respectivo pago.
Se determinará el mayor monto pagado en pesos colombianos.
Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.
Se indexará el monto en pesos entre la fecha en que se efectúo el respectivo pago y la fecha de
devolución, utilizando los índices de precios al consumidor en el ámbito nacional, para la República de
Colombia certificados por el DANE para dicho período. En caso de no contar con la inflación
correspondiente al período a actualizar se tomará el promedio mensual o diario corrido del año, según
sea el caso se hará el cálculo con base en ésta. Para el caso de enero, por no tener información que
permita establecer el promedio, se tomará la del mismo período del año inmediatamente anterior.
Para este cálculo se incluye el valor del IVA correspondiente.
2.9.3 PARA VALORES COTIZADOS Y PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA
Se determinará la fecha en que se efectúo el respectivo pago.
Se determinará el mayor monto pagado en dólares de los Estados Unidos de América.
Se determinará la fecha de devolución por parte del contratista.
Se indexará el monto en dólares entre la fecha en que se efectuó el respectivo pago y la fecha de
devolución, utilizando la tasa de inflación registrada en los Estados Unidos de América durante dicho
período.
2.10 RESPUESTA PUNTO A PUNTO
Página 18 de 43
El Oferente deberá responder punto a punto lo solicitado en cada numeral del presente capítulo. En el
evento de no hacerlo se entenderá que lo acepta en su totalidad. Dicha respuesta se puede realizar
mediante una comunicación donde el oferente acepte todas las condiciones del capítulo financiero.
2.11 SISTEMA DE EVALUACIÓN FINANCIERA DE LAS OFERTAS
El sistema de evaluación financiera de las ofertas comprende por una parte la evaluación sobre las
condiciones financieras solicitadas por ETB en comparación con las propuestas por el oferente, y por otra la
ponderación económica de las ofertas.
2.12 PONDERACION ECONÓMICA DE LAS OFERTAS
Las ofertas que cumplan con las condiciones financieras contenidas en el presente documento, serán
ponderadas desde el punto de vista económico como se explica más adelante, teniendo en cuenta que ETB
ha asignado un puntaje máximo de seiscientos (600) puntos, para cada uno de los escenarios objeto de
evaluación.
La ponderación económica de las ofertas se realizará de manera independiente para cada uno de los
escenarios:
ESCENARIO 1: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,
configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos
incluido en el servicio de soporte técnico)
ESCENARIO 2: Equipos; licenciamiento de uso de software; plataforma de gestión; servicios de instalación,
configuración, pruebas y puesta en servicio; entrenamiento, soporte técnico (con suministro de repuestos
por aparte del servicio de soporte técnico).
Para fines de comparación, las ofertas presentadas en dólares de los Estados Unidos de América, se
convertirán a pesos Colombianos teniendo en cuenta la TRM vigente en la fecha de cierre de la presente
solicitud de ofertas.
La ponderación económica se realizará mediante la aplicación del siguiente procedimiento en cada
escenario:
En primera instancia las ofertas serán analizadas para determinar si en los cálculos se han
cometido errores en las operaciones aritméticas, en cuyo caso y para efectos de evaluación y
selección, ETB realizará las correcciones necesarias.
ETB podrá hacer correcciones aritméticas a los valores consignados por el oferente en el Anexos
financieros solicitados en los siguientes casos:
Cuando al verificar el valor consignado en la columna valor total, éste difiera del valor resultante
de multiplicar las cantidades del ítem por el precio unitario total respectivo.
Cuando al verificar las sumas y multiplicaciones totales y parciales de los mencionados anexos
se encuentren errores aritméticos.
En caso de presentarse discrepancias entre los valores presentados en los diferentes anexos
de precios, ETB podrá hacer las correcciones necesarias y tomará para ello el valor que resulte
de la aplicación de los precios unitarios, del anexo correspondiente de la oferta.
Es importante anotar que si se presentan inconsistencias entre los valores presentados
físicamente (papel) y los valores del medio magnético, prevalecerán los valores presentados en
medio físico (papel).
Para efectos de la comparación de las ofertas de compraventa internacional cotizadas bajo la
modalidad de entrega FCA, las ofertas de compraventa internacional cotizadas bajo la
modalidad de entrega DDP y las ofertas de venta local de bienes, el Equipo de Comercio
Exterior de la Gerencia de Adquisiciones y Suministros calculará el factor de conversión por
concepto de gastos de logística e impuestos de importación, aplicable a cada una de las ofertas
bajo modalidad de entrega FCA, de tal forma que la ponderación económica de las mismas se
efectúe a todo costo. Cabe anotar que el factor de conversión se calculará con base en el valor
Página 19 de 43
FCA corregido de la oferta, la ciudad de entrega de los bienes en el exterior, así como el peso y
volumen de los mismos debidamente embalados, información esta que es suministrada por el
oferente en los anexos financieros.
Se le asignará el máximo puntaje económico al oferente que presente el menor valor estimado de
oferta.
El puntaje económico para las demás ofertas, se asignará aplicando la siguiente fórmula:
(Cmaxj * Pminj)
Cij = -------------------------
Pij
donde:
Cij : Puntaje obtenido por la oferta i en el escenario j de evaluación
Cmaxj: Máximo Puntaje económico (600 puntos)
Pij : Valor estimado de la oferta i (incluidas las correcciones aritméticas), para el escenario j de
evaluación
Pminj: Oferta de menor valor estimado dentro del Rango de ofertas (incluidas las correcciones
aritméticas), para el escenario j de evaluación.
Página 20 de 43
CAPITULO III
3 GENERALIDADES
3.1 OBJETIVO
Suministro de bienes (software y hardware) y licenciamiento de uso de software para la implementación de
una solución Metro Ethernet que interopere e interfuncione con las redes de ETB, que incluya la plataforma
de gestión y los servicios de instalación, configuración, pruebas, puesta en servicio, y opcionalmente el
servicio de soporte técnico y entrenamiento.
Los equipos conformarán la capa de acceso dentro de la arquitectura de red de ETB para dar cubrimiento
nacional. Los equipos tendrán que interoperar e interfuncionar con las redes de ETB relacionadas en el
Anexo 1 – ESTADO ACTUAL DE LAS REDES DE ETB, para permitir desarrollar nuevos productos que
impliquen el acceso y agregación de usuarios finales de banda ancha, voz, datos, video, seguridad, calidad
de servicio y tecnologías de Multicast, hasta servicios de Internet y contenido.
3.2 ALCANCE
3.2.1 ETB en su permanente interés de fortalecer su estructura para atender las necesidades del
mercado, se obliga a contar con una infraestructura robusta y escalable que le permita prestar una amplia
gama de servicios como Internet Banda Ancha y VoIP, al igual que servicios futuros como Multimedia, IPTV
y redes móviles, entre otros, los cuales deben estar enmarcados en el buen tratamiento del tráfico en cuanto
a calidad del servicio (QoS), ingeniería de tráfico, seguridad, entre otras, de cara a proporcionar al cliente
una óptima calidad.
3.2.2 La solución propuesta debe ser escalable e interoperable con todos los tipos y gamas de equipos de
la red de acceso (MetroEthernet existente – Huawei y Cisco-, IP DSLAM, MPLS, entre otras) y pos CPE de
cliente para la prestación de los servicios de conectividad avanzada IP e Internet Dedicado.
3.3 CONDICIONES DE PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS
3.3.1 Los requerimientos expresados en este capítulo se clasifican en:
a). Mínimo obligatorio: son aquellos requerimientos expresados en términos tales como “ETB
REQUIERE” o “EL OFERENTE DEBE”, indicando que son de cumplimiento obligatorio. El oferente
debe manifestar CUMPLE o NO CUMPLE a las especificaciones técnicas de este tipo. En caso de
que la respuesta a un requerimiento sea CUMPLE y se solicite ampliación a la respuesta, el
oferente debe complementar la misma con el descriptivo que satisfaga la afirmación. Por lo tanto, en
los casos en los que el oferente responda “CUMPLE” pero la explicación o información adicional
demuestre un incumplimiento parcial o total, o manifieste condicionamiento al cumplimiento, la
respuesta será considerada como “NO CUMPLE”, por lo que tratándose de un requerimiento
obligatorio la oferta será calificada como NO CUMPLE.
b). Deseables: Son aquellas condiciones expresadas en términos tales como “ES DESEABLE”,
“ETB ESPERA”, “ETB DESEA”, y tiene asociado un valor o calificación que se alcanza en su
totalidad al cumplir con el requerimiento (no hay calificaciones intermedias por cumplimientos
parciales). Las condiciones calificables se identifican en cada numeral antecedidas por la expresión
[CALIFICABLE POR XX PUNTOS]. Así mismo, si la respuesta al requerimiento es evasiva, si no se
suministra la aclaración o explicación solicitada, o si a pesar de haberse expresado “CUMPLE”, la
respuesta recibida al requerimiento no se satisface total o parcialmente, o su cumplimiento se sujeta
a condición, el requerimiento se calificará con cero (0) puntos, pero no conlleva al descarte de la
oferta.
Página 21 de 43
3.3.2 ETB requiere que el oferente responda de forma completa los requerimientos del presente
documento utilizando componentes de hardware y software nuevos, aún cuando el oferente considere
viable reutilizar componentes ya existentes, para lo que tendrá la posibilidad de entregar una propuesta
alternativa utilizando componentes previamente instalados en la compañía, que será estudiada sólo
después de cumplir con todos los requerimientos de la propuesta básica. La propuesta alternativa debe
entregarse como oferta independiente (incluyendo, respuestas, anexos técnicos, anexos financieros y
demás documentos soporte relacionados con la misma), para lo cual será ponderada de igual forma que la
básica. Es importante resaltar que de reutilizar componentes ya existentes, se debe garantizar el
desempeño de la red, plataforma o elementos existentes.
3.3.3 El oferente debe mencionar explícitamente cuándo una funcionalidad o característica descrita no
viene implementada o no será entregada como parte de la solución, de lo contrario, ETB entiende que la
misma forma parte de la oferta y así será exigida.
3.3.4 Si la respuesta es referida a un catálogo o descriptivo técnico, éste debe ser entregado junto con la
oferta indicando el sitio del mismo en el que se localiza la correspondiente descripción, para su verificación.
3.3.5 Los documentos exigidos en el presente capítulo que no hayan sido aportados con la oferta, podrán
ser requeridos durante la etapa de estudio de ofertas. De no atenderse el requerimiento, se calificará como
NO CUMPLE.
3.3.6 La respuesta a las especificaciones técnicas debe mantener la numeración, con índice que
contenga la relación de todos los numerales y anexos que la conforman y debe ser presentada en dos
documentos impresos (original y copia). Además el oferente debe presentar una copia de la información
técnica en medio digital (en CD), formato no re-escribible y debidamente rotulado. El documento en CD
debe tener su índice de enlaces o hipervínculos que faciliten su revisión.
3.3.7 Todos los documentos que integren la oferta deben ser redactados en idioma español, a excepción
de los que contengan información técnica, los cuales pueden ser presentados en inglés. Si se presenta
información técnica en idioma inglés y español conjuntamente, en caso de discrepancia prevalecerá la
información suministrada en español.
3.3.8 El oferente debe acompañar la oferta técnica con los mismos anexos solicitados en el capítulo
financiero incluyendo cada uno de los componentes y sus cantidades pero excluyendo los precios.
3.3.9 Durante el estudio de ofertas, ETB se reserva el derecho de solicitar a los oferentes una
presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos específicos de la propuesta, sin que sea posible
realizar modificaciones a la oferta presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas
oportunamente por ETB.
3.3.10 Las ofertas que cumplan los requerimientos mínimos obligatorios serán ponderadas y clasificadas,
tomando como referencia los requerimientos DESEABLES. ETB ha asignado un puntaje técnico máximo de
300 puntos para equipos Tipo I y II, y 200 puntos para los equipos Tipo III (Bogotá - 100 y Nacional - 100),
para un total de 500 puntos.
3.4 PRUEBAS
Protocolo de Pruebas Técnicas Previas a la Etapa de Negociación
3.4.1 Los proveedores que superen la etapa de evaluación de ofertas en su totalidad (jurídica, financiera y
técnicamente) deberán ejecutar el protocolo de pruebas técnicas descrito en el ANEXO 5 – PROTOCOLO
DE PRUEBAS EQUIPOS METRO ETHERNET. Además de probar las funcionalidades técnicas solicitadas
en el presente documento a cada uno de los equipos, ETB podrá incluir en el protocolo de pruebas
cualquier funcionalidad técnica que desee verificar y que se encuentre incluida en los manuales técnicos de
Página 22 de 43
los equipos entregados por el proveedor antes de culminar la etapa de evaluación de ofertas.
3.4.2 Todas las pruebas deben realizarse con el mismo Firmware. Cualquier modificación a éste implicará
el reinicio y verificación de todas las pruebas, por lo que solo será permitido un cambio máximo. De superar
la cantidad máxima de cambios antes de superar completamente las pruebas, el protocolo no será cumplido
por el oferente y por ende la oferta será descalificada.
3.4.3 Para la validación del correcto funcionamiento de características técnicas específicas que requieran
de estrés, saturación o límite de capacidad operativa del equipo y que no se puedan verificar en el
laboratorio de ETB, el oferente debe garantizar su funcionamiento mediante certificado emitido por la casa
matriz del equipo.
3.4.4 Durante el estudio de ofertas, ETB se reserva el derecho de solicitar a los oferentes una
presentación, en la cual se aclaren los aspectos técnicos, sin que sea posible realizar modificaciones a la
oferta ya presentada. La fecha y hora de la presentación serán comunicadas oportunamente por ETB.
3.4.5 Las pruebas se llevarán a cabo en las instalaciones del laboratorio de ETB ubicado en la central de
San José.
Pruebas De Aceptación Provisional (PAC - Provisional Acceptance Certification)
3.4.6 Las Pruebas de Aceptación Provisional son aquellas que se llevan a cabo para verificar que los
equipos, sistemas y demás elementos cumplen con los requisitos mínimos para puesta en servicio y se
realizan cuando (i) los equipos se instalan en la respectiva central/nodo a la que han sido asignados, (ii) la
plataforma de gestión se encuentra instalada y (iii) cuando el contratista haya manifestado que los equipos y
sistemas se encuentran listos para iniciar pruebas provisionales. Ver Anexo 3 – SERVICIOS DE
ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO.
3.4.7 La aceptación provisional para puesta en servicio de los equipos está condicionada a que los
equipos se encuentren total y completamente gestionado desde la plataforma de gestión y que la
documentación respectiva haya sido validada por ETB.
3.4.8 El contratista y ETB una vez firmada el acta de inicio del contrato revisarán en conjunto el protocolo
de pruebas de aceptación provisional en un tiempo no mayor a 30 días. Para la reunión de definición del
protocolo, el contratista debe haber enviado con 15 días de antelación el documento sugerido para cada
una de las tipologías de equipos relacionadas en el numeral 3.9.
3.4.9 Cada fase de pruebas debe contener los indicadores necesarios para determinar si la prueba en
cuestión fue aprobada o no. Estos indicadores serán definidos de acuerdo con las condiciones de la red de
ETB y en función del cumplimiento a las funcionalidades y capacidades contratadas considerando en
cualquier caso el peor escenario.
3.4.10 En caso de que existan fallas o pendientes que no impidan la entrada en servicio de los equipos,
ETB suscribirá el acta de aceptación provisional de los equipos, dejando constancia en ella de las fallas o
pendientes u observaciones que encontrase o hiciese, estableciéndose un plazo máximo de veinte (20) días
calendario para que el contratista las subsane. Antes de cumplidos los veinte (20) días el contratista
informará por escrito la fecha para revisar conjuntamente el levantamiento de las fallas o pendientes. Este
evento solo se podrá presentar una única vez, por lo que de ocurrir una nueva falla o pendiente se
procederá inmediatamente a aplicar las sanciones a que haya lugar y no se establecerán nuevos plazos.
Pruebas en Servicio
Página 23 de 43
3.4.11 El tiempo para las pruebas en servicio es de seis (6) meses, considerando como pruebas en
servicio aquellas mediante las cuales se verifica que los equipos instalados están trabajando con la
funcionalidad especificada y dentro de los parámetros de desempeño requeridos por ETB; basadas en la
operación con tráfico real resultante de la interconexión con las redes existentes de ETB. Las pruebas en
servicio iniciarán una vez se ha suscrito el acta de recibo provisional de los equipos, elementos y sistema de
gestión adquiridos (PAC - Provisional Acceptance Certification).
3.4.12 Una vez superada la etapa de pruebas en servicio, se procederá a suscribir el acta de recibo
definitivo (FAC - Final Acceptance Certification) de entrega de los equipos, elementos y sistema de gestión
adquiridos a entera satisfacción de ETB.
3.4.13 Las modificaciones requeridas para la solución de fallas durante las pruebas serán realizadas por el
contratista sin costo adicional para ETB de acuerdo a los tiempos de atención establecidos y a lo
mencionado en el ANEXO 3 - SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO. En caso de no
cumplirse con lo requerido, se procederá a aplicar las sanciones a que haya lugar.
3.5 SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO
REQUERIMIENTO MÍNIMO OBLIGATORIO
3.5.1 El contratista debe cumplir con lo con la totalidad de los requerimientos descritos en el ANEXO 3 -
SERVICIOS DE ALISTAMIENTO Y APROVISIONAMIENTO.
3.6 SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO Y ENTRENAMIENTO
3.6.1 El oferente debe cotizar dentro de los anexos financieros los servicios de soporte técnico y
entrenamiento, para lo cual se debe cumplir con la totalidad de los requerimientos y planteamientos
descritos en los anexos: ANEXO 7 – SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO PARA EQUIPOS METRO
ETHERNET y ANEXO 9 – SERVICIOS DE ENTRENAMIENTO. Este requerimiento es de obligatorio
cumplimiento desde el punto de vista de la oferta, sin embargo es claro que ETB una vez suscrito el
contrato los podrá adquirir opcionalmente.
3.7 SOLICITUD DE PEDIDOS
3.7.1 El contratista debe tener en cuenta que para la formalización de cada pedido por parte del
supervisor y en caso de estimarse necesario, éste puede solicitar una reunión de entendimiento técnico
para determinar los requerimientos específicos. Lo acordado en dicha reunión se consignará en un acta que
suscribirán las partes, en donde básicamente se acordará las cantidades por tipo de equipo y el precio de
los bienes y servicios asociados, conforme con lo previsto en el contrato.
3.7.2 El tiempo de entrega máximo de los bienes de producción extranjera será de 45 días para compra
DDP ó local y de 30 días para FCA.
3.7.3 En caso de ser requerido un elemento adicional a los cotizados, se tienen los 2 siguientes
escenarios y procedimientos de actualización de los anexos de precios unitarios:
3.7.3.1 Propietarios: Elementos desarrollados por el fabricante de los equipos como rack, subrack, tarjetas,
updates y upgrades entre otros, desarrollados en exclusividad por el fabricante de los equipos. El supervisor
podrá solicitar la cotización del mismo a través de una reunión de entendimiento técnico, la que debe ser
acompañada por la certificación de casa matriz en donde se especifique que el elemento es propietario a la
Página 24 de 43
solución, así como el(los) proveedor(es) o representante(s) que puede suministrar el elemento. En caso de
que el contratista no sea el único proveedor o representante para suministrar el elemento, se debe soportar
el proceso de adición de elementos con mínimo 2 cotizaciones más de los distribuidores relacionados por el
fabricante, siempre y cuando se cumpla con este criterio, de lo contrario con el distribuidor adicional. Para el
proceso descrito sólo se aceptarán los siguientes criterios para que un nuevo elemento pueda ser incluido
dentro del contrato:
Que ETB requiera productos que no hayan sido contemplados dentro del contrato; pero que sus
características técnicas ofrezcan beneficios para el desarrollo del proyecto y los crecimientos
estimados de la red.
Que el contratista libere productos que cuenten con características superiores a los ofertados y
que ETB considere son de su beneficio.
3.7.3.2 Genéricos: Elementos que puedan ser suministrados por otros proveedores (no propietarios y
sustentados bajo certificación de casa matriz) y que funcionalmente complementan la solución propuesta
como por ejemplo patch cord, conectores, y cables entre otros. El supervisor solicitará al contratista y
mínimo a 2 proveedores más la cotización del elemento, para realizar el estudio de mercado y negociación
que sustente la adición del elemento al listado de precios unitarios del contrato. El proceso descrito sólo se
aceptará bajo el siguiente criterio para que un nuevo elemento pueda ser incluido dentro del contrato:
Que ETB requiera productos que no hayan sido contemplados dentro del contrato; pero que sus
características técnicas ofrezcan beneficios para el desarrollo del proyecto y los crecimientos
estimados de la red.
3.7.4 Para actualización o reemplazo de elementos se formalizará en la reunión de entendimiento técnico
y en ella misma se procederá a la definición de costos y negociación de descuentos.
3.7.5 El contratista, con el ánimo de realizar actualización del listado de precios unitarios, deberá entregar
una relación de costos, nuevos productos o versiones liberadas al mercado para cada uno de los
componentes a adquirirse durante el presente contrato. En todo caso, el precio final no podrá exceder el
pactado inicialmente en el contrato.
3.8 CALIDAD Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES
Los bienes a adquirir mediante la presente invitación deben cumplir con las siguientes condiciones de
calidad y correcto funcionamiento:
3.8.1 Los bienes ofertados a ETB serán nuevos y de primera calidad, no solo en su fabricación y en los
materiales que se utilicen sino también para resistir dentro de los rangos de temperatura, humedad y demás
condiciones solicitadas por ETB. El OFERENTE garantiza la calidad de los bienes suministrados, su
correcto y estable funcionamiento y conectividad, que interoperen e interfuncionen con las redes de ETB y
la realización de todas las funcionalidades solicitadas por ETB, siempre que se cumplan las condiciones
técnicas de operación recomendadas por él o por el fabricante.
3.8.2 Si los equipos adquiridos por ETB presentan fallas atribuibles al software, hardware o en sí mismo al
equipo, a los parámetros de pre-configuración y/o defaults de fábrica, o simplemente no realiza alguna de
las funcionalidades específicas aquí solicitadas, incluso estando ya instalados, el CONTRATISTA
reconocerá los gastos de mantenimiento correctivo asumidos y realizará las acciones respectivas,
incluyendo correctivos en sitio para los equipos que se encuentren instalados. En consecuencia, se obliga
durante un plazo de dos (2) años, contados a partir de la fecha de recibo a satisfacción de los bienes, a
reemplazar sin costo alguno para ETB, y a su entera satisfacción, en un tiempo máximo de 45 días
calendario contados a partir de la comunicación que le curse ETB, todas aquellas unidades que resultaren
de mala calidad o con defectos de diseño y/o fabricación, cuyo funcionamiento no sea correcto o no realicen
alguna de las funcionalidades o compatibilidades contratadas. El Contratista asumirá así mismo el costo de
los daños y perjuicios que con ocasión de las fallas a que alude la presente cláusula cause a ETB, tales
como, los costos relativos a la atención de reclamos, descuentos ocasionados por incumplimiento a los
Página 25 de 43
acuerdos de niveles de servicio.
3.8.3 Se entiende por correcto funcionamiento lo siguiente:
Que los bienes suministrados ejecuten las funciones que les son propias y para las cuales fueron
diseñados, libres de errores o defectos.
Que los bienes suministrados sean aptos para el servicio para el cual fueron adquiridos y no existan
eventuales vicios de diseño, calidad y fabricación, que impidan su óptima utilización y su funcionamiento
idóneo y eficaz.
Que los bienes suministrados cumplan con los requisitos mínimos definidos previamente por ETB para
su recibo y cumplan con las especificaciones oficiales publicadas por el fabricante.
Página 26 de 43
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
3.9 TIPOLOGÍAS DE LOS EQUIPOS
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
3.9.1 Los equipos Metro Ethernet de acceso (objeto del presente RFP) deben garantizar su
interoperabilidad e interfuncionalidad con las redes descritas en el ANEXO 1 – ESTADO ACTUAL DE LAS
REDES DE ETB y los equipos de la red Metro Ethernet actual cuyas referencias son:
Cisco Catalyst 4507R
Huawei Quidway S6506R
Huawei Quidway S6503
Huawei Quidway S6502
Huawei Quidway S9303
Huawei Quidway S9306
Huawei Quidway S9312
Huawei Quidway S5300C Series
Huawei Quidway S5300TP Series
Huawei NE80E
3.9.2 La solución debe garantizar técnicamente la integración con las plataformas de gestión existentes,
para lo cual se debe cumplir con la totalidad de los requerimientos descritos en el ANEXO 6 –
PLATAFORMA DE GESTIÓN PARA EQUIPOS METRO ETHERNET, sin que esto implique impacto alguno
para los clientes de ETB.
3.9.3 Los equipos de acceso Metro Ethernet deben poder ser instalados en las siguientes topologías:
anillo, dual homing, estrella, bus o buses protegidos mediante interfaces de 1 Giga Ethernet con
configuración de protocolos de alta redundancia.
3.9.4 Todos los requerimientos solicitados deben cumplirse de acuerdo al estándar solicitado en cada
numeral, excepto en aquellos donde se especifique claramente la posibilidad de cumplir por medio de una
solución propietaria.
TIPO I: Equipos en edificios de ETB o centrales de Bogotá
3.9.5 Los equipos ofertados para Bogotá deben ser switches de capa 3 según el modelo OSI con un
mínimo de 2 puertos 10 Gbps ópticos, 60 puertos en interfaces Giga Ethernet en fibra hacia los clientes y 24
puertos eléctricos Fast/Giga Ethernet. Estos switches deben incluir todas las funcionalidades de
MetroEthernet (MEF) con enlaces de Uplink en interfaces 1xGigabit Ethernet y 10xGigabit Ethernet ópticas
en fibra monomodo.
3.9.6 Los puertos de Uplink Gigabit Ethernet deben soportar diferentes tipos de interface estándar (ej: SX,
LX o ZX) en referencia a la distancia.
3.9.7 Los equipos deben ser modulares y serán interconectados a los equipos Carrier Ethernet
actualmente instalados en la ciudad de Bogotá en las centrales de ETB (Referencia Huawei NE80E).
TIPO II: Equipos en nodos nacionales
3.9.8 Los equipos ofertados para la solución nacional deben ser switches de capa 3 según el modelo OSI
Página 27 de 43
que soporten módulos de puertos Fast Ethernet y Giga Ethernet. El equipo debe incluir todas las
funcionalidades Metro Ethernet (MEF) y deben contar por lo menos con 24 puertos en interfaces Giga
Ethernet en fibra y 48 puertos Fast/Giga Ethernet eléctricos para agregación de clientes. El equipo debe
contar con por lo menos dos interfaces de Uplink 1xGiga Ethernet ópticas en fibra monomodo y contar con
la posibilidad de instalar puertos (tarjetas) 1xGigabit Ethernet (ópticos o eléctricos) adicionales tanto para
agregación de clientes como también para Uplink.
3.9.9 Los equipos deben soportar la operación de todas sus interfaces a velocidad de línea para todo
tamaño de paquete, aún cuando estén trabajando con todos los servicios que puede tener configurados
como QoS, Multicast, filtros.
3.9.10 Estos equipos se interconectarán con los equipos Metro Ethernet actualmente instalados (Huawei
S650x, S930x y S530x), Carrier Ethernet (Huawei NE80E) o MPLS (Juniper serie SX y MX) a nivel nacional
en los nodos de ETB, para lo que se debe asegurar la correcta interoperabilidad de los equipos ofertados
con las plataformas relacionadas.
TIPO III: Anillos de Acceso
3.9.11 Los sitios estimados para instalar estos equipos son los concentradores remotos y clientes
corporativos, para lo que el oferente debe incluir la interconexión e interoperabilidad de equipos tipo I y II
interconectados en anillo, estrella, buses, buses protegidos o dual homing, mediante interfaces de 1 Giga
Ethernet. Los equipos deben soportar por lo menos 12 puertos Giga Ethernet en fibra y 12 puertos
Fast/Giga Ethernet eléctricos.
3.9.12 Serán instalados en topología anillo, estrella, bus, bus protegido o dual homing hacia los equipos
Tipo I y II, o a los equipos ya existentes, agregando DSLAM remotos o clientes corporativos. Los equipos
deberán contar con mecanismos de redundancia para las topologías mencionadas.
3.10 EQUIPOS TIPO I Y II
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
3.10.1 Los equipos deben estar orientados a soluciones Metro Ethernet.
3.10.2 Los equipos deben cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic
Management Phase 1 (MEF 14).
3.10.3 Los equipos ofertados deben estar disponibles en el mercado actualmente (no podrán corresponder
a diseños y/o desarrollos futuros).
3.10.4 Los equipos ofertados deben ser modulares. Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de
necesitar ampliación de puertos para clientes o para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por
ejemplo esquema de licenciamiento para efectos de crecimiento en tarjetas y/o puertos).
3.10.5 La cantidad mínima de puertos debe ser la indicada, teniendo como base lo descrito en ANEXO 2 -
PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.
3.10.6 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.
3.10.7 Los puertos para agregación de clientes en cobre deben ser 100/1000BaseT con interface RJ-45 full
Página 28 de 43
dúplex de acuerdo con los estándares IEEE 802.3ab (Ethernet). Los puertos deben soportar auto
negociación.
3.10.8 Todos los puertos de 1 Gbps indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra deben
soportar interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo con el estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y
monomodo configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable) estándar.
3.10.9 Los puertos de 10 Gbps Ethernet deben cumplir con el estándar IEEE 802.3ae con fibras ópticas
multimodo y monomodo configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable) estándar.
3.10.10 Las características de los conectores de fibra deben ser estándar de las siguientes características,
con posibilidad de conectores SC, LC y FC:
SFP 10 Km 1310 nm – fibra monomodo
SFP 40 Km 1310 nm – fibra monomodo
SFP 70 Km 1550 nm – fibra monomodo
3.10.11 Los equipos deben contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de Hardware
(módulos) del equipo “en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica
algún tipo de licenciamiento adicional (funcionalidades conocidas como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot
Switchover), caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.10.12 Los equipos deben contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de
los componentes del equipo, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se
debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional),
caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.10.13 Los equipos ofertados deben ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que
garantice una disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software.
3.10.14 Los equipos deben contar con redundancia en procesadora (main control board).
3.10.15 Los equipos deben contar con por lo menos 6 ventiladores redundantes.
3.10.16 Los equipos deben poder continuar su operación sin interrupción de ningún servicio ante la falla de
uno de sus ventiladores.
3.10.17 El oferente debe indicar el tiempo máximo para realizar el switchover de las tarjetas controladoras.
3.10.18 Los equipos deben contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply).
Especificar si la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada
exclusivamente para este fin.
3.10.19 Los equipos se deben alimentar a -48 VDC.
3.10.20 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2
- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.
3.10.21 Los equipos deben cumplir con los siguientes protocolos Capa 2 para efectos de redundancia: STP
(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia
garantizados para cada protocolo.
Página 29 de 43
3.10.22 La capacidad de Memoria RAM instalada por defecto en el equipo debe ser de por lo menos 512M.
3.10.23 Los equipos deben hacer Backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía FTP o
TFTP.
3.10.24 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de patches sin interrupción de ningún
servicio.
3.10.25 En caso de un Upgrade o parche fallido, el equipo debe contar con la posibilidad de realizar un
rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior bajo el sistema operativo inmediatamente
anterior.
3.10.26 Todos los puertos de los equipos deben ser Non-Blocking, todos los puertos (ópticos y eléctricos)
deben poder operar a máxima velocidad a la vez.
3.10.27 Todos los puertos de los equipos ofertados deben soportar transporte troncal de VLAN.
3.10.28 Los equipos deben soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).
3.10.29 Los equipos deben soportar Selective QinQ.
3.10.30 Los equipos deben tener la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una
interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).
3.10.31 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes), por
lo que debe sustentar su respuesta indicando cuál es el tamaño máximo de paquetes soportado por las
interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet respectivas.
3.10.32 Los equipos deben soportar Multicast VLAN Registration (MVR).
3.10.33 Los equipos deben contar con una funcionalidad técnica para suprimir el tráfico broadcast, multicast
y/o unicast desconocido.
3.10.34 Los equipos deben soportar listas de control de acceso.
3.10.35 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.
3.10.36 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131
3.10.37 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.
3.10.38 Los equipos deben soportar Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE 802.3ad.
3.10.39 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no
consecutivos y de diferentes tarjetas.
3.10.40 Los equipos deben soportar 802.3AB (Link Layer Discovery Protocol - LLDP)
3.10.41 Los equipos deben soportar la funcionalidad de VLAN Translation.
Página 30 de 43
3.10.42 Los equipos deben soportar completamente el protocolo IEEE 802.3ah.
3.10.43 Los equipos deben soportar completamente el protocolo IEEE 802.1ag.
3.10.44 Los equipos deben soportar el protocolo IGMPv1/v2/v3.
3.10.45 Los equipos deben poder transportar de forma transparente los siguientes protocolos: IPv4, IPv6,
OSPF, IS-IS, BGP, IPsec, ARP, RARP, RIPv1/v2, ICMP, ICMPv6.
3.10.46 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.
3.10.47 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.
3.10.48 Los equipos deben cumplir con el estándar IEEE 802.1p Layer 2 QoS.
3.10.49 Los equipos deben soportar marcas DSCP, ToS e IP Precedence.
3.10.50 Los equipos deben soportar SNMP v1/v2/v3.
3.10.51 Los equipos deben soportar limitar el ancho de banda por puerto.
3.10.52 Los equipos deben soportar limitar el ancho de banda por VLAN.
3.10.53 Los equipos deben cumplir con la norma RoHS (Restriction of Hazardous Substances Directive).
3.10.54 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y
ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS
3.10.55 El oferente debe suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.
3.10.56 El oferente debe suministrar las hojas de datos y los manuales de los equipos Tipo I y Tipo II
ofertados.
3.10.57 El oferente debe suministrar la información relacionada con todos los requerimientos de espacio y
energía que se requeriría para la correcta instalación de los equipos ofertados (por lo menos informar:
rangos de voltaje de operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo,
consumo de potencia promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).
3.10.58 El oferente debe suministrar la información relacionada con las características físicas de los
chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de rack, largo, ancho, alto, profundidad y peso).
3.10.59 El oferente debe suministrar la información relacionada con las condiciones físicas que soportan los
equipos, por lo menos informe: rango de temperatura de operación, rango de temperatura de
almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que soportan en operación y en almacenamiento,
disipación de calor y consumo de potencia y demás factores que considere importantes.
3.10.60 El oferente debe indicar el MTBF de cada uno de los componentes de los equipos Tipo I y II (chasis,
tipos de tarjetas, fuentes, etc).
Página 31 de 43
REQUERIMIENTOS DESEABLES
3.10.61 [CALIFICABLE _ 24] Los equipos soportan hasta 55.000 direcciones MAC diferentes.
3.10.62 [CALIFICABLE _ 48] Los equipos soportan hasta 80.000 direcciones MAC diferentes.
3.10.63 [CALIFICABLE _ 64] Los equipos soportan más de 80.000 direcciones MAC diferentes.
3.10.64 [CALIFICABLE _ 32] Los equipos cumplen con el estándar ITU Y.1731
3.10.65 [CALIFICABLE _ 16] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.
1731 (ETB acepta cómo válido un protocolo propietario), para lo cual debe indicar cómo realiza las
siguientes funcionalidades:
Throughput
Frame Loss
Frame Delay
Delay Variation (Jitter)
3.10.66 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cumplan con el estándar IEEE 802.17 Resilient
Packet Ring Working Group (RPRWG).
3.10.67 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cumplan con el estándar G.8032 (Ethernet Ring
Protection).
3.10.68 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten Virtual Router Redundancy Protocol
(VRRP) – RFC 3768.
3.10.69 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos cuenten con la posibilidad de realizar upgrades sin
indisponibilidad de ninguno de los componentes del equipo, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los
servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de
licenciamiento adicional.
3.10.70 [CALIFICABLE _ 4] Es deseable que el equipo soporte el protocolo L2TP de acuerdo con el RFC
2661 (Layer two tunneling protocol).
3.10.71 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con
MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y
MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).
3.10.72 [CALIFICABLE _ 4] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos bajo un protocolo
propietario. Indicar cómo realiza la funcionalidad.
3.10.73 [CALIFICABLE _ 8] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de
los recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren
para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.
3.11 EQUIPOS TIPO III - BOGOTÁ
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
Página 32 de 43
3.11.1 El equipo debe estar orientado a soluciones MetroEthernet.
3.11.2 El equipo debe cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic
Management Phase 1 (MEF 14).
3.11.3 El equipo debe estar disponible en el mercado actualmente (no podrán corresponder a diseños y/o
desarrollos futuros).
3.11.4 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2
- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.
3.11.5 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.
3.11.6 Todos los puertos indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra deben soportar
interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo al estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y monomodo
configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable).
3.11.7 Dentro de la gama de SFP o GBIC que se puedan implementar en los puertos ópticos de este
equipo debe estar los siguientes (siendo siempre estándar):
Hasta 10 KM - 1310nm
Hasta 40 KM - 1310nm
Hasta 70 KM - 1550nm
3.11.8 El equipo debe contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de hardware (módulos)
“en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de
licenciamiento adicional (funcionalidad conocida como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot switcover), caso
en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.11.9 El equipo debe contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de sus
componentes, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se debe especificar
si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional, caso en el cual el
oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.11.10 El equipo ofertado debe ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que garantice
una disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software. El oferente debe certificar cómo
cumple con este requerimiento.
3.11.11 El equipo debe contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply). Especificar si
la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada exclusivamente para
este fin.
3.11.12 El equipo debe contar con redundancia de ventiladores.
3.11.13 El equipo debe cumplir con los siguientes parámetros:
Procesamiento (pps) 65 Mpps
Backplane (bps) 48 Gbps
3.11.14 El equipo debe cumplir con los siguientes protocolos capa 2 para efectos de redundancia: STP
(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia
Página 33 de 43
garantizados para cada protocolo.
3.11.15 El equipo debe soportar por lo menos 32.000 direcciones MAC diferentes.
3.11.16 El equipo debe soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).
3.11.17 El equipo debe contar con la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una
interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).
3.11.18 Todos los puertos del equipo ofertado deben soportar transporte troncal de VLAN.
3.11.19 Todos los puertos de cada una de las tarjetas que se puedan instalar en el equipo deben poder
subir a su máxima velocidad (Non Blocking)
3.11.20 El equipo debe soportar limitar ancho de banda por puerto.
3.11.21 El equipo debe soportar limitar ancho de banda por VLAN.
3.11.22 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes).
Indique cuál es el tamaño máximo de paquetes soportado por las interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet
respectivas.
3.11.23 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por puerto.
3.11.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.
3.11.25 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131
3.11.26 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.
3.11.27 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.
3.11.28 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.
3.11.29 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv4.
3.11.30 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv6.
3.11.31 Los equipos deben poder hacer backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía
FTP o TFTP.
3.11.32 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de parches sin interrupción de ningún
servicio.
3.11.33 En caso de un Upgrade o parche fallido, el equipo debe contar con la posibilidad de realizar un
rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior con el sistema operativo inmediatamente
anterior.
Página 34 de 43
3.11.34 Los equipos deben soportar completamente Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE
802.3ad.
3.11.35 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no
consecutivos y de diferente tarjeta.
3.11.36 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.3ah.
3.11.37 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.1ag.
3.11.38 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y
ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS
3.11.39 Los equipos deben alimentarse a 110 VAC ó -48 VDC
3.11.40 Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de necesitar ampliación de puertos para clientes o
para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por ejemplo tipos de tarjetas para los slots y esquema
de licenciamiento para efectos de crecimiento en puertos). ETB podrá requerir al oferente para que la
allegue o complete dentro de la etapa de estudio de ofertas.
3.11.41 El oferente debe suministrar la información de todos los requerimientos de espacio y energía que se
requeriría para la correcta instalación del equipo ofrecido (Por lo menos informe: rangos de voltaje de
operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo, consumo de potencia
promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).
3.11.42 Indique las características físicas de los chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de
rack, largo, ancho, alto, profundidad, peso, etc).
3.11.43 Indique las condiciones físicas que soportan los equipos, por lo menos informe: rango de
temperatura de operación, rango de temperatura de almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que
soportan en operación y en almacenamiento, y demás factores que considere importantes.
3.11.44 El oferente deberá suministrar la hoja de datos y los manuales del equipo ofrecido.
3.11.45 El oferente deberá suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.
3.11.46 Indique en una tabla el MTBF del equipo (chasis) ofrecido y de cada uno sus componentes (tarjetas
de línea, procesadora, fuente, etc).
REQUERIMIENTOS DESEABLES
3.11.47 [CALIFICABLE _ 24] Los equipos cumplen con el estándar la ITU Y.1731
3.11.48 [CALIFICABLE _12] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.
1731 (valido protocolo propietario), para lo cual debe indicar como realiza las siguientes funcionalidades:
Throughput
Frame Loss
Frame Delay
Delay Variation (Jitter)
Página 35 de 43
3.11.49 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte CWDM para optimizar la utilización de los
recursos de fibra óptica de ETB. Especifique cómo cumple con esta funcionalidad, la forma y elementos
adicionales que se requiere para poder implementar estos mecanismos.
3.11.50 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar IEEE 802.17 Resilient Packet
Ring Working Group (RPRWG).
3.11.51 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar G.8032 (Ethernet Ring
Protection).
3.11.52 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte upgrades sin indisponibilidad del equipo, ni
de sus componentes, ni de los servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta
funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional
3.11.53 [CALIFICABLE _8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con
MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y
MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).
3.11.54 [CALIFICABLE _4] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de los
recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren
para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.
3.12 EQUIPOS TIPO III - NACIONAL
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
3.12.1 Los equipos deben estar orientado a soluciones MetroEthernet.
3.12.2 Los equipos deben cumplir con las recomendaciones Ethernet Service at UNI (MEF 9) y Traffic
Management Phase 1 (MEF 14).
3.12.3 Los equipos deben estar disponible en el mercado actualmente (no podrán corresponder a diseños
y/o desarrollos futuros).
3.12.4 La cantidad mínima de puertos con la que debe contar los equipos es la relacionada en el ANEXO 2
- PUERTOS Y PROCESAMIENTO DE LOS EQUIPOS.
3.12.5 Todas las interfaces Fast Ethernet deben soportar el estándar IEEE 802.3u.
3.12.6 Todos los puertos indicados como Uplink y para agregación de clientes en fibra, deben soportar
interfaces Gigabit Ethernet de acuerdo al estándar IEEE 802.3z con fibras ópticas multimodo y monomodo
configurables por GBIC o SFP (Small Form-factor Pluggable).
3.12.7 Dentro de la gama de SFP o GBIC que se puedan implementar en los puertos ópticos de este
equipo debe estar los siguientes (siendo siempre estándar):
Hasta 10 KM - 1310nm
Hasta 40 KM - 1310nm
Hasta 70 KM - 1550nm
3.12.8 Los equipos deben contar con la posibilidad de intercambiar todas sus partes de hardware
Página 36 de 43
(módulos) “en caliente”. Se debe especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de
licenciamiento adicional (funcionalidad conocida como Hot-Swap, Hitless Switchover y Hot switcover), caso
en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.12.9 Los equipos deben contar con la posibilidad de realizar updates sin indisponibilidad de ninguno de
sus componentes, es decir, sin indisponibilidad de ninguno de los servicios aprovisionados. Se debe
especificar si el cumplimiento de esta funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional), caso en
el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.12.10 Los equipos deben ser Carrier Class con una arquitectura de alta confiabilidad que garantice una
disponibilidad superior al 99.999% incluyendo hardware y software. El oferente debe certificar cómo cumple
con este requerimiento.
3.12.11 Los equipos deben contar con redundancia en fuente de poder (Redundant Power Suply).
Especificar si la fuente de poder es externa o interna, de igual marca que el equipo y si es fabricada
exclusivamente para este fin.
3.12.12 Los equipos deben contar con redundancia de ventiladores.
3.12.13 Los equipos deben cumplir con los siguientes parámetros:
Procesamiento (pps) 65 Mpps
Backplane (bps) 48 Gbps
3.12.14 Los equipos deben cumplir con los siguientes protocolos capa 2 para efectos de redundancia: STP
(IEEE 802.1D), RSTP (IEEE 802.1w), MSTP (IEEE 802.1S). Indicar los tiempos de convergencia
garantizados para cada protocolo.
3.12.15 Los equipos deben soportar por lo menos 32.000 direcciones MAC diferentes.
3.12.16 Los equipos deben soportar de manera simultánea por lo menos 4.095 VLAN (IEEE 802.1q VLAN).
3.12.17 Los equipos deben contar con la capacidad de agregar el tráfico de múltiples VLAN a través de una
interfaz común a una ubicación central (IEEE 802.1ad Q-in-Q).
3.12.18 Todos los puertos del os equipos deben soportar transporte troncal de VLAN.
3.12.19 Todos los puertos de cada una de las tarjetas que se puedan instalar en el equipo deben poder
subir a su máxima velocidad (Non Blocking)
3.12.20 Los equipos deben soportar limitar ancho de banda por puerto.
3.12.21 Los equipos deben soportar limitar ancho de banda por VLAN.
3.12.22 Los equipos deben soportar el transporte de "Jumbo Frames" (tramas de más de 1.572 bytes), para
lo cual se debe sustentar la respuesta indicando el tamaño máximo de paquetes soportado por las
interfaces Fast Ethernet y Gigabit Ethernet respectivas.
3.12.23 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por puerto.
Página 37 de 43
3.12.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso por VLAN.
3.12.25 Los equipos deben soportar Snooping DHCP RFC 2131
3.12.26 Los equipos deben soportar DHCP Relay en todas sus interfaces.
3.12.27 Los equipos deben soportar IGMP Proxy.
3.12.28 Los equipos deben soportar IGMP Snooping.
3.12.29 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv4.
3.12.30 Los equipos deben soportar el tráfico de IPv6.
3.12.31 Los equipos deben poder hacer Backup y restore remoto del archivo de configuración del equipo vía
FTP o TFTP.
3.12.32 Los equipos deben soportar la instalación remota y local de parches sin interrupción de ningún
servicio.
3.12.33 En caso de un Upgrade o parche fallido, los equipos deben contar con la posibilidad de realizar un
rollback y volver a la configuración inmediatamente anterior con el sistema operativo inmediatamente
anterior.
3.12.34 Los equipos deben soportar completamente Link Aggregation Control Protocol (LACP) – IEEE
802.3ad.
3.12.35 Para la implementación de LACP se deben poder utilizar puertos eléctricos y/o ópticos no
consecutivos y de diferente tarjeta.
3.12.36 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.3ah.
3.12.37 Los equipos deben soportar completamente IEEE 802.1ag.
3.12.38 Los equipos deben cumplir en su totalidad con lo dispuesto en el ANEXO 4 - PROTOCOLOS Y
ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS
3.12.39 Los equipos deben alimentarse a 110 VAC ó -48 VDC
3.12.40 Se debe explicar el modo de crecimiento en caso de necesitar ampliación de puertos para clientes o
para Uplink (incluir en su respuesta todo lo necesario, por ejemplo tipos de tarjetas para los slots y esquema
de licenciamiento para efectos de crecimiento en puertos).
3.12.41 El oferente debe suministrar la información de todos los requerimientos de espacio y energía que se
requeriría para la correcta instalación del equipo ofrecido (Por lo menos informe: rangos de voltaje de
operación, frecuencia de operación, consumo de corriente promedio y máximo, consumo de potencia
promedio y máximo y todos los demás que considere importantes).
3.12.42 Indique las características físicas de los chasises ofrecidos (Por lo menos informar: Unidades de
Página 38 de 43
rack, largo, ancho, alto, profundidad, peso, etc).
3.12.43 Indique las condiciones físicas que soportan los equipos, por lo menos informe: rango de
temperatura de operación, rango de temperatura de almacenamiento, rango de porcentaje de humedad que
soportan en operación y en almacenamiento, y demás factores que considere importantes.
3.12.44 El oferente deberá suministrar la hoja de datos y los manuales del equipo ofrecido.
3.12.45 El oferente deberá suministrar el "road map" de sus equipos a nivel hardware y software.
3.12.46 Indique en una tabla el MTBF del equipo (chasis) ofrecido y de cada uno sus componentes (tarjetas
de línea, procesadora, fuente, etc).
REQUERIMIENTOS DESEABLES
3.12.47 [CALIFICABLE _24] Los equipos cumplen con el estándar la ITU Y.1731
3.12.48 [CALIFICABLE _12] Los equipos realizan funciones de OAM con un protocolo diferente al ITU Y.
1731 (valido protocolo propietario), para lo cual debe indicar como realiza las siguientes funcionalidades:
Throughput
Frame Loss
Frame Delay
Delay Variation (Jitter)
3.12.49 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte CWDM para optimizar la utilización de los
recursos de fibra óptica de ETB. Especifique cómo cumple con esta funcionalidad, la forma y elementos
adicionales que se requiere para poder implementar estos mecanismos.
3.12.50 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar IEEE 802.17 Resilient Packet
Ring Working Group (RPRWG).
3.12.51 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo cumpla con el estándar G.8032 (Ethernet Ring
Protection).
3.12.52 [CALIFICABLE _8] Es deseable que el equipo soporte upgrades sin indisponibilidad del equipo, ni
de sus componentes, ni de los servicios aprovisionados. Se debe especificar si el cumplimiento de esta
funcionalidad implica algún tipo de licenciamiento adicional
3.12.53 [CALIFICABLE _8] Es deseable que los equipos soporten emulación de circuitos cumpliendo con
MEF 3 (Circuit Emulation Service Definitions, Framework and Requirements in Metro Ethernet Networks) y
MEF 8 (Implementation Agreement for the Emulation of PDH Circuits over Metro Ethernet Networks).
3.12.54 [CALIFICABLE _4] Es deseable que los equipos soporten CWDM para optimizar la utilización de los
recursos de fibra óptica de ETB. Por favor especificar la forma y elementos adicionales que se requieren
para que su solución se pueda implementar estos mecanismos.
3.13 CALIDAD DE SERVICIO (QoS)
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
Página 39 de 43
3.13.1 Los equipos deben contar con la funcionalidad de QoS jerárquico (A nivel de interface física a nivel
de VLAN y a nivel de clases etiquetadas).
3.13.2 Los equipos deben permitir la marcación de prioridades del tráfico por usuario, por grupos de
usuarios o por tipo de servicio (diferenciado por VLAN).
3.13.3 Los equipos deben soportar mecanismos de QoS que garanticen el correcto funcionamiento de
cualquier aplicación de voz o telefonía sobre IP. Explicar cuáles son estos mecanismos.
3.13.4 Los equipos deben soportar mecanismos de QoS que garanticen el correcto funcionamiento de
cualquier aplicación de TV Broadcasting o Video On Demand. Describa detalladamente los mecanismos
incluidos en los equipos ofrecidos.
3.13.5 Los equipos deben soportar control de ancho de banda máximo y mínimo en los puertos destinados
a la atención de clientes (Rate Limit).
3.13.6 Los equipos deben contar con características de manejo de tráfico (calidad, control de ancho de
banda, enrutamiento) de acuerdo a direcciones IP y puertos TCP/UDP.
3.13.7 Los equipos deben contar con la posibilidad de limitar la rata máxima de tráfico a intervalos de 64
Kbps en cada puerto en dirección al cliente.
3.13.8 Los equipos deben soportar Traffic Shaping (ingress and egress).
3.13.9 Los equipos deben soportar algoritmos necesarios para identificación y clasificación de tráfico,
manejo de colas, control de congestión, reserva de recursos en la red, que permitan dar tratamiento
diferenciado al tráfico entre usuarios y entre aplicativos o servicios. Explicar claramente cuáles son
soportados.
3.13.10 Los equipos deben permitir definir una calidad de servicio (QoS) por VLAN que permita ofrecer a un
mismo cliente diferentes calidades para diferentes tipos de tráfico, como mínimo 4 colas.
3.13.11 Los equipos deben soportar “tipo de servicio en IP” de acuerdo con el RFC 1349.
3.13.12 Los equipos deben soportar Scheduling de colas: WRR, SWRR, DRR, SP, WRR + SP y DRR + SP
que provean un mínimo ancho de banda configurable para cada cola así como CAR. Especificar el número
de colas soportado por interfaz de línea.
3.13.13 Los equipos deben soportar manejo de congestión Weighted Random Early Detection (WRED).
3.13.14 Los equipos deben soportar QoS basado en IEEE 802.1p, DSCP y CoS.
3.13.15 Los equipos deben contar con mecanismos para soportar clasificación de tráfico por VLAN, MAC
ADDRESS, IP, dirección origen y dirección destino en cada interfaz física y lógica (subinterfaces, etc.) del
equipo.
3.13.16 Los equipos deben soportar Class Based Weighted Fair Queing (CBWFQ)/Low Latency Queuing
(LLQ) y Shaping.
3.13.17 Los equipos deben soportar mapeo de parámetros de QoS de las VLAN que sean parte integral de
una VLAN troncal.
Página 40 de 43
3.13.18 Los equipos deben soportar Policy Based Routing (PBR).
3.13.19 Los equipos deben cumplir con los protocolos y estándares relacionados en ANEXO 4 –
PROTOCOLOS Y ESTÁNDARES DE LOS EQUIPOS
3.14 SEGURIDAD
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
3.14.1 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad que garanticen la integridad de la
información almacenada en el dispositivo.
3.14.2 Los dispositivos deben implementar versiones seguras de los protocolos usados para backup y
restore de la configuración del dispositivo, así como para la realización de actualizaciones de firmware.
3.14.3 Los equipos deben garantizar que los usuarios que cursen tráfico por la red Metro Ethernet no
tengan acceso a la administración o información de los equipos.
3.14.4 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad apropiados para controlar adecuadamente
el acceso a la gestión de los mismos. Por favor especifique detalladamente todos los mecanismos de los
que se dispone para cumplir este requerimiento.
3.14.5 Los equipos deben contar con al menos tres niveles de acceso, para usuarios no privilegiados
(Usuarios con privilegios de solo lectura), usuarios con privilegio de lectura y escritura solo para actividades
de aprovisionamiento y diagnóstico, y usuarios privilegiados (Derechos de lectura y escritura total sobre la
configuración del equipo de acceso).
3.14.6 Los equipos deben soportar protocolos para autenticación de usuarios de gestión vía RADIUS (RFC
2865).
3.14.7 Los equipos deben poder almacenar los password de usuarios de administración locales de manera
segura (encriptado).
3.14.8 El equipo debe permitir la definición de password seguros para los usuarios de gestión almacenados
localmente. Se requiere que se cuente con mecanismos para forzar el cambio de password de manera
periódica mediante programación.
3.14.9 Los equipos deben soportar conexión a través de puerto seguro para la administración vía SSHv2
y/o https. Se requiere que las sesiones de gestión establecidas puedan ser controladas mediante definición
de time-out por sesión.
3.14.10 Los equipos deben soportar mecanismos para controlar el "L2 flooding". Situación en la cual el
tráfico cuya dirección MAC no se encuentre en la tabla de direcciones MAC del switch es reenviado a todos
los puertos y VLAN configurados en el equipo.
3.14.11 Los equipos deben contar con mecanismos para el control del tráfico Broadcast y Multicast que
pueda afectar el desempeño del dispositivo de la red o a los demás clientes. El oferente debe explicar en
detalle la operación y alcance de esta característica.
3.14.12 Los equipos deben soportar Autenticación de puerto dinámico IEEE 802.1x
Página 41 de 43
3.14.13 Los equipos deben soportar RMON, Herramienta para determinar la eficiencia mediante
estadísticas, históricos, alarmas y relación de acontecimiento.
3.14.14 Los equipos deben soportar DHCP Relay y soporte a la opción 82.
3.14.15 Los equipos que conforman la solución que atiendan clientes deben contar con la opción de
descartar información relacionada con protocolos STP, RSTP y MSTP (IEEE 802.1d, IEEE 802.1s y IEEE
802.1w).
3.14.16 Los equipos deben soportar mecanismos de control para evitar manipulaciones y/o ataques de STP
y/o RSTP. El oferente debe explicar en detalle la operación y alcance de esta característica.
3.14.17 Los equipos deben soportar VLAN Spanning tree Protocol (VSTP).
3.14.18 Los equipos deben contar con mecanismos para el control de suplantación de VLAN. Es decir,
cuando un cliente que ingresa a la red intenta alcanzar una VLAN a la que no pertenece o a la que
normalmente no debería tener acceso. (Switch spoofing o Double Tagging). El oferente debe explicar en
detalle la operación y alcance de esta característica.
3.14.19 Los equipos deben contar con la funcionalidad de Port Mirroring (1:1 Port Mirroring o N:1 Port
Mirroring)
3.14.20 Los equipos deben soportar la posibilidad de limitar el número de MAC aprendidas en cada puerto y
por VLAN. Esto con el fin de mitigar ataques relacionados con suplantación de direcciones MAC y/o llenado
de la tabla de direcciones MAC del switch. El oferente debe explicar en detalle la operación y alcance de
esta característica.
3.14.21 Los equipos deben contar con la funcionalidad de prevenir ataques DoS, DDoS y ARP.
3.14.22 Los equipos deben soportar aprovisionamiento automático (creación automática de VLAN).
3.14.23 Los equipos deben soportar la capacidad de habilitar o deshabilitar puertos vía gestión.
3.14.24 Los equipos deben soportar listas de control de acceso avanzadas. Especialmente listas de acceso
por VLAN.
3.14.25 Los equipos deben contar con mecanismos de seguridad que permitan controlar o mitigar ataques
de negación de servicio u otro tipo de tráfico malicioso a través de la red.
3.14.26 Los equipos deben soportar filtrado de tráfico a través de direcciones MAC.
3.14.27 Los equipos deben contar con mecanismos que permitan controlar y limitar el tráfico de protocolos
de capa dos generado por los clientes que puedan afectar a la red o a otros clientes. El oferente debe
explicar en detalle la operación y alcance de esta característica.
3.14.28 Los equipos deben incluir mecanismos de reportes, generación de alarmas o eventos y
sincronización de tiempo utilizando las versiones seguras de los protocolos comunes, tales como SNMPv3,
NTPv3 o SNTP v4, SYSLOG, etc.
3.14.29 Se requiere que los equipos cuenten con logs de auditoría y de fallos que registren las actividades
de los usuarios de gestión y del comportamiento del sistema respectivamente. Se requiere que estos logs
Página 42 de 43
puedan ser exportados a plataformas de análisis de eventos o SYSLOGs.
3.15 OTROS REQUERIMIENTOS
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
3.15.1 Los equipos deben ser administrables a través de una Interfaz de Línea de Comandos (Command
Line Interface - CLI) de manera local a través de un puerto serial o RJ45, y de manera remota a través de
protocolo Telnet.
3.15.2 Los equipos deben soportar autenticación centralizada.
3.15.3 Los equipos deben soportar IEEE 802.1ag (Connectivity Fault Management), Link Layer OAM (IEEE
802.3ah OAM) y Ethernet Local Management Interface (MEF 16 E-LMI). Indicar si esta funcionalidad se
implementa por software o por hardware. En el caso que sea por hardware mencionar las tarjetas y/o
accesorios necesarios para cumplir con la funcionalidad y si se requiere algún tipo de licenciamiento
adicional, caso en el cual el oferente deberá incluir el precio en su oferta económica.
3.15.4 Los equipos deben suministrar por lo menos las siguientes alarmas de falla: suministro de energía,
alta temperatura y estado de las fuentes de poder.
FIN DOCUMENTO
Página 43 de 43